TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: NIC 4.9: CIRCULACIÓN CON TRABAJOS EN LA PLATAFORMA DE VÍA.
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NIC 4.9: CIRCULACIÓN CON TRABAJOS EN LA PLATAFORMA DE VÍA. Descripción: De la 406 a la 443 Autor:
Fecha de Creación: 21/09/2024 Categoría: Test de conducir Número Preguntas: 38 |
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406.- Art. 4.9.1.- Personal que puede encontrarse en la plataforma de vía durante el periodo
de servicio. Como norma general, queda terminantemente prohibida la presencia de
personas en la plataforma de vía, excepto: Para cruzar las vías en las estaciones de cabecera de Línea, al efectuar la rotación
de Conductores. El tránsito de personas por las playas de vías de depósitos y cocheras. En aquellos casos que, así lo determine el responsable operativo de la estación,
depósito o cochera. *Contiene imagen (No es necesaria pero ayuda)* 407.- Art. 4.9.1.- Personal que puede encontrarse en la plataforma de vía durante el periodo de servicio. Previa autorización expresa, podrán acceder, para inspección o trabajo, personal perteneciente a los diferentes departamentos de Metro, para lo cual y previamente se deberán adoptar las medidas de protección establecidas en: Los Procedimientos establecidos por la Comisión Técnica. Las Normas Internas para la Seguridad de los Agentes en relación con la Circulación. El Documento de Programación elaborado por la Comisión de programación. *Contiene imagen (No es necesaria pero ayuda)* 408.- Art. 4.9.2.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el periodo de servicio. ¿Qué debe hacer un conductor si circula en ATO, cuando encuentre, en el sentido de su marcha, en el piñón de salida de una estación, un cartel avisador de precaución próxima? No iniciará la marcha hasta que sea autorizado a rebasar el cartel por el PCC. Deberá seleccionar el modo de conducción M+ATP. Entre otras actuaciones, recabará la presencia del responsable operativo de la estación. 409.- Art. 4.9.2.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el periodo de servicio. La secuencia del cartel avisador de precaución próxima y el cartel precautorio por la presencia de personal en la plataforma de vía, advertirá al conductor de la presencia de personas en la plataforma de vía, aisladas o agrupadas, y que la precaución queda establecida desde: El cartel avisador hasta el piñón de salida de la siguiente estación. El cartel precautorio hasta el piñón de salida de la siguiente estación. El cartel precautorio hasta el piñón de entrada de la siguiente estación. 410.- Art. 4.9.2.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el periodo de servicio. Si el cartel precautorio estuviera colocado en el piñón de salida de una estación final de línea, en sentido de un saco de maniobras, depósito o cochera, indicará que la precaución queda establecida: Hasta el fondo del saco o hasta la entrada del depósito o cochera, en su caso. Hasta el piñón de entrada de la otra vía o hasta el interior de la nave del depósito o cochera, en su caso. Hasta encontrar el cartel de final de precaución. 411.- Art. 4.9.2.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el periodo de servicio. Siempre que las circunstancias lo permitan, la zona protegida por el cartel precautorio tendrá el alumbrado de túnel: Apagado. Encendido. Apagado en el periodo de servicio y encendido en el periodo de fuera de servicio. *Contiene imagen (No es necesaria pero ayuda)* 412.- Art. 4.9.2.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el periodo de servicio. Todo conductor que vaya a circular en zonas protegidas por un cartel precautorio por la presencia de personal en la plataforma de vía, ¿cómo actuará ante dicho cartel? Efectuará, ineludiblemente, la parada ante el cartel precautorio, sin rebasarlo. Seleccionará el modo de conducción M+20, si el tren dispone de dicho modo. Solicitará la presencia de otro trabajador habilitado para la conducción, el cual irá en la cabina de mando. 413.- Art. 4.9.2.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el periodo de servicio. Un conductor que vaya a circular en zonas protegidas por un cartel precautorio por la presencia de personal en la plataforma de vía, ¿cómo dará el enterado de la presencia de personas en la plataforma de vía? Recibiendo del responsable operativo el testigo piloto. Mediante el boletín de acceso a la plataforma de vía. Firmando en el impreso de Hoja de recogida de firmas o bien al PCC. 414.