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EXAMEN OFICIAL REGISTRO

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Título del Test:
EXAMEN OFICIAL REGISTRO

Descripción:
TEST 4 OFICIAL REGISTRO PROPIEDAD

Fecha de Creación: 2019/06/11

Categoría: Otros

Número Preguntas: 15

Valoración:(24)
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Las sociedades pueden cambiar su domicilio social: 91 (página 568). Si se trata del mismo término municipal, salvo que los estatutos dispongan otra cosa, el acuerdo puede ser adoptado por los propios administradores, siendo precisa escritura pública para su inscripción en el Registro. Para el cambio del domicilio social dentro de la misma provincia pero distinto municipio es preciso presentar en el Registro Mercantil de destino certificación literal de todas las inscripciones para su traslado. No existe regulación específica en cuanto al cambio de domicilio social al extranjero. En caso de cambio de domicilio social al extranjero las inscripciones se trasladan en todo caso a la hoja que se le abra a la sociedad en el Registro Mercantil Central.

En el Registro de bienes muebles se inscriben, entre otros: 123 (página 654-655). Las hipotecas sobre cualquiera bienes muebles identificables y la prenda sin desplazamiento sobre los bienes muebles no identificables. Los títulos de constitución de hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento, sus modificaciones, cesión y cancelación. Los mandamientos judiciales de embargo de bienes muebles identificables y la prenda sin desplazamiento sobre bienes muebles no identificables.

La constitución en régimen de propiedad horizontal: 11 (página779). Está sujeta el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. Está sujeta al impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Está sujeta al IVA. No está sujeta a ningún impuesto.

Señalar la verdadera: 133 (página 64). Todas las servidumbres, legales y voluntarias, han de ser inscritas en el registro de la propiedad para que produzcan efectos frente a terceros. Los retractos legales pueden perjudicar a terceros aunque no estén inscritos en el Registro. La publicidad que proporciona el Registro es siempre superior a la que confiere la Ley, al ser el Registro la institución encaminada por ley a la publicidad de los derechos reales sobre bienes inmuebles. Todas las anteriores son falsas.

La calificación del Registrador del Registro Mercantil, no puede extenderse a: 49 (página 636). Actos o contratos de los que resulte la adquisición de un incremento de patrimonio o título lucrativo, sin que se justifique el pago de la liquidación correspondiente del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o, en su caso, la declaración de exención o no sujeción, o la presentación ante los órganos competentes para su liquidación. La legalidad de las formas extrínsecas de los documentos de toda clase en cuya virtud se solicita inscripción. La capacidad y legitimación de los que lo otorguen o suscriban, incluyendo la legitimación de los representantes y sus facultades. La validez del contenido del documento.

El Registrador hará constar la afección de un bien o derecho transmitido al pago de la liquidación complementaria que en su caso pueda girarse: 116 (página 758). Por nota al margen de la inscripción. En el Libro Diario de Operaciones. Solamente cuando el pago del impuesto sea superior a 3000 euros.

Que requisitos se tienen que dar para que la constitución de un derecho real quede sujeta al IVA: 53 (página 775). Que el propietario que constituye el derecho real a título gratuito sea un sujeto pasivo de IVA en el ejercicio de su actividad y que se trate de un bien integrante del patrimonio empresarial. Que el propietario que constituye el derecho real a título oneroso sea un sujeto pasivo de IVA en el ejercicio de su actividad y que no se trate de un bien integrante de su patrimonio personal. Que el propietario que constituye el derecho real a título oneroso sea un sujeto pasivo de IVA en el ejercicio de su actividad y que se trate de un bien integrante de su patrimonio empresarial.

En cualquier caso, la calificación en el Registro Mercantil debe ser: 77(página 557). Global y unitaria. Parcial y unitaria. Parcial y disgregada. Parcial e independiente.

La propuesta de convenio de acreedores deberá contener: 134 (página 632). La liquidación global del patrimonio y una alteración de la clasificación de los créditos establecidos por la Ley. Proposición de quita o de espera, no pudiendo acumular ambas. Proposición de quita o de espera, pudiendo acumular ambas, e incluso contener proposiciones alternativas para todos o algunos de los acreedores.

La constitución en Propiedad Horizontal de un inmueble hipotecado con distribución de la hipoteca: 51 (página 780). Está exenta de AJD porque ya pagó en su día. Está sujeta a AJD sobre la base del principal de la hipoteca que se distribuye. Está sujeta a AJD sobre la base de la total responsabilidad hipotecaria.

El sujeto pasivo del Impuesto sobre las Donaciones es: 7 (página 707). El donante. El donante y el donatario de forma solidaria. El donatario. Cualquiera de ellos indistintamente.

Se recogerá en el asiento, como un dato más descriptivo de la finca, la referencia catastral atribuida por los otorgantes en el documento inscribible, cuando exista correspondencia entre la referencia catastral y la finca. Se entiende que existe correspondencia: 95 (página 93). Cuando sólo existan diferencias en el nombre y/o número de la calle y se justifiquen, salvo que le consten al Registrador. Sólo si los datos catastrales de situación, denominación y superficie coinciden totalmente con los del título y, en su caso, con los del Registro de la Propiedad. Sólo si los datos catastrales de situación, denominación y superficie coincidan totalmente con los del título y, en su caso, con los del Registro de la Propiedad, admitiéndose diferencias en cuanto al nombre y número de la calle. Si existen diferencias sólo en la superficie que no sean superiores al 20% y siempre que, además, no existan dudas fundadas sobre la identidad de la finca derivadas de otros datos descriptivos.

La inscripción en la sección de buques y aeronaves es: 2 (página 661). Obligatoria para todos los buques. Obligatoria para todos los buques salvo los de titularidad pública. Obligatoria para todos los buques salvo los de titularidad pública, de recreo o deportivos.

El artículo 353 del Reglamento Hipotecario: 20 (página 63). Permite que en algunas ocasiones se pueda inscribir la posesión sobre bienes inmuebles, aunque con carácter excepcional. Permite al registrador convertir automáticamente en inscripción de dominio las inscripciones de posesión. Determina que se cancelen todas las inscripciones de posesión existentes en los libros del registro, pues el artículo 5 de la Ley Hipotecaria prohíbe que se inscriba la posesión. Determina que cuando se realice una inscripción o se expida una certificación, se conviertan en inscripción de dominio las antiguas inscripciones de posesión siempre que no exista contradictorio.

En el caso de constituirse un usufructo temporal en favor de una persona jurídica, el plazo de duración de dicho usufructo: 125 (página 368). No podrá ser superior a 30 años. No podrá ser superior a 20 años. Subsistirá mientras la persona jurídica mantenga su personalidad jurídica. No pueden constituirse derechos limitativos del dominio en favor de personas jurídicas.

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