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EXAMENES ANTERIORES PARTE GENERAL EXAMEN ABOGACIA

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Título del Test:
EXAMENES ANTERIORES PARTE GENERAL EXAMEN ABOGACIA

Descripción:
ABOGACÍA

Fecha de Creación: 2021/04/12

Categoría: Otros

Número Preguntas: 532

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Luis, Abogado especialista en reclamaciones por accidentes, ofrece sus servicios anunciándose en un periódico local en una población donde acaba de producirse un grave accidente ferroviario que ha ocasionado varias muertes y un gran número de damnificados. ¿Cree que esa actuación es correcta?. No, pues los abogados no pueden anunciarse mediante vallas publicitarias. No, porque la publicidad no puede suponer la oferta de servicios profesionales a víctimas directas o indirectas de sucesos que hubieran producido un elevado número de personas afectadas que carezcan de la plena y serena libertad de elección. Sí, pues se ajusta al ejercicio profesional en el ámbito de la libertad de mercado. Sí, pero siempre que tenga acreditada la formación en las especialidades citadas en el anuncio, porque la veracidad es el único límite de la publicidad.

Marcela es la Abogada que defiende los intereses en juicio de la mercantil X S.L.U., pese a lo cual el representante de esta empresa se pone en contacto con otra Abogada, Marta, quien acude al juzgado en compañía de aquél para que le exhiban los autos y desde ese momento le asesore sobre la estrategia a seguir en el proceso judicial, llegando a presentar escrito que firma junto a su cliente promoviendo determinada actuación procesal. Mientras tanto, Marcela permanece ajena a todo ello. ¿Cómo cabe calificar la intervención de Marta?. Es plenamente correcta, porque ha comparecido en el Juzgado con la presencia de su cliente, parte en el procedimiento, lo que le habilita para cualquier actuación procesal en defensa de sus intereses. Es incorrecta, porque un Abogado no debe pedir nunca la exhibición de los autos en presencia de su cliente. Es incorrecta porque, recibido por un Abogado el encargo de la dirección procesal de un asunto, solo puede cesar esa dirección si aquél renuncia expresamente a la misma. Es incorrecta, porque a quien se encargue la dirección profesional de un asunto previamente encomendado a otro está obligado a comunicarlo a éste inmediatamente después de aceptar ese encargo y antes de realizar cualquier otra actuación.

La consignación del nombre completo en todos los escritos y actuaciones que firmen los Abogados/as, y la indicación del Colegio al que estuviesen incorporados como ejercientes, así como el número de colegiación: Constituye una ineludible obligación, que deben respetar todos los Abogados/as colegiados. Es una norma de cortesía, pero en modo alguno una obligación. Es obligatoria la indicación en los escritos del nombre y la condición de Abogado/a, sin que sean necesarias referencias al Colegio o el número de colegiación. Realmente es una obligación, pero solo en los escritos iniciadores de un proceso judicial.

Al Abogado de una de las partes le resulta imposible asistir a un juicio por coincidirle con otro señalamiento. En tal caso: Debe solicitar, indefectiblemente, la suspensión del juicio y un nuevo señalamiento. El Abogado puede ser sustituido por el procurador legalmente habilitado. El Abogado puede ser sustituido por cualquier compañero en ejercicio, siempre que aquél le haya otorgado la venia. El Abogado puede ser sustituido por un compañero en ejercicio, cuya actuación haya sido debidamente comunicada al Colegio.

Para la fijación de los honorarios profesionales, los Abogados deberán tener siempre en cuenta los baremos del Colegio, sin que, en ningún caso, puedan rebasar los importes fijados en los mismos para las actuaciones concretas que se detallan. ¿Es cierta esta afirmación?. No, porque los baremos orientadores del Colegio para fijación de los honorarios solo se tienen en cuenta a falta de pacto expreso en contrario. No, porque, en todo caso, los Abogados solo pueden percibir en concepto de honorarios los importes fijados en aquellos baremos por el Colegio respectivo. No, porque, en todo caso, los Abogados deben percibir en concepto de honorarios profesionales el importe que señale la sentencia en los casos de condena en costas. Sí, la afirmación es cierta, porque los Abogados pueden pactar libremente el importe de sus honorarios, siempre que no rebasen los importes fijados en los baremos del Colegio.

Los Abogados están sujetos a responsabilidad disciplinaria en los supuestos de infracción de sus deberes profesionales o normas deontológicas, que podrá ser ejercida a través de la imposición de sanciones: Sólo por el Decano y la Junta de Gobierno. Únicamente por la Junta de Gobierno respectiva. Sólo por la autoridad judicial. Por la autoridad judicial, por el Decano y por la Junta de Gobierno respectivo.

Marta, Abogada adscrita a los servicios del turno de oficio del Colegio de Alicante, recibe una designación de oficio. Tras quedar citada en el despacho con su cliente, éste le manifiesta que desea interponer una demanda para instar la partición de la herencia de sus padres, fallecidos los dos hace más de diez años. En ese mismo instante le entrega documentación de la que se desprende que la herencia fue aceptada y repartida hace 8 años, figurando así en las escrituras otorgadas ante notario. Intenta explicarle que no existe acción alguna que se pueda realizar, pero su cliente insiste en que “tiene que hacer algo” porque quiere que se anule lo que firmó. Ante esta situación, ¿qué puede hacer Marta?. Presentar ante la Comisión de Asistencia Jurídica gratuita en el plazo de quince días un escrito fundamentado, poniendo de manifiesto la insostenibilidad de la pretensión. Presentar ante la Junta de Gobierno de su Colegio en el plazo de veinte días un escrito fundamentado poniendo de manifiesto la insostenibilidad de la pretensión. Presentar ante el Juzgado Decano del Partido Judicial competente, en el plazo de diez días, un escrito fundamentado poniendo de manifiesto la insostenibilidad de la pretensión. Indefectiblemente, tiene que presentar demanda ejercitando las pretensiones del cliente ya que al ser una designación del turno de oficio es obligatoria su intervención en los términos que aquél le indique.

Si en un proceso judicial en que el Abogado designado del turno de oficio hubiese percibido de la Administración competente el pago de sus honorarios profesionales y posteriormente se abonasen las costas por la parte contraria, que fue condenada por sentencia firme a su pago, ¿qué se debería hacer con ese importe?. La ley establece que, obtenido el pago, los profesionales designados de oficio deben devolver las cantidades que, eventualmente, hubieren percibido por su participación en el proceso con cargo a fondos públicos. Habiendo percibido ya el Abogado sus honorarios por la Administración competente, el importe de las costas debe ser percibido por su defendido, único acreedor a las mismas. Habiendo percibido ya el Abogado sus honorarios por la Administración competente, ya no procede reclamar su importe y, por tanto, el mismo debería ser reintegrado a la parte que fue condenada a su pago. La ley prevé que en estos casos la parte condenada al pago de las costas abone directamente los honorarios del Abogado de oficio a la Administración competente.

Carlos acude al despacho profesional de Esther para encomendarle su defensa en un procedimiento judicial en el que, hasta ese momento, le estaba defendiendo Manuel, quien no había renunciado a la defensa. Esther, antes de asumir la dirección del asunto, le informa a Manuel de la encomienda y le solicita que le facilite la documentación que tenga en su poder para poder ejercer con garantías el correcto ejercicio del derecho de defensa de Carlos. En estas circunstancias: Manuel no se puede negar a facilitar a Esther la documentación de la que disponga. Manuel puede negar a Esther la documentación de la que disponga hasta que Carlos le abone sus honorarios. Manuel se puede negar en facilitar a Esther la documentación de la que disponga, hasta que Carlos se comprometa formalmente a abonarle sus honorarios. Manuel se puede negar a facilitar a Esther la documentación de la que disponga, hasta que Carlos le abone, por lo menos, la mitad de sus honorarios.

Ginés se ve constreñido a aceptar la defensa en juicio de una empresa con quien el bufete para el que trabaja tiene un gran interés en iniciar contactos profesionales permanentes. Después de entrevistarse con representantes de esta empresa y conocer con detalle los argumentos que podrían llevarle al éxito, decide aceptar el encargo y acude a los tribunales para tomar mejor conocimiento de los hechos objeto del proceso judicial y en ese instante comprueba que la parte contraria es también un cliente, con quien mantiene relación profesional desde hace años. ¿Qué podría hacer en esas circunstancias?. Debería renunciar a la defensa de la empresa, ya que el encargo profesional que recibió del particular es anterior. Debería renunciar a la defensa del particular, habida cuenta el interés del bufete en mantener una relación estable con ésta que, con toda seguridad, les reporta mayores beneficios. Debe renunciar, indefectiblemente, a la defensa y asesoramiento de ambos clientes. Debe renunciar a la defensa y asesoramiento de ambos clientes, salvo que recibiera autorización expresa de todos para intervenir a favor de cualquiera de ellos.

Recibido el encargo de defender al acusado de un grave crimen, en un proceso que se encuentra en fase de juicio oral, Luisa, Abogada de profesión, no se siente cómoda y pretende renunciar el encargo: Luisa es libre de renunciar a la dirección letrada del asunto, siempre que no se produzca indefensión a su cliente. Luisa tiene plena libertad de renunciar a la dirección letrada del asunto, independientemente de que se produzca indefensión al acusado. Luisa deberá de comunicar antes su intención de renunciar ante el Colegio profesional en que está inscrita, y el Colegio deberá de autorizar dicha renuncia. Luisa no puede renunciar, hasta que se haya asignado a otro Abogado/a, y éste tenga el visto bueno y conformidad del acusado.

En relación con la división territorial en que se organiza el Estado a efectos judiciales, ¿cuál de las siguientes afirmaciones sobre los partidos judiciales es falsa?. El partido es la unidad territorial integrada por uno o más municipios, sean o no limítrofes, pertenecientes a una misma provincia. La modificación de partidos se podrá realizar en función del número de asuntos que se tramiten en ellos. Para la modificación de partidos judiciales se atenderá a las características de la población, medios de comunicación y comarcas naturales en el territorio. El partido judicial podrá coincidir con la demarcación provincial.

La creación de Secciones y Juzgados que suponga alteración de la demarcación judicial: Corresponde al Gobierno, oídos preceptivamente la Comunidad Autónoma afectada y el Consejo General del Poder Judicial. Corresponde al Ministerio de Justicia, oídos preceptivamente la Comunidad Autónoma afectada y el Consejo General del Poder Judicial. Corresponde al Pleno del Consejo General del Poder Judicial, oídos el Ministerio de Justicia y la Comunidad Autónoma afectada. Debe tener rango de Ley.

Tras finalizar sus estudios de Grado en Derecho, un estudiante ejemplar se ha dedicado a preparar oposiciones, habiendo obtenido recientemente la plaza de funcionario como Asesor Jurídico de una Diputación. Como quiera que su jornada laboral es únicamente de mañana, ha decidido por las tardes abrir un despacho para asesorar en materia de derecho urbanístico, pero sin actuar ante los Tribunales debido a su horario laboral. Y al ser funcionario, sin incorporarse a un colegio de abogados. ¿Podría poner en la fachada del edificio una placa en la que anuncie sus servicios como Abogado?. Si, porque el hecho de ser funcionario por oposición permite usar la denominación de “abogado”. Si, porque la obtención del Grado en Derecho permite usar la denominación de “abogado”. No, porque sólo pueden usar la denominación de “abogado” los que ejercen incorporado a un Colegio español de Abogados. No, porque como sólo va a dedicarse a asesorar y no actuar ante los Tribunales, no puede usar la denominación de “abogado”.

Nicolás es un Abogado que acostumbra a exponer con vehemencia los intereses de su defendido en el acto del juicio. En una situación límite, en que considera que el testigo de la contraparte elude dar respuesta a sus preguntas, reclama que el tribunal le advierta de su obligación de responder, petición que le es denegada porque éste considera que la contestación es suficientemente precisa. Ante su insistencia, el tribunal advierte a Nicolás de la posibilidad de ser corregido disciplinariamente por el propio órgano judicial. ¿Es posible esta corrección disciplinaria?. No, porque los Abogados en ejercicio solo pueden ser corregidos disciplinariamente por el Colegio respectivo. No, porque en ningún caso un Abogado en ejercicio puede ser corregido disciplinariamente, sin perjuicio de que se puedan abrir diligencias penales contra él. Sí, porque se prevé la posibilidad de que los Abogados puedan ser corregidos disciplinariamente por los tribunales cuando, llamados al orden, no obedezcan reiteradamente al Juez o Magistrado que presida el acto. Sí, porque los Abogados nunca deben denunciar las respuestas evasivas de los sujetos interrogados, ya que solo los tribunales tienen esta facultad llamándoles al orden.

Luis, Abogado en ejercicio, es condenado por sentencia firme como inductor de un delito de falsedad, al haber aconsejado a un cliente que alterase el contenido de una certificación oficial para que pudiera beneficiarse de alguna prestación. ¿Qué consecuencias disciplinarias podrían acarrear para Luis estos hechos?. Ninguna consecuencia porque, en el ejercicio de su profesión, Luis está obligado a aconsejar a sus clientes lo mejor para sus intereses. Ninguna consecuencia, por el principio non bis in idem, ya que ha sido condenado en vía penal. Sí tiene consecuencias disciplinarias, que le podrían llevar a ser expulsado del Colegio. Sí tiene consecuencias disciplinarias, que le pueden suponer la suspensión del ejercicio de la abogacía por un plazo de hasta dos años.

Esther, una afamada Abogada de Barcelona, recibe el encargo de un cliente para actuar en un juzgado de Valencia. Ganado el pleito y condenada la parte contraria al pago de las costas, interesa su tasación, presentando la minuta según la cual la Abogada ajusta sus honorarios a los baremos orientadores del Colegio de Abogados de Barcelona, que es donde está colegiada. ¿Se ajusta a Derecho esta petición?. No, no es correcta, porque para la fijación de los honorarios se tienen en cuenta, como referencia, los baremos orientadores del Colegio en cuyo ámbito actúe. No, no es correcta porque, en todo caso, es al Letrado de la Administración de Justicia a quien corresponde determinar el importe de honorarios profesionales que puede percibir la Abogada. La petición es correcta, porque los honorarios de la Abogada se ajustan a los baremos del Colegio al que pertenece. Aunque correcta, la actuación es desacertada porque, en todo caso, la cuantía de las costas en que debería ser reintegrada la parte debe incluir, en su integridad, los honorarios satisfechos al Abogado, sea cual fuere la cantidad que hubiesen pactado éste y el cliente.

¿Es necesario formalizar el ingreso en la Mutualidad General de la Abogacía, Mutualidad de Previsión Social o, en su caso, en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda cuando el profesional se incorpora a un Colegio de Abogados como no ejerciente?. Sí, la incorporación a un Colegio de Abogados exige siempre la formalización del ingreso en alguna de las referidas entidades. No, la incorporación a un Colegio de Abogados exige formalizar el ingreso en alguna de estas entidades solo cuando aquella se realiza como Abogado ejerciente. No, la incorporación a un Colegio de Abogados no exige el ingreso en ninguna de estas entidades, ya que dicha formalización es, todo caso, facultativa. No, porque a los profesionales que se incorporan en un Colegio de Abogados siempre se les incluye en el régimen de la Seguridad Social.

Pendiente de la contratación de los servicios de una empresa especializada para la digitalización de sus archivos, Isabel, Abogada ejerciente, ha decidido elaborar ya, en papel, unas fichas con toda la información relativa a los clientes de su despacho. Tras comentarlo con otra compañera, ésta le advierte que no debe hacerlo porque sería contrario a la normativa en materia de protección de datos. ¿Tiene razón esta compañera?. No, se equivoca, porque las medidas de protección de datos se aplican solo a los ficheros informáticos. No, porque puede elaborar esas fichas siempre que garantice la custodia y protección de esos datos con medidas de seguridad adecuadas. Sí, porque la normativa prevé que la protección se aplique tanto al tratamiento automatizado de datos personales como al tratamiento manual, cuando esos datos figuren en ficheros destinados a ser incluidos en él. En realidad, la normativa prevé la posibilidad de elaboración de estos ficheros sin más limitación que no puedan incluir datos especialmente sensibles.

Ginés defiende los intereses de un cliente en un proceso laboral por despido que considera improcedente. Iniciado ya el proceso judicial, Ginés mantiene contactos con el Abogado de la parte contraria, conservando los emails donde cruzaban ofertas y propuestas para la solución del conflicto. En un momento del proceso, la parte decide prescindir de los servicios de Ginés y le pide copia de esos emails que, sabe, han cruzado ambos abogados con el objetivo de ponerlos a disposición de su nuevo Abogado. ¿Está Ginés obligado a facilitar esos correos?. Sí, porque el cliente tiene derecho a recibir toda la documentación que Ginés guarde en su poder en relación con el asunto. Sí, porque el cliente tiene derecho a recibir toda la documentación que Ginés guarde en su poder, salvo que el Abogado contrario lo hubiese prohibido expresamente. No, porque Ginés no puede reenviar correos electrónicos de otros compañeros sin su expreso consentimiento. No, porque Ginés no puede dar a su cliente esa documentación en ningún caso.

Laura, que cuenta con unos ingresos brutos anuales cercanos a los 70.000 euros, sufre un desgraciado accidente que le ocasiona graves secuelas permanentes y le impide totalmente la realización de las tareas de la que, hasta ese momento, había sido su profesión habitual, incluso necesita la ayuda de otras personas para poder realizar las actividades más esenciales de su vida diaria. Laura está convencida de la responsabilidad en el siniestro de la empresa para la que venía trabajando, por lo que se propone reclamar a ésta una indemnización por los daños personales y morales sufridos. En tales circunstancias, ¿tendría derecho a la asistencia jurídica gratuita?. Sí, porque en todas las reclamaciones de indemnización por los daños personales y morales se tiene siempre derecho a la asistencia jurídica gratuita. Sí, por las consecuencias del accidente, y ello con independencia de los recursos que tuviere para litigar. No porque, a pesar de las consecuencias del accidente, los ingresos de Laura superan con creces el máximo permitido para acceder a este derecho. No tiene derecho al reconocimiento del derecho, pero sí estará exenta del pago de tasas Judiciales y de los depósitos necesarios para la interposición de recursos.

Olegario inició un pleito reclamando el pago de sus honorarios como experto en marketing y publicidad, para lo cual, siguiendo el consejo de un amigo, contrató los servicios de una Abogada. Después de formulada la demanda, se sucedieron una serie de acontecimientos en la vida personal y familiar de Olegario que primero trajeron consigo el cese de sus ingresos, y que luego terminaron por mermar casi por entero su patrimonio. Ante esta situación se plantea solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita para poder continuar con el proceso judicial sin tener que abonar los honorarios de la Abogada devengados desde el comienzo de la sustanciación del mismo. ¿Procede reconocer ese derecho?. No, porque la ley prevé que no se reconozca el derecho a la asistencia jurídica gratuita el actor una vez presentada la demanda. No porque, pese a que la ley prevé el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita cuando se acredite que las circunstancias y condiciones necesarias para esta declaración sobrevinieron con posterioridad a la demanda, tal reconocimiento no puede tener carácter retroactivo y solo alcanza a las actuaciones devengadas desde su solicitud. Sí, porque la ley prevé que se reconozca el derecho a la asistencia jurídica gratuita, incluso con carácter retroactivo, cuando se acredite que las circunstancias y condiciones necesarias para obtener aquél sobrevinieron con posterioridad a la demanda o contestación. Sí, porque la ley prevé que se reconozca el derecho a la asistencia jurídica gratuita en cualquier estado de tramitación del procedimiento, y ello con independencia del momento en que se hubieren dado las condiciones económicas que hagan acreedor de ese derecho al solicitante.

Tasadas las costas impuestas por sentencia al demandante, éste impugna la tasación por considerar excesivos los honorarios de Ester, abogada de la demandada, proponiendo la reducción de los mismos que no es aceptada por Ester. Ante este desacuerdo, ¿quién debe resolver la cantidad que corresponde a Ester por sus honorarios?. El Letrado de la Administración de Justicia. El Colegio de Abogados. El Juez. El Abogado de la parte condenada.

Tras haber sido designado Manuel como Abogado de José, después de que a éste le hubiere sido reconocido su derecho a la asistencia jurídica gratuita, recibe de su cliente toda la documentación necesaria para organizar la defensa y dedica los siguientes tres meses a estudiar el asunto con todo detalle. Finalmente, llega a la conclusión de que no puede defender las tesis de José, y que la pretensión es insostenible, por lo que se plantea renunciar al caso. ¿Cómo podrá hacerlo?. Comunicándoselo a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita para que archive las actuaciones. Comunicándoselo al Juzgado, para que continúe el procedimiento sin él. Comunicándoselo a su cliente para que proceda a instar una nueva solicitud. No podrá renunciar, estando obligado a asumir la defensa, pues no ha efectuado la renuncia dentro del plazo previsto en la ley.

Impuesta una corrección disciplinaria de apercibimiento a un Abogado, por su actuación ante los tribunales, ¿qué recurso puede interponer contra el acuerdo dictado por el Juez y ante quién se interpone?. Contra los Acuerdos de corrección de apercibimiento no cabe recurso alguno, sin perjuicio de formular protesta para poder apelar en su caso el fondo de la resolución final que ponga fin al proceso. Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial. Recurso de audiencia en justicia ante el juez, que lo resolverá en el siguiente día.

Carlos, Abogado recibe el encargo de promover un procedimiento penal contra su compañero también Abogado, por la presunta agresión de éste a un conductor, con quien mantuvo una fuerte discusión de tráfico. Carlos se pregunta si debe realizar alguna actuación previa a la interposición de la querella. Indique la respuesta correcta: Carlos debe informar al Juez Decano para que pueda realizar una labor de mediación. Carlos debe informar al Decano del Colegio de Abogados para que pueda realizar una labor de mediación. Carlos debe informar al Secretario de la Junta Arbitral para que pueda realizar una labor de mediación. No es necesario que Carlos realice ninguna actuación previa a formular la querella.

Dídac es el Abogado de Mariel en el proceso civil por el que ésta reclama el cobro de cantidades que indebidamente le ha retenido su banco. Sin embargo, a pesar de los intentos de Dídac por cobrar sus honorarios profesionales de su cliente, ésta responde siempre con evasivas. En esas circunstancias, Dídac decide reclamar a Mariel, manifestando formalmente que esos honorarios le son debidos y no han sido satisfechos. Dicha reclamación: Debe efectuarse a través del proceso declarativo que corresponda por razón de la cuantía. Puede efectuarse a través de una demanda de ejecución ante el mismo Juzgado que esté conociendo del asunto, donde se despachará la misma. Puede efectuarse a través de un procedimiento en el que directamente se requerirá al deudor para que pague dicha suma, bajo apercibimiento de apremio si no pagare. Puede efectuarse a través de un procedimiento en que directamente se requerirá al deudor para que pague dicha suma o impugne la cuenta, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación.

Carmen, capitán del Ejército del Aire, no ha superado los cursos de ascenso a comandante. No estando de acuerdo con tal decisión, decide impugnar la resolución, pero tiene dudas sobre cuál sería la jurisdicción competente para conocer del asunto. Su abogado le dice que la competente es la jurisdicción contencioso-administrativa ¿Es correcta esta afirmación?. Sí, porque al ser materia de personal, la jurisdicción competente es la jurisdicción contencioso administrativa. No, porque lo militares tienen que dirigir todos los asuntos derivados o provenientes de su profesión, a la jurisdicción militar. No, porque el régimen de ascensos en la Carrera Militar, no es susceptible de impugnación en ninguna jurisdicción. No, porque al tratarse de una cuestión derivada de su profesión, la jurisdicción competente es la jurisdicción laboral.

Margarita es funcionaria, médico especialista en pediatría, y ha recurrido en vía administrativa la resolución dictada por la Consejería de Sanidad de su Comunidad Autónoma que desestima su solicitud de reconocimiento de determinados derechos económicos. Al haberse desestimado su recurso está buscando un abogado que le pueda llevar el caso ante los juzgados de lo contencioso-administrativo, pero un amigo le comenta que ella podría defenderse a sí misma, sin necesidad de contratar a un abogado. ¿Es eso cierto y Margarita podría comparecer por sí misma en defensa de sus derechos?. Sí, porque al ser un funcionario público, puede comparecer por sí mismo en defensa de sus derechos estatutarios, cuando se refieran a cuestiones de personal que no impliquen separación de empleados públicos inamovibles. Sí, porque al ser funcionario público, puede comparecer por sí mismo en defensa de sus derechos, en cualquier clase de procedimiento judicial y materia. No, porque cuando la competencia para conocer del asunto recaiga en un órgano judicial unipersonal, Margarita debe estar asistida en todo caso por un Abogado y podría conferir su representación a un procurador. No, porque ante la jurisdicción contencioso-administrativa siempre es preceptivo estar representado por un procurador y asistido por un abogado.

Santos es un Abogado al que la empresa a la que lleva asesorando desde hace más de 20 años le ha encomendado la tramitación del despido de algunos trabajadores. Para agilizar los trámites, la empresa le ha transferido un fondo de 145.000€ para el ofrecimiento y pago de las eventuales indemnizaciones. Como quiera que, tras las negociaciones, Santos consiguió una importante rebaja de las previsiones indemnizatorias, al finalizar su intervención se produjo un remanente de 30.000 €. El administrador de la sociedad le autorizó verbalmente, entonces, a que detrajese sus honorarios de ese importe, por lo que el Abogado devolvió únicamente 20.000 €, enviando una minuta por el resto. Dos años después, el administrador se jubila y el nuevo administrador denuncia al Abogado ante el Colegio de Abogados. ¿Actuó correctamente Santos?. Sí, porque detrajo sus honorarios con consentimiento de la empresa, con la que le unía una gran relación de confianza. No, porque debió haber obtenido el consentimiento por escrito. No, porque el abogado nunca debe detraer sus honorarios de los fondos recibidos, ni tan siquiera con consentimiento del cliente. El abogado puede detraer sus honorarios en todo caso, con la única condición de que lo comunique y justifique al cliente.

En un descuido, el Abogado defensor de un acusado, que se encuentra en prisión provisional por esa causa, anota en la agenda el señalamiento de su juicio en un día distinto al indicado en la notificación, por lo que el día del juicio no comparece y tiene que suspenderse. Con independencia de la calificación de la presunta infracción, ¿en qué clase de responsabilidad podría incurrir el Abogado?. En responsabilidad civil, penal y disciplinaria. En responsabilidad civil derivada de delito y en responsabilidad penal, que excluye la responsabilidad disciplinaria por aplicación del principio non bis in idem. En responsabilidad civil y, alternativamente en responsabilidad penal o disciplinaria, ya que la penal excluye la responsabilidad disciplinaria por aplicación del principio non bis in idem. En responsabilidad civil, penal y policía de estrados.

Entre las correcciones que el Decano y la Junta de Gobierno pueden aplicar a los Colegiados en vía disciplinaria no se encuentra: La amonestación pública. El apercibimiento por escrito. La suspensión del ejercicio de la abogacía por un plazo no superior a dos años. La expulsión del Colegio.

En trámite de conclusiones orales en el acto de una vista, Arturo, Abogado especialista con muchos años de experiencia, se refiere a su compañera, Marta, Abogada mucho más joven y que acaba de incorporarse al ejercicio de la profesión, como alguien “cuya inexperiencia y falta de preparación justifica su discurso, carente de interés alguno para la resolución del litigio”. ¿Sería aceptable el uso de esas expresiones?. Sí, porque está amparado en su derecho a la libertad de expresión. Sí, porque se justifica por el derecho a la defensa de los intereses de su cliente. No, porque con dicha expresión, innecesaria para el ejercicio de defensa de su cliente, además falta el respeto a la Abogada contraria. No, esas expresiones pueden realizarse en escritos judiciales, pero no en los informes orales en audiencia pública.

Un grupo de antiguos compañeros de carrera deciden formar una agrupación de abogados jóvenes y para ello elaboran sus propios estatutos y se constituyen en agrupación, instando su inscripción en el registro de asociaciones de su comunidad autónoma para, a continuación, solicitar de la Junta de Gobierno del Colegio al que todos ellos pertenecen una subvención para sus actividades ¿Tendrían derecho a esa subvención?. No, porque antes debe aprobarse la constitución de esa agrupación por la propia Junta de Gobierno. No, porque en ningún caso se permite constituir una agrupación de abogados jóvenes. Sí tendrían derecho a la subvención, con base al principio de igualdad y libertad asociativa que reconoce la Constitución. No tendrían derecho, pero eso no obstaría al normal funcionamiento y reconocimiento de su existencia por la Junta de Gobierno sin más noticia que su inscripción en el registro de asociaciones.

María José es Abogada, amiga de la familia de Rubén, quien ha sido detenido por la Policía acusado de un delito contra la salud pública. Cuando recibe el aviso, a través de un miembro de esa familia, se desplaza a la Comisaría donde todavía se encuentra Rubén, indicando que ha recibido el encargo de asistir al detenido en todas las diligencias. En ese instante, la propia Policía le indica que eso no va a ser posible, porque el Juez que instruye las diligencias ha dictado un Auto por el que se acuerda que la asistencia al detenido se preste por el Abogado de guardia y no por uno de su confianza. ¿Realmente, podría disponer el Juez esta medida?. No, ya que con ello estaría vulnerando el derecho del detenido a la libre elección de Abogado. No, ya que esta medida solo puede acordarla durante la instrucción de procesos por delitos contra la seguridad del Estado. Sí, porque solo el Abogado de guardia es quien puede asistir a los detenidos. Sí, porque en determinadas circunstancias se prevé que el detenido o preso pueda ser privado del derecho a designar un abogado de su confianza.

Ismael es un Abogado a quien, desgraciadamente, diagnostican una grave enfermedad que durante un largo tiempo le va a impedir atender el cuidado de sus asuntos. Por esta razón, para no extender demasiado la noticia, decide comunicarlo solo a sus clientes y a los juzgados donde se tramitan los procesos judiciales que tiene en curso donde, al tiempo solicita la suspensión del trámite de aquellas actuaciones. Con ello ¿ha cumplido con todas las exigencias propias de su cargo?. Sí, ha cumplido suficientemente con aquellas exigencias. Sí, aunque en realidad bastaba con que lo hubiese comunicado a sus clientes, y ya ellos lo habrían puesto en conocimiento de los juzgados respectivos. No, debería haberlo comunicado también a su Colegio. No, debería haberlo comunicado a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia donde radicasen aquellos juzgados para que fuera aquélla quien trasladase esa información a estos órganos.

Antón es un joven Abogado en ejercicio, que acaba de incorporarse a un despacho de abogados colectivo mediante un contrato en prácticas. En el despacho le han asignado como tutora a una Abogada que cuenta con cuatro años de antigüedad en el ejercicio de la profesión. ¿Es válida esa asignación de tutor/a?. Sí, porque puede desempeñar las labores de tutor cualquier Abogado/a en ejercicio, ya sea del mismo despacho o no. Sí, porque puede desempeñar las labores de tutor cualquier Abogado/a en ejercicio, siempre que sea del mismo despacho. No, porque puede desempeñar las labores de tutor cualquier Abogado/a del despacho, pero que cuente con más de cinco años de antigüedad en el ejercicio de la profesión. No, porque las labores de tutor solo pueden ser desempeñadas por profesionales designados expresamente por el Colegio.

Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción tienen su sede: En la capital del partido judicial. En cualquiera de los municipios del partido judicial. En las capitales de provincia. En todas las poblaciones con más de 75.000 habitantes.

María ejerce la abogacía de forma colectiva con otros compañeros. Juana ha solicitado a María que sea su Abogada para ejercer la acusación particular en un procedimiento penal seguido contra su exmarido, Pedro, por impago de unaMpensión de alimentos para los hijos habidos en el matrimonio que había sido acordada en sentencia firme de divorcio. María se da cuenta de que el divorcio fue llevado por un compañero de su despacho, circunstancia que Juana desconoce. ¿Puede María aceptar la defensa de Juana?. Sí, puede aceptarla libremente. Sí, puede aceptarla, pero solo porque María no es la Abogada de Pedro. No, debe rechazar la defensa, ya que dicha intervención resultaría contraria a los principios de confianza e integridad. No puede aceptar la defensa en el procedimiento penal, aunque sí podría ser la Abogada de Juana en procedimientos de otra naturaleza entre ésta y Pedro como, por ejemplo, en un procedimiento civil de modificación de medidas.

Ante el juzgado de primera instancia que está conociendo de un procedimiento ordinario se pone de manifiesto un hecho que ofrece la apariencia de delito perseguible de oficio y que podría tener influencia decisiva en la resolución del asunto civil, por lo que de inmediato se ordena la puesta en conocimiento del Ministerio Fiscal. ¿Implica esta circunstancia la suspensión de actuaciones en el procedimiento civil?. No, en ningún caso se interrumpirá el procedimiento civil. Sí, pero la suspensión se acordará una vez que el procedimiento esté pendiente solo de sentencia. Sí, y en todo caso se acordará sin esperar a la conclusión del procedimiento. Sí, aunque se acordará sin esperar a la conclusión del procedimiento cuando la suspensión venga motivada por la posible existencia de un delito de falsedad de alguno de los documentos aportados y, a juicio del tribunal, este pudiera ser decisivo para resolver sobre el fondo del asunto.

Luisa y Ramón son dos profesionales de la abogacía que se dirigen mutuamente algunos correos electrónicos al hilo de la negociación de un procedimiento matrimonial en ciernes, dejando entrever ambos desde el inicio que las mismas no están sujetas a secreto profesional. Finalmente, no se alcanza el acuerdo y Luisa, al preparar la demanda, se plantea si puede acompañar a la misma una copia de esas comunicaciones enviadas a Ramón. ¿Sería esto posible?. Sí, Luisa podría acompañar a la demanda copia de esas comunicaciones. No, Luisa solo podrá acompañar esas comunicaciones a la demanda si Ramón presta su expreso consentimiento para ello. No, Luisa no podrá aportar esas comunicaciones a la demanda, dado que ello supondría vulneración del secreto profesional. Luisa solo podrá aportar esas comunicaciones a la demanda si previamente obtiene autorización expresa por parte del Colegio de Abogados donde se vaya a tramitar el proceso judicial.

Un despacho profesional de abogados contrata a un comercial, no abogado, para ofrecer sus servicios a empresas y particulares, a cambio de percibir un porcentaje del 18% del volumen total de facturación de los clientes que aporte al despacho. ¿Es correcta esta actuación?. No es correcta la actuación, ya que el comercial no es abogado. No es correcta la actuación, ya que los abogados en ningún caso pueden compartir los honorarios con persona ajena a la profesión. La actuación es correcta si el cliente lo autoriza. La actuación es correcta si se informa al cliente de esa circunstancia.

¿Cuál es el órgano competente para conocer de la acción de anulación de un laudo arbitral?. El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se haya dictado el laudo. La Audiencia Provincial, o Sección Civil de la misma, del lugar en que se haya dictado el laudo. La Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma donde se hubiere dictado el laudo. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma donde se hubiere dictado el laudo.

La acción de anulación de un laudo arbitral: Habrá de ejercitarse dentro de los tres meses siguientes a su notificación y se sustanciará por los cauces del juicio verbal. Habrá de ejercitarse dentro de los tres meses siguientes a su notificación y se sustanciará por los cauces del juicio ordinario. Habrá de ejercitarse dentro de los dos meses siguientes a su notificación y se sustanciará por los cauces del juicio verbal. Habrá de ejercitarse dentro de los dos meses siguientes a su notificación y se sustanciará por los cauces del juicio ordinario.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha puesto a disposición de las partes interesadas un acuerdo amistoso que, finalmente, no aceptan. ¿Podrán ser mencionadas o invocadas las circunstancias recogidas en ese acuerdo en el posterior procedimiento contencioso?. No, no podrán ser mencionados ni invocados en el procedimiento contencioso ninguna comunicación escrita u oral, ni ninguna oferta o concesión realizadas en el marco de dichas negociaciones. Sí, en el procedimiento podrán ser mencionados, sin limitación alguna, cuantas circunstancias se hubieren planteado en todo el proceso negociador del acuerdo. Sí, podrán ser mencionados, pero sin expresar detalles sobre las posturas que una y otra parte hubieren ofrecido a la contraria. Podrán ser mencionados, siempre que obtuvieren autorización expresa del Secretario del Tribunal.

Si, impugnada una tasación de costas por considerar excesivos los honorarios del Abogado minutante, éste acepta la reducción de honorarios que se le reclame: El Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto aprobando la tasación por ese importe. El Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto manteniendo la tasación realizada o, en su caso, introducirá las modificaciones que estime oportunas. El Juez dictará auto manteniendo la tasación realizada o, en su caso, introducirá las modificaciones que estime oportunas. Se pasará testimonio de los autos, o de la parte de ellos que resulte necesaria, al Colegio de Abogados para que emita informe.

La Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa prevé que, en primera o única instancia, el órgano jurisdiccional, al dictar sentencia o al resolver por auto los recursos o incidentes que ante el mismo se promovieren, imponga las costas: A la parte que sostuviere su acción o interpusiere los recursos con mala fe o temeridad, razonándolo debidamente. A la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que aprecie y así lo razone, que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho. A la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que esta fuere una Administración Pública. A la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que esta tuviere reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Elena y Olga han suscrito un contrato de arrendamiento de vivienda por el que la primera cede el uso del inmueble de su propiedad a cambio de una renta mensual que fijan en 1.100 euros. En una de sus cláusulas establecen que, para cualquier controversia que se pueda suscitar en relación al cumplimiento e interpretación del contrato, las partes se someterán a arbitraje. ¿Es válido ese pacto?. Sí, porque tanto la Ley de Arbitraje como la Ley de Enjuiciamiento Civil permiten que este tipo de contratos puedan ser sometidos a arbitraje. No, porque el sometimiento a arbitraje solo puede hacerse en los contratos para uso distinto al de vivienda, donde el poder de disposición de las partes es más amplio. No, porque los arrendamientos urbanos son una de las materias excluidas expresamente del arbitraje. Sí, siempre que el árbitro o árbitros designados sean abogados especialistas en materia de arrendamientos urbanos.

Marta, condenada al pago de las costas en un proceso judicial, se propone impugnar la tasación de costas promovida por la parte contraria al haberse incluido minuta del Abogado de esa parte que considera excesiva, ya que detalla la realización de trámites que no se han producido en el curso del proceso, ¿cómo puede promover esa impugnación?. A través de un recurso de reposición contra la resolución que acuerde la incorporación a los autos de la minuta del Abogado. A través del incidente de impugnación de la tasación de costas por excesivas. A través del incidente de impugnación de la tasación de costas por indebidas. A través del incidente de impugnación de la tasación de costas por excesivas e indebidas.

Marta, Abogada en el turno de oficio, ha sido designada para defender a un detenido, a quien la Policía investiga como presunto autor de un delito de abuso de menores. Nada más conocer su designación, Marta solicita excusar su intervención profesional por motivos personales, ya que hace años vivió en el seno de su propia familia una situación similar. ¿Podrá obtener dicha excusa?. Sí, siempre que el cliente muestre su conformidad. No, dado que en el ejercicio de su cargo y para asegurar el derecho a la defensa, la Letrada está obligada a asistir al investigado. Sí, es posible la excusa en el orden penal, siempre que concurra un motivo personal y justo, que deberá ser apreciado por el Juzgado que esté conociendo o vaya a conocer del asunto. Sí, es posible la excusa en el orden penal, y para ello deberá concurrir un motivo personal y justo que será apreciado por el Decano de su Colegio profesional.

La Abogada Helena asiste a un cliente, Hernán, en una causa penal en fase de instrucción. En un momento dado Hernán, descontento con los cauces que sigue la instrucción, exige a Helena que recuse al Juez instructor por el motivo que le resulte más plausible, al objeto de apartarlo de la causa o, al menos, retrasar la instrucción. Helena cree que la recusación sería infundada y contraproducente, por lo que le asesora profesionalmente en sentido contrario, pero Hernán la presiona para recuse al Juez. ¿Podría Helena desatender las instrucciones de su cliente?. Sí, puede rechazar las instrucciones de Hernán y no recusar al Juez. No, debe seguir las instrucciones del cliente pues, aunque contradigan su criterio profesional, es quien decide en última instancia la actuación más conveniente. No, debe atender a las instrucciones de su cliente, haciendo constar este extremo en el escrito que dirija al Tribunal. Sí, pero renunciando de inmediato a la defensa, comunicándolo al Tribunal para que designe a Hernán provisionalmente un Abogado del turno de oficio que le asista.

Rafael y Antonia son dos Abogados que están intentando llegar a una solución extrajudicial para el conflicto que enfrenta a sus clientes. En determinado momento, Rafael ve que el acuerdo es imposible y tiene que presentar la reclamación judicial. ¿Qué debe hacer Rafael?. Puede o no, según le convenga, comunicar a Antonia que da por concluido el intento de resolución extrajudicial. Debe comunicar a Antonia la finalización de las negociaciones solo si en el procedimiento judicial de que se trate es preceptiva la intervención del Abogado. Tiene que comunicar a su compañera Antonia que han concluido las gestiones extrajudiciales antes de interponer la reclamación judicial. No tiene que comunicar nada a Antonia.

En el acto del juicio oral de un proceso civil, el Abogado Ernest, al oír la declaración de un testigo de la parte contraria y cómo faltaba claramente a la verdad para engañar al Tribunal, sin pronunciar palabra alguna, comenzó a gesticular llevándose las manos a la cabeza, poniendo los ojos en blanco y dirigiendo miradas al Tribunal para hacer ostensible su desaprobación. ¿Vulneró dicha actuación el Código Deontológico de la Abogacía?. No, ya que estaba justificada por el ejercicio del derecho de defensa y no faltó al respeto al Tribunal ni a las partes. Sí, ya que no autoriza dicho Código que se hagan gestos de reproche que aludan a cualquier persona que intervenga en el juicio. No, ya que se limitó a gestos socialmente admitidos y solo se prohíbe la desaprobación oral o escrita que implique falta de respeto. No, pues el Código no regula conductas que puedan afectar a un testigo, pero podría ser apercibido por el Tribunal por faltar al orden debido en una vista oral.

Carlos es Abogado de María y de Juan en un procedimiento penal en el que ambos son acusados de un delito de estafa cometida de común acuerdo, frente a la compañía aseguradora LA PELIGROSA. En este proceso María se ha apropiado de 200.000 €, pero la compañía aseguradora les acusa a ambos de haberse apropiado de la referida cantidad por partes iguales. ¿Puede Carlos ejercer la defensa de María en dicho procedimiento?. Sí, porque la defensa de ambos no implica un conflicto de intereses. No, en ningún caso. Solamente si Juan le autoriza expresamente para ello. Solamente en el caso de que ambos, María y Juan, le autoricen expresamente.

El cliente Manuel ha encargado a la Abogada Luisa interponer una reclamación de unas rentas impagadas por un arrendamiento. Una vez presentada la demanda, Manuel no se siente muy contento con el asesoramiento de Luisa y decide consultar el asunto con la Abogada Isabel. En relación con esta situación: Isabel no puede emitir una opinión sobre el asunto que lleva Luisa salvo que le autorice la Junta de Gobierno del Colegio. Isabel debe declinar el asesoramiento que le pide Manuel, so pena de incurrir en una infracción deontológica por deslealtad hacia otro compañero. Isabel, antes de emitir esta opinión, podrá dirigirse a Luisa para recabar la información que necesite. Isabel, antes de emitir cualquier opinión sobre el asunto, deberá pedir a Manuel que comunique previamente y de manera fehaciente a Luisa el cambio de Abogado.

Fernando ha trabajado como Abogado profesional en el despacho de Saturnino durante 13 años. Laura, Abogada y con despacho propio, le ha propuesto a Fernando que se incorpore a su plantilla, siempre y cuando Fernando le revele hechos y datos de clientes de Saturnino: Fernando, una vez abandonado el despacho de Saturnino, no tiene restricción alguna para divulgar hechos y datos de clientes de Saturnino. Fernando no podrá divulgar ningún hecho ni dato de los clientes de Saturnino hasta que haya transcurrido el plazo de 10 años desde el cese de su trabajo. La obligación de guardar el secreto profesional por parte de Fernando permanece incluso una vez abandonado el despacho de Saturnino, sin que esté limitada en el tiempo. Fernando podrá revelarle a Laura los hechos y datos de clientes de Saturnino, siempre y cuando tenga el consentimiento de los clientes.

El Estatuto General de la Abogacía es una norma: Cuyo proyecto elaboró el Consejo General de la Abogacía y fue aprobada por el Gobierno, mediante Real Decreto, a través del Ministerio de Justicia. Elaborada y aprobada por el Consejo General de la Abogacía, y con fuerza vinculante para los profesionales colegiados, pero no terceros. Cuyo proyecto elaboró el Ministerio de Justicia, con informe preceptivo del Consejo General de la Abogacía, y fue aprobada mediante Real Decreto. Con rango de Ley ordinaria, impulsada por el Ministerio de Justicia, con informe preceptivo del Consejo General de la Abogacía.

La Magistrada Raquel, en situación de excedencia voluntaria, quiere defender en los tribunales a su padre en un asunto arrendaticio. Pregunta a su amigo Jesús, Abogado, si puede hacerlo y qué requisitos debe cumplir ante el Colegio de Abogados. Jesús le indica que, aparte de los trámites que precise ante el Consejo General del Poder Judicial: No necesita incorporarse a ningún Colegio profesional, bastando que comunique su intervención al Abogado de la parte contraria y al Decano del Colegio de Abogados. Necesitaría tener aprobado el examen de acceso a la profesión de Abogado, en los términos establecidos en la legislación vigente, además de colegiarse temporalmente en cualquier Colegio de Abogados. No precisa de otro requisito que el de ser habilitada por el Decano del Colegio de Abogados para la defensa del asunto de su padre. En ningún caso puede asumir la defensa de su padre, al ser incompatible su condición de Magistrada, aun excedente, con el ejercicio puntual de la profesión de Abogado.

El Abogado Iván, incorporado como ejerciente al Colegio de Abogados de Toledo el 2 de enero de 2019, quiere votar en las elecciones a miembros de junta de gobierno de su colegio que han sido convocadas con fecha 1 de marzo de 2019 y a celebrar el 1 de septiembre de 2019. ¿Puede Iván votar en las elecciones conforme a lo que dispone el Estatuto General de la Abogacía Española?. No, porque los colegiados no pueden participar en las elecciones que se convoquen en su primer año de colegiación. No, porque todavía no lleva tres meses colegiado al convocarse las elecciones. Sí, puede participar como elector desde el mismo día de la colegiación. Sí, puede participar como elector porque lleva más de tres meses colegiado al celebrarse las elecciones.

Beatriz pretende colegiarse por primera vez como Abogada ejerciente y, aunque reside en Valencia y va a establecer allí su despacho, decide hacerlo en el Colegio de Madrid, por ser la cuota mensual más barata. ¿Cómo se resuelve su solicitud de colegiación?. Debe denegarse, ya que hay que colegiarse donde se tiene el despacho único o principal. Debe aceptarse, pues en España rige la libertad de elección de colegio. Debe aceptarse por el principio de colegiación única. Debe denegarse, pues para matricularse en un colegio es necesario tener un despacho en su demarcación.

Juan, titular de un despacho individual, asume la defensa de los intereses de Juana en un pleito matrimonial. Para intervenir en las medidas provisionales, Juan delega su actuación en su amiga Maria José, Abogada integrada en un despacho colectivo. ¿A favor de quién se devengarán los honorarios a cargo del cliente por la actuación en las medidas provisionales?. A favor de Juan. A favor de María José. A favor del despacho colectivo en el que trabaja María José, sin perjuicio del régimen interno de distribución de honorario del despacho. Dependerá del acuerdo al que hayan llegado Juan y María José para el pago de los honorarios de dicha actuación.

Mario y Julia, Abogados colegiados en el Colegio de León, comparten un piso en la Gran Vía de San Marcos, repartiendo entre los dos los gastos del alquiler, limpieza, electricidad e internet al cincuenta por ciento, dedicándose el primero exclusivamente a asuntos civiles y Julia a temas laborales y contencioso-administrativos. En la entrada del despacho figuran dos placas con el nombre de cada uno. Juan, cliente de Mario, que se ha visto perjudicado por no haber presentado la contestación a una demanda de juicio verbal, encarga a la Abogada Silvia presentar demanda. En caso de ser viable la misma, ¿contra quién debería presentar la demanda?. Contra Mario y Julia, de forma solidaria, ya que al compartir el mismo despacho están ejerciendo de forma colectiva, y por tanto la responsabilidad es de ambos. Contra Mario exclusivamente porque el compartir local, instalaciones o servicios sin identificación conjunta ante la clientela, no conlleva la pérdida de condición del ejercicio de forma individual. Contra Mario y Julia, solicitando en primer lugar la condena de Mario, como responsable directo del perjuicio causado, y subsidiariamente contra ambos solidariamente al ejercer en el mismo despacho. Contra Mario y Julia, de forma mancomunada al cincuenta por ciento cada uno por ser ese el porcentaje de participación de cada uno de los gastos de alquiler, limpieza, etc.

María va a ejercer la abogacía por cuenta ajena en el despacho de su tío y quiere darse de alta en la Mutualidad General de la Abogacía. ¿Es ello posible?. No, dado que al trabajar por cuenta ajena sus contingencias están cubiertas por el Régimen General de la Seguridad Social, en el que será dada de alta. Sí, y además obligatorio, independientemente de si actúa por cuenta propia o ajena. Sí, como complemento a las prestaciones que tendrá de la Seguridad Social. No, porque al trabajar por cuenta ajena tiene que darse de alta en el Régimen General de la Seguridad Social o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Mónica ejerce la abogacía, habiendo elegido la afiliación a una Mutualidad de previsión alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para la cobertura de la previsión social. Se pregunta si está incluida en el Sistema Público de Salud, a los efectos de obtener asistencia sanitaria. No, debe contratar un seguro privado en todo caso. Sí, está incluida en el Sistema Público de Salud mientras sus ingresos sean inferiores a 100.000 €. Sí, está incluida en el Sistema Público de Salud cualesquiera que sean sus ingresos. No, para ello debió haber optado por el RETA.

El Abogado Alberto, titular de un despacho individual sito en Marbella, recibe de un cliente, Eduardo, funcionario del Ayuntamiento con diez años de antigüedad, el encargo de asesorarle en la compraventa de un local comercial en la Costa del Sol, valorado en 360.000 €, para el que hay que dar una señal de 30.000 € y escriturar en el plazo de un mes. Eduardo manifiesta que quiere invertir sus pequeños ahorros conseguidos con su sueldo de funcionario y necesita pedir una hipoteca a largo plazo para financiar la operación. Alberto contacta con el vendedor, prepara la documentación y gestiona un crédito hipotecario, pero Eduardo paga al comprador los 30.000 € y comunica a Alberto que desista del préstamo, porque abonará al contado y sin necesidad de financiación el resto del precio el mismo día de la firma. ¿Tiene alguna obligación al respecto Alberto, en relación con el blanqueo de capitales?. Sí, debe comunicar la operación al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias. No, ya que los Abogados y Procuradores no son sujetos obligados en la Ley de prevención del blanqueo de capitales y prevención del terrorismo cuando actúan en representación de un cliente. No, ya que los Abogados son sujetos obligados, pero por excepción no están sujetos al deber de comunicación cuando asisten jurídicamente a su cliente, según la Ley de prevención del blanqueo de capitales y prevención del terrorismo. No, ya que actúa bajo secreto profesional, pues su intervención es en calidad de Abogado.

