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Título del Test:
3

Descripción:
8754216759

Autor:
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Fecha de Creación: 24/07/2024

Categoría: Deportes

Número Preguntas: 49
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Temario:
realización de un gasto determinado por una cuantía cierta o estimada, reservando a tal fin la totalidad o parte de un crédito presupuestario Aprobación de la realización de gasto Disposición Reconocimiento de la obligación.
compromiso de gasto frente a terceros. Aprobación de la realización de gasto Disposición Reconocimiento de la obligación.
existencia de un crédito exigible contra la Hacienda Pública y comporta la propuesta de pago correspondiente Aprobación de la realización de gasto Disposición Reconocimiento de la obligación.
aplicación del Fondo de Contingencia se decidirá por Consejo de Gobierno Consejería de Hacienda Parlamento de Andalucía.
Cuando la Consejería de Hacienda tenga conocimiento de deudas que se encuentren en periodo ejecutivo requerirá al órgano que hubiera incumplido su obligación para que el pago se realice en el plazo máximo de 10 días. en el plazo máximo de 15 días. en el plazo máximo de 20 días.
Cuando la Consejería de Hacienda tenga conocimiento de deudas que se encuentren en periodo ejecutivo, Una vez efectuado el pago, la Consejería de Hacienda imputará el gasto al presupuesto de la Consejería en que se hubiera efectuado la retención de créditos en el plazo máximo de 10 días. en el plazo máximo de 15 días. en el plazo máximo de 20 días.
La minoración de ingresos como consecuencia de deducciones sobre transferencias y compensaciones de deudas será imputada al presupuesto de la Consejería o entidad la Consejería de Hacienda instará al órgano competente que hubiera incumplido su obligación de pago para que efectúe la imputación a sus créditos presupuestarios en el plazo máximo de 10 días. en el plazo máximo de 15 días. en el plazo máximo de 20 días.
La expedición de las órdenes de pago a cargo del Presupuesto de la Junta de Andalucía deberá ajustarse al Plan que sobre disposición de fondos de la Tesorería General establezca Consejo de Gobierno Consejería de Hacienda Parlamento de Andalucía.
Los perceptores de las órdenes de pago con carácter de «a justificar» quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo de 3 meses. Excepcionalmente podrá ampliarse este plazo hasta 12 meses en los casos que reglamentariamente se determinen. en el plazo de 6 meses. Excepcionalmente podrá ampliarse este plazo hasta 12 meses en los casos que reglamentariamente se determinen.
Los perceptores de las órdenes de pago con carácter de «a justificar» quedarán obligados a justificar la aplicación de las cantidades recibidas en el plazo de 3 meses. Excepcionalmente podrá ampliarse este plazo hasta 12 meses en los casos que reglamentariamente se determinen. en el plazo de 3 meses. Excepcionalmente podrá ampliarse este plazo hasta 6 meses en los casos que reglamentariamente se determinen.
las órdenes de pago con carácter de «a justificar», se llevará a cabo la aprobación o reparo de la cuenta por el órgano competente Durante el mes siguiente a la fecha de aportación de los documentos justificativos Durante los dos meses siguientes a la fecha de aportación de los documentos justificativos.
no estarán sometidos a intervención previa Los gastos menores de 3.000 € que se tramiten a través del procedimiento de anticipo de caja fija Los gastos menores de 5.000 € que se tramiten a través del procedimiento de anticipo de caja fija Los gastos que se tramiten a través del procedimiento de anticipo de caja fija.
con objeto de cubrir sus necesidades transitorias de Tesorería podrá concertar las operaciones de crédito Consejo de Gobierno Consejería de Hacienda Parlamento de Andalucía.
con objeto de cubrir sus necesidades transitorias de Tesorería podrá concertar las operaciones de crédito con la limitación de que la suma total de los importes de las operaciones formalizadas vigentes no supere el 12 por ciento de los créditos iniciales que autorice el Presupuesto con la limitación de que la suma total de los importes de las operaciones formalizadas vigentes no supere el 2 por ciento de los créditos iniciales que autorice el Presupuesto.
