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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Historia 36

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Título del Test:
Historia 36

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Fecha de Creación: 03/12/2024

Categoría: Historia

Número Preguntas: 46
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¿Qué diferencia existe entre el delito de omisión del deber de socorro y el abandono del lugar del accidente? El abandono se refiere exclusivamente a accidentes de tráfico con lesiones o fallecimientos, mientras que la omisión del deber de socorro abarca además situaciones más amplias. No existe diferencia. No existe diferencia porque la penalidad es la misma en ambas modalidades delictivas. No existe diferencia ya que la víctima en ambos delitos debe estar en peligro grave y desamparada.
Juan conduce por una carretera secundaria cuando observa a una persona tirada en la cuneta. Decide no detenerse y continúa su camino. Minutos después, María pasa por el mismo lugar, ve a la persona herida pero, al no tener teléfono móvil, sigue conduciendo hasta llegar al pueblo más cercano donde avisa a emergencias. Finalmente, Pedro, que también pasa por el lugar, se detiene para ayudar pero, al ver que la víctima está gravemente herida, entra en pánico y huye sin prestar auxilio ni avisar a nadie. ¿Es punible la conducta de María y comete un delito de omisión del deber de socorro? No. Al no tener teléfono móvil, María estaba "impedida de prestar socorro" en ese momento, pero demandó con urgencia auxilio ajeno al llegar al pueblo más cercano y avisar a emergencias. Su acción se ajusta a lo requerido por la ley para quienes no pueden prestar socorro directo Sí. María observó a una persona desamparada y en posible peligro manifiesto y grave, y decidió no detenerse ni prestar auxilio, pudiendo hacerlo sin riesgo propio ni de terceros. Todas las respuestas no son correctas. Sí. Aunque inicialmente se detuvo para ayudar, lo cual demuestra que reconoce la situación de desamparo y peligro de la víctima, su posterior huida sin prestar auxilio ni avisar a nadie configura la omisión punible de María. .
EL SUJETO PASIVO EN EL TIPO BÁSICO DEL DELITO DE OMISIÓN DEL DEBER DE SOCORRO ES: Una persona acompañada de otra Una persona que se encuentre desamparada y en peligro manifiesto y grave. Una persona que se encuentre en peligro manifiesto y grave por accidente ocasionado por el sujeto activo. Una persona que se encuentre en peligro manifiesto y grave.
Una de las características del delito de denegación o abandono de asistencia sanitaria es: No puede concurrir estado de necesidad en caso de varios pacientes precisados de asistencia e insuficiencia de médicos. Puede concurrir estado de necesidad en caso de varios pacientes precisados de asistencia e insuficiencia de médicos. Puede concurrir estado de necesidad en caso de varios pacientes que no precisen de asistencia e insuficiencia de médicos. Puede concurrir estado de sacrificio en caso de varios pacientes precisados de asistencia e insuficiencia de médicos.
En el delito de omisión del deber de socorro, el sujeto pasivo: Ninguna de las respuestas es correcta. No puede ser sujeto pasivo la comunidad o la sociedad. Puede ser sujeto pasivo la comunidad. Puede ser sujeto pasivo la comunidad o la sociedad. .
En el delito de omisión del auxilio personal, de artículo 195.1 del C.P.: La víctima debe hallarse en una situación de desamparo y de peligro leve para su vida o integridad. La víctima debe hallarse en una situación de desamparo y de peligro manifiesto y grave para su vida o integridad. La víctima no debe hallarse en una situación de desamparo y de peligro manifiesto y grave para su vida o integridad. La víctima debe hallarse en una situación de amparo y de peligro manifiesto y grave para su vida o integridad.
Una de las características del delito de denegación o abandono de asistencia sanitaria es: Se debe prestar aquella asistencia sanitaria que deje de precisar el enfermo en cuestión. Se debe prestar aquella asistencia sanitaria que precise el enfermo en cuestión. Se debe prestar aquella asistencia preventiva que precise el enfermo en cuestión. Se debe prestar aquella asistencia asistencial que precise el enfermo en cuestión.
Una de las características del delito de denegación o abandono de asistencia sanitaria es que se trata de un: Delito especial impropio (sujetos pasivos profesionales de la sanidad) frente a la omisión del deber de socorro. Delito especial propio (sujetos activos profesionales de la sanidad) frente al deber de socorro. Delito especial impropio (sujetos activos profesionales de la sanidad) frente a la omisión del deber de socorro. Ninguna de las respuestas es correcta. .