Marta, Abogada experta en laboral, envía su currículo a directivos y directivas de empresas del sector agropecuario, cuyos datos de contacto ha obtenido a través de sus páginas web corporativas, para ofrecer servicios de asesoramiento a personal directivo. ¿Está legitimada para hacerlo?. Sí, ya que los ha sacado de la web corporativa y se trata de datos públicos. No, ya que solo podría ofrecer estos servicios a la persona jurídica, no a título individual al personal directivo. Sí, se trata de sus datos personales con lo que puede enviárselos a quien quiera. No, salvo que la empresa esté ubicada dentro de la Unión Europea.

El Abogado Francisco de Borja recibe el encargo de tramitar una demanda de responsabilidad extracontractual contra una constructora, por parte de Manuel, peatón que resultó lesionado grave por caída de materiales de la obra cuando paseaba por la calle. Olvidando que la acción prescribía en el plazo de un año desde el accidente, Francisco de Borja dedicó varios meses a estudiar la viabilidad de la acción y a preparar la documentación del caso. Cuando presentó la demanda, la parte contraria invocó la prescripción de la acción, por lo que la Sentencia fue desestimatoria y las costas se impusieron a su cliente. ¿Ha podido cometer Francisco de Borja algún delito?. Sí, un delito de deslealtad profesional por imprudencia grave. No, sin perjuicio de la responsabilidad civil en que haya incurrido. Sí, y además una infracción disciplinaria muy grave, por haber cometido un delito en el ejercicio de su profesión. No, pero sí una infracción disciplinaria muy grave por negligencia.

Carlos, Abogado, presenta una queja en el Colegio de Abogados de Lucena contra su compañera María por haber facilitado al Juzgado copia de la correspondencia mantenida entre ellos. Incoado y tramitado el expediente y antes de la propuesta de resolución, Carlos decide retirar la denuncia y manda un email en tal sentido al Colegio. ¿Qué es lo que tiene que hacer el Colegio?. Archivar el expediente de plano y sin más trámite, por carencia de objeto. Continuar el expediente hasta su resolución, que habrá de ser necesariamente absolutoria por el desistimiento del denunciante. Continuar con el expediente hasta su resolución, que ha de ser motivada en caso de ser sancionadora. Archivar el expediente, dada la condición de interesado del denunciante.

Los colegios de Abogados de la Comunidad Autónoma de Galicia organizan una liguilla de fútbol como actividad lúdica. En el partido de la final, que se celebra en Santiago de Compostela, y en un lance del juego, los Abogados Leo y Cristian se enzarzan en una discusión, con intercambio de calificativos que exceden los límites de la libertad de expresión. Al día siguiente, ambos presentan en sus respectivos colegios sendas quejas, poniendo en su conocimiento los hechos. Indique la consideración más correcta: Las quejas deben tramitarse en el colegio de Abogados de Santiago, por ser el competente por razón del territorio. Las quejas deben tramitarse en el colegio que corresponda a cada Abogado denunciado. Las quejas no deben tramitarse como infracciones administrativas, al no tener los hechos relación con la actividad profesional. Es preciso realizar una labor de mediación por parte del colegio de Santiago de Compostela, antes de iniciar un expediente.

Pere y Montserrat deciden crear una Sociedad Profesional para el ejercicio de la abogacía, especializada en Violencia de Género. Su actividad es el asesoramiento y defensa en juicio de las mujeres maltratadas. Se plantean si es necesario algún tipo de cobertura de su posible responsabilidad profesional. No precisan cubrir su responsabilidad profesional, dado que la actividad a la que se dedicarán no implica un riesgo susceptible de generar responsabilidad civil. Deben tener cubierta la responsabilidad profesional de la sociedad en cuantía adecuada a los riesgos que implique, en la forma que estimen oportuna. Necesariamente la Sociedad Profesional debe contratar un seguro de responsabilidad civil. Debe cubrir cada uno de ellos su responsabilidad profesional individual, bien mediante un seguro, bien afianzando o depositando las cantidades a las que tuvieran que hacer frente en cuantía adecuada al riesgo que asuman.

Consciente de su obligación de asegurar su responsabilidad civil profesional, el Abogado penalista Daniel acude a una correduría para pedir presupuestos. El Corredor le pregunta qué cantidad quiere que cubra el seguro. Un mínimo de 100.000 €. Un mínimo de 500.000 €. No hay límites ni normas, la cuantía es de plena elección del asegurado. La cuantía adecuada a los riesgos que implique el ejercicio.

Inmaculada e Iratxe ejercen la abogacía por cuenta propia, la primera especializándose en derecho civil y la segunda en derecho penal. Como tienen una relación de amistad, suscriben un pacto por el cual, en el caso de que recomienden los servicios de la otra a futuros clientes, la beneficiada le pagará a su amiga una comisión si el cliente finalmente contrata sus servicios. ¿El pacto puede cumplirse?. Sí, siempre y cuando no suponga un incremento de la minuta que la Abogada presente al cliente que recibió la recomendación. No, pues en ningún caso se podrá pagar, exigir ni aceptar comisiones por enviarse clientes o recomendarse a posibles clientes futuros. No, salvo que se informe al cliente de esta circunstancia. Sí, dado que no es contrario a ninguna norma deontológica relativa a honorarios ni a la libre competencia.

Benito, que ha ganado un procedimiento judicial, recibe de su compañera Fortunata, Abogada de la parte contraria, la suma de 40.000 € como pago del importe de la condena impuesta a su cliente. Antes de entregar a su cliente esta cantidad, Benito deduce de la misma el importe de los honorarios que ya tenía acordados con su cliente. ¿Es correcta la actuación de Benito?. No, porque no puede deducir sus honorarios de fondos que no son suyos, salvo que lo haya pactado expresamente con su cliente. Sí, porque ya había acordado los honorarios con su cliente. Sí, porque es una compensación de deudas líquidas, vencidas y exigibles. No, porque los Abogados no pueden nunca cobrar cantidades en nombre de sus clientes.

Alberto es Abogado en ejercicio y ha intervenido en un procedimiento en el que su cliente ha sido condenado en costas. La parte contraria ha solicitado la tasación de costas y éstas han sido tasadas por la Letrada de la Administración de Justicia. ¿Qué opciones procesales puede valorar Alberto, en favor de su cliente?. Puede impugnar las costas por excesivas. Puede impugnar las costas por indebidas y excesivas. Puede impugnar las costas por excesivas y, subsidiariamente, indebidas. Puede impugnar las costas por indebidas.

Yolanda inicia su actividad como Abogada por cuenta propia. ¿Qué tratamiento tienen sus beneficios en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y qué fiscalidad debe aplicar a las facturas de honorarios en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)?. Tributará por el IRPF, como rentas del trabajo, y aplicará el IVA del 21 %, salvo los servicios prestados en el turno de oficio. Tributará por el IRPF, como rendimientos de actividades económicas, y aplicará el tipo general del IVA, salvo los servicios prestados en el turno de oficio. Tributará por el IRPF, pero no está obligada a tributar por el IVA si no constituye una sociedad profesional. Tributará por el IRPF, y debe aplicar el IVA reducido del 7%, incluidos los servicios prestados en el turno de oficio.

Juan, Fernando y Ascensión, Abogados, son socios fundadores de la sociedad profesional JUFERAS. Dicha sociedad contrata directamente con los clientes que solicitan los servicios de asistencia jurídica que les serán prestados, individualmente, por cada uno de los tres socios. ¿Deben darse de alta Juan, Fernando y Ascensión en el Impuesto de Actividades Económicas?. Sí, siempre, dado que actúan profesionalmente y van a percibir unos ingresos por dicha actividad. No, nunca, ya que están integrados en una sociedad profesional. Sí, en lo relativo a los casos que se les asigne por la sociedad. No, cuando sus actuaciones se realicen exclusivamente a nombre de JUFERAS.

El 20 de diciembre de 2019, Rocío denuncia haber sido víctima de una agresión sexual por autor desconocido, en la localidad de Orgaz. El atestado se presenta en el Juzgado de Guardia de Orgaz, nº 1, que lo remite a Decanato para su reparto. El 1 de enero de 2020, en aplicación de las normas provisionales de reparto aprobadas por la Junta de Jueces, el Decanato turna la denuncia al Juzgado nº 3, cuya creación y puesta en funcionamiento tuvo lugar ese mismo día. El 15 de febrero es detenido Adalberto, como supuesto autor del delito y presentado ante el Juzgado nº 3. Su Abogado se plantea si puede impugnar la competencia de dicho Juzgado para instruir la causa, por vulneración del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley: No, ya que el citado derecho se refiere al órgano de enjuiciamiento, no al instructor. No, ya que lo relevante es que el asunto sea conocido por un juzgado de instrucción competente por razón del territorio, no afectando las normas de reparto al derecho fundamental concernido. Sí, ya que el juzgado competente siempre debe ser el que estaba de guardia el día de los hechos. Sí, ya que el órgano judicial no existía cuando sucedieron los hechos y se pusieron en conocimiento de los juzgados de Orgaz.

Magdalena, auxiliar de la empresa LINGOTERA, S.L., presentó contra ésta una demanda por despido improcedente. El órgano de instancia emplazó a la demandada enviándole una notificación por correo electrónico en una dirección habilitada, pese a que la normativa de la jurisdicción social obliga a hacer el primer emplazamiento en el domicilio de la demandada, que constaba en Autos. LINGOTERA no retiró la citación, no compareció y fue condenada en rebeldía. Tras agotar los recursos jurisdiccionales del orden social y un incidente de nulidad de actuaciones, LINGOTERA nos pregunta si puede acudir con posibilidades de éxito al Tribunal Constitucional en amparo: Sí, porque con carácter general el Tribunal Constitucional cierra el sistema de recursos de la jurisdicción ordinaria y revisará la regularidad de la citación. No, solo puede acudirse en amparo por vulneración de los derechos fundamentales de las personas físicas, no jurídicas. Sí, puede denunciar la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de acceso al proceso. No, porque el derecho a la tutela judicial efectiva no resulta vulnerado por un posible emplazamiento o citación irregular.

El Decano del Colegio de Abogados de Mataró eleva un escrito al Ministerio de Justicia con la petición de que uno de los juzgados de instrucción se transforme en un juzgado de lo social, dada la baja carga de trabajo de los órganos de dicho orden y las necesidades del orden social en el Partido Judicial. ¿Es posible que el gobierno pueda acordar esta transformación?. Sí, mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Justicia, previo informe del Consejo General del Poder Judicial y previa audiencia con carácter preceptivo de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Sí, mediante Orden Ministerial, oído el Ayuntamiento de Mataró y con informe favorable del Consejo General del Poder Judicial. No, ya que solo puede transformarse un juzgado de una clase en otra, en la misma sede, mediante acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. No, ya que solo puede transformarse un juzgado de una clase en otra modificando la Ley de Demarcación y Planta Judicial.

El Juzgado de Instrucción nº 4 de Melilla dicta resolución inadmitiendo la interposición de recurso de apelación ante la respectiva Audiencia Provincial. Adolfo, Abogado de la parte recurrente, desea interponer recurso de queja ante la sección correspondiente de la Audiencia. ¿Ante qué Sección y Audiencia deberá interponer el recurso de queja?. Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla. Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz. Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva. Sección Octava de la Audiencia Provincial de Málaga.

John, ciudadano británico residente en Londres, alquila a una empresa domiciliada en el Reino Unido una vivienda sita en la localidad de Benalmádena, con el propósito de residir en ella los dos próximos años. En dicho contrato se contempla una cláusula de sumisión expresa a los tribunales del Reino Unido, con exclusión de los de cualquier otro país. A los pocos meses de habitar la vivienda surgen discrepancias con la arrendadora y John pregunta a su Abogado español si es posible resolverlas en los tribunales españoles o ha de acudir al Reino Unido. Su Abogado le indica que: No, deberá acudir a los tribunales del Reino Unido, dado que existe una cláusula de sumisión expresa, suscrita cuando ambas partes contratantes residían en el Reino Unido. Sí, podrá acudir a los tribunales españoles, dado que al ser residente en España no está vinculado por ninguna cláusula de sumisión expresa a otros tribunales. No, deberá acudir a los tribunales del Reino Unido dado que ambas partes son de nacionalidad británica, y la demandada reside en el Reino Unido. Sí, deberá acudir a los tribunales españoles, al recaer el contrato sobre un inmueble y no surtir efectos ante los tribunales españoles, en este caso, la cláusula de sumisión expresa.

La sociedad ALJUBERA, S.L., se encuentra declarada en concurso por el Juzgado Mercantil nº 3 de Madrid. Vigente el concurso, se produce un apremio de la Seguridad Social por causa de una deuda de la empresa, que da lugar a un embargo administrativo. Ante esta situación Alfredo, Abogado de la concursada, solicita al Juzgado el levantamiento del embargo, lo que éste acuerda, oponiéndose a ello la Administración. ¿Por qué órgano se resolverá este conflicto?. Prevalece, en cualquier caso, la decisión del Juzgado, al estar ejerciéndose la potestad jurisdiccional, sin perjuicio de que la Administración pueda interponer los recursos devolutivos que procedan ante el superior jerárquico. Por una Sala especial del Tribunal Supremo formada por el Presidente del Tribunal Supremo, los Presidentes de Sala y el Magistrado más antiguo y el más moderno de cada una de ellas. Por un órgano colegiado constituido por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por cinco vocales, de los que dos serán Magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, designados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, y los otros tres serán Consejeros Permanentes de Estado, actuando como Secretario el de Gobierno del Tribunal Supremo. Por una sala del Tribunal Supremo formada por el Presidente del Tribunal Supremo, que la presidirá, dos Magistrados de la Sala del Tribunal Supremo del orden jurisdiccional en conflicto y dos Magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo, todos ellos designados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial.

En pleito sobre la validez de una cláusula hipotecaria, el Abogado de la parte demandante plantea ante el Juez de Primera Instancia dudas sobre la interpretación de una normativa comunitaria que considera aplicable al caso. Ante esa cuestión, el Juez de Primera Instancia: Podrá pedir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que se pronuncie sobre la misma, si estima necesaria una decisión al respecto para poder emitir su fallo. Aplicará el derecho comunitario en la forma que estime ajustada a derecho, debiendo plantearse la cuestión prejudicial cuando la causa llegue a un órgano cuyas decisiones no sean susceptibles de ulterior recurso judicial de Derecho interno. Deberá pedir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que se pronuncie sobre la misma, para que fije la doctrina aplicable al caso, antes de dictar Sentencia definitiva. Aplicará el derecho en la forma que estime oportuna, pero trasladará la cuestión al Gobierno por si interesa el planteamiento de una cuestión interpretativa ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Tras agotar los recursos de derecho interno, el Abogado Gabriel, en defensa de los intereses de Inés, formula una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por carecer su representada de un recurso de apelación contra una Sentencia civil sobre un juicio verbal de cuantía inferior a 3.000 €. Un Juez único, de nacionalidad belga, declara inadmisible la demanda. ¿Es ello posible y cabría algún recurso?. No, la demanda individual debe ser examinada siempre por un comité de tres jueces en caso de que deba declararse inadmisible. Sí, cuando dicha decisión no requiera un examen más detenido por ser clara y manifiestamente inadmisible, siendo su decisión definitiva. Sí, cuando dicha decisión no requiera un examen más detenido por ser clara y manifiestamente inadmisible, siendo su decisión recurrible ante la Gran Sala. No, para que el Juez único declare una demanda inadmisible debe ser de la misma nacionalidad que la del Estado demandado.

Benedicto es detenido por un supuesto delito de hurto. En dependencias policiales formula una solicitud de habeas corpus por entender la detención injustificada y desproporcionada. El Juez competente, tras oír al Ministerio Fiscal, inadmite a trámite el habeas corpus por estimar que, según el atestado, había indicios claros de la comisión del delito. Benedicto finalmente es asistido de Abogado y puesto en libertad tras declarar en el Juzgado, y pregunta a su Abogado si puede recurrir la decisión de inadmisión a trámite del habeas corpus. Sí, en reforma y subsidiaria apelación, como cualquier resolución dictada en el proceso penal, antes de acudir al amparo. No, es una decisión irrecurrible ante la jurisdicción ordinaria y la constitucional. Sí, puede recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional. No, podría haber recurrido de mantenerse privado de libertad, pero no ahora dado que el recurso ha perdido su objeto.

En un proceso por tráfico de drogas, que se encuentra en fase de calificación, la Abogada Estefanía advierte la posible nulidad por falta de motivación del Auto de intervención telefónica, por vulneración del secreto de las comunicaciones. Desea alegar dicha vulneración para que surta los efectos oportunos en el proceso. ¿Cuándo y ante qué órgano podría hacerlo?. Ante el mismo Juzgado o Tribunal competente para el enjuiciamiento, pidiendo la nulidad de la prueba obtenida con vulneración de derechos fundamentales, en el propio escrito de calificación o como cuestión previa. Ante el Juzgado o Tribunal Sentenciador, pero solamente frente a la Sentencia definitiva, al ejercitar el recurso correspondiente contra la misma. Únicamente en vía de amparo constitucional, por vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas, al ser el Tribunal Constitucional el único competente en defensa de tales derechos. Únicamente en vía de amparo constitucional, por vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas, siempre que el contenido del recurso justifique una decisión sobre el fondo por parte del Tribunal Constitucional en razón de su especial trascendencia constitucional.

Juan Carlos desea demandar a su empleadora, FYLACTERIA, S.A., porque le han modificado sus condiciones laborales, a su juicio indebidamente. Su Abogada Coral le recomienda intentar una mediación con arreglo a la Ley 6/2012 y por ese motivo presenta una solicitud de mediación, designando la institución que desea efectúe la mediación. Dicha solicitud: Suspenderá la prescripción o la caducidad de acciones desde la fecha en la que conste la recepción de dicha solicitud por el mediador, o el depósito ante la institución de mediación en su caso. Suspenderá la prescripción o la caducidad de acciones, pero si en el plazo de quince días naturales a contar desde la recepción de la solicitud de inicio de la mediación no se firmara el acta de la sesión constitutiva, se reanudará el cómputo de los plazos. Suspenderá el cómputo de los plazos, pero Juan Carlos debe interponer la demanda simultáneamente a la solicitud de mediación. No tendrá ningún efecto sobre los plazos de caducidad o prescripción de la acción.

PuntoGal, entidad gestora del dominio “.gal”, recibe una reclamación de la empresa Abogados Reunidos, S.L., dado que José, un antiguo Abogado que trabajaba en la firma y que se encargaba de la gestión de la tecnología, al reservar el dominio Abogadosreunidos.gal para la sociedad se puso a sí mismo como contacto registrante, negándose ahora a ceder la claves y/o transferirlo. PuntoGal propone a la empresa reclamante una mediación a través del servicio de mediación del colegio de Abogados de A Coruña, ICACOR Media, con quien tiene un convenio de colaboración. La empresa acepta y el citado servicio envía la invitación a José. ¿Debe éste someterse al procedimiento de mediación?. José está obligado a aceptar el inicio de la mediación, pero no a llegar a un acuerdo. José está obligado a llegar a un acuerdo con su socio a través de la mediación. José debe negarse a la mediación ya que no es posible iniciarla en estos casos. José puede aceptar libremente iniciar la mediación o no, así como desistir en cualquier momento.

En el curso de una compleja relación contractual, en la cual se compensan los servicios prestados mutuamente, la empresa ALTAMIRO, S.L. reclama a PATRONIMIC, S.A., una factura impagada de 27.000 €. Después de diversas negociaciones en las que no se llega a un acuerdo, ALTAMIRO presenta un requerimiento extrajudicial por importe de 23.475,20 €, que PATRONIMIC rechaza. Y entonces ALTAMIRO presenta una demanda civil contra PATRONIMIC en la que reclama la suma de 27.000 € con intereses moratorios desde el impago de la factura. El Administrador de PATRONIMIC, dada la dificultad probatoria de sus objeciones a la factura, pregunta a su Abogado si podría alegar alguna causa legal para que la reclamación se reduzca a la suma del requerimiento inicial: No, ya que las pretensiones de las partes son las que se fijan en la demanda y la contestación y no en trámites previos. Sí, por ser la reclamación de una suma superior contraria al principio de la buena fe. No, ya que fue la demandada quien vulneró las reglas de la buena fe al no acceder al requerimiento. Sí, puede alegar que la suma inferior fue fruto de una transacción.

El Abogado Willie, que defiende a un cliente en un pleito civil sobre responsabilidad extracontractual cuya cuantía es de 12.000 €, se entera por un compañero de que el Juez de instancia tiene criterios jurídicos que no favorecen su pretensión. Con la finalidad de apartarle del asunto y sin fundamento alguno, formula una recusación contra él afirmando haber tenido conocimiento extraprocesal de que tiene relaciones sentimentales con la Abogada de la parte demandada. En el incidente de recusación, que es rechazado, el Juez informa que tal hecho es falso y reprocha al recusante que se base en meros rumores. De nuevo Willie presenta una recusación contra el Juez, esta vez por enemistad manifiesta, basándose en los términos del informe de recusación. El Juez: Deberá apartarse del conocimiento del asunto, dado que se ha excedido en los términos empleados al informar sobre su recusación. Deberá dar trámite al incidente de recusación, tal y como hizo en la primera ocasión, sin perjuicio del contenido de su informe. Podrá rechazar fundadamente la recusación y además imponer a la parte, en pieza separada, una multa de un máximo de 4.000 €. Podrá rechazar fundadamente la recusación y, al tratarse de conducta imputable a un profesional, se limitará a dar traslado al Colegio profesional correspondiente por si pudiera proceder la imposición de algún tipo de sanción disciplinaria.

Los actos procesales serán nulos de pleno derecho: Cuando se produzcan por o ante Tribunal con falta de jurisdicción o de competencia objetiva o funcional. Cuando se realicen por error. Cuando se prescinda de normas esenciales del procedimiento. Cuando se realicen sin intervención de Procurador, en los casos en que la ley la establezca como obligatoria.

El Abogado Juan asume la dirección de un pleito civil en el que ya se celebró una audiencia previa. Al examinar los Autos comprueba que, por problemas técnicos, la vista no fue objeto de grabación y que se celebró sin la preceptiva intervención del Letrado de la Administración de Justicia. A la vista de tal situación, Juan: No podrá formular alegación alguna, ya que la defensa letrada de su cliente no formuló protesta. No podrá formular alegación alguna, ya que no se ha derivado ninguna indefensión para su cliente. Solo podrá hacer valer la nulidad de actuaciones por medio de los recursos establecidos en la ley contra la Sentencia definitiva que se dicte. Podrá instar al tribunal, antes de que recaiga Sentencia definitiva, para que declare la nulidad de dicha actuación procesal y las que se deriven de ella.

La sociedad CONSTRUCCIONES ARGIMIRO, SL, presenta una demanda civil en reclamación de 5.000 € contra el matrimonio formado por Juana y Francisco, por el impago de las obras de reforma de su vivienda. En la contestación a la demanda, Juana y Francisco presentan un documento supuestamente firmado por el anterior administrador de la sociedad, el difunto Argimiro Rodríguez, en el que reconoce haber percibido 2.500 € y renuncia al cobro del resto de la factura por existir defectos en la ejecución de la obra. Los nuevos administradores se querellan por falsedad contra Juana y Francisco y un juzgado de instrucción incoa unas diligencias penales. Acreditada por las partes la admisión de la querella y la incoación del proceso penal el tribunal civil: Pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la supuesta falsedad, mediante providencia, por si hubiere lugar al ejercicio de la acción penal, sin suspender el proceso. Acordará la suspensión, mediante Auto, una vez que el proceso esté pendiente sólo de Sentencia. Acordará la suspensión del proceso, mediante Auto, sin esperar a la conclusión del procedimiento. No acordará la suspensión, o se alzará por el Letrado de la Administración de Justicia la que aquél hubiese acordado, si la parte demandante renunciare al documento.

En un proceso civil, la parte demandada aporta un documento que el demandante sospecha que es falso. El demandante presenta una querella, que es admitida y pide al tribunal civil que suspenda el pleito mientras se resuelve el proceso penal. El Tribunal civil decide, mediante la resolución correspondiente, no suspender el curso de las actuaciones. ¿Qué recurso podría interponer el demandante contra esta decisión?. Recurso de reposición. Recurso de apelación. No cabe recurso, pero sí la posibilidad de reiterar la petición en segunda instancia o durante la tramitación de los recursos extraordinarios. Recurso de revisión.

La Abogada Carla asiste a Miroslaw, de nacionalidad polaca, en unas diligencias urgentes de juicio rápido, por designación del turno de oficio. Al tener claro que Miroslaw es una persona de recursos escasos, le insta a que firme la solicitud para tramitar la asistencia jurídica gratuita, pero Miroslaw, por desconfianza, rehúsa firmar la misma. ¿Qué puede hacer Carla para que se tramite la petición?. Nada, ya que la solicitud de asistencia jurídica gratuita es absolutamente personal, sin perjuicio de que Carla minute a Miroslaw sus servicios profesionales. Firmar ella misma la solicitud de asistencia jurídica gratuita, haciendo constar que el interesado se niega a ello. Solicitar una certificación al Letrado de la Administración de Justicia en la que consten las circunstancias de la negativa y posible derecho a la asistencia jurídica gratuita, a fin de que continúe la tramitación. Nada, ya que al ser designada por el turno de oficio se abonará la asistencia durante todo el proceso, sea o no Miroslaw beneficiario de la asistencia jurídica gratuita.

Inmaculada, Abogada incorporada al turno de oficio del Colegio de Zamora, recibió una designación de un beneficiario de justicia gratuita para interponer demanda por una intromisión ilegítima en el derecho al honor. Inmaculada presentó demanda reclamando una indemnización por daños morales de 500.000 €. Dictada Sentencia, se estima la demanda, fijando la indemnización en 30.000 €, sin condena en costas. Inmaculada y el Perito que actuó en el pleito a instancia del cliente de Inmaculada, calculan las minutas de sus honorarios, que ascienden en total a 13.500 €. ¿Pueden Inmaculada y el Perito reclamar sus honorarios al beneficiario de justicia gratuita?. No, ella percibe sus honorarios de la Administración con independencia del resultado del procedimiento. Sí, el beneficiario, al haber obtenido una indemnización superior al importe de las minutas, viene obligado a pagar íntegramente los honorarios profesionales causados en su defensa. Sí, pero con el límite de la tercera parte de lo que se haya obtenido en el pleito, atendiéndose a prorrata sus respectivas partidas. No, porque no ha habido condena en costas.

El Abogado designado en el turno de oficio puede excusar su intervención profesional: En cualquier asunto, si el Abogado lo solicita y el cliente muestra su conformidad. Solo en el orden penal, y para ello deberá concurrir un motivo personal y justo que será apreciado por los Decanos de los Colegios profesionales. Siempre que el Abogado alegue por escrito causa de imposibilidad para asumir la defensa penal y el cliente muestre su conformidad. Solo en el orden penal, y para ello deberá concurrir un motivo personal y justo que deberá ser apreciado por el Juzgado competente para tramitar el asunto.

En el procedimiento seguido contra José María, beneficiario del derecho de asistencia jurídica gratuita, por delito de violencia de género, se persona en trámite de calificación su pareja, Laura. La acusación particular reproduce sustancialmente el escrito de acusación del Ministerio Fiscal y pide la imposición de las costas procesales causadas a su instancia. La defensa de José María reconoce los hechos, pero pide que en Sentencia se impongan las costas a la acusación particular, por su temeridad y mala fe. La Sentencia, que condena a José María: Le impondrá las costas del juicio, incluidas las de la acusación particular. Declarará las costas de oficio, al ser José María beneficiario de la asistencia jurídica gratuita. Podrá imponer las costas del juicio a la acusación particular, si lo estima adecuado a la vista de la actuación de dicha acusación. Le impondrá las costas del juicio, pero con exclusión de las de la acusación particular, al ser su actuación superflua en este caso.

Elena, administradora única de OLIVOS, S.L., acude al despacho de Martina, Abogada de profesión, y le plantea la posibilidad de presentar una demanda por incumplimiento contractual contra KAMPINAS, S.A., por importe de treinta millones de euros. La situación económico financiera de OLIVOS, S.L., no es buena y Elena le advierte a Martina que no dispone de la tesorería suficiente para abonar sus honorarios en este momento, pero que, en cambio, en el caso de que la demanda sea estimada, abonará a Martina el veinticinco por ciento del importe que cobre de KAMPINAS, S.A. ¿Puede aceptar Martina la proposición de honorarios que le hace Elena en representación de OLIVOS, S.L.?. Sí, Martina puede pactar libremente la cuantía de los honorarios con el cliente, siempre con respeto a las normas deontológicas y sobre competencia desleal. No cabe realizar dicho pacto ya que, si finalmente la demanda es estimada, los honorarios que corresponderán a Martina serán excesivos. No puede aceptar dicha proposición dado que, en caso de que la demanda no sea estimada, Martina no cobrará ningún honorario, y eso va en contra de las normas deontológicas. Sí, puede aceptar la proposición del cliente, siempre y cuando se obtenga el visto bueno por parte de la Junta de Gobierno del Colegio profesional al que pertenezca.

José Luis, Abogado de Patricia, tiene en su poder una cantidad que ésta le ha entregado como depósito y la ingresa en la cuenta del despacho en el que se realizan todos los ingresos y gastos del despacho. ¿Ha actuado correctamente José Luis?. Sí, siempre que lleve correctamente la contabilidad y pueda disponerse de inmediato de la cantidad ingresada. Sí, si José Luis hace una gestión diligente de dicha cuenta y no dispone de los fondos de su cliente. No, porque el Abogado debe depositar ese dinero en una cuenta específica con posibilidad de disposición inmediata. No, porque el Abogado nunca debe ser depositario de fondos de los clientes.

La empresa Playmusic, S.L, contrata al abogado Jaime para que se querelle contra un antiguo empleado, Manuel, quién se ha llevado documentos internos de la empresa y los ha entregado a otro empresario. Antes de formular la querella, Jaime negocia un acuerdo con Emelina, la abogada de Manuel, a fin de que éste reconozca los hechos, devuelva la documentación e indemnice a Playmusic. El acuerdo lo redacta Isabel, empleada de Emelina, pero el día de la firma Manuel no lo acepta, por lo que Emelina renuncia a representarlo. Por su parte, Jaime se aparta del caso y se lo cede a una compañera de despacho Helena, quien presenta una querella contra Manuel y pide como diligencias de investigación la declaración testifical de Emelina e Isabel y el documento que iba a firmar Manuel. ¿Puede Helena proponer esas pruebas con arreglo a los criterios deontológicos profesionales?. Sí, porque se trata de la investigación de un hecho delictivo y Manuel no es ni ha sido nunca su cliente ni ha tenido relación con él. Sí la prueba documental y la declaración testifical de Isabel, pero no la declaración de Emelina, porque ha sido la letrada de Manuel. No, porque esa acción vulnera el deber de guardar secreto profesional. Sí, porque no es la letrada que mantuvo las conversaciones con la parte contraria, ya que Jaime se ha apartado del litigio.

Estrella defiende a Miguel en un procedimiento penal seguido por malos tratos en violencia de género. Estrella sabe que el juez instructor, Francisco Manuel, es un ardiente defensor de los derechos de las mujeres y sospecha que no va a ser sensible a los argumentos de su cliente, pero sabe que la juez de violencia que le sustituye, Candela, tiene opiniones escépticas sobre la violencia de género. Con la finalidad de que su cliente tenga un trato más equitativo, interpone un recurso de reforma contra el auto de incoación de las diligencias previas en el cual tacha de “ignorante”, “lego en derecho” y “parcial” al juez instructor. A consecuencia de estos reproches, Francisco Manuel incoa un expediente separado para una posible sanción a Estrella, quien de forma inmediata presenta una recusación contra el juez instructor. ¿Es deontológicamente correcta esta actuación?. No, porque vulnera la obligación de relacionarse con los órganos judiciales bajo los principios de respeto en las formas y buena fe procesal. Sí, porque el primer deber del abogado es el de lealtad con su cliente, cumpliendo su función de defensa con celo y diligencia. Sí, porque las expresiones vertidas por el letrado forman parte de su libertad de expresión y la actuación del instructor no está justificada. No, porque al recusar al juez lo predispone contra su cliente.

Carmen interviene de abogada única en un juicio de divorcio tramitado de mutuo acuerdo. Posteriormente dirige la demanda de ejecución del decreto contra el incumplidor. ¿Es correcta la intervención de Carmen contra el que fue inicialmente su cliente? Indique la respuesta correcta. No, Carmen no puede defender a uno de los ex cónyuges en perjuicio del otro. Sí, pero la Letrada de la Administración de Justicia tendrá que solicitar del ejecutado que designe nuevo abogado. Sí, podrá defender a cualquiera de los dos porque actuó en nombre de ambos en el juicio principal. No, Carmen debe pedir autorización al que también fue su cliente para dirigir la demanda ejecutiva contra él.

Imanol recibe el encargo de defender a Carmentxu, quien es acusada en un procedimiento abreviado por haber causado lesiones a su vecina Iratxe, en una discusión en el vestíbulo del inmueble en el que residen. Carmentxu le propone a Imanol que declare como testigo su amiga Conrada, quien está dispuesta a asegurar que Carmentxu no ha tocado a Iratxe, pero admite ante Imanol que Conrada no estaba presente en el incidente y que lo hace para favorecerla. ¿Puede incurrir en responsabilidad penal Imanol si propone en su escrito de defensa como testigo a Conrada y ésta declara en el sentido que le ha comentado Carmentxu?. Sí, puede cometer un delito e incurrir en las penas señaladas en la ley para los autores de falso testimonio, agravadas por su condición de letrado. No, porque el delito lo comete únicamente el testigo, al tratarse de una acción personal de quien declara. Sí, pero solo si finalmente el juez tiene en cuenta el testimonio de Conrada al dictar sentencia. No, dado que se trata de una iniciativa de Carmentxu, si bien Imanol podría incurrir en responsabilidad disciplinaria ante el Colegio de Abogados.

Andrea ha superado el master de acceso a la profesión de abogado y la prueba de aptitud profesional de la abogacía, teniendo intención de ejercer como abogada en un despacho pero sin acudir a tribunales, por lo que ha decidido no colegiarse en un Colegio de Abogados. ¿Es ello posible?. No, porque para el ejercicio de la abogacía es obligatoria la colegiación en un Colegio de Abogados, salvo en los casos determinados expresamente por la Ley o por el Estatuto General de la Abogacía Española. No, aunque podrá colegiarse como no ejerciente. Sí, porque la colegiación es obligatoria únicamente si se quiere ejercer ante cualquier clase de Tribunales. Sí, porque la colegiación es voluntaria.

Carmelo recibe en su despacho a Juan Fernández Galindo, quien le explica que quiere adquirir un inmueble en la Costa del Sol. En un momento dado, ante las imprecisiones en que incurre a las preguntas de Carmelo, le reconoce que en realidad el comprador es un ciudadano ruso del que solo sabe que se llama Anatoly, pero que él se compromete a firmar los contratos de compraventa y hacer los pagos por la compra del inmueble, con la condición de que Anatoly no figure en ningún documento. Carmelo se pregunta si en estas condiciones puede seguir asesorando a Juan: No, ya que la legislación de blanqueo de capitales le obliga a recabar la información precisa a fin de determinar la exacta identidad de la persona por cuenta de la cual actúa Juan. Sí, ya que Juan está dispuesto a figurar como parte contratante, siendo Carmelo ajeno a las obligaciones que tenga suscritas con el tal Anatoly. No, ya que la legislación de blanqueo de capitales prohíbe a los abogados participar en el asesoramiento de operaciones por cuenta de clientes relativas a la compraventa de bienes inmuebles. Sí, porque los abogados no son sujetos obligados por la legislación de blanqueo, al estar amparados por el derecho al secreto profesional.

Antonio, abogado, está intermediando en la compraventa de un inmueble. A fin de que comparezca en su nombre un día concreto a hacer efectivos 5.000 euros en concepto de arras, su clienta María Fernanda le entrega un cheque al portador por ese importe. Como quedan varios días para firmar las arras, Antonio ingresa el cheque en la cuenta de facturación general del bufete y anota el concepto en un cuaderno que lleva para depósitos de los clientes. ¿Es correcta la actuación de Antonio?: Sí, siempre que el día de la firma haga efectivo el pago de las arras. Sí, porque lleva una contabilidad separada de la suma ingresada. No, porque debería depositar el dinero en una cuenta específica. No, porque el abogado no puede hacerse cargo de fondos propiedad de un cliente.

Martín acaba de colegiarse como abogado y pide ayuda a Blanca, abogada ejerciente desde hace muchos años, para que le aconseje y le guíe en unas dudas que tiene en relación con un procedimiento civil de reclamación de cantidad. Blanca le dice que lo siente, pero que ella no está para enseñar a otros abogados que le hacen competencia. ¿Es correcta la actuación de Blanca?. Sí, porque el abogado que acepta un asunto debe saber defenderlo. Sí, porque si los abogados experimentados ayudan a los noveles se crea un conflicto de intereses. No, porque el abogado de mayor antigüedad debe prestar desinteresadamente orientación, guía y consejo de modo amplio y eficaz a los de reciente colegiación que lo soliciten. No, porque cualquier abogado debe ayudar a un compañero que le pida ayuda.

El abogado Patricio envía a su cliente el correo electrónico recibido de la abogada Margaret, con quien está negociando un asunto. ¿Es correcta la actuación de Patricio?. Sí, siempre y cuando dicha comunicación no se aporte a un procedimiento judicial. No, ya que el abogado no puede nunca facilitar a su cliente las cartas, comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte. No, ya que el abogado no puede facilitar a su cliente las cartas, comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte, salvo expresa autorización del mismo. Sí, ya que el abogado puede facilitar a su cliente las cartas, comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte, salvo expresa prohibición del mismo.

La abogada Elvira recibe el encargo, en nombre de su cliente Clara, de presentar demanda de divorcio frente a su esposo Eduardo, abogado de profesión. ¿Qué debe hacer Elvira antes de presentar la demanda?. Debe comunicarlo a Eduardo, por si entiende oportuno entablar una negociación previa. Debe comunicarlo al Decano del Colegio de Abogados al que pertenezca Eduardo, por si éste entiende necesario realizar una mediación previa. Debe realizar una comunicación previa a la Junta de gobierno del Colegio de Abogados al que pertenezca Eduardo. Puede presentar directamente la demanda.

Izaskun, abogada, llega a un acuerdo con Francisco para presentar una demanda de reclamación de daños y perjuicios sufridos como consecuencia de un accidente laboral. Izaskun elabora una hoja de encargo en el cual se pactan los siguientes honorarios: una cantidad inicial de 3.000 euros en concepto de gastos fijos por estudio del asunto y preparación de la demanda, que no se devolverán, y un porcentaje del 15 % de la cantidad que resulte en caso de sentencia favorable, incluyendo los 3000 euros iniciales. Asimismo, pactan que Izaskun queda autorizada no solo para recibir pagos que se deriven de la reclamación, sino para aplicar dichos fondos al pago de la parte proporcional pactada como honorarios. ¿Es correcto este pacto de honorarios?. No, porque el pacto de cuota Litis está estrictamente prohibido. Sí, pero el cliente puede impugnar los honorarios por excesivos si la cuantía final supera los baremos del Colegio de Abogados. Sí, porque existe libertad de pactos y no hay ninguno que contravenga normas imperativas. No, ya que el pacto es abusivo al establecer una cantidad fija y un porcentaje y por autorizar a Izaskun a detraer sus honorarios de las cantidades percibidas en interés del cliente.

Justino se hace cargo de la defensa de Mariano en un procedimiento civil de reclamación de cantidad en el que éste es demandado. Finalmente, Mariano pierde el pleito y además es condenado al pago de las costas de la parte contraria. Justino, que no le había planteado a Mariano a cuánto ascenderían sus honorarios, le presenta una minuta detallada que, sin embargo, Mariano rechaza. ¿Puede Justino reclamar judicialmente el pago de sus honorarios profesionales?. Sí, porque tiene derecho a percibir honorarios por su actuación. No, porque al no haber concretado el importe de sus honorarios y haber perdido el pleito, no tiene derecho a reclamar la minuta. Sí, pero previamente tiene que solicitar al Colegio de Abogados que fije la cuantía de la minuta. No, dado que al haber sido Mariano condenado a pagar las costas de la parte contraria, Justino no puede minutar a su cliente.

Francesca defiende a Evaristo en un proceso penal que se sigue por delito de estafa agravada y que está pendiente de juicio en la Audiencia Provincial. El procurador le remite un auto citando a las partes a juicio, firmado por el Presidente de la sección, D. Manuel. Al llegar a la sala, el día del juicio, D. Manuel no está presente, puesto que se encuentra enfermo y así se lo comunican verbalmente a Francesca. Preside la vista Dª Rosa, siendo el ponente D. José y la tercera magistrada doña Maria Fernanda, todos ellos integrantes de la sección. Tras la vista oral, descontenta por el desconocimiento de la composición del tribunal antes del juicio, Francesca se plantea por ese motivo pedir la nulidad del juicio por vulneración del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley. ¿Puede prosperar su petición?: Sí, pues en ningún momento se le ha comunicado con antelación la composición del tribunal antes de la vista ni los motivos por los que intervienen unos magistrados y no otros. No porque, aunque se haya incumplido la ley, Francesca no tiene motivos para recusar a ninguno de los integrantes del tribunal. Sí en lo relativo al cambio en la presidencia, pues no se le acredita documentalmente en el acto la enfermedad del presidente de la sección. No, porque la lesión del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley no comporta la nulidad del juicio, sino de la sentencia.

María, abogada de oficio de Juan en un proceso matrimonial terminado por sentencia del Juzgado de Familia de 26 de enero de 2018, recibe, en febrero de 2019, la llamada de Juan para que le asista al haber recibido una demanda de ejecución de la sentencia en lo relativo a la guardia y custodia de los hijos menores. ¿Puede María asistir a Juan con el nombramiento de letrada de oficio original?: No, Juan debe solicitar una nueva designación de abogado de oficio para la ejecución, ya que la primera designación era solo para la fase declarativa. Si, ya que la designación del turno de oficio comporta que el letrado habrá de llevar el asunto cada vez que se plantee algún incidente de ejecución. No, ya que transcurrido un año desde la sentencia se extingue la designación y ha de solicitarse una nueva. Sí, ya que la asistencia jurídica gratuita comprende el trámite de ejecución, si se produce dentro de los dos años de la sentencia de la instancia.

Federico es designado abogado de Juana, quien quiere entablar una demanda de responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento de Mataró por haber sufrido lesiones al resbalarse en la plaza del mercado. Federico analiza la documentación y alegaciones de Juana y llega a la conclusión de que la pretensión es insostenible y lo expone a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, que pide informe al Colegio de Abogados, el cual, por el contrario, informa que la pretensión es sostenible. En consecuencia,. Federico tendrá que asumir la asistencia jurídica que reclama Juana. La comisión de asistencia jurídica gratuita designará un nuevo abogado, que no podrá alegar la insostenibilidad de la pretensión. Se solicitará un informe adicional al Ministerio Fiscal, y solo si coincide con el del colegio, Federico tendrá que continuar con la defensa de Juana. Federico tiene que asumir la defensa de Juana, pero puede renunciar a la designación exponiendo motivadamente la inconveniencia de que continúe con la defensa.

Joana, Pere y Joan Francesc quieren ejercer colectivamente la abogacía, constituyendo una sociedad mercantil. ¿Deben constituirse como sociedad profesional?: Sí, independientemente de la forma social que adopten. No, ya que pueden acogerse a cualquiera de las formas mercantiles existentes. Sí, siempre que vayan a tener colaboradores o pasantes en régimen de derecho laboral. No, ya que los abogados están exentos de la obligación de constituirse como sociedad profesional.

Joan, Pere y Joan Francesc deciden finalmente constituir una sociedad profesional e integrar en ella un procurador para ofertar y prestar a los clientes un servicio integral de defensa y representación. ¿Es esto posible?. No, porque las sociedades formadas para realizar actividades profesionales nunca pueden integrar a socios que se dediquen a otra actividad. Sí, ya que es posible que la actividad de la sociedad sea multidisciplinar. No, ya que el desempeño de la actividad de abogado y procurador es incompatible según la ley. Sí, ya que la legislación mercantil no establece ninguna limitación en función de la actividad a la que se dediquen los socios.

Perfecto recibe el encargo de un cliente, Marcelo, de iniciar una reclamación por responsabilidad extracontractual contra una entidad mercantil. Tras contactar con la parte contraria, llegan al pacto de someter la cuestión a mediación a fin de evitar el litigio, por lo que firman un documento y Perfecto queda encargado materialmente de presenter la solicitud de mediación. Sin embargo, Perfecto se da cuenta de que el plazo de prescripción (1 año) podría transcurrir sin que se resolviera la mediación, por lo que se plantea qué debe hacer con la mediación, siendo lo correcto: Interponer demanda judicial para que se interrumpa el plazo de prescripción, sin perjuicio de instar la mediación al mismo tiempo y pedir la suspensión del proceso. Desistir de llevar a cabo la mediación, pues dada la naturaleza del asunto nunca se resolverá antes de que transcurra el plazo de prescripción. Acudir a la mediación antes de que se cumpla el plazo de prescripción, pues la presentación de la solicitud de mediación suspenderá el plazo de prescripción desde su recepción por el mediador o depósito en la institución de mediación. Olvidarse del tema de la prescripción, pues al someterse el asunto a mediación se va a llegar a un acuerdo vinculante para las partes.

Juan Manuel acude a pedir asistencia letrada a Marta porque ha recibido la notificación de un laudo arbitral y no está conforme con la decisión de los árbitros, queriendo información de qué tipo de recursos podrían ejercitarse. Marta le informa que: Mientras no se homologue el laudo arbitral por un juez de primera instancia, no tiene que preocuparse del contenido del laudo, ya que lo que se recurriría es el auto de homologación. Puede interponer recurso de apelación contra el laudo en el plazo establecido por la ley para recurrir una sentencia de primera instancia. Puede ejercitar la acción de anulación por cualquiera de los motivos señalados en la ley de enjuiciamiento civil para la revisión de las sentencias de primera instancia. Puede ejercitar la acción de anulación por motivos tasados y, además, pedir la revisión del laudo en los mismos términos previstos en la ley para las sentencias firmes.

En una sentencia penal firme, Juan es absuelto de un delito de estafa por el que venía siendo acusado exclusivamente por la acusación particular, sin que la sentencia contenga un pronunciamiento expreso sobre las costas y habiendo transcurrido ya el plazo para solicitar aclaración o ampliación de la sentencia. Fernando, abogado de Juan, se plantea solicitar la imposición de las costas de la acusación particular. ¿Es posible?: Sí, ya que ha de aplicarse el criterio del vencimiento objetivo de la jurisdicción civil e imponerse las costas a la única acusación formulada, pues se han desestimado íntegramente sus pretensiones. No, porque la sentencia no tiene un pronunciamiento expreso sobre imposición de costas a la acusación. Sí, pero tendrá que ser a través de un incidente de ejecución de sentencia, presentando la minuta y sometiéndola a la impugnación de la misma por costas indebidas o excesivas. No, porque en el proceso penal las costas únicamente se imponen al acusado en caso de condena o se declaran de oficio en caso de absolución, no pudiendo imponerse a ninguna de las acusaciones.

Ernesto es designado como letrado del turno de oficio para defender a Marcelo, quien se encuentra detenido en dependencias policiales por un supuesto delito de agresión sexual. Ernesto asiste a su declaración y demás diligencias de guardia y además le tramita la asistencia jurídica gratuita. Sin embargo, a Marcelo se le deniega tal derecho por no cumplir los requisitos legales. ¿Puede Ernesto cobrar alguna retribución del turno de oficio por su trabajo con arreglo a la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita?: Sí, puede cobrar del turno de oficio hasta que se le denegó la asistencia jurídica gratuita, ya que lo hizo por designación colegial para unas diligencias inaplazables, pero a partir de entonces debe minutar al cliente o renunciar a la defensa. Sí, mientras no se revoque la designación Ernesto tiene derecho a cobrar sus honorarios como letrado de oficio, sin perjuicio de que la administración reclame a Marcelo el reintegro de lo abonado. No, no puede cobrar por el turno de oficio, pero Marcelo tendrá que abonarle los honorarios devengados por su actuación profesional. No, no puede cobrar en ningún caso, porque no fue contratado por Marcelo ya que su intervención fue por obligación legal y la administración solo pagará si se tiene derecho a asistencia jurídica gratuita.

Clara solicita el reconocimiento a la asistencia jurídica gratuita y obtiene una resolución favorable de la Comisión de Asistencia Jurídica competente. Sin embargo, Clara quiere hacerle un favor a su sobrino Antonio, que acaba de colegiarse como procurador, y quiere que le represente, por lo que lo comunica a la comisión para que solamente le asista un abogado del turno de oficio. ¿Es ello posible?: No, ya que el reconocimiento del derecho implica aceptar que todos los profesionales pertenecerán al turno de oficio. Sí, ya que el interesado con derecho a la asistencia jurídica gratuita tiene libertad para decidir si quiere un profesional privado y si le va a pagar o no sus honorarios, en función del pacto que alcance con él. Sí, pero Antonio no podrá facturarle ninguna cantidad a Clara sin incurrir en una infracción disciplinaria. No, salvo que Antonio renuncie por escrito a percibir sus derechos ante Clara y ante el Colegio en el que se halle inscrito.

En el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Majadahonda se sigue un pleito por demanda interpuesta por Francisco, dueño de un chalet, contra la constructora Edificaciones Fernando SLU, por defectos de construcción. Durante el proceso, la representación de Edificaciones Fernando SLU se entera de que en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Majadahonda se sigue un pleito en el que Francisco es demandado por la promotora Promociones Majariegas, SA., que solicita la resolución del contrato de compraventa del chalet por impago de precio aplazado. Edificaciones Fernando SLU pone en conocimiento del Juzgado nº 1 esta circunstancia para que se suspenda el curso del proceso. ¿Qué decisión debe tomar el juzgado nº 1?: Debe acordar la acumulación de autos, ya que lo que se decida en el Juzgado nº 2 afecta a la legitimación del actor en el pleito seguido en el nº 1. Debe acordar la suspensión inmediata del procedimiento hasta que se resuelva por sentencia firme el pleito seguido en el Juzgado nº 2 de Majadahonda. No debe suspender el proceso, ya que no está en cuestión la legitimación del actor para presentar la demanda ni es cuestión que sea necesario decidir en el juicio seguido en el nº 1. Debe suspender el proceso, pero solo cuando queden las actuaciones vistas para dictar sentencia.

En un procedimiento civil por incumplimiento de contrato en materia de edificación, la parte demandada alega, tras la práctica de la prueba, que la licencia de obra es ilegal y que dicha cuestión va a plantearla ante la administración y, en su caso, formular una demanda contenciosa para que se declare la nulidad, ya que afecta a la decisión de fondo del pleito. Tras esta alegación, ambas partes solicitan, de común acuerdo al tribunal, que suspenda el curso de la causa antes de dictar sentencia mientras se resuelve por la administración pública competente o los órganos jurisdiccionales la cuestión de la legalidad de la licencia. ¿Es posible esta actuación de las partes?: Sí, y el tribunal quedará vinculado por la decisión que se adopte, sobre el tema concreto de la licencia, por el órgano competente en materia administrativa. No, ya que a efectos prejudiciales los tribunales civiles pueden conocer de asuntos que estén atribuidos a los tribunales del orden contencioso-administrativo. Sí, pero el tribunal civil tendrá luego libertad para aceptar lo que se haya resuelto en vía administrativa. No, ya que la suspensión del proceso y la posible vinculación o no del tribunal civil a lo que se resuelva en vía administrativa o contenciosa no puede depender de una actuación de las partes.

