TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Derecho Penal
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Derecho Penal Descripción: Banco de preguntas preparatorio Derecho Penal Autor:
Fecha de Creación: 23/07/2024 Categoría: Universidad Número Preguntas: 99 |
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En la ejecución de una conducta punible, en la que concurren en su realización: el denominado hombre de atrás, que tiene el dominio de la voluntad y, otra persona que es utilizada como instrumento para la realización del delito, constituyen presupuestos jurídicos en la dogmática colombiana penal de la figura de: Autoría mediata Coautoría propia Coautoría impropia Determinador o inducción. Rodolfo médico cirujano del hospital “Salud Vital”, realiza un procedimiento quirúrgico en avanzado estado de embriaguez, situación que le dificultó controlar la descompensación del paciente quien sufrió un paro cardiorrespiratorio, lo cual generó su deceso. Por esta razón Rodolfo deberá responder por la conducta punible de homicidio a título de: dolo directo dolo eventual preterintención culpa con representación. El gerente del Banco Corporativo, mediante una pluralidad de actos sustrae electrónicamente en beneficio propio, diez millones de pesos de cada una de las cuentas de ahorros de indeterminados titulares, los que consigna en su cuenta personal. Investigada la conducta se califica como hurto agravado por la confianza, la cual se denomina delito masa delito continuado conexidad ocasional conexidad ideológica. C, conocedor del vínculo de consanguinidad que existe entre T y J (hijo – padre), le pide conseguir un arma de fuego a su amigo T con la cual cegó autónomamente la vida de su progenitor, acción por la que recibiría una compensación económica con el fin de quedarse con la sucesión de su padre. Frente a estos hechos, C deberá responder como coautor de homicidio agravado cómplice de homicidio agravado determinador de homicidio agravado cómplice de homicidio agravado por comunicabilidad de circunstancias. Actuar en estado de emoción, pasión excusable o temor intenso, está considerado en el ordenamiento jurídico penal colombiano como causal de ausencia de responsabilidad penal y civil eximente de la pena por el estado de ira e intenso dolor circunstancia de menor punibilidad o de atenuación punitiva. circunstancia genérica de menor punibilidad o de atenuación punitiva. La prescripción de la acción penal se interrumpe con la audiencia formulación de acusación formulación de imputación legalización de la aprehensión o captura legalización de captura y formulación de imputación. La oblación es una institución del derecho penal que hace referencia a una causal de extinción de la acción penal ausencia de responsabilidad extinción de la sanción penal prescripción de la acción penal. En lo que tiene que ver con la teoría del delito, circunstancias como la imprudencia, negligencia, impericia e inobservancia de los reglamentos, conforman los factores generantes de la culpa el significado de culpabilidad el móvil del delito las modalidades de la conducta culposa. R, llega embriagado a su casa de habitación y violenta sexualmente a su hija adoptiva, cometiendo las conductas punibles de acceso carnal violento e incesto, por lo que el juez al proferir la sentencia condenatoria señalará que incurrió en un concurso de conductas punibles denominado ideal sucesivo continuado homogéneo. La pena responderá a los principios de necesidad, proporcionalidad y retribución necesidad, proporcionalidad y razonabilidad necesidad, razonabilidad y reinserción social necesidad, razonabilidad y prevención general. En el momento de la ejecución de la medida de seguridad operan las funciones de curación, tutela y reinserción social reinserción social, curación y rehabilitación curación, tutela y restablecimiento de los derechos protección, curación, tutela y rehabilitación protección. La prevención individual positiva se presenta cuando el juez condena se ejecuta la pena a sanciona el presidente cuando se promulga la norma penal. La prevención general positiva de la pena pretende proteger al condenado resocializar al condenado mantener la vigencia de la norma en la sociedad aislarlo para que no continúe cometiendo delitos. El arresto de fin de semana convertible en arresto ininterrumpido es sustitutivo de multa prisión inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas privación del derecho a residir en determinados lugares. P sabiendo que su vehículo presenta un desgaste considerable en las llantas emprende un viaje con destino a Ibagué, pero se estalla una de las llantas delanteras por lo cual se accidenta, ocasionando graves lesiones a su amigo O. En este caso P es responsable de lesiones personales a título de dolo culpa