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Tema 5

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Título del Test:
Tema 5

Descripción:
CLM tema5

Fecha de Creación: 2025/02/22

Categoría: Personal

Número Preguntas: 39

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Según d.85 cuál será el marco de referencia de la intervención educativa, teniendo como punto de partida el P.E. y resto de documentos que vertebran la vida del centro respetando el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales. El Centro educativo. La P.G.A. El Consejo escolar. El Plan de trabajo.

Los planes, programas, actuaciones, estrategias, procedimientos y recursos dirigidos a favorecer el aprendizaje, el desarrollo, la participación y la valoración de todo el alumnado en el contexto del aula, del centro y de la comunidad educativa. Medidas de integración. Medidas de inclusion educativa. Medidas de integración e inclusión educativa. Medidas de inclusion y participación.

La Ley 7/2010 de 20 de julio de Educación en CLM, en sus artículos 120 y 121. Recoge la inclusión como un valor, asumiendo estos principios y contempla la respuesta a la diversidad como un conjunto de actuaciones educativas dirigidas a no favorecer el progreso educativo. Recoge la diversidad como un valor, asumiendo estos principios y contempla la respuesta a la diversidad como un conjunto de actuaciones educativas dirigidas a favorecer el progreso educativo. Recoge la diversidad como un valor, asumiendo estos principios y contempla la respuesta a la inclusión como un conjunto de actuaciones educativas dirigidas a favorecer el progreso educativo.

La Constitución Española de 1978 reconoce en su artículo. La igualdad ante la Ley. Los españoles son iguales ante la ley. El derecho a la educación. Corresponde a los Poderes Públicos proponer las condiciones para la libertad y la igualdad del individuo de los grupos en los que se integra sean reales y efectivas.

La Constitución Española de 1978 reconoce en su artículo. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades. Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y de la inclusión social de las personas.

Los procesos de valoración e identificación de las potencialidades del alumnado así como de las barreras de aprendizaje, la participación y la inclusión se realizaran de forma. forma interactiva, participativa, global y no contextualizada. forma reactiva, participativa, individual y contextualizada. forma interactiva, individual, global y contextualizada. forma interactiva, participativa, global y contextualizada.

El Decreto 85 tiene como objeto establecer la ordenación y organización de la inclusión educativa en todos los centros educativos que imparten las enseñanzas de. Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Idiomas, Enseñanzas Artísticas, Enseñanzas Deportivas y Educación de Personas Adultas de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para garantizar la mejora de la educación y la sociedad y favorecer la identificación y supresión de las barreras para el aprendizaje y la participación de todo el alumnado. Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Idiomas, Enseñanzas Artísticas, Enseñanzas Deportivas y Educación de Personas Adultas, Educacion Universitaria de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para garantizar la mejora de la educación y la sociedad y favorecer la identificación y supresión de las barreras para el aprendizaje y la participación de todo el alumnado. Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Idiomas, Enseñanzas Artísticas, Enseñanzas Deportivas y Educación de Personas Adultas de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para garantizar la mejora de la educación y la sociedad y no favorecer la identificación y supresión de las barreras para el aprendizaje y la participación de todo el alumnado.

Se entiende por inclusion educativa el: conjunto de actuaciones educativas dirigidas a identificar y superar las barreras para el aprendizaje y la participación de todo el alumnado y favorecer el progreso educativo de todos y todas, teniendo en cuenta las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones personales, sociales y económicas, culturales y lingüísticas; sin equiparar diferencia con inferioridad, de manera que todo el alumnado pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus potencialidades y capacidades personales. conjunto de actuaciones y medidas educativas dirigidas a identificar y superar las barreras para el aprendizaje y la participación de todo el alumnado y favorecer el progreso vital de todos y todas, teniendo en cuenta las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones personales, sociales y económicas, culturales y lingüísticas; sin equiparar diferencia con inferioridad, de manera que todo el alumnado pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus potencialidades y capacidades personales. conjunto de actuaciones y medidas educativas dirigidas a identificar y superar las barreras para el aprendizaje y la participación de todo el alumnado y favorecer el progreso educativo de todos y todas, teniendo en cuenta las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones personales, sociales y económicas, culturales y lingüísticas; sin equiparar diferencia con inferioridad, de manera que todo el alumnado pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus potencialidades y capacidades personales.

