LEGISLACIÓN.3
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Título del Test:![]() LEGISLACIÓN.3 Descripción: variada Fecha de Creación: 2022/06/03 Categoría: Oposiciones Número Preguntas: 34
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1.El Consejo de Protección Civil, es un órgano colegiado de: Carácter consultivo. De participación. De coordinación y cooperación. Todas son correctas. 2.Es el encargado de informar el PLATERPA y los Planes Especiales de la Comunidad: El Consejo de Gobierno, previo al envío para su informe al CNPC. El Consejo Rector, previo al envío para su informe al CNPC. El Consejo de Protección Civil del Principado de Asturias, previo al envío para su informe al CNPC. 3.Es el encargado de informar los Planes de Protección Civil de ámbito inferior al de la Comunidad Autónoma, así como los Planes Sectoriales: El titular de la Consejería competente. El Consejo de Protección Civil del Principado de Asturias. El Consejo de Gobierno. 4.Es el encargado de informar los Instrumentos de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado: El Consejo de Protección Civil del Principado de Asturias. La Comisión de Protección Civil del Principado de Asturias. La Consejería competente en Urbanismo y Vivienda. La Consejería competente en Montes y Medio Ambiente. 5.Cuando el Consejo de Ministros declara una zona afectada gravemente por una emergencia, ¿Que órgano recibe dicha información en Asturias?. El titular de la Consejería competente en materia de Protección Civil. El Delegado del Gobierno en Asturias. El Consejo de Protección Civil del Principado de Asturias. 6.Funcionamiento del Consejo de Protección Civil del Principado de Asturias: En Pleno. En Comisiones, para temas concretos (grupos de trabajo). Será preceptivo, la constitución de un grupo de trabajo sobre Incendios Forestales. Será aconsejable, la constitución de un grupo de trabajo sobre Incendios Forestales. 7.En el Grupo de Trabajo sobre Incendios Forestales, el Gerente del SEPA tendrá la condición de: Vicepresidente. Presidente. No tiene ningún cargo en éste grupo. 8.El Consejo de Protección Civil del Principado de Asturias, está formado por: La Presidencia, la Vicepresidencia, la Gerencia y 18 Vocales. La Presidencia, la Vicepresidencia y 18 Vocales. La Presidencia, la Vicepresidencia y la Gerencia. 9.Dentro del Consejo de Protección Civil del Principado de Asturias, ¿Que cargo representa el titular de la Gerencia del SEPA?. La Presidencia. La Vicepresidencia. Vocal. No tiene ningún cargo en éste Consejo. 10.La designación de los vocales del Consejo de Protección Civil del Principado de Asturias, será función de: El Consejo Rector. El Consejo de Gobierno. El titular de la Consejería competente en Emergencias y Protección Civil. La Consejería competente en Emergencias y Protección Civil. 11.La designación de los vocales del Consejo de Protección Civil del Principado de Asturias, la efectúa el titular de la Consejería competente en Emergencias y Protección Civil por: Acuerdo. Resolución. Decreto. 11.Secretario del Consejo de Protección Civil del Principado de Asturias: El Gerente del SEPA. El que designe el titular de la Consejería competente en Emergencias y Protección Civil, por Resolución. Un funcionario adscrito a la Dirección General competente en Emergencias y Protección Civil. 12.Como mínimo, el Consejo de Protección Civil se reunirá con carácter ordinario: Semestralmente. Trimestralmente. Anualmente. 13.El Consejo de Protección Civil se reunirá con carácter extraordinario: A iniciativa de la Presidencia. A iniciativa de la Presidencia o a propuesta de 1/4 de sus miembros. A iniciativa de la Presidencia o a propuesta de la mayoría de sus miembros. 14.El reglamento interno del Consejo de Protección Civil se adoptará en: Pleno. Comisión. Ninguna es correcta. 15.Funciones del grupo de trabajo sobre incendios forestales: Consultivas. Deliberantes. De participación. Informativas y divulgativas. 16.El Grupo de Trabajo sobre incendios forestales, estará formado por: La Presidencia, la Vicepresidencia, la Gerencia y 18 Vocales. La Presidencia, la Vicepresidencia y 14 Vocales. La Presidencia, la Vicepresidencia y la Gerencia. 17.La designación de los vocales del Grupo de Trabajo sobre incendios forestales, será función de: La Consejería competente en Emergencias y Protección Civil. El titular de la Consejería competente en Emergencias y Protección Civil. El Consejo de Gobierno. 