option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Licencia Medicina Nuclear

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Licencia Medicina Nuclear

Descripción:
Tema 6 y 7 (área básica)

Fecha de Creación: 2022/09/23

Categoría: Psicotécnicos

Número Preguntas: 62

Valoración:(14)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

Para blindar contra la radiación electromagnética (rayos X o gamma) lo más adecuado es: Un material de bajo número atómico con parafina. Un material de alto número atómico como el plomo. Material rico en hidrógeno como el agua. Una sustancia absorbente de neutrones como el boro.

Las medidas de protección radiológica deben ser tales que. Hagan el riesgo nulo. Reduzcan el riesgo lo más posible. No supongan un coste desmesurado. Eviten a todos los trabajadores los efectos estocásticos y no estocasticos.

En la determinación de la dosis de un trabajador profesionalmente expuesto. Debe contabilizarse únicamente la exposición externa debida a una actividad profesional. Debe contarse la dosis debida a fuentes externas a la contaminación interna y a la radiación natural. Únicamente deberá contabilizarse la dosis a fuentes externas y a la contaminación interna prescindiendo de la radiación natural. Debe tenerse en cuenta la contaminación interna y la radiación natural.

Las revisiones médicas periódicas para trabajadores profesionalmente expuestos de la categoría A han de realizarse como mínimo. Con periodicidad semestral. Al menos una vez cada 12 meses. Únicamente a voluntad del trabajador. Únicamente si el titular de la instalación lo considera oportuno.

En una instalación radiactiva las normas de protección contra las radiaciones y su actuación en caso de emergencia. Deberán ser conocidas y cumplidas por todo el personal que trabaja en ella. Deberán ser conocidas por todo el personal que trabaje en ella y cumplidas únicamente por los operadores y supervisores. La decisión de dar a conocer las normas de protección a los empleados compete exclusivamente al encargado de la protección radiológica. La decisión de dar a conocer las normas de actuación en caso de emergencia corresponde al titular de la instalación.

Los trabajadores profesionalmente expuestos que trabajan en más de una instalación. Están obligados a notificarlo a los encargados de la protección radiológica de cada uno de los centros en los que trabajan. Están obligados a notificarlo al Comité de Empresa. Podrán tener dos historiales dosimétricos independientes uno en cada una de las instalaciones. Nunca podrán obtener la licencia de operador o supervisor.

Un inspector del CSN. Está facultado para requerir la suspensión inmediata de los trabajos que representen manifiesto peligro. No está capacitado para mandar parar una actividad limitándose a realizar un informe. Puede sancionar a una instalación por realizar operaciones peligrosas. No está considerado como agente de la autoridad cuando está realizando una inspección.

El CSN podrá revocar o suspender temporalmente las licencias de operador o supervisor de instalaciones radiactivas previa tramitación del oportuno expediente cuando. En el desempeño de las funciones se produzcan actuaciones u omisiones graves de forma voluntaria o negligente. El titular de la licencia cumpla 60 años. Las circunstancias sociales o económicas obliguen a reducir la jornada de trabajo en una instalación. Son válidas las respuestas A y B.

En el caso de que un operador de una instalación radiactiva observe una deficiencia grave en aspectos de seguridad de una instalación. Deberá inmediatamente parar la instalación. Procurará informar al supervisor procediendo a la parada de la instalación en caso de no localizarlo. Solo se parará si lo dictamina el titular de la instalación. Únicamente se informará al CSN.

Un trabajador expuesto será clasificado en la categoría B cuando por las condiciones en las que se realiza su trabajo. Existe la posibilidad de recibir dosis superiores a las 3/10 de alguna de los límites de los trabajadores profesionalmente expuestos. Es muy improbable que reciba por año oficial dosis superiores a 6mSv o a 3/10 de los límites de dosis equivalente para el cristalino, la piel o extremidades. Es probable que reciba anualmente dosis efectivas próximas a 20 mSv. Es probable que reciba dosis efectivas superiores a 2 mSv por trimestre.

