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Test II Celador Legislación

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Título del Test:
Test II Celador Legislación

Descripción:
Preguntas Legislación OPE SAS Temario común

Fecha de Creación: 2023/04/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 100

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Los Planes de Salud que elaboren los órganos específicos de las Áreas de Salud de Andalucía, serán aprobados por: Dichos órganos. La Consejería de Salud. El Parlamento. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

Una vez que se ha aprobado el Plan Andaluz de Salud éste ha de remitir al Parlamento para su: Publicación. Comunicación. Conocimiento y estudio. Tramitación como ley.

La descentralización, autonomía y responsabilidad en la gestión de los servicios, se recoge en la Ley de Salud de Andalucía como: Derechos de los usuarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía. Principios generales de organización del Servicio Andaluz de Salud. Principios en los que se han de inspirar las actuaciones sobre protección de la salud. Objetivos de la Ley.

La Ley de Salud de Andalucía reconoce a los enfermos mentales, en los supuestos de ingreso involuntario sin autorización judicial previa, su derecho a que por el Centro se solicite: El alta voluntaria. El ingreso voluntario. La correspondiente autorización judicial. El permiso de fin de semana.

La Ley General de Sanidad establece en su artículo 54 que el Plan de Salud de cada Comunidad Autónoma deberá englobar el conjunto de los planes de las diferentes: Áreas de Salud. Áreas hospitalarias. Administraciones Públicas Sanitarias. Administraciones Sanitarias.

Los Planes de Salud de las Áreas de Salud de Andalucía son aprobados por: La Delegación Provincial de la Consejería de Salud. La Consejería de Salud. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. El Consejo de Dirección del Área de Salud.

La aprobación definitiva del Plan integrado de Salud es competencia: Del Ministerio de Sanidad. Del Gobierno. Del Consejo interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Del Congreso de los Diputados.

¿Qué Plan de Salud recoge en un único documento los planes estatales, los planes de las Comunidades Autónomas y los Planes conjuntos?. El Plan Nacional de Salud. El Plan de Salud del Ministerio de Sanidad. El Plan Integral de Salud. El Plan Integrado de Salud.

El IV Plan Andaluz de Salud ha de tener vigencia durante el periodo: 2014-2020. 2013-2020. 2013-2017. 2013-2016.

La Ley General de Sanidad concibe los Planes de Salud como un instrumento de: La Alta Inspección. La docencia y la investigación. La Coordinación general sanitaria. La Sanidad exterior.

El artículo 8 de la Ley de Salud de Andalucía recoge las obligaciones de los ciudadanos respecto a los servicios de salud. Entre ellas se encuentra; quien se niegue a la actuaciones sanitarias debe firmar: El alta voluntaria. El alta involuntaria. El documento pertinente. La autorización judicial.

¿Con qué compromiso del IV Plan Andaluz de Salud se pretende que el conocimiento y uso de los servicios sanitarios se realicen de forma equitativa?. Aumentar la esperanza de vida en buena salud. Generar y desarrollar los activos de salud de nuestra comunidad y ponerlos a disposición de la sociedad andaluza. Reducir las desigualdades sociales en salud. Situar el Sistema Sanitario Público de Andalucía al servicio de la ciudadanía con el liderazgo de los/las profesionales.

¿En qué compromiso del IV Plan Andaluz de Salud se consideran los programas y planes integrales que se desarrollan en Andalucía destinados a mejorar los estilos de vida y promocionar los entornos saludables, prevenir enfermedades y las lesiones, el diagnóstico precoz y la rehabilitación, el envejecimiento activo y los problemas infrecuentes, como los del Plan Andaluz de Enfermedades Raras?. Aumentar la esperanza de vida en buena salud. Proteger y promover la salud de las personas ante los efectos del cambio climático, la sostenibilidad, la globalización y los riesgos emergentes de origen ambiental y alimentario. Generar y desarrollar los activos de salud de nuestra comunidad y ponerlos a disposición de la sociedad andaluza. Situar el Sistema Sanitario Público de Andalucía al servicio de la ciudadanía con el liderazgo de los/las profesionales.

