Los Contratos administrativos en la esfera local 1
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Título del Test:![]() Los Contratos administrativos en la esfera local 1 Descripción: Los Contratos administrativos en la esfera local 1 Fecha de Creación: 2012/05/24 Categoría: Oposiciones Número Preguntas: 12
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En la tramitacion urgente, se reducirán a la mitad los plazos establecidos para: Licitación, adjudicación y formalización. Licitación. Tramitación, licitación y adjudicación. La garantía provisional es devuelta a los licitadores no seleccionados tras la: Adjudicación definitava del contrato. Adjudicación provisional del contrato. Formalización del contrato. En ninguno de los anteriores. Las normas de Derecho privado, en la contratación administrativa: Se aplican preferentemente. No tienen virtualidad alguna. Tienen una palicación supletoria. Solo se aplican a los contratos esencialmente administrativos. En el contenido mínimo de un contrato adminsitrativo no se encuentra la siguiente mención: Identificación de las partes. Precio cierto, o el modo de determinarlo. Plasmación en escritura pública. Definición del objeto del contrato. La Junta de Gobierno Local, en un Municipio de Gran Población, en materia de contratación administrativa: No puede tener competencia alguna. Puede contratar por delegación del Pleno y del Presidentente de la Corporación. Tiene competencia originaria y plena. Se limita a intervenir previamente al acuerdo o resolución del Pleno o del Presidente, respectivamente. El privilegio de interpretar unitarelamente los contratos administrativos los ostenta en una Corporación Local el/la: Mesa de contratación. Pleno en exclusiva. Particular que contrate con la Corporación. Organo de contratación. El hecho de que un contratista haya sido declarado en un concurso, salvo que éste haya adquirido la eficacia un convenio, lo hace incurrir, respecto de la contratación administrativa, en: Una causa de incompatibilidad. Una causa de prohibición de contratar. Falsedad. Cusa de anulabilidad del contrato que se celebre. En caso de que se celebre un contrato administrativo por un órgano de la Administración manifiestamente incompetente: Queda incapacitado dicho órgano para celebrar ulteriores contratos. El contratista, aunque haya cumplido parte de sus obligaciones, no tiene derecho a indemnización alguna, debiendo rescindirse el contrato. El contrato es nulo de pleno derecho. Se inhabilita tanto al órgano de contratación como al contratista. Los derechos y obligaciones del contratista suelen incorporarse a/al: Pliego de prescripciones técnicas. Pliego de clausulas administrativas particulares. Proyecto Técnico de la obra de que se trate. Todo lo anterior. El incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales por el contratista da lugar a: Resolución. Denuncia. Anulación. Cesión del mismo. No se consideran contratos administrativos: Suministro. Concesión de obras Públicas. Servicios. Servicios que tengan por objeto la creación e interpretación artistica. Necesariamente, en la Junta de Contratación debe estar: Interventor de Fondos de la Corporación. Secretarios general. Representante de los licitadores. Las respuestas a y b son correctas. |