A consecuencia de la caída de un árbol en la finca colindante del chalet de Ramón y Francisca, sito en la localidad de Collado Villalba, su vivienda sufre daños en el tejado y una pared, cuya reparación asciende a 85.000 euros. Como no tienen seguro de vivienda que cubra esos daños, se ponen en contacto con un abogado, Raimundo, para que demande al dueño del terreno donde estaba el árbol, Jaime, cuyo domicilio está en Madrid, a fin de que repare la vivienda o pague el importe de la reparación. Dado que Raimundo no consigue que Jaime le atienda, decide formular una diligencia preliminar de juicio, a fin de que Jaime exhiba el contrato de seguro de la vivienda, si lo tuviera, con el objeto también de demandar a la compañía aseguradora. ¿Quién es competente para resolver sobre esta petición: El juez Decano de Collado Villalba. El juez Decano de Madrid. El juez de primera instancia de Collado Villalba. El juez de primera instancia de Madrid.

La Audiencia Provincial de Madrid dictó sentencia en primera instancia por la que absolvió al acusado Endrino del delito de estafa, al entender que los hechos por los que era acusado constituían un mero incumplimiento de obligaciones civiles, sin voluntad de fraude. La Sentencia fue recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia por parte del fiscal Tomás, quien consigue que en segunda instancia el tribunal de apelación revise el material probatorio y concluya que Endrino tenía la clara intención de estafar a sus víctimas. Contra la sentencia cabe recurso de casación por infracción de ley. El abogado Inocencio advierte que la revocación de la resolución de instancia podría vulnerar normas procesales y sobre todo la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. ¿Qué trámites debe seguir para llevar la cuestión a dicho tribunal?. Tiene que recurrir en casación y luego en amparo ante el Tribunal Constitucional antes de presentar demanda ante el Tribunal Europeo, a fin de agotar todos los recursos internos. Tiene que recurrir en casación pero no es necesario acudir al amparo antes de acudir al Tribunal Europeo por tratarse de jurisdicción constitucional. No tiene que recurrir ni en casación ni en amparo, al tratarse de recursos extraordinarios. No puede llevar la cuestión al Tribunal Europeo, pues solo pueden acudir los estados y la resolución que se dicte solo obliga a modificar la legislación interna.

Casimiro es detenido por la supuesta comisión de un delito de robo con fuerza en las cosas. Como no está de acuerdo con la detención, Casimiro solicita un “habeas corpus” ya que considera que ha sido detenido arbitraria e ilegalmente porque no había cometido ningún delito de robo, a lo sumo un delito leve de hurto que no justifica la detención. El juez de instrucción, a la vista del escrito y, sin tramitar el hábeas corpus, dicta resolución inadmitiéndolo por entender que la privación de libertad fue correcta. Dos días después, Casimiro pasa a disposición judicial y queda en libertad con obligación de comparecencia apud acta. El abogado de Casimiro intenta que se declare la nulidad de actuaciones, por no haberse tramitado el procedimiento de habeas corpus, pero el juez de instrucción la rechaza. ¿Puede interponer Casimiro recurso de amparo para que se revise la decisión de inadmisión de habeas corpus?. Sí, por vulneración del art. 17.4 de la Constitución. No, pues al haberse inadmitido a trámite el hábeas corpus, no cabe recurso alguno. Sí, pero solo después de que se dicte resolución definitiva en el proceso judicial en el que se acordó la privación de libertad. No, ya que ha quedado en libertad a los dos días y por tanto el recurso de amparo carece de objeto.

El ciudadano John Smith, británico y residente en una localidad de la Costa del Sol, realiza un viaje a Tailandia donde mantiene relaciones sexuales de pago con menores de edad del país de destino. Al llegar a España, la fiscalía, informada por un familiar de John, presenta denuncia por supuesto delito contra la libertad sexual de menores de edad. ¿Sería competente la jurisdicción española para conocer de esa investigación?: No, ya que los hechos han ocurrido en el extranjero y ni la víctima ni el autor son españoles. Sí, ya que el supuesto autor es residente en España y el delito es contra la libertad sexual de menores de edad. Sí, porque la jurisdicción española es competente para conocer de todos los delitos cometidos por españoles o residentes en el extranjero. No, ya que los hechos solo podrían perseguirse en el lugar de su comisión (Tailandia) o en el país del que es nacional John (Reino Unido).

Los Juzgados de lo Mercantil y Salas de Audiencia Provincial, con sede en Alicante, especializados en marca comunitaria, en relación con dicha materia tienen competencia: Sobre todo el territorio de la Unión Europea. Sobre todo el territorio nacional. Sobre el territorio del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Sobre el territorio del partido judicial de Alicante.

Emiliano demandó a María Luz y Juan José, reclamando la rescisión del contrato de compraventa del piso que le habían vendido, con arreglo al art. 1469 del Código Civil, dado que el inmueble tenía menos metros cuadrados que los que aparecían en la escritura. No obstante, perdió el pleito porque los jueces entendieron que la venta no se había hecho en función del número de metros cuadrados de la vivienda, como exigiría ese artículo. Descontento con el resultado, Emiliano acude a un nuevo abogado, que plantea una nueva demanda en la que solicita la nulidad del contrato por vicio de consentimiento de Emiliano, al haber incurrido en error esencial sobre el número de metros cuadrados del piso con arreglo a los arts. 1.300 y ss. del Código Civil. En ambos casos, Emiliano sigue pidiendo lo mismo, es decir, que las partes se devuelvan las prestaciones del contrato. ¿Puede el tribunal examinar las alegaciones de fondo de esta segunda demanda?: Sí, ya que el primer pleito se fundamentaba en la rescisión y ahora se basa en la nulidad del contrato, por lo que no se trata de la misma pretensión. No, ya que la demanda recae sobre el mismo bien inmueble, por lo que debieron ejercitarse todas las acciones posibles sobre el mismo que existieran entre las partes. Sí, porque ni los hechos ni los fundamentos jurídicos que se alegan en el segundo pleito son los mismos que los del primero. No, porque lo que se pide en la demanda es lo mismo, y los nuevos hechos y fundamentos pudieron y debieron haberse alegado en el primer pleito.

El letrado Mario presentó en la tasación de costas del Juzgado de Primera Instancia 77 de Madrid una minuta de honorarios por importe de 4.500 euros. La parte vencida en costas impugnó los honorarios por excesivos, al estimar que no debían rebasar la suma de 4.000 euros. Al dársele traslado de la impugnación, Mario aceptó que se redujera la minuta a la suma de 4.000 euros renunciando a lo demás y pidió el archivo del incidente. Sin embargo, el juzgado no se dio cuenta de ese escrito y tramitó un incidente de impugnación de costas dando traslado al Colegio de Abogados, que informó que la minuta era correcta con arreglo a los baremos colegiales, por lo que dictó resolución firme ratificando la tasación de costas creyendo que se mantenía la reclamación de 4.500 euros. Tanto Mario como la parte obligada al pago piden la nulidad del auto por haber incurrido en error sobre las pretensiones de las partes, pero el juzgado la rechaza afirmando que es una decisión firme. ¿Puede la parte perjudicada formular recurso de amparo constitucional?: Sí, por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, ya que la resolución dictada se basa en un error manifiesto del juzgado y no cabe otro recurso contra ella. No, porque la resolución es firme y no hay comprometido ningún derecho constitucional susceptible de recurso de amparo. Sí, porque el Tribunal Constitucional es la última instancia para revisar cualquier resolución judicial firme, sea cual sea su contenido. No, porque en materia de tasación de costas no cabe interponer recurso de amparo en ningún caso.

En el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Vilanova i la Geltrú (Barcelona) se sigue un procedimiento judicial por la reclamación de Francesc contra Montserrat y la Compañía aseguradora ASEGURA, como consecuencia de un supuesto accidente de tráfico en el que se vieron implicados Francesc y Montserrat. Paralelamente, al llegar un parte de lesiones al Juzgado de Instrucción nº 1 de Vilanova i la Geltrú, se incoan unas actuaciones penales en las que los Mossos d’Esquadra deducen que el accidente constituye una simulación para defraudar a la compañía aseguradora ASEGURA, y podría constituir un supuesto de estafa cometido por Francesc y Montserrat, que son imputados. El Abogado de Francesc, al enterarse de lo sucedido, insta al Juez de Primera Instancia para que plantee un conflicto de competencia con el orden jurisdiccional penal. ¿Puede plantearse dicho conflicto y ante qué órgano?: Sí, puede plantearse, y será resuelto por la Audiencia Provincial de Barcelona, órgano superior común a los dos juzgados. No, ya que los jueces civiles no pueden plantear cuestiones de competencia al orden penal. Sí, puede plantearse, y será resuelto por una sala especial del Tribunal Supremo. No, ya que no es posible suscitar conflictos de competencia entre órganos judiciales de distintos órdenes jurisdiccionales, sino únicamente cuestiones prejudiciales.

Inés y Álvaro se encuentran al frente de un despacho de abogados especializado en derecho penal, en el que prestan sus servicios una empleada administrativa y un pasante. Dado que tratan datos de los clientes que se relacionan con el despacho, ¿deben nombrar a un delegado de protección de datos?. No, ya que no tratan datos a gran escala ni se encuentran dentro de los supuestos de obligación legal de nombramiento de delegado, pero pueden hacerlo voluntariamente. Sí, ya que deben nombrar un delegado siempre que traten datos personales. No, dado que un despacho de abogados no está sujeto a las obligaciones de la legislación de protección de datos, sino a los deberes deontológicos y legales de confidencialidad. Sí, ya que es la persona que se va a responsabilizar de las medidas técnicas y organizativas apropiadas para el tratamiento de los datos, pudiendo ser cualquiera de los dos abogados o la administrativa.

El Despacho Bermúdez & Pérez que cuenta con 300 abogados en toda España, lleva a cabo tratamientos de datos de sus clientes y proveedores. ¿Qué obligaciones tiene con respecto a estos tratamientos?. Debe eliminar todos los datos que tengan más de dos años de antigüedad. Inscribir los ficheros en que consten esos datos ante la Agencia Española de Protección de Datos. Comunicar los tratamientos realizados a su Colegio de Abogados. Elaborar un Registro de Actividades de Tratamiento y tenerlo a disposición de la Agencia Española de Protección de datos.

El abogado Juan Carlos ha renunciado a seguir defendiendo a Manuel en un tema penal por motivos económicos, al no haber abonado la provisión de fondos solicitada. Manuel acude a tu despacho y te encarga continuar con la defensa de dicho asunto. ¿Qué deberéis hacer?. Solicitar a Juan Carlos la venia profesional antes de la primera actuación, que no podrá negarla. Podéis personaros en el procedimiento en nombre de Manuel. Necesariamente firmar hoja de encargo y presupuesto de honorarios antes de realizar cualquier actuación. Comunicar a Juan Carlos el encargo realizado por Manuel antes de realizar la primera actuación.

Isabel es contratada por un despacho de abogados bajo el régimen del Real Decreto 1331/2006 sobre la prestación de la actividad profesional de abogado en despachos de abogados. En su contrato se incluye un pacto de permanencia de dos años y durante su relación se le da formación especializada por parte del despacho. Al cabo de once meses, Isabel comunica su intención de dejar voluntariamente el despacho. ¿Puede obligarle el despacho a permanecer en su puesto de trabajo hasta cumplirse los dos años pactados?. No, pero el despacho tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios que se hubiera pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo. No, pero el despacho tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios que se hubiera pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo, que en ningún caso podrá ser superior a los gastos que hubiera soportado el despacho como consecuencia de la formación o especialización. Sí, pero Isabel tendrá derecho a una reducción de jornada en los términos que se hubiera pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo. No, pero el despacho podrá exigirle que finalice los asuntos encomendados que tenga.

Se está tramitando un procedimiento penal frente al abogado Miguel por, presuntamente, haberse apropiado indebidamente de fondos de su cliente. ¿Cuál debe ser la actuación del Colegio de Abogados donde se cometieron los hechos al tener conocimiento de los mismos?. No deberá llevar a cabo ninguna actuación hasta la terminación del procedimiento penal por los mismos hechos. El Colegio de Abogados podrá incoar un procedimiento sancionador por dichos hechos y suspender su tramitación hasta la terminación del procedimiento penal. El Colegio de Abogados no podrá llevar a cabo ninguna actuación en virtud del principio non bis in ídem. El Colegio de Abogados deberá incoar obligatoriamente el procedimiento sancionador y deberá suspender su tramitación hasta que recaiga pronunciamiento firme de la autoridad judicial.

Carlos es un abogado que interviene en un proceso penal como acusación en nombre de su cliente Marcos, y consigue una condena de prisión de 3 años para Esteban. Una vez firme la sentencia y, con Esteban en prisión cumpliendo condena, Carlos tiene noticias de que una de las pruebas utilizadas, la más fundamental para la condena de Esteban, es falsa y se debía a una falsificación realizada por su cliente Marcos. ¿Cuál debe ser el comportamiento de Carlos?. Comunicar la existencia de dicha falsificación al abogado de Esteban para que interponga recurso de revisión. Hacer pública dicha circunstancia a los efectos que procedan dada la gravedad de la situación. No comunicar nada de cuanto ha tenido conocimiento al encontrarse sometido al secreto profesional. Comunicárselo al abogado contrario, pero previamente avisarle a su cliente Marcos de las consecuencias de dicha comunicación.

La abogada Amanda colabora con el abogado Alejandro en la tramitación de diversos asuntos judiciales, habiendo pactado el reparto de honorarios en un porcentaje del 75% para la primera y 25% para el segundo ¿Es correcto este acuerdo?. Dicha actuación no es correcta, toda vez que perjudica a uno de los abogados. Dicha actuación no es correcta, toda vez que el abogado no puede pagar ninguna compensación a otra persona por haberle enviado un cliente. Dicha actuación será correcta si el cliente conoce el pacto de honorarios y lo acepta de manera expresa. El acuerdo es correcto puesto que hay una colaboración profesional.

Isabel, cliente de Marta, a quién le ha encomendado la defensa de sus intereses en el procedimiento judicial de separación que ha iniciado frente a ella su marido David, tiene sospechas de que su letrada, Marta, pudiera tener relaciones de amistad con el abogado de David, y así se lo expone a Marta. ¿Qué debe hacer Marta?. Marta tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel, exclusivamente de manera verbal, aunque Isabel lo solicitara por escrito, todas aquellas situaciones que aparentemente pudieran afectar a su independencia, como relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con la parte contraria o con sus representantes. Marta no tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel ninguna situación que aparentemente pudiera afectar a su independencia, como relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con la parte contraria o con sus representantes. Marta tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel, exclusivamente de manera verbal, aunque Isabel lo solicitara por escrito, todas aquellas situaciones que aparentemente pudieran afectar a su independencia pero no las referidas a sus relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con los representantes de la parte contraria. Marta tiene la obligación de poner en conocimiento de Isabel, incluso por escrito si Isabel se lo solicitara del mismo modo, todas aquellas situaciones que aparentemente pudieran afectar a su independencia, como relaciones familiares, de amistad, económicas o financieras con la parte contraria o con sus representantes.

Andrea y Luis están divorciados. Andrea se fue a vivir a Francia por lo que la custodia de los hijos menores quedó a cargo de Luis, manteniendo la patria potestad compartida. Tras unos meses, Luis acude al despacho de su abogada Ana y le comunica que está pasando un mal momento económico al carecer de ingresos y para que sus hijos no queden desasistidos ha solicitado la custodia temporal de la Diputación para los menores. Luis le pide a Ana que no comunique esa circunstancia al abogado de su ex mujer. Ana, tras informarle de que la madre debería conocer la situación, respeta la petición de Luis. ¿Ha sido correcta su actuación?. No, porque la patria potestad es compartida y por tanto una situación así debe ser conocida y consensuada por ambos progenitores. Sí, porque la abogada está obligada por el secreto profesional. No, porque el deber de secreto profesional no es ilimitado y absoluto y debe primar el interés del menor y derecho del cónyuge no custodio a conocer la situación. Sí, porque la abogada de Luis solo debe defender los intereses de su cliente.

Marta defiende a dos demandados en un procedimiento de responsabilidad civil, planteando uno de ellos que la responsabilidad es del otro. ¿Qué debería hacer Marta?. Debería renunciar a la defensa de ambos clientes en todo caso. Debería renunciar a la defensa de ambos clientes, salvo autorización expresa de los dos para intervenir en defensa de uno de ellos. Debería renunciar a la defensa de uno de ellos, el último que le encomendó su defensa. Debería seguir con el procedimiento hasta que se dicte sentencia para no generar indefensión a ninguno de ellos.

Maite es clienta habitual de Sandro, abogado de su confianza con el que lleva trabajando muchos años. En fecha reciente, Maite encomienda a Sandro que le lleve un nuevo asunto y le pide firmar, con anterioridad, una hoja de encargo para conocer con seguridad el importe de los honorarios y su forma de pago. ¿Cuál es la actuación que debería tener Sandro ante esta solicitud de hoja de encargo?: Debe de negarse porque supone una desconfianza impropia en las relaciones entre abogado y cliente. Debe suscribir la hoja de encargo porque su cliente se lo pide. Debe suscribirla porque es una obligación de los abogados en todos los casos firmar una hoja de encargo, aunque no se lo hubiera solicitado Maite. Debe negarse porque para eso están los criterios orientadores para tasaciones de costas.

Juan, letrado de León, es titular de un despacho profesional individual en el que colabora, con relación laboral, Aitor, abogado también colegiado y ejerciente. En uno de los asuntos en los que Aitor colaboraba con Juan, y debido exclusivamente a unas gestiones llevadas a cabo personalmente por el propio Aitor, se genera un perjuicio al cliente. Juan, en cuanto abogado titular de un despacho profesional individual responderá profesionalmente frente a su cliente de las gestiones o actuaciones efectuadas por Aitor, en cuanto que es su colaborador, sin perjuicio de la facultad de repetir contra él si procediera. Juan en ningún caso responderá profesionalmente frente a su cliente de las gestiones o actuaciones efectuadas por Aitor. Juan, en cuanto abogado titular de un despacho profesional individual responderá profesionalmente frente a su cliente de las gestiones o actuaciones efectuadas por Aitor, en cuanto que es su colaborador, sólo en el caso de que las mismas fueran constitutivas de delito. Juan, en cuanto abogado titular de un despacho profesional individual responderá profesionalmente frente a su cliente de las gestiones o actuaciones efectuadas por Aitor, en cuanto que es su colaborador, sólo en el caso de que así lo estableciera expresamente la Junta del Colegio de Abogados.

Asier es graduado en derecho, habiendo superado en 2017 el Master de acceso a la profesión de abogado y la prueba de estado para acceso a la abogacía convocada por el Ministerio de Justicia, si bien no se ha incorporado a ningún Colegio de Abogados. En fechas recientes ha recibido demanda de divorcio de su esposa y se está planteando defenderse a sí mismo. ¿Es ello posible si no está colegiado?. No, porque para poder actuar en cualquier juzgado necesariamente se ha de estar colegiado en un Colegio de abogados. Sí, porque cumpliendo los requisitos para incorporarse a un Colegio de abogados no se necesita dicha incorporación para la defensa de asuntos propios, aunque sí tiene que solicitar una habilitación al Decano del Colegio de Abogados para dicha intervención. Sí, porque en los procedimientos de divorcio puede actuar cualquier licenciado o graduado en derecho que sea parte aunque no esté colegiado. Sí, ya que ha superado un Master de acceso a la profesión de abogado y aprobado la prueba de estado convocada por el Ministerio de Justicia.

Felipe quiere incorporarse al ejercicio profesional dándose de alta en el Colegio de Abogados de Sevilla y teniendo su despacho profesional en Vigo, ¿puede hacerlo?. Si, porque hay libertad de elección de Colegio. Si, porque el domicilio sólo es relevante a efectos fiscales. Si, porque su domicilio profesional situado en localidad distinta a la del territorio del Colegio, sólo le impediría su incorporación al Turno de Oficio en dicho Colegio. No, tiene obligación de incorporarse al Colegio dónde radique su domicilio profesional único o principal.

Izaskun asume, como abogada, la defensa de los intereses de Olga en un procedimiento de despido contra ella formulada por la empresa Palacios Gómez, SL. Izaskun había defendido en el pasado a Palacios Gómez SL frente a la demanda presentada por otro empleado en un juicio celebrado cuatro años antes, y entonces había obtenido documentación interna de la empresa de la que se desprendía la existencia de anomalías contractuales en sus relaciones con los empleados. Olga pide a Izaskun que presente dicha documentación, junto con la demanda. ¿Qué debe hacer Izaskun?: Presentar el documento, ya que el deber de secreto profesional solo permanece por un plazo de tres años después de haber finalizado la prestación de servicios al cliente. Presentar el documento, ya que la petición de su actual cliente Olga es suficiente para que se vea excusada de sus deberes de secreto profesional. No presentar el documento ya que no ha transcurrido el plazo de 5 años después de haber finalizado la prestación de servicios al cliente. No presentar el documento ya que el deber de secreto permanece en el tiempo ilimitadamente.

Carla y Roberto trabajan como abogados en el despacho de abogados del que es titular Lucas, habiendo firmado un contrato laboral. Carla desconoce hasta qué punto está obligada a cumplir las indicaciones de Lucas respecto de la forma de prestar sus servicios profesionales por lo que pregunta al respecto a su compañero Roberto. Roberto le informa: Que debe cumplir las indicaciones de Lucas, incluso cuando se trate de un caso en el que exista conflicto de intereses entre ambos. Que no debe cumplir las indicaciones de Lucas ya que éste sólo verificará el cumplimiento de sus obligaciones laborales. Que debe cumplir las indicaciones de Lucas, salvo que contravengan los principios y valores de la abogacía o las obligaciones que imponen a los abogados las normas que rigen la profesión. Que debe cumplir las indicaciones de Lucas ya que es el titular del despacho, quedando por ello eximido de la responsabilidad disciplinaria que de su actuación profesional pudiera derivarse.

Carla, abogada italiana incorporada a la Orden de los Abogados de Florencia, tiene como cliente habitual a Sergio, que se encuentra en una cárcel española por un asunto de tráfico de drogas. Carla recibe la llamada de Sergio, que le explica su situación y le pide que le defienda ante los tribunales españoles. ¿Qué requisitos tiene que cumplir Carla para poder defender a Sergio en España?. Carla tiene que presentar el carnet de colegiada en la Orden de los Abogados de Florencia cuando intervenga en defensa de Sergio en cualquier instancia. Carla tiene que solicitar la habilitación en el ámbito territorial del Colegio en donde se encuentren los órganos judiciales competentes. Carla tiene que actuar concertadamente con un abogado colegiado en un colegio de abogados de España. Carla tiene que pedir una autorización al Consejo General de la Abogacía Española.

África, abogada, está negociando con su compañero Pedro el cumplimiento de un contrato mercantil entre clientes de ambos y, en concreto, el pago de la cantidad de 1.200 euros. Las negociaciones se prolongan intentando evitar el juicio, pero África sospecha que el ánimo de su compañero es dilatorio. El ejercicio de la acción de reclamación prescribe en breve por lo que el cliente de África le ordena presentar la demanda, y ella así lo hace, sin previo aviso a Pedro ¿es correcta la actuación de África?: Sí, porque está obedeciendo las indicaciones de su cliente. Sí, porque está próxima la posible prescripción de la acción. No, porque debe comunicarse el cese de las negociaciones al letrado contrario antes de demandar. No, porque en este caso la intervención del Letrado no es preceptiva y la demanda la presenta el cliente a su nombre.

Agustí, que vive en Sevilla ha interpuesto una demanda de juicio verbal en Madrid en reclamación de 1.900 euros, habiéndose valido para su representación y defensa de abogado y procurador. La sentencia dictada en el procedimiento estima íntegramente la reclamación con expresa condena en costas. ¿Puede Agustí reclamar las costas causadas por su abogado y procurador?. No, porque en los procedimientos de juicio verbal de menos de 2.000 euros no es preceptiva la intervención de abogado y procurador. No, sólo puede reclamar las costas derivadas de su letrado. Sí, porque presentó su demanda con abogado y procurador. Sí, porque el domicilio de Agustí está en lugar distinto de donde se ha presentado la demanda.

En un contrato de compraventa ambas partes establecen expresamente en una cláusula que, para el caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas, será al infractor a quien se le impongan las costas judiciales del pleito que se produzca. Indique la respuesta correcta: En cumplimiento de lo establecido en esta cláusula, que vincula al tribunal, siempre la parte incumplidora será condenada en costas. Sólo será condenada en costas la parte que litigue con temeridad, no vinculando esta cláusula al tribunal. Sólo será condenada en costas la parte que litigue con mala fe, no vinculando esta cláusula al tribunal. Esta cláusula no vincula en absoluto al tribunal que establecerá la condena en costas que estime oportuna en aplicación de la LEC, dado que las disposiciones sobre condena en costas son imperativas y no disponibles para las partes.

Nuria tiene una cuenta corriente en Berna (Suiza) y le pide a Antonio, abogado, que realice las gestiones necesarias para traer el dinero a España, manifestándole que el dinero proviene de la venta de una casa en dicha ciudad que acaba de heredar de una tía. ¿Qué debe hacer Antonio?. Abstenerse de llevar el asunto dado que los fondos se encuentran en un paraíso fiscal. Debe extremar la cautela y hacer un examen especial al tratarse de fondos provenientes de un paraíso fiscal. Debe informar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias por ser una operación sospechosa. Debe aceptar el encargo y confiar en lo manifestado por Nuria.

Luis va a tener la semana que viene una vista en la Audiencia Provincial de Barcelona que resulta muy importante para él y, por ello, quiere que ese día Manuel, compañero de despacho, le auxilie en el acto del juicio. Manuel puede auxiliar a Luis en el acto del juicio porque ambos están colegiados como ejercientes. Manuel puede auxiliar a Luis en el acto del juicio porque ambos están colegiados como ejercientes, siempre y cuando se trate de una causa compleja y/o de un volumen superior a los 1.000 folios. Manuel puede auxiliar a Luis en el acto del juicio porque ambos están colegiados como ejercientes, siempre y cuando Manuel lleve colegiado más de diez años. Manuel puede auxiliar a Luis en el acto del juicio porque ambos están colegiados como ejercientes, siempre y cuando Manuel pueda acreditar estar especializado en la materia en la que va a auxiliar a Luis.

El Letrado José se encargó profesionalmente del divorcio de Juan e Inés, según le solicitaron ambos. Para ello, redactó un convenio de divorcio, que se presentó en procedimiento de mutuo acuerdo por ambos cónyuges. Como parte del acuerdo, Inés pagó la minuta de honorarios de José. Dos años después de haberse dictado sentencia de divorcio, Inés acude al despacho de José al recibir una demanda judicial interpuesta por Juan para modificar las medidas acordadas en el convenio. ¿Puede José llevar el asunto a Inés y contestar la demanda?. Sí, siempre que no esté en riesgo el secreto profesional. No, ya que el Código Deontológico le prohíbe intervenir en un proceso de modificación de la demanda de divorcio de mutuo acuerdo. Sí, porque se entiende liberado de la prohibición ya que Juan eligió un nuevo abogado y, además, quien pagó la minuta fue Inés. No, salvo que Juan consienta que José defienda a Inés.

El letrado Benigno contrata la colocación de una valla publicitaria iluminada delante del hospital provincial, ofreciendo sus servicios como abogado experto en reclamaciones por negligencias médicas y responsabilidad derivada de accidentes de circulación. ¿Es correcta la actuación de Benigno?. Sí, pero únicamente si tiene formación acreditada en las especialidades citadas en el anuncio, pues la veracidad es el único límite de la publicidad. Sí, pues se ajusta al ejercicio profesional en el ámbito de la libertad de mercado. No, por la forma en que se realiza, ya que implica dirigirse a quienes sean víctimas de accidentes o infortunios recientes que carecen de la plena y serena libertad de elección. No, pues los abogados no pueden anunciarse mediante vallas publicitarias.

Antonio, abogado con una experiencia de más de 25 años, se está planteando ejercer de forma simultánea tanto la profesión de abogado como la de procurador. A tal fin, dirige consulta a su Colegio de Abogados al objeto de conocer si esto es posible. El Colegio de Abogados le responde: Que sí es posible, siempre y cuando la colegiación de ambas profesiones se efectúe en el Colegio de Abogados y de Procuradores del mismo ámbito territorial. Que sí es posible, aunque no se podrán ejercer de forma combinada ambas profesiones en un mismo asunto judicial. Que sí es posible, sin obstáculo alguno. Que no es posible, dado que el ejercicio de la abogacía es absolutamente incompatible con el ejercicio de la profesión de procurador, entre otras.

Asier y Jon comparten despacho. Asier le consulta a Jon ciertos pormenores del asunto que el cliente Ibon le tiene encomendado, comentando una curiosa anécdota del cliente. Esa misma noche, Jon comenta en Facebook la anécdota, pero sin revelar datos personales ni identificar a las personas involucradas. Por casualidad, Ibon lo lee y, al sentirse aludido, pone los hechos en conocimiento del Colegio de Abogados. ¿Ha cometido alguna infracción deontológica Jon?. No, quien la ha cometido ha sido exclusivamente Asier, que fue quien reveló la información facilitada por el cliente, por lo que deberá dirigirse la denuncia contra él. No, porque Jon siempre puede negar que lo contado tenga referencia con Ibon, cuyo nombre no se revela en ningún momento. Sí, porque el deber de secreto se extiende respecto de los hechos que se conozcan por la actuación profesional y vincula a todos y cada uno de los integrantes del despacho. No, porque la confidencialidad no protege las informaciones meramente personales que no formen parte directa del asunto encomendado.

La letrada Elena defiende a un cliente inmerso en un procedimiento laboral por despido. En el transcurso de dicho procedimiento, Elena ha intercambiado emails con el abogado de la parte contraria. El cliente cambia de letrado y le exige copia de los mensajes. ¿Puede Elena reenviarle esos emails a su cliente?. No, Elena no puede darle a su cliente, en ningún caso, las cartas, comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte. Sí, porque su cliente tiene derecho a recibir toda la documentación que Elena tenga en su poder referente a su caso. Sí, porque su cliente tiene derecho a recibir toda la documentación que Elena tenga en su poder, salvo que expresamente el abogado contrario se lo prohíba. No, Elena no puede reenviar correos electrónicos de otros compañeros sin su expreso consentimiento.

Patricia, colegiada ejerciente, dirige escrito a su Colegio notificando el cambio de domicilio profesional. En el escrito comunica que, a partir de ahora, dicho domicilio lo constituirán las propias instalaciones colegiales sitas en el Palacio de Justicia, dado que cuentan con una sala de trabajo con ordenadores, impresora, fotocopiadora, Internet, etc., así como con despachos privados para poder recibir a los clientes. Patricia adeuda las cuotas colegiales de los últimos meses. ¿Qué le contestará el Colegio de Abogados?. Que no es posible acceder a su petición, recordándole el deber de todo abogado de mantener despacho profesional abierto en el territorio del Colegio en cuyo ámbito esté incorporado y ejerza habitualmente su profesión. Que se accede a su petición, dado que, como colegiada, tiene derecho a utilizar las instalaciones colegiales como propias y publicitar que esa será su dirección profesional de ahora en adelante. Que se accede a su petición, siempre y cuando abone el uso intensivo y particular de las referidas instalaciones, mediante la suscripción del correspondiente contrato. Que no es posible acceder a su petición, dado que adeuda cuotas colegiales, lo que le impide el uso de las instalaciones colegiales para el fin solicitado.

Verónica y Sonia, son dos abogadas que llevan varios meses de negociación en un caso de divorcio, con numerosas llamadas, reuniones y correos electrónicos cruzados. Finalmente, el cliente de Sonia le comunica no estar de acuerdo con las propuestas de la parte contraria y le da instrucciones para que interponga la demanda de divorcio. En fase de contestación a la demanda, Verónica, para demostrar que las partes estaban negociando un acuerdo, aporta exclusivamente los correos electrónicos que ella remitió a Sonia junto con su escrito. ¿Es correcta la actuación de Verónica?. Sí, porque no ha aportado las comunicaciones recibidas por la abogada de la parte contraria, que es lo que protege la norma, sino únicamente las propias. Sí, porque los correos electrónicos, al no ser documentos con membrete del despacho, no se consideran comunicaciones entre letrados y pueden ser aportados en todo caso. Sí, porque las normas deontológicas que regulan el secreto profesional excepcionan el ámbito del derecho de familia, a fin de que el Juzgador conozca todos los datos y pueda reconducir un asunto contencioso a mutuo acuerdo. No, porque el secreto profesional, en su vertiente de protección de las comunicaciones entre profesionales, impide aportar éstas (ni las recibidas ni las remitidas), si no existe autorización expresa del abogado que remite o es destinatario o, en su defecto, autorización de la Junta de Gobierno del Colegio competente.

El abogado Sergio, incorporado como ejerciente al Colegio de Abogados de Toledo el 2 de abril de 2019, quiere votar en las elecciones a miembros de junta de gobierno de su Colegio, que han sido convocadas con fecha 1 de septiembre de 2019. ¿Puede Sergio votar en las elecciones conforme a lo que dispone el Estatuto General de la Abogacía Española?. No, porque los colegiados no pueden participar en las elecciones que se convoquen en su primer año de colegiación. No, porque todavía no lleva seis meses colegiado al convocarse las elecciones. Sí, puede participar como elector desde el mismo día de la colegiación. Sí, puede participar como elector porque lleva más de tres meses colegiado al convocarse las elecciones.

El Estatuto General de la Abogacía constituye el marco normativo que regula la profesión de abogado. ¿Es posible que una norma con rango de ley de una Comunidad Autónoma, dictada en el marco de sus competencias, regule materias comprendidas en dicho Estatuto?. No, ya que el Estatuto es una norma especial que excluye la posibilidad de regulación por otras instituciones. Sí, ya que el Estatuto es un compendio de normas deontológicas y de organización profesional sin valor normativo externo a la organización y sus colegiados. No, ya que el Estatuto es una norma con rango de ley sobre una materia que es competencia exclusiva del Estado y, por tanto, no puede regularse por las Autonomías. Sí, ya que el Estatuto tiene rango de Real Decreto y lo dispuesto en él se entenderá sin perjuicio de lo que sobre esta materia, de acuerdo con la Constitución, la legislación estatal y los Estatutos de Autonomía, disponga la legislación autonómica.

Sebastián y Agustín son socios de Seb-Agus Abogados, SLP, inscrita como tal en el Colegio de Abogados de Melilla. El despacho tiene asumida la defensa de Francisco, conocido de Agustín, en un procedimiento penal. Como consecuencia de esa relación, durante la instrucción ha sido Agustín quien ha estado presente en todas las actuaciones judiciales que se han llevado a cabo, siendo también quien firmó el escrito de defensa. ¿Puede en el acto del juicio ejercitar la defensa Sebastián?. Sí, porque cualquier letrado actuante podrá ser sustituido en el acto de la vista por un compañero en ejercicio. No, porque ha sido Agustín quien ha llevado el procedimiento desde sus inicios y la actuación de Sebastián en el acto de juicio puede perjudicar a Francisco, al no conocer el procedimiento a fondo. No, porque Francisco contrató los servicios del despacho por el hecho de ser conocido de Agustín, lo que le obliga a llevar la defensa a lo largo de todo el procedimiento. Sí, siempre y cuando conste expresamente por escrito la autorización de Francisco para que Sebastián actúe en el acto del juicio y Agustín le haya concedido la venia.

Antonio acaba de obtener el título profesional de abogado, por lo que presenta su solicitud de incorporación en el Colegio de Abogados de Ourense. ¿Quién y cómo deberá resolver dicha solicitud, según el Estatuto General de la Abogacía?. El Decano, mediante resolución motivada, previo informe de la Junta de Gobierno del Colegio. La Junta de Gobierno, previo informe vinculante del Decano. El Decano, previo informe vinculante de la Junta de Gobierno. La Junta de Gobierno, previas las diligencias e informes que procedan, en resolución motivada.

Marta, colegiada ejerciente, acepta que Juan, licenciado en derecho, trabaje para ella en su despacho, al objeto de -según las propias palabras de Juan- “adquirir la suficiente experiencia que me permita poder colegiarme y ejercer la profesión, sin necesidad de tener que superar la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de abogado”. Tanta es la experiencia y práctica que adquiere Juan, que Marta no tiene inconveniente en enviarlo al Juzgado sustituyéndola en los asuntos de turno de oficio que ella tiene asignados, haciéndose pasar Juan por abogado integrado en el despacho de Marta. Ante esta actuación, ¿Tienen competencia los Colegios de Abogados en materia de intrusismo profesional?. No. Los Colegios de Abogados no tienen competencia en materia de intrusismo profesional, ya que ésta corresponde al Ministerio de Justicia. Sí, pero solo frente a Marta, dado que ella sí está colegiada, mientras que Juan no lo está. Sí. Los Colegios de Abogados tienen, entre sus funciones, las de adoptar las medidas conducentes a evitar y perseguir el intrusismo profesional, lo que implica la adopción de medidas tanto frente al colegiado, como frente a la persona que ejerce la profesión sin estar colegiada. No. Al ser una actuación realizada ante los Tribunales de Justicia, son estos los únicos competentes para adoptar las medidas necesarias frente al intrusismo profesional.

Juan Luis acaba de aprobar la prueba de acceso a la profesión de abogado y decide presentar la documentación pertinente para su colegiación ante el Colegio de Abogados de Málaga. La Junta de Gobierno de dicho Colegio acuerda denegar la admisión de Juan Luis, fundamentando la decisión en el hecho de que, en el ámbito territorial del Colegio, la proporción entre abogados y población supera la ratio aconsejable según criterios objetivos, es decir, que hay más abogados en ejercicio de los necesarios. ¿Es correcta la decisión de la Junta de Gobierno?. No, porque el Estatuto General de la Abogacía establece que no podrá limitarse el número de los componentes de los Colegios de Abogados, ni cerrarse temporal o definitivamente la admisión de nuevos colegiados. No, porque esa competencia la tiene atribuida expresamente el Consejo General de la Abogacía Española. Sí, porque los Colegios de abogados tienen, entre sus fines, evitar la masificación de la profesión, siempre que las medidas adoptadas no sean contrarias a las normas de competencia. No, porque esa competencia la tiene atribuida expresamente el Decano del Colegio de abogados.

Sergio, Antonio y Olivia se han colegiado y creado un despacho colectivo mediante una sociedad profesional, quedando encargado Antonio, como administrador solidario, de solicitar la inscripción en el registro colegial correspondiente. Como Antonio pospone indefinidamente la tarea, el Colegio, percatándose de que hay varios abogados con una misma dirección profesional, inicia el correspondiente expediente. Indique quién va a recibir el requerimiento colegial. La sociedad profesional, exclusivamente. El administrador de la sociedad, exclusivamente. Todos los abogados integrantes de la sociedad profesional. La sociedad profesional y el administrador de la sociedad, exclusivamente.

María suscribe un contrato con un despacho colectivo para prestar sus servicios de abogada por cuenta ajena bajo régimen de derecho laboral. En un momento dado, el Colegio de Abogados requiere al despacho colectivo para que aporte los contratos de colaboración y de trabajo que se hayan suscrito con otros abogados a fin de verificar que se ajustan al Estatuto General de la Abogacía. ¿Es ello posible?. No, ya que dichos contratos están bajo secreto profesional. Sí, ya que los Colegios de Abogados pueden exigir, a tales fines, la presentación de dichos contratos de colaboración y trabajo. No, ya que los Colegios de Abogados pueden exigir la presentación de los contratos de colaboración, pero no los que se sujeten al derecho laboral, pues son competencia exclusiva de la jurisdicción social. Sí, ya que los Colegios de Abogados están habilitados para solicitar de los despachos, individuales o colectivos, cuanta documentación puedan conservar sobre su organización y los casos que tramiten, a fin de comprobar la regularidad de su actividad.

María suscribe un contrato con un despacho colectivo para prestar sus servicios de abogada por cuenta ajena bajo régimen de derecho laboral. María se plantea si tiene que darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la Mutualidad General de la Abogacía, para cubrir sus necesidades de prevención social. En el despacho colectivo le explican que: Tiene que darse de alta en el RETA o en la Mutualidad General de la Abogacía, al igual que los abogados que trabajan por cuenta propia. No tiene que darse de alta en el RETA, porque se le dará de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, si bien puede darse de alta voluntariamente en la Mutualidad General de la Abogacía para complementar su pensión. Tiene que darse de alta obligatoriamente en la Mutualidad General de la Abogacía, pero no en el RETA. Queda sujeta al Régimen General de la Seguridad Social y no puede darse de alta en la Mutualidad General de la Abogacía mientras mantenga una relación meramente laboral con el despacho.

El letrado Manuel quiere darse de baja en el RETA al llegar a la edad legal de jubilación y cobrar la pensión correspondiente, pero pretende continuar ejerciendo la abogacía, asegurándose en la Mutualidad. ¿Es posible?. No, ya que una vez producido el alta en el mencionado régimen especial, solo puede causarse baja en el mismo por cesar en la actividad laboral por cuenta propia. Sí, en la medida en que haya cotizado lo suficiente. Puede darse de baja en el RETA y ejercer, pero sin cobrar la pensión hasta que deje de ejercer. Puede capitalizar la pensión y seguir ejerciendo como mutualista.

El despacho Nerea y asociadas, con sede en Bilbao, que no realiza ningún tratamiento para el ejercicio de funciones públicas, no ha implantado las medidas de seguridad necesarias respecto a los datos personales de sus proveedores. ¿Cuál es la autoridad competente para sancionar esta infracción?. EL Colegio de Abogados de Bizkaia. El Consejo General de la Abogacía. La Agencia Española de Protección de Datos. La Agencia Vasca de Protección de Datos.

El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) requiere al abogado José información sobre su cliente, la empresa Importaciones Kingston, SA, que es trascendente para el cumplimiento de la normativa sobre blanqueo de capitales. Una vez facilitada esa información al SEPBLAC, José se plantea avisar a su cliente de que está sometido a una inspección. Indique lo más correcto de las siguientes opciones: No debe informar a su cliente por estar prohibido por la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Debe informar a su cliente, pues no puede ocultarle información sobre un expediente. Debe informar a su cliente, pero solo si todavía no se ha examinado por el SEPBLAC alguna operación. No debe informar a su cliente, por estar sujeto al secreto profesional.

El abogado Enrique asesora puntualmente a una empresa de servicios en relación con el despido de un trabajador por supuesta infracción disciplinaria muy grave. Una vez verificado el despido, Enrique, sin comentárselo a la empresa, se pone en contacto con el trabajador, acuerda con él ejercer su defensa y presenta en su nombre una demanda por despido improcedente. ¿Ha podido incurrir en alguna responsabilidad el citado letrado?. No, ya que solo ha realizado un asesoramiento puntual y no ha defendido a la empresa ante los tribunales. Sí, exclusivamente de naturaleza deontológica, por vulneración del deber de lealtad, pudiendo ser sancionado por su Colegio de Abogados. Sí, puede haber incurrido en un delito de deslealtad profesional del artículo 467 del Código Penal. No, salvo que la empresa le hubiera prohibido expresamente defender o representar a la parte contraria en caso de conflicto judicial.

La abogada María Fernanda asesora a unos clientes en la compraventa de un inmueble y, como consecuencia de dicha labor, asume el encargo de satisfacer al vendedor la suma de 5.000 €, en concepto de arras, que le entregan sus clientes sin extender ningún recibo. Sin embargo, María Fernanda se gasta el dinero en la compra de un vehículo de segunda mano y, cuando sus clientes le reclaman que devuelva dicha suma, niega haberla recibido. ¿Ha podido incurrir en alguna responsabilidad?. Sí, en responsabilidad penal y disciplinaria. Solamente en responsabilidad penal. Solamente en responsabilidad disciplinaria. No, ya que no hay documentación que justifique la recepción del dinero de los clientes.

Ignacio, Pelayo y Arturo constituyen una sociedad profesional y se adhieren, a título personal, al seguro de responsabilidad civil que tiene suscrito el Colegio de abogados. ¿Debe asegurarse también a la sociedad profesional?. No, ya que están asegurados todos los abogados de la sociedad. No, ya que pueden optar por asegurarse ellos o por asegurar a la sociedad. Sí, en todo caso. Sí, en el caso de que en la sociedad haya socios que no se dediquen a la abogacía.

La abogada Sonia se dedica a asesorar en materia inmobiliaria y, para ello, tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil para hacer frente a responsabilidades de hasta 500.000 € por siniestro y un máximo anual de un millón de euros. Estando realizando labores de asesoramiento a un cliente, en una operación de más de dos millones de euros, el cliente le pregunta si tiene un seguro de responsabilidad civil y el importe de la cobertura por siniestro. ¿Tiene Sonia obligación de dar esa información al cliente, según el Código Deontológico?. No, ya que dicha información está protegida por la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantías de Derechos Digitales, mientras no se produzca un siniestro que deba ser indemnizado por la abogada. Sí, y, además, debe facilitarse a los clientes dicha información con carácter previo a asesorarles, aunque no la pidan. Sí, ya que el cliente lo ha solicitado y así lo prevé el Código Deontológico. No, sin perjuicio de que pueda estar obligada por la legislación de protección al consumidor.

Luisa recibe en su despacho a Carla, clienta que está interesada en presentar una demanda de paternidad contra los herederos de un importante empresario, ya fallecido, y que, según la prensa, tenía una fortuna calculada en más de 200 millones de euros. A la vista de la información, datos y pruebas que facilita, la demanda puede tener visos de éxito, pero Carla no tiene medios económicos para hacer frente a los honorarios profesionales. Es por ello por lo que le propone que se fijen los honorarios de Luisa en el quince por ciento de lo que perciba Carla de la herencia del que dice ser era su padre. ¿Es posible el acuerdo que propone Carla?. No, porque, en caso de un resultado no positivo, el abogado habrá trabajado sin cobrar, lo cual no está permitido. No, porque, en caso de resultado positivo, la cuantía de los honorarios es excesiva y perjudica al cliente. Sí, pero siempre y cuando el porcentaje pactado suponga un importe superior al resultado de calcular los honorarios conforme a las normas de honorarios utilizadas para las tasaciones de costas, ya que al asumir el abogado el riesgo de no cobrar ha de tener la contrapartida de unos ingresos mayores en caso de éxito. Sí, ya que cada abogado puede pactar libremente la cuantía de los honorarios con el cliente.

Disconforme con la minuta de honorarios que le pasa su letrado, la clienta Carmen, que no es abogada, acude al Colegio para solicitar el baremo orientador sobre honorarios que pueda existir en el indicado Colegio. Indique qué es lo que le contestará el Colegio: Que no puede facilitarle el baremo, pues es un documento de uso exclusivo por los abogados. Que el Colegio no tiene baremos orientadores, pues están prohibidos. Que el baremo orientador solo se facilita al Juzgado y a los letrados. El Colegio le entregará un baremo orientador, porque está obligado a hacerlo al ciudadano que se lo solicita.

El Abogado Alejandro recibe de una empresa de alimentación, Cárnicas Manolo, SRL, a la que asesora desde hace diez años, una suma de 100.000 € para ofrecimiento y pago de indemnizaciones a causa de una responsabilidad en que ha incurrido la empresa con diversos consumidores. Alejandro ingresa el dinero en la cuenta del despacho, registrando contablemente en sus libros que dicha suma ha sido depositada por Cárnicas Manolo, SRL. Tras quedar un sobrante de 18.000 €, obtiene autorización escrita del administrador de Cárnicas Manolo, SRL para que detraiga sus honorarios profesionales de dicha suma. Liquidados con una minuta de 15.000 €, Alejandro transfiere el sobrante (3.000 €) a Cárnicas Manolo, SRL. ¿Actuó correctamente el letrado?. Sí, porque detrajo sus honorarios con el consentimiento expreso de la empresa y contabilizó adecuadamente el origen de la cantidad ingresada en cuenta. No, porque debió mantenerlos depositados con disposición inmediata en una cuenta específica abierta en un banco o entidad de crédito. No, porque el abogado nunca debe detraer sus honorarios de los fondos recibidos, ni siquiera con consentimiento del cliente. Sí, porque no ha causado ningún tipo de perjuicio económico al cliente.

Vicente recibe la visita de un inspector de Hacienda, quien le exige la exhibición de la contabilidad de su actividad como abogado en ejercicio, incluyendo toda aquella información necesaria para la exigencia de las obligaciones tributarias. Vicente le espeta al inspector que no se la puede facilitar pues, entre otros motivos, debe preservar el secreto profesional. ¿Es correcta esa aseveración?. Sí, porque el deber de secreto es de carácter constitucional y el abogado no debe poner en peligro la confidencialidad, ni siquiera ante la autoridad tributaria. No, porque el abogado tiene la obligación de facilitar las inspecciones y comprobaciones administrativas. Sí, porque, salvo casos de razonable interés público, la solicitud debe notificarse por escrito, dando al obligado tributario el tiempo necesario para preparar la documentación. No, porque el secreto profesional solo vincula a los abogados y no tiene por qué ser respetado por la Administración tributaria.

El abogado Javier, que tiene pendiente de celebración una vista en el Juzgado de lo Penal de Segovia, recibe días antes una providencia notificando que, por haber cambiado de destino su titular, la magistrada Esther, el juicio se celebrará por Ernesto, Juez de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, al estar la plaza vacante. ¿Puede Javier impugnar este nombramiento por vulneración del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley?. Sí, porque una vez señalado el juicio, solo puede celebrarlo Esther, aunque haya cambiado de destino. No, porque el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley no es un derecho fundamental, sino un mandato dirigido al legislador para la configuración de la organización judicial. Sí, porque según la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, las plazas de los Jueces de adscripción territorial se crean en los Tribunales Superiores de Justicia para integrar las salas de los tribunales colegiados, no para suplir a jueces unipersonales. No, porque la plaza del Juez de adscripción territorial se crea para el ámbito territorial de la provincia, y su designación está prevista en la ley para realizar, entre otras, funciones jurisdiccionales en caso de plazas vacantes o ausencias del titular.

La abogada Iratxe presenta un recurso de apelación contra una decisión del Juzgado de Instrucción de Ceuta, que el juzgado inadmite por entender que se formuló fuera de plazo. ¿Ante qué órgano y sección debería presentar Iratxe recurso de queja para que se tramite la apelación?. Ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Ante la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Málaga. Ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz. Ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid tramita una impugnación de una licencia urbanística concedida a la empresa Construcciones Villaviciosa, SL, por el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, representando la abogada Elena a la citada sociedad. Por su parte, un Juzgado de Instrucción de Móstoles tramita unas diligencias penales por prevaricación, contra responsables del Ayuntamiento de Villaviciosa, por la concesión de la misma licencia litigiosa. Enterada de la existencia de las diligencias penales, la abogada Elena se pregunta si es posible plantear algún conflicto de competencia al juzgado de Móstoles y concluye que: Sí, es posible plantear un conflicto de competencia ante una Sala especial del Tribunal Supremo, formada por el Presidente y dos magistrados del Tribunal Supremo por cada orden jurisdiccional en conflicto (Penal y Contencioso-Administrativo). No es posible, ya que únicamente puede plantear conflictos de competencia el Ministerio Fiscal. Sí, es posible plantear un conflicto de competencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, superior común a ambos órganos judiciales. No es posible, ya que ningún Juez o Tribunal puede plantear conflicto de competencia a los órganos del orden jurisdiccional penal.