En el cómputo de dosis totales recibidas por un trabajador expuesto se tendrá en cuenta. Únicamente las recibidas como consecuencia de su actividad laboral en el período correspondiente. La suma de las citadas en a) y las resultantes de exámenes o tratamientos médicos como paciente. Todas las dosis recibidas durante el período señalado incluidas las debidas a los radionucleidos. Todas las dosis recibidas durante el período correspondiente excepto las debidas al radón presente en las viviendas.

El titular de la práctica está obligado a mantener la dosis en feto de una mujer embarazada tan bajo como sea razonablemente posible de forma que sea improbable que desde la comunicación de su estado hasta el final de su embarazo supere. 30 mSv. 10 mSv. 1 mSv. 6 mSv.

La dosis equivalente establecida como límite por un año oficial para el cristalino a los estudiantes de edad comprendida entre 16 y 18 años es de. 150 mSv. 50 mSv. 1,5 mSv. 0,15 mSv.

Según los criterios actuales de protección radiológica una dosis de radiación (por alta que sea) si está por debajo de los límites anuales de dosis. Solo está permitida en casos excepcionales. Está permitida automáticamente. Está permitida si existe conocimiento por parte del trabajador. Está permitida si está justificada y si la operación que da lugar a esa dosis ha sido perfeccionada para disminuir la dosis lo más posible.

Una zona vigilada se señaliza con un trébol de color. Verde. Gris azulado. Amarillo. Rojo.

Una zona con riesgo de irradiación externa se señalizará con un trébol. Rodeado de puntos. Con puntas radiales. En el interior de otro de mayor tamaño. Con puntas radiales y puntos alrededor.

El objetivo de la protección radiológica es. Prevenir la producción o impedir los efectos nocivos no estocásticos y limitar la probabilidad de los efectos estocásticos a niveles considerados aceptables. Impedir los efectos nocivos estocásticos y no estocásticos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes. Limitar la probabilidad de los efectos estocásticos y tolerar los efectos no estocásticos. Ninguno de los anteriores.

Cualquier dosis por debajo de los límites establecidos. Estará permitida en cualquier caso. Tendrá que estar justificada en todo caso. No estará permitida a los TPE de categoría B. Solo se permitirá en operaciones planificadas excepcionalmente.

Si la dosis que recibe habitualmente un trabajador profesionalmente expuesto de categoría A son próximas a 50 mSv/año pero sin superar ese límite se puede decir. Trabaja aceptablemente bien. Se cumple con la legislación y por tanto no hay que tomar medida alguna. No es aceptable como norma general y hay que mejorar la radioproteccion en la instalación. Solo es aceptable para trabajadores mayores de 40 años.

Una sala en la que se trabaja 40 horas semanales está sometida en continuo a una intensidad de dosis procedente de una fuente radiactiva encapsulada emisora de radiación gamma de 5 microSv/hora ¿ cómo se deberá señalizar?. Con un trébol rojo sobre fondo blanco provisto de puntas radiales. Con un trébol gris sobre fondo punteado. Con un trébol gris sobre fondo blanco provisto de puntas radiales. Con un trébol amarillo sobre fondo blanco.

Los límites de dosis para estudiantes que trabajen con radiaciones ionizantes. Son los mismos que los del público en general. Son los mismos que para los trabajadores profesionalmente expuestos (TPE) independientemente de su edad. Serán 6 mSv si su edad está comprendida entre 16 y 18 años. Serán los tres décimos de los límites de los TPE para los menores de 16 años.

En un lugar donde en condiciones normales de trabajo no sería improbable sobrepasar los límites anuales de dosis se debe. Señalizar como zona vigilada. Limitar la permanencia de los trabajadores profesionalmente expuestos. Impedir el acceso a los trabajadores profesionalmente expuestos. Es suficiente con controlar las dosis mediante una adecuada dosimetría de área.

El límite de incorporación anual (LIA) de un radionuclido es. La actividad que introducida en el organismo de un individuo le proporciona el límite anual de dosis. Él valor máximo de la concentración de actividad de un radionúclido en el aire durante un año laboral. La exposición del organismo a fuentes de radiaciones exteriores a él. El conjunto de radiaciones ionizantes que proviene de fuentes naturales terrestres o cósmicas.

