Explotación segura en Estaciones de Viajeros y Terminales
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Título del Test:![]() Explotación segura en Estaciones de Viajeros y Terminales Descripción: Explot Seg Estac Viaj y Term Trans Mercanc AV Fecha de Creación: 2021/01/23 Categoría: Otros Número Preguntas: 42
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¿De qué fecha es?. Abril 2020. Abril 2019. ¿Quién elabora?. Director Estaciones de Viajeros, Director SS.LL y Director Gabinete y Gestión Corporativa. Director General de Negocio y Operaciones Comerciales. ¿Quién revisa?. Director Estaciones de Viajeros, Director SS.LL y Director Gabinete y Gestión Corporativa. Subdirector de Calidad y Cliente. ¿Quién aprueba?. Director General de Negocio y Operaciones Comerciales. Director Estaciones de Viajeros, Director SS.LL y Director Gabinete y Gestión Corporativa. Objeto. Establecer las condiciones para una explotación segura de las Estaciones de Viajeros y Terminales de Transporte de Mercancías gestionadas por la Dirección General de Negocio y Operaciones Comerciales (DGNOC), estableciendo un marco general que permita realizar una gestión eficaz de los riesgos de seguridad inherentes a los activos de dicho ámbito. Establecer las condiciones para una explotación segura de las Estaciones de Viajeros y Terminales de Transporte de Mercancías gestionadas por la Dirección General de Negocio y Operaciones Comerciales (DGNOC). Alcance y ámbito de aplicación. Alcanza y aplica a las personas, dependencias e instalaciones del ámbito de responsabilidad de Adif relacionadas con la explotación y gestión de las Estaciones de Viajeros (EEVV) y de las Terminales de Transporte de Mercancías (TTM) de la RFIG gestionadas por la Dirección General de Negocio y Operaciones Comerciales. Alcanza y aplica a las personas, dependencias e instalaciones del ámbito de responsabilidad de Adif y Adif -AV relacionadas con la explotación y gestión de las Estaciones de Viajeros (EEVV) y de las Terminales de Transporte de Mercancías (TTM) de la RFIG gestionadas por la Dirección General de Negocio y Operaciones Comerciales. Alcance y ámbito de aplicación. Se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los contratistas gestionen sus riesgos conforme a los métodos comunes de seguridad para los procesos de vigilancia, de forma contractual. También se velará porque se gestionen los riesgos introducidos por los proveedores y los prestadores de servicios, incluidos los subcontratistas. Se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los contratistas gestionen sus riesgos conforme a los métodos comunes de seguridad para los procesos de vigilancia, de forma contractual. También se velará porque se gestionen los riesgos introducidos por los proveedores y los prestadores de servicios. Responsabilidades. Departamento de Seguridad de Dirección General. Dirección General Negocio y Operaciones Comerciales. Responsabilidades. Departamento de Seguridad de Dirección General (Nivel Central). Departamento de Seguridad de Dirección General. Responsabilidades. Área Responsable de la Gestión de las estaciones de viajeros. Área Responsable de la Gestión y Explotación de las estaciones de viajeros. Responsabilidades. Área Responsable de la Gestión y Explotación de las estaciones de viajeros (Nivel Territorial). Área Responsable de la Explotación de las estaciones de viajeros (Nivel Territorial). Responsabilidades. Área Responsable de Mantenimiento de las estaciones de viajeros. Área Responsable de Servicios y Mantenimiento de las estaciones de viajeros. Responsabilidades. Área Responsable de la Gestión Comercial de Estaciones de Viajaros. Área Responsable de la Gestión de Estaciones de Viajaros. Responsabilidades. Área Responsable de la Explotación de las terminales de transporte de Mercancías. Área Responsable de la Gestión y Explotación de las terminales de transporte de Mercancías. Responsabilidades. Área Responsable de la Gestión y Explotación de las terminales de transporte de Mercancías (Nivel Territorial). Área Responsable de la Explotación de las terminales de transporte de Mercancías (Nivel Territorial). Responsabilidades. Área Responsable de la Gestión de los Servicios de las Terminales de Transporte de Mercancías. Área Responsable de los Servicios de las Terminales de Transporte de Mercancías. Responsabilidades. Área Responsable de Proyectos y obras de Terminales de Transporte de Mercancías. Área Responsable de Proyectos de Terminales de Transporte de Mercancías. Responsabilidades. Área