aduanero 7
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Título del Test:![]() aduanero 7 Descripción: aduanero 7 |




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1.- La introducción de las mercancías en un depósito aduanero es: Un régimen aduanero. Un régimen de perfeccionamiento aduanero. Un destino aduanero. Un destino económico. 2.- El plazo que pueden permanecer las mercancías en una zona franca es: Tres meses. Un año. Tres años. No existe plazo de permanencia, salvo para determinadas mercancías objeto de la política agrícola común. 3.- Unos cuadros procedentes de un museo de Estados Unidos llegan a España para ser expuestos en el Museo del Prado durante 45 días: No precisan de gestión alguna ante la Aduana española. Se declararán en régimen de despacho a libre práctica. Serán objeto de importación temporal. Quedarán bajo depósito aduanero. 4.- El Convenio TIR y el Cuaderno ATA son acuerdos relacionados con: El régimen de perfeccionamiento pasivo. El tránsito. La importación temporal. La transformación bajo control aduanero. 5.- Es régimen de suspensión: La importación temporal. El despacho a libre práctica. El perfeccionamiento pasivo. El abandono. 6.- El régimen de transito externo es el régimen aduanero que permite: La circulación de mercancías no comunitarias entre dos puntos situados fuera de territorio aduanero comunitario sin que dichas mercancías estén sujetas a los derechos de importación y demás gravámenes ni a medidas de política comercial. La circulación de mercancías comunitarias entre dos puntos situados fuera de territorio aduanero comunitario sin que dichas mercancías estén sujetas a los derechos de importación y demás gravámenes ni a medidas de política comercial. La circulación de mercancías no comunitarias de uno a otro punto del territorio aduanero comunitario sin que dichas mercancías estén sujetas a los derechos de importación y demás gravámenes ni a medidas de política comercial. La circulación de mercancías comunitarias de uno a otro punto del territorio aduanero comunitario sin que dichas mercancías estén sujetas a los derechos de importación y demás gravámenes ni a medidas de política comercial. 7.- El régimen de perfeccionamiento activo es el régimen aduanero que permite: Introducir en el territorio aduanero comunitario mercancías no comunitarias, sin derechos aduaneros ni medidas de política comercial, para ser objeto de elaboraciones y posteriormente reexportadas en forma de productos compensadores. Introducir en el territorio aduanero comunitario mercancías comunitarias, sin derechos aduaneros ni medidas de política comercial, para ser objeto de elaboraciones y posteriormente reexportadas en forma de productos compensadores. Exportar del territorio aduanero comunitario mercancías no comunitarias, sin derechos aduaneros ni medidas de política comercial, para ser objeto de elaboraciones y posteriormente reimportarlas en forma de productos compensadores. Exportar del territorio aduanero comunitario mercancías comunitarias, sin derechos aduaneros ni medidas de política comercial, para ser objeto de elaboraciones y posteriormente reimportarlas en forma de productos compensadores. 8.- El depósito aduanero público: Es un depósito aduanero que sólo puede utilizar el titular del depósito para depositar mercancía. Es un depósito aduanero que sólo puede utilizar el depositario para depositar mercancía. Es un depósito aduanero que sólo puede utilizar el depositante para depositar mercancía. Es un depósito aduanero que puede utilizar cualquier persona para depositar mercancía. 9.- El régimen de perfeccionamiento pasivo es el régimen aduanero que permite: Exportar temporalmente fuera del territorio aduanero comunitario mercancías comunitarias, para someterlas a operaciones de perfeccionamiento y despachar a libre práctica los productos que resulten de esas operaciones, con exención total o parcial de los derechos de importación. Exportar temporalmente fuera del territorio aduanero comunitario mercancías no comunitarias, para someterlas a operaciones de perfeccionamiento y despachar a libre práctica los productos que resulten de esas operaciones, con exención total o parcial de los derechos de importación. Importar temporalmente en el territorio aduanero comunitario mercancías comunitarias, para someterlas a operaciones de perfeccionamiento y despachar a libre práctica los productos que resulten de esas operaciones, con exención total o parcial de los derechos de importación. Importar temporalmente en el territorio aduanero comunitario mercancías no comunitarias, para someterlas a operaciones de perfeccionamiento y despachar a libre práctica los productos que resulten de esas operaciones, con exención total o parcial de los derechos de importación. 