Constitución Española. Organización Territorial.
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Título del Test:![]() Constitución Española. Organización Territorial. Descripción: Principios generales. CCAA. Estatuto de Autonomía. EELL. Fecha de Creación: 2024/02/15 Categoría: Otros Número Preguntas: 36
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La Organización territorial del Estado se regula en la Constitución Española de 1978 en el Título: Título X. Título VIII. Título VII. Título IX. El artículo 137 de la Constitución Española establece las entidades en que se organiza territorialmente el Estado, determinando que todas ellas tienen autonomía: Para el cumplimiento de sus fines. Para la gestión de sus competencias. Para la gestión de sus respectivos intereses. Para la gestión del interés público. El artículo 140 de la Constitución Española de 1978 garantiza la autonomía de los municipios. Estos gozarán de personalidad jurídica: Plena. Sometida la Comunidad Autónoma. Sometida al Estado. Sometida a la Diputación Provincial. Según el artículo 144 de la Constitución Española de 1978, las Cortes Generales, mediante Ley Orgánica, podrán, por motivos de interés nacional: Autorizar la constitución de una Comunidad Autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143. Elaborar, en su caso, un Estatuto de Autonomía para territorios que no estén integrados en la organización territorial de ámbito autonómico. Complementar la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del artículo 143. Crear la constitución de una Ciudad Autónoma, siempre que se cumplan los requisitos esenciales para su creación. Según el artículo 145.1 de la Constitución Española de 1978, indique la opción correcta: Se admitirá la federación de Comunidades Autónomas. En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas. Se admitirá la federación de Comunidades Autónomas, pero sólo para las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes. La Constitución no establece nada al respecto. Según el artículo 148.1.9 de la Constitución Española de 1978, la gestión en materia de protección del medio ambiente, es una competencia: De las Comunidades Autónomas. Del Estado. De la Unión Europea. De los municipios. Según dispone el artículo 157.2 de la Constitución Española de 1978, las Comunidades Autónomas: Podrán adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio. No podrán en ningún caso adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio o que supongan obstáculo para la libre circulación de mercancías o servicios. Podrán adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio si no suponen obstáculo para la libre circulación de mercancías o servicios. Podrán adoptar medidas tributarias sobre bienes situados fuera de su territorio aunque supongan obstáculo para la libre circulación de mercancías o servicios. Según el artículo 153 de la Constitución Española de 1978, el control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá: Por el Tribunal Superior de Justicia de cada Comunidad Autónoma, el de la administración autónoma y sus normas reglamentarias. Por el Senado, el económico y presupuestario. Por el Gobierno, previo dictamen del Consejo de Estado, la totalidad de su actividad. Por el Tribunal de Cuentas, el económico y presupuestario. ¿Cómo son elegidos los Alcaldes según la Constitución Española?. Según el artículo 140 de la Constitución Española, serán elegidos por los Concejales o por los vecinos. Según el artículo 140 de la Constitución Española, serán elegidos los alcaldes por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley. Según el artículo 141 de la Constitución Española, los alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos, en la forma establecida por la ley. Según el artículo 141 de la Constitución Española serán elegidos los alcaldes por los vecinos del municipio. De acuerdo con el artículo 149.1.9 de la Constitución Española de 1978, ¿Cuál de las siguientes competencias no pertenece a las Comunidades Autónomas?. Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. Los montes y aprovechamientos forestales. La gestión en materia de protección de medio ambiente. La Legislación sobre propiedad intelectual e industrial. Prevé la Constitución Española de 1978 en su artículo 142 que las Haciendas Locales deberán: Disponer de los medios suficientes para el desempeño de sus funciones. Disponer de los medios suficientes para el desempeño de sus funciones y establecimiento de sus propios servicios. Establecer los recursos necesarios para el cumplimiento de sus competencias. Exigir los medios económicos necesarios para atender sus fines. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 143.2 de la Constitución Española de 1978, se reconoce la iniciativa del proceso autonómico a todas las Diputaciones interesadas y: A las 3/4 partes de los Municipios que representen la mayoría del censo electoral de la circunscripción que pretenda constituirse en Comunidad Autónoma. A las 2/3 partes de los Municipios que presenten la mayoría del censo electoral de la circunscripción que pretenda constituirse en Comunidad Autónoma. A las 3/4 partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del Censo electoral de cada provincia o isla. A las 2/3 partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del Censo electoral de cada provincia o isla. El artículo 144 de la Constitución Española de 1978 prevé que la iniciativa de las Corporaciones Locales respecto al proceso autonómico se pueda sustituir por: Los Entes Autonómicos existentes. Acuerdos del consejo de Ministros. Por las Cortes Generales. Por el Congreso. La Federación de Comunidades Autónomas, de acuerdo con nuestra Constitución Española de 1978: Requiere la aprobación de una Ley Orgánica. Requiere la autorización de las Cortes Generales. Requiere la autorización del Gobierno. La Federación de Comunidades autónomas está totalmente prohibida. El Estatuto de Autonomía de Andalucía consta de: Título Preliminar y diez Títulos. Preámbulo, Título Preliminar y diez Títulos. Diez Títulos. Preámbulo y diez Títulos. En caso de no prosperar la iniciativa de acceso a la autonomía recogida en el artículo 143 de la Constitución Española de 1978, podrá reiterarse pasados: 3 años. 4 años. 5 años. 6 meses. Una vez elaborado el proyecto de Estatuto de autonomía, dispone el art. 146 de la Constitución que: Se elevará a las Cortes para su tramitación como ley. Se someterá a referéndum. Deberá ser ratificado por las Provincias afectadas. Se dará traslado a una comisión Mixta del Congreso. La Constitución Española de 1978 en el ejercicio del derecho a la autonomía prevé en su art. 143 que puedan constituirse en Comunidades Autónomas las provincias que: Tengan tradición histórica. Sean unicomarcales. Tengan entidad regional histórica. Tengan plebiscitado con anterioridad Estatutos de Autonomía. ¿Qué principios informan las relaciones entre las Administraciones Públicas, según se recoge en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público?. Las Administraciones Públicas se relacionan de acuerdo con el principio de lealtad institucional. Las Administraciones Públicas se relacionan de acuerdo con el principio de legalidad. Las Administraciones Públicas se relacionan de acuerdo con los principios de legalidad, jerarquía y lealtad constitucional. Las Administraciones Públicas se relacionan de acuerdo con el principio de jerarquía. En relación con los símbolos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se dispone en su Estatuto lo siguiente: Andalucía tiene escudo propio, aprobado por ley de su Parlamento, de acuerdo con el acuerdo de la Junta Liberalista de 1933. Andalucía tiene himno propio, aprobado por ley de su Parlamento, de acuerdo con lo publicado por la Junta Liberalista de Andalucía en 1933. La bandera de Andalucía es la histórica, formada por tres franjas horizontales- verde, blanca y verde- siendo la blanca de doble anchura que las verdes, tal como fue aprobada en la Asamblea de Ronda de 1938. La protección jurídica que corresponde a los símbolos de Andalucía debe ser las mismas que corresponda a los símbolos del Estado. No es una competencia asumible por las Comunidades Autónomas, tal y como se recoge en la Constitución Española: Educación. Seguridad privada. Promoción y ordenación del turismo. Sanidad Exterior. La mayoría necesaria para aprobar la reforma de un Estatuto de Autonomía en el Senado, según se recoge en el Título VIII de la Constitución es: Simple. Dos tercios. Tres quintos. Absoluta. En relación con los Convenios entre Comunidades Autónomas, dispone la Constitución de 1978: Según el artículo 145.1, están totalmente prohibidos. Según el artículo 145. 2, se permiten para la gestión y prestación de servicios propios de las mismas. Conforme al artículo 145.1 se permiten, cualquiera que sea su finalidad, sin perjuicio de las autorizaciones que deba otorgar el Gobierno de la Nación. Según el artículo 145.2 sólo se permiten para fines culturales y sociales. Según el artículo 148 de la Constitución Española, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias: Nacionalidad, Inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo. Pesca marítima, marina mercante y abanderamiento de buques. Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: Se publicó en el BOE de 11 de enero de 1982 como Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, y la Ley Orgánica 2/2009, de 19 de marzo, reforma el mencionado Estatuto de Autonomía para Andalucía. Se publicó en el BOE de 11 de enero de 1982 como Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, y la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, reforma el mencionado Estatuto de Autonomía para Andalucía. Se publicó en el BOE de 30 de diciembre de 1982 como Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, y la Ley Orgánica 2/2009, de 19 de marzo, reforma el mencionado Estatuto de Autonomía para Andalucía. Se publicó en el BOE de 11 de enero de 1986 como Ley Orgánica 16/1986, de 30 de enero, y la Ley Orgánica 2/2012, de 19 de marzo, reforma el mencionado Estatuto de Autonomía para Andalucía. El Artículo 151. 