dolo eventual preterintención. D manifiesta a M su intención de matar a J para lo cual le pide que le preste la pistola y efectivamente así sucede. De acuerdo con la teoría del dominio del hecho M es coautor impropio cómplice encubridor interviniente. J, S, P, y L se reúnen para acordar la realización de un hurto en la casa de D. Los tres primeros penetran y se apoderan de los electrodomésticos mientras que L, según el plan previamente concebido, espera en un carro. Realizado el hecho se estableció que además M había sido accedida carnalmente por P. En este caso usted acusa así J, S, P y L son coautores mediatos de estos delitos J, S, P y L son coautores sucesivos de esos delitos J, S, P y L son coautores propios de hurto y del delito de acceso carnal J, S, P y L son coautores impropios de hurto y P es también autor de acceso carnal violento. L con intención de herir a M le propina un golpe a nivel del rostro, pero M cae de espalda golpeándose contra el borde de la escalera falleciendo. En este caso se trata de homicidio doloso culposo piadoso preterintencional. Una de las siguientes figuras no corresponde a las causas de extinción de la acción penal oblación prescripción desistimiento amnistía impropia. Si usted es defensor de Q quien está siendo investigada por violación de habitación ajena que se sanciona con multa, puede poner fin a la acción penal utilizando la figura jurídica de indulto oblación prescripción desistimiento. O con la intención de apoderarse del vehículo de P lo abre y se sienta al timón y lo prende, pero luego decide abandonar el vehículo. A esto se denomina tentativa acabada desistida imposible inacabada. Hace parte de las modalidades de los subrogados expresamente reconocidos en la Ley penal La prisión domiciliaria directa La suspensión condicional de la ejecución de la pena La libertad provisional La prisión domiciliaria indirecta o por razón de padre cabeza de familia. Los tipos penales en relación con su estructura se clasifican en de lesión y de peligro básico, especial y subordinado monosubjetivos y plurisubjetivos de mera conducta y de resultado. La ley 599 de 2000, Código Penal colombiano, señala como uno de los elementos o características de la autoría mediata que el instrumento puede actuar con dolo debe actuar con la prudencia encomendada la actuación del inductor debe ser preterintencional el autor mediato tiene el dominio de la voluntad del instrumento. Se considera que existe un concurso homogéneo de conductas punibles, cuando con varias acciones se vulneran diversos tipos penales varias omisiones se vulneran diversos tipos penales una sola acción u omisión o con varias acciones u omisiones se vulneran varias veces el mismo tipo penal una sola acción u omisión o con varias acciones u omisiones se vulneran diversos tipos penales. Una cuadrilla de trabajadores adscrita al Distrito Capital Bogotá, deja varias excavaciones abiertas en el parque de la localidad sin la respectiva señalización lo cual constituye una acción de riesgo o peligro, lo que trajo como consecuencia, que un menor de dos años de edad cuando perseguía un balón cayera en una de ellas fracturándose las piernas. La conducta punible a tipificar es tentativa de homicidio lesiones personales a título de dolo por omisión impropia lesiones personales a título de culpa (negligencia) lesiones personales a título de culpa (imprudencia). Mientras se desplazaba hacia su casa en horas de la noche, M advierte que en sentido contrario y por la misma acera transita el hombre que unos años atrás la accedió carnalmente. En estado de alteración porque podría volver a ser víctima del mismo delito ante el acercamiento del sujeto, toma una varilla que encontró frente a una obra en construcción y se la incrusta en el abdomen al hombre causándole la muerte. La casual de ausencia de responsabilidad que corresponde aplicar es error de tipo error de prohibición estado de necesidad defensa putativa. La obediencia debida como causal de ausencia de responsabilidad no es aplicable en ningún caso en los eventos de legitimidad de la orden el deber ha de ser estricto finalidad de cumplir el deber cuando se trata delitos de tortura. A, para la fecha de cumpleaños de J su peor enemigo le envía un arreglo floral a nombre de la novia, en cuyo interior coloca un explosivo que hizo detonar a control remoto, al observar que del inmueble sale el incauto mensajero que entregó el mencionado arreglo floral. La situación jurídica del mensajero debe resolverse aplicando la figura de la coautoría complicidad determinador o instigador ejecutor mediato en autoría mediata. La analogía en el Derecho Penal, solo se aplica en materia ultractiva restrictiva permisiva retroactiva. La exigencia de que la conducta lesione o ponga en peligro el bien jurídico tutelado