¿En qué compromiso del IV Plan Andaluz de Salud se determina que la salud es una cuestión de justicia social?. Generar y desarrollar los activos de salud de nuestra comunidad y ponerlos a disposición de la sociedad andaluza. Reducir las desigualdades sociales en salud. Situar el Sistema Sanitario Público de Andalucía al servicio de la ciudadanía con el liderazgo de los/las profesionales. Fomentar la gestión del conocimiento e incorporación de tecnologías con criterios de sostenibilidad para mejorar la salud de la población.

¿En qué compromiso del IV Plan Andaluz de Salud se desarrolla el diagnóstico por teleasistencia?. Aumentar la esperanza de vida en buena salud. Generar y desarrollar los activos de salud de nuestra comunidad y ponerlos a disposición de la sociedad andaluza. Situar el Sistema Sanitario Público de Andalucía al servicio de la ciudadanía con el liderazgo de los/las profesionales. Fomentar la gestión del conocimiento e incorporación de tecnologías con criterios de sostenibilidad para mejorar la salud de la población.

La estructura orgánica básica de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud viene establecida actualmente (año 2014) en: La Ley 8/1986, de 6 de mayo. La Ley 2/1998, de 15 de junio. El Decreto 241/2004, de 18 de mayo. El Decreto 140/2013, de 1 de octubre.

Las competencias de la Consejería de Salud (actualmente Igualdad, Salud y Políticas Sociales) de la Junta de Andalucía se recogen en: La Ley General de Sanidad. La Ley de Salud de Andalucía. El Decreto 140/2013, de 1 de octubre. El Decreto 241/2004, de 18 de mayo.

Es competencia de la Consejería de Salud (actualmente Igualdad, Salud y Políticas Sociales): La aprobación del Plan Andaluz de Salud. La elaboración del Plan Andaluz de Salud. La creación de las áreas de salud, así como la aprobación y modificación de sus límites territoriales. La determinación de los órganos, estructura y funcionamiento de los distritos de atención primaria y los hospitales.

No es competencia de la Consejería de Salud (actualmente Igualdad, Salud y Políticas Sociales): El establecimiento de normas y criterios de actuación en cuanto a la acreditación de centros y servicios sanitarios. La autorización de instalación, modificación, traslado y cierre de centros, servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, si procede, y el cuidado de su registro, catalogación y acreditación, en su caso. La aprobación de la estructura del Servicio Andaluz de Salud. La supervisión, control, inspección y evaluación de los servicios, centros y establecimientos sanitarios.

Es competencia de la Consejería de Salud (actualmente Igualdad, Salud y Políticas Sociales): La fijación de los criterios, directrices y prioridades de la política de protección de la salud y de asistencia sanitaria. La aprobación de la organización, composición y funciones del Consejo Andaluz de Salud. La creación de las áreas de salud, así como la aprobación y modificación de sus límites territoriales. La coordinación general de la prestación farmacéutica.

No es competencia de la Consejería de Salud (actualmente Igualdad, Salud y Políticas Sociales): La aprobación del anteproyecto de presupuesto del Servicio Andaluz de Salud. La óptima distribución de los medios afectos a la financiación de los servicios y prestaciones que configuran el Sistema Sanitario Público y de cobertura Pública. La prestación de asistencia sanitaria en los centros y servicios sanitarios del Servicio Andaluz de Salud. La coordinación de todo el dispositivo sanitario público y de cobertura pública y la mejor utilización de los recursos disponibles.

¿Qué forma jurídica ostenta el Servicio Andaluz de Salud?. Empresa pública. Agencia pública empresarial. Organismo autónomo. Agencia administrativa.

Según la Ley del Servicio Andaluz de Salud, cada Área de Salud está integrada administrativamente y funcionalmente por unidades menores, que son de dos tipos: Consejo de Salud y Consejo de Dirección. Hospital General Básico y Hospital General de Especialidades. Distrito de Atención Primaria y Red hospitalaria pública. Distrito de Atención Primaria y Área hospitalaria.