10.- El régimen de importación temporal es el régimen aduanero que permite: El uso en el territorio aduanero de la Comunidad, con exención total o parcial de los derechos de importación y sin sometimiento a medidas de política comercial, de las mercancías comunitarias destinadas a ser reexportadas sin haber sufrido modificaciones, a excepción de su depreciación normal por el uso que se haga de ellas. El uso en el territorio aduanero de la Comunidad, con exención total o parcial de los derechos de importación y sin sometimiento a medidas de política comercial, de las mercancías no comunitarias destinadas a ser reexportadas sin haber sufrido modificaciones, a excepción de su depreciación normal por el uso que se haga de ellas. El uso en el territorio aduanero de la Comunidad, con exención total o parcial de los derechos de importación y sin sometimiento a medidas de política comercial, de las mercancías no comunitarias destinadas a ser despachadas a libre práctica sin haber sufrido modificaciones, a excepción de su depreciación normal por el uso que se haga de ellas. El uso en el territorio aduanero de la Comunidad, con exención total o parcial de los derechos de importación y sin sometimiento a medidas de política comercial, de las mercancías comunitarias destinadas a ser despachadas a libre práctica sin haber sufrido modificaciones, a excepción de su depreciación normal por el uso que se haga de ellas. 11.- Sin perjuicio de plazos especiales, el plazo máximo de permanencia de las mercancías en el régimen de importación temporal será de: 24 meses, no obstante, las Autoridades aduaneras, de acuerdo con el interesado podrá fijar plazos más cortos. 12 meses, no obstante, las Autoridades aduaneras, de acuerdo con el interesado podrá fijar plazos más cortos. 12 meses, prorrogables por otros 12. 6 meses, prorrogables por otros 6. 12.- La introducción de una maquinaria procedente de un país tercero en España donde va a permanecer cierto tiempo en la realización de unas obras, siendo posteriormente reexportada: Se realiza en el régimen aduanero de Perfeccionamiento Pasivo. Se acogerá al régimen aduanero de transformación bajo control aduanero. Se acogerá al régimen de importación temporal. Se realiza en el régimen aduanero de Perfeccionamiento Activo. 13.- Una empresa fabricante de relojes de Madrid remite por avión una partida de relojes a una tienda de Las Palmas de Gran Canaria. En relación con este envío: La mercancía viajará sometida al régimen de tránsito comunitario externo. La mercancía viajará sometida al régimen de tránsito internacional. La mercancía viajará sometida al régimen de tránsito comunitario interno. La mercancía no viajará sometida a ninguna modalidad de tránsito. 14.- Se descarga en el Puerto de Amberes (Bélgica) un contenedor procedente de Ecuador, que posteriormente va a ser embarcado en otro buque que lo transportará hasta Vigo, donde será despachado. El transporte entre Amberes y Vigo: Se realizará en régimen de tránsito comunitario externo. Se realizará en régimen de tránsito común intracomunitario. No estará sometido al régimen de tránsito al efectuarse entre dos puertos comunitarios. Se realizará en régimen de tránsito comunitario interno. 15.- El CAU define el régimen de destino final como: Aquel que permite a las mercancías atravesar un territorio determinado sin necesidad de satisfacer derechos de aduana ni exacciones de efecto equivalente así como no estar sometidas a medidas de política comercial. Mercancías que entren en el territorio aduanero de la Unión después de haberse incluido en el régimen de destino final. Aquel que permite despachar las mercancías a libre práctica con exención de derechos o con un tipo reducido de derechos atendiendo a su destino especial. Aquel que permite que ciertas mercancías no pertenecientes a la Unión sean introducidas y utilizadas dentro del territorio aduanero de la Unión en distintos fines previstos en la norma sin pago de derechos y sin sujeción a medidas de política comercial o con pago parcial de los mismos. 