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CTE DB-HE-03 Test 01

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Título del Test:
CTE DB-HE-03 Test 01

Descripción:
CTE DB-HE 3 Condiciones de las instalaciones de iluminación

Fecha de Creación: 2020/12/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 41

Valoración:(18)
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Dentro del Documento Básico HE Ahorro de energía el Documento Básico HE-03. Condiciones de las instalaciones de iluminación. Contribución mínima de energía renovable para cubrir la demanda de agua caliente sanitaria. Generación mínima de energía eléctrica. Limitación del consumo energético.

Según el apartado 1 de la «Sección HE 3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación» del Documento Básico «DB HE Ahorro de energía» del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, su ámbito de aplicación corresponde a las instalaciones de iluminación interior en: Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años. Intervenciones en edificios existentes con una superficie útil total final superior a 1.000 m2 donde se renueve más del 25% de la superficie iluminada. Interiores de viviendas. Edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.

La sección HE 3 del DB-HE Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación es de aplicación entre otros casos a: Interiores de viviendas. Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a 2 años. Reformas de locales comerciales y de edificios de uso administrativo en los que se renueve la instalación de iluminación. Ninguna de las anteriores es correcta.

La Sección HE 3 del DB-HE Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación es de aplicación entre otros casos a: Interiores de viviendas. Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a 2 años. Reformas de locales comerciales y de edificios de uso administrativo en les que se renueve la instalación de iluminación. Ninguna de las anteriores es correcta.

Según el RD 314/2006, DB-HE 3, Eficiencia Energética de las Instalaciones de iluminación, es de ámbito de aplicación para: Intervenciones en edificios existentes con renovación o ampliación de una parte de la instalación. Edificios aislados con una superficie útil inferior a 50 m2. Interiores de viviendas. Edificios Históricos.

El DB-HE3, Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, es de aplicación cuando se trate de: Edificios de viviendas de nueva construcción, y se aplicará a las zonas comunes y al interior de las mismas. Cambios de uso característico de edificios con superficie 200 m², donde se renueve más del 15% de la superficie iluminada. Intervenciones en edificios existentes con una superficie útil total final 200 m², donde se renueve más del 25% de la superficie iluminada. Intervenciones en edificios existentes con renovación o ampliación de una parte de la instalación.

La Sección HE 3 del DB-HE Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación es de aplicación entre otros casos a: Interiores de viviendas. Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a 2 años. Reformas de locales comerciales y de edificios de uso administrativo en los que se renueve la instalación de iluminación. Edificios independientes con una superficie útil total inferior a 50 m2.

La Sección HE 3 del DB-HE Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación es de aplicación entre otros casos: Interiores de viviendas. Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a 2 años. Reformas de locales comerciales y de edificios de uso administrativo en los que se renueve la instalación de iluminación. Ninguna de las anteriores es correcta.

CTE DB HE Ahorro de energía. Indica la afirmación INCORRECTA: HE 0 Limitación de consumo de energía. Para la limitación de consumo energético, entre las solicitaciones interiores se considera el aporte de energía de los ocupantes. HE 1 Control de la demanda energética. El control solar de la envolvente térmica no afecta a cambios de usos de edificio existente. HE 3 Condiciones de las instalaciones de iluminación. Esta sección es de aplicación a las instalaciones de iluminación también por cambio de uso característico del edificio. HE 4 Contribución mínima de energía renovable. Para cubrir la demanda de ACS, no se prescriben pruebas finales de control de obra terminada.

La sección relativa a la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, del documento básico HE sobre ahorro de energía, NO es de aplicación ... ... a las instalaciones de iluminación interior en edificios de nueva construcción. ... a las instalaciones de iluminación interior en reformas de locales comerciales y de edificios de uso administrativo en los que se renueve la instalación de iluminación. ... a las instalaciones de iluminación interior en construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a 2 años. ... a las intervenciones en edificios existentes con renovación o ampliación de una parte de la instalación.

Las instalaciones de alumbrado de emergencia ¿Se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la sección HE3 del Documento Básico DBHE?. Si, siempre. Solamente cuando sea requerido a efectos de eficiencia energética de la instalación. Si, cuando el valor de eficiencia energética de la instalación (VEEI) de iluminación sea superior a 3,50. No, nunca.

Según el CTE Documento Básico Ahorro de Energía HE 3 “Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación”, las zonas comunes de los edificios a fin de establecer los valores de eficiencia energética límite, están encuadradas dentro de: Zonas de no representación. Zonas de representación. Zona de uso. Zona de no uso.

Según el CTE-DB-HE-3, el Valor de Eficiencia Energética Límite (VEEI) de una Instalación de iluminación en un edificio de tipo Administrativo en general será;. 8. 5. 4. 3.

Según el CTE-DB-HE-3, el Valor de Eficiencia Energética Límite (VEEI) de una Instalación de iluminación en un edificio cuyo uso del recinto son andenes de estaciones de transporte será;. 8. 5. 4. 3.

El Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Ahorro de energía (CTE-DB-HE), en su sección de Eficiencia Energética de las Instalaciones de Iluminación, determina unos valores límite de eficiencia (VEEI), para una actividad de administrativo general de: 10,0. 8,0. 5,0. 3,0.

El Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Ahorro de energía (CTE -DB HE), en su sección de Eficiencia Energética de las Instalaciones de Iluminación, determina unos valores límite de eficiencia (VEEI), para un uso del recinto de Pabellones de exposición o ferias de: 10.0 w/m². 8.0 w/m². 5.0 w/m². 3.0 w/m².

Según el CTE-DB-HE-3, el Valor de Eficiencia Energética Límite (VEEI) de una Instalación de iluminación en un edificio cuyo uso del recinto son salas de diagnóstico será;. 3,0. 5,0. 4,0. 3,5.

¿Cuál es el valor límite de la eficiencia energética de la instalación de alumbrado en aulas y laboratorios?: 3,5. 4,0. 4,5. 5,0.

Según la sección HE 3 de Condiciones de las Instalaciones de Iluminación, del Documento Básico de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación, el VEEI límite de las salas de diagnóstico es: 3,0. 3,5. 4,0. 5,0.

Según el CTE-DB-HE-3, el Valor de Eficiencia Energética Límite (VEEI) de una Instalación de iluminación en las habitaciones de un hospital será;. 8,0. 5,0. 4,0. 3,0.

Según el CTE-DB-HE-3, el Valor de Eficiencia Energética Límite (VEEI) de una Instalación de iluminación en Zonas comunes será;. 8,0. 5,0. 4,0. 3,0.

Según el CTE-DB-HE-3, el Valor de Eficiencia Energética Límite (VEEI) de una Instalación de iluminación en Almacenes, archivos, salas técnicas y cocinas. 8,0. 5,0. 4,0. 3,0.

Según el CTE-DB-HE-3, el Valor de Eficiencia Energética Límite (VEEI) de una Instalación de iluminación en Aparcamientos será;. 8,0. 5,0. 4,0. 3,0.

Según el CTE-DB-HE-3, el Valor de Eficiencia Energética Límite (VEEI) de una Instalación de iluminación en Espacios deportivos será;. 8,0. 5,0. 4,0. 3,0.

Documento Básico HE Ahorro de energía HE 3. Condiciones de las instalaciones de iluminación, en la tabla 3.1 –HE3 Valor límite de eficiencia energética de la instalación (VEEIlim), determina para Supermercados, hipermercados y grandes almacenes el valor de: 5,0. 4,0. 3,5. 3,0.

Documento Básico HE Ahorro de energía HE 3. Condiciones de las instalaciones de iluminación, en la tabla 3.1 –HE3 Valor límite de eficiencia energética de la instalación (VEEIlim), determina para Bibliotecas, museos y galerías de arte el valor de: 5,0. 4.,0. 3,5. 3,0.

Según el CTE-DB-HE-3, el Valor de Eficiencia Energética Límite (VEEI) de una Instalación de iluminación en Zonas comunes en edificios no residenciales será;. 8,0. 6,0. 4,0. 3,0.

Según el CTE-DB-HE-3, el Valor de Eficiencia Energética Límite (VEEI) de una Instalación de iluminación en Salones de actos, auditorios y salas de usos múltiples y convenciones, salas de ocio o espectáculo, salas de reuniones y salas de conferencias será;. 8,0. 6,0. 4,0. 3,0.

Según el CTE-DB-HE-3, el Valor de Eficiencia Energética Límite (VEEI) de una Instalación de iluminación en Locales con nivel de iluminación superior a 600 lux será;. 8,0. 6,0. 4,0. 2,5.

Según el DB-HE 3, Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, la eficiencia energética de una instalación de iluminación de una zona, se determinará mediante el valor de eficiencia energética de la instalación VEEI este valor: Se determina mediante una fórmula matemática basada en la potencia instalada cada 100 lux. Se mide en lux. Se determina por cada 100 lux y se mide en W/m². Se estima mediante una expresión matemática que, tras finalizar la ejecución de la instalación, se comprueba «in situ» mediante una medición (W/m²).

Teniendo en cuenta que el VEEI (Valor de Eficiencia energética de la instalación) en locales de use administrativo en general es 3,0, ¿Que potencia máxima (incluyendo los equipos auxiliares) puede tener la iluminación de un local de 100 m2, con un nivel de iluminación de 500 lx?. 2.500 W. 2.000 W. 1.500 W. 1.000 W.

El CTE en su DB HE3: Exige el cumplimiento de un VEEI general para un edificio. Limita la potencia máxima instalada en equipos de iluminación en función de la superficie y el uso del edificio. Ambas son correctas. Ambas son incorrectas.

