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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: 152

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Título del Test:
152

Descripción:
Repaso Examen

Autor:
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Fecha de Creación: 11/09/2024

Categoría: Ocio

Número Preguntas: 85
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Temario:
Promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas corresponde a: Los poderes públicos. Las Cortes Españolas. La organización administrativa. Los ponentes de la Constitución.
Los padres deben prestar asistencia a los hijos: En todo caso en que legalmente proceda. Sólo los habidos dentro del matrimonio. Sólo los habidos fuera del matrimonio. Los habidos fuera del matrimonio si son reconocidos.
Intervendrán en el control y la gestión de los centros docentes sostenidos por la administración con fondos públicos: Únicamente la dirección de los mismos. El profesorado, los padres y en su caso, los alumnos. El profesorado o los padres. La administración local.
Según el artículo 103 de la Constitución, los principios que rigen el acceso a la función pública son: Igualdad y mérito. Capacidad y mérito. Igualdad, según las funciones y mérito. Imparcialidad, mérito y capacidad.
La confianza al presidente del Gobierno se entiende otorgada por mayoría: Absoluta del Congreso. Simple de los diputados. Simple de la cámara del Congreso y del Senado. Absoluta de los diputados.
La responsabilidad criminal del presidente del Gobierno sólo es exigible en su caso ante: El Congreso de los diputados. La Presidencia del Congreso de los Diputados. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Las Cortes Generales.
¿Cuáles de estas funciones son propias de los consellers, como miembros del Consell y jefes de departamento? Tomar nota de los acuerdos del Consell. Dictar decretos leyes, conforme a lo establecido en el artículo 44.4 del Estatuto de Autonomía. Firmar convenios y acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas. Proponer al Consell, para su aprobación, la estructura y organización de sus respectivas consellerias.
¿Qué tratamiento reciben los consellers? Excelentísimo/a Señor/a. Molt Honorable. Honorable Señor/a. Ilustrísimo Señor.
¿Ante qué órgano judicial se deberá exigir la responsabilidad penal y civil del Presidente de la Generalitat y de los miembros del Consell? La Audiencia Provincial. Un juzgado de primera instancia e instrucción. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana o, en su caso, ante el Tribunal Supremo. El Tribunal Constitucional.
Según el artículo 14 del Decreto 42/2019, de 22 de marzo, del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat, el horario de permanencia obligatoria del personal de servicios burocráticos podrá flexibilizarse en una hora diaria a: Quienes tengan en su entorno familiar a alguien, hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, que asegure que padece enfermedad grave con indicación expresa de la necesidad de cuidados específicos, o con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %. Quienes tengan a su cuidado directo hijos o hijas, o niños o niñas en acogimiento preadoptivo o permanente, de 14 años o menores de esa edad. Quienes tengan a su cuidado directo hijos o hijas, o niños o niñas en acogimiento preadoptivo o permanente, de 16 años. Quienes tengan en su entorno familiar personas que requieran una especial dedicación.
Según el Decreto 42/2019, de 22 de marzo, del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat, el personal, previa comunicación al órgano competente, podrá disfrutar de los permisos establecidos en su articulado: En los términos previstos en los mismos, siendo necesaria la autorización con carácter previo, excepto en el supuesto previsto en el artículo 40. En los términos previstos en los mismos, siendo necesaria la autorización con carácter previo. En los términos previstos en los mismos, no siendo necesaria la autorización con carácter previo, excepto en el supuesto previsto en el artículo 40. En los términos previstos en los mismos, no siendo necesaria la autorización con carácter previo.
Según el Decreto 42/2019, de 22 de marzo, del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat, el personal funcionario: Podrá disfrutar, previa autorización, de las licencias establecidas en su articulado. Podrá disfrutar, sin necesidad de autorización previa, de las licencias establecidas en su articulado, excepto en el supuesto previsto en el artículo 45. Podrá disfrutar, sin necesidad de autorización previa, de las licencias establecidas en su articulado. Podrá disfrutar, previa autorización, de las licencias establecidas en su articulado, excepto en el supuesto previsto en el artículo 45.
Según se dicta en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Entre otras, la presente Ley establece y regula las bases del régimen administrativo de las administraciones públicas. Entre otras, la presente Ley establece y regula las bases del régimen jurídico de las administraciones públicas de ámbito local exclusivamente. Entre otras, la presente Ley establece y regula las bases del régimen jurídico de las administraciones públicas. Entre otras, la presente Ley establece y regula las bases del régimen jurídico de las administraciones públicas de ámbito competencial estatal.
Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, este sector público comprende: Solo a la Administración General del Estado. A la Administración General del Estado y a la Administración de ámbito competencial autonómico. A la Administración General del Estado, la Administración de las comunidades autónomas y a la Administración local. A la Administración General del Estado, la Administración de las comunidades autónomas, la Administración local y el sector público institucional.
Entre otros, y según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las administraciones públicas deberán respetar en su actuación y relaciones principios como: Responsabilidad por la gestión pública. Servicio a los ciudadanos sin medida de efectividad. Cumplimientos de objetivos sin estar sujetos a eficacia en su cumplimiento. Cooperación, colaboración y coordinación entre las administraciones públicas exclusivamente del mismo ámbito competencial.