El profesional sanitario que, obligado a prestar asistencia sanitaria, denegare la misma será castigado si: Se deriva un riesgo leve para las personas. Se deriva cualquier riesgo para las personas. Ninguna de las respuestas propuestas es correcta. Se deriva un riesgo grave para las personas.
El enjuiciamiento de los delitos de omisión del deber de socorro se realiza de la siguiente manera: El conocimiento de estos delitos corresponde al Tribunal Popular. El conocimiento de estos delitos corresponde al Tribunal del lugar donde se haya prestado la asistencia sanitaria. El conocimiento de estos delitos corresponde al Tribunal del Jurado. El conocimiento de estos delitos corresponde al Tribunal del lugar donde se haya cometido el delito. .
En la modalidad principal, del artículo 195 del Código Penal, en la omisión del auxilio personal (artículo 195.1 del Código Penal), el comportamiento típico es: Socorrer a persona desamparada, en peligro manifiesto y grave, cuando ello sea posible. No socorrer a persona desamparada, en peligro manifiesto y grave, cuando ello sea posible. Todas las respuestas son correctas. No socorrer a persona desamparada, en peligro leve, cuando ello no sea posible.
En la modalidad principal del delito de omisión del auxilio personal, del artículo 195.1 del C.P es: El comportamiento típico es socorrer a persona desamparada, en peligro manifiesto y grave, cuando ello sea posible. El comportamiento típico es no socorrer a persona desamparada, en peligro manifiesto y grave, cuando ello sea posible. El comportamiento típico es socorrer a persona desamparada, en peligro cuando ello sea posible. El comportamiento típico es no socorrer a persona desamparada, en peligro cuando ello sea posible.
EL TIPO QUE CASTIGA AL PROFESIONAL QUE, ESTANDO OBLIGADO A ELLO, DENEGARE ASISTENCIA SANITARIA O ABANDONARE LOS SERVICIOS SANITARIOS: Es un tipo de resultado. Es un tipo de mera actividad. Requiere que de la denegación o abandono se derive riesgo grave para la salud de las personas. Es un tipo de peligro abstracto.
Una de las características del delito de denegación o abandono de asistencia sanitaria es: Delito de comisión pura o simple. Delito de omisión por comisión. Delito de acción pura o simple. Delito de omisión pura o simple.
En caso de concurso de leyes entre el delito de omisión del deber de socorro "personal" o el delito de omisión del deber de socorro "profesional", prevalece: No prevalece ninguno.. Prevalece el delito de omisión profesional por ser ley especial y conlleva penas más graves, incluyendo inhabilitación profesional. Ambos tipos penales prevalecen. Prevalece el delito de omisión personal y en este supuesto incluye inhabilitación profesional.
María es médica del servicio de urgencias pero se niega a atender a un paciente que llega a urgencias con síntomas de ataque al corazón alegando que su turno ha terminado. María puede ser autora de un delito especial agravado del artículo 196 del CP ya que como profesional está obligada a prestar asistencia y además deniega ayuda en una situación de riesgo grave. María puede ser autora de un delito de omisiñón del deber de socorro pero no en su modalidad especial agravado del artículo 196 del CP ya que como profesional que ha terminado su turno pese a estar obligada a prestar asistencia y además deniega ayuda en una situación de riesgo grave, al estar fuera de su turno de trabajo no se le aplicaría el tipo agravado del artículo 196 del CP. María no puede ser autora de un delito especial agravado del artículo 196 del CP ya que como profesional al terminar su turno de trabajo no está obligada a prestar asistencia y a no buscar ayuda en una situación de riesgo grave. Es una causa eximente de responsabilidad penal. María no puede ser autora de un delito especial agravado del artículo 196 del CP ya que como profesional ha finalizado su turno y tampoco está obligada a prestar asistencia o buscar ayuda en una situación de riesgo grave. Si lo hiciera estaría cometiendo un delito contra el derecho de los trabajadores.
