TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: RC
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RC Descripción: Test de responsabilidad civil Autor: Pablo OTROS TESTS DEL AUTOR Fecha de Creación: 15/06/2023 Categoría: Letras Número Preguntas: 27 |
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En el supuesto de un delito de lesiones la victima puede extinguir la acción pública para que se castigue al autor el Estado sólo puede perdonar al agresor la responsabilidad civil si se le indulta la víctima, al renunciar a la responsabilidad civil, extingue la responsabilidad criminal
del autor el Estado no puede personar la responsabilidad civil, aunque sí la criminal. En la regulación vigente del delito de impago de prestaciones económicas acordadas en un proceso de divorcio las cantidades adeudadas se han de reclamar en un proceso civil posterior al penal las cantidades adeudadas serán exigidas en el propio proceso penal, pues componen la responsabilidad civil el Código Penal no soluciona esta cuestión las cantidades adeudadas se han de ver en el propio proceso de divorcio. Cuando el Juez penal pone término a las actuaciones penales por fallecimiento del reo: no puede condenar civilmente la muerte extingue la responsabilidad penal, pero no la civil, y por ello, el Juez penal deberá enjuiciar la responsabilidad civil tiene la obligación de condenar civilmente, aunque la víctima se haya reservado la acción civil tiene la obligación de condenar civilmente, salvo que la víctima se haya reservado la acción. ¿Qué diferencia existe entre la regulación del CC y la del CP en cuanto a la responsabilidad civil del empresario? en el CC responde directamente el autor, y en el CP responde directamente el empresario en el CC responde directamente el empresario, y en el CP responde el autor y subsidiariamente el empresario en el CC responde directamente el empresario, y en el CP responde el autor y subsidiariamente el empresario en el CC responde directamente el autor y subsidiariamente el empresario, y en el CP. responde el empresario y subsidiariamente el autor. El cliente de un arquitecto cede a su hijo, como regalo de boda, su derecho a exigir de este arquitecto el proyecto de edificación ya pagado por él, pero el hijo nos pregunta que sucedería en el caso de que el arquitecto incumpliera sus deberes y con ello le causara daños. Le contestaremos: que se trataria de un caso de responsabilidad contractual por vía de acción subrogatoria que se trataría de un supuesto de responsabilidad extracontractual, al ser el nuevo un tercero ajeno a la relación primitiva que se trataría de un caso de responsabilidad contractual porque ese efecto se produce en la cesión de créditos producida que se trataría de un caso de responsabilidad contractual por haberse producido la cesión del contrato en su conjunto. En la articulación procesal de una pretensión de dudoso encaje entre la responsabilidad contractual y extracontractual, la que los procesalistas denominan "doctrina de la sustanciación" implica: que si la pretensión tiene naturaleza contractual y el demandante la califica de extracontractual, puede el juez aplicar la norma contractual al amparo del principio "Iura novit curia" que la pretensión procesal se configura por el "petitum" pero también por la "causa de pedir", por lo que el Juez no puede cambiar ésta última cuando el actor ha formulado incorrectamente su demanda que existe litispendencia, y es necesario aguardar a que el Juez desestime la pretensión incorrectamente formulada para poder deducir otra nueva pretensión que no existe efecto preclusivo ni cosa juzgada material. veracidad como listón de medida de las intromisiones en el derecho al honor, según la manera que tienen de entenderla el Tribunal Supremo y el Constitucional significa: que la responsabilidad del periodista es subjetiva o por culpa: si fue diligente a la hora de obtener la información no respondería civilmente si después resultara que la información es objetivamente falsa, sin embargo se podrán intentar otros mecanismos de defensa distintos de a responsabilidad civil que si la información es veraz (diligentemente obtenida) aunque objetivamente falsa, no cabe reacción alguna contra el periodista ni contra el medio de información que si la información es veraz (diligentemente obtenida) aunque objetivamente falsa, sólo cabe pedir la rectificación que si la información es veraz (diligentemente obtenida) aunque objetivamente falsa, solo cabe pedir la difusión de la sentencia. Una piscina abierta al público comete la grave negligencia de no disponer de salvavidas. Un bañista mata a otro de un disparo. Para conseguir exonerar de responsabilidad por esa muerte al dueño de la instalación ¿qué criterio de imputación objetiva podríamos utilizar? El criterio de riesgo natural de la vida El criterio de la norma fundamentadora de la responsabilidad El criterio de a adecuación El criterio de la equivalencia de las condiciones. El deudor que incumple dolosamente la obligación contractual: Debe indemnizar por los daños que sean consecuencia necesaria de la falta de cumplimiento, sean previsibles o no Debe indemnizar por todos los daños, sean consecuencia necesaria del incumpamiento o no Debe indemnizar sólo por los daños previstos o previsibles, y que sean consecuencia necesaria del incumplimiento Debe indemnizar por el valor de interes contractual positivc Ninguna es correcta . ¿En cual de los siguientes casos no se daria nexo de ocasionalidad para con ello hace responsable a un empresario por el daño causado por su dependiente a un tercero: Cuando el dependiente ha cometido una acción que no guarda relación de causa a efecto con el daño producido Cuando el dependiente ha cometido una acción que no guarda relación con la función que le es propia a ese dependiente dentro del centro de organización cuando el dependiente ha causado el daño cometiendo un delito doloso Cuando en el dependiente no encontremos negligencia, aunque si una culpa anonima genérica o del servicio u organización como tal. En el TRLGCU el régimen de responsabilidad civil por los daños causados por productos detectuosos establece que: El suministrador es considerado fabricante El suministrador es considerado fabricante si en el plazo establecido no dice quién fue el fabricante o anterior tenedor del producto Si el suministrador nunca es considerado fabricante Si el suministrador responde solidariamente con el fabricante. El plazo de la llamada responsabilidad decenal, trienal o anual previsto en la Ley de Ordenación de la Edificación: Es de prescripción Es de caducidad Es de garantia Depende del tipo de vicio, pero cualquiera que sea su naturaleza, admite interrupciones. Una póliza de seguro establece que el asegurador no se hará cargo de los daños causados por el conductor cuando conduzca con más de 1gr de alcohol en sangre ni cuando el daño lo cause intencionadamente. Eso significa, a la vista de la normativa vigente: Que tanto la conducción embriagada como el daño doloso quedarán cubiertos frente a la víctima, pero el asegurador podrá repetir del asegurado lo que pague a la víctima, pues se trata de daños excluidos de la cobertura Que ni una ni otra circunstancia serán atendidas por el asegurador. La víctima habrá de reclamar del asegurado Que el daño causado por la conducción embriagada será atendido, pudiendo luego el asegurador repetir; sin embargo el daño doloso no será atendido y la víctima sólo podrá reclamar del asegurado Que el daño doloso será atendido, pudiendo luego el asegurador repetir; pero el daño causado por la conducción embriagada no será atendido, y la víctima sólo podrá reclamar del asegurado. Una póliza establece que quedan excluidos de la cobertura de seguro de RC del arquitecto los daños que el edificio cause a terceros por error en los cálculos técnicos. El arquitecto asegurado no aceptó expresamente tal exclusión, limitándose a incrustar su firma en las condiciones generales. La víctima se verá cubierta por el seguro, y el asegurador podrá repetir después del arquitecto La víctima no se verá cubierta por el seguro: se trata de una cláusula delimitadora que está claramente redactada y ha sido aceptada por el asegurado La víctima estará cubierta y el asegurador no podrá repetir después contra el arquitecto La víctima no se verá cubierta por el seguro: el arquitecto tendrá que atender su reclamación y después podrá reclamar contra el asegurador, pues es una cláusula limitativa nula. El reciente y muy conocido caso de la talidomida, el TS se enfrentó a las denuncias de responsabilidad por los daños que los demandantes