En el conjunto de dosis totales recibidas por un trabajador profesionalmente expuesto no se tendrá en cuenta las recibidas. En otras instalaciones radiactivas. En exámenes o tratamientos médicos como pacientes. Debido al fondo radiactivo natural. No se tendrán en cuenta ni las debidas a B ni las debidas a C (exámenes o tratamientos médicos y fondo radiactivo natural).

¿ cuál de las siguientes personas puede participar en una operación especial planificada?. Un estudiante de 17 años. Un trabajador profesionalmente expuesto de la categoría B. Una mujer en periodo de lactancia. Ninguno de los anteriores.

La dosis efectiva para el personal del público que eventualmente puede visitar una zona controlada no debe superar. 1 mSv/año. 3/10 del límite para el trabajador profesionalmente expuesto. 50 mSv. 100 mSv en 5 años consecutivos.

La inspección de las instalaciones radiactivas será realizada por personal. Exclusivamente del Ministerio de Industria y Energía. Exclusivamente del CSN. A y B según los casos (MIE y CSN). Exclusivamente del CIEMAT.

La construcción, montaje y puesta en marcha de una instalación requiere autorización de. CIEMAT. Ministerio de Industria y Energía. CSN. Conjuntamente a y b.

En la vecindad de una planta industrial de esterilización por irradiación se comprueba que la dosis equivalente anual en todo el cuerpo recibida por los habitantes de la zona es de 0,1 rem por lo que: La situación es de máximo riesgo y hay que evacuar la zona. Se ha superado el límite por lo que se deben tomar medidas para evitar posibles fugas de radiación. La dosis equivalente es inferior al límite anual. Se precisa obligatoriamente un examen médico extraordinario de todo el personal afectado.

Las personas que realicen cursos de aprendizaje en una instalación radiactiva. Tendrán una licencia temporal expedida por el CSN. Deberán tener más de 18 años. Estarán siempre sometidos a dosis equivalentes iguales a 1/10 de los límites anuales. Deberán previamente ser informadas e instruidas sobre los riesgos, normas, instrumentos, actuación y responsabilidad de la instalación.

El número máximo de personas expuestas a radiaciones ionizantes en una instalación radiactiva. Quedará previamente especificado en la autorización de puesta en marcha. Será el menor posible en cualquier circunstancia. Será de cinco en instalaciones de segunda categoría. Será cualquiera pero todos ellos deberán poseer la licencia de operador o supervisor.

Las personas que participen en operaciones que impliquen exposiciones de emergencia. Deberán ser mayores de veinte años. Deberán ser informadas previamente de los riesgos existentes. No trabajarán durante un año en instalaciones radiactivas. Deberán hospitalizarse para recibir tratamiento médico excepcional.

Según los criterios actuales de la CIPR (Comisión Internacional de Protección Radiológica) cualquier dosis de radiación por debajo de los límites. Esta autorizada bajo control del supervisor. Está permitida automáticamente. Está permitida si su recepción está justificada y la operación que da lugar a la misma ha sido perfeccionada para hacerla lo mejor posible. Está permitida si existe conocimiento por parte del operador implicado.

La limitación de dosis no aplica a. Trabajadores que realicen intervenciones en caso de exposiciones perdurables. Trabajadores mayores de edad de sexo masculino. Exposiciones por diagnóstico o tratamiento médico. Personal médico debidamente autorizado.

Señala qué medida de protección no reduce la dosis en caso de exposición externa a la radiación. Disminuir el tiempo de operación. Aumentar la distancia a la fuente. Interponer un blindaje adecuado entre la fuente y el individuo. Llevar un dosimetro personal de solapa.

El sistema de protección radiológica establece que una "práctica" es. Una actividad que supone la exposición de las personas como consecuencia exclusivamente de su diagnóstico o tratamiento médico. Una actividad que aumenta la exposición global a la radiación al introducir nuevas fuentes o modificar las vías de exposición al hombre. Una actividad que reduce la exposición global de los trabajadores expuestos. Una actividad que reduce el número máximo de individuos expuestos a la radiación.

Los límites de dosis representan. La diferencia entre una situación segura y una peligrosa. Un control para asegurar que ningún individuo sea expuesto a un riesgo de irradiación considerado inaceptable en circunstancias normales. Son valores que se establecen aún sabiendo que las dosis que reciban los trabajadores no están justificadas. Representan los valores que garantizan la justificación de una práctica radiológica.

