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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: LEY BASES RÉGIMEN LOCAL
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Título del Test:
LEY BASES RÉGIMEN LOCAL

Descripción:
El Municipio. Término Municipal. La Población. (C)

Autor:
Jrozaber
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Fecha de Creación:
22/04/2024

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 51
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Temario:
Según el artículo 11 de la LBRL El Municipio y la provincia son la entidad local básica de la organización territorial del Estado. Tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. El Municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado. Tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. El Municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado. Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. La provincia es la entidad local básica de la organización territorial del Estado. Tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Son elementos del muncipio. El Alcalde, la población y la organización. El territorio, el padrón y la organización. El territorio, el pleno y la organización. El territorio, la población y la organización.
Señale la respuesta correcta: El término municipal es el territorio en que el ayuntamiento ejerce sus competencias. Cada municipio pertenecerá a una sola provincia. El término municipal es el territorio en que el Alcalde ejerce sus competencias. Cada municipio pertenecerá a una sola provincia. El término municipal es el territorio en que el ayuntamiento ejerce sus competencias. Cada municipio podrá pertenecer a una o varias provincias. El término municipal es el territorio en que el ayuntamiento ejerce sus competencias. Cada provincia pertenecerá a una sola Comunidad.
Señale la respuesta correcta: La creación o supresión de municipios, así como la alteración de términos provinciales, se regularán por la legislación de las Comunidades Autónomas sobre régimen local, sin que la alteración de términos municipales pueda suponer, en ningún caso, modificación de los límites provinciales La creación o supresión de municipios, así como la alteración de términos municipales, se regularán por la legislación estatal sobre régimen local, sin que la alteración de términos municipales pueda suponer, en ningún caso, modificación de los límites provinciales La creación o supresión de municipios, así como la alteración de términos municipales, se regularán por la legislación de las Comunidades Autónomas sobre régimen local. La alteración de términos municipales pueda suponer, en algunos casos, modificación de los límites provinciales La creación o supresión de municipios, así como la alteración de términos municipales, se regularán por la legislación de las Comunidades Autónomas sobre régimen local, sin que la alteración de términos municipales pueda suponer, en ningún caso, modificación de los límites provinciales.
La creación, supresión o alteración de términos municipales: Requerirán en todo caso audiencia de los vecinos interesados y dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo superior de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, si existiere, así como informe de la Administración que ejerza la tutela financiera. Simultáneamente a la petición de este dictamen se dará conocimiento a la Administración General del Estado Requerirán en todo caso audiencia de los municipios interesados y dictamen de los Plenos Municipales interesados, así como informe de la Administración que ejerza la tutela financiera. Simultáneamente a la petición de este dictamen se dará conocimiento a la Administración General del Estado Requerirán en todo caso audiencia de los municipios interesados y dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo superior de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, si existiere, así como informe de la Administración que ejerza la tutela financiera. Simultáneamente a la petición de este dictamen se dará conocimiento a la Comunidad Autónoma implicada. Requerirán en todo caso audiencia de los municipios interesados y dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo superior de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, si existiere, así como informe de la Administración que ejerza la tutela financiera. Simultáneamente a la petición de este dictamen se dará conocimiento a la Administración General del Estado.
La creación de nuevos municipios: Solo podrá realizarse sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados, de al menos 10.000 habitantes. Solo podrá realizarse sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados, de al menos 5.000 habitantes. Solo podrá realizarse sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados, de al menos 4.000 habitantes. Solo podrá realizarse sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados, de al menos 25.000 habitantes.
La creación de nuevos municipios, podrá realizar siempre que los municipios resultantes Sean financieramente sostenibles. Cuenten con recursos suficientes para el cumplimiento de las competencias municipales. No suponga disminución en la calidad de los servicios que venían siendo prestados. Todas la respuestas son correctas.
Según el artículo 13.3 de la Ley de Bases del Régimen Local: Sin perjuicio de las competencias de las Provincias, el Estado, atendiendo a criterios geográficos, sociales, económicos y culturales, podrá establecer medidas que tiendan a fomentar la fusión de municipios con el fin de mejorar la capacidad de gestión de los asuntos públicos locales. Sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, el Pleno municipal, atendiendo a criterios geográficos, sociales, económicos y culturales, podrá establecer medidas que tiendan a fomentar la fusión de municipios con el fin de mejorar la capacidad de gestión de los asuntos públicos locales. Sin perjuicio de las competencias estatales, la Comunidad Autónoma, atendiendo a criterios geográficos, sociales, económicos y culturales, podrá establecer medidas que tiendan a fomentar la fusión de municipios con el fin de mejorar la capacidad de gestión de los asuntos públicos locales Sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, el Estado, atendiendo a criterios geográficos, sociales, económicos y culturales, podrá establecer medidas que tiendan a fomentar la fusión de municipios con el fin de mejorar la capacidad de gestión de los asuntos públicos locales.
