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Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo

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Título del Test:
Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo

Descripción:
TITULO 3

Fecha de Creación: 2022/01/03

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 64

Valoración:(20)
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Temario:

Las formas de provisión de puestos de trabajo se proveerán normalmente: Por redistribución de efectivos o reasignación de efectivos. Por concurso, que es el sistema normal de provisión, o Libre designación en atención a la naturaleza de las funciones. Por comisión de servicios y adscripción provisional. Todas son correctas.

Con carácter temporal los puestos podrán ser cubiertos por: Comisión de servicios y adscripción provisional. Reasignación de efectivos y Resdistribución de efectivos. Concurso o Libre designación. Todas son correctas.

Cuando las necesidades del servicio lo exijan o a consecuencia de un plan de empleo, podrán asignarse puestos mediante: Concurso o Libre designación. Comisión de servicios o adscripción provisional. Redistribución de efectivos o reasignación de efectivos. Por modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo.

Las anotaciones de cese y toma de posesión de los funcionarios que accedan a un puesto deberán comunicarse al Registro Central de Personal en: Dentro de los 3 días naturales siguientes a su formalización. Dentro de los 3 días hábiles siguientes a su formalización. Dentro de los 3 días hábiles siguientes a su toma de posesión. Dentro de los 3 días naturales siguientes a su toma de posesión.

Las convocatorias se publicarán: Tanto las convocatorias como las resoluciones se publicarán en el BOE. Tanto las convocatorias como las resoluciones se publicarán en el BOE y, si se estima necesario, en otros Boletines o Diarios oficiales. Sólo las convocatorias se publicarán en el BOE. Las convocatorias se publicarán en el BOE y las resoluciones en el Portal web del órgano convocante.

¿Quién autoriza las convocatorias de los concursos?. La Secretaría de Estado de Administración Pública, a iniciativa del Subsecretario. El Ministro de Hacienda y Función Pública, a iniciativa del Secretario de Estado Administración Pública. El Subsecretario del Departamento Ministerial que convoca. La Secretaría de Estado de Administración Pública, a iniciativa de los Departamentos Ministeriales.

¿Qué deberán contener las bases de las convocatorias de los concursos?. La denominación, nivel, descripción y localización de puestos, puntos mínimos para la obtención del puesto, requisitos indispensables para su desempeño, méritos a valorar y baremo con arreglo al cual se puntuarán los mismos, así como el informe favorable del titular del departamento de origen. La denominación, nivel, descripción y localización de puestos, requisitos indispensables para su desempeño, méritos a valorar y baremo con arreglo al cual se puntuarán los mismos, así como el complemento de destino y el complemento específico y la composición de las comisiones de valoración. La descripción, nivel, complementos salariales, méritos y requisitos y el informe favorable del Subsecretario del Departamento de origen. La denominación, nivel, descripción y localización de puestos, requisitos indispensables para su desempeño, méritos a valorar y baremo con arreglo al cual se puntuarán los mismos, así como la previsión, en su caso, de memorias o entrevistas y la composición de las comisiones de valoración.

Señale la correcta: El Subsecretario de cada departamento procederá a la convocatoria y a la resolución de los concursos adscritos al departamento, sus organismos autónomos y Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. Cada Ministerio procederá a la convocatoria y a la resolución de los concursos adscritos al departamento, sus organismos autónomos y Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. El Secretario de Estado de Función Pública procederá a la convocatoria y a la resolución de los concursos adscritos al departamento, sus organismos autónomos y Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. El Ministro de Hacienda y Función Pública procederá a la convocatoria y a la resolución de los concursos adscritos al departamento, sus organismos autónomos y Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.

Señale la correcta: El Ministerio para las Administraciones Públicas coordinará los concursos de provisión de puestos de trabajo con funciones administrativas y auxiliares adscritos a cuerpos y escalas de los Grupos C y D y podrá convocar concursos unitarios para cubrir los referidos puestos en los distintos Departamentos Ministeriales. El Subsecretario de cada Departamento coordinará los concursos de provisión de puestos de trabajo con funciones administrativas y auxiliares adscritos a cuerpos y escalas de los Grupos C y D y podrá convocar concursos unitarios para cubrir los referidos puestos en los distintos Departamentos Ministeriales. El Ministro de Administraciones Públicas coordinará los concursos de provisión de puestos de trabajo con funciones administrativas y auxiliares adscritos a cuerpos y escalas de los Grupos C y D y podrá convocar concursos unitarios para cubrir los referidos puestos en los distintos Departamentos Ministeriales. El Ministro de Hacienda y Administración Públicas coordinará los concursos de provisión de puestos de trabajo con funciones administrativas y auxiliares adscritos a cuerpos y escalas de los Grupos C y D y podrá convocar concursos unitarios para cubrir los referidos puestos en los distintos Departamentos Ministeriales.

