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CTE DB-SI-03 Test 01

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Título del Test:
CTE DB-SI-03 Test 01

Descripción:
Código Técnico de la edificación DB-SI Evacuación de ocupantes

Fecha de Creación: 2020/11/16

Categoría: Otros

Número Preguntas: 61

Valoración:(24)
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Temario:

Según RD 314/2006, DB-SI, los establecimientos de uso Comercial o Pública Concurrencia de cualquier superficie y los de uso Docente, Hospitalario, Residencial o Administrativo cuya superficie construida sea mayor que 1.500m2, si están integrados en un edificio cuyo uso previsto principal sea distinto del suyo: Sus salidas y recorridos hasta el espacio exterior seguro estarán situados en elementos independientes de las zonas comunes del edificio y compartimentados respecto de éste de igual forma que deba estarlo el establecimiento en cuestión. Sus salidas de uso habitual y los recorridos hasta el espacio exterior seguro estarán situados en las zonas comunes del edificio y compartimentados respecto de éste de igual forma que deba estarlo el establecimiento en cuestión. Sus salidas de uso habitual y los recorridos hasta el espacio exterior seguro estarán situados en elementos independientes de las zonas comunes del edificio y compartimentados respecto de éste de igual forma que deba estarlo el establecimiento en cuestión. Sus salidas de uso habitual y los recorridos hasta el espacio exterior seguro estarán situados en elementos independientes de las zonas comunes del edificio.

Según el Código Técnico de la Edificación CTE DB SI, en los establecimientos de uso comercial contenidos en edificios de uso residencial, las salidas de uso habitual y los recorridos de éstas hasta el espacio exterior seguro serán: independientes de los del resto del edificio, en cualquier caso. podrán utilizar las del resto del edificio cuando el local se ubique en planta baja. podrán utilizar las del resto del edificio siempre que su superficie sea inferior a 250 m2. podrán utilizar las del resto del edificio cuando el local se ubique en planta sotano.

Según el RD 314/2006, DB-SI, los establecimientos de uso Comercial o Pública Concurrencia de cualquier superficie y los de uso Docente, Hospitalario, Residencial Público o Administrativo cuya superficie construida sea mayor que 1.500 m2, si están integrados en un edificio cuyo uso previsto principal sea distinto del suyo: Sus salidas de emergencia no podrán comunicar con un elemento común de evacuación del edificio a través de un vestíbulo de independencia, siempre que dicho elemento de evacuación esté dimensionado teniendo en cuenta dicha circunstancia. Sus salidas de emergencia podrán comunicar con un elemento común de evacuación del edificio a través de un vestíbulo de independencia. Sus salidas de emergencia podrán comunicar con un elemento de evacuación del edificio a través de un vestíbulo de independencia, siempre que dicho elemento de evacuación esté dimensionado teniendo en cuenta dicha circunstancia. Sus salidas de emergencia podrán comunicar con un elemento común de evacuación del edificio a través de un vestíbulo de independencia, siempre que dicho elemento de evacuación esté dimensionado teniendo en cuenta dicha circunstancia.

Según el RD 314/2006, DB-SI, los establecimientos de uso Pública Concurrencia cuya superficie construida total no exceda de 500 m² y estén integrados en centros comerciales podrán tener: Salidas de uso habitual o salidas de emergencia a las zonas comunes de circulación del centro. No podrán tener salidas de uso habitual o salidas de emergencia a las zonas comunes de circulación del centro. Las salidas de emergencia serán independientes de las zonas comunes de circulación del centro. Ninguna es correcta.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, la densidad de ocupación para uso Administrativo en plantas o zonas de oficinas, es de: 10 m²/persona. 5 m²/persona. 1,5 m²/persona. 2 m²/persona.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, la densidad de ocupación para uso Administrativo en vestíbulos generales y zonas de uso público, es de: 10 m²/persona. 5 m²/persona. 1,5 m²/persona. 2 m²/persona.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, la densidad de ocupación para uso docente en aulas (excepto de escuelas infantiles) es de: 10 m²/persona. 5 m²/persona. 1,5 m²/persona. 2 m²/persona.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, la densidad de ocupación para uso docente en locales diferentes de aulas, como laboratorios, es de: 10 m²/persona. 5 m²/persona. 1,5 m²/persona. 2 m²/persona.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, la densidad de ocupación para uso docente en el conjunto de la planta o del edificio, es de: 10 m²/persona. 5 m²/persona. 1,5 m²/persona. 2 m²/persona.