Los Municipios: Con independencia de su población, colindantes dentro de la misma provincia podrán acordar su fusión mediante un pacto de fusión, sin perjuicio del procedimiento previsto en la normativa autonómica. El nuevo municipio no podrá segregarse hasta transcurridos 5 años desde la adopción del convenio de fusión. Con independencia de su población, colindantes dentro de la misma provincia podrán acordar su fusión mediante un convenio de fusión, sin perjuicio del procedimiento previsto en la normativa autonómica. El nuevo municipio no podrá segregarse hasta transcurridos 10 años desde la adopción del convenio de fusión. Con independencia de su población, colindantes dentro de la misma provincia podrán acordar su fusión mediante un convenio de fusión, sin perjuicio del procedimiento previsto en la normativa autonómica. El nuevo municipio no podrá segregarse hasta transcurridos 10 años desde la adopción del convenio de fusión. Con independencia de su población, colindantes dentro de la misma provincia podrán acordar su fusión mediante un convenio de fusión, sin perjuicio del procedimiento previsto en la normativa estatal. El nuevo municipio no podrá segregarse hasta transcurridos 5 años desde la adopción del convenio de fusión.
Al municipio resultante de la fusión, le será de aplicación lo siguiente: El coeficiente de ponderación que resulte de aplicación de acuerdo con el artículo 124.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se incrementará en 0,10. El esfuerzo fiscal y el inverso de la capacidad tributaria que le corresponda en ningún caso podrá ser superior al más elevado de los valores previos que tuvieran cada municipio por separado antes de la fusión de acuerdo con el artículo 124.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo Su financiación máxima será la suma de las financiaciones mínimas que tuviera cada municipio por separado antes de la fusión de acuerdo con el artículo 124.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo Todas las respuestas son correctas.
Al municipio resultante de la fusión, le será de aplicación lo siguiente: El coeficiente de ponderación que resulte de aplicación de acuerdo con el artículo 124.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se incrementará en 0,20. El esfuerzo fiscal y el inverso de la capacidad tributaria que le corresponda en ningún caso podrá ser inferior al más elevado de los valores posteriores que tuvieran cada municipio por separado antes de la fusión de acuerdo con el artículo 124.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo Su financiación mínima será la suma de las financiaciones mínimas que tuviera cada municipio por separado antes de la fusión de acuerdo con el artículo 124.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo Todas las respuestas son correctas.
Al municipio resultante de la fusión, le será de aplicación lo siguiente: El coeficiente de ponderación que resulte de aplicación de acuerdo con el artículo 124.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se incrementará en 0,15. El esfuerzo fiscal y el inverso de la capacidad tributaria que le corresponda en ningún caso podrá ser inferior al más elevado de los valores previos que tuvieran cada municipio por separado antes de la fusión de acuerdo con el artículo 124.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo Su financiación mínima será la suma de las financiaciones máximas que tuviera cada municipio por separado antes de la fusión de acuerdo con el artículo 124.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo Todas las respuestas son correctas.
Al nuevo municipio resultante de la fusión: Durante, al menos, los cinco primeros años desde la adopción del convenio de fusión, tendrá preferencia en la asignación de planes de cooperación local, subvenciones, convenios u otros instrumentos basados en la concurrencia. Este plazo podrá prorrogarse por la Ley de Presupuestos Generales del Estado Queda dispensado de prestar nuevos servicios mínimos de los previstos en el artículo 26 que le corresponda por razón de su aumento poblacional. Se sumarán los importes de las compensaciones que, por separado, corresponden a los municipios que se fusionen y que se derivan de la reforma del Impuesto sobre Actividades Económicas Todas las respuestas son correctas.