Según la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana: La gestión de los puestos y del personal docente no universitario y del estatutario corresponderá, respectivamente, a la conselleria competente en materia de educación y a la conselleria competente en materia de sanidad. La gestión de los puestos y del personal docente universitario y del estatutario corresponderá, respectivamente, a la conselleria competente en materia de educación y a la conselleria competente en materia de sanidad. La gestión de los puestos y del personal no docente y del estatutario corresponderá, respectivamente, a la conselleria competente en materia de educación y a la conselleria competente en materia de sanidad. La gestión de los puestos y del personal docente no universitario y del personal no docente corresponderá, respectivamente, a la conselleria competente en materia de educación y a la conselleria competente en materia de sanidad.
Según la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana, el personal empleado público se clasifica en: Personal funcionario de carrera y personal funcionario interino. Personal funcionario de carrera, personal funcionario interino, personal fijo discontinuo y personal eventual. Personal funcionario de carrera, personal funcionario interino, personal laboral (fijo por tiempo indefinido o temporal) y personal eventual. Personal funcionario de carrera, personal funcionario interino, personal laboral (exclusivamente por tiempo indefinido) y personal eventual.
Según la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana: En todas las ofertas de empleo público se reservará un cupo inferior al diez por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad o diversidad funcional, considerando como tales las definidas en la legislación básica estatal sobre derechos de las personas con discapacidad o diversidad funcional. En todas las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al veinte por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad o diversidad funcional, considerando como tales las definidas en la legislación básica estatal sobre derechos de las personas con discapacidad o diversidad funcional. En todas las ofertas de empleo público no se reservará ningún cupo de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad o diversidad funcional, considerando como tales las definidas en la legislación básica estatal sobre derechos de las personas con discapacidad o diversidad funcional. En todas las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al diez por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad o diversidad funcional, considerando como tales las definidas en la legislación básica estatal sobre derechos de las personas con discapacidad o diversidad funcional.
Según el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, no se consideran interesados en un procedimiento administrativo: Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. Quienes, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales en defensa de sus intereses legítimos colectivos en los términos que la Ley les reconozca. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos no puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.
Según el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo los sujetos siguientes: Las personas jurídicas en todos los procedimientos administrativos. Las entidades sin personalidad jurídica en todos los procedimientos administrativos. Las personas físicas en todos los procedimientos administrativos. Los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles en todos los procedimientos administrativos.
Según el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que se refiere a la obligación de resolver, el plazo máximo en el cual debe notificarse la resolución expresa será de: 1 mes en cualquier procedimiento administrativo. No podrá exceder de 6 meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea. 3 meses en cualquier procedimiento administrativo. 15 días en aquellos procedimientos declarados de urgencia.
Según el artículo 67 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el derecho a reclamar las solicitudes de inicio por los interesados en los procedimientos de responsabilidad patrimonial: Prescribirá a los 3 meses de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. Prescribirá a los 6 meses de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. Prescribirá al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo. Prescribirá a los 4 años de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o se manifieste su efecto lesivo.
Según el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que se refiere a la adopción de las medidas provisionales en los procedimientos administrativos: Iniciado el procedimiento, el órgano administrativo competente para resolver, podrá adoptar, de oficio o a instancia de parte y de forma motivada, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficientes para ello, de acuerdo con los principios de autonomía, concentración y eficacia. Las medidas provisionales deberán ser confirmadas, modificadas o levantadas en el acuerdo de iniciación del procedimiento que deberá efectuarse dentro de los 30 días siguientes a su adopción, el cual podrá ser objeto del recurso que proceda. Las medidas provisionales no podrán ser alzadas o modificadas durante la tramitación del procedimiento, de oficio o a instancia de parte, aunque se hubieran dado circunstancias sobrevenidas o que no hubieran podido ser tenidas en cuenta en el momento de su adopción. Las medidas provisionales se extinguirán en todo caso cuando surta efectos la resolución administrativa que ponga fin al procedimiento correspondiente.
Según el artículo 12 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres, en qué porcentaje se incrementarán las subvenciones electorales de la Generalitat reconocidas por la Ley para los escaños obtenidos por las mujeres: 5 %. 10 %. 15 %. 20 %.
Conforme con lo establecido en el capítulo II de la Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres, cuál órgano será el competente para vigilar el cumplimiento de lo previsto en dicha Ley: El Consejo Valenciano de las Mujeres. El Síndic de Greuges. La Red Valenciana de Igualdad. La conselleria que ejerza las funciones en materia de igualdad de la mujer.
Conforme a lo establecido por el artículo 71 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que se refiere a la ordenación del procedimiento administrativo: El procedimiento administrativo, sometido al principio de celeridad, se impulsará de oficio en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad. El procedimiento administrativo, sometido al principio de buena fe, se impulsará de oficio en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad. El procedimiento administrativo, sometido al principio de buena fe, se impulsará de oficio y/o a petición del interesado, en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad. El procedimiento administrativo, sometido al principio de celeridad, se impulsará de oficio y/o a petición del interesado, en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad.