Mary, ciudadana británica con domicilio en Estepona, suscribe en el Reino Unido un seguro de vida con la empresa Canterbury Assurances, domiciliada en Canterbury, Inglaterra, cuyo beneficiario es su hijo John, residente en Londres. En un momento dado, surgen discrepancias con la compañía por el importe de la prima anual y le plantea a su abogada en España, Rosalía, si puede presentar una demanda ante los juzgados españoles. Rosalía le explica que: Puede presentar demanda en este caso, ya que tiene su domicilio en España. No puede presentar demanda, ya que no tiene la nacionalidad española y, además, está previsto que el Reino Unido salga de la Unión Europea. Puede presentar demanda solo si una vez surgida la controversia, pacta con la compañía la sumisión a los tribunales españoles. No puede presentar demanda, ya que la competencia corresponde con el domicilio de la demandada, el lugar en el que se suscribió el contrato de seguro o donde resida el beneficiario del seguro.

En sede de casación civil, el abogado Francesc reitera, ante la Sala Primera del Tribunal Supremo, la solicitud de planteamiento ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de una cuestión prejudicial acerca de la interpretación de un Reglamento de la Unión Europea que es relevante para el caso. Dicha solicitud ya la planteó a los órganos de instancia, que la rechazaron. El Tribunal Supremo: Planteará la cuestión al TJUE, dado que contra la decisión que dicte no caben recursos de derecho interno. Denegará el planteamiento de la cuestión al TJUE, dado que ya fue rechazada por los órganos de instancia. Planteará la cuestión solo si considera necesaria una decisión al respecto para poder emitir su fallo. Denegará el planteamiento de la cuestión, pues el Tribunal Supremo tiene competencia para fijar la interpretación de las normas internacionales que forman parte del derecho interno.

El joven Jokin es detenido por unos incidentes en Baracaldo durante una manifestación que acabó con daños. La policía le imputa un delito de desórdenes públicos y daños. Jokin informa a su abogada Arantxa que, durante la detención policial, fue sometido a diversas vejaciones y malos tratos por parte de la policía, para que confesara la infracción y delatara a otros posibles implicados. Jokin pregunta a Arantxa si es posible formular directamente una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra el Estado español por vulneración del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). Arantxa le explica que: No, ya que el CEDH no permite presentar demandas a las personas físicas, sino a otros Estados contratantes o a los órganos del Estado implicado. Sí, ya que el CEDH protege a las personas físicas contra la tortura y los tratos inhumanos o degradantes. No, ya que es necesario primero agotar los recursos internos dentro del Estado español. No, ya que la tortura o malos tratos, por parte de funcionarios policiales, no está protegida por el CEDH.

Joaquín, cliente de la abogada Estrella, ingresa en prisión provisional por orden del Juzgado de Instrucción nº 3 de Alicante, por un delito de robo con fuerza en las cosas. Recurrido el auto de prisión ante la Audiencia Provincial, la sección correspondiente desestima el recurso el 25 de enero de 2019. Estrella presenta un recurso de amparo el 28 de febrero, a los 20 días de la notificación de esta última resolución, pero durante el trámite de admisión el Juzgado decide poner en libertad a Joaquín. ¿Examinará el Tribunal Constitucional si Joaquín fue privado de libertad indebidamente?. No, ya que el Tribunal Constitucional no controla la regularidad de las privaciones de libertad acordadas por los órganos judiciales. Sí, ya que el derecho a la libertad es un derecho fundamental y su vulneración sería imputable a una decisión del órgano judicial. No, ya que el recurso ha perdido su objeto, pues Joaquín ya está en libertad. No, ya que han transcurrido más de treinta días desde la resolución de la Audiencia Provincial.

La Audiencia Provincial deniega al penado Benedicto, en resolución firme, la suspensión de la ejecución de la condena de un año de prisión que le había impuesto en sentencia. Su letrado, Bartolomé, presenta recurso de amparo para impedir que ingrese en prisión y pide a la Audiencia Provincial que suspenda el cumplimiento de la pena, para que el recurso no pierda su efectividad. ¿Es correcta la petición de Bartolomé a la Audiencia Provincial?. Sí, pero es innecesaria, porque la interposición del recurso de amparo suspende de iure los efectos de la resolución recurrida. No, porque la suspensión tiene que pedirla expresamente al Tribunal Constitucional, única posibilidad de que se suspenda la resolución recurrida en amparo. Sí, ya que la suspensión de la ejecución de la pena solo puede acordarla la Audiencia Provincial. No, porque la resolución es ejecutiva mientras no la suspenda el Tribunal Constitucional, de oficio o a instancia de parte.

Lucía y José Luis han suscrito entre ellos un contrato de arrendamiento de vivienda y, en una de sus cláusulas, han pactado que, para cualquier controversia que se pueda suscitar en relación al cumplimiento e interpretación del contrato, las partes se someterán a arbitraje. ¿Es posible tal pacto?. No, porque el sometimiento a arbitraje solo puede hacerse en los contratos para uso distinto al de vivienda, donde el poder de disposición de las partes es más amplio. No, porque los arrendamientos urbanos son una de las materias excluidas expresamente del arbitraje. Sí, siempre que el árbitro o árbitros designados sean abogados especialistas en materia de arrendamientos urbanos. Sí, porque la Ley de Arbitraje y la Ley de Enjuiciamiento Civil, permiten que este tipo de contratos puedan ser sometidos a arbitraje.

Manuel y Guillermo suscriben un contrato de suministros en el que acuerdan, entre otras cosas, someter a mediación las controversias que pudiesen derivarse del contrato. Sin embargo, ante el incumplimiento de Manuel, Guillermo decide interponer una demanda ante los juzgados de Primera Instancia. ¿Qué actuación puede realizar el abogado de Manuel ante la demanda?. Deberá contestar con una demanda de mediación, dado que ambas partes se sometieron voluntariamente a mediación. Podrá denunciar mediante declinatoria haberse sometido el asunto a mediación. Deberá contestar a la demanda en todo caso, pues el contrato de suministros es una de las materias sobre las que se excluye la posibilidad de mediación. Podrá alegar en su contestación su falta de legitimación pasiva, por haberse sometido la controversia a mediación.

En un procedimiento civil, el Tribunal entiende que Teresa, abogada de la demandada, ha actuado conculcando las normas de la buena fe, por lo que le impone una multa. ¿De qué cuantía puede ser dicha multa?. De ninguna, pues las multas no están previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil por conculcar las normas de la buena fe. De una cuantía equivalente al perjuicio que se haya ocasionado a la otra parte con la actuación contraria a la buena fe. Podrá oscilar entre 180 € y 6.000 €, sin que en ningún caso pueda superar la tercera parte de la cuantía del litigio. La fijará el Colegio profesional al que pertenezca el abogado, sin que pueda ser fijada por el Tribunal, que deberá limitarse a dar traslado al Colegio de testimonio de las actuaciones.

Fernando, abogado de la parte demandada en un proceso civil, considera que existe una cuestión que, siendo distinta de la que constituye el objeto principal del pleito, guarda con éste una relación inmediata que puede tener influencia en el proceso, por lo que plantea una cuestión incidental de especial pronunciamiento. ¿Qué deberá hacer el Juez ante la cuestión planteada?. Suspender el curso de las actuaciones hasta que la cuestión sea resuelta. Resolver por Auto la cuestión y, una vez firme el mismo, continuar el pleito sobre la pretensión principal. Resolverla oralmente en el acto del juicio, antes de empezar con la práctica de las pruebas. Decidir sobre la cuestión separadamente en la Sentencia, antes de entrar a resolver sobre lo que sea objeto principal del pleito.

En un proceso civil, el Juez dicta Sentencia que, a criterio de Jaime, abogado de la demandante, contiene un concepto oscuro que impide su ejecución. Jaime solicita la aclaración de la Sentencia, pero el Juez por Auto resuelve que no es necesaria ninguna aclaración, por no haber conceptos oscuros en la misma. ¿Puede Jaime interponer recurso contra el Auto que deniega la aclaración?. Sí, recurso de alzada ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. Sí, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. No, pues una vez firmada la Sentencia no cabe aclaración ni corrección alguna. No, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la Sentencia.

Durante la práctica de la prueba en un juicio ante el Juzgado de Primera Instancia, se pone de manifiesto que uno de los documentos aportado por Miguel, el abogado del demandado, que fundamenta su pretensión desestimatoria, puede haber sido falsificado. Por este motivo, el Letrado de la Administración de Justicia lo pone en conocimiento del Ministerio Fiscal y se abren diligencias previas en el Juzgado de Instrucción, por un presunto delito de falsedad documental. Arturo, el abogado de la demandante, solicita la suspensión del proceso civil por prejudicialidad penal. ¿Qué resolución deberá adoptar el Juez?. Resolver en la Sentencia civil sobre la posible falsedad del documento, a la vista de las pruebas practicadas en el acto del juicio. Suspender las actuaciones civiles sin esperar a la conclusión del procedimiento civil, cuando considere que el documento pudiera ser decisivo para resolver sobre el fondo del asunto. Continuar con el proceso hasta su conclusión, pero no dictar Sentencia hasta que el Juzgado de lo Penal se pronuncie sobre la posible falsedad del documento. Continuar con el proceso y dictar sentencia, con independencia de lo que se resuelva en el proceso penal, dado que se trata de dos jurisdicciones diferentes.

Durante el transcurso de un proceso civil, Jesús, abogado de la demandada, plantea una cuestión prejudicial que podría tener influencia sobre el fondo del asunto y que, según él, debería ser resuelta previamente por un Juzgado Contencioso-administrativo. No obstante, Vicente, el abogado de la demandante, considera que no existe tal cuestión y se opone a que se dé curso a la misma, al no existir un proceso administrativo abierto sobre la controversia planteada y no prever la Ley la suspensión. ¿Qué ocurrirá en el proceso civil?. A los solos efectos prejudiciales, el Juzgado civil podrá conocer de la cuestión, aunque esté atribuida a los tribunales del orden contencioso-administrativo. El Juzgado civil puede resolver sobre la controversia administrativa y su decisión surtirá efecto en un hipotético proceso contencioso que se abra con posterioridad. El Juzgado de Primera Instancia deberá suspender en todo caso su procedimiento, por prejudicialidad no penal, hasta que resuelva la controversia el Juzgado de lo Contencioso-administrativo. El juzgado de Primera Instancia deberá remitir las actuaciones al Juzgado de lo Contencioso-administrativo para que abra procedimiento contencioso y resuelva sobre ambas controversias de forma acumulada.

Lucía, abogada del Colegio de Cádiz, fue designada para defender los intereses de José Luis, beneficiario de justicia gratuita, para interponer una demanda contra una entidad bancaria por una “cláusula suelo”. La entidad bancaria fue condenada al pago de las costas del procedimiento, lo cual hizo efectivo. ¿A quién pertenece el importe de las costas pagadas por el banco?. A José Luis, ya que las costas son siempre del cliente y nunca de los profesionales que han intervenido en el proceso. A la Administración, ya que ha sido quien ha pagado al abogado y al procurador y ha de resarcirse del gasto efectuado. A los profesionales, abogada y procurador, que han intervenido en el pleito. En los casos en los que el beneficiario de justicia gratuita es el beneficiario de las costas, el condenado a ellas no viene obligado a pagar ya que habría un enriquecimiento injusto por la parte contraria que no ha pagado profesionales.

Yolanda, abogada del Colegio de Málaga, recibe el 18 de abril de 2019 una designación provisional de Turno de Oficio para presentar demanda en nombre de Pedro para reclamar determinadas cantidades. Consta que Pedro presentó la solicitud de justicia gratuita el 14 de enero de 2019, cinco días antes de la prescripción de la acción. ¿Está prescrita la acción?. Sí, porque la solicitud de justicia gratuita no interrumpe en ningún caso la prescripción de acciones. No, porque la solicitud de justicia gratuita interrumpe, en todo caso, los plazos de prescripción, hasta que se resuelva definitivamente la petición. Sí, porque la solicitud del reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita interrumpe el plazo dos meses como máximo, haya o no resolución. No, porque la solicitud de justicia gratuita interrumpe, en todo caso, los plazos de prescripción hasta que se resuelva provisionalmente la petición.

En una causa penal seguida por delitos de malversación, desobediencia y otros, en fase de investigación, el encausado Ramón decide recusar al juez instructor Rodrigo, por estimar que su imparcialidad está comprometida. Rodrigo considera que esa recusación es una estratagema o fraude procesal dirigido a dilatar el proceso, por lo que inadmite de plano y sin ulterior recurso el incidente de recusación, con fundamento en el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Planteada una nulidad de actuaciones por esa decisión, Rodrigo dicta un nuevo auto en el que mantiene su decisión de inadmisión. Ramón pregunta a su abogado si es posible recurrir en amparo constitucional por vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías y al derecho a la tutela Judicial efectiva. Su abogado le contesta que: Sí, ya que se ha agotado la vía judicial previa, pues no caben más recursos contra el incidente de recusación. No, ya que en la decisión del instructor no hay afectado ningún derecho susceptible de amparo. Sí, ya que además de no caber recursos ordinarios contra la recusación, se ha promovido incidente de nulidad de actuaciones. No, pues hasta que no haya una decisión firme en el proceso penal que determine la culpabilidad o inocencia no se ha agotado la vía judicial previa.

Rafael, abogado ejerciente en Córdoba, fue designado hace dos años para interponer la demanda de divorcio de Silvia, beneficiaria de justicia gratuita, y no ha realizado ninguna actuación al respecto. Silvia quiere presentar una queja por la inactividad del letrado. ¿A qué órgano compete la tramitación de la queja, según la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita?. Al Defensor del Pueblo. Al Colegio de Abogados de Córdoba. la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Córdoba. Al Juzgado Decano del partido judicial competente para conocer de la demanda de divorcio.

Francisco, de nacionalidad española, trabajador de la construcción y residente en el Reino Unido, recibe una oferta de trabajo de Manuel, empresario español con domicilio en Lancaster, quien ha conseguido una concesión de obra pública en la ciudad de Liverpool. El contrato de trabajo se firma en una sede que tiene el empresario en Londres. Como consecuencia de desavenencias con sus trabajadores, Manuel despide disciplinariamente, entre otros, a Francisco. Acuciado por la falta de recursos económicos, Francisco decide abandonar el Reino Unido y volver a España. Una vez allí, le plantea a Ud., abogado, si puede demandar al empresario en España por la extinción del contrato de trabajo, ya que considera injusta la decisión del empleador. Ud. le contesta que: Sí, ya que el trabajador, si tiene nacionalidad española, debe presentar su demanda siempre ante los tribunales españoles, con independencia de la nacionalidad o domicilio del empresario. Sí, ya que ambos, trabajador y empresario, tienen nacionalidad española. No, ya que la competencia para conocer de la demanda es la de prestación de los servicios o el lugar de residencia del trabajador al tiempo de celebrar el contrato, salvo que un tratado internacional disponga otra cosa. No, ya que la competencia es, alternativamente, del lugar de celebración del contrato, del lugar de prestación de los servicios o del domicilio del demandado, independientemente de la nacionalidad de empresario y trabajador.

Eva, abogada, interpone una demanda contra una entidad financiera sin haber hecho requerimiento previo de pago, ni haber intentado mediación ni conciliación. Nada más recibir la demanda, la entidad financiera se allana a todas las pretensiones y consigna voluntariamente la cantidad requerida. ¿A quién deben imponerse las costas de este procedimiento?. A la entidad financiera por el criterio objetivo de vencimiento, dado que la resolución estimará íntegramente todas las pretensiones del cliente de Eva. Al cliente de Eva, dado que no hizo requerimiento previo de pago. No procederá la imposición de costas en este procedimiento, ya que en los supuestos de allanamiento nunca se generan costas. No procederá la imposición de costas en este procedimiento, salvo que el tribunal aprecie mala fe en la entidad financiera.

Lorena se le ha dado traslado de la tasación de costas de la parte contraria, que incluye los honorarios del letrado. A continuación, Lorena los impugna al considerarlos excesivos y el Juzgado, tras los trámites oportunos, solicita informe al Colegio de Abogados. Indique si el dictamen de honorarios del Colegio de Abogados es, o no, preceptivo y si vincula al órgano judicial. El dictamen del Colegio no es preceptivo pero, una vez solicitado, el tribunal ha de atenerse a lo que dictamine en este sentido el Colegio de abogados. El dictamen del Colegio es preceptivo, pero no es vinculante para el órgano judicial. El dictamen de honorarios no es preceptivo ni vinculante para el órgano judicial, ya que únicamente procede en caso de impugnación de honorarios indebidos. El dictamen del Colegio es preceptivo y vinculante para el órgano judicial.

En un recurso contencioso-administrativo en el que es preceptiva la intervención de letrado y procurador, el letrado director del procedimiento fallece estando el procedimiento pendiente de dictar sentencia. El recurso contencioso-administrativo es estimado y se condena en costas a la Administración demandada. El recurrente, tras conocer la sentencia por notificación del procurador, nombra a un nuevo abogado, el cual presenta escrito solicitando la tasación de costas, aportando minuta detallada conforme establece el artículo 242.3 LEC. El Letrado de la Administración de Justicia rechaza el escrito presentado por el nuevo abogado, aduciendo que este letrado no ha intervenido en el procedimiento y no tiene derecho a solicitar la tasación de costas. ¿Lleva razón el Letrado de la Administración de Justicia?. Sí, porque las costas que se fijen son para que las cobre el abogado y el procurador que efectivamente han intervenido en el pleito, conforme a sus respectivas minutas. No, pues, a falta de pacto expreso entre abogado y cliente, las costas son siempre para el abogado designado en el momento de la solicitud. No, pues las costas son siempre un derecho de la parte procesal beneficiaria de dichas costas, con independencia del abogado que las solicite. No, porque, según el Código Deontológico, las costas las cobra el abogado designado, quien deberá gestionar su reparto y abono con los herederos del anterior abogado sin intervención del juzgado.

Jorge es abogado de Ana, quien le ha encargado formular una reclamación de cantidad contra Carmen. Antes de interponer la demanda, Jorge dirige una carta a Carmen para que pase por su despacho e intente llegar a un acuerdo que evite el litigio o bien, para el caso de que tenga abogado, éste se ponga en contacto con él. Carmen acude en solitario a la cita y se reúne con Jorge y con su compañero de despacho Miguel. Ante ambos Carmen reconoce que debe la cantidad reclamada, pero que no la puede pagar por problemas económicos. Al no alcanzarse un acuerdo Jorge presenta la demanda contra Carmen, quien se opone y niega la deuda. Jorge propone a Miguel como testigo y éste declara sobre lo ocurrido durante la reunión. ¿Es correcta la actuación de Miguel?: No, porque vulnera el secreto profesional. No, porque un abogado no puede declarar como testigo en un juicio. Sí, porque Carmen no es ni ha sido cliente suya. Sí, porque en juicio dijo la verdad de lo que había presenciado.

Antxon recibe el encargo de preparar una documentación de naturaleza contractual para un cliente que quiere llegar a un acuerdo con otro cliente suyo anterior. ¿Puede preparar dicha documentación Antxon?: No, dado que tendría una situación de conflicto de interés al tratarse de partes con intereses contrapuestos. No, salvo que expresamente lo autorice su cliente anterior. Sí, Antxon puede participar en la preparación de dichos documentos en interés de todas las partes, manteniendo una estricta objetividad. Sí, si lo autoriza previamente el Colegio de Abogados al que pertenezca.

La abogada Cristina recibe la visita de Juan, que es propietario de una lonja que ha sido afectada por la caída de agua desde la vivienda situada inmediatamente encima, que es propiedad del abogado Alberto. ¿Qué debe hacer Cristina, dada la condición de abogado de Alberto, antes de presentar la demanda en reclamación de daños y perjuicios?: Debe comunicarle su intención antes de poder demandarle. Debe comunicárselo al Decano del Colegio de Abogados al que pertenezca Alberto, por si éste entiende necesario realizar una mediación previa. No precisa hacer nada, ya que puede presentar directamente la demanda o reclamaciones previas que crea oportunas sin atender a la condición de abogado de Alberto. Debe realizar una comunicación previa a la Junta de gobierno del Colegio de Abogados al que pertenezca Alberto.

Álvaro, abogado, tiene en su poder 3.000 euros que le ha transferido su cliente para que proceda a la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales devengado por la compraventa de unos terrenos en la que ha intervenido profesionalmente. El cliente debe al abogado 1.500 euros en concepto de honorarios por su intervención profesional. ¿Puede el abogado detraer directamente la cantidad que le debe su cliente de los 3.000 euros que le ha entregado?: Sí, porque tiene derecho al cobro de sus honorarios. Sí, porque el cobro de los honorarios es un crédito preferente al pago de cualquier gestión encargada. No, porque la deuda generada en concepto de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un crédito preferente respecto a los honorarios adeudados al abogado. No, porque no puede disponer ese dinero para un fin distinto al ordenado por el cliente, salvo que éste lo autorice expresamente.

Montaña, abogada, está negociando con su compañero Simón el cumplimiento de un contrato de compraventa entre clientes de ambos y en concreto el pago de la cantidad de 1.200 euros. Las negociaciones se prolongan intentando evitar el juicio, pero Montaña sospecha que el ánimo de su compañero es dilatorio. El ejercicio de la acción de reclamación prescribe en breve por lo que el cliente de Montaña le ordena presentar la demanda, y ella así lo hace sin previo aviso a Simón ¿es correcta la actuación de Montaña?: Sí, porque está obedeciendo las indicaciones de su cliente. Sí, porque está próxima la posible prescripción de la acción. No, porque debe comunicarse el cese de las negociaciones al letrado contrario antes de demandar. No, porque en este caso la intervención del Letrado no es preceptiva y la demanda la presenta el cliente a su nombre.

En el transcurso de un juicio por delito leve la abogada del denunciado en su informe final como defensora manifiesta, refiriéndose al abogado del denunciante que “en toda su vida de ejercicio profesional no ha visto nunca tanta desvergüenza, ignorancia e indignidad como la mostrada por el abogado del denunciante en su actuación de este juicio”. ¿Puede ser sancionada por ello?: No, porque la libertad de defensa impide que ningún abogado pueda ser sancionado por sus manifestaciones cuando está ejerciendo la defensa en un juicio penal. Sí, puede ser sancionada por el propio órgano judicial y por el Colegio de Abogados. Sí, puede ser sancionada, pero solo por el órgano judicial. Sí, puede ser sancionada, pero solo por el Colegio de Abogados.

María fue la Abogada de Andrés y Marta en un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo seguido entre ellos, para lo cual hubo de redactar el convenio regulador justificándose en él los ingresos que cada cónyuge percibía. Seis meses más tarde Marta acude al despacho de María para encargarle un procedimiento sobre reclamación de cantidad de una deuda que mantiene Andrés con la empresa que gerencia la nueva pareja de Marta. Marta indica a María que el hecho de haber acudido a ella lo es en razón de que conoce con detalle la situación económica de Andrés por haber sido abogada de él en el procedimiento de familia. ¿Qué debe hacer María?: María no puede aceptar el asunto, porque no ha transcurrido un año desde que finalizó el asunto anterior. María puede aceptar el asunto, ya que el anterior fue finalizado hace seis meses y la situación económica de Andrés puede no ser la misma. María no puede aceptar el encargo profesional, ya que implica actuaciones contra un anterior cliente y existe riesgo de que el secreto de las informaciones obtenidas en la relación con el antiguo cliente pueda ser violado, o que de ellas pueda resultar beneficio para el nuevo cliente. María debe aceptar el asunto, advirtiendo a Marta que no podrá hacer uso de la información que le consta acerca de la situación económica de Andrés por haberla obtenido en función de su antigua relación.

Izaskun, asume la defensa de los intereses de Manuel en un procedimiento judicial. Durante la tramitación del procedimiento surgen graves discrepancias con el cliente y Manuel le insta a formular peticiones a las que Izaskun se niega según su criterio profesional. Ante la negativa, Manuel amenaza a Izaskun y esta renuncia a continuar con el procedimiento, comunicándolo al Juzgado y mediante burofax al cliente. ¿Es correcta la actuación de la abogada?: Sí, siempre que no cause indefensión al cliente puede renunciar a la dirección del asunto cuando surjan discrepancias con él. Sí, puede cesar en la defensa en cualquier circunstancia, salvo que esté señalado el juicio. No, no se puede abandonar la defensa por el mero hecho de que existan discrepancias entre abogado y cliente. No, nunca se puede abandonar la defensa de un cliente en un procedimiento o ir en contra de sus peticiones.

Ignasi, abogado, es hermano de Luis, pescadero. Ambos han llegado a un acuerdo por virtud del cual Luis capta entre los clientes de la pescadería asuntos para Ignasi, recibiendo a cambio Luis el 50 por ciento de los honorarios cobrados por Ignasi. ¿Está permitido por las normas deontológicas este pacto para compartir honorarios entre los dos hermanos?: Sí, siempre que el pacto de honorarios alcance sólo a los clientes captados por Luis. No, porque los abogados no pueden pagar comisiones a quien les envía clientes. Sí, porque se trata de un acuerdo en el ámbito familiar del que se benefician ambas partes. No, porque no consta por escrito.

Alfredo es cliente habitual de Lourdes, abogada de su plena confianza. Después de muchos años de relación profesional Alfredo encomienda a Lourdes que le lleve un nuevo asunto y le pide antes firmar una hoja de encargo para conocer con seguridad el importe de los honorarios y su forma de pago. ¿Cuál es la actuación que debería tener Lourdes ante esta solicitud de hoja de encargo?: Debe de negarse porque supone una desconfianza impropia en las relaciones entre abogado y cliente. Debe suscribirla porque es una obligación de los abogados en todos los casos, aunque no se lo hubiera solicitado Alfredo. Debe negarse porque para eso están los criterios orientadores para Tasaciones de Costas. Debe suscribir la hoja de encargo porque su cliente se lo pide.

Los abogados Sergi y Dolors están negociando un acuerdo para la solución extrajudicial de un conflicto entre sus respectivos clientes. Ante la sospecha de que Dolors no está trasladando a su cliente las propuestas que le ofrece Sergi, éste se dirige directamente al cliente de Dolors. ¿Es correcta la actuación de Sergi?: Sí, porque Sergi está obligado a actuar de cualquier forma útil para los intereses de su cliente. Sí, porque Dolors puede estar incurriendo en infracción deontológica. No, porque Sergi ha de abstenerse de toda relación y comunicación con la parte contraria cuando le conste que está representada o asistida por otro Abogado, como es el caso. No, porque comunicarse directamente con el contrario defrauda la confianza que Sergi debe mantener con su propio cliente.

En plenas negociaciones de un acuerdo extrajudicial, Xose, abogado, manifiesta a Uxia, abogada contraria, que la testarudez enfermiza del cliente de Xose está haciendo imposible llegar a un acuerdo. Uxia lo comenta con su propio cliente y éste se lo echa en cara al cliente de Xose, dado que se ven con frecuencia. ¿La actuación de Xose plantea algún problema?: Puede suponer infracción deontológica, porque los abogados no comprometerán a su propio cliente con comentarios o manifestaciones que puedan causarle desprestigio o lesión directa o indirecta. No supone infracción deontológica si sirve para que las negociaciones finalicen en acuerdo. Supone una infracción a la lealtad y respeto que los abogados se deben recíprocamente, pues puede tratarse de una mera excusa para dificultar las negociaciones. Es una actuación totalmente inocua a efectos deontológicos.

Pol pierde la confianza en su abogado y decide contratar los servicios de otro para que continúe con la defensa de un procedimiento judicial ya iniciado. El nuevo abogado, examinada la documentación que le ha traído Pol, observa la necesidad urgente de interponer un recurso de reposición contra la decisión judicial de inadmitir una prueba. Esa prueba es esencial, su pérdida conllevaría gran perjuicio para los intereses de Pol y sólo queda un día de plazo para su interposición. ¿Puede el nuevo abogado personarse e interponer el recurso de manera urgente?: No, porque el nuevo abogado no puede realizar actuación alguna hasta que el abogado sustituido le autorice. No, porque es imprescindible que conste la autorización y la satisfacción de los honorarios del abogado sustituido. Sí, porque la sustitución de abogado es una facultad no sujeta a condición de ninguna clase, derivada del derecho del cliente a la libre designación de abogado. Sí, porque si fuera precisa la adopción de medidas urgentes en interés del cliente, el abogado nuevo podrá adoptarlas, informando previamente a su predecesor y poniéndolo en conocimiento anticipado del Decano del Colegio en cuyo ámbito actúe.

La abogada Rosario ha sido citada en forma por un Juzgado de Primera Instancia para comparecer a fin de prestar declaración sobre un asunto en el que tuvo intervención profesional. Sin embargo, no acude a la dicha citación y tampoco presenta justificación alguna. ¿Puede ser sancionada disciplinariamente por ello por el Colegio de Abogados?: No, sólo puede ser sancionada penalmente por el daño procesal ocasionado. No, sólo puede ser sancionada civilmente por el daño procesal ocasionado. Sí, al margen de las sanciones que pueda imponer el tribunal, puede ser sancionada disciplinariamente por el Colegio de Abogados. Sí, puede ser sancionada disciplinariamente, pero no puede ser sancionada por el tribunal.

El juzgado de instrucción ordena el registro del despacho de Salvador, abogado, en el contexto de un procedimiento sobre blanqueo de capitales. Al registro podrá acudir: El decano del Colegio de abogados, si es requerido para ello, velando porque se respete el secreto profesional. Únicamente el secretario del Colegio de abogados, a los exclusivos efectos de levantar acta. No podrá acudir ningún letrado que no sea abogado de alguna de las partes. Únicamente podrá acudir Salvador, si se lo autoriza el juez de instrucción.

Gaizka acude a una audiencia previa en sustitución de su compañera, Ane, a quien le coincide otro señalamiento, manifestándolo verbalmente. Pero la letrada de la Administración de Justicia le dice a Gaizka que si no acredita la causa por la que no comparece Ane, no podrá intervenir. ¿Es correcta la actuación de la Letrada de la Administración de Justicia?: Sí, pues su compañera debió avisar al juzgado al menos con 48 horas de antelación. No, porque Gaizka puede intervenir bajo su responsabilidad en sustitución de Ane, bastando su declaración a estos efectos. Sí, porque Gaizka solamente puede intervenir recabando la autorización de Ane por escrito. No, Gaizka puede intervenir, pero siempre y cuando en la siguiente vista intervenga Ane.

Carlota es abogada con despacho abierto y colegiada en Madrid, pero actúa habitualmente en varias provincias. En una ocasión aislada comete una infracción deontológica en relación a un procedimiento que se lleva en Burgos, por lo que resulta denunciada por su cliente de ese asunto judicial. ¿Qué institución es competente para sancionarla?: El Colegio de Abogados de Madrid, dado que es al que pertenece. El Colegio de Abogados de Burgos, por ser el del lugar donde se desarrollaba el procedimiento judicial del asunto. El Juzgado de Burgos, al haber un procedimiento judicial iniciado y en tramitación ante el mismo. El Colegio de Abogados ante el que formule la denuncia la cliente, que puede hacerlo ante el de Burgos o ante el de Madrid.

Esteban resulta sancionado por el Colegio de Abogados por haber cometido una infracción deontológica grave. ¿Qué sanción puede corresponderle por ella?: Amonestación. Suspensión en el ejercicio de la abogacía de 15 a 30 días. Suspensión en el ejercicio de la abogacía por tiempo máximo de 3 meses. Suspensión en el ejercicio de la abogacía por tiempo máximo de 2 años.

Triana, abogada principiante en la profesión, propone a uno de sus primeros clientes cobrar los honorarios por su labor en función de horas de trabajo. ¿Si el cliente está de acuerdo, es correcta esa forma de fijar sus honorarios?: Sí. No. Depende de si el asunto encomendado es judicial o extrajudicial. Sí, pero a condición de que se establezca un precio máximo por todo el asunto para que el cliente lo conozca desde el principio.

Una persona de nacionalidad australiana, que vive en Salamanca, es emplazada por el Juzgado de Primera Instancia para contestar a una demanda de juicio ordinario en reclamación de 10.000 €. Si tramita la Asistencia Jurídica Gratuita, ¿le sería designado abogado del Turno de Oficio en caso de cumplir los requisitos económicos?: No, porque sólo se designaría en caso de existir convenio al respecto entre España y Australia. Sí, porque los extranjeros que se encuentran en España y acreditan insuficiencia de recursos para litigar tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita y a la designación de profesionales del Turno de Oficio. No, porque es extranjera no comunitaria. No, porque sólo tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita los ciudadanos españoles.

Iker, incorporado como abogado al colegio de abogados de Zaragoza el 15 de septiembre de 2018, quiere votar para elegir al nuevo Decano de su colegio en las elecciones convocadas el 1 de diciembre de 2018. ¿Puede Iker votar en las elecciones al Decanato conforme a lo que dispone el Estatuto General de la Abogacía?: No, porque los colegiados no pueden participar en las primeras elecciones a Decanato que se convoquen tras su incorporación al Colegio. No, porque no lleva tres meses aún colegiado al convocarse las elecciones. Sí, puede participar como elector desde el mismo día de la colegiación. Sí, puede participar como elector porque lleva más de un mes colegiado al convocarse las elecciones.

Ramón, abogado, adscrito al turno civil de su Colegio es turnado para llevar un asunto de la citada materia el 30 de enero de 2018. Tras un par de reuniones con el cliente designado y examinada toda la documentación que este le aporta, presenta el 8 de febrero una insostenibilidad ante el Colegio: No, debe presentarla ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Sí, el Colegio es el órgano competente para resolverla. No, Ramon deberá llevar el asunto puesto que es designado por turno. No, debe presentar la insostenibilidad ante el Juzgado.

Una abogada incorporada al turno de oficio de su Colegio, recibe una designación del mismo para tramitar un procedimiento de divorcio. ¿Qué labor profesional debe desarrollar?: Debe tramitar el divorcio hasta que recaiga sentencia del Juzgado, absteniéndose de cualquier otra intervención procesal. Debe tramitar el procedimiento de divorcio hasta la firmeza de la sentencia y las medidas provisionales si fuesen necesarias. Debe informar al cliente de la necesidad de acudir a conciliación previa. Debe tramitar el procedimiento de divorcio íntegro, incluidas las medidas provisionales si fuesen necesarias, el recurso contra la sentencia que ponga fin a la instancia y la ejecución de la sentencia firme durante los dos años siguientes a su firmeza.

Una persona condenada por sentencia ante el Juzgado de lo Penal pretende que su Abogado, designado de oficio, interponga recurso de apelación contra la sentencia, pero el Letrado considera que el recurso no puede prosperar y no considera apropiado interponerlo ¿Qué debe hacer el abogado?: Exponerlo mediante escrito razonado ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita en el plazo de 15 días. Exponerlo mediante escrito razonado ante el Juzgado que ha conocido del asunto antes de que concluya el plazo para recurrir, para que lo traslade a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Exponerlo mediante escrito razonado ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita antes de que concluya el plazo para recurrir y pedir al Juzgado que suspenda dicho plazo hasta que se resuelva sobre la insostenibilidad planteada. Tiene que interponer el recurso porque en el orden penal no cabe la insostenibilidad de la pretensión cuando quiere recurrir el condenado.

Azucena y Alejandro, abogados, son socios en el mismo despacho. Como Letrada del turno de oficio penal, Azucena recibe la designación colegial para defender los intereses de una persona que en esos momentos es parte contraria en un divorcio de un cliente de Alejandro. ¿Puede hacer algo Azucena para no llevar ese asunto del turno?: Tiene libertad para renunciar a la defensa exponiendo lo que ocurre ante la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Tiene que llevar obligatoriamente la defensa del asunto del turno de oficio para el que ha sido designada. Debe explicar con claridad lo que ocurre a su cliente del turno de oficio y a continuación abstenerse de toda intervención. Puede formular excusa de la defensa de ese asunto ante el Decano del Colegio.

Igor acude al despacho de la Abogada Rosa para su defensa en la reclamación de una deuda que la empresa Martel mantiene con él. Respecto del abono de los honorarios por su actuación, Rosa le indica que le cobrará un 20% del beneficio que se obtenga como resultado del pleito. Igor se pregunta si es lícito y legal pactar, como forma de remuneración de los honorarios del abogado la “cuota litis”, es decir, un tanto por ciento sobre el beneficio que resulte del asunto. Indique la respuesta correcta: No es lícito y es deontológicamente reprobable. Es únicamente lícito si lo prevé la Ley expresamente. Depende de la cuantía del asunto. Es completamente lícito y legal.

Los abogados, en caso de impago de la minuta por parte del cliente, sólo podemos acudir con carácter exclusivo y excluyente para su reclamación judicial al procedimiento de jura de cuentas establecido en el artículo 35 y concordantes de la LEC. Indique la respuesta correcta: Es cierto, por cuanto que tenemos ese procedimiento privilegiado especialmente pensado para los profesionales del derecho, incluso para la reclamación de honorarios en asuntos extrajudiciales. Es cierto si se trata de la reclamación de una minuta por actuaciones ante un tribunal. Es parcialmente cierto, pues depende de la opinión del Juez en cada caso. No es cierto, porque además de la Jura de cuentas se puede acudir a otros procedimientos judiciales.

Josep contrata los servicios de la abogada Merçe con la finalidad de interponer una acción judicial contra un tercero, para lo cual deciden formalizar una hoja de encargo profesional pactando los honorarios. Finalizado el procedimiento el cliente no abona los honorarios de la Letrada. Merçe interpone Jura de Cuentas, pero el cliente se opone a dicha reclamación por considerar excesivos los honorarios. ¿Es preceptivo en este caso que el colegio de abogados correspondiente emita informe de honorarios?: Sí, porque el colegio de abogados siempre ha de pronunciarse sobre esta materia. Sólo si lo solicita el impugnante. Sólo si lo solicita el impugnado. No, habida cuenta que existe presupuesto previo en el que se fija la cuantía de los honorarios profesionales.

Iago contrata los servicios de la abogada Antía con la finalidad de interponer una acción judicial contra un tercero, sin formalizar una hoja de encargo profesional ni pacto sobre honorarios. Finalizado el procedimiento, el cliente no abona los honorarios de la Letrada y Antía decide interponer Jura de Cuentas, pero el cliente se opone a dicha reclamación por considerar excesivos los honorarios. Dado que Antía no acepta la reducción de honorarios que le propone Iago, ¿es preceptivo para el Tribunal que el colegio de abogados correspondiente emita informe de honorarios?: No, es voluntario. Sí, es preceptivo y además el dictamen es vinculante. Sólo es preceptivo si lo pide el impugnante. Sí, es preceptivo, pero el dictamen no es vinculante para el Tribunal.

Tras aprobar el examen nacional y obtener el título profesional de abogada, Macarena pretende ejercer la profesión montando un despacho con varios antiguos compañeros de facultad. Macarena vive con sus padres en Toledo, pero pretende abrir despacho en Madrid con sus compañeros. ¿Dónde debe colegiarse para ejercer su actividad?: En Toledo, porque es el lugar de su residencia habitual. En los Colegios de Toledo y de Madrid, uno por corresponder a su residencia habitual y el otro al lugar de su despacho. Debe colegiarse en Madrid, que es donde va a establecer su despacho profesional, y con eso puede ejercer en toda España. Debe colegiarse en Madrid, pero si luego interviene en otra provincia tendrá que colegiarse también en el Colegio correspondiente del lugar donde vaya a actuar.

Pedro, abogado, tiene su despacho en Sevilla donde está colegiado y recibe el encargo de asumir la defensa de un asunto judicial que se tramita en los Juzgados de Barcelona. ¿Puede Pedro asumir, sin más trámites colegiales, la defensa de este asunto fuera del ámbito territorial de su colegio?: Sí, puede llevar sin más trámites la defensa jurídica del asunto judicial de Barcelona. Sí, puede llevar la defensa de este asunto, pero para ello deberá comunicar previamente su actuación profesional al Colegio de Abogados de Barcelona. No puede asumir la defensa de este asunto, ya que se encuentra fuera del ámbito territorial de su propio colegio de abogados, salvo que se colegie en el de Barcelona. No, debe pedir previamente autorización al Decano de su Colegio.

Candela acaba de obtener el título profesional de abogada y quiere incorporarse al colegio de abogados de Valladolid. Su hija, estudiante del grado en derecho, le pregunta si los colegios de abogados son entidades privadas cuyo único objetivo es la defensa de la profesión de abogado y obtener beneficios y buenas condiciones para sus colegiados. Indique cuál es la respuesta correcta que le debe dar Candela a su hija: Sí, un colegio de abogados es una asociación de derecho privado. Solo algunos colegios, dependiendo de lo que establezcan sus estatutos colegiales. No, son corporaciones de derecho público, con fines públicos y privados. Depende de donde esté situado territorialmente el colegio será públicos o privados.

Fernando es un abogado incorporado al Colegio de Abogados de Zaragoza y tiene la intención de asumir en Francia los intereses de Miguel ante un Tribunal de Burdeos. ¿Puede hacerlo?: Sí, siempre que acredite que es abogado español. Sí, siempre que actúe concertadamente con un abogado colegiado en un Colegio de Abogados de Francia. Sí, siempre que se inscriba en el Colegio de Abogados correspondiente a Burdeos. Sí, si ya actuó en otras ocasiones como abogado en Tribunales extranjeros.

Santiago y Elvira han aprobado el examen de acceso a la profesión de abogado. Se plantean su futuro y están considerando las diferentes formas en la cuales pueden ejercer la profesión. Indique la respuesta correcta: Pueden ejercer la profesión de manera individual, por cuenta propia o por cuenta ajena. Pueden ejercer la profesión por cuenta propia o por cuenta ajena, de manera individual o de manera colectiva. Pueden ejercer de manera individual por cuenta propia o por cuenta ajena, y de manera colectiva agrupados en sociedad, pero en este caso lo tienen que hacer por medio de una Sociedad Profesional. Pueden ejercer de manera colectiva o de manera individual, por cuenta propia o por cuenta ajena, y en este último caso, su relación laboral será a tenor de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores ya que no existe una regulación especial.

Ángela tiene claro que quiere ejercer como abogada tras aprobar la prueba de acceso a la profesión y va a ejercer de manera individual, por cuenta propia, dado que su abuela tiene un local que le va a donar para comenzar la profesión, pero se plantea una duda sobre cómo cubrir sus posibles contingencias de enfermedad, accidente, invalidez, jubilación y muerte. Indique la respuesta correcta: Para ello debe de darse de alta obligatoriamente en la Mutualidad General de la Abogacía. Para ello sólo debe de cumplir con sus obligaciones fiscales. Para ello debe de darse de alta en autónomos. Para ello debe de darse de alta en la correspondiente Mutua o en el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social.

Jordi, abogado, ha comenzado recientemente el ejercicio profesional y a la hora de solicitar una tasación de costas se pregunta si puede incluir sus honorarios. Indique la respuesta correcta: Se pueden incluir solo si no es preceptiva la intervención letrada en este asunto. No se pueden incluir ya que los honorarios son una retribución independiente a los otros gastos del procedimiento. Se pueden incluir siempre que sea preceptiva la intervención letrada en este asunto. No se pueden incluir y tienen que ser pagados siempre por el cliente.

Silvia interpone demanda contra Amparo en reclamación de una cantidad dineraria, sin haberle requerido previamente de pago. Una vez recibida la demanda, Amparo se allana a la demanda al día siguiente de haber recibido el emplazamiento. En este caso, ¿Amparo será condenada por el tribunal al pago de las costas judiciales?: No, porque el allanamiento a la demanda siempre supone la no condena en costas del demandado. No, porque no hubo requerimiento de pago previo al pleito y el allanamiento se ha hecho dentro del período de contestación a la demanda. Sí, el allanamiento a la demanda no evita la condena en costas. No, el tribunal declarará a Amparo en rebeldía y acordará el sobreseimiento del proceso y no hará ningún pronunciamiento sobre las costas judiciales.

Oliver quiere interponer acción reivindicatoria de un bien inmueble contra Isabel. Antes de emprender cualquier acción judicial, el abogado de Oliver se desplaza a visitar la finca para hacerse una idea de la configuración de la misma. Finalmente interpone demanda y la demandada se opone, dictándose sentencia en la que se admiten totalmente las pretensiones de la demanda. ¿Puede incluir Oliver en la tasación de costas los honorarios que le ha girado su abogado por ir a visitar la finca y hacer varias gestiones previas a la acción judicial?: Sí, dado que la visita a la finca y las gestiones eran necesarias para la interposición de la demanda. Depende del subjetivo criterio del tribunal. No, pues no se pueden minutar a la parte condenada en costas actuaciones devengadas fuera del procedimiento judicial. Depende, sólo si se constata que era totalmente necesaria esta visita de la finca por parte del letrado dada la complejidad del asunto.

Laura acude al despacho de Esther a fin de que presente una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al considerar que el Estado español ha vulnerado su derecho de igualdad y a la no discriminación previsto en la Constitución Española. Laura no ha iniciado ninguna otra reclamación ante los tribunales españoles. Esther le informa: Que presentará la demanda en cuanto tenga toda la documentación necesaria. Que presentará la demanda, pero es preciso presentar paralelamente una demanda ante los tribunales nacionales. Que no puede presentar la demanda ya que no se ha presentado el asunto previamente ante los tribunales nacionales. Que no puede presentar la demanda porque ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos solo pueden acudir los Estados y no los particulares.

Inés tiene un despacho profesional especializado en laboral, formado por Inés y dos asociados más. Dada la sensibilidad de los datos tratados deciden nombrar un Delegado de Protección de datos (DPO). ¿Quién debe ser el DPO?: Inés, como socia principal, al ser la responsable del fichero. El DPO debe ser externo a la organización. Un profesional con conocimientos especializados en Derecho y en la materia, pudiendo formar parte de la plantilla del responsable o del encargado o desempeñar sus funciones en el marco de un contrato de servicios. El DPO es el Colegio profesional en que esté colegiado el socio principal.

La Agencia Española de protección de datos nos ha sancionado por no atender debidamente una solicitud de derecho de acceso de un interesado. ¿Cuál puede ser el importe de la sanción?: De 3.000 a 5.000€. El 3% del volumen total de negocio del despacho como máximo. No atender el derecho de acceso no conlleva sanción económica. 20.000.000€ como máximo o el 4% como máximo, del volumen total de negocio del despacho, optándose por el de mayor cuantía.

Alberto es abogado dedicado a asuntos laborales y cuenta con un empleado en su despacho. ¿Cuál de las siguientes alternativas no constituye una obligación de Alberto respecto a los datos personales de los clientes de su despacho?: Aplicar las medidas técnicas y organizativas precisas para garantizar que se cumple con la normativa de protección de datos. Inscribir los ficheros en que consten esos datos ante la Agencia Española de Protección de Datos, indicando su condición de Encargado de Tratamiento. Responder motivadamente a las solicitudes de acceso a esos datos por sus clientes. Tratar lícitamente los datos en su poder.

Rafael y Gemma deciden acudir a un arbitraje en su colegio de abogados para que un árbitro del mismo y en base a las normas propias del ordenamiento jurídico, resuelva un conflicto surgido tras la firma de un contrato firmado en Marbella. ¿De qué tipo de arbitraje se trata?: De un arbitraje institucional. De un arbitraje de equidad. De un arbitraje jurisdiccional. De un arbitraje internacional.

Sara y Lidia han sido partes en un procedimiento de mediación previo a un proceso judicial. Una vez obtenido el acuerdo de mediación se preguntan cómo pueden convertir dicho acuerdo en un título ejecutivo. Indique la respuesta correcta: Homologando el acuerdo en el Juzgado de 1ª Instancia del partido judicial donde se haya realizado la mediación. Elevándolo en escritura pública ante notario. El acuerdo firmado por las partes intervinientes, así como por el mediador o mediadores, será suficiente. El acuerdo nunca será un título ejecutivo.

En la Comunidad de propietarios del edificio sito en la c/Antracita, sometida a la Ley de Propiedad Horizontal, Assumpció, propietaria del 10-2ª, estudia piano, practicando todos los días de la semana, lo que provoca molestias a los demás vecinos al no estar aislada acústicamente la vivienda. Ante esta situación, los demás comuneros solicitan al Presidente de la Comunidad de propietarios la convocatoria de Junta extraordinaria; celebrada dicha Junta, se acuerda instar un procedimiento de mediación a los efectos de conseguir que Assumpció proceda al aislamiento acústico de su vivienda. El Presidente contacta con un mediador para que inicie el proceso. Recibido el encargo, el mediador contacta con Assumpció para proponerle iniciar dicho proceso ¿Qué actitud puede adoptar Assumpció ante dicha propuesta de mediación?: Assumpció está obligada a aceptar el inicio de la mediación, pero no a llegar a un acuerdo. Assumpció está obligada a llegar a un acuerdo con la Comunidad a través de la mediación. Assumpció debe negarse a la mediación ya que no es posible iniciarla en estos casos. Assumpció puede aceptar libremente iniciar la mediación o no, así como desistir en cualquier momento, ya que la mediación es voluntaria tanto en su inicio como en su continuación.

La sociedad mercantil “Limpieza, S.L.” decide subcontratar al empresario individual Sr. Posada, determinados servicios que presta a algunos de sus clientes, para lo cual firman un contrato en el que recoge una cláusula de sumisión a arbitraje en caso de conflicto ante las partes. El Sr. Posada, ante el impago de las 3 últimas facturas presentadas al cobro, insta un procedimiento ordinario ante el juzgado. ¿Puede oponer alguna excepción procesal la citada sociedad mercantil por no haber acudido el Sr. Posada a instar el proceso arbitral con anterioridad?: Sí, puede oponer la falta de jurisdicción e instar declinatoria ante el tribunal. No, aunque exista cláusula de sometimiento a arbitraje, éste es voluntario y dicha cláusula no es vinculante, por lo que no puede excepcionar nada. Sí, puede oponer pluspetición al haberse dirigido al tribunal habiéndose pactado sumisión al a arbitraje. No, pero puede reconvenir obligándole a cumplir la cláusula de sumisión arbitral.

Una vez dictado un laudo arbitral, una de las partes en conflicto que no se halla conforme con lo resuelto en el mismo, decide al cabo de un año reproducir la misma controversia ante el juzgado ¿Es viable jurídicamente dicha reclamación judicial?: Sí, al haber transcurrido un año desde que se dictó el laudo. Sí, en cualquier caso, porque el laudo, al no ser una resolución jurisdiccional, no tiene valor de cosa juzgada. Depende de la opinión del Juez en cada caso. No, ya que el laudo arbitral tiene valor de cosa juzgada.

La letrada Estefanía está gestionando una operación de la cual se desprenden indicios de que se pueda estar utilizando para blanquear capitales. ¿Debe la Letrada realizar algún tipo de comunicación?: Sí, debe informar al Colegio de Abogados al que pertenece. Sí, debe informar al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias. No, basta con la realización de un informe que señale el riesgo y se adjunte al expediente junto con la identificación formal del cliente. Sí, debe informar a la Cámara de Prevención de Blanqueo de Capitales Española.

