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¿Qué personaje de Juego de Tronos eres?

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Título del Test:
¿Qué personaje de Juego de Tronos eres?

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jlkjlñk

Fecha de Creación: 2022/09/28

Categoría: Otros

Número Preguntas: 40

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3. Estamos ante un concurso de leyes: a) Cuando la aplicación de un solo precepto dejaría sin valorar partes de la conducta, razón por la cual se ha de recurrir al concurso y aplicar varios. b) Cuando un solo hecho da lugar a la comisión de varios delitos (concurso ideal) y también cuando varios hechos dan lugar a la comisión de varios delitos (concurso real). c) Cuando uno o varios hechos se pueden incluir en varias normas penales de las que sólo una puede aplicarse, puesto que su estimación conjunta vulneraría el principio de non bis in idem. d) Las respuestas a y b son correctas.

5. La falsificación de un documento público para estafar constituye. a) Un delito continuado. b) Un concurso ideal medial. c) Un supuesto de concurso de leyes. d) Un concurso real.

6. El delito de conducción temeraria poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas (380) es un delito. a) De peligro abstracto. b) Delito de peligro concreto. c) Delito de lesión. d) Delito de omisión.

8. “A” hace auto-stop. Una vez montado en el vehículo, e iniciada la marcha, “J” conductor del vehículo comenzó a pedirle a dinero, manifestándole “A” que no tenía. Posteriormente “J” le requirió para que le enseñara el reloj que llevaba, diciéndole que se lo entregara en su mano, a lo que “A” se negó; insistiendo “J” en sus pretensiones “A” se baja saltando del vehículo en marcha. Como consecuencia de la caída que sufrió al saltar del vehículo, “A” sufrió lesiones que requirieron tratamiento médico por 30 días. a) Las lesiones deben imputarse a “J” porque ha creado un riesgo desaprobado. b) Las lesiones no deben imputarse a “J” porque ha habido autopuesta en peligro de “A”. c) Las lesiones deben imputarse a J. porque son concreta manifestación del riesgo causado por él. d) Las lesiones no deben imputarse a ninguno de los dos. Es un caso fortuito.

9. -Una tardía asistencia médica a una víctima de un golpe mortal. a) Rompe la imputación objetiva. b) Rompe la relación de causalidad. c) No rompe la imputación objetiva. d) Sólo rompe la imputación objetiva si la asistencia médica hubiera sido inmediata.

10.- En el año 2010, el Legislador introduce por primera vez en el Código Penal, el delito de tráfico de órganos humanos, en la LO de 22 de junio de 2010, que fue publicada al día siguiente en el BOE y entró en vigor el día 23 de diciembre de 2010. P trafica con órganos el día 19 de diciembre de 2010 y es juzgado el día 10 de octubre de 2011. ¿P, puede ser condena por ese delito?. a) Sí, porque cuando delinque ya se había dictado la ley. b) Sí, porque cuando delinque ya se había publicado la ley. c) No, porque cuando delinque no estaba en vigor la ley. d) Sí, porque cuando le juzgan está en vigor la ley.

11. El tipo de comisión por omisión. a) supone la vulneración de una norma preceptiva. b) Es aquél en el que se prohíbe la no evitación de un resultado. c) Es aquel en el que se ordena realizar una determinada conducta. d) Es aquél que se castiga por el mero hecho de no actuar.

12. Si se golpea con intención de matar pero se le causa lesiones graves que al ser intervenidas fallece el sujeto como consecuencia de virus de quirófano. a) Se le imputan las lesiones dolosas consumadas. b) Se le imputa una tentativa de homicidio. c) Es un supuesto de ruptura del nexo causal y por tanto no se le imputa nada. d) Se le imputa un homicidio consumado.

13. “A” vende éxtasis sabiendo que es droga y es consciente de su nocividad, pero sin saber que es una sustancia de las que causan grave daño a la salud (que constituye tipo agravado). a) Debe aplicarse el tipo agravado de tráfico de drogas si el error es vencible. b) Debe aplicarse el tipo básico de drogas por desconocimiento del elemento específico agravante. c) Es una conducta impune por error de tipo esencial invencible. d) Debe aplicarse el tipo agravado derivado de la cualidad de ser el «éxtasis», sustancia que causa grave daño a la salud.

14. - Existe dolo eventual: a. Cuando de haber sabido el sujeto que el resultado se produciría con total seguridad, habría actuado igualmente. b. Cuando el sujeto es consciente de que hay muchas más probabilidades de que se produzca el resultado que de lo contrario. c. Cuando al sujeto le da igual la producción del resultado, porque va a actuar igual en todo caso. d. Todas las respuestas anteriores son correctas.

