Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
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Título del Test:![]() Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Descripción: Ley de subvenciones de Galicia. |




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Entendemos por subvención: Toda disposición dineraria realizada por la Administración de la Comunidad Autónoma, o por una entidad vinculada o dependiente de ella, a favor de personas privadas. Toda disposición dineraria realizada por la Administración de la Comunidad Autónoma, o por una entidad vinculada o dependiente de ella, a favor de personas públicas. Toda disposición dineraria realizada por la Administración de la Comunidad Autónoma, o por una entidad vinculada o dependiente de ella, a favor de personas públicas o privadas. Toda disposición dineraria o no, realizada por la Administración de la Comunidad Autónoma, a favor de personas públicas o privadas. La subvención debe cumplir los siguientes requisitos: Que la entrega se realice con contraprestación directa de los beneficiarios. Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido. Que el proyecto, la acción, la conducta o la situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad privada. Todas son correctas. El procedimiento ordinario de concesión será el de: Concurrencia competitiva. Concesión directa. Ninguno de los dos. Ambos son correctos. El procedimiento de concesión directa sólo será de aplicación en los supuestos en que: No exista dotación nominativa en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma. Se imponga reglamentariamente. Con carácter excepcional, se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Todas son correctas. Los órganos de la administración que propongan el establecimiento de subvenciones: Con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, salvo fuerza mayor, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Con carácter posterior, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Con carácter posterior, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose,salvo fuerza mayor, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Las bases reguladoras de cada tipo de subvención se publicarán: En el Diario Oficial de Galicia y en la página web del órgano concedente. Únicamente en el Boletín Oficial del Estado. Únicamente en el Diario Oficial de Galicia. Su publicación está prohibida. Son órganos competentes para la concesión de subvenciones: Consejeros. Presidentes o directores de los organismos autónomos. Órganos rectores de los demás entes, de acuerdo con sus leyes de creación o normativa específica dentro de su ámbito de competencia. Todas son correctas. Requerirá autorización del Consello de la Xunta: La concesión de subvenciones que superen la cuantía de 12 000 000 de euros por beneficiario. La autorización no implicará la aprobación del gasto, que corresponderá en todo caso al órgano competente para la concesión de la subvención. La concesión de subvenciones que superen la cuantía de 3 000 000 de euros por beneficiario. La autorización no implicará la aprobación del gasto, que corresponderá en todo caso al órgano competente para la concesión de la subvención. La concesión de subvenciones que superen la cuantía de 3 000 000 de euros por beneficiario. La autorización implicará la aprobación del gasto. La concesión de subvenciones que superen la cuantía de 12 000 000 de euros por beneficiario. La autorización implicará la aprobación del gasto. Tendrá la consideración de beneficiario: De forma presunta, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención. Cuando se prevea expresamente, las agrupaciones de personas jurídicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, siempre que tengan personalidad jurídica. De forma presunta, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que tengan personalidad jurídica, aunque excepcionalmente no puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos. La persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión. Será entidad colaboradora: a) Aquélla que, actuando en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, entregue y distribuya los fondos públicos a los beneficiarios cuando así se establezca en las bases reguladoras, o colabore en la gestión de la subvención sin que se produzca la previa entrega y distribución de los fondos recibidos. Estos fondos en ningún caso se considerarán integrantes de su patrimonio. b) Aquélla que, actuando en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, entregue y distribuya los fondos públicos a los beneficiarios cuando así se establezca en las bases reguladoras, o colabore en la gestión de la subvención sin que se produzca la previa entrega y distribución de los fondos recibidos. Estos fondos se considerarán integrantes de su patrimonio en todo caso. a) y b) son correctas. a) y b) son incorrectas. ¿Cuál de las siguientes es una obligación de los beneficiarios?. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones. Acreditar, tras la propuesta de resolución, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. No adoptar, en ningún caso, medidas de difusión. Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizar los órganos de control competentes, sólo estatales, pues ésta es una competencia exclusiva del Estado. Las bases reguladoras contendrán: Criterios subjetivos de la adjudicación de la subvención. Obligación del reintegro total de la subvención o de la ayuda pública percibida en el supuesto de incumplimiento de las condiciones establecidas para su concesión. Dicho reintegro nunca podrá ser parcial. Expresión de los recursos que procedan contra la resolución de la concesión con indicación del órgano judicial ante el que tengan que presentarse. No cabrá ningún recurso en vía administrativa. Cuantía individualizada de la subvención o criterios para su determinación. No será necesaria la publicación de las subvenciones concedidas: Cuando las subvenciones públicas tengan asignación de concurrencia competitiva. Cuando su otorgamiento y cuantía, a favor de beneficiario concreto, resulten impuestos en virtud de norma de rango legal. Cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a 6 000 euros. Cuando la publicación de los datos del beneficiario pueda ser contraria al respecto y salvaguarda del honor y de la intimidad personal, siempre que lo dictamine un notario. Comprobación de las subvenciones. En las subvenciones de capital superiores a _________ , en su cómputo individual, destinadas a inversiones en activos tangibles, será requisito imprescindible la comprobación material de la inversión por el órgano concedente. 120.000 euros. 60.000 euros. 80.000 euros. 100.000 euros. El derecho de la Administración a reconocer o liquidar el reintegro prescribirá: A los 5 años. A los 4 años. A los 2 años. Al año. |