TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Protección Internacional de los Derechos Humanos
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Título del Test:
Protección Internacional de los Derechos Humanos Descripción: Exámen Septiembre 2022/2023 Autor: Jara OTROS TESTS DEL AUTOR Fecha de Creación: 03/12/2024 Categoría: UNED Número Preguntas: 20 |
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1.- El Pacto de los Derechos Civiles y Políticos de 1966 garantiza en el art. 27 el: Derecho de las minorías a su propia cultura, lengua y religión Derecho de las minorías indígenas a su propia cultura Derecho de las minorías religiosas a su propia religión Derecho de las minorías lingüisticas a su propia lengua. 2.- El art. 2.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, afirma: El principio de no discriminación El principio de igualdad soberana de los Estados El principio de respeto a la integridad física y psíquica El principio de inviolabilidad. 3.- El art. 1.3 de la Carta de la ONU, establece como uno de los propósitos de la Organización: Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos. El respeto de los derechos humanos y libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión. El arreglo de las controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia El respeto de los derechos humanos y libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción exclusivamente por motivos de nacionalidad. 4.- El Convenio Europeo de Derechos Humanos: Es un catálogo omnicomprensivo de los derechos humanos en Europa Es un instrumento jurídico de la Unión Europea que recoge un cuadro mínimo de derechos fundamentales, ampliable por Protocolos sucesivos Es un catálogo de Derechos Civiles y Políticos aplicables unicamente en el seno de la Unión Europea No ha querido establecer una lista de todos los derechos humanos, sino que recoge un cuadro mínimo de derechos fundamentales. 5.- Los Comités de expertos creados en virtud de los tratados principales de Derechos Humanos de la ONU poseen competencias relativas a: Solo el exámen de informes estatales El exámen de informes estatales y también poseen en la actualidad competencia para recibir y examinar comunicaciones individuales. El exámen de demandas de Estado a Estado con el fin de emitir sentencias vinculantes Solo la discusión general de temas relativos a los derechos humanos. 6.- Entre los requisitos de admisibilidad de una queja demanda individual ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, figura: Que no se presente el asunto ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos Que se agoten los recursos internos existentes referidos al Derecho Administrativo Que se agoten los recursos internos y no se presente ante otro mecanismo internacional de protección de los Derechos Humanos Que la demanda se base en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. 7.- El mecanismo de protección establecido por el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 4 de noviembre de 1950 es: Un sistema cuasi-jurisdiccional Un verdadero sistema judicial Un sistema de reclamaciones de ciudadanos de la Unión Europea Un sistema de reclamaciones no judiciales de ciudadanos del Consejo de Europa. 8.- El Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, adoptado en Roma el 4 de 1950, y la Carta Social Europea, adoptada en Turín el 18 de octubre de 1961, constituyen: Dos instrumentos jurídicos no vinculantes del Consejo de Europa Dos instrumentos jurídicos vinculantes de la Unión Europea Dos instrumentos jurídicos vinculantes del Consejo de Europa Dos instrumentos jurídicos no vinculantes de la Comisión Europea. 9.- Los derechos económicos, sociales y culturales: Son directamente exigibles a las autoridades nacionales de los Estados firmantes de modo idéntico a los derechos civiles y políticos Son de naturaleza programática, es decir obligan a los Estados firmantes a actuar en función de los recursos disponibles, sin que haya excepciones Si un Estado no dispone de recursos para actuar, debe solicitar colaboración a la comunidad internacional, y ésta puede asistirlo Son de naturaleza programática, pero si un Estado no dispone de recursos, puede y debe solicitar colaboración a la comunicad internacional, y ésta debe asistirlo. 10.- El Pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce: Solo el derecho a la enseñanza primaria obligatoria y gratuita El derecho a la enseñanza primaria obligatoria y gratuita, y a la secundaria, generalizada y accesible a todos. El deber de los Estados de garantizar una enseñanza secundaria absolutamente gratuita No reconoce el derecho a la educación, sino solo derechos culturales. 11.