IPE La Seguridad Social IV
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Título del Test:![]() IPE La Seguridad Social IV Descripción: Itinerario personal para la empleabilidad Fecha de Creación: 2025/03/31 Categoría: Otros Número Preguntas: 35
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¿Qué tipo de prestación es la prestación por desempleo?. No contributiva. Contributiva. Voluntaria. Asistencial. ¿Cuál de los siguientes no es un requisito para cobrar la prestación por desempleo?. Haber cotizado al menos 180 días en los últimos 5 años. Estar inscrito como demandante de empleo. Suscribir un compromiso de actividad. Tener cotizados 360 días en los últimos 6 años. ¿En qué casos se considera que una persona está en situación legal de desempleo?. Por haber renunciado voluntariamente a su empleo sin justificación. Por despido, finalización de contrato o extinción del contrato por parte de la empresa durante el período de prueba. Por decidir tomarse un año sabático. Solo en caso de despido disciplinario. ¿Qué porcentaje de la base reguladora se cobra durante los primeros 180 días de prestación por desempleo?. 70%. 60%. 50%. 75%. ¿Cómo se calcula la base reguladora de la prestación por desempleo?. Sumando las bases de cotización de los últimos 360 días y dividiendo entre 12. Sumando las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días y dividiendo entre 180. Sumando las bases de cotización de los últimos 6 años y dividiendo entre 72. Promediando el salario de los últimos 12 meses. ¿Cuándo baja el porcentaje de la prestación por desempleo al 60% de la base reguladora?. Desde el primer día. A partir del día 181. A partir del segundo mes. Después de 12 meses. ¿Qué sucede si un trabajador no solicita la prestación dentro de los 15 días hábiles siguientes al último día trabajado?. Se reduce la duración de la prestación en tantos días como se haya demorado la solicitud. Pierde automáticamente el derecho a la prestación. Se le concederá el subsidio por desempleo en su lugar. No hay consecuencias, puede solicitarla en cualquier momento. ¿Qué es el IPREM?. Un índice de referencia en España para la concesión de ayudas, subvenciones y el subsidio por desempleo. La base de cotización mínima exigida para acceder a la prestación. El salario mínimo interprofesional. Un indicador que se usa solo para calcular las pensiones de jubilación. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta sobre los hijos a cargo a efectos del cálculo de la prestación?. Se consideran hijos a cargo solo los menores de 18 años. Se consideran hijos a cargo los menores de 26 años o mayores con discapacidad que no tengan rentas superiores al SMI. Solo se consideran hijos a cargo si el beneficiario es mujer. No se tienen en cuenta los hijos para el cálculo de la prestación. ¿Cómo se puede solicitar la prestación por desempleo?. Solo de manera presencial en las oficinas del SEPE. Telemáticamente a través de la web del SEPE o presencialmente en sus oficinas. Únicamente por correo postal. A través de la Seguridad Social. ¿Qué requisito de cotización se exige para acceder a la prestación por desempleo?. Haber trabajado al menos 90 días en los últimos 7 años. Haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. Haber trabajado al menos 6 meses sin interrupción. Haber cotizado 180 días en los últimos 5 años. ¿Cuál de las siguientes NO es una situación legal de desempleo?. Haber renunciado voluntariamente al puesto de trabajo sin causa justificada. Despido procedente o improcedente. Finalización de contrato temporal. Extinción del contrato por jubilación del empleador. ¿Quién paga la prestación por desempleo?. La empresa en la que trabajaba la persona. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La Seguridad Social. El Ministerio de Trabajo directamente. ¿Qué sucede con la prestación por desempleo si el beneficiario encuentra un nuevo trabajo a tiempo completo?. Se suspende, pero puede reanudarse si vuelve a quedar desempleado dentro del período reconocido. Se pierde definitivamente. Se reduce el importe, pero se sigue cobrando. Se convierte automáticamente en un subsidio por desempleo. Si un trabajador con derecho a la prestación por desempleo se traslada temporalmente al extranjero por un periodo inferior a un año, ¿qué ocurre con su prestación?. Se suspende mientras dure la estancia en el extranjero. Se cancela de manera definitiva. Se sigue cobrando sin interrupciones. Depende de si la estancia es por turismo o por trabajo. ¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar la prestación por desempleo si se ha cotizado el mínimo requerido (360 días)?. 120 días (4 meses). 180 días (6 meses). 240 días (8 meses). 