sin justa causa, es propia de la categoría de acción tipicidad culpabilidad antijuridicidad. NO, procederá la extradición en una de las siguientes afirmaciones por delitos comunes por hechos cometidos con anterioridad al acto legislativo 01 de 1997 por hechos cometidos con posterioridad al acto legislativo 01 de 1997 cuando la Corte Suprema de Justicia emita concepto previo y favorable. Cuál de los siguientes enunciados es criterio jurídico para imputar objetivamente un determinado resultado como consecuencia de un comportamiento humano La acción es causa de resultado, cuando suprimida mentalmente desaparece el resultado. La acción es causa del resultado cuando conforme a la experiencia esa acción resulta adecuada o idónea para producirlo La acción es causa del resultado cuando con ella se crea o aumenta un riesgo jurídicamente desaprobado La acción es causa del resultado cuando el sujeto se representa como probable la causación del resultado en atención al riesgo que genera su acción. C ha sido contratado para matar a P, miembro de la Fuerza Pública. Aprovechando la conmemoración del 20 de julio, intercepta el vehículo oficial y dispara en cinco oportunidades, pero no logra impactar el cuerpo de la víctima y abandona el lugar por su iniciativa. ¿Cómo respondería penalmente C? autor material homicidio agravado en grado de tentativa acabada autor material homicidio agravado en grado de tentativa desistida autor material homicidio agravado en grado de tentativa inacabada no hay responsabilidad penal por ausencia de antijuridicidad material. R ha sido contratada por alias “El Señor de los Cielos” para asesinar a alias “El Papa”. Estando en un acto furtivo y clandestino de amor pasajero, la doncella esgrime un arma corto-contundente y se abalanza contra su víctima que duerme plácidamente después de la agobiante jornada. La víctima forcejea con R quien se ve avocada a renunciar a su propósito delincuencial una vez le ha propinado una herida en el hemitórax izquierdo, emprendiendo la huida semidesnuda. ¿Cuál es la situación jurídica de R? autora material homicidio agravado en grado tentativa inidónea autora material homicidio agravado en grado tentativa desistida autora material homicidio agravado en grado tentativa inacabada autora material de homicidio agravado en grado tentativa acabada. Son delitos contra personas y bienes protegidos por el derecho Internacional humanitario la injuria, calumnia y retractación el acceso carnal y la pornografía con menores los actos de terrorismo, toma de rehenes y perfidia destrucción del medio ambiente y desaparición forzada. La conducta contraria al ordenamiento jurídico penal que la ha descrito en forma clara expresa y con un solo significado, constituye en esencia el principio de tipicidad inequívoca antijuridicidad formal legalidad preexistente antijuridicidad material. La técnica de reenvío en materia penal es un instrumento jurídico aplicable en materia penal cuando se trata de los tipos penales dolosos culposos en blanco preterintencionales. La Ley 1709 de 2014, (Sistema Penitenciario y Carcelario) señala que la persona condenada podrá solicitar la redención de la pena cuando este en arresto detención preventiva cumplimiento de la pena cumplimiento de medida de aseguramiento no privativa de la libertad. El principio jurídico referido a la obligación exclusiva del órgano legislativo, de crear las modalidades de conducta punible, se denomina culpabilidad tipicidad inequívoca antijuridicidad formal reserva legal. La clasificación jurídica del determinador y cómplice hace parte en concreto de la figura jurídica denominada autoría participación modalidades de acción concurso de personas en la conducta punible. Quien contribuya a la realización de una conducta antijurídica o preste ayuda posterior, por acuerdo previo o simultáneo a la realización de la misma, es responsable del delito a título de cómplice interviniente determinador coautor impropio. La hipótesis prevista en la legislación penal, relativa a la protección de un derecho propio o ajeno frente a un peligro actual o inminente, inevitable de otra manera, que el agente no lo haya causado intencionalmente o por imprudencia y que no tenga el deber jurídico de afrontar, pertenece a la causal de ausencia de responsabilidad denominada legítima defensa estado de necesidad fuerza mayor, caso fortuito estricto cumplimiento de un deber legal. La clasificación de las sanciones principales y accesorias, de otros derechos y sustitutivas, pertenece, en el derecho penal, a la institución denominada penas detención preventiva medida de seguridad detención domiciliaria. La de individualización del ámbito punitivo en cuartos: uno mínimo, dos medios y uno máximo, hace parte en el derecho penal del proceso de individualización cuantitativa