La inclusión educativa abarca a la totalidad del alumnado y se sustentará en los principios de, cual es falsa: Disponibilidad y sostenibilidad, en la provisión, desarrollo y disposición de los recursos y medios para llevar a cabo buenas prácticas escolares. Coeducación y respeto a la diversidad sexual y emotiva, a la identidad de sexo y a la diversidad de modelos de familia. Accesibilidad y diseño universal de actuaciones educativas para todas las personas. Normalización, participación, inclusión, compensación educativa e igualdad entre mujeres y hombres.

D.85 La inclusión educativa abarca a la totalidad del alumnado y se sustentará en los principios de: Equidad e igualdad de oportunidades que permita el desarrollo de las potencialidades, capacidades y competencias de todo el alumnado. El enfoque comunitario y preventivo de la intervención educativa. Transversalidad entre administraciones que garantice la convergencia, colaboración y coordinación de líneas y actuaciones. Fundamentación teórica, actualización científica, tecnológica y rigor en la aplicación de los programas y actuaciones a desarrollar. Responsabilidad compartida de todos los agentes y sectores de la comunidad educativa, propiciando y alentando el compromiso de las familias para lograr una atención adecuada y eficiente a todo el alumnado. Flexibilidad organizativa, con el objetivo de favorecer la autonomía personal, la autoestima, la generación de expectativas positivas en el alumnado, el trabajo cooperativo y la evaluación del propio aprendizaje.

Las medidas promovidas por la administración educativa, las medidas de inclusión educativa a nivel de centro y a nivel de aula, las medidas individualizadas y las medidas extraordinarias de inclusión educativa constituyen: Medidas continuas de inclusión educativa. El continuo de medidas excepcionales de respuesta a la diversidad. El continuo de medidas de respuesta a la diversidad. Medidas extraordinarias de inclusion educativa.

D.85 Las decisiones adoptadas se revisarán periódicamente en continua colaboración---------------, adecuando la respuesta educativa a las nuevas valoraciones, que estarán siempre dirigidas a que el alumnado desarrolle la actividad educativa en el régimen de mayor inclusión posible y potenciando, siempre que exista la posibilidad, las medidas de retorno. entre las familias y los profesionales del centro educativo. entre las familias y el E.D. del centro educativo. entre las familias y el Claustro del centro educativo. entre las familias y el orientador del centro educativo.

Las medidas de inclusión serán desarrolladas por el ______ y los profesionales educativos que correspondan, con el asesoramiento y colaboración de los equipos de orientación y apoyo y departamentos de orientación y la coordinación del equipo directivo. el equipo docente y el ATE. el tutor. el equipo docente. el tutor y el ATE.

D.85 MEDIDAS DE. Los programas y las actividades para la prevención, seguimiento y control del absentismo, fracaso y abandono escolar. El desarrollo de los diferentes planes, programas y medidas recogidos en el proyecto educativo para desarrollar los diferentes ámbitos de la orientación educativa o proyectos singulares que desarrolle el centro. Los planes de formación permanente para el profesorado en materia de inclusión educativa. El desarrollo de proyectos de innovación, formación e investigación promovidos en colaboración con la administración educativa. Las modificaciones llevadas a cabo para eliminar las barreras de acceso al currículo, a la movilidad, a la comunicación, cuantas otras pudieran detectarse. Los programas, planes o proyectos de innovación e investigación educativas para mejorar la calidad de la respuesta educativa. Los programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento.