Responsable de la Gestión de instalaciones para el Suministro de Tracción. Área Responsable de la Gestión de instalaciones para el Suministro de Combustible de Tracción. Responsabilidades. Áreas Responsables de la elaboración de proyectos de otras DG/D. Áreas Responsables de la elaboración de proyectos de otras DG. Responsabilidades. Áreas Responsables de la Ejecución de las Obras de construcción de otras DG. Áreas Responsables de la Ejecución de las Obras de construcción de otras DG/D. Responsabilidades. Área Responsable de Seguridad. Área Responsable de Protección y Seguridad. Responsabilidades. Área Responsable de la Gestión de Recursos Humanos. Área Responsable de la Gestión de Personas. Responsabilidades. Áreas Responsable de la Gestión del Tráfico. Áreas Responsable de la Circulación y Gestión del Tráfico. Responsabilidades. Áreas Responsables de la Conservación. Áreas Responsables del Mantenimiento. Responsabilidades. Área Responsable de la Tramitación de las Puestas/Entradas en Servicio. Área Responsable de la Tramitación de las Entradas en Servicio. ACAE. Aplicación Informática del Centro de Información de Renfe Fabricación y Mantenimiento. Acta de Coordinación de Actividades Empresariales. Documento con el que se garantiza, mediante la firma de las partes, que dos o más empresas se han reunido e intercambiado la información sobre los riesgos de su actividad. ACIM. Aplicación Informática del Centro de Información de Renfe Fabricación y Mantenimiento. Acta de Coordinación de Actividades Empresariales. Documento con el que se garantiza, mediante la firma de las partes, que dos o más empresas se han reunido e intercambiado la información sobre los riesgos de su actividad. Autoprotección. Sistema de acciones y medidas, adoptadas por los titulares de las actividades, públicas o privadas con sus propios medios y recursos dentro de su ámbito de competencias, encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, para dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia y a garantizar la integración de estas actuaciones en el sistema público de protección civil. Sistema de acciones y medidas, adoptadas por los titulares de las actividades públicas con sus propios medios y recursos dentro de su ámbito de competencias, encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, para dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia y a garantizar la integración de estas actuaciones en el sistema público de protección civil. CASH 24 (Centro de Autoprotección y Seguridad H24). Órgano del área responsable de la Protección y Seguridad encargado del seguimiento y control de la gestión semanal de las actividades desarrolladas por la organización en el territorio nacional. Es el órgano principal para coordinar la gestión de las distintas situaciones de emergencia que se produzcan en cualquier ámbito de la empresa que requieran su intervención, bien a petición de las Gerencias Territoriales, por orden del área responsable de la Protección y Seguridad o por superar la incidencia el ámbito de una Gerencia. Órgano del área responsable de la Protección y Seguridad encargado del seguimiento y control de la gestión diaria de las actividades desarrolladas por la organización en el territorio nacional. Es el órgano principal para coordinar la gestión de las distintas situaciones de emergencia que se produzcan en cualquier ámbito de la empresa que requieran su intervención, bien a petición de las Gerencias Territoriales, por orden del área responsable de la Protección y Seguridad o por superar la incidencia el ámbito de una Gerencia. EIAIE. Equipo de Intervención, Alarma y Evacuación. Personal a disposición del Jefe de Intervención o Jefe de Planta/Zona responsable de dar la alarma, intervenir con el material de protección disponible y asegurarse de la evacuación en su zona de responsabilidad. Aplicación de gestión informática de medios auxiliares del área responsable de la gestión y explotación de las Terminales de Transporte de Mercancías. GIMA. Gestor Instalaciones de Servicio. Departamento que efectúa la gestión de la asignación de capacidad en las instalaciones de servicio a las empresas ferroviarias y a otros candidatos. Existe un departamento en el área responsable de la gestión y explotación de las Estaciones de Viajeros y otro en el de Terminales de Transporte de Mercancías, especializados según se trate de instalaciones de servicio relacionadas con el transporte de viajeros o de mercancías, respectivamente. En el caso del área responsable de la