16.- De acuerdo con el artículo 210 del CAU, están considerados regímenes especiales: Los destinos especiales, excepto la importación temporal. El depósito, incluyendo el depósito aduanero pero no las zonas francas. El perfeccionamiento, que incluirá tanto perfeccionamiento activo como pasivo. El tránsito externo pero no el interno. 17.- ¿Bajo qué régimen las mercancías no pertenecientes a la Unión podrán circular de un punto a otro dentro del territorio aduanero de la Unión sin estar sujetas a derechos de importación?: Tránsito interno. Tránsito externo. Destino final. Importación temporal. 18.- El régimen de tránsito interno permitirá: La circulación de mercancías de la Unión entre dos puntos del territorio aduanero de la Unión pasando por un país o territorio no perteneciente a dicho territorio aduanero, sin que su estatuto aduanero se modifique. La circulación de mercancías de la Unión entre dos puntos del territorio aduanero de la Unión pasando por un país o territorio no perteneciente ha dicho territorio aduanero, modificando su estatuto aduanero. La circulación de mercancías de la Unión entre dos puntos del territorio aduanero de la Unión pasando por un país o territorio no perteneciente a dicho territorio aduanero, modificando su estatuto durante el periodo de tiempo que pasa por un país no perteneciente al territorio aduanero de la Unión. La circulación de mercancías de la Unión entre dos puntos del territorio aduanero de la Unión sin abandonar en ningún momento dicho territorio. 19.- El abandono de las mercancías en beneficio del Erario Público: Es un destino aduanero. Es una operación de destrucción de las mercancías. Es una operación de perfeccionamiento pasivo. Es un régimen aduanero. 20.- En las zonas francas podrán almacenarse: Mercancías no comunitarias y comunitarias. Exclusivamente mercancías comunitarias. Exclusivamente mercancías no comunitarias. En las zonas francas o depósitos francos no es posible almacenar mercancías. 21.- Sin perjuicio de la legislación vigente aplicable en otros ámbitos distintos del aduanero, las mercancías que se encuentren en una zona franca, podrán: Solo podrán ser reexportadas fuera del territorio Aduanero de la Unión. Podrán ser exportadas, reexportadas, o introducidas en otra parte del territorio aduanero de la Unión. Solo podrán ser introducidas en otra parte del territorio aduanero de la Unión. Previamente han de salir del territorio aduanero de la Unión para poder ser introducidas en el mismo. 22.- Salvo casos excepcionales, la duración de la estancia de las mercancías en régimen de depósito: No está limitado. Es de un máximo de 24 meses. Es de un máximo de 18 meses. Está sujeta a la solicitud de prórrogas periódicas. 23.- Cuando el destino aduanero de una mercancía es el abandono: El dueño debe pagar los derechos arancelarios pero ni el I.V.A. ni los impuestos especiales. El dueño debe pagar los derechos de arancel y el I.V.A. correspondiente. Se ha de hacer por escrito. El dueño no tiene que pagar ni los derechos de arancel ni los gastos de almacenaje pero no deberá ocasionar gasto alguno al erario. 24.- Uno de los regímenes aduaneros es: El depósito aduanero. El depósito temporal. El abandono. El depósito franco. 25.- Indique cuál es la característica básica que diferencia el Régimen de Perfeccionamiento Activo del Régimen de Transformación bajo control aduanero: El tipo de mercancías que admiten. El plazo por el que se conceden. El destino aduanero del producto obtenido. El estatuto aduanero de la mercancía. 26.- En un depósito aduanero se puede: Mejorar la presentación de las mercancías. Elaborar mercancías. Montar y ensamblar mercancías. Transformar las materias primas en productos acabados. 27.- Uno de los regímenes aduaneros para incluir las mercancías son los regímenes especiales. ¿Cuál de las siguientes categorías no es un régimen especial según el CAU?: El Transito externo. La Transformación bajo control aduanero. La Importación temporal. El Perfeccionamiento activo. 28.- ¿En el marco de qué régimen se permite la circulación de mercancías de la Unión entre dos puntos del territorio aduanero de la Unión, pasando por un país o territorio no perteneciente a dicho territorio aduanero, sin que su estatuto aduanero se modifique?: Tránsito interno. Tránsito externo. Destino final. Importación temporal. 