Según el DB-HE 3, Condiciones de las instalaciones de iluminación; La potencia total de lámparas y equipos auxiliares por superficie iluminada (PTOT / STOT) en aparcamientos no superará el valor máximo: 5 W/m². 10 W/m². 15 W/m². 25 W/m².

Según el DB-HE 3, Condiciones de las instalaciones de iluminación; La potencia total de lámparas y equipos auxiliares por superficie iluminada (PTOT / STOT) en edificios con Iluminancia media en el plano horizontal de hasta 600 (lux) no superará el valor máximo: 5 W/m². 10 W/m². 15 W/m². 25 W/m².

Según la sección HE 3 de Condiciones de las Instalaciones de Iluminación, del Documento Básico de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación, en un edificio de “Otros usos” con iluminancia media en el plano horizontal igual o inferior a 600 lux, la potencia total de lámparas y equipos auxiliares por superficie iluminada no superará el siguiente valor máximo: 5 W/m2 . 7,5 W/m2 . 10 W/m2 . 12,5 W/m2.

Según el DB-HE 3, Condiciones de las instalaciones de iluminación; La potencia total de lámparas y equipos auxiliares por superficie iluminada (PTOT / STOT) en edificios con Iluminancia media en el plano horizontal superior a 600 (lux) no superará el valor máximo: 5 W/m². 10 W/m². 15 W/m². 25 W/m².

Según el Código Técnico de la Edificación, la potencia instalada de iluminación, con una Iluminancia media en el plano horizontal (lux) ≤ 600, en un hospital: No debe ser inferior a 12 W/m2, ni superior a 16 W/m2. No debe ser superior a 10 W/m2. Debe ser la necesaria para que su VIEE límite sea 4,0. Puede ser hasta 25 W/m2.

Según el Código Técnico de la Edificación, la potencia instalada de iluminación, con una Iluminancia media en el plano horizontal (lux) > 600, en un hospital: No debe ser inferior a 12 W/m2, ni superior a 16 W/m2. No debe ser superior a 10 W/m2. Debe ser la necesaria para que su VIEE límite sea 4,0. Puede ser hasta 25 W/m2.

Según el DB-HE3, ¿Qué sistemas de control y regulación se deben instalar en función de cada zona?. Sistema de encendido y apagado manual externo al cuadro eléctrico o por horario centralizado en un único cuadro eléctrico. Interruptores manuales o reguladores de flujo luminoso. Detectores de presencia o reguladores de flujo luminoso. Sistema de encendido y apagado manual externo al cuadro eléctrico y por horario centralizado en cada cuadro eléctrico.

SEÑALA LA AFIRMACIÓN INCORRECTA. Según el documento básico DB-HE, ahorro de energía, sección HE 3 condiciones de las instalaciones de iluminación, apartado 4 justificación de la exigencia, para justificar que un edificio cumple las exigencias de este DB, los documentos de proyecto incluirán la siguiente información sobre el edificio o parte del edificio evaluada: Los valores, para las instalaciones de iluminación, de la potencia total instalada en los conjuntos de lámpara más equipo auxiliar (Ptot), la superficie total iluminada (Stot), y la potencia total instalada por unidad de superficie iluminada (Ptot/Stot), así como los valores límite que sean de aplicación. Los valores, para cada zona iluminada, el factor de mantenimiento (Fm) previsto, la iluminancia media horizontal mantenida (Em) obtenida, el índice de deslumbramiento unificado (UGR) alcanzado, los índices de rendimiento de color (Ra) de las lámparas seleccionadas, el valor de eficiencia energética de la instalación (VEEI) resultante en el cálculo, las potencias de los conjuntos de lámpara y equipo auxiliar (P), la eficiencia de las lámparas utilizadas (en términos de lum/W), así como los valores límite que sean de aplicación a cada uno de ellos. El área total de las fachadas de la zona, con ventanas al exterior o al patio interior o al atrio (m²), cuando se trate de zonas con cerramientos acristalados al exterior, o bien el área total de las superficies interiores del local (suelo + techo + paredes + ventanas) (m²), cuando se trate de zonas con cerramientos acristalados a patios o atrios. El sistema de control y regulación que corresponda a cada zona iluminada.

Según el RD 314/2006, DB-HE 3, se define como valor de eficiencia energética de la instalación como: El valor que mide la eficiencia energética de una instalación de iluminación de una zona de actividad, cuya unidad de medida es (W/m2) por cada 10 lux. El valor que mide la eficiencia energética de una instalación de iluminación de una zona de actividad diferenciada, cuya unidad de medida es (W/m2) por cada 100 lux. El valor que mide la eficiencia energética de una instalación de iluminación de una zona de actividad diferenciada, cuya unidad de medida es (W/m2) por cada 10 lux. El valor que mide la eficiencia energética de una instalación de iluminación de una zona de actividad, cuya unidad de medida es (W/m2) por cada 100 lux.

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