La Ley 8/1986, de 6 de mayo, contempla entre los ingresos del Servicio Andaluz de Salud (señale la incorrecta): Las aportaciones voluntarias de particulares. Las aportaciones del personal estatutario de la Seguridad Social. Los asignados con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Las consignaciones que deban realizar las Corporaciones locales.

Es competencia de la Dirección Gerencia del SAS: La dirección y fijación de los criterios administrativos, económicos y financieros, designación de centros de gastos, autorización de gastos y ordenación de pagos. La dirección operativa de los planes integrales y procesos asistenciales en el ámbito de los centros dependientes del Servicio Andaluz y de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias que le están adscritas. La consolidación de criterios de utilización eficiente y eficaz de la prestación farmacéutica con criterios de calidad, así como de la política de uso racional del medicamento. La evaluación y control del gasto farmacéutico del Servicio Andaluz de Salud y de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias que le están adscritas.

La organización de los servicios de Atención Primaria en Andalucía se regula en: La Orden de la Consejería de Salud de 13 de noviembre de 1986. El Decreto 195/1985, de 28 de mayo. La Ley 14/1986, de 25 de abril. El Decreto 197/2007, de 3 de julio.

El Dispositivo de apoyo: Es la división territorial del Distrito Sanitario de Atención Primaria. Son los profesionales, con dotación de medios materiales, que desarrollan la actividades en las Zonas Básica de Salud y Distritos de Atención Primaria. Es el conjunto profesionales que trabaja exclusivamente en la Zona Básica de Salud. Es el conjunto de profesionales que presta servicios en el Área Hospitalaria.

Entre los requisitos tenidos en cuenta por la Consejería de Salud para la delimitación de los Distritos de Antención Primaria se encuentran criterios: Demográficos. Culturales. Epidemiológicos. Todos los anteriores.

Los Centros de Atención Primaria de los núcleos de población o municipios de ámbito rural de Andalucía se denomina: Centros de Distrito. Centros de Salud. Consultorios locales. Consultorios auxiliares.

¿Qué régimen asistencial no se presta en los Centros de Atención Primaria?. Ambulatorio. Domiciliario. De urgencia. De internamiento.

Es un órgano directivo del Distrito de Atención Primaria: Dirección Económica administrativa y de Servicios Generales. Dirección de Gestión Económica y de Desarrollo Profesional. Dirección Económica administrativa. Dirección de Servicios Generales.

Es un órgano directivo del Distrito de Atención Primaria: Dirección Gerencia. Dirección de Salud. Dirección de Cuidados de Enfermería. Dirección de Unidades de Gestión Clínica.

La Comisión de Dirección del Distrito de Atención Primaria es un órgano: De asesoramiento. Directivo. Intermedio. Básico.

Según determina el Decreto 197/2007, es competencia de la Dirección Gerencia del Distrito de Atención Primaria: La superior dirección y gestión de personal y de los recursos económicos-financieros asignados al distrito de Atención Primaria. La gestión de los recursos humanos, asegurando los objetivos de gestión eficiente de los mismos y el impulso del desarrollo profesional. Definir prioridades en materia de formación de los profesionales de las diferentes unidades asistenciales. La coordinación general y evaluación de los objetivos anuales de cada una de las unidades de gestión clínica.

Según determina el Decreto 197/2007, es competencia de la Dirección Gerencia del Distrito de Atención Primaria: Elaborar la propuesta de presupuesto anual del distrito de atención primaria. Promover y coordinar la investigación en los centros del distrito de atención primaria. Garantizar el cumplimiento de los objetivos considerados anualmente en el contrato programa. Establecer los mecanismos necesarios para asegurar la continuidad de la atención en cuidados de enfermería.

