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Ley 8/1985, de 13 de agosto de elecciones al Parlamento de

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Título del Test:
Ley 8/1985, de 13 de agosto de elecciones al Parlamento de

Descripción:
Ley 8/1985, de 13 de agosto de elecciones al Parlamento de Galicia.

Fecha de Creación: 2020/02/17

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 20

Valoración:(5)
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Según el artículo 29 de la Ley 8/1985, del 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, un partido, federación o coalición que obtuviera representación en las anteriores elecciones al Parlamento de Galicia y alcanzara, por lo menos, un 15 por 100 del total de votos válidos emitidos en la Comunidad Autónoma, tendrá derecho, durante la campaña electoral, a un tiempo gratuito de propaganda electoral en la TVG, de: Diez minutos. Veinte minutos. Treinta minutos. Cuarenta y cinco minutos.

¿Cúal de las siguientes afirmaciones no es correcta con relación al escrutinio general, segundo el artículo 37 bis de la Ley 8/1985, del 13 agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia?. Lo realizarán las juntas electorales provinciales. Se realizará el décimo día siguiente a la votación. Deberá realizarse en la forma prevista en la Ley orgánica del régimen electoral general. Concluirá no más tarde del undécimo día posterior a las elecciones.

Según el artículo 21 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones la Parlamento de Galicia, para presentar candidaturas, las agrupaciones de electores necesitarán, al menos: La firma del 1 por 100 de los inscritos en el censo electoral de la Comunidad Autónoma. La firma del 2 por 100 de los inscritos en el censo electoral de la circunscripción. La firma del 1 por 100 de los inscritos en el censo electoral de la circunscripción. La firma del 2 por 100 de los inscritos en el censo electoral de la Comunidad Autónoma.

¿Cuál es el número mínimo inicial de Diputados que le corresponde a cada una de las cuatro provincias, según el artículo 9 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto de elecciones al Parlamento de Galicia?. Once. Nueve. Diez. Doce.

Según el artículo 1 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia: La presente ley es de aplicación a las elecciones a diputados y diputadas del Parlamento de Galicia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 del Estatuto de autonomía para Galicia. La presente ley es de aplicación a las elecciones a diputados y diputadas de la Xunta de Galicia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11 del Estatuto de autonomía para Galicia. La presente ley es de aplicación a las elecciones a diputados y senadores del Parlamento de Galicia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 del Estatuto de autonomía para Galicia. La presente ley es de aplicación a las elecciones a diputados y diputadas del Parlamento de Galicia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 del Estatuto de autonomía para Galicia.

Según el artículo 4 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia serán inelegibles: Los que ejerzan funciones o cargos conferidos y remunerados por un Estado extranjero. El Presidente, Vicepresidente y Subsecretarios del Estado del Gobierno Central. El Director general de la Compañía de Radio y Televisión Española, los Directores de los Entes y sus Delegados nacionales. Los Subsecretarios generales técnicos y los Directores generales de las Consejerías, los Directores del Gabinete de la Presidencia, así como los altos cargos de libre designación de la Junta de Galicia nombrados por Decreto del Consejo de Ministros.

Según el artículo 6 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia serán incompatibles con la condición de diputado autonómico: Los Presidentes de Consejos de Administración, Consejeros, Administradores, Directores generales, Gerentes y cargos equivalentes de entes públicos y Empresas de participación pública mayoritarias, cualquiera que sea su forma, incluidas las Cajas de Ahorro de fundación pública. La condición de Diputado del Parlamento de Galicia es incompatible con la de Parlamentario Europeo, Diputado del Congreso y Senador, salvo los Senadores elegidos en representación de la Comunidad Autónoma. Los miembros del Consejo de Administración de la Compañía de Radio y Televisión de Galicia. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Conforme al artículo 9 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia: A) El número de Diputados del Parlamento de Galicia se fija en 75. B) A cada una de las cuatro provincias de Galicia le corresponde un mínimo inicial de 15 Diputados. C) El Decreto de convocatoria debe especificar el número de Diputados que se elegirá en cada circunscripción, de acuerdo con lo dispuesto en este artículo. D) Las respuestas A) y C) son correctas.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, La Junta Electoral de Galicia es un órgano permanente y está compuesto por: Presidente: El Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Vicepresidente: El elegido por el Presidente, de entre los de origen parlamentario, en la sesión constitutiva que se celebrará a convocatoria del Secretario. Cinco Vocales, Magistrados del Tribunal Supremo. Cuatro Vocales, Profesores en activo de las Facultades de Matemáticas, de Ciencias Económicas o de Sociología de las Universidades de Galicia.

