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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: CASO PRÁCTICO 1

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Título del Test:
CASO PRÁCTICO 1

Descripción:
Administrativo S.S.

Autor:
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Inés Lo
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Fecha de Creación: 22/10/2024

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 15
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Temario:
¿Cual debe ser el encuadramiento tramitado por el matrimonio de Manuel y Marta? Ambos en el Régimen General de la S.S. como trabajadores por cuenta ajena. Manuel en el RETA como autónomo y Marta fuera del sistema de la S.S. Manuel en el RETA como trabajador autónomo y Marta en el Sistema Especial de Empleados del Régimen General. Ambos en el RETA como trabajadores autónomos.
¿Cuál debe ser el encuadramiento de Hugo y Rosa en la S.S.? Ambos son trabajadores por cuenta propia incluidos en el RETA por tener Rosa control efectivo sobre la sociedad. Hugo debe quedar encuadrado en el Sistema Especial de alta dirección por la realización de sus funciones en la compañía eléctrica y Rosa debe quedar encuadrada en el RETA como trabajadora autónoma al poseer el control efectivo sobre la sociedad. Hugo en el Régimen General de la S.S. como trabajador por cuenta ajena y Rosa en el RETA como trabajador autónomo al poseer el control efectivo sobre la sociedad. Ambos en el Régimen General de la S.S. por ser trabajadores por cuenta ajena, al no tener el matrimonio un capital suficiente sobre la sociedad.
¿Cuál es el encuadramiento de Leonardo en la S.S.? Se trata de un trabajador por cuenta ajena incluído en el Régimen General al tener menos de 30 años aunque conviva con el empresario. Queda excluido del Sistema de la Seguridad Social por ser familiar del empresario Se trata de un trabajador por cuenta ajena incluído en el Régimen General por no reunir los requisitos para quedar incluido en el RETA aunque conviva con socios que poseen al menos la mitad del capital social. Se trata de un trabajador por cuenta propia incluido en RETA al ser familiar y convivir con socios que poseen al menos la mitad del capital social.
Manuel decide abrir un nuevo centro de trabajo en Sevilla y trasladar a Leo a este para desempeñar sus funciones en el nuevo centro, ¿qué actuación debe llevar a cabo Manuel? No debe llevar a cabo actuación alguna. Deberá comunicar la apertura del centro de trabajo a la Dirección Provincial de la TGSS siempre como una variación de los datos consignados en la inscripción dentro del plazo de 3 días hábiles siguientes a la apertura del centro. Deberá comunicar la apertura del centro de trabajo a la Dirección Provincial de la TGSS o Admón. en la que se formuló la inscripción, con carácter general, como una variación de los datos consignados en la inscripción dentro del plazo de 3 días naturales siguientes a la apertura del centro. Deberá comunicar la apertura del centro de trabajo a la Dirección Provincial de la TGSS o Admón. en la que se formuló la inscripción, con carácter general, como una variación de los datos consignados en la inscripción con carácter previo a la apertura del centro.
Con respecto al nuevo centro, ¿qué actuaciones se deben llevar a cabo en consecuencia con respecto a Leonardo? Manuel tiene la opción de mantener el alta de Leonardo en Huelva durante un periodo máximo de 60 días y después proceder a solicitar la baja en Huelva y el alta en Sevilla. No deberá llevarse a cabo actuación alguna al encontrarse el centro de trabajo dentro de la misma CCAA Manuel deberá solicitar la base de Leonardo en la provincia de Huelva y alta en Sevilla Manuel deberá solicitar la baja de Leonardo en la provincia de Sevilla y el alta en Huelva.
Si está prevista que la fecha del hecho causante sea el 1 de agosto, ¿desde qué fecha hacia atrás en cuenta las bases de cotización para calcular la base reguladora de la pensión? Desde mayo Desde julio Desde agosto Desde junio.
Según los datos de los que disponemos de Manuel, ¿podrá jubilarse el 1 de agosto de 2024? No, ya que se trata de un trabajador autónomo, y a estos no les son de aplicación las reglas previstas para los trabajadores incluídos en el Régimen General. Sí, ya que los trabajadores autónomos pueden jubilarse a partir del cumplimiento de los 65 años independientemente de los años cotizados. No, ya que no reúne el requisito de la edad, ya que debe tener cumplidos 67 años o alternativamente 65 años y 38 años y 6 meses cotizados y Manuel el 1 de agosto de 2024 tendrá 65 años pero 38 años y 3 meses. Sí, ya que el 1 de agosto de 2024, reunirá los requisitos exigidos para acceder a la jubilación al tener 65 años y 38 o más años cotizados.
Teniendo en cuenta que el promedio de las bases de cotización por contingencias comunes de los últimos 25 años que deben ser utilizadas para el cálculo de la base reguladora de Manuel ascienden a 550.000€, ¿cuál será la base reguladora de su pensión de jubilación? 2.000€ 1.571,42€ 1.455€ 1.500€.
¿Cuántas de las bases de cotización de Manuel se tomarán al valor nominal? Las bases de cotización correspondientes a los 48 meses inmediatamente anteriores al mes previo al hecho causante. Las bases de cotización correspondientes a los 24 meses inmediatamente anteriores al mes previo al hecho causante. Las bases de cotización correspondientes a los 48 meses inmediatamente anteriores al mes del hecho causante. Las bases de cotización correspondientes a los 24 meses inmediatamente anteriores al mes del hecho causante.
¿Cuál será el porcentaje aplicable a la base reguladora en el caso del cálculo de la pensión de Manuel? 100% 95% 60% 75%.
En el caso de que Manuel hubiese tenido períodos sin cotizar entre el anterior trabajo y constitución de su empresa y consecuente inicio de actividad, ¿cómo se integrarán esas lagunas de cotización? Las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima de cotización del Régimen General que corresponda al mes respectivo y el resto de las mensualidades con el 50% de dicha base mínima. Todas se integrarán con la base mínima de cotización del Régimen General que corresponda al mes respectivos. Todas las mensualidades se integrarán con el 50% de dicha base mínima. No se integrarán las lagunas de cotización.
Rosa tenía una base de cotización de 1.750€ a fecha de 15 de febrero, cuando solicitó su incremento hasta 2.000€. ¿Cuál será la fecha de efectos de su solicitud? El 1 de abril de 2024. El 10 de febrero de 2024. El 1 de marzo de 2024. El 15 de febrero de 2024.
¿Tiene derecho Rosa a la prestación por nacimiento y cuidado de menor por el nacimiento de su hijo el 15 de julio? Si, ya que los trabajadores autónomos tienen derecho a la prestación por nacimiento y cuidado de menor siempre que tengan 3 meses cotizados independientemente de la edad. No, ya que los trabajadores autónomos no tienen derecho a la prestación por nacimiento y cuidado de menor. No, ya que no reúne los requisitos de edad y cotización exigidos. Sí, ya que reúne los requisitos de edad y periodos cotizados establecidos.
En el caso de que Rosa tenga derecho a la prestación por nacimiento y cuidado de menor, ¿cuál será su base reguladora diaria? 50 euros al día 62,5 euros al día 66,66 euros al día 58,33 euros al día.
¿Cuál será la cuantía de la prestación por nacimiento y cuidado de menor de Rosa para julio de 2024? 1.062,50 euros 2.000 euros 1.750 euros 1.937,50 euros.
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