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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: DECRETO 42/2019, de 22 de marzo (II)
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Título del Test:
DECRETO 42/2019, de 22 de marzo (II)

Descripción:
CAPÍTULO II Condiciones generales de trabajo

Autor:
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Fecha de Creación:
04/05/2024

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 33
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Temario:
La jornada laboral general del personal que desempeñe puestos de trabajo no considerados de especial dedicación y una vez entrado en vigor será de Treinta y cinco horas semanales. Treinta y seis horas y treinta minutos semanales. Treinta y siete horas semanales Treinta y siete horas y treinta minutos semanales.
La duración de la jornada del personal que desempeñe puestos de trabajo considerados de especial dedicación será de: Treinta y siete horas y treinta minutos semanales. Cuarenta horas semanales Treinta y siete horas semanales Treinta y ocho horas y treinta minutos semanales.
Cuando las necesidades urgentes del servicio así lo exijan, previa la oportuna justificación de las circunstancias y razones organizativas que concurran en cada caso concreto, el personal podrá ser requerido por las personas titulares de los órganos o unidades administrativas de las que dependa para realizar una jornada especial semanal superior a; Treinta y siete horas y treinta minutos semanales. Cuarenta horas semanales Treinta y cinco horas semanales La que tengan establecida.
Desaparecida la necesidad urgente por la que fue requerido, el exceso de horario será compensado a razón de Dos horas por cada hora de exceso, o tres si el requerimiento se realiza en un día inhábil. Dos horas y media por cada hora de exceso, o dos si el requerimiento se realiza en un día inhábil Dos horas por cada hora de exceso, o tres y media si el requerimiento se realiza en un día inhábil Dos horas por cada hora de exceso, o dos y media si el requerimiento se realiza en un día inhábil.
Completa; La citada compensación podrá disfrutarse dentro de los ………… meses naturales siguientes a aquel en que se haya generado el exceso horario y acumularse en jornadas completas. Para ello se tendrán en cuenta las preferencias del personal y las necesidades del servicio. Si estas impiden la compensación dentro de los ……….. meses, el plazo podrá ampliarse excepcionalmente ……….. meses Seis Cinco Tres Cuatro.
El personal que tenga concedida una reducción de jornada no podrá ser requerido para realizar una jornada laboral; a. Inferior a la que tenga reconocida. b. Superior a la que tenga reconocida. c. Especial por necesidades de servicio d. Extraordinaria por urgencia.
En todo caso, entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo; a. Diez horas. b. Doce horas. c. Dieciocho horas d. Veinticuatro horas.
No es cierto que el personal que ocupe un puesto de trabajo de especial dedicación está sujeto a a. Incompatibilidad para ejercer cualquier otra actividad pública o privada, b. Salvo las legalmente exceptuadas del régimen de incompatibilidades c. Las que la Ley permita autorizar por excepción d. La Ley Orgánica 3/2002 de incompatibilidades de los funcionarios públicos.
Artículo 6. El cómputo anual de la jornada se calculará descontando a las horas anuales equivalentes a 52 semanas y un día de trabajo, las horas correspondientes a los siguientes conceptos: 22 días hábiles de vacaciones, 2 días de fiestas locales, 10 días de fiestas de ámbito superior, 6 días por permiso por asuntos propios más los días compensatorios que puedan aprobarse, en su caso. 22 días hábiles de vacaciones, 2 días de fiestas locales, 12 días de fiestas de ámbito superior, 6 días por permiso por asuntos propios más los días compensatorios que puedan aprobarse, en su caso. 21 días hábiles de vacaciones, 2 días de fiestas locales, 12 días de fiestas de ámbito superior, 6 días por permiso por asuntos propios más los días compensatorios que puedan aprobarse, en su caso. 20 días hábiles de vacaciones, 2 días de fiestas locales, 10 días de fiestas de ámbito superior, 6 días por permiso por asuntos propios más los días compensatorios que puedan aprobarse, en su caso.