1 de la Constitución Española de 1978 establece un procedimiento para acceder a la autonomía plena que exige, entre otras cosas, que: La iniciativa autonómica sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría de los electores de cada provincia. La iniciativa autonómica sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia. La iniciativa autonómica sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los votos emitidos en cada provincia. La iniciativa autonómica sea ratificada mediante referéndum por el voto afirmativo de una mayoría de dos tercios de los electores de cada provincia. Según el artículo 10 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, no es un objetivo básico de la Comunidad Autónoma de Andalucía: La defensa, promoción, estudio y prestigio de la modalidad lingüística andaluza en todas sus variedades. La incorporación del pueblo andaluz a la sociedad del conocimiento. La especial atención a las personas en situación de dependencia. La integración laboral, económica, social y cultural de los inmigrantes. Es un principio rector de acuerdo con el artículo 37 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: El empleo de calidad, la prevención de los riesgos laborales y la promoción en el trabajo. El fomento de la cultura de la paz y el diálogo entre los pueblos. La especial atención a las personas en situación de dependencia. El acceso de todos los andaluces a una educación permanente y de calidad que les permita su realización personal y social. ¿Cómo es la estructura territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según el artículo 89 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía?. Andalucía se organiza territorialmente en municipios, provincias y demás entidades territoriales que puedan crearse por reglamento del Parlamento. Andalucía se organiza territorialmente en municipios, provincias y demás entidades que puedan crearse por ley orgánica. Andalucía se organiza territorialmente en municipios, provincias y demás entidades territoriales que puedan crearse por ley. Andalucía se organiza territorialmente en municipios, provincias, mancomunidades, comarcas, áreas metropolitanas y demás entidades interterritoriales que puedan crearse por ley. La organización institucional de las Comunidades Autónomas que accedan por la vía del artículo 151.1 de la Constitución Española de 1978 estará comprendida por: Asamblea Legislativa, Junta, Consejo, Presidente y Tribunal Superior de Justicia. Asamblea Legislativa, Consejo de Gobierno, Presidente y vicepresidente. Asamblea Legislativa, Consejo de Gobierno, Presidente y Tribunal Superior de Justicia. Asamblea constituyente, Consejo de Gobierno, Presidente y Tribunal de Justicia. En principio, las competencias asumidas por las Comunidades Autónomas al amparo de lo establecido en el art.148.1 de la Constitución, podrán ampliarse sucesivamente, dentro del marco establecido en el mismo texto constitucional, transcurridos: Dos años. Cuatro años. Cinco años. Tres años. ¿Qué tipo de norma aprueba un Estatuto de Autonomía?. Una Ley orgánica. Una ley ordinaria. Un Real Decreto. Un Decreto ley. Dispone el artículo 141 de la Constitución Española que: La provincia es una entidad local con personalidad jurídica plena, en los términos que se establezcan mediante ley orgánica. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, conforme a lo dispuesto en los correspondientes Estatutos de Autonomía. La provincia es una entidad local con personalidad jurídica propia, determinada por la agrupación de municipios. La provincia goza de personalidad jurídica propia y de plena autonomía en el ámbito de sus intereses. Según se regula en el art. 1.3 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, los poderes de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Emanan de la Constitución y del pueblo andaluz, en los términos del presente Estatuto de Autonomía, que es su norma institucional básica. Emanan de la Constitución, en los términos del presente Estatuto de Autonomía, que es su norma institucional básica. Emanan del presente Estatuto de Autonomía, que es su norma institucional básica. Emanan de la Constitución y de su Estatuto de Autonomía. Según dispone el artículo 1.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Son valores superiores la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político para los vecinos, en un marco de igualdad y solidaridad con las demás Comunidades Autónomas de España. Son valores superiores la libertad, la igualdad y el pluralismo político para todos los andaluces, en un marco de igualdad y solidaridad con las demás Comunidades Autónomas de España. Son valores superiores la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político para todos los andaluces, en un marco de igualdad y solidaridad con las demás Comunidades Autónomas de España. Son valores superiores la justicia, la igualdad y el pluralismo político para todos los andaluces, en un marco de igualdad y solidaridad con las demás Comunidades Autónomas del territorio español. Los Estatutos de Autonomía podrán establecer circunscripciones territoriales propias: Mediante la agrupación de municipios aunque no sean limítrofes. Sin personalidad jurídica propia. Mediante la agrupación de municipios limítrofes. En ningún caso. |