¿Quiénes podrán participar en los concursos?. Los funcionarios de carrera, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme, que no podrán participar mientras dure la suspensión. Los funcionarios, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme, que no podrán participar mientras dure la suspensión. Los funcionarios, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos, que no podrán participar mientras dure la suspensión. Los funcionarios, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme, que no podrán participar durante los 6 meses que dura la suspensión.

¿Cuánto tiempo deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino definitivo para participar en concursos?. Un mínimo de 5 años, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o Departamento Ministerial. Un mínimo de 2 años, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o Departamento Ministerial. Un mínimo de 2 años continuados o 3 años con interrupción, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o Departamento Ministerial. Un mínimo de 2 años.

En el supuesto de estar interesados en las vacantes que se anuncien en un determinado concurso para un mismo municipio dos funcionarios que reúnan los requisitos exigidos: Podrán condicionar sus peticiones por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos obtengan destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por ambos. Podrán condicionar sus peticiones por razones de cuidado de los hijos, al hecho de que ambos obtengan destino en ese concurso en el mismo municipio. La falta de resolución se considerará desfavorable. Podrán condicionar sus peticiones por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos obtengan destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario, estimada la petición al que tenga mayor puntuación. Podrán condicionar sus peticiones por razones de cuidado de los hijos, al hecho de que ambos obtengan destino en ese concurso en el mismo municipio. La falta de resolución se considerará favorable.

Los funcionarios que tengan reservados puestos en exclusiva: No podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo de carácter indistinto. Podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo de carácter indistinto, siempre que renuncien a su puesto anterior. No podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo de carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con el departamento al que se hallen adscritos. Podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de trabajo de carácter indistinto, salvo denegación del Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con el departamento al que se hallen adscritos.

Las condiciones de movilidad de los funcionarios se establecerán conjuntamente por: Los Ministerios para las Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda, a fin de asegurar una adecuada planificación del personal. El Ministerio para las Administraciones Públicas y el Subsecretario del Departamento, a fin de asegurar una adecuada planificación del personal. El Ministerio para las Administraciones Públicas y el Secretario de Estado de Función Pública, a fin de asegurar una adecuada planificación del personal. El Subsecretario del Departamento y el Secretario de Estado de Función Pública, fin de asegurar una adecuada planificación del personal.

Plazo de presentación de instancias para participar en los concursos: 15 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación convocatoria en el BOE. 15 días hábiles, desde la publicación convocatoria en el BOE. 15 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación convocatoria en el BOE. 20 días naturales desde la publicación convocatoria en el BOE.

¿En qué orden deberán valorarse los méritos en un concurso?. Grado personal, Cursos de formación y perfeccionamiento, Valoración del trabajo desarrollado y antigüedad. Cursos de formación y perfeccionamiento, Grado personal, valoración del trabajo desarrollado y antigüedad. Grado personal, Valoración del trabajo desarrollado, Cursos de formación y perfeccionamiento y antigüedad. Valoración del trabajo desarrollado, Grado personal, Cursos de formación y perfeccionamiento y antigüedad.

Las bases de cada convocatoria establecerán una puntuación que, como máximo, podrá alcanzar la que se determine en las mismas para la antigüedad para los siguientes supuestos: (Señala la correcta). El destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria pública, en el municipio donde radique el puesto/s solicitados, siempre que se acceda desde el mismo municipio. Cuidado de hijos, cuando lo sean por naturaleza, como por adopción o acogimiento permanente, preadoptivo o temporal, hasta que cumpla 12 años. Cuidado de un familiar de segundo grado de consaguinidad o afinidad siempre que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda desde municipio distinto. Todas son verdaderas.

La puntuación de cada uno de los conceptos señalados antes, no podrá exceder en ningún caso: El 50% de la puntuación máxima total, ni ser inferior al 10% de la misma. El 40% de la puntuación máxima total, ni ser inferior al 10% de la misma. El 60% de la puntuación máxima total, ni ser inferior al 30% de la misma. El 40% de la puntuación máxima total, ni ser inferior al 20% de la misma.

Los méritos se valorarán con referencia a: 1 mes después del cierre del plazo de presentación de instancias. 15 días desde del cierre del plazo de presentación de instancias. La fecha del cierre del plazo de presentación de instancias. 15 días antes del cierre del plazo de presentación de instancias.