En un edificio de uso hospitalario los Servicios ambulatorios y de diagnósticos ocupan una superficie útil de 600 m2 ¿Que ocupación sería la previsible?: 600 personas. 1.200 personas. 60 personas. 90 personas.

En un centro hospitalario y según el CTE, que valor debe tomarse en m2/persona, para calcular la densidad de ocupación en zonas de hospitalización. 10 m2 /persona. 15 m2/persona. 20 m2 /persona. 25 m2 /persona.

De acuerdo con el documento Básico DB-SI del Código Técnico de la Edificación, aprobado por RD 314/2006, a efectos de determinar la ocupación, ¿Cuál es la densidad de ocupación que se aplica en las salas de espera de un edificio con uso hospitalario?. 1 m2/persona. 2 m2/persona. 3 m2/persona. 5 m2/persona.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, la densidad de ocupación para uso de almacén es de: 10 m²/persona. 5 m²/persona. 40 m²/persona. 20 m²/persona.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, para el caso de un edificio de viviendas, ¿Cuál de los siguientes condicionante se deben considerar para poder plantear una única salida?. La ocupación del conjunto de edificio es inferior a 100 personas. La ocupación del conjunto de edificio es inferior a 500 personas. La ocupación del conjunto de edificio es superior a 50 personas y deben salvar más de 2 m en sentido ascendente. La longitud de los recorridos de evacuación hasta una salida de planta no debe exceder de 20 m.

Según el Código Técnico de la Edificación CTE DB SI, la longitud máxima a recorrer en una evacuación hasta una salida de planta, cuando se disponga de una sola salida será: 50 metros. 40 metros. 25 metros. 20 metros.

Según el RD 314/2006, DB-SI, las plantas o recintos que disponen de una única salida de planta o salida de recinto respectivamente serán aquellos donde: La longitud de los recorridos de evacuación hasta una salida de planta no excede de 35 m. La longitud de los recorridos de evacuación hasta una salida de planta no excede de 25 m. La longitud de los recorridos de evacuación hasta una salida de planta no excede de 50 m. La longitud de los recorridos de evacuación hasta una salida de planta no excede de 20 m.

-Según el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, DB SI 3, apartado 3 “Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación”, en plantas o recintos que disponen de una única salida de planta o salida de recinto respectivamente, con carácter general, la longitud de los recorridos de evacuación hasta una salida de planta no excederá de: 40 metros. 25 metros. 15 metros. 35 metros.

Según el RD 314/2006, DB-SI, la longitud de los recorridos de evacuación en plantas o recintos que disponen de una única salida de planta o salida de recinto respectivamente no exceden de: 25 m. 25 m ó 35 m si su uso es de Aparcamiento. 50 m. 35 m.

Según el RD 314/2006, DB-SI, las plantas o recintos que disponen de una única salida de planta o salida de recinto respectivamente serán: Aquellas cuya ocupación no excede de 100 personas. Aquellas cuya ocupación no excede de 50 personas. Aquellas cuya ocupación no excede de 25 personas. Ninguna.

Según el CTE DB-SI, ¿Cuándo no es necesaria más de una salida de planta?: La ocupación de la planta excede de 100 personas. La ocupación de la planta excede de 50 personas en enseñanza infantil, primaria o secundaria. La longitud del recorrido de evacuación total no excede de 35 metros en uso aparcamiento. La longitud del recorrido de evacuación total no excede de 50 metros en uso aparcamiento.

