TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Estructura de la Constitución Española
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Estructura de la Constitución Española Descripción: Corporaciones locales Autor: Mar García Fecha de Creación: 29/05/2008 Categoría: Otros Número Preguntas: 23 |
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Constitución Española de 1.978: Estructura La Constitución es la Norma Fundamental del Estado, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos. Toda disposición o acto contrario a la Constitución carece de validez y será convenientemente expulsado del ordenamiento jurídico o sancionado con arreglo a las normas sobre justicia constitucional y otras disposiciones constitucionales y legales. La Constitución es la Norma Fundamental del Estado, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos. Toda disposición o acto contrario a la Constitución carece de validez y será convenientemente expulsado del ordenamiento jurídico pero no sancionado con arreglo a las normas sobre justicia constitucional y otras disposiciones constitucionales y legales. La Constitución es la Norma Fundamental del Estado, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos. Toda disposición o acto contrario a la Constitución no carece de validez pero será convenientemente expulsado del ordenamiento jurídico o sancionado con arreglo a las normas sobre justicia constitucional y otras disposiciones constitucionales y legales. Constitución Española de 1.978: Estructura Siguiendo la línea de las constituciones modernas, la Constitución Española de 1978 se estructura en dos partes claramente diferenciadas en cuanto a su contenido: la parte dogmática y la parte orgánica. Siguiendo la línea de las constituciones modernas, la Constitución Española de 1978 se estructura en dos partes claramente diferenciadas en cuanto a su contenido: la parte dogmática y la parte fisica. Siguiendo la línea de las constituciones modernas, la Constitución Española de 1978 se estructura en dos partes claramente diferenciadas en cuanto a su contenido: la parte primera y la parte segunda. Constitución Española de 1.978: Estructura Parte dogmática Preámbulo Título preliminar (artículos 1 a 9). Título I, denominado «De los derechos y deberes fundamentales» (artículos 10 a 55). Título VII, «Economía y Hacienda» (artículos 128 a 136) Título VIII, «De la organización territorial del Estado» (artículos 137 a 158) Título IX, «Del Tribunal Constitucional» (artículos 159 a 165) Título X, «De la reforma constitucional» (artículos 166 a 169) Título I, «De los derechos y deberes fundamentales» (artículos 10 a 55) Título II, «De la Corona» (artículos 56 a 65) Título III, «De las Cortes Generales» (artículos 66 a 96) . Constitución Española de 1.978: Estructura Parte dogmática En esta parte de la norma jurídica se hace una declaración de principios que indican y recogen los valores imperantes en la sociedad que la promulga En esta parte de la norma jurídica se hace una declaración de legalidad que indican y recogen los valores imperantes en la sociedad que la promulga. En esta parte de la norma jurídica se hace una declaración que indica y recoge los valores imperantes en la sociedad que la promulga. Constitución Española de 1.978: Estructura En la parte dogmática Aparecen los principales derechos constitucionales de los ciudadanos españoles. A su vez, el Título preliminar contiene los Principios constitucionales que determinan la configuración del Estado y sus señas de identidad. La soberanía nacional se hace residir en el pueblo español, pero la polémica redacción del artículo 2, que incluye el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran la nación española siempre ha sido destacado por la ambigüedad de su redacción, que si bien permitió el consenso para su aprobación, también ha dado lugar a múltiples interpretaciones. Aparecen los principales derechos constitucionales de los ciudadanos españoles. A su vez, el Título preliminar contiene los Principios constitucionales que determinan la configuración del Estado y sus señas de identidad. La soberanía nacional se hace residir en las Cortes Generales, pero la polémica redacción del artículo 2, que incluye el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran la nación española siempre ha sido destacado por la ambigüedad de su redacción, que si bien permitió el consenso para su aprobación, también ha dado lugar a múltiples interpretaciones. Se diseña la estructura del Estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales. El sistema español conserva el diseño tripartito de división de poderes de Montesquieu, entre Poder ejecutivo, Poder legislativo y Poder judicial. . Constitución Española de 1.978: Estructura Parte orgánica Título I, «De los derechos y deberes fundamentales» (artículos 10 a 55) Título II, «De la Corona» (artículos 56 a 65) Título III, «De las Cortes Generales» (artículos 66 a 96) Título IV, «Del Gobierno y de la Administración» (artículos 97 a 107) Título V, «De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales» (artículos 