La Junta de Andalucía podrá realizar operaciones de crédito por plazo superior a un año, siempre que se cumplan los siguientes requisitos a) Que el importe total del crédito sea destinado exclusivamente a la realización de gastos de inversión. b) Que el importe total de las anualidades de amortización por capital e intereses no exceda del 25 por ciento de los ingresos corrientes de la Comunidad Autónoma. a) Que el importe total del crédito sea destinado exclusivamente a la realización de gastos de inversión. b) Que el importe total de las anualidades de amortización por capital e intereses no exceda del 20 por ciento de los ingresos corrientes de la Comunidad Autónoma. a) Que el importe total del crédito sea destinado exclusivamente a la realización de gastos de inversión. b) Que el importe total de las anualidades de amortización por capital e intereses no exceda del 50 por ciento de los ingresos corrientes de la Comunidad Autónoma.
La Junta de Andalucía podrá emitir Deuda Pública para financiar gastos de inversión, Decreto del Consejo de Gobierno Orden de la Consejería de Hacienda Ley del Parlamento de Andalucía.
Los capitales de la Deuda Pública sin percibir sus intereses ni realizar su titular acto alguno ante la Administración de la Hacienda de la Junta de Andalucía que suponga o implique el ejercicio de su derecho prescribirán a los 20 años prescribirán a los 5 años prescribirán a los 4 años.
la obligación de pagar los intereses de la Deuda Pública y la de devolver los capitales llamados a reembolso prescribirán a los 20 años prescribirán a los 5 años prescribirán a los 4 años.
Las agencias, los consorcios, las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz, solo podrán concertar operaciones de endeudamiento si así lo autoriza de forma expresa Decreto del Consejo de Gobierno Orden de la Consejería de Hacienda Ley de Presupuesto.
Consejería de Hacienda, al objeto de conseguir una gestión eficaz de la Tesorería General, elaborará un Presupuesto de necesidades monetarias de dicha Tesorería. con carácter mensual, dentro de los quince primeros días de cada mes. trimestralmente.
Las garantías de la Junta de Andalucía deberán revestir necesariamente la forma de aval de la Tesorería AUTORIZADO por Consejo de Gobierno Consejería de Hacienda Parlamento de Andalucía.
Las garantías de la Junta de Andalucía deberán revestir necesariamente la forma de aval de la Tesorería FIRMADO por Consejo de Gobierno Consejería de Hacienda Parlamento de Andalucía.
cuantía máxima de los avales a prestar en cada ejercicio, así como, en su caso, el límite individual para cada uno de ellos Decreto del Consejo de Gobierno Orden de la Consejería de Hacienda Ley de Presupuesto.
si la concesión del aval devengará alguna comisión a favor de la Tesorería General de la Junta de Andalucía. Decreto del Consejo de Gobierno Orden de la Consejería de Hacienda Ley de Presupuesto.
concesión de los avales será autorizada por Consejo de Gobierno Consejería de Hacienda Ley de Presupuesto.
deberán contar con unidades propias de control interno Las agencias públicas empresariales, los consorcios y las sociedades mercantiles del sector público andaluz que se encuentren sometidas a control financiero permanente Todas las agencias públicas empresariales, los consorcios y las sociedades mercantiles del sector público andaluz .
Estarán sujetas a control previo, con las excepciones que se prevean en norma legal o reglamentaria. Las agencias públicas empresariales, los consorcios y las sociedades mercantiles del sector público andaluz que se encuentren sometidas a control financiero permanente Las agencias públicas empresariales, los consorcios y las sociedades mercantiles del sector público andaluz Las Consejerías y agencias administrativas.
Cuando el reparo emane de la Intervención General o esta, previa tramitación del expediente por la persona titular de la Viceconsejería correspondiente, haya confirmado el reparo de una Intervención, subsistiendo la discrepancia, corresponderá la resolución 1.° A la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras, cuando el importe del gasto no exceda de 150.000 euros. 2.° Al Consejo de Gobierno en los demás casos. 1.° A la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras, cuando el importe del gasto no exceda de 100.000 euros. 2.° Al Consejo de Gobierno en los demás casos. 1.° A la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras, cuando el importe del gasto no exceda de 50.000 euros. 2.° Al Consejo de Gobierno en los demás casos.