y cualitativa de la pena fijación de los beneficios que se concederán en la sentencia aplicación de causales de extinción de la acción o de la pena determinación de circunstancias de mayor o menor punibilidad. A, creyendo erróneamente que el reloj Rolex que se encuentra encima de la mesa de una joyería es de su propiedad, lo toma y procede a venderlo. A no es responsable por haber actuado bajo un supuesto de error de tipo en ejercicio de una actividad lícita bajo un supuesto de error de prohibición justificante bajo un supuesto de error sobre la culpabilidad. Uno de los siguientes principios al momento de imponer la sanción penal que debe considerarse por el juez de conocimiento es subsunción generalidad especialidad proporcionalidad. El niño J, muere ahogado en la alberca del jardín infantil donde fue matriculado, debido a la posición contractual de garante de la docente a cargo, resultado que podía haberse evitado por parte de la profesora a cargo del menor, acción por la cual es responsable de homicidio doloso por dolo directo doloso por dolo eventual doloso por omisión propia doloso por omisión impropia. Para todos los efectos de la ley penal, son servidores públicos los particulares que ejercen funciones públicas en forma transitoria realizan actividades de riesgo o peligro tiene relación con bienes del estado son integrantes de empresas de notarias. Quien voluntariamente se traslada de un estado de imputabilidad, (plena comprensión de la ilicitud y/o de autodeterminación mental), a una situación de inimputabilidad, para la comisión de una conducta punible, fenómeno denominado acción libre en la causa en la teoría del delito, al realizar la conducta responde en el derecho penal colombiano: como imputable a título de dolo como inimputable por trastorno mental transitorio como imputable a título de conducta preterintencional como inimputable por diversidad sociocultural. Para que se configure una conducta punible en la modalidad imprudente o culposa es esencial que el sujeto conozca la prohibición y voluntariamente la ejecute lesione o ponga en peligro sin justa causa el Bien Jurídico tutelado el resultado sea producto de la transgresión o quebrantamiento del deber objetivo de cuidado que el resultado exceda la intención inicialmente ejecutada proel sujeto. M, molesto por la ofensa proferida por su amigo P, dirige su voluntad, consciente a propinarle lesiones en su integridad física, para ello lo sorprende en el camino que lo conduce a la casa de habitación de P, y en un lugar despoblado, le propina reiterados puños en diferentes partes de su cuerpo, uno de los cuales provocó que P perdiera el equilibrio y cayera sobre el filo del andén de concreto, razón por la que se produce lesión raquimedular y sobreviene su deceso. M deberá responder por homicidio culposo homicidio agravado lesiones personales homicidio preterintencional. La situación jurídica en virtud de la cual el sistema jurídico por mandato constitucional o legal le impone a una persona el deber jurídico actuar para de impedir un resultado típico, por lo que estando en posibilidad de evitarlo, deja de llevarlo a cabo y se produce el resultado típico, lo cual equivale a producirlo, lo hace responsable de: delito de comisión por acción culposa delito de comisión por acción dolosa delito de comisión por omisión propia delito de comisión por omisión impropia. El comportamiento doloso que ha superado las fases del iter criminis correspondiente a la ideación y a la preparación del delito y comienza la fase de ejecución material del acto, sin obtener el resultado por razones ajenas a la voluntad del agente, se denomina en la teoría del delito: dispositivo amplificador de la tentativa circunstancia de atenuación genérica de la pena fenómeno de complicidad delito emocional. El fenómeno de intervención plural de personas en principio articuladas de manera jerárquica y subordinada a una organización criminal, quienes mediante división de tareas y concurrencia de aportes realizan conductas punibles. Responde al nombre de coautoría coautoría propia coautoría impropia autoría media en aparatos organizados de poder. A, B. C, se encuentran reunidos habiendo concertado previamente la ejecución del hurto a la entidad financiera “Dinero próspero”, C intempestivamente y sin previa concertación o aviso, esgrime arma de fuego y causa la muerte contra su enemigo anterior D, quien se encontraba presente ABC responden como coautores del hurto calificado y agravado y C sólo responde por el homicidio de D. ABC responden como coautores del hurto calificado y agravado en concurso heterogéneo con el homicidio de D A y B responden como coautores del hurto calificado y agravado y C exclusivamente del homicidio de D A y B responden como coautores del hurto y C responde del homicidio