¿Qué conlleva la fusión de municipios? El nuevo municipio aprobará un nuevo presupuesto para el ejercicio presupuestario siguiente a la adopción del convenio de fusión Si se acordara en el Convenio de fusión, cada uno de los municipios fusionados, o alguno de ellos podrá funcionar como forma de organización descentralizada. El órgano del gobierno del nuevo municipio resultante estará constituido transitoriamente por los concejales del Municipio de mayor población. El Alcalde de cada Corporación aprobará las medidas de redimensionamiento para la adecuación de las estructuras organizativas, inmobiliarias, de personal y de recursos resultantes de su nueva situación. De la ejecución de las citadas medidas no podrá derivarse incremento alguno de la masa salarial en los municipios afectados.
¿Qué conlleva la fusión de municipios? El nuevo municipio aprobará un nuevo presupuesto para el ejercicio presupuestario en el que se realice la adopción del convenio de fusión. Si se acordara en el Convenio de fusión, cada uno de los municipios fusionados, o alguno de ellos podrá funcionar como forma de organización desconcentrada. El órgano del gobierno del nuevo municipio resultante estará constituido transitoriamente por un tercio de los concejales de los municipios fusionados La Junta de Gobierno de cada Corporación aprobará las medidas de redimensionamiento para la adecuación de las estructuras organizativas, inmobiliarias, de personal y de recursos resultantes de su nueva situación. De la ejecución de las citadas medidas no podrá derivarse incremento alguno de la masa salarial en los municipios afectados.
¿Qué conlleva la fusión de municipios? El nuevo municipio asumirá los presupuestos de los municipios fusionados. Si se acordara en el Convenio de fusión o de forma posterior, cada uno de los municipios fusionados, o alguno de ellos podrá funcionar como forma de organización desconcentrada. El órgano del gobierno del nuevo municipio resultante estará constituido transitoriamente por la suma de los concejales de los municipios fusionados El Pleno de cada Corporación aprobará las medidas de redimensionamiento para la adecuación de las estructuras organizativas, inmobiliarias, de personal y de recursos resultantes de su nueva situación. De la ejecución de las citadas medidas podrá derivarse un incremento de la masa salarial en los municipios afectados hasta el 5% del total.
¿Qué conlleva la fusión de municipios? El nuevo municipio aprobará una adaptación del presupuesto para el ejercicio presupuestario siguiente a la adopción del convenio de fusión Si se acordara en el Convenio de fusión, cada uno de los municipios fusionados, o alguno de ellos podrá funcionar como forma de organización descentralizada. El órgano del gobierno del nuevo municipio resultante estará constituido permanentemente por la suma de los concejales de los municipios fusionados El Pleno de cada Corporación aprobará las medidas de redimensionamiento para la adecuación de las estructuras organizativas, inmobiliarias, de personal y de recursos resultantes de su nueva situación. De la ejecución de las citadas medidas no podrá derivarse incremento alguno de la masa salarial en los municipios afectados.
Según el artículo 13.5 de la Ley de Bases del Régimen Local: Las Diputaciones provinciales o entidades equivalentes, en colaboración con las Mancomunidades, coordinarán y supervisarán la integración de los servicios resultantes del proceso de fusión. Las Comunidades Autónomas, en colaboración con la provincia, coordinarán y supervisarán la integración de los servicios resultantes del proceso de fusión. Las Diputaciones provinciales o entidades equivalentes, en colaboración con el Estado, coordinarán y supervisarán la integración de los servicios resultantes del proceso de fusión. Las Diputaciones provinciales o entidades equivalentes, en colaboración con la Comunidad Autónoma, coordinarán y supervisarán la integración de los servicios resultantes del proceso de fusión.
El convenio de fusión deberá ser aprobado: Por mayoría absoluta de cada uno de los plenos de los municipios fusionados. Por mayoría simple de cada uno de los plenos de los municipios fusionados. Por mayoría simple del pleno resultante del municipio fusionado. Por mayoría absoluta del pleno resultante del municipio fusionado.
Los cambios de denominación de los Municipios: Solo tendrán carácter oficial cuando, tras haber sido anotados en un Registro creado por la Administración de la Comunidad Autónoma para la inscripción de todas las entidades a que se refiere la presente Ley, se publiquen en el «Boletín Oficial del Estado» Solo tendrán carácter oficial cuando, tras haber sido anotados en un Registro creado por la Administración del Estado para la inscripción de todas las entidades a que se refiere la presente Ley, se publiquen en el «Boletín Oficial del Estado» Solo tendrán carácter oficial cuando, tras haber sido anotados en un Registro creado por la Administración del Estado para la inscripción de todas las entidades a que se refiere la presente Ley, se publiquen en el «Boletín Oficial de la Provincia» Solo tendrán carácter oficial cuando, tras haber sido anotados en un Registro creado por la Administración del Estado para la inscripción de todas las entidades a que se refiere la presente Ley, se publiquen en el tablón de edictos de las entidades afectadas.