Una de las características del delito de denegación o abandono de asistencia sanitaria es: Es un delito de peligro abstracto que se consuma cuando se crea la situación de riesgo grave. Es un delito de peligro abstracto. Es un delito de peligro concreto que se consuma cuando se crea la situación de riesgo grave. Es un delito de peligro concreto que se consuma cuando finaliza la situación de riesgo grave.
¿Qué tribunal es el competente para conocer de los delitos de omisión del deber de socorro? El Juzgado de lo Penal El Juzgado de Instrucción El tribunal del jurado La Audiencia Provincial.
¿Cuáles deben ser los elementos necesarios para que se configure el delito de omisión del deber de socorro del artículo 195 del CP?. Debe haber una persona en peligro grave. Debe haber una persona en peligro grave. Todas las respuestas con correctas. La posibilidad de prestar auxilio sin riesgo propio.
En el delito de omisión del deber de socorro, ¿constituye un supuesto agravado específico que la víctima lo fuere por accidente ocasionado por el que omitió el auxilio?: Sí, pero sólo si el accidente se ha causado por imprudencia grave o menos grave. Ninguna de las respuestas propuestas es correcta. Sí, pero sólo si el accidente se ha causado por imprudencia grave. Sí, cuando el accidente se ha causado fortuitamente.
El delito de la omisión del deber de socorro (artículos 195 y 196 del Código Penal), su tribunal competente para su conocimiento y fallo es: El Tribunal Supremo. El Tribunal del Jurado. El Tribunal Constitucional. El Juzgado de lo Penal.
LA MODALIDAD AGRAVADA DEL DELITO DE OMISIÓN DE SOCORRO SE PRODUCE: Cuando la víctima falleciere. Sólo cuando la víctima lo fuere por imprudencia grave del que omitió el auxilio. Sólo cuando la víctima lo fuere por imprudencia del que omitió el auxilio. Cuando la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente o por imprudencia del que omitió el auxilio.
El profesional que, estando obligado, abandonare los servicios sanitarios comete un delito de omisión del deber de socorro: No se comete un delito de omisión del deber de socorro, aunque responderá por el resultado por un delito impropio de omisión. Cuando como resultado de la denegación se produzca algún resultado material dañoso para la víctima únicamente. En todo caso. Cuando de la denegación o abandono se derive riesgo grave para la salud de las personas.
El profesional sanitario que, obligado a prestar asistencia sanitaria, abandonare los servicios sanitarios será castigado si: Se deriva cualquier riesgo para las personas. Ninguna de las respuestas propuestas es correcta. Se deriva un riesgo leve para las personas. Se deriva un riesgo grave para las personas.
En el delito de omisión del auxilio personal, del artículo 195.1 del C.P.: El peligro ha de ser actual, difícilmente perceptible y patente. El peligro ha de ser actual, fácilmente perceptible y patente. El peligro ha de ser actual, fácilmente perceptible e impotente. El accidente ha de ser actual, fácilmente perceptible y patente.
Si un sujeto causa un accidente de manera fortuita y omite el auxilio a las víctimas: Se castigará como un delito de omisión del deber de socorro. Es una conducta impune puesto que el accidente se produce de manera imprevisible. Se castiga conforme al resultado lesivo para las víctimas. Ninguna de las respuestas propuestas es correcta.
¿Qué sucede si no se puede socorrer a una persona sin riesgo propio, pero no se solicita ayuda a terceros? Si no es posible prestar auxilio directamente debido a un riesgo personal, la obligación no se tiene el por qué trasladar en solicitar ayuda a otros, como llamar a servicios de emergencia. No estaría cometiendo delito alguno. Si no es posible prestar auxilio directamente debido a un riesgo personal, la obligación se traslada a solicitar ayuda a otros, como llamar a servicios de emergencia. En caso de no hacerlo estaría cometiendo un delito de omisión del deber de socorro. Es mejor llamar a terceras personas para que auxilien a otra persona y no buscarse responsabilidades donde no las hay y marcharse inmediatamente del lugar. Si no es posible prestar auxilio directamente debido a que no quiero hacerlo, no estaría cometiendo un delito de omisión del deber de socorro.
Para prestar el socorro, dentro de del delito de omisión del deber de socorro del artículo 195.1 del Código Penal, tiene que existir además para que socorre o pide socorro a terceros: Riesgo propio pero con ausencia de riesgo para terceros. Ausencia de riesgo propio o de terceros Riesgo propio y para terceros. Ausencia de riesgo propio pero sí cabe riesgo para terceros. .