Si un trabajador expuesto recibe una dosis debida a una exposición ocupacional estamos hablando de una exposición que. Se produce durante el desarrollo del trabajo con fuentes radiactivas artificiales o naturales incrementadas por acción humana. Se produce durante el desarrollo del trabajo con fuentes naturales de radiación. Se produce durante la exposición debida a un tratamiento médico. Se produce durante la exposición debida a una situación de emergencia.

Qué afirmación es la correcta. Una exposición potencial es una exposición que se produce de forma previsible. Una exposición potencial es aquella en la que no se superan los límites de dosis. Los límites de dosis no son directamente aplicables a una exposición potencial. Las exposiciones potenciales son las que se producen en caso de fallo o accidente de los sistemas de seguridad y protección.

Los límites de dosis representan los requisitos para asegurar una protección adecuada y por tanto. Representan los valores superiores de dosis que pueden recibir los trabajadores expuestos. Representan los valores inferiores de la dosis efectiva y de la dosis equivalente que no deben ser sobrepasados teniendo en cuenta que incluyen los valores del fondo radiactivo natural. Para la dosis efectiva tienen un valor de 100 mSv en un período de 5 años oficiales no superando 50 mSv en un año. En el caso de un trabajador expuesto el límite para la dosis efectiva tiene un valor de 100 mSv en un período de 5 años oficiales no superando 50 mSv en un año.

En la legislación española se define como zona controlada aquella en la que. No es improbable recibir dosis equivalentes superiores a 6 mSv en un año. Se prohíbe el acceso a los trabajadores no expuestos a radiaciones ionizantes. Se pueden recibir dosis equivalentes superiores a los 1/5 de los límites anuales. No se pueden recibir dosis superiores a 5 mSv en un año.

En zona vigilada debe estar restringido. El acceso a los trabajadores expuestos sin autorización especial. La permanencia continuada del trabajador expuesto. La permanencia continuada del público en general. El acceso de los operadores.

Una zona señalizada con un trébol gris azulado bordeado de puntas radiales es. Una zona controlada con riesgo de contaminación. Una zona vigilada con riesgo de irradiación. Una zona de permanencia limitada. Una zona de acceso prohibido.

En una instalación radiactiva de tercera categoría los trabajadores expuestos. Deben usar siempre un dosímetro personal. No precisan control médico periódico. No pueden trabajar con fuentes de neutrones. No pueden trabajar con emisores alfa.

Un operador de un laboratorio, trabajador expuesto de categoría A, ha recibido en un año, en las manos, 400 mSv siendo despreciable la dosis en el resto del cuerpo y en consecuencia. Se ha superado el límite recomendado de 50 mSv/año. No se ha superado el límite de dosis recomendado. Ha estado sometido a gravisimo riesgo para efectos estocásticos. Se ha infringido graventemente la legislación.

En el historial dosimetrico correspondiente a personas de la categoría A se registrarán. Únicamente las dosis mensuales y las acumuladas cada 5 años. Obligatoriamente las dosis semanales, mensuales y anuales. Las dosis mensuales y las dosis acumuladas por cada año oficial y las acumuladas durante cada periodo de 5 años. Ocasionalmente las dosis acumuladas anuales.

La vigilancia dosimetrica de los trabajadores expuestos. Deberá realizarse mensualmente o anualmente dependiendo de la clasificación del trabajador expuesto. Deberá realizarse con periodicidad no superior a un mes para la dosimetria externa por entidades autorizadas por el CSN. No es obligatoria para los trabajadores de categoría B. Deberá realizarse por entidades autorizadas por el Ministerio de Sanidad y Consumo con una periodicidad mensual para los trabajadores de categoría A.

Un área donde la dosis equivalente anual estimada para un trabajador expuesto sea de 9 mSv, debe ser clasificada como. Vigilada. De permanencia limitada. Controlada. De acceso prohibido.

El personal expuesto de categoría B. Requiere dosimetro personal. No necesita ningún tipo de control dosimetrico. Requiere dosimetria personal individual y de área. No requiere necesariamente dosimetro personal pero si que haya dosimetria de área para su control y estimación de la dosis.