Señale la respuesta correcta: La denominación de los Municipios podrá ser, a todos los efectos, en castellano, en cualquier otra lengua española oficial, o en ambas. La denominación de los Municipios podrá ser exclusivamente en Castellano. La denominación de los Municipios podrá ser, a todos los efectos, en castellano, en cualquier otra lengua española oficial en la respectiva Comunidad Autónoma, o en ambas. La denominación de los Municipios podrá ser, a todos los efectos, en castellano, en cualquier otra lengua española oficial en cualquier Comunidad Autónoma, o en ambas.
Según el artículo 15 de la Ley de Bases del Régimen Local. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que desee. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse en el que habite durante más tiempo al año. El conjunto de personas inscritas en el padrón municipal constituye el censo electoral del municipio. Los inscritos en el Padrón municipal son los vecinos del municipio, condición que se adquiere a la semana de su inscripción en el Padrón.
Según el artículo 15 de la Ley de Bases del Régimen Local. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios podrá inscribirse en el que habite durante más tiempo al año. El conjunto de personas españolas inscritas en el padrón municipal constituye la población del municipio. Los inscritos en el Padrón municipal son los residentes del municipio, condición que se adquiere en el mismo momento de su inscripción en el Padrón.
Según el artículo 15 de la Ley de Bases del Régimen Local. Todo español que viva en España o en países de la Unión Europea está obligado a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse en el que habite durante menos tiempo al año. El conjunto de personas inscritas en el padrón municipal constituye la población del municipio. Los inscritos en el Padrón municipal son los vecinos o residentes del municipio, condición que se adquiere en el mismo momento de su inscripción en el Padrón.
Según el artículo 15 de la Ley de Bases del Régimen Local. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida el algún momento. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse en el que habite durante más de tres meses al año, aunque sea inscrito en dos municipios. El conjunto de personas inscritas en el padrón municipal constituye la población de la Comunidad Autónoma. Los inscritos en el Padrón municipal son los vecinos del municipio, condición que se adquiere en el mismo momento de su inscripción en el Padrón.
Señala la respuesta correcta: El padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones de los datos que figuren en el padrón y se expidan tendrán carácter de documento público o privado y fehaciente para todos los efectos administrativos Las certificaciones de los datos que figuren en el padrón y se expidan tendrán carácter de documento público y no vinculante, para todos los efectos administrativos El padrón municipal es el registro civil donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo.
Señala la respuesta correcta: El padrón autonómico es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones de los datos que figuren en el padrón y se expidan tendrán carácter de documento personal y fehaciente para todos los efectos administrativos Las certificaciones de los datos que figuren en el padrón y se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos El padrón estatal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo.
La inscripción en el Padrón Municipal, deberá ser objeto de renovación periódica: Cada dos años cuando se trate de la inscripción de extranjeros sin autorización de residencia de larga duración, no pertenecientes a un Estado miembro de la Unión Europea, a Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o a otros estados a los que en virtud de un convenio internacional se extienda el régimen jurídico previsto para los ciudadanos de los Estados mencionados anteriormente. Cada cinco años cuando se trate de la inscripción de extranjeros sin autorización de residencia de larga duración, no pertenecientes a un Estado miembro de la Unión Europea, a Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o a otros estados a los que en virtud de un convenio internacional se extienda el régimen jurídico previsto para los ciudadanos de los Estados mencionados anteriormente. Todos los ciudadanos, con independencia de su nacionalidad, deberán renovar su inscripción en el Padrón cada dos año. Cada dos años cuando se trate de la inscripción de extranjeros con autorización de residencia de larga duración, no pertenecientes a un Estado miembro de la Unión Europea, a Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o a otros estados a los que en virtud de un convenio internacional se extienda el régimen jurídico previsto para los ciudadanos de los Estados mencionados anteriormente.