Según determina el Decreto 197/2007, es competencia de la Dirección Gerencia del Distrito de Atención Primaria: Planificar, organizar, dirigir, avaluar y velar por la gestión de los servicios y prestaciones asistenciales, y de los servicios de salud pública en su ámbito territorial. Garantizar, en su ámbito territorial de actuación, la atención sanitaria a la población que tenga reconocido este derecho. La coordinación general de los planes y actuaciones del distrito de atención primaria. Evaluar, desde el punto de vista de la calidad, efectividad y eficiencia, los procesos, servicios, prestaciones y actividades asistenciales, así como garantizar la accesibilidad y la continuidad asistencial.

Según determina el Decreto 197/2007, es competencia de la Dirección Gerencia del Distrito de Atención Primaria: La gestión de los planes de prevención de riesgos laborales en el ámbito del distrito de atención primaria. Establecer los mecanismos necesarios para asegurar la continuidad de la atención en cuidados de enfermería. Sustituir a la persona titular de la Dirección Gerencia del distrito de atención primaria, en caso de vacante, ausencia o enfermedad. La implantación de la gestión de los procesos asistenciales.

Según determina el Decreto 197/2007, es competencia de la Dirección Gerencia del Distrito de Atención Primaria: La superior dirección y gestión de personal y de los recursos económicos-financieros asignados al distrito de atención primaria. La coordinación general y evaluación de los objetivos anuales de cada una de las unidades de gestión clínica. La gestión de las adquisiciones de bienes y servicios y de la logística del distrito de atención primaria. Convocar y presidir las reuniones de la Comisión de Dirección.

La Comisión de Dirección del Distrito de atención primaria se reunirá con carácter ordinario, al menos, con una periodicidad: Bimensual. Mensual. Semanal. Quincenal.

Las Instituciones sanitarias que prestan asistencia especializada en régimen de internamiento son: Las Ciudades Sanitarias. Los Complejos médico-quirúrgico. Los Hospitales. Los Ambulatorios.

Según el Decreto 105/1986, de 11 de junio, el Hospital General que preste asistencia especializada que requiera abarcar más de un Área hospitalaria se denomina: Básico. De Especialidades. Comarcal. Residencia Sanitaria.

Los Centros Periféricos de Especialidades y las Consultas externas son Centros y Unidades adscritos a: Un Servicio de Cuidados Críticos y Urgencias. Un Hospital. Un Distrito de Atención Primaria. Una Zona Básica de Salud.

En Andalucía, la demarcación geográfica para la gestión y administración de la asistencia especializada es: El Área de Salud. El Área hospitalaria. El Área. El Área extrahospitalaria.

El órgano cualificado integrado por cada uno de los titulares de los Direcciones de un Hospital del SAS es: La Comisión de Dirección. El Consejo de Dirección. El Comité de Dirección. La Junta de Hospital.

Según el Decreto 105/1986, de 11 de junio, ¿Quién asume la representación oficial del Hospital?. El Director Gerente. El Director Gerente del SAS. El Gerente provisional del SAS. El Directo Médico.

La presentación del proyecto de presupuesto económico del Hospital es función del: Director Económico Administrativo. Subdirector Económico Administrativo. Director de Servicios Generales. Director Gerente.

En un Hospital del SAS, ¿qué Director se responsabiliza del correcto funcionamiento del equipo electromédico del Hospital?. El Director Gerente. El Director Médico. EL Director Económico Administrativo. El Director de Servicios Generales.

La Comisión de Dirección del Hospital se reunirá una sesión ordinaria: Al menos una vez al mes. El primer jueves de cada mes. Diariamente. Una vez a la semana.

¿En qué caso puede haber más de un Director Médico en un Hospital?. En ninguno. En cualquiera. En los Hospitales Generales de Especialidades constituidos por más de un Centro. En las Ciudades Sanitarias.

La Junta del Hospital y la Junta de Enfermería son: Órganos de dirección. Órganos técnicos. Órganos asesores colegiados. Órganos de gestión.