A Laia, abogada, se le ha dado traslado de los honorarios del letrado contrario incluidos en la tasación de costas de un asunto. Laia, que no está conforme con los honorarios al considerarlos excesivos, los impugna y el Juzgado le da traslado al Colegio de Abogados a fin de que se emita dictamen. ¿Los dictámenes de honorarios de los colegios de abogados son vinculantes para el órgano judicial en caso de impugnación de tasación de costas por honorarios excesivos? Indique la respuesta correcta: Sí, el tribunal se ha de atener a lo que dictamine en este sentido el colegio de abogados. No, ya que los dictámenes de honorarios emitidos en el incidente de impugnación de costas por honorarios excesivos, son preceptivos pero no son vinculantes para el órgano judicial. Sí, solo son preceptivos en el supuesto de impugnación por honorarios excesivos en sede de jura de cuentas, pero no en tasación de costas. No, sólo son vinculantes cuando la impugnación de la tasación de costas es por honorarios indebidos y no por excesivos.

Monserrat, abogada de Lluís, lleva requiriendo a su cliente un año para que le abone los honorarios del último pleito que le llevó, sin conseguir cobrar la deuda. Un día le remite el procurador que intervino en ese último pleito un mandamiento de devolución del juzgado a favor de su cliente Lluís. ¿Cómo debe proceder Monserrat?: Puede cobrarse sus honorarios de ese dinero, devolviéndole al cliente el resto. Puede aplazar la entrega del mandamiento al cliente mientras negocia para el cobro de sus honorarios aprovechando la ventaja de tener el mandamiento de devolución judicial. Debe entregar el mandamiento de devolución al cliente y seguir reclamándole la deuda de sus honorarios, salvo que el cliente le haya autorizado expresamente a autoliquidarse. Debe poner el asunto en conocimiento del juzgado para que realice una mediación con el cliente.

Silvia es demandada por su esposo en un procedimiento de divorcio, quedándose muy afectada por la situación y viéndose incapaz de adoptar ninguna decisión sobre cómo actuar. Ante ello, su hermana Margarita, que es empresaria, acude a su abogado habitual, Marcos, para encargarle que defienda los intereses de su hermana en el divorcio. Ante esta petición, ¿qué debe hacer Marcos?: Puede aceptar el asunto y actuar en defensa de Silvia. No puede actuar sin el consentimiento de la demandada, porque faltaría el mandato de Silvia como cliente. Puede actuar porque se lo encarga la hermana de la interesada. No puede actuar hasta que Margarita le provea de fondos.

Clara, abogada de Soledad, recibe de esta el encargo de recurrir en apelación una sentencia dictada en un proceso civil en el que Soledad ha estado defendida por otro Abogado. Clara se comunica con éste y queda designada como nueva abogada defensora en el juzgado. Transcurridos unos días, y próximo el vencimiento del plazo, Clara ve muy difícil que el recurso pueda ser estimado y decide no interponerlo sin realizar ninguna actuación más. ¿Ha actuado Clara correctamente?: No, la abogada es libre de rechazar el asunto, pero si renuncia tiene que realizar los actos necesarios para evitar la indefensión de su cliente. Si, porque la abogada tiene plena libertad para aceptar o rechazar en cualquier momento el asunto en que se solicite su intervención, sin necesidad de justificar su decisión. Si, siempre que informe a Soledad antes del último día del plazo de vencimiento. No, porque el abogado viene obligado a aceptar el asunto si el plazo está corriendo.

Asier comparte despacho con Garbiñe como una sociedad limitada profesional. Asier ha tramitado el divorcio de mutuo acuerdo de dos personas. Tras varios meses uno de los ex cónyuges comienza a incumplir la pensión de alimentos y la otra parte decide demandar por ese impago acudiendo para ello a contratar los servicios del despacho. ¿Quién puede asumir como abogado la defensa de los intereses de la demandante?. Asier, que tiene pleno conocimiento del asunto, es el más adecuado para interponer la nueva demanda. Deberá ser Garbiñe quien interponga la nueva demanda pues Asier tiene incompatibilidad por haber sido antes abogado de ambos cónyuges. Indistintamente Asier o Garbiñe. Ninguno de los dos podrá llevar el procedimiento, pues la incompatibilidad de Asier afecta a todo el despacho.

María Belén es una abogada dedicada exclusivamente a la defensa de asuntos civiles y ha asumido la defensa de una parte en un procedimiento judicial que enfrenta judicialmente a dos vecinos de chalets colindantes de una urbanización: Héctor, el cliente de María Belén, y Eugenia, la vecina colindante de Héctor, defendida en el pleito por el abogado Florindo José. María Belén quiere tratar de negociar una posible solución pactada al asunto, pero no consigue que el abogado contrario, Florindo José, se ponga al teléfono pese a reiteradas llamadas a su despacho ¿Puede llamar a Eugenia para tratar de la posible solución amistosa del asunto?: Sí, puede hacerlo libremente. No, debe abstenerse de todo contacto con Eugenia. Sí, puede hacerlo, pero a condición de que antes de tratar del fondo del asunto con Eugenia le explique que no puede localizar a su abogado. No, no puede telefonear a Eugenia, aunque sí puede comunicarse por escrito con ella, a fin de que quede constancia de lo que le ha transmitido y propuesto.

El letrado Javier, tras la correspondiente negociación extrajudicial, consigue que su cliente Ana sea indemnizada en una cantidad de 12.000€, cantidad que Javier recibe en su cuenta bancaria para posteriormente transferírsela a Ana. Ana recibe una transferencia de 10.000€, y pregunta a Javier, qué ha ocurrido con los 2.000€ que faltan, Javier le contesta que ha detraído sus honorarios de la indemnización. ¿Puede Javier cobrar sus honorarios de esta manera? Indique la respuesta correcta: Sí, debe cobrarlos de esta manera porque estando en su cuenta bancaria le capacita para ello. No, no se puede quedar con fondos que corresponden al cliente, salvo que tenga autorización para hacerlo recogida en la hoja de encargo o escrito posterior del cliente. No, nunca se pueden detraer honorarios de fondos ajenos. Sí, los honorarios se pueden cobrar de lo obtenido en una negociación extrajudicial.

Julián, abogado en ejercicio, está negociando el abono de una deuda que le deben a su cliente. Como quiera que no es capaz de llegar a una transacción factible, le comunica a Carlos, abogado de la parte contraria, que va a iniciar un procedimiento monitorio. Junto con la demanda adjunta todas las comunicaciones vía email que ha mantenido con Carlos para demostrar que se ha intentado la negociación del pago de la deuda y que ésta existe. ¿Ha actuado correctamente Julián aportando esas comunicaciones? Indique la respuesta correcta: Sí, porque está amparado por la libertad de defensa. No, porque nunca se deben aportar comunicaciones entre abogados en un procedimiento judicial. No, porque únicamente se pueden aportar comunicaciones entre compañeros, con su autorización expresa o por autorización expresa de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados. Sí, porque deben primar los intereses del cliente y su defensa por encima de todo.

A Marta, abogada en ejercicio, le afecta una causa de incompatibilidad establecida en el Estatuto General de la Abogacía, ¿Qué actuación debe Marta llevar a cabo? Indique la respuesta correcta: Marta debe manifestarlo por escrito al tribunal donde lleve el procedimiento para que pueda seguir llevándolo. Marta debe acordar con su representado la continuación del proceso o abandonar la defensa. Marta debe comunicarlo sin excusa a la Junta de Gobierno del Colegio y cesar en la situación de incompatibilidad. Marta no debe hacer nada.

Avisado el Colegio de Abogados de Zamora del registro en el despacho profesional del abogado Luis, el Colegio se plantea qué actuaciones debe llevar a cabo. Indique la respuesta correcta: Deberá ser avisado el juez Decano de la provincia donde radique el despacho, a fin de que asista y se persone en las diligencias velando por la salvaguarda del secreto profesional. Deberá ser avisado el Decano del Colegio de Abogados de su residencia, a fin de que asista y se persone en las diligencias velando por la salvaguarda del secreto profesional. Deberá ser avisado el Fiscal que forme parte de la causa correspondiente, a fin de que asista y se persone en las diligencias velando por la salvaguarda del secreto profesional. En ningún caso se podrá proceder al registro de un despacho de abogados.

Marcos asume los intereses de Juan en un procedimiento judicial, firmando la correspondiente hoja de encargo. Durante la tramitación del procedimiento Juan se empeña en indicar a su abogado qué es lo que tiene que hacer incluso la prueba que tiene que proponer en el procedimiento. Marcos se niega a continuar con el procedimiento. ¿Puede Marcos renunciar a la defensa?. Indique la respuesta correcta: Nunca puede un abogado renunciar a defender a su cliente si ha firmado una hoja de encargo. No puede renunciar porque el procedimiento ya está iniciado. Sí, siempre que lo comunique al cliente y al Juzgado donde se tramita el procedimiento para no producir indefensión. Sí, pero debe comunicarlo al cliente.

Emilio, abogado en ejercicio, deja de pagar su cuota colegial durante un año. A pesar de los requerimientos que le efectúa el colegio no realiza el pago de la cantidad. ¿Puede el Colegio de Abogados darle de baja como colegiado? Indique la respuesta correcta: Nunca, porque la falta de pago de cuotas no es causa de pérdida de la condición de colegiado. No, porque se requiere una sentencia condenatoria en la que se reconozca la cantidad que se debe como paso previo a la pérdida de la condición de colegiado. Sí, siempre que se acuerde por la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados mediante resolución motivada. Sí, previo acuerdo de la Junta General del Colegio de Abogados.

Filo, abogada en ejercicio, tramita un divorcio de mutuo acuerdo entre Ángela y Juan. Finalizado dicho procedimiento Juan le pide a Filo que presente una ejecución de sentencia de divorcio. ¿Filo puede aceptar el encargo? Indique la respuesta correcta: No, ya que existe riesgo de violación del secreto profesional y conflicto de intereses. No, salvo que haya pasado un año desde la firmeza de la sentencia. Sí, siempre que Juan le hubiera pagado los honorarios de divorcio. Sí, puede aceptar el encargo en todo caso.

José Luis tiene despacho en León, y además de estar dado de alta en el Colegio de Abogados de León, quiere colegiarse en el Colegio de Abogados de Madrid porque los cursos allí son muy interesantes. ¿Puede José Luis estar dado de alta en ambos colegios? Indique la respuesta correcta: No, tiene que elegir entre uno de los dos colegios. Sí, José Luis puede estar dado de alta en ambos pero uno de ellos debe ser el de la ciudad donde tenga el domicilio profesional único o principal. Sí, tiene que colegiarse en ambos Colegios para poder ejercer la profesión. No, porque los colegios pertenecen a Comunidades Autónomas diferentes.

Restituto, letrado en ejercicio del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, acude a un juicio que tenía señalado en Toledo, presentándose en el mismo en estado de ebriedad. Su cliente pone el hecho en conocimiento del Colegio de Abogados al que pertenece Restituto. ¿Cómo procederá la comisión de deontología del Colegio de Abogados de Madrid? Indique la respuesta correcta: Abrirá directamente expediente disciplinario al letrado. Abrirá una Información Previa y dará traslado al letrado denunciado para que presente alegaciones. Remitirá la queja presentada por el cliente a la Guardia Civil de Toledo, por si la misma considera oportuno abrir diligencias penales. Remitirá la queja al Colegio de Abogados de Toledo por ser el competente.

Julia, abogada en ejercicio, firma una Hoja de Encargo con su cliente en el que especifica que sus honorarios supondrán el 10% de lo que se obtenga en el procedimiento. ¿Es correcta esta forma de fijar los honorarios? Indique la respuesta correcta: Sí, existe libertad de pacto y pueden decidir, cliente y abogado, libremente. No, es preciso fijar una cuantía determinada. No, porque el pacto de cuota Litis está prohibido. Sí, siempre y cuando se indique expresamente el IVA aplicable.

María, abogada en ejercicio y colegiada en el Colegio de Abogados de Vigo, tiene que actuar en un juzgado de Madrid y así lo hace, sin haber comunicado tal intervención ni a su Colegio ni al Colegio de Abogados de Madrid. Indique la respuesta correcta. María ha actuado correctamente. María, con anterioridad a su primera intervención, debe comunicar al Colegio de Abogados de su residencia su actuación en el ámbito de otro colegio profesional. María debe participar su intervención al Colegio de Abogados en cuyo ámbito se encuentra la sede judicial en la que va a actuar. María debe comunicar en todo caso su intervención a ambos Colegios.

El abogado Cristino informa en su página web, que entre sus clientes se encuentran la Duquesa Rosa, la Baronesa Linda y el cantante Buenamente, sin el consentimiento de estos. ¿Es correcta la actuación de Cristino? Indique la respuesta correcta: Sí, pues los clientes que indica le dan prestigio a cualquier abogado. Sí, pues no es publicidad desleal mencionar personas que han sido clientes de abogado siempre que lo sigan siendo. No, pues han dejado de ser clientes del despacho. No, pues está incumpliendo el Código Deontológico.

El abogado Constantino presencia un choque entre dos vehículos, se acerca al lugar del siniestro en el que están gestionando los afectados los documentos relativos a los partes del seguro, y ofrece sus servicios jurídicos a uno de ellos (el que considera el agraviado) entregándole una tarjeta de visita con el fin de que se ponga en contacto con él para tramitar su asunto frente a la entidad aseguradora ¿Puede Constantino actuar así? Indique la respuesta correcta: Sí, hay libertad de publicidad y ofrecimiento de servicios sin ningún tipo de limitación. No, porque tenía que haber ofrecido los servicios a ambas partes, al no tener los suficientes datos del accidente. No, porque no podrá dirigirse por sí o mediante terceros a víctimas de accidentes o desgracias para hacer publicidad y ofrecimiento de servicios. Sí, porque le legitima el hecho de ser testigo presencial del accidente.

En un periódico de la localidad el despacho de letrados, denominado “La buena justicia”, inserta un anuncio en el que se dice: “La buena justicia abogados. Cláusula suelo, consulta gratuita. 100% éxito en asuntos judiciales”. La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados recibe una queja de otro compañero por tal anuncio. Indique la respuesta correcta: La Junta de Gobierno debe archivar la denuncia, toda vez que tal publicidad se ajusta a la legislación de la publicidad, sobre defensa de la competencia y competencia desleal. La Junta de Gobierno incoa un expediente disciplinario a los que integran el despacho “La buena justicia”, porque se promete la obtención de resultados favorables que no dependen exclusivamente de la actividad del abogado. La Junta de Gobierno únicamente dará traslado de la denuncia a la comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), órgano competente para resolver sobre estas cuestiones. La Junta de Gobierno solo podrá dirigirse al medio que publicó el anuncio solicitando su retirada.

Amparo, letrada en ejercicio, también desempeña la profesión de agente de seguros que desarrolla en el mismo despacho de abogados, anunciando ambas actividades en el portal dónde tiene su oficina. Indique la respuesta correcta: El ejercicio de ambas profesiones resulta incompatible. Sólo se le podrá impedir el ejercicio de ambas profesiones si se desarrolla en el mismo despacho. El ejercicio de la abogacía es incompatible con el ejercicio de cualquier otra profesión. Solamente se podría limitar el ejercicio conjunto de dos o más profesiones si así se establece por Ley.

Los abogados Carlos y Oscar están negociando una solución extrajudicial, antes de la presentación de la reclamación judicial. Carlos habla con su cliente Sur S. A. y ésta le informa que no accede a la propuesta extrajudicial planteada. ¿Qué debe hacer Carlos con respecto a Oscar? Indique la respuesta correcta: No tiene que comunicar a su compañero que han concluido las gestiones extrajudiciales. Debe comunicar a su compañero que han concluido las gestiones extrajudiciales. Puede, o no, según le convenga, comunicar a su compañero que han concluido las gestiones extrajudiciales. La comunicación de la finalización de las negociaciones solo será necesaria si el asunto hacía preceptiva la intervención de abogado.

Laura, abogada que presta servicios para un despacho colectivo de abogados bajo el régimen de una relación laboral de carácter especial desconoce si le es de aplicación la normativa deontológica y estatutaria que afecta a la actividad profesional de los abogados. Consultada la normativa al respecto, ¿Cómo debe actuar Laura respecto de las normas que rigen la profesión? Indique la respuesta correcta: Debe actuar en todo momento atendiendo las órdenes o instrucciones de su empleador, sin valorar su adecuación a normas éticas de la profesión de abogado. Tiene derecho a actuar, en todo momento, de acuerdo con los principios, valores, obligaciones y responsabilidades que imponen a los mismos las normas que rigen la profesión de abogado, incluidas las éticas y deontológicas. Tiene derecho, si fuera socio del despacho, a actuar, en todo momento, de acuerdo con los principios, valores, obligaciones y responsabilidades que imponen a los mismos las normas que rigen la profesión de abogado , incluidas las éticas y deontológicas. Tiene derecho a no seguir las órdenes o instrucciones cuando éstas vulneren los principios, valores, obligaciones y responsabilidades que imponen a los mismos las normas que rigen la profesión de abogado , incluidas las éticas y deontológicas, salvo que se le haya comunicado por escrito.

Pepe no tiene confianza en su abogado Ramón, quien le asesora en materia mercantil, y rescinde por ello su contrato de iguala mensual solicitándole la devolución de todos los expedientes, pese a no haberle satisfecho las igualas correspondientes a los últimos seis meses. ¿Qué debe hacer Ramón con la documentación obrante en su poder? Indique la respuesta correcta: Puede negarse a devolver la documentación en tanto en cuanto no se le abone la deuda. Puede negarse a devolverle solamente aquella documentación relativa a los seis últimos meses adeudados. Debe devolverle toda la documentación, pudiéndose quedar en su despacho con copia de la misma. Debe devolverle toda la documentación sin conservar copia de la misma, ya que no es su cliente, e iniciar acciones legales para cobrar la deuda.

Diego es abogado de Martín, que le adeuda una provisión de fondos muy importante. A la vista de su falta de pago, Diego decide cesar en las tareas profesionales encomendadas. Indique la respuesta correcta: Diego no puede cesar en dichas tareas, sino que ha de finalizar el mandato de Martín, y luego ejercitar las acciones que correspondan para el cobro de las mismas. Diego puede cesar en las tareas encomendadas siempre que no cause indefensión a Martín. Para cesar en dichas tareas, Diego habrá de solicitar la autorización expresa de Martín. Para cesar en tales tareas, además de solicitar la autorización expresa de Martín deberá obtenerla también del Decano del Colegio de Abogados del lugar en el que tiene abierto el despacho profesional.

Jokin, abogado de Joanna, comparece en un programa de televisión, habiendo sido autorizado expresamente por su cliente para revelar que Joanna junto con Cholo, Stefano y Alain han coaccionado al alcalde de Parla para la concesión de licencias urbanísticas. Indique la respuesta correcta: Jokin ha actuado correctamente ya que su cliente le ha liberado expresamente de su secreto profesional. Jokin no ha actuado correctamente, ya que para revelar tales hechos debieran haber dado su consentimiento expreso no solamente Joanna, sino también Stefano y Alain, afectados por el secreto profesional. Jokin no queda relevado del deber de secreto profesional por la autorización de Joanna. Jokin puede revelar el secreto, ya que ha sido autorizado para ello, pero ocultando las identidades de Cholo, Stefano y Alain.

Juan es abogado de Mario y de Pedro en un procedimiento penal en el que ambos son acusados de un delito de estafa cometida de común acuerdo frente a la compañía aseguradora LA LUNA. En este proceso, Mario se ha apropiado de 100.000€, pero la compañía aseguradora les acusa a ambos de haberse apropiado de dicha suma en iguales partes. ¿Es correcta la actuación de Juan al ejercer la defensa de Mario y de Pedro en dicho procedimiento?. Indique la respuesta correcta: Sí, aunque la defensa de ambos implique un conflicto de intereses. No, en ningún caso. Solamente si Pedro le autoriza expresamente para ello. Solamente en el caso de que ambos, Mario y Pedro, le autoricen expresamente.

Juan, abogado, es contratado por Eva para ejercitar una acción penal contra Luís, otro compañero abogado porque no le entregó la cantidad correspondiente a una consignación judicial que recogió en nombre de su cliente Eva. ¿Qué actuaciones tiene que llevar a cabo Juan con relación a las normas que rigen la profesión? Indique la respuesta correcta: Comunicarlo al otro Abogado para que quede enterado antes de iniciar el proceso penal contra él. Comunicarlo previamente al Decano por si éste considera oportuno realizar una labor de mediación. No debe comunicarlo al Decano para ver si considera oportuno realizar una labor de mediación, toda vez que ello sólo es necesario cuando la acción penal se ejerce por el abogado en nombre propio y no en nombre de un cliente. No debe hacer nada puesto que la comunicación al Decano sólo es obligatoria antes del ejercicio de acciones civiles, pero no penales.

El Abogado Olivier colabora con la abogada Patricia, habiendo pactado el reparto de honorarios en un porcentaje del 80%-20%. ¿Es correcto este acuerdo? Indique la respuesta correcta: Dicha actuación no es correcta, toda vez que perjudica a uno de los Abogados. Dicha actuación no es correcta, toda vez que el Abogado no puede pagar ninguna compensación a otra persona por haberle enviado un cliente. La actuación es correcta, puesto que hay una colaboración profesional. La actuación solo sería correcta si el reparto de honorarios fuera al 50% para cada abogado.

El Abogado que recibe cartas o comunicaciones del Abogado de la otra parte podrá entregarlas a su propio cliente: Sin autorización de ninguna clase. Previa autorización expresa del abogado de la otra parte. Previa autorización del Decano. En ningún caso se pueden entregar tales comunicaciones al cliente.

Sandra es abogada de Laura en un procedimiento de reclamación de cantidad. Laura quiere que se aporte en el procedimiento una serie de documentación que Sandra considera que no es importante ya que lo que hará será confundir sobre el fondo del asunto. Ante la negativa de Sandra, comienzan a surgir fricciones con Laura por lo que Sandra se platea renunciar a la defensa del asunto. Indique la respuesta correcta: Sandra puede dejar la defensa en cualquier momento, absteniéndose por completo de cualquier actuación a partir de dicho momento. Sandra no puede renunciar al asunto una vez aceptado. Sandra solo puede renunciar al asunto si falta el pago de la provisión de fondos solicitada. Sandra puede renunciar al asunto cuando surjan discrepancias con el cliente, debiendo realizar cuantos actos sean necesarios para evitar la indefensión del mismo.

María solicita a Carlos una provisión de fondos para aceptar el encargo profesional de presentación de una demanda, acordando que dicho pago se efectuaría en el plazo de 20 días. Carlos no hace el pago y María no presenta la demanda. ¿Ha actuado María correctamente? Indique la respuesta correcta: No, porque ante todo debe presentar la demanda y luego, en su caso, exigir el pago de los honorarios por la vía que corresponda, incluso reclamándolos judicialmente. No, porque está prohibido solicitar provisiones de fondos. Sí. No, porque el plazo para el pago de las provisiones de fondos es de un mes.

La Junta de gobierno del Colegio de Abogados de Huesca ha impuesto a María una sanción al considerar que ha incumplido sus deberes profesionales. María quiere recurrir la sanción impuesta por lo que se plantea los pasos a seguir. Indique la respuesta correcta: María no puede recurrir la sanción ya que es obligado para los abogados el respeto a los acuerdos de la Junta de Gobierno y su consiguiente cumplimiento. María puede recurrir la sanción ante el Consejo General de la Abogacía Española o el Consejo Autonómico correspondiente, en su caso, y posteriormente ante la jurisdicción contencioso administrativa. María puede recurrir la sanción ante el Consejo General o Consejo Autonómico, pero éstos agotan las vías de recurso por tratarse de acuerdos internos de la abogacía. María puede recurrir la sanción ante la jurisdicción civil, en caso de que la sanción sea indebida y cause perjuicios económicos y morales al abogado sancionado.

Juan recibe el encargo de llevar un asunto de un cliente que antes estaba defendiendo Pedro, otro abogado. Juan pide la venia a Pedro, el cual se la niega porque todavía no ha cobrado sus honorarios. Indique la respuesta correcta. No se puede dar la venia si no te han pagado los honorarios. La venia no se puede denegar. Ante una situación así, Juan debe pedir amparo al Juzgado decano del lugar. Juan debe hacer todas las gestiones que sean posibles sin poder sustituir al abogado anterior hasta que cobre los honorarios debidos.

Luis quiere incorporarse como abogado en el Colegio de Abogados de León para ejercer por cuenta propia y desconoce que obligaciones debe cumplir para cubrir su previsión social. Indique la respuesta correcta: Luis debe de darse de alta obligatoriamente en la Mutualidad de la Abogacía. Luis debe darse de alta en la correspondiente Mutua o en el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social. Luis debe de darse de alta únicamente en el régimen especial de trabajadores autónomos. Luis sólo debe de cumplir con sus obligaciones fiscales, y darse de alta previamente en un Colegio Profesional.

Ante sus desavenencias conyugales, Miguel y Patricia deciden de mutuo acuerdo poner fin a su matrimonio contratando los servicios profesionales de Carmen, abogada matrimonialista. Sin embargo, una vez elaborado el Convenio Regulador, Miguel le comunica a Carmen que "se ha buscado" otro abogado. ¿Cómo debería actuar Carmen? Indique la respuesta correcta: Debería renunciar a la defensa de ambos cónyuges por existir conflicto de intereses entre ellos, salvo que ambos le autorizaran expresamente para que continuara con la defensa de Patricia. Podría continuar con la defensa exclusivamente de Patricia desde el momento en que el otro abogado le solicitara la venia para defender a Miguel. Deberá comunicar a Miguel que renuncia a su defensa por falta de confianza. Continuaría con la defensa de Patricia siempre que se comprometa formalmente a no violar el secreto de las informaciones obtenidas por su anterior relación con Miguel.

Con fecha 10 de febrero de 2016, Sandra, abogada inscrita en el Colegio de abogados de Cáceres, interpone en defensa de los intereses de su cliente, Andrés, una demanda de reclamación de cantidad por impago de los arrendamientos de unos inmuebles por importe de 1.000 €, sin la intervención de procurador. ¿Está Sandra obligada a presentar la demanda vía lexnet? Indique la respuesta correcta: Sí, es obligatoria desde el 1 de enero de 2016. Sí, porque no está permitida la representación de procurador en procedimientos civiles de cuantía inferior a 2.000 €. No, se pueden seguir presentando escritos en papel hasta el 1 de enero de 2018. No, es potestativa al tratarse de un procedimiento iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2016.

Ignacio, abogado, va a salir de vacaciones y quiere presentar un recurso contencioso administrativo con anterioridad. ¿Cuándo puede presentar válidamente el escrito vía lexnet? Indique la respuesta correcta: Puede presentar el recurso únicamente en días y horas hábiles. Todo escrito presentado en día u hora inhábil se tendrá a todos los efectos por no presentado. Puede presentar el recurso todos los días, las 24 horas, pero en caso de presentación en días u horas inhábiles, se entenderá presentado el primer día hábil siguiente. Únicamente puede presentar el recurso via lexnet en días inhábiles. Puede presentar válidamente escritos en días inhábiles solo en las jurisdicciones penal y laboral.

Laura tiene previsto irse al extranjero en el mes de agosto y tiene pendiente que el juzgado le notifique una resolución en un procedimiento laboral que se tramita vía lexnet. ¿ Puede el juzgado notificar a Laura durante el mes de agosto? Indique la respuesta correcta: No, no se realizarán comunicaciones en el mes de agosto, excepto en aquellos casos en que, dependiendo de la jurisdicción y procedimiento de que se trate, dicho mes sea hábil o por decisión judicial se habilitase algún día del mes de agosto. No, si avisa al juzgado que se marcha al extranjero. Sí, el mes de agosto siempre es mes hábil. No se realizarán comunicaciones en el mes de agosto.

Juan ha de presentar un recurso contencioso administrativo pero tiene varios vencimientos pendientes y se pregunta si al entrar en vigor la obligatoriedad de la presentación electrónica de escritos, se mantiene el día de gracia que existía en la actualidad. Indique la respuesta correcta: No, al entrar en vigor la obligatoriedad de presentación electrónica de escritos, desaparece el día de gracia. Sí, pero se mantiene la hora límite de presentación de escritos hasta las 15:00h. Sí, hasta las 12 de la noche del día de gracia. El plazo de gracia solo se mantiene para los procedimientos laborales.

Luis, abogado, va a interponer una demanda en abril de 2018 contra la empresa Servicios S. A, por el despido de uno de sus trabajadores. ¿Cómo ha de presentar el escrito iniciador y la documentación? Indique la respuesta correcta: El escrito iniciador y los documentos que lo acompañan se presentan por vía electrónica, debiendo además presentarse en soporte papel, en los 3 días siguientes, tantas copias literales cuantas sean las otras partes. El escrito iniciador y los documentos que lo acompañan se presentan exclusivamente por vía electrónica sin posibilidad de presentar la documentación en soporte papel y el Juzgado se encarga de notificar a las partes. El escrito iniciador y la documentación ha de presentarse en papel en el registro general de los juzgados competentes. El escrito iniciador debe presentarse en soporte papel y los documentos que lo acompañan deben presentarse exclusivamente por vía electrónica.

Pablo, Adrián y José ponen en marcha un gabinete jurídico bajo la fórmula de Sociedad Limitada Profesional. ¿Quién es el responsable de los ficheros de datos que se traten? Indique la respuesta correcta: El responsable será el administrador de la SLP. Las personas jurídicas no tienen responsabilidad desde el punto de vista de la Protección de Datos. La responsable será la SLP. El responsable será el socio capitalista mayoritario de la SLP.

Elena tiene un despacho profesional y quiere lanzar una campaña publicitaria entre sus potenciales clientes a través de un correo electrónico. ¿Qué actuaciones ha de llevar a cabo Elena en este sentido? Indique la respuesta correcta: Elena puede enviar publicidad siempre que exista consentimiento previo. El consentimiento facilitado por el interesado es irrevocable. Elena puede enviar publicidad sin necesidad de consentimiento. Elena puede enviar publicidad sin necesidad de consentimiento, siempre que facilite un correo electrónico a través del cual los interesados puedan ejercer su derecho de cancelación u oposición. Elena no puede enviar publicidad por medio de comunicación electrónica sin consentimiento previo del destinatario.

Pascual es abogado. Decide asociarse con Carlos, creando el Gabinete Jurídico “ Lex”. Ambos deciden compartir desde ese momento sus clientes. ¿Qué actuaciones deben llevar a cabo en relación con los clientes con los que previamente contaba cada uno de ellos? Indique la respuesta correcta: Ambos deberán solicitar su consentimiento para la cesión de sus datos a fin de que el Gabinete Jurídico “Lex” pueda proceder al tratamiento de los mismos. Los clientes deberán consentir la cesión de datos forzosamente. Los clientes no tienen nada que decir al respecto, pues se trata de una relación entre responsable de fichero y encargado de tratamiento. Basta con que uno de los dos abogados solicite el consentimiento a sus clientes.

Profesionalmente se le encarga iniciar actuaciones para llevar a efecto un arbitraje en el cual se proceda a solicitar el reconocimiento de filiación de un menor de edad. Indique la respuesta correcta: No es posible realizar un arbitraje en este supuesto. Tendría que llevarse a efecto como un arbitraje de equidad. Tendría que llevarse a cabo como un arbitraje institucional. Tendría que llevarse a efecto como un arbitraje de derecho.

A Fernando, abogado en ejercicio, se le encarga realizar una reclamación en materia de consumo frente a una compañía de servicios de telecomunicaciones; ¿A qué vías extrajudiciales de resolución del citado conflicto puede acudir?: Indique la respuesta correcta. Sólo a un arbitraje. Sólo a una mediación. Un arbitraje y una mediación, indistintamente. No es posible someter la cuestión ni a arbitraje ni a mediación.

Joaquín, abogado en ejercicio, no está conforme con un acuerdo de mediación, ¿puede impugnarlo? Indique la respuesta correcta: No, en ningún caso. Sí, ante el juzgado de primera instancia del lugar en que se haya firmado y mediante recurso de apelación. Sí, pero de forma indirecta, instando la nulidad del acuerdo por las causas que invalidan los contratos. Sí, ante el propio mediador mediante un recurso de revisión.

Juan ganó con costas un juicio ordinario y solicitó la tasación de las costas aportando una minuta en la que se invocan los “criterios de honorarios para costas” de su Colegio. ¿Es correcta la actuación de Juan? Indica la respuesta correcta. Sí, porque los criterios de honorarios solo existen para tasación de costas y jura de cuentas. No porque Juan puede fijar los honorarios que estime oportuno. No porque al ser las costas un crédito del cliente, Juan solo puede tasar las costas por la misma cantidad que haya cobrado a su cliente. Si, porque Juan ya ha cobrado de su cliente.

Manuel perdió un juicio ordinario, con condena en costas. La parte contraria solicita la tasación de costas y aporta la minuta de un letrado diferente al que llevó el procedimiento, por haber éste causado baja en el ejercicio profesional. Indique la respuesta correcta: Manuel impugna los honorarios por indebidos al no corresponder la minuta al letrado que llevó el procedimiento. Manuel impugna los honorarios por excesivos al no corresponder la minuta al letrado que llevo el procedimiento. Manuel decide no impugnar la minuta ya que el crédito de costas pertenece al cliente, con independencia del letrado que solicite la tasación. Manuel solicita del juzgado requiera al cliente para que aporte la minuta del anterior letrado.

A María, letrada adscrita al Turno de Oficio Penal Especial de su colegio, le han designado la defensa de un investigado por un supuesto delito de abusos sexuales a menores. Dado que María está muy sensibilizada en este tipo de asuntos, presenta un escrito en el Juzgado para que la aparten del procedimiento. ¿Ha actuado correctamente la letrada? Indique la respuesta correcta: Sí, ya que siempre es posible la renuncia en el Juzgado en los casos de delitos sexuales. No, ya que no cabe renuncia a la designación en ningún caso. No, deberá ponerlo en conocimiento del Decano del colegio de abogados, quién apreciará si concurre o no motivo personal y justo. Sí, y el Juzgado a la vista del escrito solicitará otro abogado para el procedimiento.

En un procedimiento penal y tras sentencia condenatoria, Juan, el condenado, acude a solicitar justicia gratuita para interponer Recurso de Apelación. Lourdes, la letrada designada, tras el examen de la sentencia le informa que es prácticamente imposible que pueda estimarse el recurso. ¿Qué tiene que hacer Lourdes? Indique la respuesta correcta: Debe comunicar a su colegio que la defensa es insostenible. Debe presentar escrito al juzgado comunicando la insostenibilidad de la pretensión. Al tratarse de un procedimiento penal, Lourdes tiene la obligación de interponer el recurso. Puede renunciar a la designación si posteriormente se da de baja en el turno.

Aurora es una mujer víctima de violencia de género. Para la defensa de sus derechos e intereses en relación con esa condición ¿Tiene derecho al beneficio de justicia gratuita con independencia de sus ingresos? Indique la respuesta correcta. Sí, en todo caso. No, salvo que cumpla los requisitos de carencia de recursos económicos. No, ya que debe esperar a que se dicte sentencia. Sí, si bien el derecho se limita al de asistencia letrada.

Usted ha sido sancionado por una infracción leve. Sin embargo, cree que ya ha transcurrido el tiempo de prescripción de la misma, pero tiene dudas acerca del mismo. ¿Cuál sería el tiempo de prescripción de las infracciones leves? Indique la respuesta correcta: El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de tres meses. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de seis meses. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de un año. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de dos años.

Emma, abogada en ejercicio, ha sido citada en forma por un tribunal para comparecer ante ellos. Sin embargo, no acude a la dicha citación y tampoco presenta justificación alguna. ¿Puede ser sancionada disciplinariamente por ello? Indique la respuesta correcta: No, sólo puede ser sancionada penalmente por el daño procesal ocasionado. No, sólo puede ser sancionada civilmente por el daño procesal ocasionado. Sí, al margen de otro tipo de responsabilidad por el daño procesal, puede ser sancionada disciplinariamente. Sí, puede ser sancionada disciplinariamente, pero no ser sancionada civil o penalmente por el daño procesal ocasionado.

A su despacho acude un cliente que quiere interponer una demanda de divorcio pero tiene dudas acerca de qué tribunal sería competente para conocer la cuestión, dado que además, su cliente y su cónyuge viven en partidos judiciales diferentes. ¿Qué tribunal sería competente para este tema? Indique la respuesta correcta: Será tribunal competente para conocer de este procedimiento el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal en todo caso. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento, a elección del demandante, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento, a elección del demandado, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio del demandado en todo caso.

A su despacho acude un cliente que dispone de un acuerdo de mediación cuya ejecución quiere despachar. ¿Qué juzgado sería el competente para autorizar la ejecución del correspondiente acuerdo? Indique la respuesta correcta. El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se hubiera firmado el acuerdo de mediación. La Audiencia Provincial del lugar en que se hubiera firmado el acuerdo de mediación. La Audiencia Provincial del lugar en que residan cualquier de los afectados por el acuerdo de mediación. El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que viva el interesado en la ejecución de dicho acuerdo.

Álvaro, abogado en ejercicio, quiere interponer recurso de casación contra la resolución desfavorable dictada contra su cliente, al entender que existe una infracción de las normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso. ¿Qué plazo tiene Álvaro para interponer dicho recurso? Indique la respuesta correcta. Álvaro no puede interponer recurso de casación, debiendo interponerse recurso de revisión en el plazo de los diez días hábiles tras la notificación de dicha sentencia. Álvaro dispone de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución para la interposición del recurso. Álvaro debe solicitar en primer lugar escrito aclaratorio de sentencia, y sólo posteriormente podrá interponer recurso de casación en el plazo de veinte días desde el día siguiente al escrito aclaratorio. Álvaro dispone de quince días contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución para la interposición del recurso.

Valentín discute con su abogada, Natalia, porque no está conforme con el modo en que está llevando su asunto y decide buscar otro abogado. Por ello reclama a Natalia la devolución de una documentación que le entregó para aportar al Juzgado pero que no ha sido presentada. Natalia se niega a la devolución alegando que lo hará cuando Valentín le abone su minuta de honorarios aún no satisfecha ¿Es correcta la actuación de Natalia? Indique la respuesta correcta: Sí, para obtener el cobro de los honorarios. No, salvo que el importe de los honorarios sea superior a 2.000 euros. No, nunca puede actuar de esa forma. Sí, pero sólo durante el plazo de seis meses.

Teresa y Carla, abogadas en ejercicio, están negociando extrajudicialmente en nombre de sus clientes un convenio regulador. Teresa dentro del secreto de las conversaciones entre abogados habla despectivamente a Carla de su propio cliente. ¿Es correcta la actuación de Teresa? Indique la respuesta correcta: No, porque el abogado en sus comunicaciones y manifestaciones con el abogado contrario no puede comprometer a su cliente con comentarios o manifestaciones que puedan causarle lesión o desprestigio. Sí, porque sus manifestaciones están amparadas en el secreto profesional. Sí, porque nada el impide expresar al abogado contrario lo que opina sobre su propio cliente. No, siempre que las manifestaciones respondan a la realidad.

Irene y Pablo han sido clientes del abogado Andrés en el 2012 con relación a la liquidación de una sociedad civil de la que eran los únicos socios. Hoy Irene acude al despacho de Andrés para interponer una denuncia contra Pablo por maltrato. ¿Andrés puede asumir la defensa? Indique la respuesta correcta. Sí, al haber trascurrido más de tres años desde el encargo anterior. No, porque vulneraría el secreto profesional al defender a Irene. Sí, porque no existen interés contrapuestos. No, nunca puede defender a ninguno de los dos a no ser que el otro lo autorice.

Lucas encarga a su abogada, Asunción, la tramitación de un procedimiento. Para ello firman una hoja de encargo. Lucas se empeña en indicar a Asunción lo que tiene que hacer e incluso llega a redactarle la demanda. A la hora de proponer la prueba Lucas insiste en ordenar a Asunción qué es lo que éste debe hacer. Asunción se niega a continuar con el procedimiento. ¿Puede renunciar a la defensa? Indique la respuesta correcta: Nunca puede un abogado renunciar a defender a su cliente si ha firmado una hoja de encargo. No puede renunciar porque el procedimiento ya está en la fase de proposición de prueba. Sí, siempre que lo comunique al cliente y al Juzgado donde se tramita el procedimiento para no producir indefensión. Sí, solo con comunicarlo al cliente.

Félix Abogados S.L.P, tiene una página web en la que informa de quienes son sus clientes, sin recabar previamente el consentimiento de los mismos para dicha publicación. ¿Actúa correctamente este despacho de abogados? Indique la respuesta correcta. Sí, porque los despachos de abogados pueden fijar libremente sus estrategias publicitarias siempre que no prometan la obtención de resultados que no dependan exclusivamente de su actividad. Sí, siempre que se trate de una información veraz al seguir siendo sus clientes, y no incluya clientes con los que ya no existe una relación. No, porque supone publicidad engañosa para los clientes futuros. No, en ningún caso.

Marta, abogada, recibe el encargo de un cliente de demandar al compañero Pablo al habérsele pasado a éste el plazo para contestar una demanda que fue estimada íntegramente con expresa imposición de costas. Marta presenta directamente la correspondiente demanda reclamando una indemnización por los daños y perjuicios causados. Indique la respuesta deontológicamente correcta: Marta no actúa correctamente puesto que debió acudir previamente al centro de mediación del Colegio de Abogados. Marta no actúa correctamente porque antes de presentar la demanda debería haber solicitado un acto de conciliación con el compañero. Marta no actúa correctamente porque debió comunicarlo previamente al decano del Colegio de Abogados por si éste considerase oportuno realizar una labor de mediación. Marta actúa correctamente, porque está obligada a atender al cliente.

Carmela es contratada por Antonia en un proceso de divorcio. En el transcurso del mismo Antonia le recrimina que no está llevando bien el asunto, que no ha aportado documentos que en su día le entregó y que si se pierde el asunto la va a denunciar al Colegio profesional. A la vista de ello, Carmela presenta un escrito al juzgado comunicando su decisión de dejar la defensa de Antonia por haber surgido graves discrepancias con su cliente y solicitando la interrupción de cualquier plazo hasta que se requiera a Antonia para que designe nuevo abogado que le asista. Indique la respuesta correcta: Carmela actúa correctamente porque no se ha producido indefensión a Antonia. Carmela no actúa correctamente porque debe continuar con la defensa de Antonia hasta la terminación del proceso. Carmela actúa correctamente porque puede dejar cualquier asunto que se le haya encomendado incluso sin comunicarlo al juzgado. Carmela no actúa correctamente porque no puede abstenerse o cesar en su intervención hasta que finalice la primera instancia.

Inés está llevando el asesoramiento jurídico de un cliente que ha sido condenado en un procedimiento mercantil. El cliente le insta a recurrir dicha sentencia cuando ya ha pasado el plazo pero aun así Inés decide presentar el recurso para atender las demandas de su cliente. ¿Es correcta la actuación de Inés? Indique la respuesta correcta: No, porque Inés ejerce su profesión con independencia en cuanto a las instrucciones que recibe de su cliente. Sí, porque Inés debe siempre seguir las instrucciones de su cliente, salvo que pueda causar un daño irreparable. No, porque Inés al presentar dicho recurso está cometiendo una falta muy grave y puede ser inhabilitada por ello. Sí, porque Inés debe siempre llevar cuantas acciones exija la defensa de su cliente, incluso contra su propio criterio personal.

Alejandro y Juan Carlos, ambos abogados en ejercicio, ejercen la asistencia letrada de partes contrarias en un procedimiento judicial. Durante el transcurso del mismo, ambos deciden asociarse y formar un único despacho profesional. ¿Pueden seguir con la representación de ambos clientes en ese mismo procedimiento? Indique la respuesta correcta: Sí, siempre y cuando guarden el debido secreto profesional en relación con dicho procedimiento. Sí, dado que la relación con sus clientes es anterior a la asociación entre ambos profesionales. No, porque nunca podrían haberse asociado dado que tenían intereses contrapuestos. No, porque al asociarse en un mismo despacho no pueden ostentar la representación de partes que son contrarias en el procedimiento.

Silvia, abogada, acaba de incorporarse al Colegio de Abogados de su territorio y para captar la confianza de potenciales clientes se le ocurre utilizar el escudo de su Colegio en unos pasquines y sus tarjetas de visita. ¿Es correcta la actuación de Silvia? Indique la respuesta correcta: No, porque sólo puede utilizarlo en la placa de su despacho profesional. No porque sólo puede usarlo en sus comunicaciones con otros compañeros. No, porque previamente debe requerir autorización de la Junta de Gobierno de su Colegio. No, porque en ningún caso se pueden utilizar los símbolos colegiales en documentación relacionada con la actividad privada profesional.

En el Colegio de Abogados de Las Palmas se quiere constituir una agrupación de abogados jóvenes que, entre otras funciones, tenga la misión de formar y asesorar a los abogados menores de 35 años que se colegien. ¿Quién debe aprobar la constitución de dicha agrupación? Indique la respuesta correcta: La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Las Palmas. La Junta de Gobierno del Consejo General de la Abogacía Española. El Decano del Colegio de Abogados de Las Palmas. La Asamblea colegial del Colegio de Abogados de Las Palmas.

Se convocan elecciones a presidente del Consejo General de la Abogacía Española. Xavier, abogado recién incorporado a la profesión se plantea si puede ser candidato a dicho cargo. ¿Xavier puede postularse? Indique la respuesta correcta: Sí, porque pueden ser candidatos todos los abogados de España. No, porque solo pueden ser candidatos los decanos de los colegios de abogados. No, porque para ser candidato tiene que haber estado colegiado como abogado al menos con tres meses de anterioridad. Sí, siempre que tenga autorización del decano de su colegio.

Enrique tiene dos despachos, uno en Salamanca y otro en Lugo. Está dado de alta en ambos Colegios de abogados porque cree que eso le ayudará en su profesión. Indique la respuesta correcta: Debe colegiarse en ambos colegios de abogados por tener abierto despacho en ambas ciudades. Debe incorporarse al colegio de abogados del lugar donde tenga su domicilio profesional principal. No puede estar colegiado en ambos colegios de abogados. Al tener despachos en demarcaciones colegiales distintos, debe cursar su alta colegial en el Consejo General de la Abogacía Española.

Álvaro encarga a la abogada Sofía la interposición de una demanda contencioso-administrativa ante el TSJ. A la hora de formalizar la hoja de encargo Sofía se plantea qué tipo de relación jurídica les une. Indique la respuesta correcta: Es un contrato de arrendamiento de obra. Es un contrato de representación. Es un contrato de mandato. Es un contrato de arrendamiento de servicios.

Antonio es un abogado que ejerce por cuenta propia, compartiendo despacho con su hermano y su pareja. En esas circunstancias, indique la respuesta correcta: Deberá darse de alta, como cobertura de previsión social, únicamente en RETA. Deberá darse de alta, como cobertura de previsión social, en una mutualidad de previsión social de abogados. Podrá darse de alta en el RETA o en una mutualidad de previsión social de abogados. Al trabajar con su hermano y su pareja deberá darse de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

Mercedes, abogada, contrata a otro compañero, Iván, acogiéndose a la relación laboral de carácter especial de los abogados, fijando un periodo de prueba. Indique la respuesta correcta: Ese periodo es de libre elección por las partes. No puede fijar periodo de pruebas porque el compañero Iván ya lleva tres años desde que se colegió. Ese periodo no podrá exceder los 6 meses para contratos indefinidos ni 2 meses para contratos temporales. Ese contrato debe regirse por los plazos contemplados en el Estatuto General de los Trabajadores.

Leticia acaba de ser fichada por un gran despacho de abogados, que le ofrece un contrato indefinido y una formación especializada a cambio, eso sí, de exigirle un tiempo mínimo de permanencia impuesto en el propio contrato. Leticia tiene dudas acerca de la validez de dicha cláusula, y decide consultar con un compañero. ¿Es posible establecer un pacto de permanencia en este tipo de relación laboral? Indique la respuesta correcta: No, porque los pactos de permanencia están expresamente prohibidos en el ámbito de las relaciones profesionales entre abogados. No, porque los pactos de permanencia están expresamente prohibidos en el ámbito de las relaciones profesionales de cualquier tipo. Sí, podrán imponerle a Leticia en su contrato el pacto de permanencia que se considere oportuno, sin limitación temporal más allá de lo razonable, y siempre y cuando lo permita el convenio colectivo aplicable al caso. Sí, podrán imponerle a Leticia en su contrato por escrito un tiempo de permanencia que no podrá tener una duración superior a dos años, y sólo será válido cuando concurran los requisitos que se establezcan en el convenio colectivo o en su caso, en el contrato de trabajo.

Marcos y Xavi quieren crear un despacho de abogados colectivo y quieren decidir qué forma societaria adoptarán. Indique la respuesta correcta: No puede ser una sociedad civil profesional. Deben constituirla con arreglo a cualquiera de las formas societarias previstas, pero cumpliendo los requisitos de la Ley de Sociedades profesionales. No pueden adoptar forma societaria alguna porque necesitarían un abogado más para alcanzar el número mínimo de socios previsto en la Ley de sociedades profesionales. Al ser únicamente dos socios solo pueden constituirse como sociedad limitada.

Eva, abogada en ejercicio, acaba de abrir su propio despacho individual. Para una mejor gestión de los datos de su cliente ha procedido a crear un fichero de datos de carácter personal. ¿Debe notificar la apertura de dicho fichero? Indique la respuesta correcta: No, no debe comunicar la creación de dicho fichero salvo a sus propios clientes. Sí, deberá comunicar la creación de dicho fichero al Consejo General de la Abogacía de España. Sí, deberá comunicar la creación de dicho fichero a la Agencia Española de Protección de Datos. No, no debe comunicar la creación de dicho fichero salvo que pretenda ceder los datos contenidos en el mismo a terceros.

Antonia ha sido objeto de una sanción disciplinaria firme consistente en suspensión en el ejercicio de la abogacía por un plazo de dos meses. Durante ese período se van a celebrar elecciones al decanato del Colegio de Abogados. ¿Puede Antonia presentarse como candidata a las mismas? Indique la respuesta correcta. Sí, siempre que se haya incorporado al colegio de abogados los tres meses anteriores a la celebración de las elecciones. Depende de lo que establezcan los estatutos particulares de su colegio. No, porque no pueden ser miembros de junta los colegiados a los que se haya impuesto sanción disciplinaria mientras no haya sido rehabilitado. Sí, porque la imposición de sanción no inhabilita para ser decano.

Juan, abogado en ejercicio, ejerce la asistencia letrada de una de las partes en un procedimiento civil. Sin embargo, sus malas formas y su falta de profesionalidad en su actividad ante el tribunal, llegando incluso a actuar de mala fe, ha provocado que el tribunal pretenda corregirle disciplinariamente. ¿Puede el tribunal actuar contra Juan? Indique la respuesta correcta: No, porque la responsabilidad disciplinaria únicamente puede ser ejercida por el Colegio profesional. Sí, el tribunal podrá imponerle en pieza separada y por acuerdo motivado y respetando el principio de proporcionalidad, una multa que como máximo podrá ascender a seis mil euros. Sí, el tribunal podrá imponerle en pieza separada y por acuerdo motivado y respetando el principio de proporcionalidad una multa que como máximo podrá ascender a tres mil euros. Sí, el tribunal podrá imponerle en pieza separada y por acuerdo motivado y respetando el principio de proporcionalidad una multa que como máximo podrá ascender a cinco mil euros.

Iñaki, abogado en ejercicio, tiene conocimiento de que un compañero de despacho está ejerciendo como procurador de los tribunales sin reunir los requisitos para ello. ¿Qué tipo de infracción comete Iñaki encubriendo dicho comportamiento? Indique la respuesta correcta: Se trata de una infracción muy grave. Se trata de una infracción grave. Se trata de una infracción leve. No comete ninguna infracción dado que no es él quién incumple con los requisitos exigidos para ejercer la profesión.