agravado. E da muerte a F, G amigo de E, tan pronto ejecuta el hecho busca ayudarlo, tomando el arma homicida para esconderla. G nunca conoció ni aceptó intervenir en el homicidio de F, y desde luego, mucho menos se concertó con el agresor, antes o durante la ejecución del delito. G responde como: coautor cómplice determinado autor de la conducta punible de favorecimiento. Al establecer el legislador en el Código Penal que, en materia de lesiones personales, cuando con la conducta se produjeren varios de los resultados previstos en el capítulo de lesiones, sólo se aplicará la pena correspondiente al de mayor gravedad, es porque aplica el principio de especialidad unidad punitiva concurso aparente economía procesal. A los inimputables que padezcan trastorno mental permanente, se les impondrá como medida de seguridad: libertad vigilada la reintegración al medio cultural propio internación en casa de estudio o de trabajo internación es establecimiento psiquiátrico o clínica adecuada. El objeto material de un tipo penal es aquello a donde se dirige la conducta del sujeto activo y en donde se afecta el bien jurídico protegido Teniendo en cuenta este enunciado en el tipo penal de “Falsedad material en documento público” (art. 287) “El que falsifique documento público que pueda servir de prueba, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses.” El objeto material en este delito es real inmaterial personal abstracto. R mujer mayor de edad, queda en estado de embarazo producto de una transferencia de óvulo fecundado sin su consentimiento. Denunciado este hecho ante la autoridad competente, R procede a utilizar medios que provocan la expulsión del feto de su cuerpo. La conducta de R es atípica inculpable antijurídica culposa. El elemento que permite diferenciar los tipos penales del constreñimiento ilegal y la extorsión, es el carácter subsidiario o residual del tipo penal el sujeto activo el sujeto pasivo el ingrediente normativo del tipo. El concepto de que toda acción humana implica una dirección teleológica del suceso casual; esta atribuida a la teoría neoclásica finalista del modelo lógico de la imputación objetiva. El concepto de acción concebida como "una inervación muscular", proceso causal natural y extrajurídico, libre de valor, sin tomar en cuenta la voluntad rectora; es atribuida a la teoría causalista neoclásica Terza scuola de la política criminal. Cuando un sujeto deja de realizar una conducta que el derecho le impone un deber jurídico de actuar, lo hace en forma voluntaria, no estando sometido a coacción alguna y el resultado típico es producto de la inactividad del sujeto agente, teniendo el deber jurídico de obrar; dicho concepto corresponde a: preterintencionalidad dolo eventual culpa con previsión o representación omisión propia. Los delitos de omisión se clasifican en el derecho penal en Colombia en: omisión propia y culpa comisión por acción y omisión omisión simple y preterintencional omisión propia e impropia. Corresponde a los delitos culposos las siguientes categorías jurídicas conocimiento de la prohibición y voluntad de su realización resultado material más allá de la intención inicial querida y ejecutada resultado típico, nexo causal y previsibilidad del resultado obtenido omisión de la ley, la violación a una preceptiva legal y la no producción de un resultado material. Cuando el sujeto agente, haya realizado una conducta motivado por un estado de ira o intenso dolor, hay lugar a una consecuencia jurídica que implica: un aumento o incremento punitivo una causal de ausencia de responsabilidad penal una circunstancia especial de atenuación o reducción punitiva un evento de agravación específica de pena. P queda sin empleo, producto de la pandemia, P es padre de familia de los menores de M, N y O, quienes como consecuencia del desempleo de su padre padecen hambre. P, encontrándose en circunstancia de indigencia extrema por lo que opta por ingresar al supermercado “El Exquisito”, y sin emplear medios violentos, se apodera de alimentos para calmar el hambre de sus menores hijos. P obró incurso en la causal de legítima defensa de un derecho ajeno atenuación punitiva por vulnerabilidad derivada de pobreza extrema reducción de pena por actuar en estado de emoción o pasión excusable del autor insuperable coacción ajena. S conduce su vehículo acompañado de su novia, quien conduce alternando un galanteo afectivo de abrazos y besos con la dama y como consecuencia del proceder el automotor choca y ocasiona la muerte de un transeúnte, este homicidio será simple doloso culposo preterintencional. V y B V, quienes son pareja y mantienen un apasionado romance en casa de esta. Habiendo sido descubiertos por su abuelita materna quien empieza a dar unos gritos fuertes, B V. se abalanza sobre la venerable