Según el artículo 20 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres, los planes de igualdad en las empresas para la obtención de las ayudas correspondientes de la Generalitat Valenciana deberán ser visados por el órgano competente de la misma, teniendo las empresas que presentar en caso de obtención del visado la documentación siguiente: Un informe de evaluación de resultados al final del período de vigencia del plan de igualdad. Un informe de evaluación de resultados cada uno de los semestres del período de vigencia del plan de igualdad. Un informe de evaluación de resultados a mitad del período de vigencia del plan de igualdad y otro a su finalización. Un informe de evaluación de resultados cada uno de los trimestres del período de vigencia del plan de igualdad.
En qué título del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana se tratan los derechos de los valencianos y las valencianas: Título I. Título II. Título III. Título IV.
De acuerdo con el artículo 6 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana: El idioma castellano es el oficial en la Comunitat Valenciana junto con el valenciano pero este último, solo en la provincia de Valencia. Todos los ciudadanos tienen derecho a conocerlos y a usarlos y a recibir la enseñanza del, y en, idioma castellano. La Generalitat garantizará el uso normal y oficial solamente del valenciano, y adoptará las medidas necesarias para asegurar su conocimiento. Nadie podrá ser discriminado por razón de su lengua. Se otorgará especial protección y respeto a la recuperación del castellano en los pueblos costeros.
Según el artículo 26 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, la iniciativa legislativa corresponde: A las Comisiones Delegadas de Gobierno y al Consell, en la forma que determine el presente Estatuto y el Reglamento del Consell Rector. Al presidente de la Generalitat Valenciana y al Consell Escolar, en la forma que determine el presente Estatuto y el Reglamento del Consell. A Les Corts y al Consell, en la forma que determine el presente Estatuto y el Reglamento de Les Corts. A los grupos parlamentarios y a les Corts, en la forma que determine el Reglamento del Consell.
De conformidad con el artículo 32 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano. Las normas que sean consecuencia del ejercicio de la potestad reglamentaria se ajustan a la siguiente jerarquía: 1. Decretos del Consell. 2. Órdenes de consellerias. 3. Decretos del president. 4. Órdenes de las comisiones delegadas del Consell. 5. Disposiciones de órganos inferiores por el orden de su jerarquía. 1. Decretos del president. 2. Decretos del Consell. 3. Órdenes de consellerias 4. Órdenes de las comisiones delegadas del Consell. 5. Disposiciones de órganos inferiores por el orden de su jerarquía. 1. Decretos del Consell. 2. Decretos del president. 3. Órdenes de las comisiones delegadas del Consell. 4. Órdenes de consellerias. 5. Disposiciones de órganos inferiores por el orden de su jerarquía. 1. Decretos del Consell. 2. Decretos del president. 3. Órdenes de consellerias. 4. Disposiciones de órganos inferiores por el orden de su jerarquía. 5. Órdenes de las comisiones delegadas del Consell.
Según el artículo 46 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano: El Consell responde solidariamente de su gestión política ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sin perjuicio de la responsabilidad mancomunada de sus miembros por su gestión. La responsabilidad del Consell es exigible por medio de la moción de censura y de la cuestión de confianza. El Consell responde solidariamente de su gestión política ante Les Corts, sin perjuicio de la responsabilidad indirecta de sus miembros por su gestión. La responsabilidad del Consell es exigible por medio de escrito motivado al presidente de la Generalitat. El Consell responde solidariamente de su gestión política ante Les Corts, sin perjuicio de la responsabilidad indirecta de sus miembros por su gestión. La responsabilidad del Consell es exigible ante el subsecretario de cada conselleria. El Consell responde solidariamente de su gestión política ante Les Corts, sin perjuicio de la responsabilidad directa de sus miembros por su gestión. La responsabilidad del Consell es exigible por medio de la moción de censura y de la cuestión de confianza.
De acuerdo con el artículo 43.3 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, las disposiciones de carácter general entrarán en vigor: El mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, salvo que en las mismas se disponga otra cosa. El día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, salvo que en las mismas se disponga otra cosa. A los diez días de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, salvo que en las mismas se disponga otra cosa. A los quince días de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, salvo que en las mismas se disponga otra cosa.
De acuerdo con la definición que hace el artículo 4 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, a efectos de la presente Ley y de las normas que desarrollen: Se entenderá por “prevención” el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. Se entenderá por “prevención” el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en las fases de actividad de la empresa que indique el director de la empresa, con el fin de garantizar o aumentar los riesgos derivados del trabajo. Se entenderá por “prevención” el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos en el lugar de descanso. Se entenderá por “prevención” el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en la fase de actividad más peligrosa de la empresa, promoviendo y evitando los riesgos del trabajo.