Al cómputo del apartado anterior se descontarán, además: La semana de fiestas locales, a razón de 10 horas o 12 horas y 30 minutos, según sea jornada de 35 horas, o de 37 horas y 30 minutos, respectivamente. MAS Dos horas y media semanales con base en la previsión contenida en el apartado 8 del artículo 13. La semana de fiestas locales, a razón de 10 horas o 12 horas, según sea jornada de 35 horas, o de 37 horas y 30 minutos, respectivamente. MAS Dos horas semanales con base en la previsión contenida en el apartado 8 del artículo 13 La semana de fiestas locales, a razón de 10 horas o 12 horas y 30 minutos, según sea jornada de 35 horas, o de 37 horas y 30 minutos, respectivamente. MAS Dos horas y media semanales con base en la previsión contenida en el apartado 8 del artículo 14. Todas falsas.
¿Cuánto se descontará además de una jornada de 35 horas por cada uno de los días 24 y 31 de diciembre? a. 8 horas b. 7 horas y media c. 7 horas d. 10 horas.
¿Cuánto se descontará además de una jornada de 37 horas y media por el día exento de asistencia al trabajo en la semana de fiestas locales? a. 8 horas b. 7 horas y media c. 7 horas d. 10 horas.
Los cálculos para el cómputo anual de la jornada de trabajo en los años bisiestos se realizarán sobre la base de 54 semanas y 2 días. 52 semanas y 4 días. 52 semanas y 2 días. 54 semanas y 4 días.
Si la jornada laboral asignada es de 37 horas y 30 minutos y a los solos efectos de calcular el cómputo anual de la jornada, se tomarán como referencia las jornadas a razón de: 7 horas diarias 7 horas y 30 minutos diarias Dependerá de la circular enviada con el cómputo anual a realizar Habrá de tenerse en cuenta los años bisiestos.
Mientras que si la jornada laboral asignada es de 35 horas a los solos efectos de calcular el cómputo anual de la jornada, se tomarán como referencia las jornadas a razón de: 7 horas diarias 7 horas y 30 minutos diarias Dependerá de la circular enviada con el cómputo semestral a realizar Habrá de tenerse en cuenta los años bisiestos.
Cada año natural la dirección general competente en material de función pública remitirá circular Con el cómputo anual general a realizar. Con el cómputo semestral general a realizar. Con el cómputo trimestral general a realizar. Con el cómputo mensual general a realizar.
Se tendrá derecho a la reducción de jornada hasta la mitad de la misma, con disminución proporcional de retribuciones: Por razones de guarda legal, cuando el personal tenga a su cargo algún niño o niña de 16 años o menor, persona mayor que requiera especial dedicación, o persona con un grado de discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 45 % que no desempeñe actividad retribuida que supere el salario mínimo interprofesional. Por tener a su cargo al cónyuge o pareja de hecho o un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad que requiera especial dedicación. Al personal que por tener reconocido un grado de discapacidad o por razón de larga o crónica enfermedad no pueda realizar su jornada laboral completa, extremo que deberá acreditarse inicialmente por la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades y, en aquellos casos en que sea revisable, ratificarse de forma anual por dicha Unidad. Todas son correctas.
Se podrá autorizar que la reducción de jornada se acumule en jornadas completas, sin que dicha acumulación pueda suponer, en ningún caso, un periodo superior a seis meses continuados en un periodo de un año a contar desde el día de su inicio. Al personal funcionario a quien le falte menos de quince años para cumplir la edad de jubilación forzosa. Siempre que resulte compatible con el correcto funcionamiento de los servicios Al personal funcionario a quien le falte menos de diez años para cumplir la edad de jubilación forzosa. Siempre que resulte compatible con el correcto funcionamiento de los servicios Al personal funcionario a quien le falte menos de cinco años para cumplir la edad de jubilación forzosa. Siempre que resulte compatible con el correcto funcionamiento de los servicios Ninguna de las anteriores ya que lo que se tendrá en cuenta es el haber computado 35 años de trabajo efectivo en la seguridad social.