anciana ocluyéndole nariz y boca con una almohada impidiéndole respirar para que deje de gritar. Para fortuna de la adulta mujer, la mucama del hogar D P, ingresa y golpea a B V logrando de esta manera salvaguardar la integridad de la anciana a quien ya le estaba faltando el oxígeno y se encontraba en estado de seminconsciencia. ¿La situación jurídica de B V es de? autor material de homicidio agravado en grado de tentativa inacabada no hay responsabilidad penal por ausencia de antijuridicidad material y atipicidad de la conducta autor material de lesiones personales dolosas agravadas autor material directo de lesiones personales culposas. El fenómeno de intervención plural de personas en principio articuladas entre sí, quienes, mediante división de trabajo y concurrencia de aportes previamente acordados, realizan conductas punibles, responde al instituto de la autoría directa o propia coautoría impropia complicidad coautoría por cadena de mando. La figura del dispositivo amplificador del tipo penal denominado la tentativa, solo procede en el sistema penal colombiano para las conductas punibles que pertenecen a: delitos de resultado delitos de ejecución permanente o tracto sucesivo delitos culposos delitos de omisión propia. Cuando la voluntad delictuosa surge súbitamente o en forma intempestiva y el hecho se ejecuta consecuentemente, estamos frente al dolo neutro o avalorado dolo de ímpetu dolo concomitante dolo indirecto o eventual. Conforme a la Legislación Colombiana, indique qué situación no es propia de las causales legales constitutivas de posición de garante la estrecha comunidad de vida entre personas la realización de actividades riesgosas por varias personas omitir prestar auxilio a personas cuya vida se encuentre en grave peligro crear precedentemente una situación antijurídica de riesgo próximo, para el bien jurídico correspondiente. La comunicabilidad de circunstancia se presenta cuando las circunstancias que agravan el hecho punible se comunican al juez las circunstancias que atentan el hecho punible se comunican al cómplice las circunstancias en la realización del hecho punible si se le hubieren comunicado al cómplice agrava la pena las circunstancias del autor que agravan la punibilidad y los materiales del hecho se comunicarían al participe que las hubiere conocido. El juez tendrá como circunstancia de menor punibilidad, siempre que no haya sido previstas de otra manera en la teoría del delito: la posición de vulnerabilidad del autor presentación voluntaria a la autoridad inferioridad psíquica ya sea por edad u orgánica de la víctima la no reparación del daño ni la indemnización a las personas afectadas. A y B dan muerte a C en moto, uno la conduce y la otra porta el arma de fuego, producto de sendos proyectiles disparados por arma de fuego, capturados en flagrancia responden por el delito de homicidio a título de coautores coautores propios autores materiales coautores impropios. A, ciudadano de origen afgano, residente en Pakistán, obtuvo indebidamente secreto militar relacionado con la seguridad del Estado Colombiano, procediendo a revelarlo a autoridades de su país. A, sujeto a proceso penal, se le aplica la ley penal afgana pakistaní colombiana afgana o pakistaní o colombiana. En el delito de corrupción al sufragante el sujeto pasivo es el Estado extranjero que no está habilitado para votar candidato en cuyo favor se vota por promesa remuneratoria ciudadano al que se le entrega dinero para que vote en favor de determinado candidato. G, con el propósito de secuestrar a J, le quita la vida al guardaespaldas de éste. Realizada estas dos conductas punibles. G deberá responder por un concurso sucesivo, heterogéneo de delitos con conexidad ocasional concurso de delitos, sucesivo, heterogéneo, con conexidad ideológica concurso de delitos, instantáneo, heterogéneo, con conexidad ideológica concurso de delitos, heterogéneo, sucesivo y con conexidad consecuencial. Es una de las medidas de seguridad aplicable a los inimputables la libertad condicional prisión domiciliaria detención preventiva en establecimiento carcelario internación es establecimiento psiquiátrico o clínica adecuada. N, acérrimo hincha del equipo de fútbol “Maracaná” cae en manos de un grupo integrado por J, O, F y J, también desadaptados hinchas del equipo “Silvestre” empiezan a golpear coetáneamente al primero hasta quitarle la vida. J, O, F y J, responden a título de autores mediatos coautores propios coautores impropios cómplices. La figura del concurso ideal en derecho penal significa que: varios hechos y varias infracciones una unidad de hecho y una pluralidad de infracciones una pluralidad de hechos y una unidad de infracciones una pluralidad de hechos y una pluralidad de infracciones. El evento según el cual por negligencia