- El derecho a la nacionalidad, en el ámbito internacional, permite al Estado: Ejercer la protección internacional sobre sus nacionales. Ejercer la protección nacional sobre sus nacionales Otorgarle al individuo otros derechos humanos, como el derecho al trabajo Otorgarle al individuo otros derechos humanos, como el derecho a la tutela judicial efectiva. 12.- Respecto de los extranjeros situados en su territorio, el Estado tiene la obligación de: Proporcionarles un permiso de residencia y de trabajo de modo indefinido Concederles el derecho a obtener la nacionalidad del Estado en cuestión Concederles un tratamiento determinado, el llamado "standard minimum", conformado por una serie de derechos humanos básicos, tales como el derecho ala vida y a no ser sometido a tortura Concederles los mismos derechos que a sus nacionales, con excepción del derecho de sufragio, la libertad religiosa y el derecho de manifestación. 13.- Ser ciudadanos de la Unión Europea implica: Derecho a la libre circulación y de residencia en el territorio de cualquiera de los Estados miembros; y el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo dentro del territorio del Estado miembro donde resida, aunque no sea nacional del mismo. Derecho de petición ante el Parlamento Europeo; y el Derecho a presentar quejas ante el Defensor del Pueblo europeo Derecho a la protección diplomática de un Estado miembro de la Unión Europea del que no sea nacional si su Estado nacional carece de representación en un tercer Estado. Todas las respuestas son, acumulativamente correctas. 14.- En el ámbito del Consejo de Europa, las visitas con carácter preventivo a los centros de detención y reclusión son ejercidas por: El Subcomité Europeo Preventivo contra la Tortura El Comité Europeo para la prevención de la tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes. El Comité Europeo contra la Tortura y las detenciones arbitrarias El Comité de Derechos Humanos y contra la Tortura. 15.- Las Reglas Penitenciarias Europeas, son: Un conjunto de recomendaciones sin ningún efecto práctico Un texto de derecho internacional vinculante para los Estados miembros que sean parte del Consejo de Europa Un texto de softlaw de la Unión Europea en materia penitenciaria Un texto de softlaw del Consejo de Europa, que puede ser utilizado por el TEDH para interpretar los artículos del CEDH, por ejemplo, el art. 3 sobre prohibición de torturas y de tratos o penas inhumanos y degradantes. 16.- Según los "Principios de las Naciones Unidas a favor de las personas de edad" los mayores tienen derecho a: Derechos básicos de las personas de edad como la alimentación, el agua, la vivienda o la vestimenta Derecho a un domicilio propio por tanto tiempo como sea posible Derecho a cuidados, protección y servicios sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles de autonomía Todas las respuestas son correctas. 17.- Para supervisar la aplicación de los Derechos reconocidos en el Convenio sobre los Derechos del Niño, se ha establecido: El Comité de Derechos de la Infancia y los Mayores El Comité sobre Minorías El Comité de Derechos del Niño El Comité de Derechos del Niño y de la Mujer. 18.- La formulación del principio de igualdad en el plano internacional tiene como consecuencia: La consagración del principio de no discriminación que se enuncia en los distintos tratados. No tiene consecuencia alguna No existe dicha formulación Sólo se formula el principio de igualdad en relación con los derechos económicos, sociales y culturales. 19.- Según la Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, discriminación contra la Mujer, es: "toda distinción, exclusión o restricción basada en la orientación sexual que no esté protegida en los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales" "Toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer casada o divorciada, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales, en las esferas políticas, económica, social cultural y civil o en cualquier otra esfera" "toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales, en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera" "toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales, en las esferas de los derechos civiles y políticos, excluyendo los de tipo económico, social y cultural". 20.- En cuanto a las minorías y pueblos indígenas en el ámbito de la ONU: En 1992, la Asamblea General adoptó la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas o lingüisticas En 1994, la Asamblea General adoptó la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas o lingüisticas En 1992, la Asamblea General, adoptó la Convención Internacional sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas o lingüisticas En 1994, la Asamblea General adoptó la Convención Europea sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas o lingüisticas. |
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