- Art. 4.9.2.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el periodo de servicio. Según el apartado c), una vez dado el enterado de la presencia de personas en la plataforma de vía ¿cuándo iniciará la marcha el conductor? Cuando le entregue el responsable operativo el boletín de inicio de precaución. Cuando sea autorizado a rebasar el cartel precautorio por el PCC o haya recibido del responsable operativo el testigo piloto. Cuando la señal del piñón de salida de la estación autorice. 415.- Art. 4.9.2.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el periodo de servicio. Una vez autorizado, la conducción del tren será: Marcha a la vista. A una velocidad reducida, sin sobrepasar los 10 km/h. A una velocidad máxima de 30 km/h en toda la interestación. 416.- Según la NICMM, Art. 4.9.2.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el periodo de servicio, ¿qué hará el conductor a la entrada de la zona de precaución, cuando aviste al personal u obstáculo, y en cuantas ocasiones lo considere necesario? Señales gestuales de emergencia. Señales luminosas con los faros del tren. Sonar el silbato o claxon. 417.- Art. 4.9.2.- Un conductor circulando por una zona protegida por un cartel precautorio por la presencia de personal en la plataforma de vía, ante la detección de una luz de color rojo, en la plataforma de vía: Detendrá el tren ante la misma, bajando a retirarla, previa autorización del PCC, reanudando la marcha con normalidad. Hará sonar el silbato o claxon, rebasándola a una velocidad reducida, no superando en ningún caso los 20 km/h. Detendrá el tren aproximadamente 50 metros antes de la misma, no reanudando la marcha, hasta que le sea retirada dicha luz, y sea autorizado por uno de los trabajadores a los que protege la misma. *Contestar pregunta 417 antes de contestar la 418.* 418.- Art. 4.9.2.- Continuando con la pregunta anterior, ¿cuál será la siguiente actuación del conductor? Notificará al PCC el motivo de la luz roja, entregándola al responsable operativo de la siguiente estación. Continuará la marcha con normalidad, una vez que la cola del tren haya sobrepasado la luz. Circulará a continuación a paso de hombre, hasta asegurarse de que la cola del tren haya sobrepasado la zona de trabajo. *Contiene imagen (No es necesaria pero ayuda)* 419.- Art. 4.9.2.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el periodo de servicio. La detección de una fuente de luz, ajena al sistema de señalización convencional, distinta de los faroles de obras y que no se corresponda con la iluminación habitual en el túnel en cualquier punto de la plataforma de vía, obligará al conductor, si el tren circula en modo ATO, a: Seleccionar el modo de conducción M+ATP. Informar de esta circunstancia al responsable operativo de la línea. Efectuar señales gestuales de emergencia. 420.- Art. 4.9.2.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el periodo de servicio. Cuando una luz protege a personas que están trabajando, ¿cómo reanudará la marcha, hasta que se asegure que la cola del tren ha rebasado el punto donde se encuentran las personas? A paso de hombre. Marcha a la vista. A una velocidad máxima de 10 km/h. 421.- Art. 4.9.3.- Prohibición de maniobras. Durante el periodo de servicio, no se autorizará la circulación de trenes cuando en el recorrido exista personal trabajando en la plataforma de vía: Salvo que esté interrumpido el servicio de viajeros. Y el conductor no pase necesariamente por todos los puntos donde se encuentren situados los indicadores de precaución preceptivos que protegen a dicho personal. Si estos no disponen del modo de conducción M+20. 422.- Art. 4.9.3.- Prohibición de maniobras. ¿Se autorizará la circulación de trenes por las vías de enlace entre líneas en dichas vías cuando exista personal autorizado trabajando? Sí. No. Cuando estén colocados los correspondientes carteles precautorios. 423.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. El periodo fuera de servicio, es un periodo de tiempo que será: El comprendido desde las 2:15 hasta las 5:30. Prohibida la circulación de trenes que no sean de trabajo. Individualizado para cada línea y notificado a los conductores por el PCC. 424.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. Durante el periodo fuera de servicio, la circulación de trenes, en todas las vías, salvo algunas excepciones, se hará de forma general en conducción: A paso de hombre. Marcha a la vista. En modo M+20. 