D85. Medidas de inclusion educativa. El desarrollo de protocolos y programas preventivos, de estimulación e intervención en las diferentes etapas educativas que han de ponerse en marcha de forma prioritaria en las etapas de Educación Infantil, Primero y Segundo de Educación Primaria y Primero y Segundo de Educación Secundaria Obligatoria. El impulso en los centros educativos de proyectos de transformación para mejorar la participación de la comunidad educativa y la convivencia del centro. El desarrollo de la optatividad y la opcionalidad. La firma de acuerdos para el desarrollo de proyectos de mejora de la calidad de la enseñanza e inclusión educativa.

D.85 MEDIDAS UNE: las exenciones y fragmentaciones en etapas post-obligatorias. Las actuaciones de apoyo y asesoramiento al conjunto de la comunidad educativa realizadas por parte de las estructuras que forman la Red de Apoyo a la Orientación, Convivencia e Inclusión Educativa. Las adaptaciones de acceso que supongan modificación o provisión de recursos especiales, materiales o tecnológicos de comunicación, comprensión y/o movilidad. Las estrategias empleadas por el profesorado para favorecer el aprendizaje a través de la interacción, en las que se incluyen entre otros, los talleres de aprendizaje, métodos de aprendizaje cooperativo, el trabajo por tareas o proyectos, los grupos interactivos o la tutoría entre iguales, entre otras. El fomento de los procesos de coordinación, de comunicación y participación entre los profesionales de los distintos centros, zonas y etapas educativas en las que desarrollan sus funciones. La atención a las especificidades generadas por cuestiones geográficas, demográficas o de ámbito rural. Los programas de detección temprana de dificultades de aprendizaje diseñados por el equipo docente en colaboración con el Equipo de Orientación y Apoyo o el Departamento de Orientación.

Cuales de estas, son medidas individualizadas. Las estrategias organizativas de aula empleadas por el profesorado que favorecen el aprendizaje, como son el trabajo por rincones, la co-enseñanza, la organización de contenidos por centros de interés, los bancos de actividades graduadas, uso de agendas o apoyos visuales, entre otras. Las adaptaciones de carácter metodológico en la organización, temporalización y presentación de los contenidos, en la metodología didáctica, así como en los procedimientos, técnicas e instrumentos de evaluación ajustados a las características y necesidades del alumnado de forma que garanticen el principio de accesibilidad universal. La escolarización por debajo del curso que le corresponde por edad para alumnado que se incorpora de forma tardía al sistema educativo español y que así lo precise. las adaptaciones curriculares significativas. Los programas específicos de intervención desarrollados por parte de los distintos profesionales que trabajan con el alumnado en diferentes áreas o habilidades, con el objetivo de prevenir dificultades y favorecer el desarrollo de capacidades. La distribución del alumnado en grupos en base al principio de heterogeneidad.

D85. Cuales son medidas de AULA. El desarrollo de la optatividad y la opcionalidad. Las estrategias organizativas de aula empleadas por el profesorado que favorecen el aprendizaje, como son el trabajo por rincones, la co-enseñanza, la organización de contenidos por centros de interés, los bancos de actividades graduadas, uso de agendas o apoyos visuales, entre otras. El refuerzo de contenidos curriculares dentro del aula ordinaria, dirigido a favorecer la participación del alumnado en el grupo-clase. La intervención por parte del Equipo de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria y del Equipo de Atención Educativa de Centro de Reforma de Menores. La agrupación de materias en ámbitos, en los términos establecidos por la administración con competencias en materia de educación. Los grupos o programas de profundización y/o enriquecimiento que trabajen la creatividad y las destrezas de pensamiento para alumnado que lo precise. La tutoría individualizada, dirigida a favorecer la madurez personal y social del alumnado así como favorecer su adaptación y participación en el proceso educativo. La dotación de recursos personales, materiales, organizativos y acciones formativas que faciliten la accesibilidad universal del alumnado.