El órgano de participación en las áreas de gestión sanitaria es: El Consejo de Salud. El Consejo Asesor. La Comisión Consultiva. La Comisión de dirección.

Mediante la continuidad asistencial entre los niveles de atención primaria y atención especializada (señale la incorrecta): Se favorece la comunicación entre los profesionales de ambos niveles asistenciales. Se monitorizan los pacientes con múltiples ingresos. Se establecen mecanismos de coordinación que permite la planificación ordenada de ingresos y altas hospitalarias. Se promueve la utilización de los recursos de la atención especializada.

En el contexto de la continuidad asistencial el principal documento de intercambio de información entre los enfermeros de los niveles de atención primaria y de atención especializada es: El informe de continuidad de cuidados de enfermería. La guía de actuación compartida de enfermería. El Cuaderno de continuidad de cuidados. El informe de Salud responde.

Es función de la Comisión de Continuidad Asistencial: Desarrollar actividades de formación continuada en salud metal comunitaria. Gestionar y mantener la calidad de los sistemas de información sanitaria relativos al medicamento. Desarrollar los métodos preventivos de investigaciones epidemiológicas. Monitorizar los pacientes con múltiples ingresos, facilitando su control desde Atención Primaria.

Es función de la Comisión Continuidad Asistencial la coordinación y puesta en marcha de las Comisiones mixtas interniveles de atención primaria y especializada ya existentes y de las que se creen. Deberá existir al menos, la siguiente. Comisión de Docencia. Comisión de Trasplantes de Órganos y Tejidos. Comité de Mejora de Derivaciones. Comisión de Ordenación Asistencial.

La Ley de Protección de los Datos de Carácter Personal es: La Ley Orgánica 15/1999. La Ley 30/1992. La Ley 24/2001. La Ley 59/2003.

A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, se entenderá como "todo tratamiento de datos personales de modo que la información que se obtenga no pueda asociarse a persona identificada o identificable": Procedimiento de codecisión. Procedimiento de disociación. Procedimiento de anonimización. Procedimiento de protección de daros.

¿Cómo será el consentimiento para la comunicación de los datos de carácter personal a un tercero, cuando la información que se facilite al interesado no le permita conocer la finalidad a que se destinarán los datos cuya comunicación se autoriza o el tipo de actividad de aquel a quien se pretenden comunicar, a salvo del supuesto del artículo 11.6 de la Ley Orgánica 15/1999?. Lícito. Retroactivo. Nulo. Legal.

¿Existe algún supuesto en que la comunicación a un tercero de datos de carácter personal objeto de tratamiento, para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario, no precise previo consentimiento del interesado?. No. Sí, entre otros, cuando la cesión de datos de carácter personal relativos a la salud sea necesaria para solucionar una urgencia que requiera acceder a un fichero. Sí, entre otros, cuando la cesión de datos de carácter personal relativos a la salud sea conveniente para realizar estudios epidemiológicos. Sí, exclusivamente, cuando la comunicación se efectúe previo procedimiento de disociación.

A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, se entenderá como "todo conjunto organizado de datos de carácter personal, cualquiera que fuere la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso": Fichero. Archivo. Expediente. Carpeta.

¿Qué Ley tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que se concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar?. La Lay Orgánica 15/1999. La Lay Orgánica 2/2007. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La Ley 8/2011, de 23 de marzo.

Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias, de acuerdo con lo establecido en: El artículo 16.2 de la Constitución. El artículo 18.1 de la Constitución. El artículo 16.1 de la Constitución. El artículo 15 de la Constitución.

¿Están permitidos los ficheros creados con la finalidad exclusiva de almacenar datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial o étnico, o vida sexual?. Sí. Sí, con excepciones. No. No, con excepciones.

Dentro de la Ley Orgánica 15/1999: El artículo 2 es el dedicado a su "Objeto". El artículo 3 es el dedicado a su "Ámbito de aplicación". El artículo 1 es el dedicado a "Definiciones". El artículo 8 es el dedicado a "Datos relativos a la salud".