425.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. En el periodo fuera de servicio, la circulación por las áreas de trabajo se realizará: A paso de hombre y en el modo de conducción M+20, si los trenes disponen de dicho modo. Marcha a la vista, extremando las precauciones en las curvas, pendientes, tramos de una sola vía y en todos los tramos en que exista escasa visibilidad. A velocidad reducida, sin sobrepasar los 10 km/h. 426.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. Los trenes que se deban mover durante este periodo deberán hacerlo siempre: A velocidad reducida, sin sobrepasar los 30 km/h, salvo los casos expresamente autorizados por el PCC. A paso de hombre y en el modo de conducción M+20, si los trenes disponen de dicho modo. Autorizados por el PCC, quien indicará a los conductores el recorrido autorizado y el tipo de conducción en que deben circular. 427.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. En el periodo de fuera de servicio, ¿se puede autorizar la circulación de trenes sin restricción de velocidad? Sí. No. Sólo cuando el tramo está fuera de explotación. 428.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. Una vez comunicado por el PCC el comienzo del periodo fuera de servicio y de la circulación en conducción marcha a la vista, los trenes: Se detendrán inmediatamente, y esperarán la correspondiente autorización del PCC. Se detendrán inmediatamente, y solicitarán al PCC la autorización correspondiente. Si no tuvieran comunicación con el PCC, trascurridos 3 minutos reanudaran la marcha a paso de hombre hasta la estación. Se detendrán si no lo estaban ya en la primera estación por la que pasen, y solicitarán al PCC la autorización correspondiente. 429.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. En el caso de que un tren deba realizar, dentro del tramo autorizado, desplazamientos en los dos sentidos de marcha, si como consecuencia del mismo, tuviera que entrar en un área de seguridad o en un área de trabajo distinta a la que está: Se realizará autorizado por el responsable de los trabajos. Cada cambio de sentido deberá estar igualmente autorizado por el PCC. No será necesaria ninguna autorización. 430.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. En aquellos trabajos en la plataforma de vía en los que intervengan trenes conjuntamente con trabajadores, dependiendo ambos del mismo responsable, el movimiento de estos trenes dentro del área de trabajo, se realizará: Autorizado por dicho responsable. Autorizado por el PCC. Autorizado por el conductor del tren. 431.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. En el caso de que en una misma área de trabajo, coincidan un tren de trabajo y uno o más equipos de trabajadores que no dependan del mismo responsable, para el movimiento de los trenes dentro de esa área: Será necesaria la autorización del PCC. El PCC solicitará a los responsables de los trabajos, el abandono de la plataforma de vía. Se coordinarán los responsables de dichos equipos con el responsable de los trabajos del tren. 432.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. Si un conductor que no haya sido previamente autorizado por el PCC encuentra una señal con indicación de parada absoluta (en rojo, apagada, etc.), deberá: Rebasarla marcha a la vista. Solicitar autorización para rebasarla. Rebasarla a paso de hombre, hasta la siguiente señal o estación. 433.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. ¿Qué debe hacer el PCC cuando un tren vaya a entrar en un área de seguridad? Indicar al conductor que debe circular a paso de hombre y en el modo de conducción M+20 si el tren dispone de dicho modo. Informará al conductor de este hecho y le autorizará a acceder a la misma, circulando en conducción marcha a la vista. Autorizar al conductor a rebasar la señal. 434.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. Una vez que el tren llegue al final del área de seguridad, para acceder al área de trabajo, ¿el PCC deberá? Autorizar nuevamente al conductor y le indicará que debe circular a paso de hombre y en el modo de conducción M+20 si el tren dispone de dicho modo. Informará al conductor de este hecho y le autorizará nuevamente a acceder a la misma, circulando en conducción marcha a la vista. Autorizar al conductor a rebasar la señal. 435.