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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Las incompatibilidades del personal al servicio de las AP

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Título del Test:
Las incompatibilidades del personal al servicio de las AP

Descripción:
Oposiciones UCM PAS C3

Autor:
AVATAR
Romina G.
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Fecha de Creación: 16/09/2024

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 20
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Temario:
Según el principio general establecido en al art.1 de la ley 53/84, ¿puede el personal al servicio de las administraciones públicas compatibilizar el desempeño de un segundo puesto o actividad? Sí, en todo caso. No, no es posible No, salvo en los supuestos previstos en la misma. Ninguna es correcta.
¿Se considera actividad pública, en virtud de lo establecido en el art. 1.2 de la ley 53/84, la desarrollada por los miembros electivos de las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales, a efectos de dicha ley? Sí. No, en ningún caso. Sí, cuando su actividad es remunerada. No, salvo las excepciones que contempla la propa ley.
La ley 53/84 no será de aplicación: El personal que percibe su retribución mediante arancel. A los miembros de las fuerzas Armadas. Al personal de instituciones financieras públicas. Ninguna es correcta.
Según la ley 53/84: Las normas sobre incompatibilidad que afecten al personal Laboral, serán las que determine su convenio colectivo. En el ámbito de la ley 53/84 se entiende incluido todo el personal, cualquiera que sea la naturaleza jurídica de su relación de empleo. A y B son correctas. Ninguna es correcta.
El personal comprendido en el ámbito de la ley 53/84 solo podrá desempeñar una segunda actividad pública en funciones: Docente e Investigadora. Sanitaria y Científica. Docente, Sanitaria y otras por razón de interés público. Docente Universitaria.
¿Cuál es el órgano competente para autorizar una segunda actividad por razón de interés público, según lo establecido en el artículo 3 de la ley 53/84? El Presidente de Gobierno, o el Presidente de la Comunidad Autónoma en su caso. El pleno de las Corporaciones Locales en su ámbito de competencias. El Ministerio de Presidencia. El Consejo de Ministros, mediante Real Decreto, u órgano de Gobierno de la Comunidad Autónoma,.
El los supuestos de desempeño de una segunda actividad pública por razón de interés público,esta se prestará: En régimen laboral o funcionario. En régimen Laboral, a tiempo parcial y con duración determinada. A tiempo completo, en las condiciones previstas por la ley. En régimen estatutoria, a tiempo parcial y con duración determinada.
¿Es compatible un puesto de trabajo en el sector público, con la pensión de Jubilación pública o retiro por derechos pasivos? Es incompatible y la pensión quedará en suspenso por el tiempo que dure el desempeño de dicho puesto. Los pensionistas no pueden acceder a una actividad pública en ningún caso. Es compatible pero se debe optar por una de las dos retribuciones. Es compatible sólo para los altos cargos.
¿Si se reúnen los requisitos establecidos en la ley, un empleado público podrá además desempeñar la función de: Profesor titular de Universidad. Profesor contratado. Profesor Asociado. Todas son correctas.
En los supuestos de compatibilidad de una actividad pública con el desempeño de un cargo electivo: Solo se podrán percibir las dietas de la segunda actividad. En ese casoel cargo electivo no podrá ser retribuido. En ningún caso podrán compatibilizarse esas dos actividades. En esos supuestos solo podrá percibirse la retribución de una de las dos actividades.
Para autoriazar una segunda actividad pública, será requisito no superar la remuneración para el cargo de Director General, incrementada: En un 30 por 100,para los funcionarios de grupo A o de personal equivalente. En un 35 por 100,para los funcionarios de grupo A o de personal equivalente. En un 35 por 100,para los funcionarios de grupo C o de personal equivalente. En un 40 por 100,para los funcionarios de grupo D o de personal equivalente.
Superar los límites retributivos del art.7 de la lay 53/84 en una Corporación Local requiere: El acuerdo del Alcalde. Dichos límites no se pueden superar en ningún caso. El acuerdo del pleno de la Corporación Local. a y c son correctas.
En caso de compatibilizar dos actividades públicas: La segunda también computa a efectos de trienios. Computarán a efectos de trienos la actividad más favorable. Los servicios prestados en la segunda actividad no computará a efectos de trienios, pero sí de derechos pasivos. Los servicios prestados en la segunda actividad no computarán a efectos de trienios, ni de derechos pasivos.
Según el art. séptimo, ¿cuánto no debe superar la remuneración de un funcionario del grupo B, que compatibilice una segunda actividad pública? La prevista en los presupuestos Generales del Estado para el puesto de Director General, incrementada en un 40 por 100. La prevista en los presupuestos Generales del Estado para el puesto de Director General, incrementada en un 35 por 100. La prevista en los presupuestos Generales del Estado para el puesto de Director General, incrementada en un 45 por 100. La prevista en los presupuestos Generales del Estado para el puesto de Director General, incrementada en un 30 por 100.
El personal incluido en la ámbito de la ley 53/84 que pertenezca a un consejo de Administración u órgano de gobierno de Entidad o empresa pública, podrá percibir: Las retribuciones establecidas para esa actividad, siempre que renuncie a las de la primera. Las retribuciones previstas para ambas actividades, siempre que no superen los límites del artículo séptimo de la ley 53/84. Las dietas e indemnizaciones que correspondan por la asistencia a dichos consejos. Ninguna de las anteriores.
Según lo dispuesto en el artículo 9 de la lay 53/84, ¿Cuál es el órgano competente para autorizar la compatibilidad para unsegundo puesto público en la Administración del Estado? El Ministerio de Presidencia, a propuesta de la Subsecretaría correspondiente. El Ministerio de Hacienda, a propuesta de la subsecretaría. El Gobierno. El Secretario de Estado de Administraciones Públicas.
El Consejo Superior de la función Pública informará a las Cortes sobre las autorizaciones de compatibilidad concebidas en todas las administraciones: Anualmente. Cada tres meses. Cada seis meses. Cada dos meses.
La dedicación del profesorado universitario será en todo caso compatible con: Funciones Sanitarias. Realización de trabajos a los que se refiere el artículo 11 de la Ley de Reforma Universitaria (LOU) Con el trabajo como profesor Asociado en otra Universidad. Ninguna es correcta.
Quien acceda por cualquier título a un nuevo puesto en el sector público, que resulte incompatible: Habrá de optar por uno de ellos en el plazo de un mes. Quedará en excedencia en el puesto anterior, en todo caso. Habrá de optar por uno de ellos en el plazo de dos meses. Habrá de optar por uno de ellos dentro del plazo de toma de posesión.
Quien acceda por cualquier título a un nuevo puesto en el sector público, que resulte compatible: Previa autorización, deberá instar la compatibilidad, en los 15 primeros días del plazo de posesión. Previa autorización, deberá instar la compatibilidad, en los 20 primeros días del plazo de posesión. Previa autorización, deberá instar la compatibilidad, en los 10 primeros días del plazo de posesión. Ninguna es correcta.
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