Cuando se trate de inscripción de extranjeros sin autorización de residencia de larga duración, si no realiza la renovación necesaria: Será causa para acordar la caducidad de las inscripciones que deban ser objeto de renovación periódica, siempre que el interesado no hubiese procedido a tal renovación. Para declararse, se necesitará en todo caso de audiencia previa. Será causa para acordar la caducidad de las inscripciones que deban ser objeto de renovación periódica, siempre que el interesado no hubiese procedido a tal renovación. No podrá declararse sin audiencia previa del interesado. Será causa para acordar la caducidad de las inscripciones que deban ser objeto de renovación periódica, siempre que el interesado no hubiese procedido a tal renovación. Podrá declararse sin necesidad de audiencia previa del interesado. Ninguna respuesta es correcta.
¿Cuál de los siguientes datos no será obligatorio en la inscripción del Padrón Municipal? Nombre y apellidos, documento de identidad, sexo y nacionalidad. Domicilio habitual, con especificación de la referencia catastral, en el territorio fiscal común o el código equivalente en los territorios forales, siempre que el domicilio cuente con referencia catastral o código equivalente Lugar y fecha de nacimiento. Teléfono y correo electrónico.
¿Cuál de los siguientes datos no será obligatorio en la inscripción del Padrón Municipal? Nombre y apellidos, lugar y fecha de nacimiento. documento de identidad, sexo y nacionalidad. Domicilio habitual, con especificación de la referencia catastral, en el territorio fiscal común o el código equivalente en los territorios forales, siempre que el domicilio cuente con referencia catastral o código equivalente Todas las respuestas son datos obligatorios en el Padrón Municipal. Certificado o título escolar o académico que se posea.
Los datos obligatorios del Padrón Municipal: Se cederán a otras Administraciones públicas que lo soliciten siempre con consentimiento previo del afectado cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes. También pueden servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico. Los datos de aportación voluntaria no serán susceptibles de cesión en ningún caso. Se cederán a otras Administraciones públicas que lo soliciten sin consentimiento previo del afectado solamente cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes. También pueden servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico. Los datos de aportación voluntaria serán susceptibles de cualquier tipo de cesión. Se cederán a otras Administraciones públicas que lo soliciten sin consentimiento previo del afectado solamente cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes. También pueden servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico. Los datos de aportación voluntaria no serán susceptibles de cesión en ningún caso. Ninguna respuesta es correcta.
Los datos obligatorios del Padrón Municipal: Se cederán a otras Administraciones públicas que lo soliciten sin consentimiento previo del afectado solamente cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes. También pueden servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico. Los datos de aportación voluntaria serán susceptibles de cesión en cualquier caso. Se cederán a otras Administraciones públicas que lo soliciten con consentimiento previo del afectado solamente cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes. También pueden servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico. Los datos de aportación voluntaria no serán susceptibles de cesión en ningún caso. No se cederán a otras Administraciones públicas los datos que figuren en el Padrón Municipal. Ninguna respuesta es correcta.
Según el artículo 17.1 de la LBRL La formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón Municipal corresponde al Ayuntamiento, de acuerdo con lo que establezca la legislación de las Comunidades Autónomas. La formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón Municipal corresponde al Ayuntamiento, de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado. La formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón Municipal corresponde a las Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado. La formación y mantenimiento del Padrón Municipal corresponde al Ayuntamiento. La revisión y custodia del Padrón Municipal corresponde al Estado, de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado.
La gestión del Padrón Municipal: La gestión del Padrón municipal se llevará por los Ayuntamientos con medios no informáticos. Las Diputaciones Provinciales o entidades equivalentes, Cabildos y Consejos insulares asumirán la gestión informatizada de los Padrones de los municipios que, por su insuficiente capacidad económica y de gestión, no puedan mantener los datos de forma automatizada. La gestión del Padrón municipal se llevará por las Comunidades Autónomas con medios informáticos. Las Diputaciones Provinciales o entidades equivalentes, Cabildos y Consejos insulares asumirán la gestión informatizada de los Padrones de los municipios que, por su insuficiente capacidad económica y de gestión, no puedan mantener los datos de forma automatizada. La gestión del Padrón municipal se llevará por los Ayuntamientos con medios informáticos. Las Diputaciones Provinciales o entidades equivalentes, Cabildos y Consejos insulares asumirán la gestión informatizada de los Padrones de los municipios que, por su insuficiente capacidad económica y de gestión, no puedan mantener los datos de forma automatizada. Ninguna respuesta es correcta.
