A. J. 11
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Título del Test:![]() A. J. 11 Descripción: aleatorio Fecha de Creación: 2020/11/16 Categoría: Otros Número Preguntas: 25
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Los Letrados de la Administración de Justicia desempeñan sus funciones con sujeción a los principios: De legalidad e imparcialidad, en todo caso. De dependencia jerárquica, en todo caso. De autonomía e independencia, en todo caso. De legalidad y de unidad de actuación, en todo caso. El ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia se llevará a cabo, de ordinario: Por oposición. Por el procedimiento de libre designación. Por promoción profesional. Son correctas b) y c). Los funcionarios de carera del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa podrán acceder al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia: Por oposición libre, siempre que lleven al menos dos años de servicios efectivos en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa o en el de Oficiales de la Administración de Justicia. Por promoción interna, siempre que lleven al menos tres años de servicios efectivos en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa o en el de Oficiales de Justicia. Por promoción interna, siempre que lleven al menos dos años de servicios efectivos en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa o en el de Oficiales de la Administración de Justicia. Por promoción interna, siempre que lleven al menos cuatro años de servicios efectivos en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa o en el de Oficiales de Justicia. Los programas LIBRA y MINERVA son: Programas para la presentación de escritos y documentos vía telemática. Programas de gestión procesal que permiten el registro de los asuntos, su seguimiento estadístico y la tramitación de los procedimientos judiciales. Programas que permiten la intercomunicación entre las distintas redes corporativas del Ministerio de Justicia, Comunidades Autónomas y Consejo General del Poder Judicial. Programas para la comunicación telemática entre los Abogados y Procuradores con los órganos judiciales. Como impulsores u ordenadores del proceso, no es una función de los Letrados de la Administración de Justicia: Dictar las resoluciones necesarias para la tramitación del proceso, salvo aquellas que las leyes procesales reserven a Jueces o Tribunales. Expedir mandamientos, despachos y exhortos para la ejecución de lo acordado en el procedimiento. Hacer cumplir las órdenes y circulares que reciba de sus superiores jerárquicos. Dejar constancia fehaciente de la realización de actos procesales en el Tribunal o ante este y de la producción de hechos con trascendencia procesal mediante la oportunas actas y diligencias. Los Letrados de la Administración de Justicia dejarán constancia fehaciente de la realización de actos procesales en el Tribunal o ante este: Mediante actas, diligencias y notas. Mediante diligencias y decretos. Mediante actas y diligencias. Mediante testimonios y certificaciones. Los Letrados de la Administración de Justicia autorizarán y documentarán el otorgamiento de poderes generales y especiales para pleitos en el ejercicio de la fe pública judicial: Pudiendo delegar dicha función en el funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa si el volumen de asuntos lo hiciere conveniente. Debiendo ejercer dicha función con exclusividad y plenitud. Debiendo ejercer dicha función bajo los principios de unidad y jerarquía. Debiendo informar a los poderdantes del alcance del poder conferido en cada caso concreto cuando así lo soliciten expresamente. Para la provisión de vacantes del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia por promoción interna entre funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa se reservarán, al menos: Un 15% de las plazas vacantes. Un 25% de las plazas vacantes. Un 45% de las plazas vacantes. Un 30% de las plazas vacantes. Sobre las actuaciones judiciales no declaradas secretas ni reservadas, los Letrados de la Administración de Justicia facilitarán información sobre su estado: Al Ministerio Fiscal. A ninguna persona. A cuantos manifiesten y justifiquen un interés legítimo y directo que así lo soliciten. A quienes así lo soliciten por conducto del Ministerio de Justicia. ¿A quién corresponde la Presidencia del Consejo del Secretariado?: Al Ministro de Justicia. Al Secretario de Estado de Justicia. Al Titular de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia. Al titularse la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia. La forma de acceso por promoción interna en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia es: El concurso. La oposición. El concurso-oposición. Libre designación. Como titulares de la fe pública judicial, son funciones de los Letrados de la Administración de Justicia: La organización y gestión del personal de la Oficina Judicial. Documentar los embargos y lanzamientos en los casos en que consideren necesaria su intervención. Expedir certificaciones o testimonios de las actuaciones judiciales no declaradas secretas ni reservadas a las partes. La levanta de los libros de registro. El personal integrante de la Oficina Judicial será dirigido por los Letrados de la Administración de Justicia: En el aspecto técnico-procesal. En