Según el Código Técnico de la Edificación CTE DB SI, Sección SI 3 Evacuación de ocupantes, en las plantas de garaje o aparcamiento con una única salida, ningún recorrido de evacuación hasta dicha salida podrá exceder de: 35 metros. 15 metros. 50 metros. 100 metros.

Según CTE DB-SI, ¿Cuándo no es necesaria más de una salida de planta?: a) La ocupación de la planta excede más de 100 personas. b) La ocupación de la planta excede de 50 personas en cuidados intensivos. c) La longitud del recorrido de evacuación total no excede de 35 metros en uso aparcamiento. d) En la opción a) y c).

Según el apartado 3 de la sección SI 3 del CTE, en plantas o recintos que disponen de una única salida de planta o salida de recinto respectivamente, no se permite una ocupación en escuelas infantiles o de enserranza primaria o secundaria de más de: 50 alumnos. 100 alumnos. 80 alumnos. 90 alumnos.

El Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio del Código Técnico de la Edificación, en su Sección SI 3 Evacuación de ocupantes, establece el número mínimo de salidas y longitud de los recorridos de evacuación. Una de las condiciones en el caso de plantas o recintos que disponen de una única salida de planta o salida de recinto respectivamente es: La ocupación no excede de 50 alumnos en escuelas infantiles, o de enseñanza primaria o secundaria. La ocupación no excede de 100 personas en el conjunto del edificio, en el caso de salida de un edificio de viviendas. La longitud de los recorridos de evacuación hasta una salida de planta no excede de 75 metros en uso Aparcamiento. La longitud de los recorridos de evacuación hasta una salida de planta no excede de 25 metros en uso Hospitalario.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, considerando las condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en edificios, el recorrido máximo en el local de riesgo especial hasta alguna salida del mismo deberá ser. 50 m. 35 m. 25 m. No hay ninguna exigencia a este respecto.

Según el CTE DB SI, ¿Cuándo no es necesaria más de una salida de planta?: a) La ocupación de la planta excede más de 100 personas. b) La ocupación de la planta excede de 50 personas en cuidados intensivos. c) La longitud del recorrido de evacuación total no excede de 35 metros en uso aparcamiento. d) En la opción a) y c).

Según el RD 314/2006, DB-SI, las plantas o recintos que disponen de más de una salida de planta o salida de recinto respectivamente serán aquellos donde: La longitud de los recorridos de evacuación hasta alguna salida de planta no excede de 100 mts. La longitud de los recorridos de evacuación hasta alguna salida de planta no excede de 75 mts. La longitud de los recorridos de evacuación hasta alguna salida de planta no excede de 50 mts. La longitud de los recorridos de evacuación hasta alguna salida de planta no excede de 35 mts.

Según el RD 314/2006, DB-SI, las plantas o recintos que disponen de más de una salida de planta o salida de recinto respectivamente, en el caso de en plantas de hospitalización o de tratamiento intensivo en uso hospitalario, la longitud de los recorridos de evacuación desde su origen hasta llegar a algún punto desde el cual existan al menos dos recorridos alternativos no excede de: 15 mts. 5 mts. 25 mts. 10 mts.

Según el Documento Básico DB SI 3. Tabla 3.1. Número de salidas y recorridos de evacuación del código técnico de la edificación (CTE), los recorridos de evacuación se podrán aumentar, cuando se trate de sectores de incendios protegidos con instalación automática de extinción en un: 30%. 25%. 20%. 10%.

Según el RD 314/2006, DB-SI, ¿Cuándo será admisible un aumento en la longitud del recorrido de evacuación del 25%?. Cuando exista una extinción automática de incendios. Cuando sea aplicable según recorridos de evacuación. Cuando así se pueda aplicar según proyecto. Nunca.

Según el CTE DB SI ¿Cuándo no es necesario que una escalera especialmente protegida disponga de un vestíbulo de independencia en cada uno de sus accesos en cada planta?: Cuando se trata de una escalera abierta al exterior. En la planta de salida del edificio. Cuando la escalera comunica con un sector de riesgo mínimo. Las tres son ciertas.