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. Circulando por un área de trabajo, cuando un conductor encuentre en su marcha una luz roja colocada en cualquier punto de la plataforma de vía, deberá: Rebasarla con la máxima precaución, y en cualquier caso, a una velocidad reducida. Parar el tren ante la misma, reanudando la marcha los tres minutos. Parar el tren aproximadamente a 50 metros antes de la misma y no reanudará la marcha hasta serle retirada la luz y ser autorizado por uno de los trabajadores a los que protege la misma. 436.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. Circulando por un área de trabajo, será de aplicación lo siguiente: Cuando sea autorizado por los trabajadores, reanudará la marcha a la vista. Llevará el tren con la precaución y atención prevista para detenerlo si fuese necesario, ante cualquier trabajador u obstáculo que pueda encontrar dentro del área de trabajo. Hará señales con los faros del tren al divisar a los trabajadores y en cuantas ocasiones lo considere necesario. 437.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. Un conductor que encuentre en su marcha en la plataforma de vía una fuente de luz ajena al sistema de señalización convencional, distinta de los faroles señalizadores de obras y que no se corresponda con la iluminación habitual en el túnel, ¿qué deberá hacer? Parar el tren, aproximadamente 50 metros antes de la misma y no reanudará la marcha hasta serle retirada dicha luz o se asegure que puede hacerlo sin riesgo. Rebasarla, informando al PCC si es posible. Parar el tren y bajar a recogerla si no hay nada que se lo impida. 438.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. Cuando una luz protege a personas que están trabajando, ¿cómo reanudará la marcha, hasta que se asegure que la cola del tren ha rebasado el área de trabajo? A paso de hombre. Marcha a la vista. A una velocidad máxima de 10 km/h. *Contiene imagen (No es necesaria pero ayuda)* 439.- Art. 4.9.4.- Actuación de los conductores ante la presencia de personal en la plataforma de vía en el PERIODO DE FUERA DE SERVICIO. En el caso de que un conductor encuentre en el piñón de un andén de la vía por la que circule, un farol de indicación de parada por trabajos en la franja de borde de andén, deberá: Rebasarlo tras comprobar que no existe impedimento alguno para ello. Emitir señales acústicas mediante el silbato o claxon y pasar sin sobrepasar la velocidad de 30 km/h. Detener el tren sin rebasarlo, hará sonar el silbato o claxon y reanudará la marcha a paso de hombre tras comprobar que no existe impedimento alguno para ello. *Contiene imagen (No es necesaria pero ayuda)* 440.- Art. 4.9.5.- Paso por tramos en obras sin presencia de personal que requieran circulación con precaución. Todo conductor, al encontrar un cartel precautorio por la existencia de una zona de obras, sin presencia de personal en la plataforma de vía, en el caso de circular en el modo ATO deberá: Solicitar autorización al PCC para rebasarlo. Seleccionar el modo de conducción M+ATP. Entre otras actuaciones, esperar a que el responsable operativo le entregue el testigo piloto. *Contiene imagen (No es necesaria pero ayuda)* 441.- Art. 4.9.5.- Paso por tramos en obras sin presencia de personal que requieran circulación con precaución. ¿Qué debe hacer el conductor de un tren al llegar al farol amarillo? Disminuir la velocidad del tren, de forma que, al pasar junto al farol azul, vaya a una velocidad máxima de 30 km/h, salvo que se indique expresamente una limitación inferior de velocidad. Detener el tren y solicitar autorización al PCC para rebasarlo, circulando marcha a la vista. Circular a paso de hombre hasta el indicador luminoso de final de precaución. *Contiene imagen (No es necesaria pero ayuda)* 442.- Art. 4.9.5.- Paso por tramos en obras sin presencia de personal que requieran circulación con precaución. ¿Qué debe hacer un conductor cuando la cabeza del tren sobrepase el farol verde? Continuar con normalidad. Mantener la precaución hasta el piñón de entrada de la estación. Detener el tren y seleccionar el modo de conducción ATO. *Contiene imagen (No es necesaria pero ayuda)* 443.- Art. 4.9.5.- Paso por tramos en obras sin presencia de personal que requieran circulación con precaución. La circulación a contravía en las vías banalizadas con obras, salvo que se indique expresamente una limitación inferior de velocidad, se realizará: Marcha a la vista. A paso de hombre. A una velocidad máxima de 30 km/h en toda la interestación. |
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