Cuando, en atención a la naturaleza de los puestos a cubrir, así se determine en las convocatorias, los concursos podrán constar de dos fases: (Señale la correcta). La 1ª se valorarán los méritos (Grado Personal, Valoración del trabajo, Cursos de formación y Antigüedad) y en la 2ª fase se comporbará y valorarán los méritos específicos adecuados a las características de cada puesto. A tal fin, podrán establecerse la elaboración de memorias o la celebración de entrevistas. La valoración de méritos deberá efectuarse mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo rechazarse la máxima y la mínima concedidas, o en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Todas son correctas.

¿Cuántos miembros como mínimo tendrán las Comisiones de Valoración en los concursos?. 4 miembros. 6 miembros. Un número impar mayor de 5 miembros. Un número impar no inferior a 3 miembros.

De los miembros de las Comisiones de Valoración en los concursos: (señale la correcta). Al menos uno será designado a propuesta del centro directivo al que corresponda la administración de personal. Podrá designarse un miembro en representación de la Secretaría de Estado de Función Pública. Las organizaciones sindicales más representativas y las que cuenten con más del 10% de representantes del conjunto de las Administraciones Públicas tienen derecho a participar como miembros. Todas son verdaderas.

Sobre las comisiones de valoración en los concursos, señale la falsa: Cuando el concurso sea específico, uno al menos de los representantes miembro será designado a propuesta del centro directivo al que figuren adscritos los puestos convocados. El nº de representantes de las organizaciones sindicales será igual o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración. Los miembros de las Comisiones deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de Grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados. Todas son falsas.

La resolución del concurso será de: 2 meses, contado desde la finalización de la presentación de las solicitudes. 1 mes, contado desde la finalización de la presentación de las solicitudes. 2 meses, contado desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de las solicitudes. 3 meses, contado desde el día siguiente la finalización de la presentación de las solicitudes.

El plazo de toma de posesión en los concursos será de: 3 días naturales si no implica cambio de residencia del funcionario, o de 30 días naturales si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo. 3 días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o 1 mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo. 8 días si es de carácter voluntario, o de 30 días si es con carácter forzoso. 3 días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o 20 días hábiles mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión en los concursos empezará a contarse: Desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOE. A partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los 3 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el BOE. Desde el día de la publicación de la resolución en el BOE. A partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los 3 días naturales siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el BOE.

Señale la incorrecta: El Subsecretario del departamento donde presta servicios el funcionario podrá diferir el cese por necesidades del servicio hasta 20 días hábiles. Excepcionalmente, a propuesta del Departamento, la Secretaría de Estado de Administración Pública, podrá aplazar la fecha hasta un máximo de 2 meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior. Excepcionalmente, a propuesta del Departamento, la Secretaría de Estado de Administración Pública, podrá aplazar la fecha hasta un máximo de 3 meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior. Con independencia de lo anterior, el Subsecretario del departamento de destino, podrá conceder una prórroga de incorporación hasta un máximo de 20 días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por razones justificadas.

Eefectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de: Servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el primer año. Servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el segundo año. Servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o suspensión del servicio de más de 6 meses. No se considera servicio activo hasta el primer día de trabajo hábil.

En cuanto a los destinos del concurso (señale la correcta): Se puede renunciar a ellos en cualquier momento, salvo que sean de caracter obligatorio por necesidades del servicio. Son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante Libre designación. Se puede renunciar a ellos antes de finalizar el plazo de toma de posesión, salvo que sean de caracter obligatorio por necesidades del servicio. Son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

Los destinos por concurso pueden ser: Obligatorios y voluntarios. Si son obligatorios dan lugar a indemnización, pero no si son voluntarios. Pueden ser obligatorios y voluntarios, pero nunca dan lugar a indemnización, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio. Se consideran voluntarios y no generan derecho a indemnización, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio. Se consideran voluntarios y dan derecho a indemnización si son en un municipio distinto.

Los funcionarios que acceden a un puesto de trabajo por concurso podrán ser. Destituidos por causas sobrevenidas, derivadas de una alteración en el contenido del puesto o por una falta de capacidad para su desempeño manifestada por rendimiento insufiente. Adscritos provisionalmente a un puesto de trabajo no inferior a 2 niveles de su Grado personal por causas sobrevenidas, derivadas de una alteración en el contenido del puesto o por una falta de capacidad para su desempeño manifestada por rendimiento insufiente. Suspendidos temporalmente por causas sobrevenidas, derivadas de una alteración en el contenido del puesto o por una falta de capacidad para su desempeño manifestada por rendimiento insufiente. Removidos por causas sobrevenidas, derivadas de una alteración en el contenido del puesto o por una falta de capacidad para su desempeño manifestada por rendimiento insufiente.