verificar que los actos, operaciones y procedimientos de gestión se han desarrollado de conformidad con las normas, disposiciones y directrices que les sean de aplicación Auditoría de cumplimiento Auditoría financiera Auditoría operativa Auditoría de programas.
verificar que la contabilidad, en general, y las cuentas anuales, estados y demás informes de gestión, en particular, expresan fielmente la situación patrimonial y el resultado de la gestión de acuerdo con las normas y principios contables que sean de aplicación Auditoría de cumplimiento Auditoría financiera Auditoría operativa Auditoría de programas.
verificar que los procedimientos aplicados aseguran de manera razonable el cumplimiento de la normativa aplicable y la consecución de la eficacia, eficiencia y economía en la gestión de los recursos públicos. Auditoría de cumplimiento Auditoría financiera Auditoría operativa Auditoría de programas.
verificar que los sistemas y procedimientos de seguimiento de objetivos aplicados por los servicios o entidades sometidas a control aseguran una adecuada calidad en los informes emitidos sobre consecución de objetivos, así como verificar el cumplimiento de los objetivos asignados a los centros gestores del gasto Auditoría de cumplimiento Auditoría financiera Auditoría operativa Auditoría de programas.
A fin de determinar las actuaciones a realizar en materia de control financiero, la Intervención General de la Junta de Andalucía aprobará un plan de control en el primer mes de cada ejercicio, en el primer mes de cada semestre, trimestralmente.
quedarán sometidas, en todo caso, a control financiero permanente. Las agencias de régimen especial Las agencias públicas empresariales, los consorcios y las sociedades mercantiles del sector público andaluz Las Consejerías y agencias administrativas.
En sustitución del control previo podrá establecerse el sometimiento a control financiero permanente de determinados órganos o servicios Acuerdo del Consejo de Gobierno Intervención General .
se establecerán las condiciones del ejercicio del control financiero permanente Acuerdo del Consejo de Gobierno Intervención General .
podrá determinar aquellas agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz y consorcios en los que el control financiero se ejercerá de forma permanente. Acuerdo del Consejo de Gobierno Intervención General .
control financiero de los ingresos se ejercerá de modo permanente cuando así lo disponga Acuerdo del Consejo de Gobierno Intervención General .
El control financiero de subvenciones se ejercerá por Acuerdo del Consejo de Gobierno Intervención General .
se constatarán los hechos advertidos diligencias informes .
se reflejarán los hechos relevantes que se pongan de manifiesto. diligencias informes .
tendrán naturaleza de documentos públicos y constituirán prueba. diligencias informes ambos.
se notificarán a los beneficiarios diligencias informes ambos.
Las actuaciones de control financiero sobre los beneficiarios y, en su caso, las entidades colaboradoras, deberán concluir en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de notificación a aquellos del inicio de las mismas. 6 meses a contar desde la fecha de notificación a aquellos del inicio de las mismas. 3 meses a contar desde la fecha de notificación a aquellos del inicio de las mismas.
Cuando la Intervención General de la Junta de Andalucía notifique la procedencia de reintegrar la totalidad o parte de la subvención, el órgano gestor deberá acordar, con base en el informe de control el inicio del procedimiento de exigencia del reintegro en el plazo de 2 meses en el plazo de 3 meses en el plazo de 1 mes.
El órgano gestor deberá comunicar a la Intervención General de la Junta de Andalucía la incoación del procedimiento de exigencia del reintegro. en el plazo de 2 meses a partir de la recepción del informe de control financiero, en el plazo de 3 meses a partir de la recepción del informe de control financiero, en el plazo de 1 mes a partir de la recepción del informe de control financiero, .
los órganos gestores deberán remitir el estado de los procedimientos de reintegros, mientras que las deudas derivadas de estos reintegros fuesen exigibles y aún no satisfechas antes del 30 de marzo de cada ejercicio antes del 30 de junio de cada ejercicio.
Planteada la discrepancia, la Intervención General emitirá un informe sobre la misma y, si el informe fuera desfavorable, el órgano concedente de la subvención, deberá optar en el plazo de 1 mes en el plazo de 2 meses en el plazo de 3 meses .
competencia para contratar auditorías sobre cualquier órgano o entidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sus agencias Consejo de Gobierno Consejería de Hacienda Parlamento de Andalucía.
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