D.85 Cuales son medidas de la CONSEJERIA. Las actuaciones de apoyo y asesoramiento al conjunto de la comunidad educativa realizadas por parte de las estructuras que forman la Red de Apoyo a la Orientación, Convivencia e Inclusión Educativa. Promoción de campañas de sensibilización a la comunidad educativa en aspectos relacionados con el respeto a la diversidad y los derechos y deberes de todo el alumnado. Los programas para el fomento del conocimiento de la lengua y cultura del país de origen de alumnado extranjero en convenio con las administraciones competentes. Las adaptaciones y modificaciones llevadas a cabo en los centros educativos para garantizar el acceso al currículo, la participación, eliminando tanto las barreras de movilidad como de comunicación, comprensión y cuantas otras pudieran detectarse. La dotación de recursos personales, materiales, organizativos y acciones formativas que faciliten la accesibilidad universal del alumnado. La dinamización de los tiempos y espacios de recreo y de las actividades complementarias y extracurriculares para favorecer la participación e inclusión social de todo el alumnado. El desarrollo de programas, comisiones de seguimiento, protocolos de actuación y de coordinación dentro del acuerdo marco inter-institucional para garantizar una respuesta integral al alumnado.

D.85 Cuales son medidas de CENTRO. Las actuaciones de seguimiento individualizado y ajustes metodológicos llevados a cabo con el alumnado derivadas de sus características individuales. Las medidas que desde las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y desde la acción tutorial favorezcan la equidad y la inclusión educativa. Los programas de acogida para el alumnado que se incorpora al centro educativo atendiendo a las circunstancias por las que se produce esta incorporación y estableciendo actuaciones que favorezcan la escolarización en el grupo que mejor se ajuste a sus características. Las estrategias organizativas que el centro pone en marcha para favorecer los procesos de aprendizaje de un grupo de alumnos y alumnas del tipo: desdobles, agrupamientos flexibles, dos profesores en el aula o cuantas otras determine en el ámbito de su autonomía. La dinamización de los tiempos y espacios de recreo y de las actividades complementarias y extracurriculares para favorecer la participación e inclusión social de todo el alumnado. Las acciones educativas dirigidas al alumnado considerado como deportista de alto rendimiento o alumnado que curse simultáneamente estudios superiores de música o danza que favorezcan la temporalización de la actividad formativa ajustándose a las exigencias impuestas por la participación simultánea en distintas disciplinas. Las adaptaciones y modificaciones llevadas a cabo en el aula para garantizar el acceso al currículo y la participación, eliminando tanto las barreras de movilidad como de comunicación, comprensión y cuantas otras pudieran detectarse. Los programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento.

D.85 Cuales son medidas individualizadas. Las adaptaciones curriculares de profundización y ampliación o los programas de enriquecimiento curricular y/o extracurricular para el alumnado con altas capacidades. Las adaptaciones de acceso que supongan modificación o provisión de recursos especiales, materiales o tecnológicos de comunicación, comprensión y/o movilidad. La permanencia extraordinaria en una etapa, flexibilización curricular. Las actuaciones de seguimiento individualizado llevadas a cabo con el alumnado derivadas de sus características individuales y que en ocasiones puede requerir la coordinación de actuaciones con otras administraciones tales como sanidad, bienestar social o justicia. La dotación de recursos personales, materiales, organizativos y acciones formativas que faciliten la accesibilidad universal del alumnado. La escolarización por debajo del curso que le corresponde por edad para alumnado que se incorpora de forma tardía al sistema educativo español y que así lo precise. El desarrollo de la optatividad y la opcionalidad.

D.85 Constituyen el conjunto de estrategias y medidas de carácter inclusivo que favorecen el aprendizaje de todo el alumnado y contribuyen a su participación y valoración en la dinámica del grupo-clase. Medidas deberán estar reflejadas en la práctica docente y contemplada en las propuestas curriculares y programaciones didácticas. Medidas individualizadas. Medidas de aula. Medidas extraordinarias. Medidas de centro. Medidas de consejería.