Si un ayuntamiento no llevara a cabo las actuaciones y operaciones para mantener actualizado sus padrones: El Instituto Autonómico de Estadística, previo informe del Consejo de Empadronamiento, podrá requerirle previamente concretando la inactividad, y si fuere rechazado, podrá acudir a la ejecución sustitutoria prevista. El Instituto Nacional de Estadística, previo informe del Consejo de Empadronamiento, podrá requerirle previamente concretando la inactividad, y si fuere rechazado, podrá acudir a la ejecución sustitutoria prevista. El Consejo de Empadronamiento, previo informe del Instituto Nacional de Estadística, podrá requerirle previamente concretando la inactividad, y si fuere rechazado, podrá acudir a la ejecución sustitutoria prevista. Ninguna respuesta es correcta.
Señale la respuesta correcta: Los Ayuntamientos remitirán al Instituto Nacional de Estadística los datos de sus respectivos Padrones, en la forma que reglamentariamente se determine por el Consejo de Empadronamiento, a fin de que pueda llevarse a cabo la coordinación entre los Padrones de todos los municipios Los Ayuntamientos remitirán al Consejo de Empadronamiento los datos de sus respectivos Padrones, en la forma que reglamentariamente se determine por la Administración General del Estado, a fin de que pueda llevarse a cabo la coordinación entre los Padrones de todos los municipios Los Alcaldes remitirán al Instituto Nacional de Estadística los datos de sus respectivos Padrones, en la forma que reglamentariamente se determine por la Administración General del Estado, a fin de que pueda llevarse a cabo la coordinación entre los Padrones de todos los municipios Los Ayuntamientos remitirán al Instituto Nacional de Estadística los datos de sus respectivos Padrones, en la forma que reglamentariamente se determine por la Administración General del Estado, a fin de que pueda llevarse a cabo la coordinación entre los Padrones de todos los municipios Ninguna respuesta es correcta.
¿Quién debe de realizar las comprobaciones oportunas, y comunicará a los Ayuntamientos las actuaciones y operaciones necesarias para que los datos padronales puedan servir de base para la elaboración de estadísticas de población a nivel nacional? El Consejo de Empadronamiento. El Alcalde del Municipio. El Instituto Nacional de Estadística. El Pleno del Ayuntamiento.
¿Quién resuelve las discrepancias que surjan en materia de empadronamiento? A la persona que ejerza la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística. Al Consejo de Empadronamiento. A la Conferencia Sectorial de Presidentes. A los Plenos municipales afectados, formando una comisión de la suma de Concejales.
¿Quién eleva al Gobierno de la Nación la propuesta de cifras oficiales de población de los municipios españoles? La persona que ejerza la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística. Al Consejo de Empadronamiento. A la Conferencia Sectorial de Presidentes. A los Plenos municipales afectados, formando una comisión de la suma de Concejales.
El Consejo de Empadronamiento está adscrito: El Ministerio de Economía y Hacienda. Al Ministerio de Presidencia. Al Ministerio de Transición Ecológica Al Ministerio de Interior.
¿Quién forma parte del Consejo? Será presidido por el Presidente del Gobierno y estará formado por representantes de la Administración General del Estado y de los Entes Locales Será presidido por el Presidente del Instituto Nacional de Estadística y estará formado por representantes de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y de los Entes Locales Será presidido por el Presidente del Instituto Nacional de Estadística y estará formado por representantes de la Administración General del Estado y de los Entes Locales Será presidido por el Presidente del Congreso y estará formado por representantes de la Administración General del Estado y de los Entes Locales.
Señala la respuesta correcta: El Consejo funcionará en Pleno y en Comisión, existiendo en cada provincia una Sección Provincial bajo la presidencia del Delegado del Instituto Nacional de Estadística y con representación de los Entes Locales El Consejo funcionará en Pleno y en Comisión, existiendo en cada Comunidad Autónoma una Sección Provincial bajo la presidencia del Delegado del Instituto Nacional de Estadística y con representación de los Entes Locales El Consejo funcionará en Pleno y en Comisión, existiendo en cada provincia una Sección Provincial bajo la presidencia del Delegado del Instituto Nacional de Estadística y con representación de los Entes Locales El Consejo funcionará en Pleno y en Comisión, existiendo en cada provincia una Sección Provincial bajo la presidencia del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y con representación de los Entes Locales.