Iñaki, abogado en ejercicio, tiene conocimiento de que un compañero de despacho está ejerciendo como procurador de los tribunales sin reunir los requisitos para ello. Siguiendo con el caso anterior, ¿a qué tipo de sanción podría dar lugar? Indique la respuesta correcta: Podría dar lugar a la amonestación verbal. Podría imponérsele una multa con un máximo de 1500 euros. Podría imponérsele la suspensión en el ejercicio de la Abogacía por un plazo superior a tres meses sin exceder de dos años. No puede imponérsele ninguna sanción porque Iñaki no ha cometido ninguna infracción.

Usted ha sido sancionado por una infracción leve. Sin embargo, cree que ya ha transcurrido el tiempo de prescripción de la misma, pero tiene dudas acerca del mismo. ¿Cuál sería el tiempo de prescripción de las infracciones leves? Indique la respuesta correcta: El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de tres meses. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de seis meses. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de un año. El tiempo de prescripción de las infracciones leves será de dos años.

Adriana, abogada en ejercicio, ha sido citada en forma por un tribunal para comparecer ante ellos. Sin embargo, no acude a la dicha citación y tampoco presenta justificación alguna. ¿Puede ser sancionada disciplinariamente por ello? Indique la respuesta correcta: No, sólo puede ser sancionada penalmente por el daño procesal ocasionado. No, sólo puede ser sancionada civilmente por el daño procesal ocasionado. Sí, al margen de otro tipo de responsabilidad por el daño procesal, puede ser sancionada disciplinariamente. Sí, puede ser sancionado disciplinariamente, pero no ser sancionada civil o penalmente por el daño procesal ocasionado.

Isabel, abogado, tiene en su poder 1000 euros que le ha entregado Fina, su cliente, para que abone los honorarios notariales derivados de la herencia de su padre. Isabel deposita ese dinero en una cuenta bancaria específica para los fondos que le entregan sus clientes. Fina debe a Isabel 800 euros en concepto de honorarios por la tramitación de la herencia que le ha llevado Isabel. ¿Puede Isabel detraer directamente la cantidad que le debe su cliente de los 1000 euros que le ha entregado? Indique la respuesta correcta. No, porque los honorarios notariales son un crédito preferente. Sí, porque es uno de los supuestos previstos en la normativa profesional. No, porque en ningún caso se puede disponer ese dinero para un fin distinto al ordenado. Sí, porque el cobro de los honorarios es un crédito preferente.

Javier es demandado en juicio ordinario y encarga a Pablo, abogado, la tramitación del procedimiento. Firman una hoja de encargo donde se determina que el 50% de los honorarios se pagará en la fecha de contestación de la demanda y el resto al finalizar el procedimiento. El mismo día de la audiencia previa Pablo presenta un escrito en el Juzgado renunciando a la defensa de Javier porque no le ha pagado cantidad alguna. ¿Es correcta la actuación de Pablo? Indique la respuesta correcta: Sí, porque la falta de pago de la provisión de fondos autoriza a Pablo a cesar en sus tareas profesionales. No podrá renunciar porque dejaría indefenso a Javier. Sí, siempre que se hubiese previsto en la hoja de encargo. No podría renunciar pues el Juez no lo admitiría.

Manuel gana un juicio en el que se percibe una indemnización de 4.500 €. Su cliente Juan le había hecho una provisión de fondos de 1.000 €. El procurador entrega a Manuel los referidos 4.500 €. La minuta de Manuel es de 5.000 €. Manuel lo comunica a su cliente para que pase por su despacho y hacerle entrega de los recibos correspondientes a su minuta y liquidación de las diferencias a su favor. Como su cliente no acude a la cita le hace llegar por transferencia el importe de 500 € tras descontar los 4.000 € pendientes de su minuta. Indique la respuesta correcta: La detracción de honorarios efectuada por Manuel es correcta porque comunicó al cliente el importe de la indemnización y el de su minuta. La detracción de honorarios efectuada por Manuel es correcta porque había recibido una provisión de fondos a cuenta de honorarios. La detracción de honorarios efectuada por Manuel es incorrecta porque no tuvo el consentimiento expreso del cliente para descontar sus honorarios de la indemnización. La detracción de honorarios efectuada por Manuel es correcta porque se trataba de cantidades percibidas en concepto de indemnización.

Un abogado mantiene una relación profesional con un mismo cliente durante varios años, habiéndole encomendado éste un asunto, existiendo entre ambos un acuerdo, reflejado en hoja de encargo en la que se reflejan el modo de pago de los honorarios del Letrado. El acuerdo refleja el abono de una cantidad en concepto de provisión de fondos en el momento de iniciarse el procedimiento y un último pago al finalizar el procedimiento judicial. Por problemas económicos el cliente no llega a abonar la totalidad del primer pago, decidiendo el abogado continuar con la tramitación del asunto hasta obtener la sentencia. Iniciado el procedimiento la parte demandada se allana a las pretensiones del demandante procediendo a consignar judicialmente una cantidad que supera la cuantía de los honorarios adeudados al abogado. ¿Qué debe hacer el Letrado con este importe consignado? Indique la respuesta correcta: Deberá cobrar sus honorarios del importe consignado, entregando al cliente la cantidad sobrante. Deberá entregar al cliente el 100% de la cantidad consignada, continuando con la reclamación de sus honorarios. Podrá cobrar sus honorarios del importe de la cantidad consignada, entregando al cliente el importe sobrante siempre y cuando se haga a través del procurador. Sólo entregará a su cliente la cantidad consignada cuando éste haya abonado sus honorarios profesionales.

Fernando prepara una demanda por un asunto que le ha encomendado su cliente Gervasio. Cuando la tiene preparada para ser presentada ante el Juzgado llama a Gervasio y le dice que debe abonar el 60% de sus honorarios estimados en concepto de provisión de fondos antes de presentar la demanda. Gervasio se niega y dice que abonará los honorarios al finalizar el pleito. A la vista de ello Fernando se plantea no presentar la demanda. ¿La provisión de fondos podrá condicionar el inicio o el cese de las actuaciones profesionales?: Indique la respuesta correcta. Sí, porque el abogado tiene prohibido financiar el pleito. No, porque una vez preparada la demanda no puede dejar la defensa. No, porque previamente debería resolverse judicialmente el contrato de arrendamiento de servicios. Sí, porque el abogado puede renunciar al asunto si no se paga la provisión de fondos.

En el procedimiento de reclamación de honorarios de abogado, si el deudor no paga ni formula oposición dentro del plazo de 10 días en el que es requerido de pago por el Letrado de la Administración de Justicia, ¿qué ocurre? Indique la respuesta correcta: Se dictará decreto de terminación del proceso y el abogado podrá ejercitar su pretensión en el procedimiento declarativo que corresponda. Se dictará decreto de terminación del proceso y el abogado podrá ejercitar su pretensión en un proceso monitorio. Directamente se despachará ejecución por la cuantía a la que asciende la minuta, sin las costas. Directamente se despachará ejecución por la cuantía a la que asciende la minuta, más las costas.

Matilde, abogada, está confeccionando una minuta para su cliente Moldeados Arábigos S.L. Indique la respuesta correcta: Matilde tiene que adicionar el IVA (o impuesto equivalente) y no descontar la retención por IRPF. Matilde tiene que adicionar el IVA (o impuesto equivalente), y descontar la retención por IRPF solo si lleva más de tres años de ejercicio profesional. Matilde tiene que adicionar el IVA (o impuesto equivalente) y descontar la retención por IRPF. Matilde tiene que descontar la retención por IRPF pero no adicionar el IVA (o impuesto equivalente).

Marcos quiere empezar a ejercer la abogacía por cuenta propia y tiene que cumplimentar su alta en Hacienda. ¿Le resulta de aplicación el régimen fiscal especial de los abogados? Indique la respuesta correcta: Sí, siempre que trabaje de forma individual por cuenta propia. Sí, siempre que ejerza a través de una sociedad. No, su régimen fiscal no se diferencia del de otros profesionales que trabajen por cuenta propia. No, siempre que haya renunciado expresamente a la aplicación de ese régimen fiscal especial.

El abogado de Luis formula una demanda civil en defensa de los intereses de su hija Olga reclamando la indemnización de las lesiones sufridas en un accidente, pero sin percatarse de que en el momento de presentarla Olga ya había cumplido 18 años. ¿Ostenta Luis legitimación activa? Indique la respuesta correcta: No. Sí. Solo si presta su conformidad el Ministerio Fiscal. Solo si cuenta con autorización del defensor judicial.

Su cliente, Ramón, ha sido demandado en un procedimiento ordinario. A instancia del actor se ha despachado ejecución requiriéndole para que realice las obras de reparación a que fue condenado. Ramón acuerda con el ejecutante abonarle 25.000,00 € en lugar de efectuar la ejecución material de las obras. ¿Están facultadas las partes para disponer del objeto del proceso en este momento? Indique la respuesta correcta: Sí, porque el acuerdo no está prohibido o limitado por la ley. Sí, porque la cuantía es superior a 2.000 €. No, porque el acuerdo transaccional solo es posible durante la primera instancia, pero no en vía de ejecución. No, porque no es posible la transacción económica en la ejecución de obligaciones de hacer.

Sandra es parte acusada en un procedimiento penal abreviado y pretende ser representada por su abogado durante todo el procedimiento, con el objetivo de ahorrarse los honorarios del procurador de los tribunales. ¿Es posible dicha opción? Indique la respuesta correcta: No, porque será necesaria la representación mediante procurador desde el inicio del procedimiento sin que pueda el abogado defensor ejercer labores de representación. No, porque será necesaria la representación mediante procurador desde la apertura del juicio oral. No, porque será necesaria la representación mediante procurador desde la fase de instrucción sin que pueda el abogado defensor ejercer labores de representación. Sí, porque no será necesaria la representación mediante procurador durante todo el procedimiento pudiendo ejercer la representación el abogado designado.

Agustín, abogado en ejercicio, ha ejercido la representación de un cliente en un procedimiento civil que concluye con la subasta pública de bienes. ¿Podría adquirir Agustín alguno de estos bienes? Indique la respuesta correcta: No, si los bienes subastados pertenecían a su cliente, pero sí si son de la parte contraria. Sí, si los bienes subastados pertenecían a su cliente, pero no si son de la parte contraria. Sí, Agustín podrá adquirir los bienes al margen de su pertenencia. No, Agustín no podrá comprar ningún bien que se subaste proveniente de un litigio en el que haya intervenido.

A su despacho acude un cliente que quiere interponer una demanda de divorcio pero tiene dudas acerca de qué tribunal sería competente para conocer la cuestión, dado que, además, su cliente y su cónyuge viven en partidos judiciales diferentes. ¿Qué tribunal sería competente para este tema? Indique la respuesta correcta: Será tribunal competente para conocer de este procedimiento el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal en todo caso. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento, a elección del demandante, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento, a elección del demandado, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado. Será tribunal competente para conocer de este procedimiento el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio del demandado en todo caso.

Jorge, abogado en ejercicio, debe interponer recurso de casación contra la resolución desfavorable dictada contra su cliente, al entender que existe una infracción de las normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso. ¿Ante qué órgano debería interponer dicho recurso? Indique la respuesta correcta: Ante la Sala Primera del Tribunal Supremo. Ante el tribunal que haya dictado la resolución. Ante el tribunal inmediatamente superior de aquel que dictara la resolución. Ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma donde radique el procedimiento.

Lourdes, abogada en ejercicio, ha sido contratada por un cliente para interponer un recurso de amparo contra un acto administrativo, por entender que con él, se está violando un derecho fundamental. ¿Cuál sería el plazo para interponer dicho recurso? Indique la respuesta correcta. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los veinte días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de un mes siguiente a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los diez días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los quince días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial.

Lourdes, abogada en ejercicio, ha sido contratada por un cliente para interponer un recurso de amparo contra un acto administrativo, por entender que con él, se está violando un derecho fundamental. Siguiendo con el caso anterior, una vez interpuesto dicho recurso, ¿se suspendería la ejecución del acto impugnado? Indique la respuesta correcta: Sí, en cualquier caso se suspendería la ejecución del acto. Sí, pero únicamente si así lo solicita el interesado. Sí, pero sólo si la ejecución del acto o sentencia impugnados produzca un perjuicio al recurrente que pudiera hacer perder al amparo su finalidad. Sí, pero únicamente si lo aprecia de oficio la Sala.

A su despacho acude un cliente que dispone de un acuerdo de mediación cuya ejecución quiere despachar. De las opciones que se dan a continuación, ¿qué juzgado podría ser el competente para autorizar la ejecución del correspondiente acuerdo? Indique la respuesta correcta: El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se hubiera firmado el acuerdo de mediación. La Audiencia Provincial del lugar en que se hubiera firmado el acuerdo de mediación. La Audiencia Provincial del lugar en que residan cualquiera de los afectados por el acuerdo de mediación. El Juzgado de Primera Instancia del lugar en que viva el interesado en la ejecución de dicho acuerdo.

su despacho acude un cliente que dispone de un acuerdo de mediación cuya ejecución quiere despachar. Siguiendo con el caso anterior, ¿sería preceptiva la intervención de abogado? Indique la respuesta correcta. Sí, en todo caso. No, en ningún caso es preceptiva la intervención de abogado para la ejecución de un acuerdo de mediación. Sí, pero sólo si la cantidad por la que se despache la ejecución sea inferior a 1.000 euros. Sí, pero sólo si la cantidad por la que se despache la ejecución sea superior a 2.000 euros.

Leticia ha sido designada provisionalmente por el Colegio de Abogados de Barcelona para asumir la representación de Iván en un procedimiento de divorcio contencioso dado la insuficiencia de medios de éste. Sin embargo, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita ha dictado resolución denegatoria del beneficio de Justicia Gratuita, que el cliente decide no recurrir. ¿En qué situación queda Leticia? Indique la respuesta correcta. Está obligada a seguir interviniendo hasta la finalización del procedimiento y en cuanto los honorarios, abonará la Administración competente los devengados hasta la fecha de la resolución denegatoria y el cliente los devengados partir de ese momento hasta la resolución que ponga fin al procedimiento. Queda automáticamente apartada del procedimiento en cualquier condición si bien la Administración competente le abonará los honorarios devengados hasta la fecha en que quede efectivamente apartada del procedimiento. Queda sin efecto su designación provisional pero no puede renunciar a la asistencia técnica, debiendo reclamar a su cliente los honorarios devengados hasta ese momento y los que se devenguen en lo sucesivo. La designación queda sin efecto y el peticionario deberá, en su caso, abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de Leticia.

Leticia ha sido designada provisionalmente por el Colegio de Abogados de Barcelona para asumir la representación de Iván en un procedimiento de divorcio contencioso dado la insuficiencia de medios de éste. Sin embargo, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita ha dictado resolución denegatoria del beneficio de Justicia Gratuita, si el cliente cambiase de opinión y quisiera impugnar la decisión definitiva de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, ¿podría realizar dicha impugnación? Indique la respuesta correcta: No, porque las decisiones definitivas de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita no son impugnables. Sí, se podrá impugnar en el plazo de cinco días desde la notificación de la resolución. Sí, se podrá impugnar en el plazo de diez desde la notificación de la resolución. Sí, se podrán impugnar en el plazo de veinte días desde la notificación de la resolución.

María, abogada de guardia para la asistencia a víctimas de violencia de género recibe el aviso para atender a Rosa. ¿Cómo se entrevistarán ambas? Indique la respuesta correcta. María puede mantener una entrevista reservada con Rosa antes de su primera declaración. Si la policía lo considera oportuno bastará con que María se entreviste con Rosa por teléfono. La policía trasladará a Rosa al despacho de María para que así se encuentre más segura. Rosa no tiene derecho a una entrevista reservada con María previa a su primera declaración.

Ángel ha defendido a Yolanda en su divorcio contencioso como abogado del turno de oficio. Tiempo después de la sentencia firme Yolanda le comunica que su ex marido no le paga la pensión de alimentos. ¿Le corresponde a Ángel llevar la ejecución de sentencia? Indique la respuesta correcta: Sí, porque el abogado de oficio siempre tiene que llevar la ejecución. No, porque la ejecución siempre debe llevarla otro abogado de oficio distinto. Sí, siempre que no haya transcurrido más de un año desde que fue dictada la sentencia. Sí, siempre que no hayan transcurrido más de dos años desde que fue dictada la sentencia.

En un procedimiento en el cual no es preceptiva la intervención de procurador, Alba decide no obstante contratar a uno por entender que podría conseguirle un mejor resultado durante el procedimiento judicial en el que está inmersa. Finalmente, Alba consigue la condena en costas de la parte contraria, y desea que en ésta se incluya los honorarios que debe abonar a su procurador. ¿Puede hacerlo Alba? Indique la respuesta correcta: Sí, deberá presentar ante el Letrado de la Administración de Justicia la minuta detallada de su procurador para que sea incluida en las costas, pudiendo no obstante, ser rechazada por la parte contraria. Sí, deberá presentar ante el juez la minuta detallada de su procurador para que sea incluida en las costas. No, dado que la regla general dicta que en los procedimientos en los que no sea perceptiva la intervención de procurador, en la condena en costas no se incluirá los honorarios devengados. No, dado que en la condena en costas nunca se incluye los honorarios devengados por los procurados y abogados, que deben ser abonados por cada una de las partes litigantes.

Un cliente de Luisa ha sido condenado en costas en un procedimiento ordinario. Consecuencia de ello se practica la tasación de costas. En caso de que Luisa impugne los honorarios del abogado contrario por indebidos, ¿Quién es competente para resolver la impugnación? Indique la respuesta correcta: El Letrado de la Administración de Justicia mediante decreto. El juez mediante providencia. La junta de gobierno del colegio de abogados mediante acuerdo. La comisión de honorarios del colegio de abogados mediante dictamen.

A su despacho acude un cliente interesado en la impugnación de la tasación de costas en un procedimiento civil. En concreto, quiere impugnar las costas tanto por excesivas como indebidas. ¿Puede impugnarse la minuta del abogado simultáneamente por excesiva y por indebida? Indique la respuesta correcta: Sí, pero solo cuando al mismo tiempo se impugne por ambos conceptos la minuta del procurador. Sí, en cuyo caso se tramitan ambas impugnaciones con arreglo a sus propias normas pero la resolución sobre si los honorarios son excesivos quedarán en suspenso hasta que se decida si la partida impugnada es o no debida. No. Es preciso impugnar en primer lugar por excesivos y solo cuando se resuelva en firme esa impugnación se podrá impugnar por indebidos. No. Es preciso impugnar en primer lugar por indebidos y solo cuando se resuelva en firme esa impugnación se podrá impugnar por excesivos.

Teresa, abogada en ejercicio, acaba de ser contratada por un despacho de abogados muy importante que le exige exclusividad. Ella ejerce como abogada del turno de oficio, pero ahora duda acerca de si debe o no renunciar a dicha labor. ¿Es compatible el régimen de exclusividad con la asistencia letrada del turno de oficio? Indique la respuesta correcta: Sí, es compatible con el régimen de exclusividad la prestación de asistencia letrada y defensa jurídica derivada del turno de oficio. Sí, siempre y cuando en el contrato donde viene reflejado el régimen de exclusividad se haya acordado esta compatibilidad. No, porque el régimen de exclusividad hace incompatible la prestación de cualquier otro servicio de carácter jurídico. No, salvo que expresamente le autorice para ello el Colegio de Abogado a cuyo servicio de turno de oficio esté inscrita Teresa.

Aurora acude a la policía para interponer una denuncia por haber sufrido una agresión por parte de su marido y solicita ser asistida por abogado de oficio. ¿Cuándo debe prestar el abogado de oficio asistencia a la víctima de violencia de género? Indique la respuesta correcta: Dispone del plazo máximo de ocho horas desde que recibe el aviso. Dispone del plazo máximo de tres horas desde que recibe el aviso. Debe acudir de inmediato cuando recibe el aviso. Inmediatamente después de la declaración policial de la víctima.

Marcos, joven abogado, desea inscribirse para prestar el servicio del turno de oficio. ¿A quién corresponde aprobar su solicitud? Indique la respuesta correcta. Al Consejo General de la Abogacía Española. A la comisión provincial de asistencia jurídica gratuita. Al colegio de abogados donde tiene su despacho. Al juez decano del lugar donde tiene su despacho.

Los abogados Juan y Pedro se reúnen para negociar un asunto de sus clientes, sin llegar a acuerdo alguno. Durante la reunión Juan graba las conversaciones mantenidas y las aporta al procedimiento como prueba. Indique la respuesta correcta: Juan puede aportar la grabación. Juan puede aportar la grabación siempre que no se mencione el nombre de los clientes. Juan no puede aportar la grabación a no ser que Pedro lo autorice. Juan nunca puede aportar la grabación.

La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Cáceres tiene en el orden del día de su reunión la suspensión del ejercicio de la profesión de abogado durante un año a Manuel, abogado en ejercicio. Sin embargo, dada la gravedad de la sanción, dudan acercan de cuál sería la mayoría necesaria para acordar dicha medida. ¿Qué número de votos se exigiría para acordar la suspensión durante un año? Indique la respuesta correcta: La Junta de Gobierno del Colegio deberá acordar la suspensión de conformidad con las dos terceras partes de sus componentes, estando obligados a asistir a la reunión todos los componentes de la Junta. La Junta de Gobierno del Colegio deberá acordar la suspensión de conformidad con la mitad más uno de sus componentes, estando obligados a asistir a la reunión todos los componentes de la Junta. La Junta de Gobierno del Colegio deberá acordar la suspensión de conformidad con las tres quintas partes de sus componentes, no siendo obligatoria la asistencia a la reunión de todos los componentes de la Junta. La Junta de Gobierno del Colegio deberá acordar la suspensión de conformidad con mayoría simple de los miembros presentes, no siendo obligatoria la asistencia a la reunión de todos los componentes de la Junta.

Usted acaba de ser nombrada secretaria de su Colegio de Abogados de Albacete y, entre sus funciones, debe comunicar las altas que se produzcan en la corporación. ¿A quién debe comunicar dichas altas y bajas? Indique la respuesta correcta. Debe remitir anualmente la lista de abogados ejercientes incorporados al mismo únicamente a todos los Juzgados y Tribunales del territorio de la corporación. Debe remitir anualmente la lista de abogados ejercientes incorporados al mismo a todos los Juzgados y Tribunales del territorio de la corporación y al Consejo General de la Abogacía de España pero sólo si éste lo solicita. Debe remitir anualmente la lista de abogados ejercientes incorporados al mismo al Consejo General de la Abogacía de España, con el objetivo de llevar el censo de profesionales actualizado. Debe remitir anualmente la lista de abogados ejercientes incorporados al mismo a todos los Juzgados y Tribunales del territorio de la corporación así como a los centros penitenciarios y de detención.

Inmaculada, abogada en ejercicio, ejerce la asistencia letrada en un procedimiento penal muy mediático en el que una de las partes es un famoso deportista. Ante la curiosidad de sus compañeros de despacho, decide compartir algunos detalles del caso, que por otro lado ya han sido publicados en algunos medios de comunicación. ¿Es correcta dicha actitud? Indique la respuesta correcta: Sí, porque Inmaculada puede desvelar informaciones si éstas ya han sido publicadas previamente. No, porque Inmaculada no puede desvelar ningún detalle del procedimiento dado el deber de secreto profesional. Sí, porque Inmaculada puede compartir detalles del procedimiento si es a compañeros de su despacho. No, salvo que se traten de detalles menores del procedimiento, como por ejemplo, posibles estrategias o propuestas realizadas por el contrario.

Iván es socio de un despacho de abogados especializado en procedimientos de responsabilidad civil derivados de accidentes de transporte. Ante una reciente catástrofe de avión, Iván decide acudir al aeropuerto donde se ha producido el accidente y, aprovechando la confusión, repartir tarjetas profesionales entre las víctimas como medio de publicitarse. ¿Es conforme al Código Deontológico dicha publicidad? Indique la respuesta correcta: No, porque este tipo de publicidad vulnera el Código Deontológico al dirigirse a las víctimas de accidentes que carecen de plena y serena libertad para la elección del abogado. Sí, porque la publicidad de los servicios profesionales de un abogado no está sujeta a ninguna limitación. No, porque los despachos de abogados no pueden realizar ningún tipo de publicidad dado que vulneraría lo establecido en el Código Deontológico. Sí, siempre y cuando dicha publicidad no la realice Iván de forma personal, sino mediante un tercero.

María ejerce de abogada de una de las partes en un procedimiento de divorcio. A su despacho acude el abogado de la parte contraria, con el objetivo de intentar lograr un acuerdo extrajudicial. Sin embargo, en ese mismo momento, en el despacho espera un potencial cliente y otro cliente de María. ¿A quién debe atender primero María? Indique la respuesta correcta: A su cliente, dado que es con quien tiene una relación de contratación de servicios. Al potencial cliente, dado que de otra forma podría perder a un cliente. A quien hubiera llegado primero, sin ningún tipo de preferencia entre ellos. Al abogado de la parte contraria, con preferencia a cualquier otra persona.

Javier acaba de lograr el título profesional de abogado. Para ejercer la profesión, ha decidido abrir un despacho propio. Sin embargo, y para dotar dicho despacho de mayor seriedad – dada su juventud y falta de experiencia - decide usar en sus tarjetas profesionales el logo de su Colegio de Abogados. ¿Es correcto dicho uso? Indique la respuesta correcta. Sí, siempre y cuando esté colegiado en dicho Colegio profesional. Sí, siempre que cuente con la autorización de dicho Colegio. No, porque los símbolos colegiales están reservados únicamente a la publicidad institucional. Sí, porque los abogados pueden usar los símbolos de los colegios profesionales libremente.

Jimena, abogada, recibe el encargo de un cliente de demandar a su compañero de profesión Pablo al habérsele pasado a éste el plazo para contestar una demanda que fue estimada íntegramente a la parte contraria con expresa imposición de costas. Jimena presenta directamente la correspondiente demanda reclamando una indemnización por los daños y perjuicios causados. Indique la respuesta deontológicamente correcta: Jimena no actúa correctamente puesto que debió acudir previamente al centro de mediación del colegio de abogados. Jimena no actúa correctamente porque antes de presentar la demanda debería haber solicitado un acto de conciliación con el compañero. Jimena no actúa correctamente porque debió comunicarlo previamente al Decano del Colegio de Abogados por si éste considerase oportuno realizar una labor de mediación. Jimena actúa correctamente, porque está obligada a atender a los encargos del cliente en todo caso.

Alberto, abogado en ejercicio, ejerce la asistencia de su cliente en un procedimiento civil. Durante dicho procedimiento, el abogado de la parte contraria le presenta una propuesta de arreglo amistoso que Alberto decide presentar ante el juez como medio de prueba. ¿Es correcta dicha actuación? Indique la respuesta correcta: Sí, porque Alberto puede presentar ante el juez todos aquellos documentos que considere necesarios para la defensa de su cliente, sin límite alguno. No, porque Alberto no puede divulgar una propuesta de arreglo amistoso hecho por la parte contraria o su abogado, salvo autorización expresa de éste. No, porque Alberto no puede divulgar una propuesta de arreglo amistoso hecho por la parte contraria o su abogado en ningún caso. Sí, porque Alberto puede presentar ante el juez todos aquellos documentos que considere necesarios para la defensa de su cliente, siempre que sea en un momento previo a la apertura del juicio oral.

Eugenia ejerció de abogada en un procedimiento penal que finalizó hace más de diez años. Con motivo de un libro que está escribiendo, sobre estrategias procesales, decide escribir algunos detalles del caso, y en concreto, publica comunicaciones que realizó tanto con su cliente como con los abogados del adversario. ¿Es correcta dicha publicación? Indique la respuesta correcta: No, porque el deber de secreto profesional continúa aun cuando el procedimiento esté terminado, sin que esté limitado en el tiempo. No, porque el deber de secreto profesional continúa aun cuando el procedimiento esté terminado, siempre que no hayan transcurrido más de veinte años de la finalización del mismo. Sí, al haber transcurrido más de diez años de la finalización del procedimiento. Sí, porque pueden desvelarse detalles siempre y cuando haya finalizado el procedimiento y se haya cesado en la dirección y defensa de dicho cliente.

El Colegio de Abogados de Alicante quiere modificar su Estatuto y adaptarlo a algunos cambios normativos que les afectan. Sin embargo, y dado que es la primera vez que modifican dichos Estatutos, dudan acerca del órgano que debe aprobar el proyecto. ¿Qué órgano debería aprobar el proyecto de modificación? Indique la respuesta correcta: Deberá aprobar el proyecto de Estatuto la Junta General Extraordinaria. Deberá aprobar el proyecto de Estatuto la Junta de Gobierno. Deberá aprobar el proyecto de Estatuto el propio Decano del Colegio. Deberá aprobarse el proyecto de Estatuto mediante referéndum entre los colegiados ejercientes.

Isabel, abogada en ejercicio, acaba de obtener el título profesional de procuradora de los tribunales, profesión que comienza a ejercer de forma inmediata. Dada la incompatibilidad entre ambas profesiones, ¿en qué plazo debe solicitar la baja o el paso a no ejerciente en su Colegio de abogados? Indique la respuesta correcta: La solicitud habrá de formularse en el plazo de dos meses desde que se produzca la causa de incompatibilidad. La solicitud habrá de formularse en el plazo máximo de diez días desde que se produzca la causa de incompatibilidad. La solicitud habrá de formularse en el plazo de un mes desde que se produzca la causa de incompatibilidad. La solicitud habrá de formularse en el plazo máximo de veinte días desde que se produzca la causa de incompatibilidad.

Laura, abogada en ejercicio, ha sufrido un accidente por el cual estará ausente del ejercicio profesional - sin proveer a nadie para el cuidado de sus asuntos- el tiempo que dure la rehabilitación, que según los médicos, será superior a los tres meses. ¿Debe comunicar dicha circunstancia a su Colegio profesional? Indique la respuesta correcta: No, Laura no tiene la obligación de comunicar sus ausencias a su Colegio profesional de ningún tipo. No, Laura no tiene obligación de comunicar ausencias a su Colegio profesional salvo que sean superiores a un año. Sí, Laura está obligada a comunicar al Colegio las circunstancias que afecten al ejercicio profesional, tales como ausencias superiores a un mes, sin proveer al cuidado de sus asuntos. Sí, Laura está obligada a comunicar al Colegio las circunstancias que afecten al ejercicio profesional, como ausencias de cualquier tiempo.

Luis, abogado en ejercicio, recibe en su despacho a un posible cliente. Sin embargo, tras exponerle el caso, decide rechazar el asunto. ¿Debe justificar Luis dicha decisión? Indique la respuesta correcta. Sí, porque los abogados deben justificar el rechazo de aquellos asuntos en los que se solicite su intervención. No, porque los abogados pueden rechazar los asuntos libremente, sin necesidad de justificar su decisión. Sí, porque los abogados deben justificar el rechazo de aquellos asuntos en los que se solicite su intervención siempre y cuando así se lo solicite el potencial cliente. No, porque los abogados pueden rechazar los asuntos libremente, salvo que expresamente se lo solicite un Colegio profesional.

Alfredo, abogado en ejercicio, recibe a un cliente que, dados sus recursos económicos, podría solicitar asistencia jurídica gratuita. ¿Debe comunicar Alfredo dicha circunstancia a su cliente? Indique la respuesta correcta: No, dado que Alfredo no tiene obligación de informar sobre tal extremo. No, salvo que Alfredo pertenezca al turno de oficio de su respectivo Colegio de Abogados. Sí, Alfredo debe informar a su cliente de esta posibilidad, informándole incluso por escrito si éste lo solicita de este modo. Sí, Alfredo debe informar a su cliente de esta posibilidad, pero no tiene obligación de ponerlo por escrito aun cuando su cliente así se lo solicite.

Ignacio, abogado, ejerce la defensa de una de las partes en un procedimiento mercantil. Aunque la parte contraria está asistida por abogado, Ignacio manda una propuesta de acuerdo directamente a la parte contraria. ¿Es correcta dicha actuación? Indique la respuesta correcta. No, salvo que expresamente el abogado de la parte contraria le haya autorizado el contacto con su cliente. No, Ignacio no puede ponerse en contacto con la parte contraria directamente en ningún caso. Sí, porque aunque la parte contraria esté asistida por abogado, Ignacio puede comunicarse directamente con ella. Sí, porque aunque la parte contraria esté asistida por abogado, Ignacio puede comunicarse directamente con ella si no causa perjuicio en el procedimiento.

Recientemente, se ha aprobado una nueva Ley de Planta judicial que, entre otras reformas, incluye la creación de un nuevo partido judicial que comprende el territorio que actualmente ocupan dos Colegios de Abogados. Con el objetivo de que la competencia colegial afecte a partidos judiciales completos, los dos Colegios afectados se han reunido para intentar lograr un acuerdo de modificación de su ámbito territorial. Sin embargo, no han logrado un acuerdo. ¿Quién podría resolver esta modificación del ámbito territorial de los Colegios? Indique la respuesta correcta: Si no se alcanza acuerdo, el Consejo de Colegios de la respectiva Comunidad Autónoma o, en su defecto, el Consejo General de la Abogacía, atribuirá la competencia colegial ponderando adecuadamente las circunstancias concurrentes. Si no se alcanza acuerdo, el Consejo General de la Abogacía en todo caso atribuirá la competencia colegial ponderando adecuadamente las circunstancias concurrentes. Si no se alcanza acuerdo, las Juntas de Gobierno de los respectivos Colegios deberán cesar en sus cargos y, tras la renovación de dichos cargos, deberán procurar un nuevo acuerdo. Si no se alcanza acuerdo, el Consejo General de la Abogacía en todo caso atribuirá la competencia colegial a uno de ellos y su decisión será sometida a referéndum de los colegiados afectados por dicha modificación.

Margarita ha sido la Decana del Colegio de Abogados de Oviedo. Sin embargo, tras una renovación de los órganos colegiales, ha sido sustituida por otro compañero. No obstante, Margarita sigue usando en su tarjeta de presentación la denominación honorífica de Decana. ¿Es correcto este uso? Indique la respuesta correcta: No, puesto que Margarita ya no es Decana y el uso de esta denominación está sujeta al ejercicio de dicha función. Sí, si expresamente le ha autorizado el citado Colegio de Abogados. No, salvo que expresamente le haya autorizado el Consejo General de la Abogacía Española. Sí, dado que la denominación honorífica de Decana se ostenta con carácter vitalicio.

En el Colegio de Abogados de Oviedo se quiere constituir una agrupación de abogados jóvenes que, entre otras funciones, tenga la misión de formar y asesorar a los abogados menores de 35 años que se colegien. ¿Qué órgano debe aprobar la constitución de dicha agrupación? Indique la respuesta correcta: La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Oviedo. La Junta de Gobierno del Consejo General de la Abogacía Española. El Decano del Colegio de Abogados de Oviedo. La Asamblea colegial del Colegio de Abogados de Oviedo.

Manuel ha ejercido la abogacía durante quince años. Sin embargo, ha cesado en el ejercicio de esta profesión, aunque sigue utilizando la denominación de abogado sin ejercicio en su nueva profesión. ¿Es correcta la utilización de esta denominación? Indique la respuesta correcta: Sí, porque pueden seguir utilizando la denominación de abogado, añadiendo siempre la expresión "sin ejercicio", quienes cesen en el ejercicio de dicha profesión después de haber ejercido al menos diez años. Sí, porque pueden seguir utilizando la denominación de abogado, añadiendo siempre la expresión "sin ejercicio", quienes cesen en el ejercicio de dicha profesión después de haber ejercido al menos quince años. No, porque sólo pueden seguir utilizando la denominación de abogado, añadiendo siempre la expresión "sin ejercicio", quienes cesen en el ejercicio de dicha profesión después de haber ejercido al menos veinte años. No, porque sólo pueden seguir utilizando la denominación de abogado, añadiendo siempre la expresión "sin ejercicio", quienes cesen en el ejercicio de dicha profesión después de haber ejercido un mínimo de veinticinco años.

Soledad acaba de obtener el título profesional de abogado. Sin embargo, tras tramitar su solicitud para colegiarse en el Colegio de Abogados de Sevilla, ha recibido la denegación de su solicitud por parte del Secretario de dicho Colegio, sin motivación de las causas de dicha denegación. ¿Es correcta esta resolución? Indique la respuesta correcta. No, porque las solicitudes de incorporación han de ser denegadas por la Junta de Gobierno de cada Colegio, mediante resolución motivada. No, porque las solicitudes de incorporación han de ser denegadas por el Decano de cada Colegio, mediante resolución motivada. Sí, porque las solicitudes de incorporación pueden ser denegadas por el Secretario de cada Colegio sin necesidad de motivar las mismas. No, porque las solicitudes de incorporación pueden ser denegadas por el Secretario de cada Colegio pero han de ser motivadas.

Francisco ejerce la profesión de abogado por cuenta propia. Sin embargo, y dado el volumen de trabajo que ha alcanzado su despacho, ha decidido contratar a una serie de pasantes, así como incorporar a su cónyuge. ¿Perderá en este caso la condición de titular de despacho individual? Indique la respuesta correcta. Sí, perderá la condición de titular de un despacho individual por la incorporación de su cónyuge, pero no de los pasantes. Sí, perderá la condición de titular de un despacho individual por la incorporación de los pasantes, pero no de su cónyuge. No, no perderá la condición de titular de un despacho individual por ninguna de las dos incorporaciones. Sí, perderá la condición de titular de un despacho individual por ambas incorporaciones.

El Colegio de Abogados de Vigo va a celebrar elecciones a Decano y a los demás cargos de la Junta de Gobierno. ¿Cuánto podría durar el mandato de los miembros de la Junta de Gobierno que resulten elegidos en dichas elecciones? Indique la respuesta correcta: El período del mandato de los miembros de la Junta de Gobierno se fijará en los Estatutos de cada Colegio, aunque sin poder superar los cinco años, pero permitiéndose la reelección. El período del mandato de los miembros de la Junta de Gobierno se fijará en los Estatutos de cada Colegio, aunque sin poder superar los cuatro años, sin permitirse la reelección. El período del mandato de los miembros de la Junta de Gobierno se fijará en los Estatutos de cada Colegio, que no podría superar los seis años, pero permitiéndose la reelección. El período del mandato de los miembros de la Junta de Gobierno se fijará en los Estatutos de cada Colegio, que no podría superar los dos años, sin permitirse la reelección.

En el Colegio de Abogados de Bilbao se han renovado los órganos de gobierno de dicho Colegio. Tras tomar posesión los candidatos proclamados electos, y habiendo prestado el juramento o promesa de cumplir lealmente el cargo, ¿debe comunicarse esta renovación al Consejo General de la Abogacía Española? Indique la respuesta correcta. No, únicamente deberá comunicarse la constitución de los órganos de gobierno al Consejo de Colegios de la Comunidad Autónoma correspondiente. Sí, deberá comunicarse la constitución de los órganos de gobierno al Consejo General en el plazo de diez días. Sí, deberá comunicarse la constitución de los órganos de gobierno al Consejo General y al Consejo de Colegios de la Comunidad Autónoma correspondiente en el plazo de cinco días. No, no es necesario comunicarse la constitución de los órganos de gobierno a ninguna institución, salvo petición expresa.

En el Colegio de Abogados de Tarragona han cesado la totalidad de los cargos de la Junta de Gobierno, por lo que se ha constituido una Junta Provisional entre sus miembros más antiguos. ¿De qué plazo dispone dicha Junta para convocar elecciones para la provisión de los cargos vacantes? Indique la respuesta correcta: La Junta Provisional convocará, en el plazo de treinta días naturales, elecciones para la provisión de los cargos vacantes por el resto del mandato que quedase. La Junta Provisional convocará, en el plazo de treinta días hábiles, elecciones para la provisión de los cargos vacantes por el resto del mandato que quedase. La Junta Provisional convocará, en el plazo de veinte días naturales, elecciones para la provisión de los cargos vacantes por el resto del mandato que quedase. La Junta Provisional convocará, en el plazo de veinte días hábiles, elecciones para la provisión de los cargos vacantes por el resto del mandato que quedase.

Siguiendo con el caso anterior, ¿en qué plazo deberán celebrarse dichas elecciones? Indique la respuesta correcta: Las elecciones deberán celebrarse dentro de los veinte días naturales siguientes, contados a partir de la convocatoria. Las elecciones deberán celebrarse dentro de los treinta días hábiles siguientes, contados a partir de la convocatoria. Las elecciones deberán celebrarse dentro de los quince días naturales siguientes, contados a partir de la convocatoria. Las elecciones deberán celebrarse dentro de los treinta días naturales siguientes, contados a partir de la convocatoria.

Rosa, colegiada ejerciente en el Colegio de Abogados de Vigo, quiere examinar las cuentas del Colegio, pero duda acerca de si las puede examinar con carácter previo a su aprobación en la Junta General que está convocada a tales efectos. ¿Es posible examinar dichas cuentas? Indique la respuesta correcta. Sí, dado que todos los colegiados pueden examinar las cuentas del Colegio durante los veinte días hábiles anteriores a la fecha de celebración de la Junta General que haya de aprobarlas. No, dado que los colegiados no pueden examinar las cuentas del Colegio con carácter previo a la fecha de celebración de la Junta General que haya de aprobarlas. Sí, dado que todos los colegiados pueden examinar las cuentas del Colegio durante el mes anterior a la fecha de celebración de la Junta General que haya de aprobarlas. Sí, dado que todos los colegiados pueden examinar las cuentas del Colegio durante los quince días hábiles anteriores a la fecha de celebración de la Junta General que haya de aprobarlas.

Elena es abogada en un despacho colectivo. Está contratada bajo el régimen de exclusividad laboral pero, dado que su marido está inmerso en un procedimiento judicial, se plantea si sería posible defenderle al margen del despacho profesional en el que ejerce. ¿Sería posible? Indique la respuesta correcta: No, porque el régimen de exclusividad implica que Elena no puede realizar ninguna actividad de asesoramiento o defensa al margen del despacho. No, salvo que expresamente le autorice para ello el titular del despacho colectivo en el que ejerce. Sí, pero siempre que el titular del despacho de abogados en el que ejerce no se oponga, en cuyo caso deberá desistir de dicha defensa. Sí, dado que el régimen de exclusividad no afecta al asesoramiento y defensa del cónyuge.

Irene acaba de ser contratada por un despacho de abogados. Sin embargo, cuando llega el primer día a trabajar, le informan que se encuentra en periodo de prueba. Dado que no venía reflejado en el contrato que firmó, ¿sería válido dicho periodo de prueba? Indique la respuesta correcta: No, porque los periodos de prueba han de constar siempre por escrito. No, porque no son válidos los periodos de prueba en los contratos que concierten abogados y los despachos de abogados. Sí, porque resulta válida tanto la forma escrita como la oral en los periodos de prueba siempre y cuando éste no supere el tiempo máximo establecido. Sí, siempre y cuando se le informe de ello en el primer día de trabajo.

Siguiendo con el caso anterior, y suponiendo que el convenio colectivo de dicho despacho no dispone nada relativo al periodo de prueba, ¿Cuál sería el tiempo máximo de duración de dicho periodo de prueba si el contrato de Irene es de un año? Indique la respuesta correcta: El tiempo máximo será de seis meses. El tiempo máximo será de tres meses. El tiempo máximo será de dos meses. El tiempo máximo será de un mes.

Fernando ha ejercido la abogacía por cuenta propia durante cinco años. Sin embargo, ahora Fernando acaba de fichar por un despacho colectivo a través de un contrato de prácticas. ¿Sería válido dicho contrato? Indique la respuesta correcta: Sí, siempre y cuando se respete el periodo máximo estipulado para este tipo de contrato. No, porque no es posible celebrar un contrato en prácticas en ningún caso. No, porque no es posible celebrar un contrato en prácticas con quienes hubieran ejercido con anterioridad la profesión de abogado por cuenta propia por un periodo superior a un año. No, porque no se puede celebrar un contrato en prácticas con quienes hubieran ejercido con anterioridad la profesión de abogado por cuenta propia por un periodo superior a dos años.

Rocío, abogada en ejercicio, ha abandonado el despacho en el que ejercía la profesión a pesar de tener pactado un plazo de permanencia. ¿Podría exigir dicho despacho una indemnización a Rocío? Indique la respuesta correcta: Sí, el despacho tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios siempre y cuando se hubiera pactado en el contrato de trabajo, sin que sea aplicable lo dispuesto en el convenio colectivo. Sí, el despacho tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios que se hubiera pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo, que en ningún caso podrá ser superior a los gastos que hubiera soportado el despacho como consecuencia de la formación o especialización. No, el despacho no puede exigir una indemnización por daños y perjuicios salvo que hubiera invertido en formación o especialización de Rocío una cantidad superior a seis mil euros. No, el despacho no puede exigir una indemnización por daños y perjuicios en ningún caso.

Almudena, abogada en ejercicio, acaba de firmar un contrato con un importante despacho que, sin embargo, le impone un pacto de no competencia para una vez extinguido el contrato. ¿Qué duración máxima podría establecerse en dicho pacto de no competencia? Indique la respuesta correcta. No son válidos los pactos de no competencia post-contractual en ningún caso. Dicho pacto no podrá exceder de un periodo máximo de tres años desde la finalización del contrato. Dicho pacto no podrá exceder de un periodo máximo de cinco años desde la finalización del contrato. Dicho pacto no podrá exceder de un periodo máximo de dos años desde la finalización del contrato.

Alicia, abogada en ejercicio, impugna de forma habitual y temeraria las minutas de sus compañeros, a la par que formula minutas que son declaradas con posterioridad excesivas o indebidas. ¿Qué tipo de infracción comete Alicia? Indique la respuesta correcta. Alicia comete una falta disciplinaria muy grave. Alicia comete una falta disciplinaria grave. Alicia comete una falta disciplinaria leve. Alicia no comete ninguna falta disciplinaria.

Siguiendo con el caso anterior, ¿a qué tipo de sanción podría dar lugar? Indique la respuesta correcta. Podría imponérsele la sanción de suspensión del ejercicio de la abogacía por un plazo no superior a tres meses. Podría imponérsele la sanción de suspensión del ejercicio de la abogacía por un plazo no inferior a un año. Podría imponérsele la sanción de apercibimiento leve, y en caso de reiterar dicha conducta, de separación de servicio. No se le impondrá sanción en la medida en que no comete ninguna infracción.

a Isabel, abogada en ejercicio, le acaban de notificar un acuerdo de suspensión del ejercicio de la abogacía de un año por la comisión de una falta disciplinaria muy grave. Esta suspensión ha sido acordada por la mitad más uno de los miembros de la Junta de Gobierno de su respectivo Colegio de Abogados. ¿Es válido dicho acuerdo de suspensión? Indique la respuesta correcta: Sí, puesto que los acuerdos de suspensión por más de seis meses o expulsión deberán ser tomados por la Junta de Gobierno mediante votación secreta y con la conformidad de la mayoría simple de sus miembros. No, puesto que los acuerdos de suspensión por más de seis meses o expulsión deberán ser tomados por la Junta de Gobierno mediante votación secreta y con la conformidad de las dos terceras partes de sus componentes. No, puesto que los acuerdos de suspensión por más de seis meses o expulsión deberán ser tomados por la Junta de Gobierno requiriéndose la mayoría absoluta de sus miembros. Sí, puesto que los acuerdos de suspensión sólo requiere mayoría cualificada de la Junta de Gobierno cuando superen los dos años de suspensión, bastando en los restantes casos la mayoría simple de sus miembros.

Siguiendo con el caso anterior, en el caso de que uno de los miembros de la Junta de Gobierno no asistiese, sin justificar dicha ausencia, a la Junta en la que se va a acordar la suspensión, ¿tendría alguna consecuencia? Indique la respuesta correcta: No, su ausencia no tendrá ninguna consecuencia dado que no es obligatorio asistir a las Juntas de Gobierno. No, su ausencia no tendrá ninguna consecuencia siempre y cuando la Junta se haya celebrado con quorum suficiente. Sí, dado que están obligados a acudir todos los miembros de la Junta de Gobierno, de forma que el que sin causa justificada no concurriese cesará como miembro de la Junta de Gobierno si bien podrá presentarse como candidato en la elección mediante la que se cubra su vacante. Sí, dado que están obligados a acudir todos los miembros de la Junta de Gobierno, de forma que el que sin causa justificada no concurriese cesará como miembro de la Junta de Gobierno y no podrá presentarse como candidato en la elección mediante la que se cubra su vacante.

Rafael, abogado en ejercicio, ha revelado contenido de un procedimiento penal reservado en el que ejerce la dirección letrada de una de las partes. ¿Qué multa puede imponérsele? Indique la respuesta correcta. La revelación del contenido de un sumario no será causa de multa, si bien sí podrá tener algún tipo de correctivo impuesto por el juez del procedimiento. Se le podrá imponer una multa que oscila entre los 100 y los 1.000 euros. Se le podrá imponer una multa que oscila entre los 500 y los 10.000 euros. Se le podrá imponer una multa que oscila entre 300 y 3.000 euros, además de ser obligatoria la cesación en el procedimiento.

David, abogado en ejercicio, le han sancionado por una infracción leve. Sin embargo, David cree que no se ha instruido el expediente correctamente, dado que únicamente se le ha dado trámite de audiencia. ¿Sería correcta dicha tramitación? Indique la respuesta correcta: No, dado que las infracciones leves se sancionarán por la Junta de Gobierno o por el Decano del Colegio mediante la instrucción de un expediente completo y con medios de pruebas propuestos por ambas partes. Sí, dado que las infracciones leves se sancionarán por la Junta de Gobierno o por el Decano del Colegio mediante expediente limitado a la audiencia o descargo del inculpado. No, dado que las infracciones leves deben respetar también el principio de contradicción de los procedimientos disciplinarios y debe instruirse un expediente disciplinario completo y no limitado según lo dispuesto en el Estatuto General de la Abogacía Española. Sí, siempre y cuando se haya acordado su sanción por el Decano del Colegio, sin que quepa que sea acordado por ningún otro órgano colegial.

Con carácter previo a la tramitación del asunto, Sofía, abogada en ejercicio, le exigió a su cliente la provisión de fondos. Sin embargo, y dada la complejidad del asunto a medida que éste se está tramitando, Sofía solicita a su cliente la provisión de nuevos fondos. ¿Es válida dicha petición sobre la provisión de fondos? Indique la respuesta correcta: No, porque sólo es posible exigir la provisión de fondos al inicio de la tramitación del asunto. No, porque no es posible exigir la provisión de fondos en ningún caso. Sí, aunque su cliente puede negarse a dicha provisión, sin que Sofía pueda renunciar a dicho asunto. Sí, porque Sofía puede solicitar y percibir la entrega de fondos tanto con carácter previo como durante la tramitación del asunto.

Antonio, como abogado de Luis, recibe para éste una indemnización que abona la compañía de seguros. Luis no ha pagado a Antonio su minuta. ¿Puede Antonio cobrarse la minuta directamente con el dinero obtenido para su cliente? Indique la respuesta correcta: Nunca. Siempre. Sí, si se lo ha autorizado expresamente el cliente en la hoja de encargo o por escrito posterior. Sí, salvo que se lo haya prohibido expresamente el cliente.