Conforme el artículo 17 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia: Los miembros de la Junta Electoral de Galicia son inamovibles y sólo podrán ser suspendidos por delitos o faltas electorales, mediante expediente incoado por la propia Junta en virtud de acuerdo de la mayoría absoluta de sus componentes, sin perjuicio del procedimiento judicial correspondiente. Los miembros de la Junta Electoral de Galicia son inamovibles y sólo podrán ser cesados por delitos o faltas electorales, mediante expediente incoado por la propia Junta en virtud de acuerdo de la mayoría absoluta de sus componentes, sin perjuicio del procedimiento judicial correspondiente. Los miembros de la Junta Electoral de Galicia son inamovibles y sólo podrán ser suspendidos por delitos o faltas electorales, mediante expediente incoado por la propia Junta en virtud de acuerdo de la mayoría de tres quintos de sus componentes, sin perjuicio del procedimiento judicial correspondiente. Los miembros de la Junta Electoral de Galicia son inamovibles y sólo podrán ser suspendidos por delitos o faltas electorales, mediante expediente incoado por la Xunta de Galicia virtud de acuerdo de la mayoría absoluta de los Conselleiros, sin perjuicio del procedimiento judicial correspondiente.

Según el artículo 21 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia: Para las elecciones al Parlamento de Galicia, la Junta Electoral competente para todas las actuaciones previstas en relación a la presentación y proclamación de candidatos es la Junta Electoral Provincial. Cada candidatura se presentará mediante lista de candidatos. Las candidaturas presentadas y las candidaturas proclamadas de las cuatro circunscripciones de Galicia se publicarán en el «Diario Oficial de Galicia». Todas las repuestas anteriores son correctas.

Según el artículo 25 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia: A) La campaña electoral tendrá una duración no superior a veinte días ni superior a treinta y uno. B)Terminará, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior al de la votación. C) Durante la campaña electoral los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia podrán realizar una campaña institucional destinada a informar y fomentar la participación de los electores en la campaña electoral, sin influir en la orientación de voto. Está permitida la utilización por los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones que concurran a las elecciones de elementos identificativos de la campaña institucional, de los que serán informados con anterioridad al inicio de la misma. D) Las respuestas B) y C) son correctas.

Conforme al artículo 31 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia: La confección de las papeletas y los sobres de votación se inician inmediatamente después de la proclamación de candidatos. Si contra la proclamación de candidatos se interponen recursos ante el órgano judical contencioso-administrativo competente en la provincia, la confección de las papeletas correspondientes se pospone, en la circunscripción electoral en donde se han interpuesto, hasta la resolución de estos recursos. La primeras papeletas confeccionadas se entregarán a la Delegación del Gobierno para su envío a los residentes ausentes que viven en el extranjero. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Según el artículo 33 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia: El representante de cada candidatura puede nombrar, hasta dos días antes de la elección, tres Interventores por cada local electoral, para que comprueben que la votación se desarrolla de acuerdo con las normas establecidas. El nombramiento se hará mediante la expedición de certificados acreditativos, con la fecha y firma al pie del nombramiento. Las credenciales de nombramiento de interventores se enviarán a la Junta Electoral Central hasta el mismo tercer día anterior al de la votación. Para integrarse en la mesa el día de la votación, se comprobará que la credencial es conforme a la hoja talonaria que se encuentra en poder de la mesa. De no ser así o de no existir hoja talonaria podrá dársele posesión, consignando el incidente en el acta.

De acuerdo con el artículo 28 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia: La Comisión de Control Electoral de RTVG será designada por la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Galicia y estará integrada por un representante de cada partido, federación, coalición y agrupación que concurran a las elecciones convocadas al Parlamento y cuenten con representación en el mismo. Dichos representantes votarán ponderadamente de acuerdo con la composición del Parlamento. La Comisión de Control Electoral de TVG será designada por la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Galicia y estará integrada por un representante de cada partido, federación, coalición y agrupación que concurran a las elecciones convocadas a la Xunta y cuenten con representación en el mismo. Dichos representantes votarán ponderadamente de acuerdo con la composición del Parlamento. La Diputación de Control Electoral de RTVG será designada por la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de Galicia y estará integrada por dos representantes de cada partido, federación, coalición y agrupación que concurran a las elecciones convocadas al Parlamento y cuenten con representación en el mismo. Dichos representantes votarán ponderadamente de acuerdo con la composición del Parlamento. La Comisión de Control de Emisiones de RTVG será designada por la Junta Electoral de Zona y estará integrada por un representante de cada partido, federación, coalición y agrupación que concurran a las elecciones convocadas al Parlamento y cuenten con representación en el mismo. Dichos representantes votarán directamente de acuerdo con la composición del Parlamento.