Según el artículo 8 del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell: Solo el alumnado que no presenta necesidades educativas especiales tiene derecho a participar en las actividades de grupo y del centro. Por tanto, los centros deberán planificarlas y adecuarlas para garantizar esta participación. Solo el alumnado que presenta necesidades educativas especiales tiene derecho a participar en las actividades de grupo y del centro. Por tanto, los centros deberán planificarlas y adecuarlas para garantizar esta participación. Solo el alumnado que no presenta necesidades educativas especiales y aquel que, aun teniéndolas, no son de un grado notable, tiene derecho a participar en las actividades de grupo y del centro. Por tanto, los centros deberán planificarlas y adecuarlas para garantizar esta participación. Todo el alumnado tiene derecho a participar en las actividades de grupo y del centro. Por tanto, los centros deberán planificarlas y adecuarlas para garantizar esta participación.
Según el Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell: El ámbito de aplicación son todos los centros docentes no universitarios y universitarios del sistema educativo valenciano. El objeto del presente decreto busca, entre otros objetivos, conseguir que los centros docentes se constituyan en elementos dinamizadores de la transformación social hacia la igualdad y la plena inclusión de todas las personas, en especial de aquellas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad y en riesgo de exclusión. La educación inclusiva parte de la base de que cada alumna y cada alumno tiene respuestas únicas que van en detrimento del proceso de aprendizaje y enseñanza. El modelo de educación inclusiva debe estar presente solo en los planes, programas y actuaciones que los centros desarrollan en los grupos con alumnado que presente necesidades educativas especiales.
Según el artículo 13 del Decreto 104/2018, de 27 de julio, del Consell: La identificación y valoración de las necesidades educativas del alumnado se llevará a cabo de la manera más temprana posible, con el fin de determinar las medidas y los apoyos más oportunos e iniciar la respuesta educativa tan pronto como sea posible. La identificación y valoración de las necesidades educativas del alumnado se llevará a cabo en el primer trimestre de cada año académico, con el fin de determinar las medidas y los apoyos más oportunos. La identificación y valoración de las necesidades educativas del alumnado se llevará a cabo al finalizar cada año académico, con el fin de determinar las medidas y los apoyos más oportunos para el siguiente año académico. La identificación y valoración de las necesidades educativas del alumnado se llevará a cabo cuando lo soliciten los progenitores del alumnado, con el fin de preservar la integridad e intimidad de la familia de dicho alumnado.
El concepto de acogimiento familiar es la medida de protección por la que se produce la plena participación de una persona menor de edad: En la vida de una familia sustitutiva o complementaria de la propia, de manera que pueda disponer de las oportunidades de relación y vinculación necesarias para un adecuado desarrollo afectivo. En el órgano que ejerza la tutela con la experiencia y la competencia necesaria, cuando el interés de la persona tutelada así lo aconseje. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 303 del Código Civil. Cuando los servicios sociales de la entidad local tengan conocimiento de la medida de protección.
¿Qué intervenciones llevará a cabo el equipo técnico del punto de encuentro familiar? No hay intervenciones del equipo técnico. El equipo técnico llevará a cabo las intervenciones psicológicas, sociales, educativas, jurídicas o de mediación necesarias para capacitar a las personas usuarias y beneficiarias para la resolución o el manejo de sus conflictos y para mejorar las relaciones entre ellas, con el objeto de que puedan desarrollar, sin apoyo externo, el régimen de visitas. A estos efectos, el equipo técnico podrá recabar el apoyo y asesoramiento necesarios. El equipo técnico llevará a cabo las intervenciones indicadas por las entidades locales. El equipo técnico llevará a cabo intervenciones de cooperación con el ministerio fiscal.
¿Qué se entiende por adopción abierta? Se entenderá por adopción abierta aquella en la que el número de ofrecimientos presentados sea notablemente superior al número de adopciones que es previsible promover. Se entenderá por adopción abierta aquella en la que, tras su constitución, se mantienen los contactos previstos en el artículo 178.4 del Código Civil. Se entenderá por adopción abierta aquella en la que el mencionado plazo no se hubiera dictado y notificado resolución expresa. Cuando se trate de niños y niñas recién nacidos sustraídos o personas dadas en adopción sin autorización de sus personas progenitoras.
A los efectos de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se entiende por Sistema Educativo Español: Los principios de calidad, cooperación, equidad, libertad de enseñanza, mérito, igualdad de oportunidades, no discriminación, eficiencia en la asignación de recursos públicos, transparencia y rendición de cuentas. El conjunto de administraciones educativas, profesionales de la educación y otros agentes, públicos y privados, que desarrollan funciones de regulación, de financiación o de prestación de servicios para el ejercicio del derecho a la educación en España, y los titulares de este derecho, así como el conjunto de relaciones, estructuras, medidas y acciones que se desarrollen al efecto. Las administraciones de las comunidades autónomas competentes en materia educativa. El conjunto de relaciones, estructuras, medidas y acciones que se desarrollen al efecto.
¿Qué se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales? Aquel alumnado que no pueda conseguir los objetivos de la educación obligatoria. Aquel alumnado que requiera las atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos de algún tipo durante el curso escolar. Aquel alumnado adscrito a programas de enriquecimiento curricular adecuado a sus necesidades, que permitan desarrollar al máximo sus capacidades. Aquel alumnado que afronta barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo.