Salvo lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del art.2 de la Ley Orgánica 15/1999, se regirá por la misma todo tratamiento de datos de carácter personal cuando el responsable del tratamiento no establecido en territorio español, le sea de aplicación la legislación española en aplicación de normas de: Derecho Internacional privado. Derecho Internacional público. Derecho comunitario originario. Derecho comunitario derivado.

Las instituciones y centros sanitario públicos y privados podrán proceder al tratamiento de los datos de carácter personal relativos a la salud de las personas que a ellos acudan, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación estatal o autonómica sobre sanidad, sin perjuicio de lo que se dispone en: El artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 respecto de la cesión. El artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999 respecto de la cesión. El artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999 respecto de la cesión. El artículo 9 de la Ley Orgánica 15/1999 respecto de la cesión.

"Datos especialmente protegidos" es, dentro de la Ley Orgánica 155/1999: El artículo 5. El artículo 6. El artículo 7. El artículo 8.

Según el art. 11.4 de la Ley Orgánica 15/1999, el consentimiento para la comunicación de los datos de carácter personal tiene un carácter de: Definitivo. Irrevocable. Firme. Ninguna de las opciones anteriores es cierta.

No será aplicable lo establecido en os apartados 1a 5 del artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, si la comunicación de los datos de carácter personal a un tercero se efectúa: Previo procedimiento de asociación. Previo procedimiento de disociación. Por escrito. Verbalmente.

¿Pueden ser objeto de tratamiento los datos de carácter personal que revelen a ideología, afiliación sindical, religión y creencias?. No, en ningún caso. Sí, en cualquier caso. Sí, con el consentimiento tácito del afectado, en cualquier caso. Ninguna de las opciones anteriores es cierta.

El Título III de la Ley Orgánica 15/1999 es: "Disposiciones generales". "Principios de la protección de datos". "Derechos de las personas". "Disposiciones sectoriales".

Según la Ley Orgánica 15/1999, son "Fuentes accesibles al público": Aquellos ficheros cuya consulta puede ser realizada, por cualquier persona, sin impedimentos ni contraprestación. Aquellos ficheros cuya consulta puede ser realizada, por cualquier persona, con ciertos impedimentos pero sin contraprestación. Aquellos ficheros cuya consulta puede ser realizada, por cualquier persona, con ciertos impedimentos y con contraprestación. Ninguna de las opciones anteriores es cierta.

¿Existen datos de carácter personal que pueden ser incluidos en ficheros de Administraciones públicas?. No. Sí, los relativos a la comisión de infracciones penales en los supuestos previstos en las respectivas normas reguladoras. b). Sí, los relativos a la comisión de infracciones administrativas en los supuestos previstos en las respectivas normas reguladoras. c). Las opciones b y c son ciertas.

A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, "toda revelación de datos realizada a una persona distinta del interesado" se entenderá como: Transferencia de datos. Comunicación de datos. Cesión de datos. Transmisión de datos.

Es falso que, de acuerdo con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, tenga/n consideración de fuentes de acceso público: El censo promocional. Los repertorios telefónicos en los términos previstos por su normativa específica. Las listas de personas pertenecientes a grupos profesionales con todos sus datos. Diarios y boletines oficiales.

Es falso que queden prohibidos los ficheros creados con la finalidad exclusiva de almacenar datos de carácter personal que revelen: La ideología. La afiliación sindical. Origen natal. Vida sexual.

La norma que regula en la actualidad la materia de prevención de riesgos laborales es: La Ley 28/1995, de 6 de octubre, de Seguridad e Higiene en el Trabajo. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. La Ley 28/1995, de 6 de octubre, de Prevención de Riesgos Laborales. La Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de 9 de marzo de 1971.

Respecto de la información, consulta y participación de los trabajadores: El empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación en el marco de las cuestiones que afecten a la seguridad y salud en el trabajo. a). El empresario deberá asumir todas las iniciativas que los trabajadores tengan respecto a las prevención de riesgos laborales. En las empresas en que existan representantes de los trabajadores, la información se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos representantes. c). Las respuestas a) y c) son correctas.