Según el CTE DB SI seguridad en caso de incendio, el ancho de una puerta será: Mayor o igual que el número de personas cuyo paso está previsto dividido entre 160. Mayor o igual a 0,80 m. en puertas de habitación en uso hospitalario. Mayor o igual que el número de personas cuyo paso está previsto dividido entre 200. Mayor o igual a 1,05 m.

Según el RD 314/2006, DB-SI, la anchura de toda puerta de hoja no deber ser: Menor de 0,65, ni exceder de 1,23. Menor de 0,60, ni exceder de 1,25. Menor de 0,65, ni exceder de 1,25. Menor de 0,60, ni exceder de 1,23.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, la dimensión mínima de una puerta o paso situado en un recorrido de evacuación es: 80 cm. El resultado de la fórmula P/200, siendo P= Número total de personas cuyo paso está previsto por el punto cuya anchura se dimensiona. 90 cm. 100 cm.

¿Cuál es la anchura mínima/máxima de toda hoja de puerta según la tabla 4.1 "Dimensionado de los elementos de evacuación del CTE DB-SI?. 0,80 / 1,25. 0,80 / 1,50. 0,45 / 0,80. 0,60 / 1,23.

De acuerdo con el documento Básico DB-SI del Código Técnico de la Edificación; aprobado por RD 314/2006, a efectos de dimensionar los elementos de la evacuación, la anchura de toda hoja de puerta no debe ser menor que 0,60 m, ni exceder de: 1,23 m. 1,25 m. 1,10 m. 1,15 m.

Según el Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio, pasos entre filas de asientos fijos en salas para público tales como cines, teatros, auditorios, cada 25 filas, como máximo, se dispondrá un paso entre filas cuya anchura sea como mínimo: 0,80 m. 1 m. 1,20 m. 1,50 m.

Según el CTE DB-SI, las escaleras previstas para la evacuación descendente de un edificio cuyo uso previsto es Residencial Vivienda, serán protegidas si la altura de evacuación de la escalera (h) es: h = 10 m. h = 12 m. h = 14 m. h = 16 m.

Según el Código Técnico de la Edificación CTE DB SI, las escaleras de evacuación de edificios de más de 28 m de altura de evacuación deben ser: No protegidas. Especialmente protegidas. Muy protegidas. Debidamente protegidas.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, en uso administrativo o docente, para evacuación descendente, una escalera de evacuación será protegida cuando la altura de evacuación de la misma sea: Mayor o igual que 10 m. Superior a la segunda planta del edificio. Mayor o igual que 14 m. Mayor o igual que 28 m.

El documento Básico SI Seguridad en caso de incendio, en su sección SI 3 Evacuación de ocupantes, en su apartado 5 Protección de las escaleras, indica que en zonas de hospitalización las escaleras para evacuación descendente, serán protegidas si la altura de evacuación de la escalera es menor o igual a: 10 metros. 14 metros. 20 metros. 28 metros.

Según el RD 314/2006, DB-SI, la altura de una escalera no protegida en zonas de hospitalización o tratamiento intensivo será: ≤ 14 m. ≤ 10 m. ≤ 28 m. No se admite.

El Documento Básico “SI seguridad en caso de incendio” del CTE establece con carácter general, en relación con las condiciones de protección que deben cumplir las escaleras, que las previstas para evacuación de aparcamientos: Deberán ser especialmente protegidas. Deberán ser protegidas. Solo se admite que no sean protegidas cuando la evacuación sea descendente. Solo se admite que no sean protegidas cuando la evacuación sea ascendente.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, en uso aparcamiento, para evacuación descendente, una escalera de evacuación será protegida cuando la altura de evacuación de la misma sea: Mayor o igual que 10 m. Se admite en todo caso. Mayor o igual que 14 m. No se admite.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, en uso administrativo o docente, para evacuación ascendente, una escalera de evacuación será especialmente protegida cuando la altura de evacuación de la misma sea: Mayor o igual que 10 m. Mayor o igual que 14 m. No se admite. Se admite en todo caso.