La jornada ordinaria semanal del personal educador de educación especial se distribuirá de la siguiente manera: 18 horas de atención directa al alumnado en horario lectivo. 5 horas complementarias. 8 horas y 45 minutos que se distribuirán entre las tareas de coordinación y las pausas para comer. 25 horas de atención directa al alumnado. 5 horas complementarias. Hasta un máximo de 6 horas y 15 minutos para hacer el seguimiento del alumnado. 25 horas de atención directa al alumnado en horario lectivo. 8 horas y 45 minutos que se distribuirán entre las tareas de coordinación y las pausas para comer. Hasta un máximo de 6 horas y 15 minutos para hacer el seguimiento del alumnado. 19 horas de atención directa al alumnado en horario lectivo. Hasta un máximo de 6 horas y 15 minutos para hacer el seguimiento del alumnado. 8 horas y 45 minutos que se distribuirán entre las tareas de coordinación y las pausas para comer.
La atención educativa domiciliaria y hospitalaria, ¿Qué medida de respuesta es? La atención educativa domiciliaria y hospitalaria constituyen medidas de respuesta de nivel II, dirigidas al alumnado que requiere una respuesta diferenciada, individualmente o en grupo, que implican apoyos ordinarios adicionales. La atención educativa domiciliaria y hospitalaria constituyen medidas de respuesta de nivel IV, dirigidas al alumnado escolarizado en la etapa de Educación Infantil y en las etapas obligatorias que presenta necesidades específicas de apoyo educativo que requiere una atención educativa intensiva y especializada en este ámbito. La atención educativa domiciliaria y hospitalaria constituyen medidas de respuesta de nivel III que comportan medios personales, educativos, sanitarios y técnicos de las Consellerias competentes en materia de educación y de sanidad, y se planifican desde el centro docente donde se encuentra matriculado el alumnado, de acuerdo con los criterios y procedimientos que establezca la dirección general competente en materia de inclusión educativa. La atención educativa domiciliaria y hospitalaria constituyen medidas de respuesta de nivel I, dirigidas a todo el alumnado escolarizado.
¿Qué es el Plan de actuación personalizado? Es el documento que organiza las medidas de respuesta educativa, de acuerdo con el artículo 14 del Decreto 104/2018, para garantizar el acceso, la participación y el aprendizaje del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo que requiere determinadas medidas personalizadas, a partir de la propuesta hecha en el informe sociopsicopedagógico. Es el documento que implica actos administrativos en el ámbito competencial de las direcciones territoriales competentes en materia de educación. Tiene que ser autorizado por la persona titular de la dirección territorial competente en materia de educación. Es el documento de gestión del centro para la atención individualizada. Es el documento de apoyos personales no especializados para el desarrollo de las medidas propuestas, especificando el tipo, las tareas que han de realizar, el tiempo de atención semanal, la duración prevista y los criterios para su retirada.
La prórroga de permanencia de un año más en el segundo ciclo de Educación Infantil para el alumnado con necesidades educativas especiales: Es una medida de respuesta de nivel IV, de carácter extraordinario, que está dirigida al alumnado con necesidades educativas especiales que cursa el segundo ciclo de Educación Infantil, cuando el informe sociopsicopedagógico justifica que de este modo se contribuye a optimizar la maduración y la adquisición de las competencias necesarias para continuar su escolarización con mejores garantías de éxito. Puede aplicarse una única vez en el ciclo, en cualquiera de los niveles. Es una medida de respuesta de nivel III de carácter extraordinario y está dirigida al alumnado con necesidades educativas especiales que cursa el segundo ciclo de Educación Infantil. Puede aplicarse una única vez en el ciclo, en cualquiera de los niveles. No se puede llevar a cabo la prórroga de la permanencia de un año más en el segundo ciclo de Educación Infantil en ningún caso. Solamente se prorrogará la permanencia de un año más en el segundo ciclo de Educación Infantil cuando una alumna o un alumno presente necesidades educativas especiales o, excepcionalmente, cualquier otra situación personal debidamente acreditada.
Los programas de transición a la vida adulta los tienen que impartir: Profesorado de la especialidad de Pedagogía Terapéutica y profesorado Técnico de Formación Profesional. Especialistas de Orientación Educativa y profesorado técnico de Formación Profesional. Profesorado de la especialidad de Pedagogía Terapéutica y educadores de Educación Especial. Profesorado técnico de Formación Profesional y educadores de Educación Especial.
En la propuesta de programas de formación para la transición a la vida adulta, indica cuál de los siguientes es un objetivo del ámbito de autonomía personal en la vida diaria: Tener una imagen ajustada y positiva de sí mismo y una actitud de aceptación hacia los demás. Fomentar la participación del alumnado, al menos en dos ámbitos de la vida adulta. Utilizar los conocimientos y procedimientos tecnológicos aprendidos mediante la realización de prácticas en centros de trabajo. Conocer y poner en práctica normas básicas de educación vial, valorando la importancia que tiene el respetarlas e identificando las principales causas de accidentabilidad.
El alumnado que finaliza un programa de transición a la vida adulta: Recibe un certificado en el que consta el año que inició su participación en el programa y el año de finalización del mismo. Recibe el título de técnico básico en la modalidad elegida. Recibe el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. No se obtiene ningún título ni certificado.