el aspecto disciplinario. En ningún aspecto. En los aspectos orgánico y funcional. El Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia depende, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial: Del Ministerio de Justicia. Del Consejo General del Poder Judicial. De las Comunidades Autónomas. De los Jueces y Tribunales. Podrán cubrirse los puestos de trabajo vacantes en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, cuando se trate de puestos de carácter directivo o de especial responsabilidad, mediante: Concurso de traslados. Concurso específico. Procedimiento de libre designación. Turno extraordinario. Con el fin de admitir la demanda, poner término al procedimiento del que tenga atribuida exclusiva competencia, o cuando sea preciso o conveniente razonar su decisión, el Letrados e la Administración de Justicia dictará: Providencia. Diligencia de ordenación. Diligencia de constancias. Decreto. Las bases de la convocatoria de las pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo Superior Jurídico de Letrados de la Administración de Justicia: Se aprobarán mediante Orden del Ministro de Justicia, previo informe favorable de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia. Se aprobarán por el Ministerio de Justicia y Comunidades Autónomas con competencias asumidas. Se aprobarán mediante Orden del Ministro de Justicia, publicada en el BOE de acuerdo con las previsiones de la Oferta de Empleo Público para el sector estatal. Se aprobarán mediante Orden del Ministro de Justicia, previo informe favorable del Consejo de Secretariado. Los Letrados de la Administración de Justicia que ingresen en el Cuerpo tendrán un plazo para tomar posesión del cargo de: 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la fecha de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado. 20 días naturales desde la fecha de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado. 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la fecha de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado. 10 días naturales desde la fecha de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado. Es correcto afirmar en relación con los Decretos de los Letrados de la Administración de Justicia que: Serán sucintamente motivados. Serán recurrieres en reposición, salvo que la Ley establezca lo contrario. Contendrán, en párrafos separados y numerados, los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho en los que se base la subsiguiente parte dispositiva o fallo. Se dictarán para poner término al procedimiento que sean de la exclusiva competencia de los Juzgados y Tribunales. El sistema ordinario de provisión de puestos de trabajo vacantes en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia es: El concurso-oposición. La libre designación. El concurso. La reordenación de efectivos. Es expresa prohibición, el ejercicio de sus funciones por el Letrado de la Administración de Justicia encargado de los Servicios Comunes Procesales que tramiten expedientes de jurisdicción voluntaria, unido por vínculo matrimonial con: Las partes que hayan de intervenir en el asunto. El representante del Ministerio Fiscal que haya de intervenir en el asunto. Los abogados intervinieres en el procedimiento, siempre que en la población haya cinco o más Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. Los procuradores intervinieres en el procedimiento, siempre que en la población haya cinco o más Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. Los Secretarios Coordinadores Provinciales, ¿podrán renunciar al ejercicio del cargo?: No. Siempre que haya transcurrido un período mínimo de cinco años desde que comenzaran el ejercicio de su cargo. Sí, por motivos debidamente justificados, si bien, si concurren circunstancias excepcionales que igualmente deben ser apreciadas, podrán renunciar sin necesidad de que transcurra plazo alguno desde que comenzaran el ejercicio de su cargo. Sí, por motivos debidamente justificados, si bien, si concurren circunstancias excepcionales, que igualmente deben ser apreciadas, podrán renunciar siempre que haya transcurrido un período mínimo de dos años desde que comenzaran el ejercicio de su cargo. Se aprobará el protocolo de actuación en el procedimiento al que deberán atenerse los Letrados de la Administración de Justicia en el ejercicio de sus funciones como directores técnico-procesales de la Oficina Judicial. Por el Secretario Coordinador Provincial. Por el Consejo General del Poder Judicial. Por el Secretario del Gobierno. Por el Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia. Con el fin de consolidar la categoría personal en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de Justicia, el puesto de Letrado de Sala del Tribunal Supremo se integra en el Grupo: Primero. Segundo. Primero o Segundo, según determinen las relaciones de puestos de trabajo. En ninguno, dado que por su excepcionalidad no es un puesto de trabajo hábil para la consolidación de la categoría. Compete imponer la sanción de suspensión de un Letrado de la Administración de Justicia: Al Secretario General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia. Al Ministro de Justicia. Al Secretario de Gobierno. Al Juez o Presidente del Tribunal en el que esté destinado el Letrado de la Administración de Justicia. |