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11.– Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria

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Título del Test:
11.– Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria

Descripción:
OSAKIDETZA 2022

Fecha de Creación: 2022/09/27

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 28

Valoración:(15)
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Temario:

La misión preferente de promocionar y reforzar la salud en cada uno de los sectores de la actividad socio-económica corresponde a: Osakidetza. El departamento de Salud. Todos los poderes públicos vascos. La ciudadanía vasca.

Compete preservar elmarco institucional de la salud en Euskadi a: Osakidetza. Gobierno vasco. Los poderes públicos vascos. Departamento de Salud.

Compete a la Administración sanitaria vasca: Garantizar la tutela general de la salud pública. Garantizar un dispositivo adecuado de medios para la provisión de las prestaciones aseguradas con carácter público. Garantizar la promoción de la salud y de prestaciones sanitarias colectivas. A y B son correctas.

El derecho a la protección de la salud en el territorio de Euskadi: Tiene carácter universal únicamente para las personas residentes. Tiene carácter universal también para las personas transeuntes, sin excepciones. Se aplica en la forma y condiciones previstas en la legislación general, en los convenios de colaboración e internacionales que resulten de aplicación. Tendrá carácter discreccional en el caso de las personas transeuntes.

El sistema sanitario de Euskadi garantizará las prestaciones sanitarias individuales: De conformidad con la ordenación básica del sistema nacional de salud. Limitándose a aplicar el catálogo de prestaciones estipulado por la ordenación básica del sistema nacional de salud. Con total autonomía con respecto a la ordenación básica del sistema nacional de salud. Todas son incorrectas.

Informan el sistema sanitario de Euskadi los principios de: Universalidad, solidaridad, equidad, eficiencia de los servicios y participación ciudadana. Universalidad, solidaridad, equidad, calidad de los servicios y participación ciudadana. Universalidad, coordinación, equidad, calidad de los servicios y participación ciudadana. Prestación individual, solidaridad, equidad, calidad de los servicios y participación ciudadana.

La planificación sanitaria tendrá como base principal de ordenación territorial las demarcaciones geográficas denominadas: Áreas de salud. OSIs. Comarcas sanitarias. Zonas de salud.

En cada área de salud se garantizará una adecuada ordenación de: La atención primaria y especializada. La atención primaria. La atención primaria y su coordinación con la atención especializada. La atención especializada.

Es un principio programático de organización y funcionamiento del sistema sanitario de Euskadi: La consideración de la persona como objetivo fundamental del sistema. La suficiencia del marco de financiación pública del catálogo de prestaciones sanitarias que asegura la Comunidad Autónoma de Euskadi. La evaluación continua de los componentes públicos y concertados del sistema sanitario aplicando criterios objetivos y homogéneos. Todas son correctas.

Es un principio programático de organización y funcionamiento del sistema sanitario de Euskadi: La participación ciudadana tanto en la formulación de los planes y objetivos generales. La participación de los profesionales tanto en la formulación de los planes y objetivos generales como en el seguimiento y evaluación final de los resultados de su ejecución. La colaboración ciudadana tanto en la formulación de los planes y objetivos generales como en el seguimiento y evaluación final de los resultados de su ejecución. La participación ciudadana tanto en la formulación de los planes y objetivos generales como en el seguimiento y evaluación final de los resultados de su ejecución.

NO SON actividades instrumentales del sistema: Realización de los estudios epidemiológicos necesarios y su seguimiento. Creación de los sistemas de información necesarios para facilitar el ejercicio adecuado de los distintos niveles de responsabilidad en el sistema. Articulación de un sistema de auditoría interna y externa y acreditación para medir la calidad técnica de los recursos disponibles. Adopción de medidas para la promoción de la calidad de los servicios sanitarios por auditores externos.

Al objeto de posibilitar la participación ciudadana en el sistema sanitario de Euskadi, reglamentariamente se crearán: Consejos de participación comunitaria para el ámbito de toda la Comunidad Autónoma y para el ámbito de cada área de salud. Consejos de participación comunitaria para el ámbito de cada centro de salud. Puntos de atención a la ciudadanía. Comisiones de seguimiento en los ámbitos territoriales en los que se requiera.