gestión y explotación de Estaciones de Viajeros esta función se efectúa por el equipo de Operaciones H24, ubicado en el Centro de Gestión de Red H24, en coordinación con los responsables de las estaciones y de gestión de la circulación, en el caso del área responsable de la gestión y explotación de las Terminales de Transporte de Mercancías esta función la realiza el GISH24, ubicado en Madrid Abroñigal. Aplicación de gestión informática de medios auxiliares del área responsable de la gestión y explotación de las Terminales de Transporte de Mercancías. GIS. Gestor Instalaciones de Servicio. Departamento que efectúa la gestión de la asignación de capacidad en las instalaciones de servicio a las empresas ferroviarias. Existe un departamento en el área responsable de la gestión y explotación de las Estaciones de Viajeros y otro en el de Terminales de Transporte de Mercancías, especializados según se trate de instalaciones de servicio relacionadas con el transporte de viajeros o de mercancías, respectivamente. En el caso del área responsable de la gestión y explotación de Estaciones de Viajeros esta función se efectúa por el equipo de Operaciones H24, ubicado en el Centro de Gestión de Red H24, en coordinación con los responsables de las estaciones y de gestión de la circulación, en el caso del área responsable de la gestión y explotación de las Terminales de Transporte de Mercancías esta función la realiza el GISH24, ubicado en Madrid Abroñigal. Gestor Instalaciones de Servicio. Departamento que efectúa la gestión de la asignación de capacidad en las instalaciones de servicio a las empresas ferroviarias y a otros candidatos. Existe un departamento en el área responsable de la gestión y explotación de las Estaciones de Viajeros y otro en el de Terminales de Transporte de Mercancías, especializados según se trate de instalaciones de servicio relacionadas con el transporte de viajeros o de mercancías, respectivamente. En el caso del área responsable de la gestión y explotación de Estaciones de Viajeros esta función se efectúa por el equipo de Operaciones H24, ubicado en el Centro de Gestión de Red H24, en coordinación con los responsables de las estaciones y de gestión de la circulación, en el caso del área responsable de la gestión y explotación de las Terminales de Transporte de Mercancías esta función la realiza el GISH24, ubicado en Madrid Abroñigal. HABILITA. Aplicación de gestión informática de medios auxiliares del área responsable de la gestión y explotación de las Terminales de Transporte de Mercancías. Aplicación para la gestión y registro de los títulos habilitantes que otorga Adif. PIRSC. Aplicación de Adif para a gestión de Solicitudes y Asignación de Capacidad en las Instalaciones en Servicio. Parte de Información de Riesgos de Seguridad en la Circulación. Registro por medio del cual se informa de cualquier situación que, a su juicio y por motivos razonables, entrañe un peligro o amenaza para la seguridad en la circulación. OCA. Organismo Central Autorizado. Organismo de Control Autorizado. PAE. Plan Autoprotección y Emergencia. Plan Autoconservación y Emergencia. PE. Plan Extinción. Plan Emergencia. SYACIS. Aplicación de Adif para a gestión de Solicitudes y Asignación de Capacidad en las Instalaciones en Servicio. Aplicación de gestión informática de medios auxiliares del área responsable de la gestión y explotación de las Terminales de Transporte de Mercancías. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN. (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales). Se trata de planes o medidas que deben establecerse en aquellos centros de trabajo cuyas instalaciones no se encuentren contempladas en el Real Decreto 393/2007 o en la legislación autonómica, para la protección de los trabajadores y usuarios ajenos que pudiesen encontrarse en dichas dependencias. Son elaborados por el Departamento de Seguridad de la DGNOC (nivel central) en todas aquellas instalaciones en las cuales no requieren Plan de Autoprotección. En el procedimiento “Elaboración, implantación y actualización de Planes de Emergencia/Medidas de Emergencia” se recogen los criterios que son de aplicación en cada una de las instalaciones de la DGNOC. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección (NBA) de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia). Se trata de planes que Adif y Adif-AV deben disponer en las instalaciones que puedan generar riesgo de emergencia según se establezca en dicho Real Decreto o en la legislación autonómica. Son elaborados por el área responsable de la Protección y Seguridad en base al R.D 393/2007 y al procedimiento específico de Adif “Elaboración y Mantenimiento de Planes de Autoprotección” (ADIF-PE-108-002-001-SC-554), que afecten a Estaciones de Viajeros y a Terminales de Transporte de Mercancías con actividades relacionadas con materias peligrosas, según el RD 393/2007 y su desarrollo normativo autonómico, correspondiendo a esta área su mantenimiento y actualización. En todas las dependencias de la DGNOC que, en cumplimiento del R.D 393/2007, dispongan de Plan de Autoprotección, el Departamento de Seguridad de la DGNOC (nivel central) elaborará la Documentación Complementaria a dicho Plan. PLAN/MEDIDAS DE EMERGENCIA. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección (NBA) de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia). Se trata de planes que Adif y Adif-AV deben disponer en las instalaciones que puedan generar riesgo de emergencia según se establezca en dicho Real Decreto o en la legislación autonómica. Son elaborados por el área responsable de la Protección y Seguridad en base al R.D 393/2007 y al procedimiento específico de Adif “Elaboración y Mantenimiento de Planes de Autoprotección” (ADIF-PE-108-002-001-SC-554), que afecten a Estaciones de Viajeros y a Terminales de Transporte de Mercancías con actividades relacionadas con materias peligrosas, según el RD 393/2007 y su desarrollo normativo autonómico, correspondiendo a esta área su mantenimiento y actualización. En todas las dependencias de la DGNOC que, en cumplimiento del R.D 393/2007, dispongan de Plan de Autoprotección, el Departamento de Seguridad de la DGNOC (nivel central) elaborará la Documentación Complementaria a dicho Plan. (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales). Se trata de planes o medidas que deben establecerse en aquellos centros de trabajo cuyas instalaciones no se encuentren contempladas en el Real Decreto 393/2007 o en la legislación autonómica, para la protección de los trabajadores y usuarios ajenos que pudiesen encontrarse en dichas dependencias. Son elaborados por el Departamento de Seguridad de la DGNOC (nivel central) en todas aquellas instalaciones en las cuales no requieren Plan de Autoprotección. En el procedimiento “Elaboración, implantación y actualización de Planes de Emergencia/Medidas de Emergencia” se recogen los criterios que son de aplicación en cada una de las instalaciones de la DGNOC. PLAN DE CONTINGENCIAS. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección (NBA) de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia). Se trata de planes que Adif y Adif-AV deben disponer en las instalaciones que puedan generar riesgo de emergencia según se establezca en dicho Real Decreto o en la legislación autonómica. Son elaborados por el área responsable de la Protección y Seguridad en base al R.D 393/2007 y al procedimiento específico de Adif “Elaboración y Mantenimiento de Planes de Autoprotección” (ADIF-PE-108-002-001-SC-554), que afecten a Estaciones de Viajeros y a Terminales de Transporte de Mercancías con actividades relacionadas con materias peligrosas, según el RD 393/2007 y su desarrollo normativo autonómico, correspondiendo a esta área su mantenimiento y actualización. En todas las dependencias de la DGNOC que, en cumplimiento del R.D 393/2007, dispongan de Plan de Autoprotección, el Departamento de Seguridad de la DGNOC (nivel central) elaborará la Documentación Complementaria a dicho Plan. (Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario y Real Decreto 1044/2013, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el estatuto de la entidad pública empresarial Adif-Alta Velocidad). Se trata de un plan elaborado por las áreas responsables de Circulación y Gestión del Tráfico que recoge todas las medidas necesarias para restablecer la situación de normalidad a la mayor brevedad posible en caso de accidente, de fallo técnico o de cualquier otra incidencia que perturbe significativamente el tráfico ferroviario. OTROS POSIBLES PLANES DE ACCIÓN DERIVADOS DEL CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS. Como consecuencia de situaciones sobrevenidas y previsibles que pudieran afectar a la explotación, pudiendo ser necesario la elaboración de instrucciones específicas de contingencia ante estas situaciones. Como consecuencia de situaciones sobrevenidas no previsibles que pudieran afectar a la explotación, pudiendo ser necesario la elaboración de instrucciones específicas de contingencia ante estas situaciones. |