15.- La teoría del consentimiento se aplica para resolver los problemas de delimitación entre: a. El dolo de segundo grado y el dolo eventual. b. El concurso de normas y el concurso de delitos. c. El dolo eventual y la culpa consciente. d. No es una teoría de derecho penal.

16. Ana, empleada de una peluquería, aprovecha todos los sábados el momento de hacer la caja, para tomar 100 euros. Teniendo en cuenta que el límite entre el delito y el delito leve en los delitos patrimoniales se sitúa en los 400 euros y que el total de la cantidad sustraída asciende a 1500 euros, Ana será sancionada como autora: a. De un delito continuado de hurto, debiéndose imponer la pena en su mitad superior. b. De varios delitos leves de hurto en concurso real porque no se da ninguna de las circunstancias para poder apreciar un delito continuado. c. De un delito continuado de hurto, sin que se deba imponer la pena en su mitad superior y sin que se pueda subir de grado, para no vulnerar el principio de non bis in idem. d. De un delito continuado de hurto, con la pena superior en uno o dos grados a la prevista para el tipo básico, debido a la continuidad delictiva.

17. El CP sanciona a los fabricantes o comerciantes que en su publicidad de productos hagan alegaciones falsas, de modo que puedan causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores. Teniendo en cuenta las distintas clasificaciones de los tipos penales y tomando como bien jurídico protegido el patrimonio de los consumidores, estaríamos: a. Ante un delito especial y de peligro. b. Ante un delito común y de lesión. c. Ante un delito común y de peligro. d. Ante un delito especial y de lesión.

18.- Cuando un hecho sea susceptible de ser calificado conforme a varios preceptos penales: a.- Se aplicará únicamente el que más pena tenga. En el caso de tener igual pena, entonces se aplicará el precepto principal sobre el subsidiario. b.- Se aplicará únicamente el que menos pena tenga, en virtud del principio in dubio pro reo. c.- Se aplicará únicamente el más especial. d.- Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

20.- A hurta un vehículo para cometer un robo en una joyería por el método del alunizaje. Corresponde aplicarle: a.- Un solo robo, porque el robo absorbe al hurto, ya que el vehículo debe considerarse como un objeto más de los robados. b.- Un concurso real de delitos entre el hurto y el robo, porque dos varios hechos separados en el tiempo. c.- Un concurso medial de delitos, porque el hurto del vehículo era medio para cometer el robo en la joyería. d.- Un delito continuado, porque ambas conductas son de la misma naturaleza y son seguidas en el tiempo y se realizan en ejecución de un mismo plan preconcebido.

Hablamos de concurso ideal: Cuando dos o más hechos constituyen dos o más infracciones. Cuando un hecho constituye dos o más infracciones, siendo necesariamente una de ellas el medio para cometer la otra (las otras). Cuando un hecho constituye dos o más infracciones. Cuando dos normas pueden aplicarse a un mismo hecho.

La teoría de la imputación objetiva del resultado: Sirve para aumentar, en la tipicidad, la responsabilidad limitada derivada de la causalidad. Sirve para restringir, en la tipicidad, la responsabilidad infinita derivada de la causalidad. Sirve para determinar cuándo un sujeto es imputable en escalón de la culpabilidad. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

A comete tres asesinatos. El asesinato tiene una pena de 15 a 25 años de prisión. A debe cumplir como máximo: Prisión permanente, aunque se le podrá revisar por buen comportamiento, ya que no se puede superar el triple de la pena impuesta. 30 años, porque ha sido condenado por dos o más delitos y, alguno de ellos tiene pena de prisión superior a 20 años. 30 años, porque ha sido condenado por dos o más delitos y dos de ellos tienen pena de prisión de hasta 20 años. 40 años, porque ha sido condenado por dos o más delito, y al menos dos de ellos, tienen pena de prisión superior a 20 años.

''A'' hace auto-stop. Una vez montada en el vehículo, e iniciada la marcha, ''J'' conductor del vehículo comenzó a agredir sexualmente a ''A'' realizando tocamientos con violencia y amenazándole con matarla con un cuchillo, que le exhibió, si no se dejaba penetrar. Ante la insistencia violenta y amenazante de ''J'', ''A'' le advierte que si sigue así, se bajará del vehículo en marcha, lo que efectivamente hizo, ya que ''J'' no cesó en sus pretensiones. Como consecuencia de la caída que sufrió al saltar del vehículo, ''A'' murió. La muerte debe imputarse a ''J'' porque ha creado un riesgo desaprobado. La muerte no debe imputarse a ''J'' porque ha habido autopuesto en peligro relevante ''A''. La muerte no debe imputarse a ''J'' porque es concreta manifestación del riesgo causado por él. La muerte no debe imputarse a ninguno de los dos. Es un caso fortuito.