habían sufrido por nacer con deformidades por la ingesta del medicamento que las embarazadas consumieron para evitar los efectos. La calificación dada a tales daños en la sentencia del caso fue la siguiente: Daños continuados Daños sobrevenidos Daños permanentes Daños diferidos. Si un trabajador sufre un accidente de trabajo por falta de medidas de seguridad del empresario, y se inicia el expediente administrativo para que la Seguridad Social le pague determinadas prestaciones: No queda interrumpida la prescripción de la acción para reclamar al empresario ante la jurisdicción civil los daños que no están cubiertos por las prestaciones de la Seguridad Social La acción ve interrumpida la prescripción hasta que se conozca el resultado del expediente y, con ello, el alcance concreto de las prestaciones de la Seguridad Social. Entonces comenzara a contar la prescrinción para demandar al empresario ante la jurisdicción social No queda interrumpida la prescripción de la acción para reclamar al empresario ante la Jurisdicción social los danos que no están cubiertos por las prestaciones de la Seguridad Social La acción ve interrumpida la prescripción hasta que se conozca el resultado del expediente y, con ello, el alcance concreto de las prestaciones de la Seguridad Social.Entonces comenzara a contar la prescripción para demandar al empresario ante la jurisdicción civil. Para evaluar el daño en la responsabilidad civil, se debe tener en cuenta: El valor del daño en el momento de su producción, corriendo intereses moratorios hasta el día de la ejecución de la sentencia El valor del daño en el momento de su producción, actualizado al poder adquisitivo de a moneda al tiempo de la ejecución de la sentencia, y sin que corran intereses moratorios hasta el dia del pago etectivo El valor del daño en el momento de su producción, como pura deuda de suma El valor del daño en el momento de su producción, actualizado al poder adquisitivo de la moneda a tempo de la sentencia. con intereses moratorios desde a fecha de esta la ejecución. Un violín robado por Blas a Andrés es comprado por Cosme, tan pronto como lo vio en el escaparate de la pasteleria Mallorca el 1 de enero de 2000. El 3 de marzo de 2004. se procede a la devolución del violin en el juicio penal por robo iniciado contra Blas: No se le puede exigir a Cosme la restitución, pues adquirió automáticamente del comerciante legalmente establecido No se le puede exigir a Cosme la restitución porque ya ha ganado por usucapión Sólo se puede exigir a Cosme a restituir si le pagan lo que él pagó por el violín Cosme está obligado a restituir a Andrés sin necesidad de que éste pague nada a Cosme. Viendo Operación Triunfo, al abuelo le da un ataque coronario al ver cómo nominan a Nerea para que abandone el programa. Consciente el nieto, de 17 años, de que sólo puede ser curado con un especial medicamento, baja a la farmacia que está cerrada y rompe los cierres, la luna de seguridad y destroza varias vitrinas por el nerviosismo que tiene, hasta que logra acceder al interior y hallar el medicamento. Sube a su casa para salvar la vida al abuelo, pero éste ya ha fallecido. Iniciado el procedimiento penal por delito de daños contra el joven, es absuelto de responsabilidad criminal pero el juez se pregunta si alguien debe soportar esos daños sufridos por el farmacéutico: Debe afrontar la responsabilidad civil quien sea heredero del abuelo Debe pagar el nieto, pues el que ha ocasionado los daños Deben pagar los padres del joven Nadie debe responder de ese daño, pues fue causado en estado de necesidad. La diferencia que debe haber en el quantum de una indemnización si por un accidente pierden las piernas Lionel Messi (posiblemente sucesor de Pelé como mejor jugador de la historia del fútbol) y el Presidente del F. C. Barcelona se debe a una correcta valoración del: Perjuicio de agrado Daño intrínseco Daño sobrevalorado Daño común. ¿En qué consiste la prohibición de regreso en la relación de causalidad? En que la evaluación del nexo causal debe detenerse si medió la intervención dolosa gravemente negligente de un tercero En que si el daño fue causado con intervención de la víctima, el nexo causal ha de detenerse En que si el daño fue causado con intervención de un suceso de la naturaleza, el caso fortuito impide retroceder