D.85 Son medidas de inclusión educativa, aquellas actuaciones que permitan ofrecer una educación común de calidad a todo el alumnado y puedan garantizar la escolarización en igualdad de oportunidades, con la finalidad de dar respuesta a los diferentes ritmos, estilos de aprendizaje y motivaciones del conjunto del alumnado. Medidas individualizadas. Mediadas de aula. Medidas extraordinarias. Medidas de centro. Medidas de consejería.

D.85 aquellas actuaciones, estrategias, procedimientos y recursos puestos en marcha para el alumnado que lo precise, con objeto de facilitar los procesos de enseñanza-aprendizaje, estimular su autonomía, desarrollar su capacidad y potencial de aprendizaje, así como favorecer su participación en las actividades del centro y de su grupo. Medidas individualizadas. Medidas de aula. Medidas extraordinarias. Medidas centro. Medidas consejería.

D.85 en el marco del proyecto educativo del centro, tras considerar el análisis de sus necesidades, las barreras para el aprendizaje y los valores inclusivos de la propia comunidad educativa y teniendo en cuenta los propios recursos, permiten ofrecer una educación de calidad y contribuyen a garantizar el principio de equidad y dar respuesta a los diferentes ritmos, estilos de aprendizaje y motivaciones del conjunto del alumnado. Medidas individualizadas. Medidas de aula. Medidas extraordinarias. Medidas de centro. Medidas de consejería.

D.85 aquellas medidas que implican ajustes y cambios significativos en algunos de los aspectos curriculares y organizativos de las diferentes enseñanzas del sistema educativo. Estas medidas están dirigidas a que el alumnado pueda alcanzar el máximo desarrollo posible en función de sus características y potencialidades. Medidas individualizadas. Medidas de aula. Medidas extraordinarias. Medidas de centro. Medidas de consejería.

D.85 Permanencia extraordinaria. La Dirección General con competencias en materia de atención a la diversidad podrá autorizar la permanencia un año más de lo establecido con carácter general siempre que esta medida favorezca la integración socio- educativa del alumnado en las siguientes situaciones: a) Permanencia extraordinaria en la etapa de Educación Infantil. b) Repetición extraordinaria en la etapa de Educación Primaria. Con carácter único. Con carácter ordinario. Con carácter extraordinario. Con carácter excepcional.

D.85. Flexibilización para alumno de altas capacidades. Para la adopción de esta medida se requiere. Correspondiente dictamen de escolarización, la propuesta de la Inspección de Educación, la conformidad expresa de las familias o tutores y tutoras legales, y un plan de trabajo que contemple los ajustes educativos acordes a las características del alumnado a poner en marcha en el curso en el que se va a escolarizar. Correspondiente dictamen de escolarización, la conformidad expresa de las familias o tutores y tutoras legales, y un plan de trabajo que contemple los ajustes educativos acordes a las características del alumnado a poner en marcha en el curso en el que se va a escolarizar. Correspondiente dictamen de escolarización, la propuesta de la Inspección de Educación, la conformidad expresa de las familias o tutores y tutoras legales, y un plan de trabajo individual que contemple los ajustes educativos acordes a las características del alumnado a poner en marcha en el curso en el que se va a escolarizar. Correspondiente dictamen de escolarización, la propuesta de la Dirección General, la conformidad expresa de las familias o tutores y tutoras legales, y un plan de trabajo que contemple los ajustes educativos acordes a las características del alumnado a poner en marcha en el curso en el que se va a escolarizar.

D.85 La solicitud para la exención total de una materia será realizada por ________ a propuesta de la familia o tutores y tutoras legales, o el alumnado si éste fuera mayor de edad. Acreditando mediante informe del equipo docente y evaluación psicopedagógica que habiéndose desarrollado previamente otras medidas a nivel de aula y de centro, la presencia y participación de este alumno o alumna en la materia objeto de exención no favorece su inclusión educativa. Será preceptivo un informe del Servicio de Inspección de Educación. la dirección del centro. El equipo de orientación. El jefe de estudios. el tutor.