Los trabajadores deberán ser consultados por el empresario para la adopción de las decisiones en relación con la: Designación de los trabajadores encargados de las medidas de emergencia. Organización y desarrollo de todas las actividades empresariales, sean o no de protección de la salud y prevención de riesgos. Planificación y organización del trabajo en general y no sólo en lo referente a los temas de seguridad y organización de los trabajadores. Organización de la formación en cualquier materia relacionada con la empresa, incluida la materia preventiva.

En las empresas con representantes de los trabajadores, las consultas mencionadas en la pregunta anterior se llevarán a cabo: Con la Inspección de Trabajo. Con dichos representantes. Con la Autoridad Laborar. Con el Servicio de Prevención Propio.

En una empresa con 570 trabajadores, deberá existir: 6 Delegados de Prevención. 5 Delegados de Prevención. 8 Delegados de Prevención. 4 Delegados de Prevención.

El órgano al que se refiere la cuestión anterior: Se constituirá en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con cincuenta o más trabajadores. Se constituirá en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con veinticinco o más trabajadores. Se constituye o no según entienda el empresario su necesidad en la empresa. Deberá existir en todas las empresas.

Respecto del Comité de Seguridad y Salud: Estará formado por todos los trabajadores, incluidos los delegados de prevención así como por el empresario o sus representantes en número igual al de los Delegados de Prevención. El Comité adoptará sus propias normas de funcionamiento. En las empresas que cuenten con varios centros de trabajo dotados de Comité de Seguridad y Salud, se deberá acordar con sus trabajadores la creación de un Comité Intercentros, con las funciones que el acuerdo le atribuya. En las empresas que cuenten con varios centros de trabajo, aunque éstos no estén dotados de Comité de Seguridad y Salud, se deberá acordar con sus trabajadores la creación de un Comité Intercentros, con las funciones que el acuerdo le atribuya.

En cuanto a la formación del trabajador en materia preventiva: El empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, únicamente en el momento de su contratación. El empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, únicamente cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe. El empresario no tiene ninguna obligación, salvo aquellas que deriven de los Convenios de la OIT ratificados por España. La formación deberá estar enfocada específicamente en el puesto de trabajo o función que cada trabajador desempeñe, adaptándose a la evolución de los riesgos.

No se encuentra entre los principios de la acción preventiva: Evaluar los riesgos, incluso los que sean evitables. Adaptar el trabajo a la persona, en cuanto a la elección de equipos y métodos de trabajo y producción. Planificar la prevención. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.

¿Quién debe adoptar las medidas necesarias para que los trabajadores reciban información sobre los riesgos para su seguridad y salud?. El Comité de Seguridad e Higiene. Los Delegados de Prevención. El empresario. La Autoridad Laboral competente en materia de seguridad y salud laboral.

La información que en materia de seguridad y salud laboral deben recibir los trabajadores debe abarcar: Los riesgos para la seguridad y la salud. Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables. Las medidas que se deben aplicar en situaciones de emergencia. Todas las respuestas son correctas.

No es una característica de la formación preventiva que deben recibir los trabajadores: Debe ser teórica y práctica. Debe ser suficiente y adecuada. Debe impartirse tanto en el momento de la contratación del trabajador como cuando se produzcan cambios en las funciones que se desempeñen. Su coste debe ser sufragado por los trabajadores y sus representantes.

La vigilancia de la salud requiere que el trabajador preste su consentimiento con una excepción: Cuando la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para si mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa, y previo informe de los representantes de los trabajadores. Cuando den el oportuno permiso los representantes de los trabajadores. Cuando otorgue el correspondiente permiso la Autoridad Laboral competente en materia de seguridad y salud laboral. Cuando el contrato que tenga concertado el trabajador con la empresa sea temporal.