Según se establece en el Código Técnico, Documento Básico SI-Seguridad en caso de incendio, en el caso que se cuente con una escalera para evacuación descendente y otra escalera para evacuación ascendente y comuniquen sectores con usos diferentes, se deberá cumplir: La escalera descendente pero no la ascendente cumplirán en todas sus plantas respectivas las condiciones más restrictivas de las correspondientes a los usos de los sectores de incendio con los que comuniquen en dichas plantas. La escalera ascendente pero no la descendente cumplirán en todas sus plantas respectivas las condiciones más restrictivas de las correspondientes a los usos de los sectores de incendio con los que comuniquen en dichas plantas. En el caso que un edificio contenga escaleras de evacuación ascendente y descendente, no pueden comunicarse por medio de ellas sectores con uso diferente. Tanto la escalera descendente como la ascendente cumplirán en todas sus plantas respectivas las condiciones más restrictivas de las correspondientes a los usos de los sectores de incendio con los que comuniquen en dichas plantas.

En edificios cerrados los ascensores dispondrán en cada acceso, o bien de puertas e 30 o bien de un vestíbulo de independencia con una puerta EI2 30-c5. ¿En qué usos se debe disponer siempre el citado vestíbulo?. En uso Administrativo. En uso Hospitalario. En uso Hostelero. En uso Aparcamiento.

Según el Código Técnico de la Edificación CTE DB SI, en cuanto a las puertas situadas en recorridos de evacuación contra incendios, abrirá en el sentido de la evacuación toda puerta de salida: Prevista para el paso de más de 150 personas en edificios de uso residencial vivienda o de 50 personas en los demás casos, o bien prevista para más de 25 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. Prevista para el paso de más de 175 personas en edificios de uso residencial vivienda o de 75 personas en los demás casos, o bien prevista para más de 40 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. Prevista para el paso de más de 100 personas en edificios de uso residencial vivienda o de 50 personas en los demás casos, o bien prevista para más de 25 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. Prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso residencial vivienda o de 100 personas en los demás casos, o bien prevista para más de 50 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada.

Según el RD 314/2006, DB-SI, las puertas de salida situadas en recorridos de evacuación, abrirán en el sentido de la evacuación cuando: a) Esté prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o de 100 personas en los demás casos. b) Esté prevista para más de 50 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. c) En cualquier ocasión. d) Las respuestas a) y b) son correctas.

Según establece el Código Técnico en su Documento Básico SI-Seguridad en caso de incendio, en cuál de los siguientes casos una puerta de salida en el recorrido de evacuación deberá abrir en el sentido de la evacuación: La prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o de 50 personas en los demás casos, o bien para más de 50 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. La prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o de 100 personas en los demás casos, o bien para más de 25 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. La prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o de 100 personas en los demás casos, o bien para más de 50 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. La prevista para el paso de más de 100 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o de 100 personas en los demás casos, o bien para más de 50 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada.

CTE DB SI Seguridad en caso de incendio: La puerta de salida situada en el recorrido de evacuación en un edificio de uso Residencial Vivienda abrirá en el sentido de la evacuación en caso de: En todos los casos. En caso de estar prevista para el paso de más de 200 ocupantes. En caso de estar prevista para el paso de más de 400 ocupantes. En edificios residenciales no es preceptivo.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, en el caso de uso residencial vivienda, las puertas situadas en recorridos de evacuación deberán abrir en el sentido de la evacuación, cuando estén previstas para el paso de más de: 100 personas. 50 personas. 150 personas. 200 personas.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, una puerta de salida de planta deberá abrir en el sentido de la evacuación y disponer obligatoriamente de barra de empuje o deslizamiento: Cuando se trate de una ocupación superior a 50 personas provenientes de un mismo recinto y se trate de ocupantes no familiarizados con el mismo. Cuando se trate de una ocupación superior a 50 personas provenientes de un mismo recinto. Cuando se trate de una ocupación superior a 100 personas llegando secuencialmente y se trate de ocupantes familiarizados con el edificio. Siempre que la ocupación sea superior a 50 personas.