en la cadena causal, rompiéndose ésta y quedando exonerado el agente En que si ha habido varios agentes, todos responden solidariamente, sin que quepa que entre ellos se ejerciten acciones de regreso. A fin de que los herederos de la víctima que muere intestada y como consecuencia del daño corporal sufrido, puedan obtener los gastos (infructuosos) de hospitalización, farmacia, etc., que su padre tuvo que hacer para curarse de sus lesiones, deberían, en rigor, acreditar: Su condición de perjudicados Su condición de herederos a través de la presentación en el juicio del auto de declaración de herederos o del acta de notoriedad Su condición de herederos a través de la presentación del testamento Su condición de parientes que convivían con la víctima. La responsabilidad del empresario por el hecho de los dependientes, tal y como se regula en el CP, tiene las siguientes notas: Es objetiva y subsidiaria, y no reconoce derecho de repetición del empresario contra el empleado Es por culpa presunta y directa, y reconoce el derecho de repetición del empresario contra el empleado Es objetiva y directa, y no reconoce derecho de repetición del empresario contra el empleado Es directa y por culpa presunta, y no reconoce derecho de repeticion del empresario contra el empleado. Senale a proposicion correcta en el CC: Se establece expresamente la mancomunidad en el terreno contractual y nada se dice en el terreno extracontractual Se establece exoresamente la solidaridad en el terreno contractual. y nada se dice en el CC de la extracontractual En ambos casos se establece expresamente la solidaridad En ambos casos se establece expresamente la mancomunidad. Un cirujano casado en régimen de gananciales comete una imprudencia y provoca la muerte de su paciente por un diagnóstico equivocado. Los perjudicados podrán: Agredir bienes del cirujano o bienes gananciales, pero si son éstos los que salen al paso, el patrimonio del marido debera el reintegro de la masa consorcial, una vez se exunga la comunidad, ya que la deuda profesional es de responsabilidad ganancial pero no de cargo ganancial Agredir bienes del cirujano o bienes gananciales, pero si son éstos los que salen al paso nada debe el marido a la sociedad, pues la deuda profesional es de cargo ganancial Se trata de deuda privativa del cirujano y no puede comprometer bienes del consorcio Se trata de duda típicamente ganancial, tanto que la víctima ni siquiera pueda proceder contra los bienes privativos, debiendo agredir solamente los bienes gananciales. Para conseguir la restitución del bien objeto de un delito (y dado que la restitución es una forma de RC conforme a lo dispuesto en el art.11 CP) si el Juez penal se encuentre ante la necesidad de declarar nulo un contrato: Lo podrá hacer salvo que haya habido una reserva de acciones civiles. Sin embargo, esa declaración no tendrá nunca efecto de cosa juzgada El juez penal no lo podrá hacer nunca aunque haya habido reserva de acciones, pues esa cuestión ha de ser vista ante la jurisdicción civil y constituye una auténtica cuestión prejudicial Si no ha habido reserva de acciones, el juez penal podrá llevar a cabo este pronunciamiento de nulidad del contrato, y si lo hace constar en el fallo, tendrá efectos de cosa juzgada y el contrato se tendrá que considerar nulo si después tuviera que abrirse un proceso civil Todas las proposiciones son falsas. Un proceso penal por homicidio concluye con sentencia absolutoria porque queda probado que el imputado no fue autor del delito. Esa sentencia absolutoria supone: Que si ha quedado probado que el proceso intervino en los hechos, pero no ha quedado probada su autoría de manera inequívoca, se podrá demandar a la misma persona en un juicio civil posterior Que si ha quedado probado que el procesado intervino, pero no ha quedado probada su autoría de manera inequívoca, se podrá demandar a la misma persona en un juicio civil posterior solamente si ha existido reserva de acciones Que si la absolución se debe a que ha quedado que él no fue el autor del delito (pues él se encontraba en otro país el día de los hechos) queda abierta la posibilidad de un juicio civil Que, como sucede con toda sentencia absolutoria, queda abierta la vía civil una vez concluida la penal. |
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