Si un chico ha sufrido desvanecimiento o desmayo, indica cómo actuaremos ante esta situación, si el niño recuperó la consciencia, respira y se mueve: Tratar de ponerlo de pie. Colocarlo tendido y con las piernas algo elevadas. Darle pequeños sorbos de agua aunque presente vómitos. Si está al aire libre, colocarlo al sol.
Si un niño sufre una crisis convulsiva, indica qué se debe hacer: Tumbar al niño (si es posible ponerlo de lado). Sujetar con fuerza al chico. Dar bebidas o alimentos cuando la víctima comience a recuperar la consciencia. Intentar meter la mano en su boca para evitar que se muerda.
El artículo 29 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Protección de Riesgos Laborales establece las obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Cuál de las siguientes se considera una obligación del trabajador: Soportar el coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. Planificar una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva. Priorizar medidas individuales a las colectivas.
Cuando no sea posible garantizar la seguridad y salud de los trabajadores durante la utilización de los equipos de trabajo, el empresario: Tomará las medidas adecuadas para reducir los riesgos al mínimo. Actuará cuando los riesgos no hayan sido evaluados. Aplicará las medidas solamente para los trabajadores discapacitados. Dejará que sea el trabajador que los utilice cuando lo estime oportuno.
Según el artículo 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Protección de Riesgos Laborales, los denominados “Principios de la acción preventiva”, el empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención. Indica cuál es uno de estos principios: No evitar los riesgos. No tener en cuenta la evolución de la técnica. Combatir los riesgos en su origen. Adoptar medidas que antepongan la protección individual a la colectiva.
Para que un producto de apoyo se valore como idóneo, ¿Cuál de los siguientes criterios debe tenerse en cuenta? La inexistencia de software libre con la misma funcionalidad o parecida, cuando se requiere equipamiento informático. Es imprescindible para el acceso al currículum o a la comunicación y para la participación en las diferentes actividades del centro. Hay posibilidad de realizar adaptaciones o modificaciones en el equipamiento ordinario o en los productos ya disponibles, o de solicitar accesorios complementarios para éstos. En el centro existen otros productos que puedan ser compartidos o reutilizados.
¿Quién tramita la petición de solicitud de los productos de apoyo en el centro educativo? El tutor/a del alumno/a con la colaboración de la persona especialista de orientación educativa y realizada la audiencia con la familia o representantes. La dirección del centro con la colaboración de la persona especialista de orientación educativa y realizada la audiencia con la familia o representantes. El especialista de Pedagogía Terapéutica con la colaboración de la persona especialista de orientación educativa y realizada la audiencia con la familia o representantes. La jefatura de estudios con la colaboración de la persona especialista de orientación educativa.
Señala cuáles de los siguientes productos de apoyo no viene recogido en la Resolución conjunta de 4 de abril de 2023, de la directora general de Inclusión Educativa y del director general de Centros Docentes: Atril. Brazo articulado. Audífono. Lupa .
El plan de actuación personalizado tiene carácter prescriptivo para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo cuando se tengan que aplicar las siguientes medidas: Medidas personalizadas para el aprendizaje que requieran apoyos personales especializados. Programas para la innovación y mejora del aprendizaje (CIMA). Aprendizaje cooperativo. Organización de grupos flexibles heterogéneos.
Las decisiones sobre la modificación del plan de actuación personalizado y, si es el caso, la incorporación de nuevas medidas de respuesta, son acordadas: Por el tutor. De forma colegiada por el equipo educativo. Por el personal docente especializado de apoyo de Pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje. Por el equipo directivo.
Según la Orden 20/2019, de 30 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, el personal educador de educación especial, como personal especializado de apoyo, coordinado por las tutoras o los tutores, tiene que elaborar: Un informe trimestral y de final de curso, de forma conjunta con el resto de personal especializado de apoyo, por cada alumno/a atendido/a. Un informe al final de cada unidad didáctica trabajada. No tiene que elaborar ningún informe porque no es personal docente. Un informe al finalizar el curso escolar.
Los centros de Educación Especial y los centros que cuenten con unidades específicas de Educación Especial incorporarán a su consejo escolar: Un o una representante del personal no docente especializado de apoyo a la inclusión que ejerza sus funciones en el mismo centro, con voz, pero sin voto Un o una representante del personal no docente especializado de apoyo a la inclusión que ejerza sus funciones en el mismo centro, con voz y voto. Dos representantes del personal no docente especializado de apoyo a la inclusión que ejerzan sus funciones en el mismo centro, con voz y voto. Dos representantes del personal no docente especializado de apoyo a la inclusión que ejerzan sus funciones en el mismo centro, con voz, pero sin voto.
