DERECHO ROMANO
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Título del Test:![]() DERECHO ROMANO Descripción: CURSO 2016/2017 Fecha de Creación: 2017/04/10 Categoría: UNED Número Preguntas: 30
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El vino a efectos jurídicos es un bien de carácter: consumible y no fungible. específico. genérico. En Derecho clásico el poseedor de buena fe hace suyos los frutos de la cosa hasta: que los consume. la litis contestatio. la sentencia. Lo que Cayo siembra en terreno de Ticio se hace propiedad de éste en virtud de la: tradición (traditio). especificación. accesión. La extinción de la servidumbre por confusión se produce cuando: por error no se usó la servidumbre durante el tiempo de la usucapión. los fundos dominante y sirviente pasan a ser del mismo dueño. el titular del fundo dominante ha ejercido la acción negatoria y ha vencido en el juicio al titular del fundo sirviente. Es interdicto para la recuperar la posesión: el interdicto uti possidettis (tal como poseéis). el interdicto utrubi (aquel en cuyo poder). el interdicto unde vi (lo que con violencia). La adjudicación (adiuducatio) se da en los juicios: sobre propiedad. divisorios. sobre posesión. Los comodatarios son: poseedores. precaristas. detentadores. Es característica de las obligaciones naturales la: prescripción anual. posibilidad de retener lo pagado. inconvertibilidad a obligación civil. El derecho a percibir los frutos en lugar de los intereses se establece en virtud de: el pacto de la lex commisoria. el pacto de anticresis. el pacto serviano. Depósito irregular es: contrato nulo de depósito. depósito de cosa litigiosa. depósito de dinero o cosas fungibles. La noción romana de culpa se elaboró por la jurisprudencia en relación con el delito de: hurto. daños. injurias. La evicción se produce cuando el: vendedor se arrepiente de la venta. vendedor es insolvente. comprador resulta vencido en juicio por el propietario civil. El mutuario debe pagar intereses: si recibe más de cierta cantidad. si se pactan mediante estipulación añadida. si se establecen mediante pacto. En el arrendamiento de cosa, los gastos necesarios, salvo pacto en contrario, corresponden al: arrendador. arrendatario. a ambas partes por mitad. La relación de parentesco entre Ticio y el nieto de su primo hermano: quinto grado. séptimo grado. sexto grado. Por el legado: el legatario debe compartir con el heredero la copropiedad de una cosa, en calidad de heredero. se confiere al legatario el título de heredero. se realiza una donación en el testamento. En el antiguo Derecho civil, los hijos en potestad (heredes sui et necessarii): podían repudiar la herencia. debían obligatoriamente adquirir la herencia. sólo podían repudiar la herencia si era dañosa. CASO 1ª PREGUNTA: "Cayo descubre un tesoro enterrado en el fundo de Ticio y cuando vuelve para excavar, Ticio no se lo permite y lo expulsa del fundo. Días después, Estico, esclavo común de Ticio -propietario del fundo- y Sempronio, excava y desentierra el tesoro que entrega a sus dueños". ¿Qué recursos tiene a su disposición Cayo para evitar que Ticio, propietario del fundo, le impida por la violencia que excave en su fundo?. solicitar al magistrado el interdicto unde vi (de donde con violencia9. solicitar al magistrado el interdicto uti possidetis (tal como poseéis). solicitar al magistrado el interdicto utrubi (en cuyo poder). CASO 2ª PREGUNTA: Según el caso expuesto en la pregunta anterior, ¿si Ticio, propietario del fundo, intencionadamente cambiase de lugar el tesoro qué recurso podría utlizar Cayo?. el interdicto quemfundum. la actio negatoria (acción negatoria). la actio furti. CASO 3ª PREGUNTA: Según el caso expuesto en la pregunta anterior, en derecho romano a partir del siglo II d.C el tesoro finalmente correspondería: un 25% a Sempronio y a Ticio, a Cayo la otra mitad. a Estico la mitad por ser el inventor, y a Ticio y Sempronio la parte restante. a Cayo y Ticio, en igual proporción. Cayo entrega una cosa a Ticio permitiéndole el uso de la misma a cambio de una cantidad de dinero. Ticio es: Arrendatario. Comodatario. Comprador. En la compraventa, para reclamar la reducción del precio por causa del menor valor de la cosa vendida procede la actio: Aestimatoria. Redhibitoria. Venditi. En el derecho hereditario la creditio es: La declaración formal y solemne de aceptar la herencia. La toma de posesión de los bienes hereditarios. La simple voluntad de tomar la herencia. En el contrato de arrendamiento el riesgo de pérdida de la cosa por fuerza mayor: Corresponde al arrendatario. Corresponde al arrendador. Se excluye. Una compraventa celebrada con pactum displicentiae implica que el riesgo de pérdida de la cosa correrá a cargo: Del que compró. Del que vendió. De ambos. No se incluye entre los préstamos consensuales, el contrato de: Compraventa. Mandato. Depósito. Mientras la herencia está yacente, las cosas hereditarias se consideran res: Publicae. Derelictae. Nullius. La negligencia excesiva, es decir, no ver lo que todos pueden ver se denomina: Levis. Levísima. Lata. ¿Qué es la tutela dativa?: La que se concede al tutor designado en el testamento. La que se concede al agnado más próximo. La que consiste en el nombramiento de tutor por el pretor. Conforme a la concepción romana de la patria potestas, ésta era: Renunciable. Irrenunciable. Transferible. |