Pilar, abogada en ejercicio, ostenta la defensa de un cliente en un procedimiento penal en el que la parte contraria ha sido condenada y se han declarado de oficio las costas. ¿Puede Pilar imputar sus minutas a la parte contraria? Indique la respuesta correcta: Sí, puesto que ha sido condenada la parte contraria y por tanto, debe satisfacer ésta sus honorarios. Sí, salvo que la parte contraria gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, en cuyo caso deberá reclamar sus honorarios a dicha parte. No, Pilar deberá reclamar ante el letrado de la Administración de Justicia para que clarifique la condena a costas y la persona obligada al abono de sus honorarios. No, Pilar deberá exigir a su cliente el abono de sus honorarios, salvo que le hubiera sido reconocido al mismo el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Marina ha sido contratada por un cliente para que dirija el procedimiento de adopción que va a desarrollarse en el Juzgado de Primera Instancia de Móstoles. Sin embargo, en la primera audiencia, a su cliente le informan que no es necesaria la asistencia de un abogado en dicho procedimiento. ¿Es eso correcto? Indique la respuesta correcta. No, dado que los procedimientos de adopción a pesar de ser actos de jurisdicción voluntaria se entienden especialmente sensibles, y por tanto, deben intervenir tanto abogado como procurador, además del Ministerio Fiscal. Sí, dado que los procedimientos de adopción son actos de jurisdicción voluntaria y por tanto no es preceptiva la asistencia letrada, si bien el cliente puede acudir con abogado al mismo. Sí, dado que los procedimientos de adopción son actos de jurisdicción voluntaria y por tanto basta con la representación por procurador para acudir a los mismos, no siendo necesaria la asistencia letrada. Sí, dado que los procedimientos de adopción son actos de jurisdicción voluntaria y por tanto el cliente no puede acudir a dicho procedimiento asistido por un letrado.

Amalia, abogada en ejercicio, ha recibido de su cliente una serie de fondos y valores durante la tramitación de un procedimiento. Al ejercer la profesión en un despacho colectivo, ha ingresado dichos fondos en la cuenta bancaria del despacho, de la cual, entre otras actividades, se retrotraen las nóminas de los trabajadores o se paga a los proveedores del despacho. ¿Es correcta dicha actuación? Indique la respuesta correcta. Sí, si el titular del despacho le ha autorizado a ingresar dichos fondos en dicha cuenta bancaria. No, porque este fondo no puede ser confundido con otro depósito del bufete, por lo que deberá estar depositado en una cuenta específica con disposición inmediata. Sí, si el titular del despacho le ha autorizado a ingresar dichos fondos en dicha cuenta bancaria y tienen disponibilidad inmediata. No, porque este fondo no puede ser confundido con otro depósito del bufete, por lo que deberá estar en una cuenta específica tenga o no disposición inmediata.

En un procedimiento en el cual no es preceptiva la intervención de abogado, Alba decide no obstante contratar a uno por entender que podría conseguirle un mejor resultado durante el procedimiento judicial en el que está inmersa. Finalmente, Alba consigue la condena en costas de la parte contraria, y desea que en ésta se incluyan los honorarios que debe abonar a su abogado. ¿Puede hacerlo Alba? Indique la respuesta correcta: Sí, deberá presentar ante el letrado de la Administración de Justicia la minuta detallada de su abogado para que sea incluida en las costas, pudiendo no obstante, ser rechazada por la parte contraria. Sí, deberá presentar ante el juez la minuta detallada de su abogado para que sea incluida en las costas. No, dado que en la condena en costas nunca se incluye los honorarios devengados por los procuradores y abogados, que deben ser abonados por cada una de las partes litigantes. No, dado que la regla general dicta que en los procedimientos en los que no sea preceptiva la intervención de abogado, en la condena en costas no se incluirá los honorarios devengados.

Pablo, abogado en ejercicio, recibe en su despacho profesional la visita de un posible cliente que le pide que le asista en un recurso de revisión contra un acto en un expediente de jurisdicción voluntaria. ¿Es obligatoria en estos casos la asistencia de abogado? Indique la respuesta correcta. No, en los actos de jurisdicción voluntaria no es necesario la asistencia de un abogado en ningún caso. No, sólo es necesaria en el caso de los recursos de apelación, pero no en los de revisión. Sí, es obligatoria la asistencia de abogado para la presentación del recurso de revisión, aunque sean actos de jurisdicción voluntaria. No, no es necesaria si bien el cliente puede presentar el escrito asistido por abogado si así lo desea.

Daniel, abogado en ejercicio, recibe en su despacho a un posible cliente que ha sido declarado en rebeldía, al haber transcurrido los diez días dados para la contestación a la demanda sin que éste haya presentado escrito ni comparecido ante el tribunal. Ante tal situación, le pide consejo acerca de las consecuencias que tal situación tiene en referencia a los hechos alegados en la demanda. ¿Cuál sería la contestación que le daría? Indique la respuesta correcta: La declaración de rebeldía es considerada como un allanamiento de los hechos de la demanda. La declaración de rebeldía es considerada como admisión de los hechos de la demanda. La declaración de rebeldía no será considerada como un allanamiento ni como admisión de los hechos de la demanda, salvo en los casos que la ley expresamente disponga lo contrario. La declaración de rebeldía no será considerada como un allanamiento ni como admisión de los hechos de la demanda, en ningún caso.

A su despacho de abogados acude un cliente contra el que se ha dictado auto de ejecución y despacho de la misma. Tras explicarle la situación, le insta a que presente recurso contra dicho auto. ¿Es posible interponer recurso contra el auto de ejecución? Indique la respuesta correcta: Contra el auto autorizando y despachando la ejecución no se dará recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado. Contra el auto autorizando y despachando la ejecución podrá interponerse recurso de revisión. Contra el auto autorizando y despachando la ejecución no se dará recurso alguno, sin que quepa formular oposición el ejecutado. Contra el auto autorizando y despachando la ejecución podrá interponerse recurso de apelación.

Si usted ejerce como abogado en un procedimiento que concluye con la subasta pública de los bienes de la parte contraria, ¿puede adquirir alguno de los bienes subastados? Indique la respuesta correcta. Sí, dado que son bienes de la parte contraria que han sido vendidos en subasta pública. No, porque el abogado no puede comprar ningún bien que se venda mediante subasta pública. No, porque el abogado no puede adquirir por compra, aunque sea en subasta pública, ningún bien que fuera objeto de un litigio en que intervenga por su profesión y oficio. Sí, porque el abogado no puede adquirir por compra aquellos bienes que sean vendidos en subasta judicial, pero sí aquellos que se vendan en subasta pública.

Martina, abogada en ejercicio, ha estado desempeñando labores de mediación como servicio complementario a su profesión sin haber realizado específicamente ninguna formación complementaria. ¿Posee Martina las condiciones para ejercer de mediadora? Indique la respuesta correcta. No, porque para el desempeño del ejercicio profesional como mediador debe contar con formación específica para ejercer la mediación. Sí, porque los abogados y los procuradores de los tribunales al ser licenciados en derecho están exentos de realizar los cursos formativos obligatorios. Sí, basta con que cuente con un título oficial universitario o de formación profesional superior para poder realizar dichas actividades. Sí, porque aunque resulta recomendable para el correcto ejercicio profesional como mediador una formación específica, no es una condición para su ejercicio.

Teresa, abogada en ejercicio, recibe en su despacho a un potencial cliente que pretende interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por entender que le ha sido vulnerado un derecho fundamental por un acto cometido por un órgano judicial en el transcurso de un procedimiento. ¿En qué plazo debe interponerse dicho recurso? Indique la respuesta correcta: Sólo podrá interponer el recurso de amparo en el plazo de 3 meses a partir de la notificación de la resolución recaída en el proceso judicial si previamente ha agotado todos los medios de impugnación previstos en las normas procesales. Sólo podrá interponer el recurso de amparo en el plazo de 20 días a partir de la notificación de la resolución recaída en el proceso judicial si previamente ha agotado todos los medios de impugnación previstos en las normas procesales. Sólo podrá interponer el recurso de amparo si previamente ha manifestado ante el órgano judicial su intención de interponer el recurso de amparo, para lo cual dispondrá de un plazo de 20 días desde el acuerdo de suspensión del proceso judicial dictado por el letrado de la administración de Justicia. Sólo podrá interponer el recurso de amparo en el plazo de 30 días a partir de la notificación de la resolución recaída en el proceso judicial si previamente ha agotado todos los medios de impugnación previstos en las normas procesales.

Ana ha sido designada provisionalmente por el Colegio de Abogados de Barcelona para asumir la asistencia letrada de Iván en un procedimiento de divorcio contencioso dada la insuficiencia de medios de éste. Sin embargo, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita ha dictado resolución denegatoria del beneficio de Justicia Gratuita, que el cliente decide no recurrir. ¿En qué situación queda Ana? Indique la respuesta correcta: Queda sin efecto su designación provisional pero no puede renunciar a la asistencia técnica, debiendo reclamar a su cliente los honorarios devengados hasta ese momento y los que se devenguen en lo sucesivo. Queda automáticamente apartada del procedimiento en cualquier condición si bien la Administración competente le abonará los honorarios devengados hasta la fecha en que quede efectivamente apartada del procedimiento. Está obligada a seguir interviniendo hasta la finalización del procedimiento y en cuanto los honorarios, abonará la Administración competente los devengados hasta la fecha de la resolución denegatoria y el cliente los devengados partir de ese momento hasta la resolución que ponga fin al procedimiento. La designación queda sin efecto y el peticionario deberá, en su caso, abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de Ana.

Raúl, abogado en ejercicio, ha sido designado por el turno de oficio para asistir en un procedimiento penal a los causahabientes de una víctima de violencia de género fallecida. No obstante, éstos cuentan con medios económicos suficientes para litigar, por lo que duda acerca del derecho de éstos a la asistencia jurídica gratuita. ¿Tendrían derecho a la misma? Indique la respuesta correcta: Sí, dado que el derecho a la asistencia jurídica gratuita, con independencia de los medios para litigar, asistirá también a los causahabientes en caso de fallecimiento de la víctima de violencia de género, siempre que no fueran partícipes en los hechos. No, porque el derecho a la asistencia jurídica gratuita, con independencia de los medios para litigar, asiste únicamente a la víctima de violencia de género y no a sus causahabientes. No, porque el derecho a la asistencia jurídica gratuita asiste únicamente a la víctima de violencia de género y no a sus causahabientes, aun cuando no tuvieran recursos económicos para litigar. Sí, siempre y cuando el abogado del turno de oficio hubiese sido designado con anterioridad al fallecimiento de la víctima de violencia de género.

Alejandro y Juan Carlos, ambos abogados en ejercicio, ejercen la asistencia letrada de partes contrarias en un procedimiento judicial. Durante el transcurso del mismo, ambos deciden asociarse y formar un único despacho profesional. ¿Pueden seguir con la asistencia letrada de ambos clientes en ese mismo procedimiento? Indique la respuesta correcta. Sí, siempre y cuando guarden el debido secreto profesional en relación con dicho procedimiento. Sí, dado que la relación con sus clientes es anterior a la asociación entre ambos profesionales. No, porque nunca podrían haberse asociado dado que tenían intereses contrapuestos. No, porque al asociarse en un mismo despacho no pueden ostentar la defensa de partes que son contrarias en el procedimiento, salvo autorización expresa de los dos clientes para intervenir en defensa de uno de ellos.

El Consejo General de la Abogacía Española acaba de convocar la fecha para elección de su Presidente y de los doce consejeros electivos del organismo. Sin embargo, Sofía, decana del Colegio de Murcia, cree que no se han respetado los plazos mínimos de antelación exigidos para la convocatoria de estas elecciones. ¿Cuál sería dicho plazo? Indique la respuesta correcta: La elección del Presidente del Consejo General y de los doce consejeros electivos se convocará al menos con veinte días naturales de antelación a la fecha de celebración del Pleno. La elección del Presidente del Consejo General y de los doce consejeros electivos se convocará al menos con treinta días hábiles de antelación a la fecha de celebración del Pleno. La elección del Presidente del Consejo General y de los doce consejeros electivos se convocará al menos con veinte días hábiles de antelación a la fecha de celebración del Pleno. La elección del Presidente del Consejo General y de los doce Consejeros electivos se convocará al menos con treinta días naturales de antelación a la fecha de celebración del Pleno.

Enrique ha agotado la duración de su contrato en prácticas en el despacho Mendoza S.A. pero continúa prestando servicios para dicho despacho. ¿Qué pasaría en este supuesto con su contrato? Indique la respuesta correcta: Si Enrique continúa prestando servicios después de agotar la duración máxima del contrato de prácticas, éste se transformará en indefinido. Si Enrique continúa prestando servicios después de agotar la duración máxima del contrato de prácticas, éste se entenderá automáticamente prorrogado. Si Enrique continúa prestando servicios después de agotar la duración máxima del contrato de prácticas, éste se convertirá en un contrato con una duración máxima de un año. Si Enrique continúa prestando servicios después de agotar la duración máxima del contrato de prácticas, éste se convertirá en un contrato con una duración máxima de dos años.

A Octavio, abogado en ejercicio, un cliente le pide que impugne la minuta del abogado de la parte contraria que ha sido incluida en las costas de un procedimiento judicial en el que ha sido parte. Su cliente quiere que impugne dicha minuta por indebida y, subsidiariamente, por excesiva. ¿Es posible realizar ambas impugnaciones simultáneamente? Indique la respuesta correcta: Sí, pero solo cuando al mismo tiempo se impugne por ambos conceptos la minuta del procurador. Sí, en cuyo caso se tramitarán ambas impugnaciones simultáneamente con arreglo a sus propias normas pero la resolución sobre si los honorarios son excesivos quedará en suspenso hasta que se decida si la partida impugnada es o no debida. No. Es preciso impugnar en primer lugar por excesivos y solo cuando se resuelva en firme esa impugnación se podrán impugnar por indebidos. No. Es preciso impugnar en primer lugar por indebidos y solo cuando se resuelva en firme esa impugnación se podrán impugnar por excesivos.

Isaac, abogado del turno de oficio, debe responder un requerimiento de la Agencia Tributaria referido a sus ingresos y el funcionario encargado de su expediente le pregunta sobre la condición jurídica de su actividad en dicho turno. Indique la respuesta correcta: Isaac presta el servicio del turno de oficio como funcionario público. Isaac presta el servicio del turno de oficio como personal laboral de la administración. Isaac presta el servicio del turno de oficio como profesional libre e independiente. Isaac presta el servicio del turno de oficio como autónomo dependiente del colegio de abogados.

En el Colegio de Abogados de A Coruña se van a celebrar elecciones a Decano y a los demás cargos de la Junta de Gobierno. Marta se ha incorporado a dicho Colegio hace dos meses, por lo que duda acerca de si puede o no participar en dichas elecciones como electora. ¿Podría participar Marta en dichas elecciones? Indique la respuesta correcta: Sí, porque en dichas elecciones pueden participar como electores todos los colegiados incorporados, con independencia del momento en que se haya incorporado en dicho Colegio. No, porque en dichas elecciones sólo pueden participar como electores los colegiados incorporados con más de tres meses de antelación a la fecha de convocatoria de las elecciones. Sí, porque en dichas elecciones pueden participar como electores los colegiados incorporados con más de dos meses de antelación a la fecha de convocatoria de las elecciones. No, porque en dichas elecciones sólo pueden participar como electores los colegiados incorporados con más de un año de antelación a la fecha de convocatoria de las elecciones.

Andrea, abogada en ejercicio, acaba de incorporarse a un despacho profesional que está atravesando graves problemas económicos. Por ello, un compañero de despacho veterano le pide que convenza a su cliente para que recurra una sentencia que le ha sido desfavorable, a pesar de que Andrea cree que perdería dicho recurso. ¿Puede negarse Andrea a realizar dicha instrucción? Indique la respuesta correcta: Sí, porque la independencia de Andrea le permite rechazar instrucciones en contra de sus propios criterios profesionales frente a toda injerencia y frente a los intereses propios o ajenos. Sí, porque la independencia de Andrea le permite rechazar instrucciones en contra de sus propios criterios profesionales, salvo que se lo ordenase su superior jerárquico. Sí, porque la independencia de Andrea le permite rechazar instrucciones en contra de sus propios criterios profesionales, salvo que expresamente se lo solicitase su propio cliente. No, porque la independencia de Andrea le permite rechazar instrucciones siempre que éstas vulneren la legalidad de sus actuaciones, pero no si recibe instrucciones perfectamente legales.

Emma, abogada en ejercicio, ejerce la asistencia letrada con un cliente inmerso en un procedimiento civil. En el transcurso de dicho procedimiento, Emma ha intercambiado distintas cartas con el abogado de la parte contraria. Ahora su cliente le exige dicha documentación. ¿Puede Emma entregarle esa documentación a su cliente? Indique la respuesta correcta: No, en ningún caso Emma puede darle a su cliente las cartas, comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte. Sí, porque su cliente tiene derecho a recibir toda la documentación que Emma tenga en su poder referente a su caso. Sí, porque su cliente tiene derecho a recibir toda la documentación que Emma tenga en su poder, salvo que expresamente el abogado contrario se lo prohíba. No, Emma no puede darle a su cliente las cartas, comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte, salvo expresa autorización del mismo.

Isabel acaba de obtener su título profesional de abogada y se ha puesto a ejercer por cuenta propia. Sin embargo, como aún se siente insegura respecto al ejercicio de su profesión, graba las conversaciones que mantiene con sus clientes y los abogados de las partes contrarias, con el objetivo de repasarlas con posterioridad y asegurarse que no se le ha escapado algún tipo de cuestión esencial. ¿Es posible que Isabel realice este tipo de grabaciones? Indique la respuesta correcta: No, porque está prohibido en cualquier caso grabar las conversaciones mantenidas con los abogados de las partes contrarias, aunque sí puede grabar las de sus clientes. No, porque está prohibido grabar las conversaciones mantenidas con los clientes, contrarios o sus abogados, salvo previa advertencia y conformidad de los intervinientes, pero estas grabaciones estarán amparadas por el secreto profesional. Sí, puede grabar las conversaciones mantenidas con sus clientes, contrarios o sus abogados, pero estas grabaciones estarán amparadas por el secreto profesional. Sí, puede grabar las conversaciones mantenidas con sus clientes, contrarios o sus abogados, pero sólo podrá utilizarlas por razones estrictamente personales, y no profesionales.

Elvira encarga a su abogado, Anselmo, que demande a su anterior abogado, Basilio, por responsabilidad civil profesional. ¿Cómo debe proceder Anselmo? Indique la respuesta correcta: Anselmo debe pedir la venia a su compañero Basilio antes de presentar la demanda. Anselmo debe poner en conocimiento del decano del Colegio de Abogados correspondiente que va a proceder a demandar a su compañero. Basta con que Anselmo advierta a su compañero Basilio que interpondrá demanda contra él. Anselmo puede presentar la demanda sin más trámites.

Ismael, abogado en ejercicio, ha recibido en su despacho profesional a un posible cliente que, entre otras consideraciones, le ha pedido poner por escrito las posibilidades de sus pretensiones y el importe aproximado de los honorarios. ¿Es posible atender a dicha petición? Indique la respuesta correcta. No, porque Ismael puede poner en conocimiento del cliente el coste aproximado del procedimiento pero no las posibilidades de éxito de sus pretensiones. No, porque Ismael puede poner en conocimiento del cliente las posibilidades de éxito de sus pretensiones pero no el coste aproximado del procedimiento. Sí, Ismael puede poner en conocimiento del cliente tanto el coste aproximado del procedimiento como las posibilidades de éxito de sus pretensiones, incluso por escrito, si éste lo solicita. Sí, Ismael tiene la obligación de poner en conocimiento del cliente tanto el coste aproximado del procedimiento como las posibilidades de éxito de sus pretensiones si éste lo solicita, pero nunca por escrito del mismo modo.

Inmaculada y Noelia son ambas abogadas en ejercicio. Dada la buena amistad que las une, y como cada una de ellas está especializada en una rama jurídica diferente y, además, ambas ejercen la profesión por cuenta propia, han decidido firmar un contrato por el cual se envían clientes mutuamente, a cambio de una comisión fija entre ellas. ¿Es válido fijar este tipo de comisiones? Indique la respuesta correcta: Sí, porque pueden fijarse comisiones por la recomendación de futuros clientes, sin ningún tipo de limitación. Sí, porque ambas ejercen la profesión por cuenta propia, pero no sería posible si trabajasen en despachos colectivos. No, porque no es posible ni exigir ni aceptar comisiones por recomendaciones de otros abogados, aunque sí si provienen de otros clientes. No, porque el abogado no puede pagar, exigir ni aceptar comisiones a otro abogado, ni a ninguna otra persona por haberle recomendado a posibles clientes futuros.

Alicia, abogada en ejercicio, está negociando la resolución extrajudicial de un conflicto. Sin embargo, y dado que las negociaciones no parecen avanzar, Alicia decide romperlas unilateralmente y presenta la reclamación judicial, sin avisar previamente al abogado de la parte contraria. ¿Es correcta dicha actuación? Indique la respuesta correcta: Sí, porque Alicia puede romper las negociaciones y acudir a la reclamación judicial, sin necesidad de avisar a la parte contraria. Sí, porque Alicia puede romper las negociaciones, sin necesidad de avisar a la parte contraria con anterioridad a la reclamación judicial salvo que su cliente así se lo pida. No, porque Alicia puede romper las negociaciones, pero deberá notificarle al abogado de la parte contraria la interrupción de la negociación salvo que su cliente expresamente se lo prohíba. No, porque Alicia puede romper las negociaciones, pero deberá notificarle al abogado de la parte contraria la interrupción de la negociación, así como dar por terminadas dichas gestiones, antes de presentar la reclamación judicial.

Mariano, abogado en ejercicio, ejerce la dirección letrada en un procedimiento en el que la parte contraria está defendida por un abogado extranjero. Su cliente le pide que le envíe todas las conversaciones que ha tenido con el abogado de la parte contraria, pero duda acerca de la confidencialidad de las mismas. ¿Son confidenciales las comunicaciones con los abogados extranjeros? Indique la respuesta correcta: Las comunicaciones con abogados extranjeros deben ser también consideradas confidenciales o de carácter reservado. Las comunicaciones con abogados extranjeros únicamente serán confidenciales si expresamente así lo han firmado ambos abogados. Las comunicaciones con abogados extranjeros nunca deben ser consideradas confidenciales. Las comunicaciones con abogados extranjeros serán confidenciales si expresamente así lo han solicitado los clientes de ambos.

La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Vigo, ante la ola de nuevas solicitudes para inscribirse al mismo, se está planteando la posibilidad de cerrar temporalmente la admisión de nuevos colegiados, por entender que es incompatible con los recursos actuales de los que dispone el Colegio. No obstante, se plantean la viabilidad de dicha medida. ¿Es posible cerrar temporalmente la admisión de nuevos colegiados? Indique la respuesta correcta. Sí, siempre y cuando se trate de un motivo justificado que deberá expresarse en la resolución en la que se apruebe dicha medida. Sí, si bien deberá recabar el informe favorable a dicha medida del Consejo General de la Abogacía Española. No, porque no puede limitarse el número de los componentes de un Colegio de Abogados y tampoco cerrarse temporalmente la admisión de nuevos colegiados. Sí, porque si bien no puede limitarse el número de los componentes de un Colegio de Abogados sí es posible cerrar temporalmente su admisión.

Eugenia acaba de recibir el título profesional de abogada, por lo que presenta su solicitud de incorporación en el Colegio de Abogados de Sevilla. ¿Quién deberá resolver dicha solicitud? Indique la respuesta correcta: Las solicitudes de incorporación serán aprobadas mediante resolución motivada por el Decano del Colegio de Sevilla, si bien deberá informar previamente la Junta de Gobierno del Colegio. Las solicitudes de incorporación serán aprobadas por el Decano del Colegio de Sevilla, pero si se rechazas en, la resolución motivada ha de estar firmada por la Junta de Gobierno del Colegio. Las solicitudes de incorporación serán aprobadas mediante resolución motivada por el Decano del Colegio de Sevilla, previo informe favorable de la Junta de Gobierno. Las solicitudes de incorporación serán tanto aprobadas como denegadas mediante resolución motivada por la Junta de Gobierno del Colegio de Sevilla.

El Colegio de Abogados de Albacete se está planteando la posibilidad de aceptar el voto por correo de sus colegiados para las próximas elecciones a Decano y Junta de Gobierno, pero desconoce si es posible instaurar esa modalidad de voto. ¿Es posible que pueda votarse por correo? Indique la respuesta correcta: No, porque el Estatuto General de la Abogacía expresamente prohíbe la posibilidad del voto por correo para las elecciones a Decano. No, porque el Estatuto General de la Abogacía expresamente prohíbe la posibilidad del voto por correo para cualquier tipo de elección colegial. Sí, siempre y cuando el voto por correo esté autorizado y regulado en los Estatutos del propio Colegio y se presten las garantías para la autenticidad y secreto del voto. Sí, porque el voto por correo está ya previsto en el Estatuto General de la Abogacía, siempre que se presten las garantías para la autenticidad y secreto del voto.

Alejandro, abogado en ejercicio, quiere delegar su voto para la convocatoria de la Junta General de su Colegio de abogados. Quiere delegarlo en Daniel, también colegiado, a quien dos compañeros de despacho le han delegado ya el voto. ¿Puede delegarle el voto Alejandro a Daniel? Indique la respuesta correcta. Sí, siempre que esté contemplada esta posibilidad en el Estatuto particular de su Colegio y con un máximo de tres delegaciones por votante. Sí, siempre que esté contemplada esta posibilidad en el Estatuto particular de su Colegio y con un máximo de cinco delegaciones por votante. No, dado que no es posible delegar el voto en otro colegiado en ningún caso. No, dado que no es posible delegar el voto en otro colegiado para la Junta General en ningún caso.

Siguiendo con el caso anterior, si en lugar de la delegación del voto para la convocatoria de la Junta General, la delegación fuese para votar en una moción de censura contra un miembro de la Junta de Gobierno del Colegio, ¿podría Alejandro delegar su voto en Daniel, también colegiado? Indique la respuesta correcta: Sí, en las condiciones que establezca el Estatuto particular del Colegio. No, porque no es posible delegar el voto para el caso de votaciones de censura. No, porque no es posible delegar el voto en ningún caso. Sí, con el máximo de cinco delegaciones por votante.

El Colegio de Abogados de Tenerife va a celebrar la primera Junta General Ordinaria del año, para lo cual ha fijado ya el orden del día. Sin embargo, un número de colegiados suficiente, según las previsiones del Estatuto del citado Colegio, quiere incluir una proposición para su deliberación en dicha Junta. ¿Cuándo podrán los colegiados presentar dichas proposiciones? Indique la respuesta correcta: Veinte días antes de la Junta los colegiados podrán presentar las proposiciones que deseen someter a deliberación y acuerdo de la Junta General. Diez días antes de la Junta los colegiados podrán presentar las proposiciones que deseen someter a deliberación y acuerdo de la Junta General. Quince días antes de la Junta los colegiados podrán presentar las proposiciones que deseen someter a deliberación y acuerdo de la Junta General. Cinco días antes de la Junta los colegiados podrán presentar las proposiciones que deseen someter a deliberación y acuerdo de la Junta General.

Siguiendo con el caso anterior, ¿Cuántos colegiados deberían suscribir dicha proposición para que pueda ser presentada? Indique la respuesta correcta. Dicha proposición deberá aparecer suscrita por el número de colegiados que determine el Estatuto del Colegio, con un mínimo de diez colegiados y un máximo del cinco por ciento del total del censo. Dicha proposición deberá aparecer suscrita por el número de colegiados que determine el Estatuto del Colegio, con un mínimo de quince colegiados y un máximo del diez por ciento del total del censo. Dicha proposición deberá aparecer suscrita por el número de colegiados que determine el Estatuto del Colegio, con un mínimo de cinco colegiados y un máximo del cinco por ciento del total del censo. Dicha proposición deberá aparecer suscrita por el número de colegiados que determine el Estatuto del Colegio, con un mínimo de veinte colegiados y un máximo del diez por ciento del total del censo.

Iñaki, colegiado en el Colegio de Abogados de Ceuta, quiere promover una moción de censura contra la Junta de Gobierno de su Colegio para lo cual quiere convocar una Junta General Extraordinaria. ¿Cuántas firmas serían necesarias para solicitar de forma válida la celebración de la Junta Extraordinaria si tenemos en cuenta que el citado Colegio tiene menos de cinco mil colegiados ejercientes? Indique la respuesta correcta: La solicitud de la convocatoria de Junta General Extraordinaria requerirá la firma de un mínimo del veinte por ciento de los colegiados ejercientes, incorporados al menos con tres meses de antelación y expresará con claridad las razones en que se funde. La solicitud de la convocatoria de Junta General Extraordinaria requerirá la firma de un mínimo del quince por ciento de los colegiados ejercientes, incorporados al menos con tres meses de antelación y expresará con claridad las razones en que se funde. La solicitud de la convocatoria de Junta General Extraordinaria requerirá la firma de un mínimo del diez por ciento de los colegiados ejercientes, incorporados al menos con tres meses de antelación y expresará con claridad las razones en que se funde. La solicitud de la convocatoria de Junta General Extraordinaria requerirá la firma de un mínimo de la mitad más uno de los colegiados ejercientes, incorporados al menos con tres meses de antelación y expresará con claridad las razones en que se funde.

El Consejo General de la Abogacía Española ha celebrado un Pleno para la aprobación de su presupuesto anual cuya aprobación requiere mayoría reforzada. Sin embargo, éste no se aprueba. ¿Qué consecuencias tendría esta no aprobación del presupuesto? Indique la respuesta correcta: Se entenderá prorrogado el presupuesto del ejercicio anterior, sin que pueda realizarse ninguna variación ni actualización en el mismo. Se deberá convocar un Pleno extraordinario para la aprobación del mismo, sin que quepa la prórroga automática, exigiéndose en este caso una mayoría simple para su aprobación. Se entenderá prorrogado el presupuesto del ejercicio anterior, con el incremento del Índice de Precios al Consumo, hasta que se apruebe un nuevo presupuesto. Se entenderá prorrogado el presupuesto hasta un máximo de tres meses con posterioridad a la celebración de este Pleno, debiendo en dicho plazo aprobarse un nuevo presupuesto.

En el Colegio de Abogados de Oviedo se quiere constituir una agrupación de abogados jóvenes que, entre otras funciones, tenga la misión de formar y asesorar a los abogados menores de 35 años que se colegien. ¿Quién debe aprobar la constitución de dicha agrupación? Indique la respuesta correcta: La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Oviedo. La Junta de Gobierno del Consejo General de la Abogacía Española. El Decano del Colegio de Abogados de Oviedo. La Asamblea colegial del Colegio de Abogados de Oviedo.

Vicente, abogado en ejercicio, ejerce la abogacía por cuenta propia y como titular de su propio despacho individual. Sin embargo, y con el objetivo de ahorrar costes, decide compartir las instalaciones con su amiga de la universidad Laura, quien también ejerce la abogacía por cuenta propia. ¿Mantendrá Vicente en ese caso su condición de titular de despacho individual? Indique la respuesta correcta: No, en caso de compartir los locales o las instalaciones perderá su condición de abogado que ejerce como titular de su propio despacho individual en cualquier caso. Sí, Vicente mantendrá su condición de titular de su propio despacho individual aun cuando comparta las instalaciones con Laura siempre y cuando mantengan la independencia de sus bufetes, sin identificación conjunta de los mismos ante la clientela. No, porque en caso de compartir los locales o las instalaciones se produciría una identificación automática de ambos despachos ante la clientela, por lo que perderán ambos la condición de titulares de despacho individual. Sí, si bien Vicente deberá informar previamente al Consejo General de la Abogacía Española sobre tales circunstancias para que quede constancia de esta condición.

Siguiendo con el caso anterior, Vicente como titular de su despacho individual también ha contratado a una serie de pasantes y colaboradores que le ayudan en su despacho. No obstante, uno de ellos, en el trámite de una actuación para un cliente, ha incurrido en un error. ¿Asumiría Vicente la responsabilidad por ese error? Indique la respuesta correcta. Sí, porque el abogado titular de un despacho profesional responde profesionalmente frente a su cliente de las actuaciones que efectúen sus pasantes o colaboradores, si bien podrá repetir frente a los mismos si procede. Sí, porque el abogado titular de un despacho profesional responde profesionalmente frente a su cliente de las actuaciones que efectúen sus pasantes o colaboradores, sin posibilidad de repetir la responsabilidad en ellos. No, porque el abogado titular de un despacho profesional no responde profesionalmente frente a su cliente de las actuaciones que efectúen sus pasantes, salvo que expresamente se haya pactado esta condición en el contrato de los mismos. No, porque las actuaciones de los pasantes y colaboradores no están sometidas a ningún tipo de obligaciones éticas o normativas, por lo que no es posible asignarles a sus actuaciones ningún tipo de responsabilidad.

Inés, abogada en ejercicio, tiene encomendada la dirección letrada de un procedimiento en la que la parte contraria está defendida por un abogado que ha sido Decano del Colegio de Abogados al que ambos letrados pertenecen. En este contexto, no logran ponerse de acuerdo a los efectos de fijar el lugar donde deberían celebrarse las reuniones, aunque ambos coinciden que es mejor que se celebre en alguno de sus despachos profesionales. ¿Cuál sería entonces el lugar idóneo? Indique la respuesta correcta: La reunión debería celebrarse en el despacho del abogado interviniente que tuviera mayor antigüedad. La reunión debería celebrarse en el despacho del abogado de la parte contraria, dada la categoría de ex Decano del abogado, sin que ésta pueda negarse a aceptar dicho ofrecimiento. La reunión debería celebrarse en el despacho del abogado interviniente que tuviera mayor antigüedad porque la cortesía hacia los Decanos sólo afecta durante el ejercicio de dicho cargo. La reunión debería celebrarse en el despacho del abogado de la parte contraria, dada la categoría de ex Decano del abogado, salvo que expresamente éste decline el ofrecimiento.

Jimena, abogada en ejercicio, acaba de incorporarse a un despacho de abogados colectivo mediante un contrato de prácticas. En su primer día, le han asignado como su tutor un abogado del despacho que cuenta con tres años de antigüedad en el ejercicio de la profesión. ¿Es válida esta designación del tutor? Indique la respuesta correcta. Sí, porque puede desempeñar las labores de tutor cualquier abogado del despacho. Sí, porque puede desempeñar las labores de tutor cualquier abogado del despacho con al menos 1año de antigüedad en el ejercicio de la profesión. No, porque sólo puede desempeñar las labores de tutor un abogado del despacho que tenga más de 5 años de antigüedad en el ejercicio de la profesión. No, porque sólo puede desempeñar las labores de tutor un abogado del despacho que tenga más de 10 años de antigüedad en el ejercicio de la profesión.

A Hugo, abogado en ejercicio, un importante despacho de su ciudad le exige para ser contratado que firme un pacto de permanencia de al menos cinco años. Hugo duda acerca de la validez de dicha cláusula. ¿Es válido exigir la permanencia de Hugo en el despacho durante cinco años? Indique la respuesta correcta. Sí, siempre y cuando quede reflejado por escrito en su contrato y Hugo lo acepte. No, porque el pacto de permanencia no podrá tener una duración superior a dos años. No, porque el pacto de permanencia no podrá tener una duración superior a tres años. Sí, siempre y cuando esté así estipulado en el convenio colectivo que rija dicha contratación.

David, abogado en ejercicio y colegiado en el Colegio de Abogados de Cartagena, acaba de ser condenado por sentencia firme que le inhabilita para el ejercicio de la profesión de abogado. ¿Qué órgano acordará la pérdida de su condición de colegiado? Indique la respuesta correcta. La Junta de Gobierno del Colegio de Cartagena acordará la pérdida de su condición de colegiado mediante su resolución motivada. El Decano del Colegio de Cartagena acordará la pérdida de su condición de colegiado mediante resolución motivada. El Consejo General de la Abogacía Española acordará la pérdida de su condición de colegiado mediante su resolución motivada. El Secretario del Colegio acordará la pérdida de su condición de colegiado, al ser debido a una sentencia de inhabilitación y por tanto, tener carácter automático.

Carmen, abogada en ejercicio, se ha presentado en una vista oral bajo los efectos del consumo de drogas. Además, no es la primera vez que incurre en este tipo de falta, causando por tanto un grave perjuicio a su cliente, al afectar gravemente al ejercicio de su profesión. ¿En qué tipo de infracción disciplinaría incurriría y cuál podría ser la sanción que se le impone? Indique la respuesta correcta. Carmen incurriría en una falta grave y podría imponérsele la suspensión del ejercicio de la abogacía por un plazo superior a tres meses sin exceder de tres años. Carmen incurriría en una falta muy grave y podría imponérsele la suspensión del ejercicio de la abogacía por un plazo superior a tres meses sin exceder de dos años. Carmen incurriría en una falta leve y podría imponérsele un apercibimiento por escrito. Carmen incurriría en una falta grave y podría acarrear la expulsión inmediata de su Colegio profesional.

Un miembro de la Junta de Gobierno del Consejo General de la Abogacía española está inmerso en un procedimiento disciplinario por una supuesta infracción grave. ¿A quién le corresponde ejercer las facultades disciplinarias? Indique la respuesta correcta: Al propio Consejo General de la Abogacía española. Al Colegio de Abogados al cual pertenezca dicho miembro. Al ser miembro del Consejo General, deberán ejercerla los tribunales de justicia. Al Consejo Autonómico correspondiente, previa autorización del Consejo General.

Íñigo, abogado en ejercicio, fue sancionado con un apercibimiento escrito que fue anotado en su expediente personal. Transcurridos tres meses, Íñigo pretende cancelar dicha anotación, dado que no ha incurrido en ningún nuevo tipo de responsabilidad disciplinaria. ¿Puede pedir la cancelación de esta anotación? Indique la respuesta correcta: No, porque no es posible realizar cancelaciones de las sanciones anotadas en el expediente personal de un colegiado. No, porque no ha transcurrido el plazo de seis meses establecido para el caso de los apercibimientos escritos. No, porque no es posible instar a la cancelación de las anotaciones de parte, sino que habría de realizarse de oficio por parte de su Colegio de Abogados. Sí, porque la cancelación de las anotaciones puede realizarse a petición del interesado y ha transcurrido el plazo de tres meses requerido para solicitar la cancelación de la anotación de la sanción de apercibimiento escrito.

Un cliente de Luisa ha sido condenado en costas en un procedimiento ordinario. Consecuencia de ello se practica la tasación de costas. En caso de que Luisa impugne los honorarios del abogado contrario por excesivos, ¿quién es competente para resolver la impugnación? Indique la respuesta correcta. El Letrado de la Administración de Justicia mediante decreto. El juez mediante providencia. La junta de gobierno del Colegio de Abogados mediante acuerdo. La comisión de honorarios del Colegio de Abogados mediante dictamen.

Fátima, abogada en ejercicio, ha cometido una infracción que puede calificarse de grave según el Estatuto General de la Abogacía española. ¿Cuándo prescribiría su infracción? Indique la respuesta correcta. Las infracciones graves prescriben a los tres años, comenzando a contarse dicho plazo desde que la infracción se hubiera cometido. Las infracciones graves prescriben a los dos años, comenzando a contarse dicho plazo desde que la infracción se hubiera cometido. Las infracciones graves prescriben al año, comenzando a contarse dicho plazo desde que la infracción se hubiera cometido. Las infracciones graves prescriben a los seis meses, comenzando a contarse dicho plazo desde que la infracción se hubiera cometido.

Irene, abogada en ejercicio, dispone de un seguro de responsabilidad civil para el ejercicio de su profesión. Sin embargo, durante los próximos meses va a ejercer la profesión en otro Estado miembro de la Unión Europea. Ante este cambio, tiene dudas acerca de qué tipo de seguro profesional deberá tener para ejercer la profesión en dicho Estado. ¿Sería necesario que tuviera un seguro de responsabilidad civil diferente al que ya tiene? Indique la respuesta correcta: Sí, si así lo exigen las disposiciones a este respecto del Estado Miembro de origen y del Colegio de acogida. No, porque a Irene le basta con el seguro de responsabilidad civil que ya tiene para el ejercicio profesional en España. No, porque Irene no tiene por qué disponer de un seguro de responsabilidad civil para ejercer en la Unión Europea en ningún caso. No, porque Irene estará cubierta por el seguro de responsabilidad civil de su Colegio de origen en cualquier caso.

Luis, abogado en ejercicio y titular de un despacho individual, ha convenido con un cliente que su retribución económica se realice no por horas, sino mediante una retribución periódica fija entre ellos. ¿Es posible este tipo de acuerdos? Indique la respuesta correcta. Sí, porque la compensación económica al abogado puede asumir la forma de retribución fija, periódica o por horas. No, porque la compensación económica al abogado sólo puede asumir la forma de retribución por horas. No, porque no es posible pactar con carácter previo a la realización de actuaciones la forma de compensación económica entre cliente y abogado. Sí, si bien Luis deberá inscribir dicho acuerdo en el Registro de su Colegio profesional para que quede constancia de esta forma de retribución.

Gema, abogada en ejercicio, asumió la dirección efectiva de un asunto tras fallecer su compañero Joaquín, quien hasta entonces había llevado la dirección del mismo. Finalizado el proceso judicial, recibe los honorarios. ¿Quién deberá percibir dichos honorarios? Indique la respuesta correcta: Gema, puesto que los honorarios deben ser siempre para quien lleve la dirección efectiva del asunto, sin excepciones. Gema y los herederos de Joaquín, puesto que los honorarios deben ser siempre para quien lleve la dirección efectiva del asunto, excepto cuando constituyan las cantidades abonadas a los herederos de su compañero fallecido. Gema, puesto que los honorarios deben ser siempre para quien lleve la dirección efectiva del asunto, sin que pueda abonarse ningún cantidad a los herederos de Joaquín. Gema, puesto que los honorarios deben ser siempre para quien lleve la dirección efectiva del asunto, salvo que expresamente hubiera pactado con el cliente algún tipo de reparto de los honorarios.

Vicente, abogado en ejercicio, obtiene para su cliente el cobro de una cantidad de dinero de una compañía aseguradora. Vicente transfiere a su cliente esa suma de dinero habiendo detraído previamente sin autorización de éste el importe de sus honorarios. ¿Es correcta la actuación de Vicente? Indique la respuesta correcta: No, porque tendría que entregar la minuta con anterioridad a su cliente. Sí, porque el cliente podrá reintegrarse la cantidad detraída por dicho concepto con las posteriores costas. Sí, si remite su minuta en el plazo de un mes y siempre que no exista discrepancia entre el abogado y el cliente. No, porque el abogado no puede autoliquidar honorarios de cantidades recibidas en nombre del cliente, salvo expresa autorización de éste.

Raquel, abogada, falleció antes de poder reclamar el impago a uno de sus clientes de los honorarios que le adeudaba. ¿Pueden reclamar dichos honorarios sus herederos? Indique la respuesta correcta: Los herederos no podrán realizar ninguna acción frente al cliente dado que los honorarios se tratan de una deuda personal que no puede ser reclamada por los causahabientes. Los herederos podrán reclamar el pago de los créditos que el causante hubiere devengado en el asunto. Los herederos podrán reclamar ante la instancia superior de aquel en el que se generaron dichos honorarios para que les reconozca su derecho a los mismos. Los herederos podrán reclamar ante notario dichos honorarios, debiendo presentar no obstante la minuta detallada y estando asistidos por abogado.

Miriam, abogada en ejercicio, ha realizado una reclamación de sus honorarios a un cliente ante el órgano judicial correspondiente. Transcurrido el plazo dado por el letrado de la Administración de Justicia al deudor para formular oposición, éste ni ha realizado ningún trámite ni ha pagado los honorarios. ¿Cuál sería la siguiente acción del Letrado de la Administración de Justicia? Indique la respuesta correcta: Se dictará decreto de terminación del proceso y el abogado podrá ejercitar su pretensión en el procedimiento declarativo que corresponda. Se dictará decreto de terminación del proceso y el abogado podrá ejercitar su pretensión en un proceso monitorio. Se despachará ejecución por la cuantía que el Letrado de la Administración de Justicia considere oportuna para el caso. Se despachará ejecución por la cantidad a que asciende la minuta.

Francisco, abogado en ejercicio, quiere iniciar el procedimiento de reclamación judicial de honorarios ante un cliente al que ha defendido en un procedimiento penal. Dado que es la primera vez que tiene que iniciar este tipo de procedimiento, duda ante qué órgano debe reclamarlos. ¿Qué juzgado es competente para conocer de este asunto? Indique la respuesta correcta: Es competente el Juzgado del lugar del domicilio del deudor demandado. Es competente el Juzgado del lugar del domicilio profesional de Francisco. Es competente el Juzgado que conforme las normas de reparto corresponda. Es competente el Juzgado que conoció del procedimiento en el que se devengaron los honorarios.

Israel, abogado en ejercicio, recibe la visita de un cliente que le pide que le asista en un recurso de revisión contra la resolución definitiva dictada en un expediente de jurisdicción voluntaria. ¿Es obligatoria la presencia de abogado? Indique la respuesta correcta: No, en los actos de jurisdicción voluntaria no es necesario la presencia de un abogado en ningún caso. No, sólo es necesario en el caso de los recursos de apelación contra la resolución recaída en un expediente de jurisdicción voluntaria, pero no en los de revisión. Sí, es obligatorio la presencia de abogado para la presentación del recurso de revisión contra la resolución definitiva recaída en el seno de un expediente de jurisdicción voluntaria, aunque sean actos de jurisdicción voluntaria. No, no es necesaria si bien el cliente puede asistirse de abogado si así lo desea.

Sonia ejerce la patria potestad de su hijo menor, nombrado heredero de un patrimonio. Sin embargo, Sonia pretende renunciar a la citada herencia, para lo cual necesita autorización judicial. ¿Debe ir Sonia asistida por abogado? Indique la respuesta correcta. Sí, en todo caso, al actuar en nombre de un menor de edad, siendo además preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal. No, porque se trata de un acto de jurisdicción voluntaria y por tanto no es necesario la intervención de abogado cualquiera que sea la cuantía del haber hereditario. No, salvo que la cuantía del haber hereditario sea igual o superior 6.000 euros, en cuyo caso será obligatoria la asistencia del abogado. No, salvo que la cuantía del haber hereditario sea superior a 2.000 euros, en cuyo caso será obligatoria la asistencia del abogado.

Ignacio está inmerso en un procedimiento en el que no es preceptiva la presencia de abogado. Sin embargo, y para una mejor defensa, decide comparecer ante el órgano judicial defendido por abogado y representado por procurador, haciéndolo constar en la demanda. Ante esta situación, el demandado pretende nombrar también abogado y procurador. ¿Qué plazo tendría para comunicar al Tribunal su decisión de valerse de abogado? Indique la respuesta correcta: Recibida la notificación de la demanda, si el demandado pretendiera valerse también de abogado y procurador lo comunicará al tribunal dentro de los tres días siguientes. Recibida la notificación de la demanda, si el demandado pretendiera valerse también de abogado y procurador lo comunicará al tribunal dentro de los cinco días siguientes. Recibida la notificación de la demanda, si el demandado pretendiera valerse también de abogado y procurador lo comunicará al tribunal dentro de los diez días siguientes. Recibida la notificación de la demanda, si el demandado pretendiera valerse también de abogado y procurador lo comunicará al tribunal dentro de los dos días siguientes.

Paloma, abogada en ejercicio, ha sido citada en tiempo y forma por un tribunal para comparecer ante ellos. Sin embargo, no acude a la sede del tribunal sin justificar de ningún modo la causa de su ausencia. ¿Puede ser sancionada disciplinariamente por ello? Indique la respuesta correcta: No, sólo puede ser sancionada penalmente por el daño procesal ocasionado. No, sólo puede ser sancionada civilmente por el daño procesal ocasionado. Sí, al margen de otro tipo de responsabilidad por el daño procesal, puede ser sancionada disciplinariamente. Sí, puede ser sancionada disciplinariamente, pero no ser sancionada civil o penalmente por el daño procesal ocasionado.

Antonio, beneficiario de asistencia jurídica gratuita, ha obtenido una sentencia favorable que pone fin al procedimiento con condena en costas a la parte contraria. Marta, abogada de oficio que le ha defendido en ese pleito, se plantea quién debe abonar sus honorarios. Indique la respuesta correcta: La parte contraria. El propio cliente. La Administración. La parte contraria y, si ésta es insolvente, el propio cliente.

Sara, abogada en ejercicio, ha defendido a un cliente en un procedimiento de arbitraje del que ha obtenido un laudo arbitral favorable para su cliente. Pretende instar la ejecución forzosa del mismo. ¿Ante qué órgano deberá instar dicha ejecución? Indique la respuesta correcta: Ante el propio órgano arbitral que dictó el laudo. Ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar en que se haya dictado el laudo. Ante la Audiencia Provincial del lugar en que se haya dictado el laudo. Ante el Tribunal Superior de Justicia del lugar en que se haya dictado el laudo.

Si usted ejerce como abogado en un procedimiento que concluye con la subasta pública de los bienes de la parte contraria, ¿puede adquirir alguno de los bienes subastados? Indique la respuesta correcta. Sí, dado que son los bienes de la parte contraria los que han sido vendidos en subasta pública. No, porque el abogado no puede comprar ningún bien que se venda mediante subasta pública. No, porque el abogado no puede adquirir por compra, aunque sea en subasta pública, ningún bien que fuera objeto de un litigio en que intervenga por su profesión u oficio. Sí, porque el abogado no puede adquirir por compra aquellos bienes que sean vendidos en subasta judicial, pero sí aquellos que se vendan en subasta pública.

Irene, abogada en ejercicio, recibe en su despacho a un cliente que pretende plantear una reclamación por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, reclamando una indemnización proporcional a los daños ocasiones. ¿Ante qué órgano deberá presentarse dicha reclamación? Indique la respuesta correcta. Ante el Ministerio de Justicia. Ante el órgano jurisdiccional en el que se haya producido el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. Ante el Juzgado de primera instancia que corresponda al domicilio del reclamante. Ante el órgano jurisdiccional que sea el superior jerárquico del órgano jurisdiccional en el que se haya producido el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia.

Rafael, abogado en ejercicio, pertenece al turno de oficio del Colegio de Abogados de Málaga. Con motivo de ello, es designado como abogado de oficio para defender a un encausado en un procedimiento penal. Sin embargo, Rafael pretende renunciar a dicha designación ¿Puede renunciar? Indique la respuesta correcta. Solo puede excusarse de la defensa si concurre un motivo personal y justo, si así es apreciado por el Decano del Colegio de Málaga. Está obligado a continuar con la defensa sin renuncia ni excusa posibles. Sólo puede excusarse de la defensa si concurre un motivo profesional suficiente y un compañero se presta a sustituirle. Puede renunciar si el cliente no le aporta la documentación necesaria para su defensa.

Tomás, que vive solo y tiene unos ingresos mensuales de seiscientos euros solicita que le sea nombrado abogado y procurador del turno de oficio para formular recurso de alzada frente a una multa de tráfico. ¿Le será concedido? Indique la respuesta correcta: No, porque no es preceptiva la asistencia de letrado. No, porque se trata de un procedimiento administrativo. Sí, porque es importante hacerlo asesorado por un abogado. Sí, porque se trata de un recurso ante el juzgado.

Josefina consulta al servicio de orientación jurídica del Colegio de Abogados si, en caso de concedérsele el beneficio de justicia gratuita, hay alguna situación en la que deba pagar los gastos y costas procesales devengados durante la instancia correspondiente. Indique la respuesta correcta: En ningún caso. Entre otros supuestos, si es condenada a abonar las costas procesales y viene a mejor fortuna en el plazo de tres años. Entre otros supuestos, si es condenada a abonar las costas procesales y viene a mejor fortuna en el plazo de cinco años. Entre otros supuestos, si es condenada a abonar las costas procesales y viene a mejor fortuna en el plazo de dos años.

