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LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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Título del Test:
LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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DOMINIO 1

Fecha de Creación: 2022/01/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 8

Valoración:(20)
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Es la educación que propicia la integración de personas con discapacidad a los planteles de educación básica regular, mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos. Educación Universal. Educación con Equidad. Educación Especial. Educación Inclusiva.

Mariana es una alumna que utiliza lentes ya que presenta un problema de agudeza visual y con los libros de texto se le dificulta distinguir las lecturas e instrucciones, ¿Cuáles podrían ser las soluciones que el docente pudiera aplicar para apoyar a Mariana?. Canalizarla al área de USAER para que la apoyen con el problema que presenta. Proporcionarle fotocopias con ampliación y solicitar libros en macrotipo. Solicitar al director que haga un oficio para pedir apoyo. Pedirle a los padres que constantemente consulte al médico y cambiarle los lentes periódicamente.

Hacen referencia a todas las dificultades que experimenta cualquier alumna o alumno. Condiciones Específicas del Aprendizaje. Barreras para el Aprendizaje y la Participación. Barreras del Aprendizaje y la Participación. Diversas Discapacidades.

Se caracteriza por limitaciones significativas tanto en la estructura del pensamiento razonado, como en la conducta adaptativa de la persona, y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás. Discapacidad. Discapacidad Física. Discapacidad Mental. Discapacidad Intelectual.

Es la secuela o malformación que deriva de una afección en el sistema neuromuscular a nivel central o periférico, dando como resultado alteraciones en el control del movimiento y la postura, y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás. Mal Formación Neurológica. Discapacidad Mental. Discapacidad Física. Mal Formación Física.

De acuerdo con la "Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad" se entiende por ACCESIBILIDAD: A las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás. Conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo. Las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás. Se entenderá al lenguaje escrito, oral y la lengua de señas mexicana, la visualización de textos, sistema Braille, la comunicación táctil, los macro tipos, y los dispositivos multimedia escritos o auditivos de fácil acceso.

Es el Sistema para la comunicación representado mediante signos en relieve, leídos en forma táctil por las personas ciegas. Sistema de Escritura Braille. Lengua de señas Mexicana. Comunicación por medio de señas. Sistema Gráfico.

Se le nombra así a toda persona que por razón congénita o adquirida presenta una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones con los demás. Discapacitado. Persona con discapacidad. Persona con capacidades diferentes o especiales. Incapacitado.

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