A y B, de común acuerdo, vierten sendas dosis de veneno, cada una no letal por sí sola, en la taza de café de CC se la bebe y muere por la acción conjunta de ambos venenos: Se trata de un caso de causalidad adelantada, de modo que ambos son coautores de un asesinato consumado. Se trata de un caso de causalidad hipotética, de modo que ambos son coautores de una tentativa de asesinato. Se trata de un caso de causalidad cumulativa, de modo que ambos son coautores de un asesinato consumado. Se trata de una caso de causalidad parcial, de modo que ambos son coautores de una tentativa de asesinato.

Tras haber tomado un taxi conducido por la víctima, A y B lo inmovilizaron dentro del vehículo, haciendo uso de la navaja que portaba uno de ellos despojándole del dinero, cadena y medalla, que llevaba para, finalmente atarlo a un olivo del monte durante varias horas. Después, siguieron su viaje en el vehículo, que abandonaron las dos horas. A y B han cometido. Un concurso de leyes entre el delito de hurto de uso, de detención ilegal y de robo con violencia e intimidación. Un concurso real entre el delito de robo con violencia de intimidación, el delito de hurto de uso y el delito de detención ilegal. Un concurso medial entre el delito de hurto de uso y el de robo con violencia e intimidación y real con el de detención ilegal. Un concurso ideal entre el delito de hurto de uso y el de robo con violencia e intimidación y medial con el de detención ilegal.

Las medidas de seguridad: Tienen el mismo presupuesto que la pena, basándose ambas en la peligrosidad del sujeto. Tienen distinto presupuesto que la pena, basándose en las medidas de seguridad en la peligrosidad del sujeto, las penas en la culpabilidad del sujeto. Tienen el mismo presupuesto que la pena, siendo necesario para ambas que el sujeto sea considerado responsable de sus actos. Ninguna de las anteriores es correcta.

El que el máximo de cumplimiento de la condena no puede exceder del triple de la duración de la pena más grave, es un límite general establecido por el art. 76 CP: Para el concurso real. Para el concurso ideal. Para el concurso medial. Para el delito continuado.

Cuando un Juez considere que una conducta no tipificada como delito debe ser punible: Debe abstenerse de todo procedimiento contra ella, exponiendo al Gobierno las razones que le asistan para creer que debiera ser objeto de sanción penal. Debe sancionarla igualmente, dejando en suspenso la pena hasta que se tipifique. Debe acudir al Gobierno exponiendo lo conveniente sobre la concesión del indulto. Debe sancionarla igualmente, pudiendo imponer la pena inferior en grado.

La realización del riesgo en el resultado es un criterio usado: Para impedir la imputación objetiva en caso de autopuestas en peligro o de realización en el resultado de un riesgo diferente del creado por el autor. Para impedir la imputación objetiva en caso de disminución del riesgo. Para impedir la imputación objetiva en caso de creación de un riesgo permitido. Ninguna de las anteriores es correcta.

El principio de intervención mínima: Significa que el Estado debe imponer la mínima pena posible a un delito. Significa que el Estado debe castigar sólo las infracciones más graves a los bienes jurídicos mmás importantes. Significa que el Derecho administrativo sancionador y el Derecho penal deben ser complementarios. Significa que las penas deben ser proporcionales y adecuadas.

Hablamos de concurso ideal: Cuando dos o más hechos constituyen dos o más infraciones. Cuando un hecho constituye dos o más infracciones, siendo necesariamente una de ellas el medio para cometer al otra o las otras. Cuando un hecho constituye dos o más infracciones. Cuando dos normas pueden aplicarse a un mismo hecho.

A hace auto-stop. Una vez en el vehículo J empieza a agredirla sexualmente con violencia y amenazas con un cuchillo. A advierte a J que si continúa se lanzará del vehículo en marcha. Al no ceder J en sus pretensiones se lanza y muere. La muerte debe imputarse a J porque ha creado un riesgo desaprobado. La muerte no debe imputarse a J porque ha habido auto puesta en peligro relevante de A. La muerte no debe imputarse a J porque es concreta manifestación del riesgo causado por él. La muerte no debe imputarse a ninguno de los dos. Es un caso fortuito.

