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REAL DECRETO 287/2002, de 22 de marzo

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Título del Test:
REAL DECRETO 287/2002, de 22 de marzo

Descripción:
Tenencia de animales potencialmente peligrosos

Fecha de Creación: 2020/04/05

Categoría: Otros

Número Preguntas: 8

Valoración:(8)
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Temario:

A los efectos previstos en el artículo 2.2 de la Ley 50/1999, tendrán la consideración de perros potencialmente peligrosos. Fila Brasileiro. Dogo Argentino. Akita Inu. Todas las respuestas son correctas.

A los efectos previstos en el artículo 2.2 de la Ley 50/1999, tendrán la consideración de perros potencialmente peligrosos. Tosa Inu. Bulldog. Shiba Inu. Todas las respuestas son correctas.

Los perros afectados por la presente disposición tienen todas o la mayoría de las características siguientes. Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg. Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado. Pelo corto. Todas las respuestas son correctas.

La potencial peligrosidad habrá de ser apreciada. de oficio o tras haber sido objeto de una notificación o denuncia. por un veterinario atendiendo a criterios objetivos. previo informe de la autoridad competente. Todas las respuestas con correctas.

La presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos exigirá. que la persona que los conduzca y controle lleve consigo la licencia administrativa. que la persona que los conduzca lleve consigo la certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos. que los animales deberán llevar obligatoriamente bozal apropiado para la tipología racial del animal. Todas las respuestas son correctas.

los perros potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos, deberán ser conducidos y controlados con cadena o correa. extensible o no extensible de menos de dos metros. no extensible de menos de un metro y medio. extensible o no extensible de menos de un metro y medio. no extensible de menos de dos metros.

El numero máximo de perros de raza potencialmente peligrosa que podrán llevarse al mismo tiempo por persona es de. uno. dos. tres. no existe limitación alguna siempre y cuando se cumplan las medidas de seguridad.

La sustracción o pérdida del animal habrá de ser comunicada por su titular al responsable del Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos en el plazo máximo. cuarenta y ocho horas desde que tenga conocimiento de los hechos. veinticuatro horas desde que tenga conocimiento de los hechos. doce horas desde que tenga conocimiento de los hechos. seis horas desde que tenga conocimiento de los hechos.

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