29.- El régimen de tránsito interno permitirá: La circulación de mercancías de la Unión entre dos puntos del territorio aduanero de la Unión pasando por un país o territorio no perteneciente a dicho territorio aduanero, modificando su estatuto aduanero. La circulación de mercancías de la Unión entre dos puntos del territorio aduanero de la Unión pasando por un país o territorio no perteneciente a dicho territorio aduanero, modificando su estatuto durante el periodo de tiempo que pasa por un país no perteneciente al territorio aduanero de la Unión. La circulación de mercancías de la Unión entre dos puntos del territorio aduanero de la Unión sin abandonar en ningún momento dicho territorio. La circulación de mercancías de la Unión entre dos puntos del territorio aduanero de la Unión pasando por un país o territorio no perteneciente a dicho territorio aduanero, sin que su estatuto aduanero se modifique. 30.-La introducción en una zona franca es: Un régimen aduanero. Un destino aduanero. Un régimen aduanero económico. Un estatuto aduanero. 31.-El régimen de Importación temporal es el: Régimen que permite el uso en el territorio aduanero de la Comunidad, con exención total o parcial de derechos de importación, y sin que estén sometidas a medidas de política comercial, de las mercancías comunitarias destinadas a ser reexportadas sin haber sufrido modificaciones, a excepción de la depreciación normal causada por el uso. Régimen que permite el uso en el territorio aduanero de la Comunidad, con exención total o parcial de derechos de importación, y estando sometidas a medidas de política comercial, de las mercancías no comunitarias destinadas a ser reexportadas sin haber sufrido modificaciones, a excepción de la depreciación normal causada por el uso. Régimen que permite el uso en el territorio aduanero de la Comunidad, previo pago de derechos de importación, y estando sometidas a medidas de política comercial, de las mercancías no comunitarias destinadas a ser reexportadas sin haber sufrido modificaciones, a excepción de la depreciación normal causada por el uso. Régimen que permite el uso en el territorio aduanero de la Comunidad, con exención total o parcial de derechos de importación, y sin que estén sometidas a medidas de política comercial, de las mercancías no comunitarias destinadas a ser reexportadas sin haber sufrido modificaciones, a excepción de la depreciación normal causada por el uso. 32.-Señale cuál de las siguientes afirmaciones no es correcta: el abandono de las mercancías se considera un destino aduanero. el abandono de las mercancías se considera un régimen aduanero. los desechos y residuos resultantes de la destrucción de mercancías deberán recibir uno de los destinos aduaneros contemplados para las mercancías no comunitarias. la destrucción deberá notificarse previamente a las autoridades aduaneras. 33.- ¿Quién es el titular del régimen de tránsito externo?. El declarante. El importador. El obligado principal. El detentador de la mercancía. 34.-Los productos resultantes de las operaciones de perfeccionamiento activo se denominan: Productos elaborados. Productos perfeccionados. Productos compensadores. Productos normalizados. 35.-El tránsito comunitario externo es: La circulación de un punto a otro del territorio aduanero de la Comunidad de mercancías comunitarias pasando por el territorio de un tercer país. La circulación de un punto a otro del territorio aduanero de la Comunidad de mercancías no comunitarias sin que, dichas mercancías, estén sujetas a los derechos de importación y demás gravámenes, ni a medidas de política comercial y de mercancías comunitarias. La circulación de un punto a otro del territorio aduanero de la Comunidad de mercancías no comunitarias, previo pago de los derechos de importación y demás gravámenes. La circulación de un punto a otro del territorio aduanero de la Comunidad de mercancías no comunitarias previo pago de los derechos de importación y demás gravámenes y de mercancías comunitarias. 36.-Clases de depósito aduanero: Sólo existe un tipo que es el depósito aduanero público, que puede utilizarse por cualquier persona para depositar mercancías. Hay dos clases de depósito: aduanero público, que puede utilizarse por cualquier persona para depositar mercancías, y aduanero privado, reservado para el depósito de mercancías por parte del depositario. Sólo existe un tipo que es el depósito aduanero privado, reservado para el depósito de mercancías por parte del depositario. No hay clases distintas de depósito aduanero ya que es un depósito gestionado por las autoridades aduaneras. 