¿Qué diferencia hay entre el tipo básico y tipo agravado del delito de omisión del deber de socorro? No existe diferencia alguna. El tipo agravado se aplica si el autor causó un accidente y no asistió a la víctima. En el delito de omisión del deber de socorro no existe tipo básico o tipo agravado ya que este delito se dilucida ante el Tribunal del Jurado. El tipo agravado se aplica si el autor aunque no causara el accidente y asista a la víctima.
El delito de omisión del deber de socorro indirecto consiste en: Todas las respuestas son correctas. En no demandar con urgencia auxilio ajeno cuando no se puede prestar socorro personalmente. Consiste en no socorrer personalmente a la víctima cuando esté capacitado para hacerlo. El sujeto activo tiene la posibilidad de prestar auxiliar directamente.
Dentro de las características del delito de denegación o abandono de asistencia sanitaria, podemos decir que se trata: Delito de peligro continuado que se consuma cuando se crea la situación de riesgo grave. Delito de peligro abstracto que se consuma cuando se crea la situación de riesgo grave. Delito de peligro permanente que se consuma cuando se crea la situación de riesgo grave. Delito de peligro concreto que se consuma cuando se crea la situación de riesgo grave.
En el delito de omisión del auxilio personal, del artículo 195.1 del Código penal, el peligro en el que se encuentra la víctima o sujeto pasivo debe ser: Actual, fácilmente perceptible y patente Actual, fácilmente perceptible e inverosímil. Pasado, fácilmente perceptible y patente. Actual, difícilmente perceptible y patente.
En el delito de omisión de socorro, se entiende por persona desamparada: Ninguna de las respuestas propuestas es correcta. A aquella que ha sufrido una lesión para sus bienes jurídicos protegidos. A aquella persona que se encuentra en un peligro inminente A aquella que se encuentra en una situación que no puede resolver por sí misma sin ayuda de terceros.
En el delito de omisión del auxilio personal, del artículo 195.1 del C.P., el sujeto activo puede ser: El que tenga poder de decisión, según la teoría del dominio del hecho. Todas las respuestas son correctas. Cualquiera. El que indique el Código Penal según el caso. .
En el delito de omisión del deber de socorro, en su modalidad subsidiaria del artículo 195.2 del Código Penal, la demanda de solicitud de auxilio ajeno debe ser: Urgente y capacidad personal de realizar esta actuación de solicitar auxilio a terceros. Eficaz y urgente. Eficaz; breve e incapacidad personal de realizar esta actuación de solicitar auxilio a terceros. Eficaz; urgente y capacidad personal de realizar esta actuación de solicitar auxilio a terceros. .
Juan conduce por una carretera secundaria cuando observa a una persona tirada en la cuneta. Decide no detenerse y continúa su camino. Minutos después, María pasa por el mismo lugar, ve a la persona herida pero, al no tener teléfono móvil, sigue conduciendo hasta llegar al pueblo más cercano donde avisa a emergencias. Finalmente, Pedro, que también pasa por el lugar, se detiene para ayudar pero, al ver que la víctima está gravemente herida, entra en pánico y huye sin prestar auxilio ni avisar a nadie. ¿Ha cometido Juan el delito de omisión del deber de socorro? Sí. Su conducta cumple con los elementos del tipo penal: la existencia de una persona desamparada en peligro manifiesto y grave, la posibilidad de prestar auxilio sin riesgo, y la decisión consciente de no hacerlo No. Al no tener teléfono móvil, Juan estaba "impedido de prestar socorro" en ese momento, pero demandó con urgencia auxilio ajeno al llegar al pueblo más cercano y avisar a emergencias No. Su conducta no cumple con los elementos del tipo penal: la existencia de una persona desamparada en peligro manifiesto y grave, la posibilidad de prestar auxilio sin riesgo, y la decisión consciente de no hacerlo Todas las respuestas no son correctas. .
Dentro de las características del delito de denegación o abandono de asistencia sanitaria, puede ocurrir: Estado de necesidad en caso de varios pacientes precisados de asistencia e insuficiencia de médicos. No cabe que se incurra en el estado de necesidad en caso de varios pacientes precisados de asistencia e insuficiencia de médicos, prevalece el juramento hipocrático. Todas las respuestas son correctas. Estado de emergencia en caso de varios pacientes precisados de asistencia e insuficiencia de analgésicos.