108 a 116) Título VI, «Del poder judicial» (artículos 117 a 127) Título VII, «Economía y Hacienda» (artículos 128 a 136) Título VIII, «De la organización territorial del Estado» (artículos 137 a 158) Título IX, «Del Tribunal Constitucional» (artículos 159 a 165) Título X, «De la reforma constitucional» (artículos 166 a 169) Título I, «De los derechos y deberes fundamentales» (artículos 10 a 55) Título II, «De la Corona» (artículos 56 a 65) Título III, «De las Cortes Generales» (artículos 66 a 96) Título IV, «Del Gobierno y de la Administración» (artículos 97 a 107) Título V, «De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales» (artículos 108 a 116) Título VI, «Del poder judicial» (artículos 117 a 127) Título VII, «Economía y Hacienda» (artículos 128 a 136) Título VIII, «De la organización territorial del Estado» (artículos 137 a 158) Título IX, «Del Tribunal Constitucional» (artículos 159 a 165) Título X, «De la reforma constitucional» (artículos 166 a 169) Preámbulo Título preliminar (artículos 1 a 9). Título I, denominado «De los derechos y deberes fundamentales» (artículos 10 a 55). . Constitución Española de 1.978: Estructura Se diseña la estructura del Estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales. El sistema español conserva el diseño tripartito de división de poderes de Montesquieu, entre Poder ejecutivo, Poder legislativo y Poder judicial. Se diseña la estructura del Estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales. El sistema español conserva el diseño bipartito de división de poderes de Montesquieu, entre Poder ejecutivo, Poder legislativo Se diseña la estructura del Estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales. El sistema español conserva el diseño bipartito de división de poderes de Montesquieu, entre Poder legislativo y Poder judicial. Constitución Española de 1.978: Estructura La Constitución española ha sido modificada una vez (Artículo 13.2, Título I) para extender a los ciudadanos de la Unión Europea el derecho a voto (electores y elegibles como candidatos) en las elecciones locales. Esta reforma constitucional entró en vigor el 28 de agosto de 1992. Esta modificación se llevo a cabo a raíz del Tratado de Maastrich. La Constitución española ha sido modificada una vez (Artículo 13.2, Título I) para extender a los ciudadanos de la Unión Europea el derecho a voto (electores y elegibles como candidatos) en las elecciones locales. Esta reforma constitucional entró en vigor el 28 de agosto de 1993. Esta modificación se llevo a cabo a raíz del Tratado de Maastrich. La Constitución española ha sido modificada una vez (Artículo 13.2, Título I) para extender a los ciudadanos de la Unión Europea el derecho a voto (electores y elegibles como candidatos) en las elecciones locales. Esta reforma constitucional entró en vigor el 28 de agosto de 1995. Esta modificación se llevo a cabo a raíz del Tratado de Maastrich. Constitución Española de 1.978: Estructura Parte orgánica «De los derechos y deberes fundamentales» (artículos 10 a 55) Título I, Título II, Título III, Título IV, . Constitución Española de 1.978: Estructura Parte orgánica .«De la Corona» (artículos 56 a 65) Título I, Título II, Título VII, Título V, . Constitución Española de 1.978: Estructura Parte orgánica «De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales» (artículos 108 a 116) Título V, Título VI, Título VII, Título VIII,. Constitución Española de 1.978: Estructura Parte orgánica «De las Cortes Generales» (artículos 66 a 96) Título III, Título IV, Título VII, Título VIII,. Constitución Española de 1.978: Estructura Parte orgánica «Del Gobierno y de la Administración» (artículos 97 a 107) Título IV, Título V, Título VII, Título VIII, . Constitución Española de 1.978: Estructura Parte orgánica «Del poder judicial» (artículos 117 a 127) Título VI, Título VII, Título VIII, Título IX, Título X, . Constitución Española de 1.978: Estructura Parte orgánica «Economía y Hacienda» (artículos 128 a 136) Título VI, Título VII, Título VIII, Título IX, Título X, . Constitución Española de 1.978: Estructura Parte orgánica «De la organización territorial del Estado» (artículos 137 a 158) Título VI, Título VII, Título VIII, Título IX, Título X, . Constitución Española de 1.978: Estructura Parte orgánica «Del Tribunal Constitucional» (artículos 159 a 165) Título VI, Título VII, Título VIII, Título IX, Título X, . Constitución Española de 1.978: Estructura Parte orgánica «De la reforma constitucional» (artículos 166 a 169) Título VI, Título VII, Título VIII, Título IX, Título X, . ¿Quien aprobó la Constitución Española de 1978? Cortes Generales Rey Congreso. ¿Cuando se público en el B.O.E.? 29 de Diciembre de 1978 31 de Octubre de 1978 28 de Agosto de 1992. ¿Cuando fue aprobada? 29 de Diciembre de 1978 31 de Octubre de 1978 28 de Agosto de 1992. ¿Cuando entro en vigor la única reforma constitucional? 29 de Diciembre de 1978 31 de Octubre de 1978 28 de Agosto de 1992. ¿Quien sanciono la Constitución Española de 1978? Cortes Generales Rey Congreso. |
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