El personal funcionario, que por nacimiento de hijas e hijos prematuros o por cualquier otra causa deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, tendrá derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de: Cuatro horas, con la disminución proporcional de sus retribuciones, sin perjuicio del permiso previsto en el artículo 28 de este decreto. Tres horas, con la disminución proporcional de sus retribuciones, sin perjuicio del permiso previsto en el artículo 28 de este decreto. Dos horas, con la disminución proporcional de sus retribuciones, sin perjuicio del permiso previsto en el artículo 28 de este decreto. Una hora, con la disminución proporcional de sus retribuciones, sin perjuicio del permiso previsto en el artículo 28 de este decreto.
Se podrá solicitar reducción de jornada de una hora diaria sin disminución de retribuciones en el caso de guarda legal de niñas o niños de 12 años o menores. No obstante se podrá conceder únicamente cuando concurra alguno de los siguientes supuestos Que el menor requiera especial dedicación Que la niña o niño tenga 3 años o menos Que tenga a su cargo dos o más niñas o niños de 12 años o menores (pero en este caso si existirá reducción de haberes) Que se trate de familia monoparental En todas ellas.
Se podrá solicitar reducción de jornada de una hora diaria sin disminución de retribuciones Durante un plazo máximo de 6 meses, a contar desde la fecha de finalización del permiso correspondiente, por adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción, de un menor de más de 12 meses, que por sus circunstancias y experiencias personales debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes o que, por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar. Durante un plazo máximo de 3 meses, a contar desde la fecha de finalización del permiso correspondiente, por adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción, de un menor de más de 12 meses, que por sus circunstancias y experiencias personales debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes o que, por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar. Durante un plazo máximo de 6 meses, a contar desde la fecha de finalización del permiso correspondiente, por adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción, de un menor de más de 18 meses, que por sus circunstancias y experiencias personales debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes o que, por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar. Durante un plazo máximo de 3 meses, a contar desde la fecha de finalización del permiso correspondiente, por adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción, de un menor de más de 18 meses, que por sus circunstancias y experiencias personales debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes o que, por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar.
Cuando por razones de enfermedad muy grave sea preciso atender el cuidado del cónyuge, pareja de hecho o de un familiar de primer grado, el personal funcionario tendrá derecho a solicitar una reducción de hasta el 50 % de la jornada laboral, con carácter retribuido y por el plazo máximo de; a. Un mes. b. Tres meses c. Seis meses d. Un año.
Las empleadas víctimas de violencia sobre la mujer, para hacer efectivo su derecho a la asistencia social integral, tendrán derecho a la reducción de Un tercio de la jornada sin reducción de haberes, o bien de un 50 % de la jornada, con una reducción de haberes correspondiente a la diferencia entre el tercio y la mitad de aquella. Un cuarto de la jornada sin reducción de haberes, o bien de un 50 % de la jornada, con una reducción de haberes correspondiente a la diferencia entre el tercio y la mitad de aquella. Un tercio de la jornada sin reducción de haberes, o bien de un 25 % de la jornada, con una reducción de haberes correspondiente a la diferencia entre el tercio y la mitad de aquella. Un cuarto de la jornada sin reducción de haberes, o bien de un 25 % de la jornada, con una reducción de haberes correspondiente a la diferencia entre el tercio y la mitad de aquella.
El personal víctima de violencia terrorista tendrá derecho a una reducción Un tercio de la jornada sin reducción de haberes, o bien de un 50 % de la jornada, con una reducción de haberes correspondiente a la diferencia entre el tercio y la mitad de aquella. Un tercio de la jornada sin reducción de haberes, o bien de un 50 % de la jornada, con una reducción de haberes correspondiente a la diferencia entre el cuarto y la mitad de aquella. Un tercio de la jornada sin reducción de haberes, o bien de un 50 % de la jornada, con una reducción de haberes correspondiente a la diferencia entre el quinto y la mitad de aquella Todas falsas.