D.85 Los responsables de revisar periódicamente dichas modalidades de escolarización. Los centros o unidades de educación especial, en colaboración con los centros ordinarios, asesorados por la Red de Apoyo a la Orientación, Convivencia e Inclusión Educativa y los servicios de Inspección Educativa. Los centros ordinarios, en colaboración con los centros especiales, asesorados por la Red de Apoyo a la Orientación, Convivencia e Inclusión Educativa y los servicios de Inspección Educativa. El Estado. El equipo de orientación o departamento de orientación.

D.85 Los procesos de valoración e identificación de las potencialidades del alumnado así como de las barreras para el aprendizaje, la participación y la inclusión se realizarán de forma: interactiva, participativa, global y contextualizada. reactiva, participativa, global y contextualizada. interactiva, individualizada, global y contextualizada. interactiva, participativa, global, inclusiva y contextualizada.

D.85 se entiende como un proceso interactivo, participativo, global y contextualizado de recogida, análisis y valoración de la información relevante sobre el alumnado en su contexto y los distintos elementos que intervienen en el proceso de enseñanza y aprendizaje. El dictamen de escolarización. La evaluación psicopedagógica. El informe psicopedagogíco. El plan de trabajo.

D.85 Es un informe técnico, fundamentado y sintético de la evaluación psicopedagógica para la planificación de la respuesta educativa del alumnado que lo precise. Evaluación psicopedagógica. Plan de Trabajo. Dictamen de Escolarización. Informe psicopedagógico.

D.85 incluirá: la propuesta de modalidad de escolarización, la propuesta curricular y la propuesta de las ayudas, los apoyos y recursos personales, complementarios, materiales o técnicos que el alumnado requiera así como las medidas extraordinarias de respuesta a la diversidad propuestas, junto con la opinión expresa de las familias o de quien ejerza la tutoría legal. El Dictamen de Escolarización. El informe psicopedagocico. Plan de trabajo. Evaluación psicopedagogíca.

D.85Se realizará al inicio de la escolarización para el alumnado que lo precise, cuando el alumnado requiera medidas extraordinarias de respuesta a la diversidad, cuando este alumnado cambie de etapa, de centro o de modalidad de escolarización, cuando se proponga su incorporación a un Programa Específico de Formación Profesional y cuando deje de precisar medidas extraordinarias de inclusión educativa. Plan de Trabajo. Dictamen de Escolarizacion. Evaluación psicopedagogíca. Informe psicopedagogía.

D.85 El alumnado que precise la adopción de medidas individualizadas o medidas extraordinarias de inclusión educativa, participará en el conjunto de actividades del centro educativo y será atendido preferentemente dentro de. su grupo de nivel. su grupo de referencia. su grupo de ciclo. su curso donde está matriculado.

D.85 es el documento programático que refleja la concreción de las medidas individualizadas y extraordinarias de inclusión educativa adoptadas con el alumnado. El informe de trabajo. El plan de trabajo individualizado. El informe psicopedagogíco. El Plan de Trabajo.

D.85 El proceso de elaboración, evaluación y seguimiento trimestral de este documento es responsabilidad de los y las profesionales del centro que trabajan con el alumno o alumna con el asesoramiento del Equipo de Orientación y Apoyo en Educación Primaria y del Departamento de Orientación en Educación Secundaria. Este proceso será coordinado por el tutor o tutora del grupo y planificado por el o la responsable de la Jefatura de Estudios. El plan de trabajo. El plan de trabajo individualizado. Medidas individualizados del alumno. Medidas extraordinarias del alumno.

D.85 a) Aspectos relevantes del alumnado, potencialidades y barreras para el aprendizaje detectadas. b) Las medidas de inclusión educativa previstas. c) Los y las profesionales del centro implicados. d) Las actuaciones a desarrollar con las familias y tutores y tutoras legales. e) La coordinación con servicios externos al centro, si procede. f) El seguimiento y valoración de las medidas de inclusión adoptadas y los progresos alcanzados por el alumnado. Informe psicologico. Informe psicopedagogíco. Plan de trabajo. Dictamen de escolarización.

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