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186 2005

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186 2005

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186 2005

Fecha de Creación: 2023/09/05

Categoría: Otros

Número Preguntas: 9

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El presente Decreto tiene por objeto la determinación de los Puestos Funcionales en base a los cuales se deberá ordenar la plantilla estructural del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, constituyendo los mismos uno de los instrumentos de clasificación del personal. el grupo de titulación. el grupo profesional. la categoría. todas son correctas.

El presente Decreto será de aplicación a la Plantilla Estructural del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, constituida por el número de efectivos por grupo profesional en cada organización. aprobada por el Consejo de Administración, dentro del límite máximo de efectivos por grupo profesional aprobado anualmente por el Consejo de Gobierno. aprobada por el Consejo de Gobierno, dentro del límite máximo de efectivos por grupo profesional aprobado anualmente por el Consejo de Administración .

que se clasificará conforme a la Relación de Puestos Funcionales recogida en el anexo I de este Decreto. La Plantilla Estructural de cada Organización de Servicios dando lugar a la Plantilla Funcional correspondiente. La Plantilla Funcional de cada Organización de Servicios dando lugar a la Plantilla Estructural correspondiente.

los Puestos Funcionales se constituyen como el instrumento de clasificación del personal orientado a la. organización. promoción. desarrollo integral del personal.

Se entiende por Puesto Funcional, a los efectos del presente Decreto. toda agrupación de efectivos por razón común respecto a uno o más ámbitos funcionales, diferenciada de cualquier otra existente en el conjunto de la estructura del Ente Público en cuanto a las exigencias de requerimientos profesionales para su desempeño o a las responsabilidades jerárquicas y/o de gestión que se asuman. toda agrupación de efectivos por razón común respecto a uno o más ámbitos funcionales, diferenciada de cualquier otra existente en el conjunto de la estructura del Ente Público en cuanto a las exigencias de requerimientos profesionales para su desempeño.

los Puestos Funcionales se establecerán en razón del desempeño de tareas diferenciales,. propias de la profesión para cuyo ejercicio habilite la titulación exigida para el acceso a cada categoría. en razón del desempeño de un nivel específico de responsabilidad funcional dentro de las funciones propias de la categoría y el destino en alguna de las estructuras del Ente.

Los criterios considerados para la diferenciación de los distintos Puestos Funcionales se corresponden con los siguientes: Ocupaciones diferenciadas en base a las tareas propias de la profesión para cuyo ejercicio habilite la titulación correspondiente. Ocupaciones diferenciadas en base al nivel específico de responsabilidad funcional ejercido dentro de las funciones propias de la categoría y el destino.

Dicha Responsabilidad Funcional contempla exigencias diferenciales con relación a: Conocimientos especializados: exigencia de conocimientos especializados técnicos y/o prácticos que complementan y/o delimitan la formación exigida por el grupo profesional y la categoría correspondiente. Responsabilidad jerárquica: asunción de funciones de organización, supervisión y/o coordinación de equipos humanos. Responsabilidad de Gestión: asunción de funciones de planificación, programación, seguimiento y control de objetivos y recursos, humanos y/o materiales, implicados para el desarrollo de los mismos.

Los Puestos Funcionales vendrán identificados y caracterizados en relación con los siguientes aspectos: Identificación en términos de Clasificación del Personal. Perfil Profesional requerido. Modo de provisión. Efectos retributivos asignados.

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