37.-La reexportación fuera del territorio aduanero de la Comunidad es: Un régimen aduanero. Una condonación. Una autorización para la presentación de la declaración sumaria. Un destino aduanero. 38.-La Declaración Sumaria ya presentada.......: podrá rectificarse en cualquier momento. no podrá rectificarse cuando las autoridades aduaneras hayan comprobado la inexactitud de los datos en cuestión. podrá rectificarse cuando las autoridades aduaneras hayan permitido la retirada de las mercancías. no podrá rectificarse en ningún momento. 39.-Cuando las mercancías para las que se hayan presentado una declaración sumaria de salida no salgan del territorio aduanero de la Unión , las autoridades aduaneras invalidarán dicha declaración en el plazo de: 100 días a partir de la presentación de la declaración. 150 días a partir de la presentación de la declaración. 200 días a partir de la presentación de la declaración. 250 días a partir de la presentación de la declaración. 40.- ¿Qué régimen no consta en el CAU?. Despacho a libre práctica. Tránsito. Depósito aduanero. Depósito franco. 41.- Una mercancía en situación de depósito temporal: Puede ser sometida a transformaciones previstas en el régimen aduanero en el que se encuentre. No puede ser objeto de más manipulaciones que las destinadas a garantizar su conservación. No puede ser sometida a manipulación alguna. Puede ser sometida a modificaciones en su presentación y en sus condiciones técnicas. 42.- La circulación entre puntos de la UE que apliquen y no apliquen la sexta directiva IVA en España, abarcaría las circulaciones: Desde la península a Canarias. Desde Baleares a Canarias. A y B son correctas. A y B son incorrectas. 43.- La circulación entre puntos de la UE que apliquen y no apliquen la sexta directiva aparece referida como: T2F. T2LF. T1. Ninguna es correcta. 44.- El convenio entre los estados partes del tratado atlántico Norte relativo al estatuto de sus fuerzas, fue firmado en: Londres. Roma. Madrid. Berlín. 45.- Garantía individual de títulos. Estos títulos se emiten por el fiado por el importe de: 1000 cada uno. 5000 cada uno. 8000 cada uno. 10000 cada uno. 46.- ¿Cuál es la afirmación incorrecta?. El depósito público tiene 3 tipos. En el depósito tipo I la responsabilidad es del depositario y depositante. En el depósito tipo II la responsabilidad es del depositante. Todas son correctas. 47.- ¿En qué año se elaboró el convenio TIR?. 1957. 1958. 1959. 1960. 48.- ¿Cuál de las siguientes documentaciones no ampara el régimen de transito externo?. Un cuaderno TIR (convenio TIR. Un cuaderno ATA utilizado como documento de transito. Manifesto Renato. Impreso 301 establecido en el marco del convenio entre los estados que son parte en el tratado atlántico norte, relativo al estatuto de sus fuerzas, firmado en Londres el 19 de junio de 1951. 49.- Cuál de los siguientes supuestos no está exento, con carácter general, de la obligación de garantizar el transito externo?. Las travesías aéreas. Los transportes de mercancías por el Danubio y las vías fluviales renanas. Los transportes por canalizaciones. Las operaciones efectuadas por las compañías ferroviarias de los Estados miembros. 50.- ¿A partir de qué fecha entró en vigor el NCTS (Nuevo Sistema de Transito Comunitario)?. 1 de abril de 2004. 1 de mayo de 2004. 1 de junio de 2004. 1 de julio de 2004. 51.- ¿Cuál es plazo máximo general de permanencia de las mercancías en el régimen de importación temporal?. 12 meses. 15 meses. 18 meses. 24 meses. 52.- ¿Qué porcentaje de la cuantía de los derechos que habrían sido percibidas por dichas mercancías si hubieran sido despachadas a libre práctica se exige en la importación temporal con exención parcial de derechos?. 1%. 2%. 3%. 4%. 53.- ¿Qué fecha se toma como referencia para aplicar el porcentaje de la cuantía de los derechos que habrían sido percibidas por dichas mercancías si hubieran sido despachadas a libre práctica en la importación temporal con exención parcial de derechos?. La fecha en que admitió la declaración. El tipo del primer miércoles de ese mes. El tipo del segundo miércoles de eses mes. El tipo del tercer miércoles de ese mes. |