360 días (12 meses). ¿Cómo se calcula la duración de la prestación por desempleo?. Se cobra un mes de prestación por cada mes cotizado. Depende del total de días cotizados en los últimos 6 años, con una escala progresiva. Se establece un período fijo de 12 meses para todos los beneficiarios. La duración es siempre la misma, independientemente del tiempo cotizado. ¿Qué tipo de contrato NO da derecho a la prestación por desempleo?. Contrato de formación y aprendizaje. Contrato indefinido. Contrato temporal por obra y servicio. Contrato a tiempo parcial con cotización por desempleo. ¿Cuál de los siguientes trabajadores no tiene derecho a la prestación contributiva por desempleo?. Un trabajador que ha sido despedido tras dos años de trabajo con contrato indefinido. Un autónomo que ha cesado su actividad sin haber cotizado por cese de actividad. Un trabajador con contrato temporal que ha finalizado su contrato tras un año. Un trabajador fijo-discontinuo en un período de inactividad. ¿Qué ocurre si el trabajador ha agotado su prestación contributiva y sigue en situación de desempleo?. Puede seguir cobrando la prestación si acredita que está buscando empleo. No tiene derecho a ninguna otra ayuda. Depende de su edad, cargas familiares y rentas, pudiendo optar a un subsidio asistencial. ¿Qué sucede si una persona está en situación de descanso por nacimiento y adopción cuando finaliza su contrato?. Se suspende la prestación y debe solicitar el desempleo inmediatamente. Continúa cobrando la prestación por nacimiento y cuidado del menor hasta que finalice su duración. Se cambia automáticamente a la prestación por desempleo. Debe elegir entre seguir cobrando la prestación por nacimiento o cambiar al paro. ¿Cuánto tiempo tiene una persona para solicitar la prestación por desempleo después de finalizar la prestación por nacimiento y cuidado del menor?. 10 días hábiles. 15 días hábiles. 30 días naturales. No hay límite de tiempo para solicitarlo. Si una persona está cobrando el paro y se produce un nacimiento o adopción, ¿qué sucede con su prestación por desempleo?. Se suspende y comienza a cobrar la prestación por nacimiento y cuidado del menor. Se reduce el importe de la prestación por desempleo. Puede seguir cobrando el paro sin modificaciones. Debe elegir entre ambas prestaciones. ¿Qué ocurre con la prestación por desempleo durante el período de descanso por nacimiento y cuidado del menor?. No se consume la prestación por desempleo mientras dure el descanso. Se reduce la duración total de la prestación por desempleo. Se continúa consumiendo el paro, aunque no se cobre. Se pierde automáticamente la prestación por desempleo. ¿Qué es el derecho de opción en la prestación por desempleo?. La posibilidad de elegir entre seguir cobrando la prestación por desempleo o la prestación por nacimiento y cuidado del menor. La posibilidad de elegir entre la prestación por desempleo suspendida y una nueva generada tras trabajar al menos 360 días. El derecho a combinar dos prestaciones a la vez. La posibilidad de recibir dos prestaciones en distintos períodos del año. ¿Cuánto tiempo tiene el trabajador para ejercer el derecho de opción cuando ha generado una nueva prestación por desempleo?. 5 días hábiles. 10 días desde que se le reconoce la nueva prestación. 15 días naturales. No hay plazo, puede solicitarlo en cualquier momento. ¿Qué ocurre con la prestación por desempleo que una persona no elige al ejercer el derecho de opción?. Se puede recuperar en el futuro si se vuelve a quedar en paro. Se pierde definitivamente y no se podrá recuperar. Se acumula para cuando finalice la nueva prestación. Se reduce proporcionalmente a la duración de la nueva prestación. ¿Quién se encarga de pagar la prestación por nacimiento y cuidado del menor?. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La empresa del trabajador. El Ministerio de Igualdad. Si una persona estaba cobrando el paro y suspende su prestación por nacimiento y cuidado del menor, ¿cómo se reanuda el paro al finalizar el descanso?. Debe iniciar una nueva solicitud de desempleo desde cero. Debe solicitar la reanudación en un plazo de 15 días hábiles y continuará con el mismo importe y duración restantes. Se pierde la prestación por desempleo al no haber cotizado durante el descanso. Automáticamente se reanuda sin necesidad de hacer ningún trámite. Si una persona opta por la nueva prestación generada tras trabajar 360 días o más, ¿qué sucede con el paro anterior que tenía reconocido?. Se pierde de forma definitiva. Se suma al nuevo paro generado. Se reduce proporcionalmente. Se congela hasta una nueva situación de desempleo. ¿Cuándo se produce el derecho de opción en la prestación por desempleo?. Cuando el trabajador tiene dos prestaciones por desempleo simultáneamente. Cuando un trabajador que estaba cobrando el paro empieza a trabajar 360 días o más y genera un nuevo derecho a prestación. Cuando el trabajador cambia de empleo y quiere seguir cobrando el paro. Cuando el trabajador solicita la reanudación de una prestación anterior. ¿Cuáles son las dos opciones que tiene un trabajador al ejercer el derecho de opción?. Reanudar la prestación por desempleo suspendida o acogerse a la nueva prestación generada. Cobrar ambas prestaciones al mismo tiempo. Transferir la prestación a otra persona de su familia. Suspender la prestación indefinidamente hasta que la necesite. ¿Cuál es el plazo para ejercer el derecho de opción una vez reconocida la nueva prestación?. 10 días. 15 días hábiles. 30 días naturales. No hay un plazo definido. Si una persona opta por la nueva prestación generada tras haber trabajado al menos 360 días, ¿qué sucede con la prestación anterior?. Se suma al nuevo paro generado. Se congela hasta que termine la nueva prestación. Se pierde definitivamente. Se puede recuperar si vuelve a trabajar antes de acabar la nueva prestación. ¿En qué caso el derecho de opción no se aplica?. Cuando el trabajador ha trabajado menos de 360 días antes de quedar en paro. Cuando el trabajador tiene cargas familiares. Cuando el trabajador cambia de empresa dentro del mismo sector. Cuando el trabajador ha generado dos prestaciones de diferente duración. |