o descuido de un servidor público bajo cuya administración se encuentran unos bienes del Estado y producto de esa circunstancia, se pierden o extravían, da lugar a la responsabilidad penal del delito de: peculado por apropiación peculado por aplicación oficial diferente peculado culposo peculado por uso. J conduce su vehículo automotor a exceso de velocidad, en contravía y en estado de ebriedad, razón por la cual atropella a P, quien por cuenta del impacto es llevado de urgencias a la Clínica “Salud Plena”, una vez estabilizado P, mientras está en su camilla, por cuenta de un corto circuito la Clínica “Salud Plena”, se incendia y P muere calcinado. ¿Qué grado de responsabilidad le corresponde a J en relación con la muerte de P? homicidio doloso lesiones personales culposos agravadas homicidio culposo agravado homicidio preterintencional. La ubicación jurídica de los bienes jurídicos de tutela o intereses jurídicos de protección sobre los cuales se hace el juicio de antijuridicidad en materia penal, corresponde a Los tipos penales en particular los títulos de la parte especial del código penal. En las causales de ausencia de responsabilidad En las circunstancias de mayor punibilidad o agravantes genéricas de pena. El uso de documento público falso realizado por el servidor público que lo altera o falsifica, constituye: concurso heterogéneo de conductas punibles una circunstancia especifica o especial de agravación punitiva está implícita en la falsedad de documento público falso una circunstancia especifica de atenuación punitiva. La actividad jurídica desempeñada por la policía judicial en la fase de investigación del sistema penal bajo el control y órdenes del fiscal delegado del caso, recibe el nombre de: criminalística de campo criminalística de laboratorio actos urgentes informe ejecutivo de actos urgentes. el momento procesal en el que se debe presentar el incidente de reparación de la víctima en el sistema penal acusatorio vigente en Colombia es: El escrito de acusación la audiencia de juicio oral ejecutoriado el auto que decreta pruebas en el juicio ejecutoriada la sentencia condenatoria. El momento procesal para que la Fiscalía realice el descubrimiento integral probatorio en el proceso penal, incluyendo el material de conocimiento favorable al acusado es: la audiencia preliminar de imposición de medida de aseguramiento audiencia de lectura de fallo audiencia preparatoria audiencia de formulación de acusación. El fenómeno de prescripción de la acción penal, frente a los delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, cuando la víctima sea menor de 14 años de edad, está previsto en la ley penal sustancial como imprescriptible el máximo de la pena del delito máximo de 20 años igual al término previsto en las circunstancias de menor y mayor punibilidad del caso concreto. El momento procesal en el que se puede llegar a acuerdos sobre estipulaciones probatorias entre fiscalía y defensa es: audiencia preliminar ante el juez de control de garantías audiencia formulación de acusación audiencia de juicio oral audiencia preparatoria. El escenario donde se enuncian, solicitan y decretan los medios de prueba y elementos materiales probatorios en el juicio, es: la audiencia de formulación de acusación la audiencia preparatoria la audiencia de juicio oral la audiencia de individualización de pena y sentencia. Los medios de conocimiento obtenidos por la fiscalía general de la Nación en fase de investigación del sistema penal acusatorio, reciben el nombre de: prueba anticipada prueba directa evidencia física - elemento material probatorio prueba de referencia. Los medios de prueba que desconozcan las formalidades previstas en el estatuto procesal penal dan lugar a que el juez de conocimiento decrete: la exclusión por ilicitud la exclusión por ilegalidad la inadmisibilidad de la prueba la exclusión por virtud de la teoría prueba refleja o derivada. La relación de los medios de prueba con los hechos jurídicamente relevantes en el proceso penal de corte acusatorio, se denomina principio de. congruencia exclusión por ilicitud de la prueba exclusión por ilegalidad exclusión por ilegalidad. La relación de consonancia entre acusación y sentencia en el juicio se denomina principio de: Pertinencia admisibilidad necesidad congruencia. El médico L, le formula vía telefónica a una amiga, a quien no ve hace diez años, una serie de medicamentos para la digestión, desconociendo que la misma sufre de graves dolencias cardiacas y diabéticas. Como consecuencia de su ingesta, la interesada muere debido a los efectos colaterales que le producidos por los diferentes medicamentos. El médico responde por homicidio. culposo preterintencional con dolo eventual por omisión propia. |
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