Según el artículo 15 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia: Los miembros de la Junta Electoral de Galicia serán nombrados por Decreto al comienzo de cada legislatura y continuarán su mandato hasta la toma de posesión de la nueva Junta Electoral. Los miembros de la Junta Electoral de Galicia serán nombrados por Ley al comienzo de cada legislatura y continuarán su mandato hasta la toma de posesión de la nueva Junta Electoral. Los miembros de la Junta Electoral Central serán nombrados por Decreto al comienzo de cada legislatura y continuarán su mandato hasta la toma de posesión de la nueva Junta Electoral. Los miembros de la Mesa Electoral de Galicia serán nombrados por Real Decreto al comienzo de cada campaña electoral y continuarán su mandato hasta la toma de posesión de la nueva Mesa Electoral.

Conforme al artículo 10 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, la atribución de escaños en función de los resultados del escrutinio se realiza de acuerdo con las siguientes reglas: No se tienen en cuenta aquellas candidaturas que no han obtenido, al menos, el 10 por 100 de los votos válidos emitidos en la circunscripción. Se ordena de mayor a menor, en una columna, las cifras y los votos obtenidos por las restantes candidaturas. Se divide el número de votos obtenido por cada candidatura por 1, 2, 3, etc., hasta un número igual de escaños correspondientes a la circunscripción, formándose un cuadro semejante al que aparece en el ejemplo práctico que se recoge en la correspondiente disposición transitoria. Los escaños se atribuyen a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores en el cuadro, atendiendo a su orden decreciente. Cuando en la relación de cocientes coincidan tres correspondientes a distintas candidaturas, el escaño se atribuirá a la que haya obtenido menor número total de votos. Si hubiese cuatro candidatos con igual número de votos, el primer empate se resolverá por sorteo y los sucesivos de manera alternativa.

Según el artículo 18 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, corresponde a la Junta Electoral de Galicia: Cursar instrucciones de obligado cumplimiento a las Juntas Provinciales en la materia electoral objeto de esta Ley. Revocar de oficio, en cualquier momento, o a instancia de parte interesada, dentro de los plazos previstos en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, las decisiones de las Juntas Provinciales, cuando se opongan a la interpretación de la normativa electoral realizada por la Junta Electoral de Galicia. Aprobar, a propuesta de la Administración de la Junta, los modelos de actas de constitución de Mesas electorales, de escrutinio, de sesión, de escrutinio general y de proclamación de electos. Tales modelos habrán de permitir la expedición instantánea de copias de las actas mediante documentos autocopiativos y otros procedimientos análogos. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Según el artículo 19 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia: Los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones que pretendan concurrir a las elecciones al Parlamento de Galicia designarán a las personas que deban representarlos ante la administración electoral, como representantes generales o de candidaturas. Los representantes generales actúan en nombre de los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones concurrentes. Los representantes de las candidaturas lo son de los candidatos incluidos en ellas. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Según el artículo 35 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia: El representante de todas las candidaturas puede otorgar poder a favor de cualquier ciudadano, mayor de edad, que se encuentre en pleno uso de sus derechos civiles y políticos con objeto de revocar la representación de la candidatura en los actos y operaciones electorales. El presidente de cada candidatura puede otorgar poder a favor de cualquier ciudadano, mayor de edad, que se encuentre en pleno uso de sus derechos civiles y políticos con objeto de ostentar la representación de la candidatura en los actos y mítines electorales. El representante de cada candidatura puede otorgar poder a favor de cualquier miembro del partido, mayor de edad, que se encuentre en pleno uso de sus derechos civiles y políticos con objeto de ostentar la representación de la candidatura en los actos y operaciones electorales. El representante de cada candidatura puede otorgar poder a favor de cualquier ciudadano, mayor de edad, que se encuentre en pleno uso de sus derechos civiles y políticos con objeto de ostentar la representación de la candidatura en los actos y operaciones electorales.

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