En cuanto a las puertas situadas en recorridos de evacuación contra incendios, abrirá en el sentido de la evacuación toda puerta de salida: Prevista para el paso de más de 150 personas en edificios de uso residencial vivienda o de 50 personas en los demás casos, o bien prevista para más de 25 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. Prevista para el paso de más de 175 personas en edificios de uso residencial vivienda o de 75 personas en los demás casos, o bien prevista para más de 40 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. Prevista para el paso de más de 100 personas en edificios de uso residencial vivienda o de 50 personas en los demás casos, o bien prevista para más de 25 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. Prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso residencial vivienda o de 100 personas en los demás casos, o bien prevista para más de 50 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada.

Según el Código Técnico de Edificación Documento Básico SI, deben disponerse señales indicativas de dirección de recorridos, visibles desde todo origen de evacuación desde el que no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas y, en particular: Frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor de 50 personas que acceda lateralmente a un pasillo. Frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor de 75 personas que acceda lateralmente a un pasillo. Frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor de 100 personas que acceda lateralmente a un pasillo. Frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor de 125 personas que acceda lateralmente a un pasillo.

¿Qué se deberá señalizar en los recorridos de evacuación de los centros de trabajo?. Exclusivamente las salidas de emergencia. De forma alternativa, las puertas que haya en los recorridos de evacuación, hasta la salida de emergencia. El número de puertas presentes en los recorridos de evacuación que sea suficiente para llegar a la salida de emergencia. Todas las puertas que existan en los recorridos de evacuación desde el punto de evacuación hasta la salida de emergencia.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, se debe instalar un sistema de control del humo de incendio capaz de garantizar dicho control durante la evacuación de los ocupantes, de forma que ésta se pueda llevar a cabo en condiciones de seguridad: En zonas de uso aparcamiento que tengan la consideración de aparcamiento abierto. En zonas de uso aparcamiento que no tengan la consideración de aparcamiento abierto. En todo tipo de zonas de uso aparcamiento. En ningún tipo de zonas de uso aparcamiento.

Según el Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio, se debe instalar un sistema de control del humo de incendio capaz de garantizar dicho control durante la evacuación de los ocupantes, de forma que ésta se pueda llevar a cabo en condiciones de seguridad en establecimientos de uso Comercial o Pública Concurrencia cuya ocupación exceda: 300 personas. 500 personas. 800 personas. 1.000 personas.

Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 3, en el punto 9, evacuación de personas con discapacidad en caso de incendio, se indica que se deberá disponer de posibilidad de paso a un sector de incendio alternativo mediante una salida de planta accesible, o bien de una zona de refugio, en el siguiente caso: Toda planta que no sea zona de ocupación nula. Edificios con altura de evacuación superior a 28 m. y uso comercial. Edificios con altura de evacuación superior a 28 m. y uso pública concurrencia. Edificios con altura de evacuación superior a 10 m. y uso pública concurrencia.

En edificios de vivienda se deben de disponer zonas de refugio aptas para personas de movilidad reducida con el número de plazas de: Una plaza por planta de 1,20 x 0,80 m por cada 100 ocupantes o fracción. Una plaza por planta de 0,80 x 0,60 m por cada 33 ocupantes o fracción. Una plaza por planta por cada 33 ocupantes o fracción, conforme a SI3-2.a partir de una altura de evacuación de 14 m. Una plaza por planta por cada 33 ocupantes o fracción, conforme a SI3-2.a partir de una altura de evacuación de 28 m.

Según el Código Técnico de la Edificación CTE DB SI, se considera origen de evacuación cualquier punto ocupable de un edificio con la siguiente excepción, entre otras, donde se considera en la puerta de salida: Las viviendas. Las oficinas de superficie inferior a 100 m. Las zonas de ocupación inferior a 10 personas. Las zonas de ocupación superior a 10 personas.

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