Para estimar el conjunto de dosis recibidas por un trabajador expuesto en una instalación radiactiva, no se tendrán en cuenta las recibidas. En otras instalaciones radiactivas. En exámenes o tratamientos medicos. En operaciones no rutinarias. En cualquier circunstancia siempre que no se superen los límites establecidos.

¿ cuáles son los principales objetivos del sistema de PR?. Evitar las exposiciones médicas y las exposiciones ocupacionales a la radiación ionizante. Prevenir la aparición de efectos deterministas y limitar la probabilidad de incidencia de efectos estocásticos. Establecer límites legales de dosis equivalente y efectiva. Reducir la actividad de las fuentes de radiación y modificar las vías que incrementan la exposición.

El número máximo de personal expuestas a radiaciones ionizantes en una instalación radiactiva. Quedará previamente especificado en la autorización de puesta en marcha. Será el menor posible compatible con el procedimiento a realizar. Será el establecido por el CSN. Podrá ser cualquiera siempre que todos ellos poseen licencia de operador o supervisor.

En el caso de que una exposición médica no pueda justificarse. La decisión final será del personal médico. La decisión final será del paciente. La decisión final será del servicio de PR. Cualquier exposición no justificada está totalmente prohibida.

Si en una instalación radiactiva un trabajador sobrepasa alguno de los límites. Debe abandonar sus ocupaciones laborales habituales en la instalación. Solo podrá seguir trabajando en la categoría B. Deberá ser excluido del trabajo con radiaciones ionizantes. Sus condiciones de trabajo posteriores deben someterse al criterio del médico especializado.

En el historial dosimetrico correspondiente a personal de la categoría A se registraran. Únicamente las dosis mensuales y las acumuladas cada 5 años. Obligatoriamente las dosis semanales,mensuales y anuales. Las dosis mensuales, las anuales y las acumuladas cada período de 5 años. Ocasionalmente las dosis acumuladas anuales.

Un trabajador expuesto será clasificado en la categoría B por las condiciones en que realiza su trabajo. Existe la posibilidad de recibir dosis superiores a 3/10 de alguno de los límites establecidos por año oficial. Es muy improbable que reciba por año oficial dosis superiores a 6 mSv o 3/10 de los límites de dosis equivalentes para el cristalino, piel o extremidades. Es probable que reciba anualmente dosis efectivas próximas a 20 mSv. Es probable que reciba dosis efectivas superiores a 2 mSv por trimestre.

Establecer un control sanitario de cada persona expuesta a las radiaciones ionizantes. Es obligatorio en trabajadores de categoría A. Es aconsejable. No es necesario. Depende del tipo de instalación en que trabaje.

Según los criterios actuales de PR una dosis de radiación (por alta que sea) si esta por debajo de los límites anuales de dosis. Solo está permitido en casos excepcionales. Está permitirá automáticamente. Está permitida si existe conocimiento por parte del trabajador. Está permitida si está justificada y si la operación que da lugar a esa dosis ha sido perfeccionada para disminuir la dosis lo más posible.

En las zonas de permanencia limitada con riesgo de contaminación el trébol será. De color amarillo sobre fondo amarillo punteado. De color verde sobre fondo blanco. De color amarillo sobre fondo blanco punteado. De color amarillo sobre fondo blanco.

En el cómputo de dosis totales recibidas por un trabajador expuesto en una instalación radiactiva no se tendrán en cuenta las recibidas en. Otras instalaciones radiactivas. Exámenes o tratamientos médicos como paciente. Operaciones no rutinarias. Cualquier circunstancia siempre que no superen los límites establecidos.

El titular de la práctica está obligado a mantener la dosis del feto de una mujer embarazada tan baja como sea razonadamente posible de forma que sea improbable que desde la comunicación de su estado hasta el final del embarazo dicha dosis supere. 30 mSv. 10 mSv. 1 mSv. 6 mSv.

Los límites legales de dosis para los pacientes son. 20 mGy para una placa de abdomen simple. 150 mSv en el cristalino. 1 mSv anual si es menor de 16 años. Todas las respuestas son faldas.

Denunciar Test