Los resultados de la vigilancia de la salud: No serán comunicados a nadie, sino que dicha información es de exclusivo uso por el Servicio de Prevención. Deben de ser comunicados a los trabajadores afectados. Deben mantenerse archivados en la empresa a disposición de la Autoridad Laboral por un plazo de quince años. Pueden ser utilizados libremente por el Comité de Seguridad e Higiene.

El conjunto de medios materiales y humanos necesarios para realizar las actividades preventivas, a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de sus trabajadores en el Servicio Andaluz de Salud se denomina: Servicios de prevención ajenos. Unidades de Prevención. Comité se Seguridad y Salud Laboral. Centros de Prevención de Riesgos Laborales.

Las actividades correspondientes a las especialidades-disciplinas preventivas de ergonomía y psicosociología aplicada y de higiene industrial en el ámbito de aquellas Unidades que no las poseen en su estructura organizativa, serán prestadas por: Las Unidades de Prevención Nivel 3. Las Unidades de Prevención Nivel 2. Las Unidades de Prevención Nivel 1. Ninguna de las respuestas es correcta.

Cuando el trabajador considere que la actividad entraña un riesgo grave e inminente para su vida o salud: Debe ponerlo inmediatamente en conocimiento de sus superiores jerárquico sin que puede suspender su actividad. Debe ponerlo inmediatamente en conocimiento del servicio de prevención con el que la empresa tenga contratada la prevención de riesgos laborales. Debe ponerlo inmediatamente en conocimiento de la Autoridad Laboral. Tendrá derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo.

La herramienta a través de la cual se integra la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión y se establece su política de prevención de riesgos laborales se denomina: Planificación de la actividad preventiva. Plan de prevención de riesgos laborales. Evaluación de riesgos laborales. Organización de la actividad preventiva.

En la técnica de lavado de manos antiséptico asistencial, no es correcto afirmar que: La duración ha de ser de 1 minuto. Hay que enjabonarse frotando todos los espacios interdigitales y uñas. El grifo debe cerrarse con la misma toalla de papel. Se debe aclarar con abundante agua.

Los microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad, se denominan por el Real Decreto 664/1997: Cultivo celular. Agente biológico. Agente químico. Agente psíquico.

Entre las precauciones relativas a las agujas usadas, para el control de infecciones en centros sanitarios, que tratan de prevenir las exposiciones de los trabajadores a patógenos transmitidos por la sangre y/o fluidos biológicos a través de la vía parenteral y dérmica debe tenerse en cuenta que: Las agujas usadas se deben reencapsular. Las agujas usadas se deben doblar o romper de forma manual. Tras su uso se deben eliminar en contenedores resistentes a los pinchazos. El material que se vaya a utilizar debe dejarse a mano para favorecer un más rápido y eficaz posterior uso.

En los puestos de trabajo en los que las tareas se realizan de pie: Siempre que sea posible se debe evitar permanecer en pie trabajando durante largos períodos de tiempo. Los trabajadores deben poder trabajar con los brazos a lo largo del cuerpo aunque haya que encorvarse y girar la espalda excesivamente. El puesto de trabajo debe ser diseñado de manera tal que el trabajador tenga que levantar los brazos sin que pueda mantener los cados próximos al cuerpo. Se debe mantener el cuerpo alejado al producto de la máquina.

Para diseñar correctamente un puesto de trabajo que requiera un trabajo físico pesado es importante considerar los factores siguientes: El peso de la carga y con qué frecuencia debe levantar el trabajador la carga. La distancia de la carga respecto del trabajador que debe levantarla. La forma de la carga y el tiempo necesario para efectuar la tarea. Todas las respuestas son correctas.

El Real Decreto 488/1997 establece como objeto, en su artículo 1º, las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores de equipos que incluyan pantallas de visualización, quedando excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto, entre otros: Los puestos de conducción de vehículos o máquinas. Los sistemas informáticos embarcados en un medio de transporte. Los sistemas informáticos destinados prioritariamente a ser utilizados por el público. Todas las respuestas son correctas.

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