Según la Resolución de 9 de julio de 2018, del secretario autonómico de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, no son funciones de la persona educadora de Educación Especial: Colaborar con el resto de profesionales del centro en la planificación y el seguimiento de las actividades complementarias que se realizan dentro de la jornada escolar, con el fin de garantizar la participación del alumnado que atienden. Velar por los procesos educativos del alumnado y promover la implicación en su proceso educativo. Colaborar en la organización e implementación de actividades de entrenamiento en habilidades de autonomía personal y social, desplazamientos, estimulación sensorial y transición a la vida adulta. Realizar la memoria anual de actividades desarrolladas con el alumnado con necesidades educativas especiales junto al resto de profesionales que intervienen.
Entre las funciones de la comisión de la coordinación pedagógica que se detallan en el artículo 36 del Decreto 253/2019, de 29 de noviembre, del Consell, no figura: Realizar las adaptaciones curriculares significativas para el alumnado con necesidades educativas especiales. Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y de la acción tutorial. Coordinar la organización y la implementación de las medidas de respuesta para la inclusión. Hacer propuesta de criterios para la organización de los apoyos personales para la inclusión del alumnado.
Con respecto al concepto y clasificación de la discapacidad motórica, señala la incorrecta: Las lesiones cerebrales producidas hasta los tres años y denominadas parálisis cerebral infantil son la causa más frecuente de discapacidad motora. Se entiende por alumno con discapacidad motórica aquel que presenta alguna alteración motriz de carácter reversible y transitoria, que le supone ciertas limitaciones al enfrentarse a alguna de las actividades de su edad. La espina bífida es una malformación congénita producida en el embrión. Las miopatías son alteraciones de la musculatura esquelética caracterizadas por debilitamiento y degeneración progresiva de los músculos voluntarios.
Personas con sordoceguera son aquellas personas con un deterioro combinado de la vista y el oído que dificulta su acceso a la información, comunicación y movilidad: Esta discapacidad afecta gravemente las habilidades diarias necesarias para una vida mínimamente autónoma. Esta discapacidad requiere atención, pero no servicios especializados para no provocar exclusión. El profesional que desempeña la función de intérprete y guía de la persona sordociega atiende sus necesidades en las actividades básicas de la vida diaria, y en ningún caso puede realizar adaptaciones. Los alumnos con sordoceguera conforman un colectivo homogéneo, muy similar en sus características.
La dislalia es: Un trastorno de la comprensión del lenguaje. Un trastorno en la pronunciación o de la organización de los sonidos a la hora de la producción del habla. Una afasia. Un trastorno producido por una mala audición y puede derivar en mutismo.
Según la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas con discapacidad auditiva y sordociegas, señala la afirmación incorrecta: Rige el principio de libertad de elección en la forma de comunicación por parte de las personas sordas cualquiera que sea su discapacidad auditiva y sordociegas. Las administraciones educativas dispondrán los recursos necesarios para facilitar en aquellos centros que se determine, el aprendizaje de las lenguas de signos al alumnado sordo, con discapacidad auditiva y sordociego que haya optado por esta lengua. La ley regula y reconoce la lengua de signos española y aunque permite su uso, no reconoce la lengua de signos catalana. Las administraciones educativas promoverán la prestación de servicios de intérpretes en lengua de signos españolas en los centros que se determinen.
El trastorno generalizado del desarrollo es sustituido por trastorno de espectro autista: En el DSM IV implicando una alteración cualitativa en dos dimensiones: comunicación e interacción social y patrones repetitivos y estereotipados. En el DSM V implicando una alteración cualitativa en tres dimensiones: relación social, comunicación y lenguaje y patrones estereotipados. En el DSM IV implicando una alteración cualitativa en tres dimensiones: relación social, comunicación y lenguaje y patrones estereotipados. En el DSM V implicando una alteración cualitativa en dos dimensiones: comunicación e interacción social y patrones repetitivos.
Las características sociales del alumnado con trastorno del espectro autista se manifiestan, entre otras, por: Apreciación adecuada de los estímulos socioemocionales. Respuesta emocional intensa a las emociones de otras personas. Excesiva empatía. Pobre uso de señales sociales. Presencia de reciprocidad emocional intensa.
Las dificultades en la comunicación, utilización de recursos comunitarios, habilidades académico funcionales, salud y seguridad, vida en el hogar o la escuela, ocio, autocuidado, autodirección y empleo hacen referencia a: Funciones cognitivas básicas alteradas. Dificultades en la comunicación y el desarrollo del lenguaje. Dificultades en las habilidades adaptativas. Problemas de generalización.
Las tareas más elementales que permiten a la persona desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia se denominan: Actividades básicas de la vida diaria. Actividades instrumentales. Cuidado personal. Actividades esenciales de la vida diaria.
La persona educadora de educación especial deberá: Atender directamente al alumnado de acuerdo con las líneas pedagógicas planificadas por el centro y el plan de actuación personalizado del alumnado. Realizar el traslado del alumnado por las dependencias del centro pero no en las entradas y salidas. Elaborar, organizar e implementar actividades de entrenamiento en habilidades de autonomía personal y social. Elaborar, desarrollar e implementar programas de habilidades de comunicación en colaboración con el resto de profesionales del centro.