Los principios que rigen la estructura y organización de personal en el ámbito de aplicación de este régimen jurídico: Imparcialidad y profesionalidad en el ejercicio de las funciones. Responsabilidad, participación y objetividad en la gestión de los intereses particulares implicados en la prestación de servicios sanitarios. Capacidad de autoorganización, racionalización, mejora e integración con los objetivos del sistema sanitario de Euskadi en la planificación de los recursos. A y C son correctas.

Las plantillas de personal del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud serán aprobadas por: Su consejo de administración. Su consejo de dirección. El departamento de Sanidad. El Gobierno vasco.

Las plantillas de personal del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Deberán ajustarse al número estimado de efectivos, según grupos profesionales, que anualmente aprobará el Consejo de Gobierno a propuesta del Departamento de Sanidad. Constituyen el número de efectivos de carácter estructural con que cuentan tanto su organización central de administración como las organizaciones de servicios sanitarios dependientes del mismo. No incluyen los efectivos de las organizaciones de servicios sanitarios dependientes. Establecen la planificación interna de cada organización.

Los procedimientos selectivos para obatener recursos que no puedan ser cubiertos con los efectivos existentes: Serán ejecutados de forma centralizada. Serán ejecutados, en todo caso, de forma descentralizada. Serán ejecutados tanto en forma centralizada como descentralizada. Todas son incorrectas.

La relación de empleo estatutaria de carácter interino es compatible: Para sustituciones de personal eventual. Para sustituciones del personal fijo con derecho a reserva del puesto funcional. Para la cobertura de cualquier necesidad de carácter estructural o no estructural. Para sustituciones discrecionales.

La contratación de profesionales en régimen laboral temporal: Se limita al personal directivo. No requiere de un proceso selectivo previo. Supondrá la creación de nuevos puestos funcionariales. Se prevé para casos extraordinarios de alta especialización.

El personal directivo en el ente público Osakidetza. Realiza labores de alta especialización. Desempeña con carácter eventual tareas de gerencia o de dirección profesional no reservadas a personal estatutario fijo. Es nombrado según las reglas del personal estatutario fijo. Deberá estar vinculado previamente con la administración pública.

Cuando el el personal estatutario fijo al servicio del propio ente sea nombrado como personal directivo: Continuará en el servicio activo como personal funcionario. Se le reconocerá en excedencia forzosa conforme a la legislación laboral correspondiente. Se le reconocerá en situación administrativa de servicios especiales. Se le reconocerá en excedencia voluntaria.

Son estamentos del personal sujeto al régimen estatutario de Osakidetza: Personal facultativo médico, personal sanitario no facultativo y personal no sanitario. Personal facultativo y personal no facultativo. Personal sanitario y personal administrativo. Personal médico, personal sanitario y personal administrativo.

El empleado público NO TIENE DERECHO A: Régimen General de Seguridad Social. Descanso voluntario. Participación en la determinación de las condiciones de trabajo. No discriminación.

NO ES una obligación del personal de Osakidetza: Prestación de servicios en contraprestación al salario. Cooperación en la mejora de los servicios. Fiel desempeño de su función o cargo conforme a la dirección y objetivos que por el ente público se establezcan. Las tres anteriores son obligaciones.

El vínculo estatutario se adquiere mediante el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos. Superación del proceso selectivo, periodo de pruebas, toma de posesión y nombramiento. Superación del proceso selectivo, nombramiento y toma de posesión. Superación del proceso selectivo, toma de posesión y nombramiento. Oposición, toma de posesión y nombramiento.

Las pruebas selectivas: Constarán, con carácter general, de las fases de concurso y de oposición. Podrán constar sólo de oposición cuando se refieran a categorías respecto a las que lo aconsejen las funciones a realizar o el previsible número de aspirantes. Constarán solo de fase de concurso, salvo excepciones. A y B son correctas.

Constituyen instrumentos de clasificación del personal: El grupo de titulación y la categoría. El grupo profesional, la categoría y el nivel. El grupo profesional, la categoría y el puesto funcional. La categoría y el puesto funcional.

La creación, modificación o supresión de grupos y categorías se realizará por: Decreto de la viceconsejera de Salud. Orden de la Consejera de Salud. Orden del gobierno. Ley del Parlamento Vasco.

Instrumento de clasificación orientado a la organización, promoción y desarrollo integral del personal: Grupo profesional. Puesto funcional. Categoría profesional. Grupo de titulación.

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