¿Qué es y cuando se produce el delito de omisión del deber de socorro? Se produce cuando una persona presta auxilio a otra que se encuentra desamparada y en peligro manifiesto y grave, siempre que pudiera hacerlo sin riesgo propio ni de terceros. Se produce cuando una persona no presta auxilio a otra que se encuentra desamparada y en peligro manifiesto y grave, siempre que pudiera hacerlo con riesgo propio y de terceros. Se produce cuando una persona no presta auxilio a otra que no se encuentra desamparada y en peligro manifiesto y grave, siempre que pudiera hacerlo sin riesgo propio ni de terceros. Se produce cuando una persona no presta auxilio a otra que se encuentra desamparada y en peligro manifiesto y grave, siempre que pudiera hacerlo sin riesgo propio ni de terceros.
En el delito de omisión de socorro por profesional sanitario, si falleciera el necesitado de ayuda, el médico obligado a ella responde de: Unas lesiones en grado de tentativa en concurso ideal con asesinato. Ninguna de las respuestas propuestas es correcta Un homicidio en comisión por omisión Un asesinato.
En el delito de omisión del auxilio personal, del artículo 195.1 del C.P., no puede ser sujeto pasivo: La comunidad, la sociedad. Ninguna de las respuestas es la correcta. Todas las respuestas son correctas. Cualquiera.
LA ACCIÓN TÍPICA DEL DELITO DE OMISIÓN DEL DEBER DE SOCORRO EN SU MODALIDAD BÁSICA ES: Necesariamente una conducta pasiva. La realización de una conducta distinta a la obligada de prestar socorro. La causación de un resultado en relación de causalidad con la conducta omisiva. Ninguna es la correcta.
En el delito de omisión del deber de socorro, tanto en su modalidad principal (omisión del auxilio personal del artículo 195.1 Código Penal) como en su modalidad subsidiaria ( omisión de demandar auxilio ajeno del artículo 195.2 del Código Penal), en ambos casos son delitos de: Omisión pura que no requieren la producción de ningún resultado. Omisión pura que requieren la producción de resultado lesivo. Omisión pura que requieren la producción de un resultado. Omisión impura que no requieren la producción de ningún resultado.
¿Existen excepciones en las que no se considera omisión del deber de socorro? En el caso de los profesionales sanitarios, existen algunas situaciones específicas: Si el profesional ya está atendiendo a otro paciente en situación grave, puede priorizar esa atención con respecto a otra persona. En este supuesto no existe delito de omisión del deber de socorro. No se considera omisión del deber de socorro cuando prestar auxilio supone un riesgo grave para la propia persona o para terceros. Todas las respuestas son correctas Si la persona está impedida de prestar socorro directamente, pero demanda con urgencia auxilio ajeno no se considera que haya cometido este delito.
En delito de omisión del deber de socorro, el sujeto pasivo es: La persona que vea afectado el bien jurídico protegido: la vida y la integridad personal. La persona que vea afectado el bien jurídico protegido: la libertad deambulatoria. Cualquier persona. La persona que vea afectado el bien jurídico protegido: la libertad o indemnidad sexual. .
¿Qué diferencia hay entre el delito de omisión del deber de socorro y el delito de abandono del lugar del accidente con respecto a la víctima? No existe diferencia. En el delito de omisión del deber de socorro la víctima debe estar en peligro. Este requisito no es necesario para el delito de abandono del lugar del accidente. En el delito de omisión del deber de socorro la víctima debe estar desamparada y en peligro grave y manifiesto recibiendo ayuda. Este requisito no es necesario para el delito de abandono del lugar del accidente. En el delito de omisión del deber de socorro la víctima debe estar desamparada y en peligro grave y manifiesto sin recibir ayuda. Este requisito no es necesario para el delito de abandono del lugar del accidente.
El delito de omisión del deber de socorro directo, consiste en: Consiste en no demandar con urgencia auxilio ajeno cuando no se puede prestar socorro personalmente. Consiste en no socorrer personalmente a la víctima cuando esté capacitado para hacerlo. Todas las respuestas son correctas. La conducta típica es "no demandar con urgencia auxilio ajeno.
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