18.Secretario del Grupo de Trabajo sobre incendios forestales: El Gerente del SEPA. El que designe el titular de la Consejería competente en Emergencias y Protección Civil, por Resolución. Un funcionario adscrito a la Dirección General competente en Emergencias y Protección Civil. 19.El RD 407/1992, de 24 de abril: Aprueba el Sistema Nacional de Protección Civil (SNPC). Aprueba la estructura y funcionamiento del SEPA. Aprueba la Norma Básica de Protección Civil (NBPC). 20.La Norma Básica de Protección Civil, es aprobada por: Por el Ministro del Interior, por Ley. Por el Consejo Nacional de Protección Civil, por Real Decreto. Por el Consejo de Seguridad Nacional, por Decreto Ley. Por el Gobierno, por Real Decreto. 21.El fundamento jurídico de la Protección Civil se encuentra en: La Ley 2/1985, de 21 de enero de Protección Civil. La Norma Básica de Protección Civil. La Constitución española. En la Ley 17/2015, de 9 de julio del SNPC. 22.Las directrices esenciales para elaborar los Planes Territoriales y Especiales son desarrollados por: La Ley 17/2015, de 9 de julio del SNPC. El RD 407/1992, de 24 de mayo. El RD 407/1992, de 24 de abril. 23.Señala la respuesta incorrecta: El Ministro del interior propone la aprobación de la Norma Básica de Protección Civil. La Norma Básica de Protección Civil, es informada, previamente por la Comisión Nacional de Protección Civil. El Gobierno aprueba la Norma Básica de Protección Civil por Real Decreto. Todas son incorrectas. 24.Funciones fundamentales de la Protección Civil: Previsión, Planificación e Intervención. Previsión, Planificación, Prevención, Rehabilitación e Intervención. Prevención, Rehabilitación e Intervención. 25.Ordena los procesos del ciclo de la emergencia: Planificación, Previsión, Prevención, Intervención y Recuperación. Prevención, Planificación, Previsión, Intervención y Recuperación. Previsión, Prevención, Planificación, Intervención y Recuperación. 26.Son emergencias de Interes Nacional: Las que requieran la aplicación de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, reguladora de los Estados de alarma, excepción y sitio. Las que sea necesario coordinar diversas Administraciones, por afectar a varias CCAA. Las que por sus dimensiones, efectivas o previsibles, requieran una dirección Nacional de las Administraciones implicadas. Todas son emergencias de Interes Nacional. Todas son emergencias de Interes General. 27.Plan de Protección Civil: Previsión orgánico-funcional, en caso de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública. Así como el esquema de coordinación entre Administraciones. Previsión técnico-funcional, en caso de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública. Así como el esquema de coordinación entre Administraciones. Previsión técnico-orgánico, en caso de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública. Así como el esquema de coordinación entre Administraciones. 28.El RD 407/1992, de 24 de abril, clasifica los Planes en: Planes Territoriales. Planes Especiales. Planes de Autoprotección. Plan Estatal General (PEG). 29.Los Planes Territoriales: Son estructuras rígidas inmutables y nunca flexibles en las diferentes situaciones. Se elaboran para hacer frente a emergencias generales, en el ámbito de cada CCAA e inferior. Podrán tener el carácter de plan Director. Establecerán el catálogo de recursos movilizables y el inventario de riesgos potenciales. 30.Los Planes Especiales se elaboran para hacer frente a: Riesgos o emergencias generales. Riesgos o emergencias específicas. Riesgos o emergencias tanto generales como específicas. 31.Relaciona según la normativa, que riesgos contempla para el desarrollo de los Planes Especiales correspondientes: El RD 407/1992, de 24 de abril. La Ley 17/2015, de 9 de julio. 32.El RD 407/1992, de 24 de abril, clasifica los Planes Especiales en: Planes Básicos (Bélicos y Nucleares). Planes Especiales para los demás casos, relativos a cada riesgo. Ambas con correctas. 33.Señala la respuesta correcta: Los Planes de Protección civil según su ámbito de aplicación pueden ser: Los Planes Territoriales son de ámbito local o autonómico. Los Planes Especiales son de ámbito autonómico o estatal. Los Planes Especiales nunca serán de ámbito local. Todas son correctas. |