Respecto a las tareas de higiene y alimentación, el educador de educación especial deberá: Atender al alumnado durante el periodo lectivo en las tareas de higiene y de hábitos de alimentación en función de su grado de autonomía, aunque las necesidades en este ámbito requieran de una atención sanitaria especializada. Atender al alumnado durante el periodo lectivo en las tareas de higiene, pero no en las tareas de hábitos de alimentación. Elaborar programas de higiene y alimentación para el personal del servicio de comedor y hacer el seguimiento de dichos programas. Atender al alumnado durante el periodo lectivo en las tareas de higiene y de hábitos de alimentación en función de su grado de autonomía, siempre que las necesidades en este ámbito no requieran de una atención sanitaria especializada.
Respecto a las actividades complementarias, el educador de educación especial deberá: El educador de educación especial no participa en las actividades complementarias. Colaborar con el resto de profesionales del centro en su planificación y seguimiento con el fin de garantizar la participación del alumnado al que atienden. En las actividades complementarias que se realizan dentro de la jornada escolar el educador de educación especial velará por la seguridad del alumnado al que atienden, impidiendo que jueguen con otros niños, ya que supone un riesgo para su integridad. El educador de educación especial intentará que los niños con Necesidades Educativas Especiales jueguen entre ellos.
Según la ley 26/2018 de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, la escolarización del alumnado con necesidades especiales de apoyo educativo se regirá por los principios de: Inclusión e integración. Integración y normalización. Normalización e inclusión. Normalización y permanencia.
De acuerdo con la Orden 20/2019, de 30 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, los programas específicos para el alumnado que presenta alteraciones graves de la conducta, programas de acompañamiento ante supuestos de violencia y desprotección y planes terapéuticos para el alumnado con problemas graves de salud mental: Es una de las medidas contempladas en el Plan de Actuación Personalizado. Es una de las medidas de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Es una función de los Educadores de Educación Especial. La cumplimenta el tutor/tutora previo informe del equipo directivo.
La adaptación curricular individual significativa es una medida curricular extraordinaria de nivel: I II III IV.
Según la Orden 20/2019, de 30 de abril, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, las decisiones sobre la modificación y, si es el caso, la incorporación de nuevas medidas de respuesta del plan de actuación personalizado: Sólo se realizan si las solicita el tutor del alumnado. Las realiza el orientador del centro tras observar al alumnado. Se ha de acordar de forma colegiada por el equipo educativo en las sesiones de evaluación. No se pueden realizar modificaciones en el plan de actuación personalizado porque es un documento oficial y definitivo.
El modelado, en modificación de conducta tiene la siguiente definición: Dar a la persona la oportunidad de observar en otra persona significativa para él la conducta nueva que se desea conseguir. Dar a la persona la oportunidad de observar en cualquier persona la conducta nueva que se desea conseguir. Dar a la persona la oportunidad de observar en pictogramas la conducta nueva que se desea conseguir. Dar a la persona la oportunidad de observar en grabaciones la conducta nueva que se desea conseguir.
El sistema de símbolos pictográficos de comunicación no verbal (SPC) es un sistema basado en símbolos de dicha índole y fundamentados en: Dibujos sencillos, sin importar su similitud con la realidad. Complicados dibujos que representan la realidad con todo detalle. Dibujos sencillos y fáciles de realizar, con clara similitud con la realidad. Figuras geométricas de diferentes colores y tamaños.
En el sistema Bliss, los símbolos que representan personas, ¿de qué color son? Verde. Naranja Amarillo Blanco.
El mutismo selectivo: Por lo general, se inicia durante la edad preescolar, después de haber desarrollado un lenguaje normal. Sólo se produce en el entorno escolar. Siempre va unido a bajo coeficiente intelectual y a problemas auditivos. Casi siempre va unido a problemas de comportamiento.
El Programa de comunicación total es un sistema de comunicación simultánea. Eso significa en este caso que: Los signos acompañan al lenguaje oral. Los pictogramas acompañan al lenguaje oral. Los signos acompañan a los pictogramas. No se utilizan ni signos ni pictogramas.
El Programa de comunicación total, el Sistema de comunicación por intercambio de imágenes y el Sistema de símbolos pictográficos para la comunicación no verbal son: Sistemas sustitutivos del lenguaje oral. Sistemas de comunicación aumentativa y alternativa. Sistemas de comunicación basados en lenguaje oral. Sistemas de comunicación basados en signos.
¿Qué se entiende por atención domiciliaria? Se entiende por atención domiciliaria el conjunto de medidas, procedimientos y apoyos previstos para dar continuidad al proceso educativo del alumnado que tiene que permanecer hospitalizado. Se entiende por atención domiciliaria el conjunto del alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad que requiere adaptaciones significativas en todas las áreas o materias. Se entiende por atención domiciliaria el conjunto de medidas, procedimientos y apoyos previstos por el servicio especializado de orientación, para que las personas participantes con necesidades específicas de apoyo incrementen sus posibilidades de inclusión sociolaboral y la formación a lo largo de la vida. Se entiende por atención domiciliaria el conjunto de medidas, procedimientos y apoyos previstos para dar continuidad al proceso educativo del alumnado cuando el informe médico certifica que tiene que permanecer convaleciente en su domicilio por un periodo superior a dos meses.
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