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L.O. 6/1984 de 24 de mayo Habeas Corpus

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Título del Test:
L.O. 6/1984 de 24 de mayo Habeas Corpus

Descripción:
H Corpus

Fecha de Creación: 2019/11/11

Categoría: Otros

Número Preguntas: 14

Valoración:(33)
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La autoridad gubernativa, agente de la misma o funcionario público, estarán obligados a poner inmediatamente en conocimiento del Juez competente la solicitud de "Habeas Corpus", formulada por la persona privada de libertad que se encuentre bajo su custodia, de manera que si incumplieren esta obligación. Incurrirán en responsabilidad penal y disciplinaria. Serán apercibidos por el Juez. Serán detenidos por un delito de desobediencia y vulneración de los derechos fundamentales. Incurrirán en responsabilidad penal.

Contra la resolución adoptada sobre el procedimiento de "Habeas "Corpus". Podrá incoarse recurso en vía contencioso-administrativa. Sólo cabrá el recurso de amparo ante el Tribunal Supremo. No cabrá recurso alguno. Todas las respuestas son falsas.

Si el Juez competente en la resolución de un procedimiento de "Habeas Corpus", apreciase temeridad o mala fe por parte del solicitante. Este será apercibido. Este será condenado al pago de las costas del procedimiento. Este será castigado por un delito de desobediencia. Este será acusado por un delito de injurias y condenado al pago de las costas del procedimiento.

Promovida la solicitud de "Habeas Corpus" el Juez examinará la concurrencia de los requisitos para su tramitación y dará traslado de la mismaa. El Juez no es competente para examinar si en el procedimiento de "Habeas Corpus" concurren todos los requisitos para su tramitación. A la Autoridad gubernativa, agente de la misma o funcionaio público bajo cuya custodia se encuentre el detenido. El Ministerio Fiscal. Todas las respuestas son falsas.

Mediante el procedimiento de "Habeas Corpus" regulado legalmente. Se podrá obtener la inmediata puesta a disposición de la Autoridad Judicial competente de cualquier persona detenida ilegalmente. Se obtendrá la inmediata puesta en libertad de cualquier persona detenida ilegalmente. Se obtendrá la inmediata puesta a disposición de la Autoridad Judicial competente, de cualquier persona detenida ilegalmente. Se podrá obtener la inmediata puesta a disposición de la Autoridad Judicial competente de cualquier persona detenid.

Si en el procedimiento de "Habeas Corpus" el Juez competente estima que concurre alguna de las circunstancias para iniciar dicho procedimiento, se acordará en el acto. Que continúe la situación de privación de libertad de acuerdo con las disposiciones legales aplicables al caso, pero, si lo considerase necesario, en establecimiento distinto, o bajo la custodia de personas distintas de las que hasta entonces la detentaban. La puesta en libertad del privado de ésta, si lo fue ilegalmente. Que la persona privada de libertad sea puesta inmediatamente a disposición judicial, si ya hubiere transcurrido el plazo legalmente establecido para su detención. Todas las respuestas son correctas.

Desde que sea dictado el acto de incoación de un procedimiento de "Habeas Corpus", los jueces oiran a todas las partes y dictarán la resolución que proceda, en el plazo máximo de. Tres días. Cinco días. Dos días. Un día.

Entre los que pueden instar un procedimiento de "Habeas Corpus" se encuentra. El Delegado o Subdelegado de Gobierno. El Defensor del Pueblo. Los Parlamentarios Autonómicos. Los Parlamentarios de las Cortes Generales.

La Ley que regula el procedimiento "Habeas Corpus" establece que en el escrito que inicie dicho procedimiento no se hará constar. El presunto delito por el que esta privado de libertad. El motivo concreto por el que se solicita el "Habeas Corpus". El lugar en que se halle el privado de libertad, autoridad o persona, bajo cuya custodia se encuentre.

El derecho de "Habeas Corpus" podrá suspenderse. Cuando se declare el estado de excepción o sitio. Cuando se declare el estado de excepción. Cuando se declare el estado de sitio. Todas las anteriores son falsas.

En el procedimiento de Habeas Corpus. No se admite la presentación de pruebas. El Juez admitirá la prueba. Solo podrá presentar pruebas el detenido ilegalmente. No se admitirá la presentación de pruebas por parte de los funcionarios encargados de la custodia del detenido.

El procedimiento de Habeas Corpus puede iniciarse. Por medio de escrito. Por comparecencia. De oficio. Cualquiera de las anteriores.

El Habeas Corpus solicitado por un menor detenido será competente del procedimiento. El Fiscal de menores. El Juez de menores. El Ministerio Fiscal. El Juez de Instrucción.

Están legitimados para instar el procedimiento de Habeas Corpus. El Defensor del Pueblo, el Ministerio Fiscal, el privado de libertad, sus parientes mas cercanos o representantes legales y el Juez competente de oficio. Solo están legitimados el privado de libertad, el Ministerios Fiscal, el Defensor del Pueblo y de oficio el Juez competente. Sólo está legitimado el Juez competente de oficio. Sólo es de competencia exclusiva del privado de libertad.

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