¿Qué funciones desempeña el Consejo de Empadronamiento? Elevar a la decisión de la persona que ejerza la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística propuesta vinculante de resolución de las discrepancias que surjan en materia de empadronamiento entre Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales o entidades equivalentes, Cabildos, Consejos insulares o entre estos entes y el Instituto Nacional de Estadística Informar, con carácter vinculante, las propuestas que eleve al Gobierno el Presidente del Instituto Nacional de Estadística sobre cifras oficiales de población de los municipios españoles Proponer la aprobación de las instrucciones técnicas precisas para la gestión de los padrones municipales. Todas las respuestas son correctas.
¿Quién confeccionará un padrón de españoles en el extranjero? La Administración de cada Comunidad Autónoma, en colaboración con los Ayuntamientos y Administraciones de la Administración General del Estado. La Administración General del Estado, en colaboración con las Provincias y Administraciones de las Comunidades Autónomas. La Administración General del Estado, en colaboración con los Ayuntamientos y Administraciones de las Comunidades Autónomas. El Consejo de Empadronamiento, en colaboración con los Ayuntamientos y Administraciones de las Comunidades Autónomas.
Las personas inscritas en el Padrón de españoles residentes en el extranjero: Se considerarán vecinos del municipio español que figura en los datos de su inscripción a todos los efectos. Se considerarán vecinos del municipio español que figura en los datos de su inscripción únicamente a efectos del ejercicio del derecho de sufragio, constituyendo, en todo caso, población del municipio. Se considerarán vecinos del municipio español que figura en los datos de su inscripción únicamente a efectos del ejercicio del derecho de sufragio, no constituyendo, en ningún caso, población del municipio. Se considerarán vecinos del municipio español que figura en los datos de su inscripción a efectos del ejercicio del derecho de sufragio activo y pasivo, constituyendo, en todo caso, población del municipio.
Son derechos y deberes de los vecinos: Ser elector y elegible de acuerdo con lo dispuesto en la legislación electoral. Participar en la gestión municipal o autonómica de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y, en su caso, cuando la colaboración con carácter voluntario de los vecinos sea interesada por los órganos de gobierno y administración municipal. Utilizar, de acuerdo con su naturaleza, los servicios públicos o privados municipales, y acceder a los aprovechamientos comunales, conforme a las normas aplicables. Contribuir mediante las prestaciones económicas y personales legalmente previstas a la realización de las competencias municipales o autonómicas.
Son derechos y deberes de los vecinos: Ser elector y elegible de acuerdo con lo dispuesto en la legislación electoral autonómica. Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en los reglamentos municipales y, en su caso, cuando la colaboración con carácter voluntario de los vecinos sea interesada por los órganos de gobierno y administración municipal Utilizar, de acuerdo con su naturaleza, los servicios públicos municipales, y acceder a los aprovechamientos comunales, conforme a las normas aplicables Contribuir mediante las prestaciones económicas, sociales y personales legalmente previstas a la realización de las competencias municipales.
Son derechos y deberes de los vecinos: Ser elector, pero no elegible de acuerdo con lo dispuesto en la legislación electoral. Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y, en su caso, cuando la colaboración con carácter voluntario de los vecinos sea interesada por los órganos de gobierno y administración municipal. Utilizar, de acuerdo con su naturaleza, los servicios públicos municipales, y acceder a los aprovechamientos patrimoniales, conforme a las normas aplicables. Contribuir mediante las prestaciones económicas y personales legalmente previstas a la realización de las competencias estatales.
Son derechos y deberes de los vecinos: Ser elector y elegible de acuerdo con lo dispuesto en la legislación electoral. Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y, en su caso, cuando la colaboración con carácter voluntario de los vecinos sea interesada por los órganos de gobierno y administración municipal Utilizar, de acuerdo con su naturaleza, los servicios públicos de las Comunidades Autónomas, y acceder a los aprovechamientos comunales, conforme a las normas aplicables Contribuir mediante las prestaciones económicas y personales legalmente previstas a la realización de las competencias municipales.
Son derechos y deberes de los vecinos: Ser informado, previa petición razonada, y dirigir solicitudes a la Administración municipal en relación a todos los expedientes y documentación municipal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 105 de la Constitución Pedir la consulta popular en los términos previstos en la ley o ejercer la iniciativa popular en los términos previstos en el artículo 70. Exigir la prestación y, en su caso, el establecimiento del correspondiente servicio público, en el supuesto de constituir una competencia municipal propia de carácter obligatorio Todas las respuestas son correctas.
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