Ángel ha defendido a Yolanda en su divorcio contencioso como abogado del turno de oficio. Tiempo después de la sentencia firme Yolanda le comunica que su ex marido no le paga la pensión de alimentos. ¿Le corresponde a Ángel llevar la ejecución de sentencia? Indique la respuesta correcta: Sí, porque el abogado de oficio siempre tiene que llevar la ejecución. No, porque la ejecución siempre debe llevarla otro abogado de oficio distinto. Sí, siempre que no haya transcurrido más de 1 año desde que fue dictada la sentencia. sí, siempre que no hayan transcurrido más de 2 años desde que fue dictada la sentencia.

Inés acaba de presentar una denuncia por violencia de género ante el Juzgado de violencia sobre la mujer de Getafe, solicitando la concesión del derecho a la asistencia justicia gratuita. ¿En cuál de los siguientes momentos se adquiere la condición de víctima de violencia de género a efectos de la concesión del beneficio de justicia gratuita? Indique la respuesta correcta: Al acudir la mujer al servicio de violencia de género del Colegio de Abogados. Al formular denuncia o querella o se inicie un procedimiento penal por lo ocurrido. Desde el momento en que expresamente lo autorice el juez de dicho juzgado. Desde el momento en que expresamente lo autorice el letrado de la Administración de Justicia de dicho juzgado.

José ejerce la abogacía en el despacho colectivo en el que Antonio es también abogado. Antonio está actualmente ejerciendo la defensa en un procedimiento muy mediático y José no puede evitar comentar con sus amigos algunos de los detalles del caso en una charla informal. ¿Está faltando José al deber de secreto profesional? Indique la respuesta correcta: No, porque el deber de secreto profesional sólo afecta a los procedimientos en los que él ejerza la defensa. Sí, porque el deber de secreto profesional también afecta a los hechos de los que haya tenido conocimiento a través de un compañero. No, porque el deber de secreto profesional es respecto a posibles filtraciones a las partes contrarias o a los medios de comunicación, pero no al entorno personal del abogado. Sí, porque el deber de secreto afecta a José siempre y cuando Antonio le hubiera pedido expresamente guardar el secreto profesional.

El Colegio de Abogados de Valladolid está realizando la planificación anual de sus actividades y pretende convocar para junio la primera de las Juntas Generales Ordinarias y la segunda, en diciembre, coincidiendo con la mitad del año y el final del mismo. ¿Puede realizar las Juntas en dichas fechas? Indique la respuesta correcta: Sí, porque las Juntas Generales Ordinarias pueden fijarse en la fecha que mejor convenga al Colegio de Abogados. No, porque la primera Junta General Ordinaria ha de realizarse en el primer semestre, pero la segunda ha de realizarse siempre en septiembre. No, porque la primera Junta General Ordinaria ha de realizarse en el primer trimestre, salvo que el Estatuto del Colegio de Abogados de Valladolid establezca la existencia de una Asamblea Colegial permanente, en cuyo caso no sería necesaria la junta de diciembre y la primera podrán realizarla en junio. Sí, porque tanto las Juntas Generales Ordinarias como las Extraordinarias pueden fijarse en cualquier momento, siempre y cuando se convoquen con al menos quince días de antelación y exista en el colegio de Abogados de Valladolid una Asamblea Colegial permanente.

Álvaro, abogado en ejercicio, quiere publicitar su nuevo despacho de abogado para lo cual edita una serie de anuncios para publicar en la prensa en la que asegura que si le contratan, sus clientes tendrán éxito en la totalidad de los casos, incluso, asegurando que será condenada la parte contraria a costas. ¿Incumple alguna norma deontológica la realización de este tipo de anuncios? Indique la respuesta correcta: No, dado que Álvaro es libre de publicitar su despacho de abogado de la forma que considere más conveniente. No, el único límite en materia de publicidad es que ésta no se trate de publicidad desleal con respecto a otros compañeros. No, porque el único límite en materia de publicidad es que ésta sea digna, leal y veraz y no revele directa o indirectamente hechos. Sí, porque no es posible prometer la obtención de resultados que no dependan exclusivamente de su actividad.

María, abogada en ejercicio, ejerce su profesión en un despacho colectivo. Sin embargo, también presta servicios de asistencia jurídica gratuita. Dichas actuaciones, ¿tendrá carácter de personal o deberá dejar constancia en ellas de su condición de miembro de un despacho colectivo? Indique la respuesta correcta: En todas las actuaciones que realice María, incluyendo las prestaciones en materia de asistencia jurídica gratuita, tendrá que dejar constancia de su condición de miembro de un despacho colectivo. En todas las actuaciones que realice María, incluyendo las prestaciones en materia de asistencia jurídica gratuita, tendrá que dejar constancia de su condición de miembro de un despacho colectivo si bien la facturación de la asistencia jurídica gratuita se realizará a su nombre. En el caso de las prestaciones de asistencia jurídica gratuita María deberá recabar en primer lugar la autorización del despacho colectivo y posteriormente, dejar constancia de su pertenencia a él en todas las actuaciones que realice en este ámbito. En el caso de las prestaciones de asistencia jurídica gratuita tendrá carácter personal, aunque María podrá solicitar del Colegio su facturación a nombre del despacho colectivo.

Isabel, graduada social, está pensando también en ejercer la profesión de abogada, por lo que acude al servicio de información del Consejo General de la Abogacía Española para informarse sobre la posibilidad de compatibilizar ambas profesiones. ¿Es posible dicha compatibilidad? Indique la respuesta correcta: No, porque la profesión de abogado y graduado social son absolutamente incompatibles al ser ambas profesiones reguladas. No, porque la profesión de abogado y graduado social son absolutamente incompatibles dado que así lo dictamina el Estatuto General de la Abogacía Española. Sí, porque tras la aprobación de la conocida como Ley ómnibus, sólo es incompatible el ejercicio entre la profesión de abogado y procurador de los tribunales. Sí, porque tras la aprobación de la conocida como Ley ómnibus, no existe ningún tipo de incompatibilidad en el ejercicio de la abogacía con respecto a otras profesionales reguladas.

El Gobierno pretende convertir el Juzgado de menores número uno de Madrid en un Juzgado contra la violencia sobre la mujer, dado el aumento de casos que se han producido. ¿Sería posible realizar este cambio? Indique la respuesta correcta: No, porque no es posible transformar juzgados de una clase en juzgados de clase distinta en ningún caso. No, porque no es posible transformar juzgados de una clase en juzgados de clase distinta si se trata de órdenes especializados, salvo previa autorización del Consejo General del Poder Judicial. Sí, por Real Decreto, a propuesta del Ministro de Justicia, previo informe del Consejo General del Poder Judicial y previa audiencia con carácter preceptivo de la Comunidad Autónoma correspondiente. Sí, por Ley, a propuesta del Ministro de Justicia, previo informe del Consejo General del Poder Judicial y previa audiencia con carácter preceptivo de la Comunidad Autónoma.

Raúl, abogado en ejercicio, ha sido designado por el turno de oficio para asistir en un procedimiento penal a los causahabientes de una víctima de violencia de género fallecida. No obstante, éstos cuentan con medios económicos suficientes para litigar, por lo que duda acerca del derecho de éstos a la asistencia jurídica gratuita. ¿Tendrían derecho a la misma? Indique la respuesta correcta: Sí, dado que el derecho a la asistencia jurídica gratuita, con independencia de los medios para litigar, asistirá también a los causahabientes en caso de fallecimiento de la víctima de violencia de género, siempre que no fueran partícipes en los hechos. No, porque el derecho a la asistencia jurídica gratuita, con independencia de los medios para litigar, asiste únicamente a la víctima de violencia de género y no a sus causahabientes. No, porque el derecho a la asistencia jurídica gratuita asiste únicamente a la víctima de violencia de género y no a sus causahabientes, aun cuando no tuvieran recursos económicos para litigar. Sí, siempre y cuando el abogado del turno de oficio hubiese sido designado con anterioridad al fallecimiento de la víctima de violencia de género.

Ana ha sido designada provisionalmente por el Colegio de Abogados de Barcelona para asumir la asistencia letrada de Iván en un procedimiento de divorcio contencioso dada la insuficiencia de medios de éste. Sin embargo, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita ha dictado resolución denegatoria del beneficio de Justicia Gratuita, que el cliente decide no recurrir. ¿En qué situación queda Ana? Indique la respuesta correcta: Queda sin efecto su designación provisional pero no puede renunciar a la asistencia técnica, debiendo reclamar a su cliente los honorarios devengados hasta ese momento y los que se devenguen en lo sucesivo. Queda automáticamente apartada del procedimiento en cualquier condición si bien la Administración competente le abonará los honorarios devengados hasta la fecha en que quede efectivamente apartada del procedimiento. Está obligada a seguir interviniendo hasta la finalización del procedimiento y en cuanto los honorarios, abonará la Administración competente los devengados hasta la fecha de la resolución denegatoria y el cliente los devengados partir de ese momento hasta la resolución que ponga fin al procedimiento. La designación queda sin efecto y el peticionario deberá, en su caso, abonar los honorarios y derechos económicos ocasionados por la intervención de Ana.

Teresa, abogada en ejercicio, recibe en su despacho a un potencial cliente que pretende interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por entender que le ha sido vulnerado un derecho fundamental por un acto cometido por un órgano judicial en el transcurso de un procedimiento. ¿En qué plazo debe interponerse dicho recurso? Indique la respuesta correcta: Sólo podrá interponer el recurso de amparo en el plazo de 3 meses a partir de la notificación de la resolución recaída en el proceso judicial si previamente ha agotado todos los medios de impugnación previstos en las normas procesales. Sólo podrá interponer el recurso de amparo en el plazo de 20 días a partir de la notificación de la resolución recaída en el proceso judicial si previamente ha agotado todos los medios de impugnación previstos en las normas procesales. Sólo podrá interponer el recurso de amparo si previamente ha manifestado ante el órgano judicial su intención de interponer el recurso de amparo, para lo cual dispondrá de un plazo de 20 días desde el acuerdo de suspensión del proceso judicial dictado por el letrado de la administración de Justicia. Sólo podrá interponer el recurso de amparo en el plazo de 30 días a partir de la notificación de la resolución recaída en el proceso judicial si previamente ha agotado todos los medios de impugnación previstos en las normas procesales.

Martina, abogada en ejercicio, ha estado desempeñando labores de mediación como servicio complementario a su profesión sin haber realizado específicamente ninguna formación complementaria. ¿Posee Martina las condiciones para ejercer de mediadora? Indique la respuesta correcta. No, porque para el desempeño del ejercicio profesional como mediador debe contar con formación específica para ejercer la mediación. Sí, porque los abogados y los procuradores de los tribunales al ser licenciados en derecho están exentos de realizar los cursos formativos obligatorios. Sí, basta con que cuente con un título oficial universitario o de formación profesional superior para poder realizar dichas actividades. Sí, porque aunque resulta recomendable para el correcto ejercicio profesional como mediador una formación específica, no es una condición para su ejercicio.

Si usted ejerce como abogado en un procedimiento que concluye con la subasta pública de los bienes de la parte contraria, ¿puede adquirir alguno de los bienes subastados? Indique la respuesta correcta: Sí, dado que son bienes de la parte contraria que han sido vendidos en subasta pública. No, porque el abogado no puede comprar ningún bien que se venda mediante subasta pública. No, porque el abogado no puede adquirir por compra, aunque sea en subasta pública, ningún bien que fuera objeto de un litigio en que intervenga por su profesión y oficio. Sí, porque el abogado no puede adquirir por compra aquellos bienes que sean vendidos en subasta judicial, pero sí aquellos que se vendan en subasta pública.

A su despacho de abogados acude un cliente contra el que se ha dictado auto de ejecución y despacho de la misma. Tras explicarle la situación, le insta a que presente recurso contra dicho auto. ¿Es posible interponer recurso contra el auto de ejecución? Indique la respuesta correcta: Contra el auto autorizando y despachando la ejecución no se dará recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado. Contra el auto autorizando y despachando la ejecución podrá interponerse recurso de revisión. Contra el auto autorizando y despachando la ejecución no se dará recurso alguno, sin que quepa formular oposición el ejecutado. Contra el auto autorizando y despachando la ejecución podrá interponerse recurso de apelación.

Daniel, abogado en ejercicio, recibe en su despacho a un posible cliente que ha sido declarado en rebeldía, al haber transcurrido los diez días dados para la contestación a la demanda sin que éste haya presentado escrito ni comparecido ante el tribunal. Ante tal situación, le pide consejo acerca de las consecuencias que tal situación tiene en referencia a los hechos alegados en la demanda. ¿Cuál sería la contestación que le daría? Indique la respuesta correcta: La declaración de rebeldía es considerada como un allanamiento de los hechos de la demanda. La declaración de rebeldía es considerada como admisión de los hechos de la demanda. La declaración de rebeldía no será considerada como un allanamiento ni como admisión de los hechos de la demanda, salvo en los casos que la ley expresamente disponga lo contrario. La declaración de rebeldía no será considerada como un allanamiento ni como admisión de los hechos de la demanda, en ningún caso.

Pablo, abogado en ejercicio, recibe en su despacho profesional la visita de un posible cliente que le pide que le asista en un recurso de revisión contra un acto en un expediente de jurisdicción voluntaria. ¿Es obligatoria en estos casos la asistencia de abogado? Indique la respuesta correcta: No, en los actos de jurisdicción voluntaria no es necesario la asistencia de un abogado en ningún caso. No, sólo es necesaria en el caso de los recursos de apelación, pero no en los de revisión. Sí, es obligatoria la asistencia de abogado para la presentación del recurso de revisión, aunque sean actos de jurisdicción voluntaria. No, no es necesaria si bien el cliente puede presentar el escrito asistido por abogado si así lo desea.

En un procedimiento en el cual no es preceptiva la intervención de abogado, Alba decide no obstante contratar a uno por entender que podría conseguirle un mejor resultado durante el procedimiento judicial en el que está inmersa. Finalmente, Alba consigue la condena en costas de la parte contraria, y desea que en ésta se incluyan los honorarios que debe abonar a su abogado. ¿Puede hacerlo Alba? Indique la respuesta correcta: Sí, deberá presentar ante el letrado de la Administración de Justicia la minuta detallada de su abogado para que sea incluida en las costas, pudiendo no obstante, ser rechazada por la parte contraria. Sí, deberá presentar ante el juez la minuta detallada de su abogado para que sea incluida en las costas. No, dado que en la condena en costas nunca se incluye los honorarios devengados por los procuradores y abogados, que deben ser abonados por cada una de las partes litigantes. No, dado que la regla general dicta que en los procedimientos en los que no sea preceptiva la intervención de abogado, en la condena en costas no se incluirá los honorarios devengados.

Amalia, abogada en ejercicio, ha recibido de su cliente una serie de fondos y valores durante la tramitación de un procedimiento. Al ejercer la profesión en un despacho colectivo, ha ingresado dichos fondos en la cuenta bancaria del despacho, de la cual, entre otras actividades, se retrotraen las nóminas de los trabajadores o se paga a los proveedores del despacho. ¿Es correcta dicha actuación? Indique la respuesta correcta: Sí, si el titular del despacho le ha autorizado a ingresar dichos fondos en dicha cuenta bancaria. No, porque este fondo no puede ser confundido con otro depósito del bufete, por lo que deberá estar depositado en una cuenta específica con disposición inmediata. Sí, si el titular del despacho le ha autorizado a ingresar dichos fondos en dicha cuenta bancaria y tienen disponibilidad inmediata. No, porque este fondo no puede ser confundido con otro depósito del bufete, por lo que deberá estar en una cuenta específica tenga o no disposición inmediata.

Marina ha sido contratada por un cliente para que dirija el procedimiento de adopción que va a desarrollarse en el Juzgado de Primera Instancia de Móstoles. Sin embargo, en la primera audiencia, a su cliente le informan que no es necesaria la asistencia de un abogado en dicho procedimiento. ¿Es eso correcto? Indique la respuesta correcta: No, dado que los procedimientos de adopción a pesar de ser actos de jurisdicción voluntaria se entienden especialmente sensibles, y por tanto, deben intervenir tanto abogado como procurador, además del Ministerio Fiscal. Sí, dado que los procedimientos de adopción son actos de jurisdicción voluntaria y por tanto no es preceptiva la asistencia letrada, si bien el cliente puede acudir con abogado al mismo. Sí, dado que los procedimientos de adopción son actos de jurisdicción voluntaria y por tanto basta con la representación por procurador para acudir a los mismos, no siendo necesaria la asistencia letrada. Sí, dado que los procedimientos de adopción son actos de jurisdicción voluntaria y por tanto el cliente no puede acudir a dicho procedimiento asistido por un letrado.

Pilar, abogada en ejercicio, ostenta la defensa de un cliente en un procedimiento penal en el que la parte contraria ha sido condenada y se han declarado de oficio las costas. ¿Puede Pilar imputar sus minutas a la parte contraria? Indique la respuesta correcta: Sí, puesto que ha sido condenada la parte contraria y por tanto, debe satisfacer ésta sus honorarios. Sí, salvo que la parte contraria gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, en cuyo caso deberá reclamar sus honorarios a dicha parte. No, Pilar deberá reclamar ante el letrado de la Administración de Justicia para que clarifique la condena a costas y la persona obligada al abono de sus honorarios. No, Pilar deberá exigir a su cliente el abono de sus honorarios, salvo que le hubiera sido reconocido al mismo el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Antonio, como abogado de Luis, recibe para éste una indemnización que abona la compañía de seguros. Luis no ha pagado a Antonio su minuta. ¿Puede Antonio cobrarse la minuta directamente con el dinero obtenido para su cliente? Indique la respuesta correcta: Nunca. Siempre. Sí, si se lo ha autorizado expresamente el cliente en la hoja de encargo o por escrito posterior. Sí, salvo que se lo haya prohibido expresamente el cliente.

Con carácter previo a la tramitación del asunto, Sofía, abogada en ejercicio, le exigió a su cliente la provisión de fondos. Sin embargo, y dada la complejidad del asunto a medida que éste se está tramitando, Sofía solicita a su cliente la provisión de nuevos fondos. ¿Es válida dicha petición sobre la provisión de fondos? Indique la respuesta correcta: No, porque sólo es posible exigir la provisión de fondos al inicio de la tramitación del asunto. No, porque no es posible exigir la provisión de fondos en ningún caso. Sí, aunque su cliente puede negarse a dicha provisión, sin que Sofía pueda renunciar a dicho asunto. Sí, porque Sofía puede solicitar y percibir la entrega de fondos tanto con carácter previo como durante la tramitación del asunto.

A David, abogado en ejercicio, le han sancionado por una infracción leve. Sin embargo, David cree que no se ha instruido el expediente correctamente, dado que únicamente se le ha dado trámite de audiencia. ¿Sería correcta dicha tramitación? Indique la respuesta correcta: No, dado que las infracciones leves se sancionarán por la Junta de Gobierno o por el Decano del Colegio mediante la instrucción de un expediente completo y con medios de pruebas propuestos por ambas partes. Sí, dado que las infracciones leves se sancionarán por la Junta de Gobierno o por el Decano del Colegio mediante expediente limitado a la audiencia o descargo del inculpado. No, dado que las infracciones leves deben respetar también el principio de contradicción de los procedimientos disciplinarios y debe instruirse un expediente disciplinario completo y no limitado según lo dispuesto en el Estatuto General de la Abogacía Española. Sí, siempre y cuando se haya acordado su sanción por el Decano del Colegio, sin que quepa que sea acordado por ningún otro órgano colegial.

Rafael, abogado en ejercicio, ha revelado contenido de un procedimiento penal reservado en el que ejerce la dirección letrada de una de las partes. ¿Qué multa puede imponérsele? Indique la respuesta correcta: La revelación del contenido de un sumario no será causa de multa, si bien sí podrá tener algún tipo de correctivo impuesto por el juez del procedimiento. Se le podrá imponer una multa que oscila entre los 100 y los 1.000 euros. Se le podrá imponer una multa que oscila entre los 500 y los 10.000 euros. Se le podrá imponer una multa que oscila entre 300 y 3.000 euros, además de ser obligatoria la cesación en el procedimiento.

A Isabel, abogada en ejercicio, le acaban de notificar un acuerdo de suspensión del ejercicio de la abogacía de un año por la comisión de una falta disciplinaria muy grave. Esta suspensión ha sido acordada por la mitad más uno de los miembros de la Junta de Gobierno de su respectivo Colegio de Abogados. ¿Es válido dicho acuerdo de suspensión? Indique la respuesta correcta. Sí, puesto que los acuerdos de suspensión por más de seis meses o expulsión deberán ser tomados por la Junta de Gobierno mediante votación secreta y con la conformidad de la mayoría simple de sus miembros. No, puesto que los acuerdos de suspensión por más de seis meses o expulsión deberán ser tomados por la Junta de Gobierno mediante votación secreta y con la conformidad de las dos terceras partes de sus componentes. No, puesto que los acuerdos de suspensión por más de seis meses o expulsión deberán ser tomados por la Junta de Gobierno requiriéndose la mayoría absoluta de sus miembros. Sí, puesto que los acuerdos de suspensión sólo requiere mayoría cualificada de la Junta de Gobierno cuando superen los dos años de suspensión, bastando en los restantes casos la mayoría simple de sus miembros.

A Isabel, abogada en ejercicio, le acaban de notificar un acuerdo de suspensión del ejercicio de la abogacía de un año por la comisión de una falta disciplinaria muy grave. Esta suspensión ha sido acordada por la mitad más uno de los miembros de la Junta de Gobierno de su respectivo Colegio de Abogados. En el caso de que uno de los miembros de la Junta de Gobierno no asistiese, sin justificar dicha ausencia, a la Junta en la que se va a acordar la suspensión, ¿tendría alguna consecuencia? Indique la respuesta correcta: No, su ausencia no tendrá ninguna consecuencia dado que no es obligatorio asistir a las Juntas de Gobierno. No, su ausencia no tendrá ninguna consecuencia siempre y cuando la Junta se haya celebrado con quorum suficiente. Sí, dado que están obligados a acudir todos los miembros de la Junta de Gobierno, de forma que el que sin causa justificada no concurriese cesará como miembro de la Junta de Gobierno si bien podrá presentarse como candidato en la elección mediante la que se cubra su vacante. Sí, dado que están obligados a acudir todos los miembros de la Junta de Gobierno, de forma que el que sin causa justificada no concurriese cesará como miembro de la Junta de Gobierno y no podrá presentarse como candidato en la elección mediante la que se cubra su vacante.

Alicia, abogada en ejercicio, impugna de forma habitual y temeraria las minutas de sus compañeros, a la par que formula minutas que son declaradas con posterioridad excesivas o indebidas. ¿Qué tipo de infracción comete Alicia? Indique la respuesta correcta: Alicia comete una falta disciplinaria muy grave. Alicia comete una falta disciplinaria grave. Alicia comete una falta disciplinaria leve. Alicia no comete ninguna falta disciplinaria.

Alicia, abogada en ejercicio, impugna de forma habitual y temeraria las minutas de sus compañeros, a la par que formula minutas que son declaradas con posterioridad excesivas o indebidas ¿a qué tipo de sanción podría dar lugar? Indique la respuesta correcta: Podría imponérsele la sanción de suspensión del ejercicio de la abogacía por un plazo no superior a tres meses. Podría imponérsele la sanción de suspensión del ejercicio de la abogacía por un plazo no inferior a un año. Podría imponérsele la sanción de apercibimiento leve, y en caso de reiterar dicha conducta, de separación de servicio. No se le impondrá sanción en la medida en que no comete ninguna infracción.

Almudena, abogada en ejercicio, acaba de firmar un contrato con un importante despacho que, sin embargo, le impone un pacto de no competencia para una vez extinguido el contrato. ¿Qué duración máxima podría establecerse en dicho pacto de no competencia? Indique la respuesta correcta: No son válidos los pactos de no competencia post-contractual en ningún caso. Dicho pacto no podrá exceder de un periodo máximo de tres años desde la finalización del contrato. Dicho pacto no podrá exceder de un periodo máximo de cinco años desde la finalización del contrato. Dicho pacto no podrá exceder de un periodo máximo de dos años desde la finalización del contrato.

Rocío, abogada en ejercicio, ha abandonado el despacho en el que ejercía la profesión a pesar de tener pactado un plazo de permanencia. ¿Podría exigir dicho despacho una indemnización a Rocío? Indique la respuesta correcta: Sí, el despacho tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios siempre y cuando se hubiera pactado en el contrato de trabajo, sin que sea aplicable lo dispuesto en el convenio colectivo. Sí, el despacho tendrá derecho a la indemnización de daños y perjuicios que se hubiera pactado en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo, que en ningún caso podrá ser superior a los gastos que hubiera soportado el despacho como consecuencia de la formación o especialización. No, el despacho no puede exigir una indemnización por daños y perjuicios salvo que hubiera invertido en formación o especialización de Rocío una cantidad superior a seis mil euros. No, el despacho no puede exigir una indemnización por daños y perjuicios en ningún caso.

Fernando ha ejercido la abogacía por cuenta propia durante cinco años. Sin embargo, ahora Fernando acaba de fichar por un despacho colectivo a través de un contrato de prácticas. ¿Sería válido dicho contrato? Indique la respuesta correcta: Sí, siempre y cuando se respete el periodo máximo estipulado para este tipo de contrato. No, porque no es posible celebrar un contrato en prácticas en ningún caso. No, porque no es posible celebrar un contrato en prácticas con quienes hubieran ejercido con anterioridad la profesión de abogado por cuenta propia por un periodo superior a un año. No, porque no se puede celebrar un contrato en prácticas con quienes hubieran ejercido con anterioridad la profesión de abogado por cuenta propia por un periodo superior a dos años.

Irene acaba de ser contratada por un despacho de abogados. Sin embargo, cuando llega el primer día a trabajar, le informan que se encuentra en periodo de prueba. Dado que no venía reflejado en el contrato que firmó, ¿sería válido dicho periodo de prueba? Indique la respuesta correcta: No, porque los periodos de prueba han de constar siempre por escrito. No, porque no son válidos los periodos de prueba en los contratos que concierten abogados y los despachos de abogados. Sí, porque resulta válida tanto la forma escrita como la oral en los periodos de prueba siempre y cuando éste no supere el tiempo máximo establecido. Sí, siempre y cuando se le informe de ello en el primer día de trabajo.

Irene acaba de ser contratada por un despacho de abogados. Sin embargo, cuando llega el primer día a trabajar, le informan que se encuentra en periodo de prueba. Dado que no venía reflejado en el contrato que firmó. Suponiendo que el convenio colectivo de dicho despacho no dispone nada relativo al periodo de prueba, ¿Cuál sería el tiempo máximo de duración de dicho periodo de prueba si el contrato de Irene es de un año? Indique la respuesta correcta: El tiempo máximo será de seis meses. El tiempo máximo será de tres meses. El tiempo máximo será de dos meses. El tiempo máximo será de un mes.

Elena es abogada en un despacho colectivo. Está contratada bajo el régimen de exclusividad laboral pero, dado que su marido está inmerso en un procedimiento judicial, se plantea si sería posible defenderle al margen del despacho profesional en el que ejerce. ¿Sería posible? Indique la respuesta correcta: No, porque el régimen de exclusividad implica que Elena no puede realizar ninguna actividad de asesoramiento o defensa al margen del despacho. No, salvo que expresamente le autorice para ello el titular del despacho colectivo en el que ejerce. Sí, pero siempre que el titular del despacho de abogados en el que ejerce no se oponga, en cuyo caso deberá desistir de dicha defensa. Sí, dado que el régimen de exclusividad no afecta al asesoramiento y defensa del cónyuge.

Rosa, colegiada ejerciente en el Colegio de Abogados de Vigo, quiere examinar las cuentas del Colegio, pero duda acerca de si las puede examinar con carácter previo a su aprobación en la Junta General que está convocada a tales efectos. ¿Es posible examinar dichas cuentas? Indique la respuesta correcta: Sí, dado que todos los colegiados pueden examinar las cuentas del Colegio durante los veinte días hábiles anteriores a la fecha de celebración de la Junta General que haya de aprobarlas. No, dado que los colegiados no pueden examinar las cuentas del Colegio con carácter previo a la fecha de celebración de la Junta General que haya de aprobarlas. Sí, dado que todos los colegiados pueden examinar las cuentas del Colegio durante el mes anterior a la fecha de celebración de la Junta General que haya de aprobarlas. Sí, dado que todos los colegiados pueden examinar las cuentas del Colegio durante los quince días hábiles anteriores a la fecha de celebración de la Junta General que haya de aprobarlas.

En el Colegio de Abogados de Tarragona han cesado la totalidad de los cargos de la Junta de Gobierno, por lo que se ha constituido una Junta Provisional entre sus miembros más antiguos. ¿De qué plazo dispone dicha Junta para convocar elecciones para la provisión de los cargos vacantes? Indique la respuesta correcta: La Junta Provisional convocará, en el plazo de treinta días naturales, elecciones para la provisión de los cargos vacantes por el resto del mandato que quedase. La Junta Provisional convocará, en el plazo de treinta días hábiles, elecciones para la provisión de los cargos vacantes por el resto del mandato que quedase. La Junta Provisional convocará, en el plazo de veinte días naturales, elecciones para la provisión de los cargos vacantes por el resto del mandato que quedase. La Junta Provisional convocará, en el plazo de veinte días hábiles, elecciones para la provisión de los cargos vacantes por el resto del mandato que quedase.

En el Colegio de Abogados de Tarragona han cesado la totalidad de los cargos de la Junta de Gobierno, por lo que se ha constituido una Junta Provisional entre sus miembros más antiguos. Siguiendo con el caso anterior, ¿en qué plazo deberán celebrarse dichas elecciones? Indique la respuesta correcta: Las elecciones deberán celebrarse dentro de los veinte días naturales siguientes, contados a partir de la convocatoria. Las elecciones deberán celebrarse dentro de los treinta días hábiles siguientes, contados a partir de la convocatoria. Las elecciones deberán celebrarse dentro de los quince días naturales siguientes, contados a partir de la convocatoria. Las elecciones deberán celebrarse dentro de los treinta días naturales siguientes, contados a partir de la convocatoria.

En el Colegio de Abogados de Bilbao se han renovado los órganos de gobierno de dicho Colegio. Tras tomar posesión los candidatos proclamados electos, y habiendo prestado el juramento o promesa de cumplir lealmente el cargo, ¿debe comunicarse esta renovación al Consejo General de la Abogacía Española? Indique la respuesta correcta: No, únicamente deberá comunicarse la constitución de los órganos de gobierno al Consejo de Colegios de la Comunidad Autónoma correspondiente. Sí, deberá comunicarse la constitución de los órganos de gobierno al Consejo General en el plazo de diez días. Sí, deberá comunicarse la constitución de los órganos de gobierno al Consejo General y al Consejo de Colegios de la Comunidad Autónoma correspondiente en el plazo de cinco días. No, no es necesario comunicarse la constitución de los órganos de gobierno a ninguna institución, salvo petición expresa.

El Colegio de Abogados de Vigo va a celebrar elecciones a Decano y a los demás cargos de la Junta de Gobierno. ¿Cuánto podría durar el mandato de los miembros de la Junta de Gobierno que resulten elegidos en dichas elecciones? Indique la respuesta correcta: El período del mandato de los miembros de la Junta de Gobierno se fijará en los Estatutos de cada Colegio, aunque sin poder superar los cinco años, pero permitiéndose la reelección. El período del mandato de los miembros de la Junta de Gobierno se fijará en los Estatutos de cada Colegio, aunque sin poder superar los cuatro años, sin permitirse la reelección. El período del mandato de los miembros de la Junta de Gobierno se fijará en los Estatutos de cada Colegio, que no podría superar los seis años, pero permitiéndose la reelección. El período del mandato de los miembros de la Junta de Gobierno se fijará en los Estatutos de cada Colegio, que no podría superar los dos años, sin permitirse la reelección.

Francisco ejerce la profesión de abogado por cuenta propia. Sin embargo, y dado el volumen de trabajo que ha alcanzado su despacho, ha decidido contratar a una serie de pasantes, así como incorporar a su cónyuge. ¿Perderá en este caso la condición de titular de despacho individual? Indique la respuesta correcta: Sí, perderá la condición de titular de un despacho individual por la incorporación de su cónyuge, pero no de los pasantes. Sí, perderá la condición de titular de un despacho individual por la incorporación de los pasantes, pero no de su cónyuge. No, no perderá la condición de titular de un despacho individual por ninguna de las dos incorporaciones. Sí, perderá la condición de titular de un despacho individual por ambas incorporaciones.

Soledad acaba de obtener el título profesional de abogado. Sin embargo, tras tramitar su solicitud para colegiarse en el Colegio de Abogados de Sevilla, ha recibido la denegación de su solicitud por parte del Secretario de dicho Colegio, sin motivación de las causas de dicha denegación. ¿Es correcta esta resolución? Indique la respuesta correcta: No, porque las solicitudes de incorporación han de ser denegadas por la Junta de Gobierno de cada Colegio, mediante resolución motivada. No, porque las solicitudes de incorporación han de ser denegadas por el Decano de cada Colegio, mediante resolución motivada. Sí, porque las solicitudes de incorporación pueden ser denegadas por el Secretario de cada Colegio sin necesidad de motivar las mismas. No, porque las solicitudes de incorporación pueden ser denegadas por el Secretario de cada Colegio pero han de ser motivadas.

Manuel ha ejercido la abogacía durante quince años. Sin embargo, ha cesado en el ejercicio de esta profesión, aunque sigue utilizando la denominación de abogado sin ejercicio en su nueva profesión. ¿Es correcta la utilización de esta denominación? Indique la respuesta correcta: Sí, porque pueden seguir utilizando la denominación de abogado, añadiendo siempre la expresión "sin ejercicio", quienes cesen en el ejercicio de dicha profesión después de haber ejercido al menos diez años. Sí, porque pueden seguir utilizando la denominación de abogado, añadiendo siempre la expresión "sin ejercicio", quienes cesen en el ejercicio de dicha profesión después de haber ejercido al menos quince años. No, porque sólo pueden seguir utilizando la denominación de abogado, añadiendo siempre la expresión "sin ejercicio", quienes cesen en el ejercicio de dicha profesión después de haber ejercido al menos veinte años. No, porque sólo pueden seguir utilizando la denominación de abogado, añadiendo siempre la expresión "sin ejercicio", quienes cesen en el ejercicio de dicha profesión después de haber ejercido un mínimo de veinticinco años.

En el Colegio de Abogados de Oviedo se quiere constituir una agrupación de abogados jóvenes que, entre otras funciones, tenga la misión de formar y asesorar a los abogados menores de 35 años que se colegien. ¿Qué órgano debe aprobar la constitución de dicha agrupación? Indique la respuesta correcta: La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Oviedo. La Junta de Gobierno del Consejo General de la Abogacía Española. El Decano del Colegio de Abogados de Oviedo. La Asamblea colegial del Colegio de Abogados de Oviedo.

Margarita ha sido la Decana del Colegio de Abogados de Oviedo. Sin embargo, tras una renovación de los órganos colegiales, ha sido sustituida por otro compañero. No obstante, Margarita sigue usando en su tarjeta de presentación la denominación honorífica de Decana. ¿Es correcto este uso? Indique la respuesta correcta: No, puesto que Margarita ya no es Decana y el uso de esta denominación está sujeta al ejercicio de dicha función. Sí, si expresamente le ha autorizado el citado Colegio de Abogados. No, salvo que expresamente le haya autorizado el Consejo General de la Abogacía Española. Sí, dado que la denominación honorífica de Decana se ostenta con carácter vitalicio.

Recientemente, se ha aprobado una nueva Ley de Planta judicial que, entre otras reformas, incluye la creación de un nuevo partido judicial que comprende el territorio que actualmente ocupan dos Colegios de Abogados. Con el objetivo de que la competencia colegial afecte a partidos judiciales completos, los dos Colegios afectados se han reunido para intentar lograr un acuerdo de modificación de su ámbito territorial. Sin embargo, no han logrado un acuerdo. ¿Quién podría resolver esta modificación del ámbito territorial de los Colegios? Indique la respuesta correcta: Si no se alcanza acuerdo, el Consejo de Colegios de la respectiva Comunidad Autónoma o, en su defecto, el Consejo General de la Abogacía, atribuirá la competencia colegial ponderando adecuadamente las circunstancias concurrentes. Si no se alcanza acuerdo, el Consejo General de la Abogacía en todo caso atribuirá la competencia colegial ponderando adecuadamente las circunstancias concurrentes. Si no se alcanza acuerdo, las Juntas de Gobierno de los respectivos Colegios deberán cesar en sus cargos y, tras la renovación de dichos cargos, deberán procurar un nuevo acuerdo. Si no se alcanza acuerdo, el Consejo General de la Abogacía en todo caso atribuirá la competencia colegial a uno de ellos y su decisión será sometida a referéndum de los colegiados afectados por dicha modificación.

Ignacio, abogado, ejerce la defensa de una de las partes en un procedimiento mercantil. Aunque la parte contraria está asistida por abogado, Ignacio manda una propuesta de acuerdo directamente a la parte contraria. ¿Es correcta dicha actuación? Indique la respuesta correcta: No, salvo que expresamente el abogado de la parte contraria le haya autorizado el contacto con su cliente. No, Ignacio no puede ponerse en contacto con la parte contraria directamente en ningún caso. Sí, porque aunque la parte contraria esté asistida por abogado, Ignacio puede comunicarse directamente con ella. Sí, porque aunque la parte contraria esté asistida por abogado, Ignacio puede comunicarse directamente con ella si no causa perjuicio en el procedimiento.

Alfredo, abogado en ejercicio, recibe a un cliente que, dados sus recursos económicos, podría solicitar asistencia jurídica gratuita. ¿Debe comunicar Alfredo dicha circunstancia a su cliente? Indique la respuesta correcta: No, dado que Alfredo no tiene obligación de informar sobre tal extremo. No, salvo que Alfredo pertenezca al turno de oficio de su respectivo Colegio de Abogados. Sí, Alfredo debe informar a su cliente de esta posibilidad, informándole incluso por escrito si éste lo solicita de este modo. Sí, Alfredo debe informar a su cliente de esta posibilidad, pero no tiene obligación de ponerlo por escrito aun cuando su cliente así se lo solicite.

Luis, abogado en ejercicio, recibe en su despacho a un posible cliente. Sin embargo, tras exponerle el caso, decide rechazar el asunto. ¿Debe justificar Luis dicha decisión? Indique la respuesta correcta: Sí, porque los abogados deben justificar el rechazo de aquellos asuntos en los que se solicite su intervención. No, porque los abogados pueden rechazar los asuntos libremente, sin necesidad de justificar su decisión. Sí, porque los abogados deben justificar el rechazo de aquellos asuntos en los que se solicite su intervención siempre y cuando así se lo solicite el potencial cliente. No, porque los abogados pueden rechazar los asuntos libremente, salvo que expresamente se lo solicite un Colegio profesional.

Laura, abogada en ejercicio, ha sufrido un accidente por el cual estará ausente del ejercicio profesional - sin proveer a nadie para el cuidado de sus asuntos- el tiempo que dure la rehabilitación, que según los médicos, será superior a los tres meses. ¿Debe comunicar dicha circunstancia a su Colegio profesional? Indique la respuesta correcta: No, Laura no tiene la obligación de comunicar sus ausencias a su Colegio profesional de ningún tipo. No, Laura no tiene obligación de comunicar ausencias a su Colegio profesional salvo que sean superiores a un año. Sí, Laura está obligada a comunicar al Colegio las circunstancias que afecten al ejercicio profesional, tales como ausencias superiores a un mes, sin proveer al cuidado de sus asuntos. Sí, Laura está obligada a comunicar al Colegio las circunstancias que afecten al ejercicio profesional, como ausencias de cualquier tiempo.

Isabel, abogada en ejercicio, acaba de obtener el título profesional de procuradora de los tribunales, profesión que comienza a ejercer de forma inmediata. Dada la incompatibilidad entre ambas profesiones, ¿en qué plazo debe solicitar la baja o el paso a no ejerciente en su Colegio de abogados? Indique la respuesta correcta. La solicitud habrá de formularse en el plazo de dos meses desde que se produzca la causa de incompatibilidad. La solicitud habrá de formularse en el plazo máximo de diez días desde que se produzca la causa de incompatibilidad. La solicitud habrá de formularse en el plazo de un mes desde que se produzca la causa de incompatibilidad. La solicitud habrá de formularse en el plazo máximo de veinte días desde que se produzca la causa de incompatibilidad.

El Colegio de Abogados de Alicante quiere modificar su Estatuto y adaptarlo a algunos cambios normativos que les afectan. Sin embargo, y dado que es la primera vez que modifican dichos Estatutos, dudan acerca del órgano que debe aprobar el proyecto. ¿Qué órgano debería aprobar el proyecto de modificación? Indique la respuesta correcta: Deberá aprobar el proyecto de Estatuto la Junta General Extraordinaria. Deberá aprobar el proyecto de Estatuto la Junta de Gobierno. Deberá aprobar el proyecto de Estatuto el propio Decano del Colegio. Deberá aprobarse el proyecto de Estatuto mediante referéndum entre los colegiados ejercientes.

Eugenia ejerció de abogada en un procedimiento penal que finalizó hace más de diez años. Con motivo de un libro que está escribiendo, sobre estrategias procesales, decide escribir algunos detalles del caso, y en concreto, publica comunicaciones que realizó tanto con su cliente como con los abogados del adversario. ¿Es correcta dicha publicación? Indique la respuesta correcta: No, porque el deber de secreto profesional continúa aun cuando el procedimiento esté terminado, sin que esté limitado en el tiempo. No, porque el deber de secreto profesional continúa aun cuando el procedimiento esté terminado, siempre que no hayan transcurrido más de veinte años de la finalización del mismo. Sí, al haber transcurrido más de diez años de la finalización del procedimiento. Sí, porque pueden desvelarse detalles siempre y cuando haya finalizado el procedimiento y se haya cesado en la dirección y defensa de dicho cliente.

Iván es socio de un despacho de abogados especializado en procedimientos de responsabilidad civil derivados de accidentes de transporte. Ante una reciente catástrofe de avión, Iván decide acudir al aeropuerto donde se ha producido el accidente y, aprovechando la confusión, repartir tarjetas profesionales entre las víctimas como medio de publicitarse. ¿Es conforme al Código Deontológico dicha publicidad? Indique la respuesta correcta: No, porque este tipo de publicidad vulnera el Código Deontológico al dirigirse a las víctimas de accidentes que carecen de plena y serena libertad para la elección del abogado. Sí, porque la publicidad de los servicios profesionales de un abogado no está sujeta a ninguna limitación. No, porque los despachos de abogados no pueden realizar ningún tipo de publicidad dado que vulneraría lo establecido en el Código Deontológico. Sí, siempre y cuando dicha publicidad no la realice Iván de forma personal, sino mediante un tercero.

Alberto, abogado en ejercicio, ejerce la asistencia de su cliente en un procedimiento civil. Durante dicho procedimiento, el abogado de la parte contraria le presenta una propuesta de arreglo amistoso que Alberto decide presentar ante el juez como medio de prueba. ¿Es correcta dicha actuación? Indique la respuesta correcta: Sí, porque Alberto puede presentar ante el juez todos aquellos documentos que considere necesario para la defensa de su cliente, sin límite alguno. No, porque Alberto no puede divulgar una propuesta de arreglo amistoso hecho por la parte contraria o su abogado, salvo autorización expresa de éste. No, porque Alberto no puede divulgar una propuesta de arreglo amistoso hecho por la parte contraria o su abogado en ningún caso. Sí, porque Alberto puede presentar ante el juez todos aquellos documentos que considere necesario para la defensa de su cliente, siempre que sea en un momento previo a la apertura del juicio oral.

Inmaculada, abogada en ejercicio, ejerce la asistencia letrada en un procedimiento penal muy mediático en el que una de las partes es un famoso deportista. Ante la curiosidad de sus compañeros de despacho, decide compartir algunos detalles del caso, que por otro lado ya han sido publicados en algunos medios de comunicación. ¿Es correcta dicha actitud? Indique la respuesta correcta: Sí, porque Inmaculada puede desvelar informaciones si éstas ya han sido publicadas previamente. No, porque Inmaculada no puede desvelar ningún detalle del procedimiento dado el deber de secreto profesional. Sí, porque Inmaculada puede compartir detalles del procedimiento si es a compañeros de su despacho. No, salvo que se traten de detalles menores del procedimiento, como por ejemplo, posibles estrategias o propuestas realizadas por el contrario.

Jimena, abogada, recibe el encargo de un cliente de demandar a su compañero de profesión Pablo al habérsele pasado a éste el plazo para contestar una demanda que fue estimada íntegramente a la parte contraria con expresa imposición de costas. Jimena presenta directamente la correspondiente demanda reclamando una indemnización por los daños y perjuicios causados. Indique la respuesta deontológicamente correcta: Jimena no actúa correctamente puesto que debió acudir previamente al centro de mediación del colegio de abogados. Jimena no actúa correctamente porque antes de presentar la demanda debería haber solicitado un acto de conciliación con el compañero. Jimena no actúa correctamente porque debió comunicarlo previamente al Decano del Colegio de Abogados por si éste considerase oportuno realizar una labor de mediación. Jimena actúa correctamente, porque está obligada a atender a los encargos del cliente en todo caso.

Javier acaba de lograr el título profesional de abogado. Para ejercer la profesión, ha decidido abrir un despacho propio. Sin embargo, y para dotar dicho despacho de mayor seriedad – dada su juventud y falta de experiencia - decide usar en sus tarjetas profesionales el logo de su Colegio de Abogados. ¿Es correcto dicho uso? Indique la respuesta correcta: Sí, siempre y cuando esté colegiado en dicho Colegio profesional. Sí, siempre que cuente con la autorización de dicho Colegio. No, porque los símbolos colegiales están reservados únicamente a la publicidad institucional. Sí, porque los abogados pueden usar los símbolos de los colegios profesionales libremente.

María ejerce de abogada de una de las partes en un procedimiento de divorcio. A su despacho acude el abogado de la parte contraria, con el objetivo de intentar lograr un acuerdo extrajudicial. Sin embargo, en ese mismo momento, en el despacho espera un potencial cliente y otro cliente de María. ¿A quién debe atender primero María? Indique la respuesta correcta: A su cliente, dado que es con quien tiene una relación de contratación de servicios. Al potencial cliente, dado que de otra forma podría perder a un cliente. A quien hubiera llegado primero, sin ningún tipo de preferencia entre ellos. Al abogado de la parte contraria, con preferencia a cualquier otra persona.

El Consejo General de la Abogacía Española acaba de convocar la fecha para elección de su Presidente y de los doce consejeros electivos del organismo. Sin embargo, Sofía, decana del Colegio de Murcia, cree que no se han respetado los plazos mínimos de antelación exigidos para la convocatoria de estas elecciones. ¿Cuál sería dicho plazo? Indique la respuesta correcta: La elección del Presidente del Consejo General y de los doce consejeros electivos se convocará al menos con veinte días naturales de antelación a la fecha de celebración del Pleno. La elección del Presidente del Consejo General y de los doce consejeros electivos se convocará al menos con treinta días hábiles de antelación a la fecha de celebración del Pleno. La elección del Presidente del Consejo General y de los doce consejeros electivos se convocará al menos con veinte días hábiles de antelación a la fecha de celebración del Pleno. La elección del Presidente del Consejo General y de los doce Consejeros electivos se convocará al menos con treinta días naturales de antelación a la fecha de celebración del Pleno.

Enrique ha agotado la duración de su contrato en prácticas en el despacho Mendoza S.A. pero continúa prestando servicios para dicho despacho. ¿Qué pasaría en este supuesto con su contrato? Indique la respuesta correcta: Si Enrique continúa prestando servicios después de agotar la duración máxima del contrato de prácticas, éste se transformará en indefinido. Si Enrique continúa prestando servicios después de agotar la duración máxima del contrato de prácticas, éste se entenderá automáticamente prorrogado. Si Enrique continúa prestando servicios después de agotar la duración máxima del contrato de prácticas, éste se convertirá en un contrato con una duración máxima de un año. Si Enrique continúa prestando servicios después de agotar la duración máxima del contrato de prácticas, éste se convertirá en un contrato con una duración máxima de dos años.

Alejandro y Juan Carlos, ambos abogados en ejercicio, ejercen la asistencia letrada de partes contrarias en un procedimiento judicial. Durante el transcurso del mismo, ambos deciden asociarse y formar un único despacho profesional. ¿Pueden seguir con la asistencia letrada de ambos clientes en ese mismo procedimiento? Indique la respuesta correcta: Sí, siempre y cuando guarden el debido secreto profesional en relación con dicho procedimiento. Sí, dado que la relación con sus clientes es anterior a la asociación entre ambos profesionales. No, porque nunca podrían haberse asociado dado que tenían intereses contrapuestos. No, porque al asociarse en un mismo despacho no pueden ostentar la defensa de partes que son contrarias en el procedimiento, salvo autorización expresa de los dos clientes para intervenir en defensa de uno de ellos.

En el Colegio de Abogados de A Coruña se van a celebrar elecciones a Decano y a los demás cargos de la Junta de Gobierno. Marta se ha incorporado a dicho Colegio hace dos meses, por lo que duda acerca de si puede o no participar en dichas elecciones como electora. ¿Podría participar Marta en dichas elecciones? Indique la respuesta correcta: Sí, porque en dichas elecciones pueden participar como electores todos los colegiados incorporados, con independencia del momento en que se haya incorporado en dicho Colegio. No, porque en dichas elecciones sólo pueden participar como electores los colegiados incorporados con más de tres meses de antelación a la fecha de convocatoria de las elecciones. Sí, porque en dichas elecciones pueden participar como electores los colegiados incorporados con más de dos meses de antelación a la fecha de convocatoria de las elecciones. No, porque en dichas elecciones sólo pueden participar como electores los colegiados incorporados con más de un año de antelación a la fecha de convocatoria de las elecciones.

Isaac, abogado del turno de oficio, debe responder un requerimiento de la Agencia Tributaria referido a sus ingresos y el funcionario encargado de su expediente le pregunta sobre la condición jurídica de su actividad en dicho turno. Indique la respuesta correcta: Isaac presta el servicio del turno de oficio como funcionario público. Isaac presta el servicio del turno de oficio como personal laboral de la administración. Isaac presta el servicio del turno de oficio como profesional libre e independiente. Isaac presta el servicio del turno de oficio como autónomo dependiente del colegio de abogados.

A Octavio, abogado en ejercicio, un cliente le pide que impugne la minuta del abogado de la parte contraria que ha sido incluida en las costas de un procedimiento judicial en el que ha sido parte. Su cliente quiere que impugne dicha minuta por indebida y, subsidiariamente, por excesiva. ¿Es posible realizar ambas impugnaciones simultáneamente? Indique la respuesta correcta: Sí, pero solo cuando al mismo tiempo se impugne por ambos conceptos la minuta del procurador. Sí, en cuyo caso se tramitarán ambas impugnaciones simultáneamente con arreglo a sus propias normas pero la resolución sobre si los honorarios son excesivos quedará en suspenso hasta que se decida si la partida impugnada es o no debida. No. Es preciso impugnar en primer lugar por excesivos y solo cuando se resuelva en firme esa impugnación se podrán impugnar por indebidos. No. Es preciso impugnar en primer lugar por indebidos y solo cuando se resuelva en firme esa impugnación se podrán impugnar por excesivos.

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