Son penas susceptibles de cumplimiento simultáneo: Las privativas de libertad. La de multa y localización permanente. Las de carácter homogéneo. Ninguna de las anteriores.

El delito continuado: Es inaplicable cuando se trata de ofensas a bienes eminentemente personales. Es inaplicable cuando se trata de ofensas a bienes eminentemente personales salvo únicamente las constitutivas de infracciones contra el honor que afecten al mismo sujeto pasivo, en cuyo caso se atenderá a la naturaleza del hecho y del precepto infringido para aplicar o no a la continuidad delictiva. Es inaplicable cuando se trata de ofensas a bienes eminentemente personales salvo las constitutivas de infracciones contra el honor y la libertad deambulatoria que afecten al mismo sujeto pasivo, en cuyo caso se atenderá a la naturaleza del hecho y del precepto infringido para aplicar o no la continuidad delictiva. Ninguna de las anteriores es correcta.

Tras haber tomado un taxi conducido por la víctima, A y B lo inmovilizaron dentro del vehículo, haciendo uso de una navaja y despojándole de dinero y una cadena para luego atarlo a un árbol. Después siguieron su viaje en el vehículo, que abandonaron a las dos horas. A y B han cometido: Un concurso de leyes entre el delito de hurto de uso de vehículo, detención ilegal y de robo con violencia. Un concurso real entre el delito de hurto de uso de vehículo, detención ilegal y de robo con violencia. Un concurso medial entre el delito de hurto de uso de vehículo, detención ilegal y de robo con violencia. Un concurso ideal entre el delito de hurto de uso de vehículo, detención ilegal y de robo con violencia.

La falsificación de un documento privado para estafar constituye: Delito continuado. Concurso medial. Concurso de leyes. Concurso real.

La irretroactividad de la ley penal: Se excepciona en los casos descritos en el CP, tanto cuando la ley sea más favorable, como cuando lo sea menos. No encuentra excepción alguna. Sólo encuentra una excepción: cuando es más favorable. Las normas penales nunca pueden ser irretroactivas.

La realización del riesgo en el resultado es un criterio usado: Para impedir la imputación objetiva en caso de auto puestas en peligro o de realización en el resultado de un riesgo diferente del creado por el autor. Para impedir la imputación objetiva en caso de disminución del riesgo. Para impedir la imputación objetiva en caso de creación de un riesgo permitido. Ninguna de las anteriores.

El delito de conducción sin permiso de conducir es: Un delito de resultado. Un delito de omisión. Un delito instantáneo. Un delito de mera actividad.

La teoría de la prevención especial: Se caracteriza por su mayor intensidad respecto de la teoría de la prevención general negativa. Se caracteriza por entender que la comisión del delito revela en el autor la posibilidad de cometer nuevos delitos. La pena ha de servir para evitar esos futuros delitos actuando sobre la persona de su autor. Se caracteriza por entender que existen delitos que el ciudadano medio comete con más frecuencia, sobre los que hay que crear una prevención especial, abogando por un aumento de las penas. Se caracteriza por entender que al margen de la retribución, la pena cumple una función especial de protección de bienes jurídicos impidiendo su lesión.

En los hechos susceptibles de ser calificados conforme a dos o más preceptos del CP: Según el principio de consunción, el precepto más amplio o complejo absorberá a los que castiguen infracciones consumidas por aquél. El precepto general se aplicará con preferencia al especial. El precepto que castigue el hecho con pena menor excluirá al más grave, en virtud del principio in dubio pro reo. Todas las respuestas anteriores son correctas.

El delito de comisión por omisión: Se define porque el sujeto omite realizar algo que tenía obligación. Se define porque el sujeto no actúa y por consecuencia de ello se produce un resultado lesivo. Es una omisión punible que no requiere resultado lesivo. Es un delito de acción y resultado.

La prevención general positiva consiste: En disuadir al colectivo social de la comisión de delitos mediante la intimidación. Retribuir el hecho cometido al delincuente culpable. En perseguir la resocialización del individuo que ya ha delinquido. En disuadir a los individuos mediante al restablecimiento de la vigencia de la norma.

Quien coloca un aparato explosivo en un avión para matar a un único sujeto, respecto a las demás muertes: No obra con dolo, pues no busca esas muertes. No obra con dolo, pues se conforma con la producción del resultado. Sí obra con dolo, en la medida en que se represente esos resultados y los asuma como probables. Sí obra con dolo siempre y cuando quiera esos resultados.

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