Cuando el personal se reincorpore al servicio efectivo tras la finalización de un tratamiento oncológico podrá solicitar, durante el plazo máximo de un mes desde la fecha del alta médica, una reducción de hasta el 25 % de la jornada sin reducción de haberes. Este plazo podrá ampliarse en un mes más cuando el personal justifique la persistencia en su estado de salud de las circunstancias derivadas del tratamiento oncológico Este plazo podrá ampliarse en dos meses más cuando el personal justifique la persistencia en su estado de salud de las circunstancias derivadas del tratamiento oncológico. Este plazo podrá ampliarse en tres meses más cuando el personal justifique la persistencia en su estado de salud de las circunstancias derivadas del tratamiento oncológico. Este plazo podrá ampliarse en seis meses más cuando el personal justifique la persistencia en su estado de salud de las circunstancias derivadas del tratamiento oncológico.
En el supuesto de que se tenga derecho al disfrute simultáneo de varias reducciones de jornada compatibles entre sí Solo podrá concederse una de ellas y será la Dirección General correspondiente la que decidirá Solo podrá concederse una de ellas sin deducción de retribuciones y al resto será la Dirección de Personal quien resolverá Solo podrá concederse una de ellas sin deducción de retribuciones y al resto se les aplicará la deducción proporcional que corresponda. Se podrán conceder todas.
Si varios funcionarios o funcionarias de la administración de la Generalitat tuvieran derecho a una reducción de jornada respecto a un mismo sujeto causante, podrán disfrutar de este derecho de forma Parcial. Conjunta Mixta Las tres ciertas.
En estos casos, las solicitudes de reducción de jornada parcial, deberán presentarse de forma Parcial indicando, tanto el número global de horas de reducción, como el número concreto que disfrutará cada uno de ellos. Simultanea indicando, tanto el número global de horas de reducción, como el número concreto que disfrutará cada uno de ellos. Conjunta indicando, tanto el número global de horas de reducción, como el número concreto que disfrutará cada uno de ellos Correlativa indicando, tanto el número global de horas de reducción, como el número concreto que disfrutará cada uno de ellos.
El disfrute de la reducción de forma parcial Será ininterrumpido. Cierta la A y una vez concedido solo podrá modificarse el régimen pactado mediante nueva solicitud y resolución del órgano competente. Será interrumpido Cierta la C y una vez concedido solo podrá modificarse el régimen pactado mediante nueva solicitud y resolución del órgano competente.
El personal que solicite dejar sin efecto una reducción de jornada no podrá comenzar a disfrutar otra por la misma causa hasta que transcurra, como mínimo Cuatro meses desde que se dejó sin efecto la reducción anterior, Salvo víctimas de violencia sobre la mujer o personal funcionario víctima de terrorismo. Tres meses desde que se dejó sin efecto la reducción anterior, Salvo víctimas de violencia sobre la mujer o personal funcionario víctima de terrorismo Dos meses desde que se dejó sin efecto la reducción anterior, Salvo víctimas de violencia sobre la mujer o personal funcionario víctima de terrorismo Un mes desde que se dejó sin efecto la reducción anterior, Salvo víctimas de violencia sobre la mujer o personal funcionario víctima de terrorismo.
Las reducciones de jornada que comporten disminución de retribuciones serán concedidas por La dirección general competente en materia de función pública El órgano competente en materia de personal de cada conselleria El Conseller El Director Económico Administrativo competente.
En el caso de que no comporten disminución de retribuciones La dirección general competente en materia de función pública. El órgano competente en materia de personal de cada conselleria El Conseller El Director Económico Administrativo competente.
El personal deberá informar al órgano competente en materia de personal con Tres días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria Cinco días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria Diez días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria Quince días de antelación de la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.
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