¿Por quién será formulada la propuesta motivada de remoción de un funcionario?. Por el Subsecretario del Departamento. Por el titular del centro directivo, Delegado de Gobierno o Gobernador Civil. Por el Secretario de Estado de función pública, a petición del Subsecretario. Por el Ministro de Hacienda y Función Pública.

La propuesta de remoción se notificará al interesado para que formule alegaciones y aporte los documentos que estime pertinentes en un plazo de: 10 días hábiles. 10 días naturales. 15 días hábiles. 15 días naturales.

La propuesta definitiva de remoción: Se pondrá de manifiesto a la Junta de Personal correspondiente, que emitirá su parecer en plazo de 20 días hábiles. Se pondrá de manifiesto al Secretario de Estado correspondiente, que emitirá su parecer en el plazo de 10 días hábiles. Se pondrá de manifiesto a la Junta de Personal correspondiente, que emitirá su parecer en plazo de 10 días hábiles. Se pondrá de manifiesto al Secretario de Estado correspondiente, que emitirá su parecer en el plazo de 20 días hábiles.

La resolución de remoción: Pone fin a la vía administrativa y será motivada y notificada al interesado en el plazo de 10 días hábiles y comportará, en su caso, el cese del funcionario en el puesto de trabajo. Será motivada y notificada al interesado en el plazo de 10 días hábiles y comportará, en su caso, el cese del funcionario en el puesto de trabajo. Pone fin a la vía administrativa y será motivada y notificada al interesado en el plazo de 10 días naturales y comportará, en su caso, el cese del funcionario en el puesto de trabajo. Será motivada y notificada al interesado en el plazo de 10 días naturales y comportará, en su caso, el cese del funcionario en el puesto de trabajo.

La facultad de proveer puestos de Libre designación corresponde a: El Ministro de Hacienda y Función Pública o al Secretario de Estado de Función Pública. Los Ministros de los Departamentos de los que dependan y a los Secretario de Estado en el ámbito de sus competencias. Los Ministros de los Departamentos de los que dependan y a los Secretario de Estado y Subsecretarios en el ámbito de sus competencias. Al Gobierno.

Sólo podrán cubrirse por el sistema de Libre designación los puestos de: Subdirector General, Delegados y Directores terriotoriales, provinciales o Comisionados de los departamentos ministeriales, de sus Organismos Autónomos y de las Entidades Gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social, Secretarías de Altos Cargos de la Administración y aquellos otros de carácter directivo o de especial responsabilidad. Subdirector General, Subsecretarios, Delegados y Directores terriotoriales, provinciales o Comisionados de los departamentos ministeriales, de sus Organismos Autónomos y de las Entidades Gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social, Secretarías de Altos Cargos de la Administración y aquellos otros de carácter directivo o de especial responsabilidad. Subdirectores y Directores Generales, Delegados y Directores terriotoriales, provinciales o Comisionados de los departamentos ministeriales, de sus Organismos Autónomos y de las Entidades Gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social, Secretarías de Altos Cargos de la Administración y aquellos otros de carácter directivo o de especial responsabilidad. Subdirector General, Delegados y Directores terriotoriales, provinciales o locales de los departamentos ministeriales, de sus Organismos Autónomos y de las Entidades Gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social, Secretarías de Altos Cargos de la Administración y aquellos otros de carácter directivo o de especial responsabilidad.

La libre designación se realizará: A dedo. Previo concurso público. Previa convocatoria pública. Por Promoción Interna.

Las solicitudes para la Libre designación se dirigirán: Dentro de los 10 días hábiles siguientes al de la publicación de la convocatoria, al órgano convocante. Dentro de los 15 días hábiles siguientes al de la publicación de la convocatoria, al órgano convocante. Dentro de los 20 días hábiles siguientes al de la publicación de la convocatoria, al órgano convocante. Dentro de los 20 días naturales siguientes al de la publicación de la convocatoria, al órgano convocante.

El nombramiento por Libre designación de un funcionario requerirá: Previo informe del titular del Centro, organismo o unidad a que esté adscrito el puesto de trabajo a cubrir. Si fuera a recaer en un funcionario destinado a otro departamento, se requerirá informe favorable de este. De no emitirse en plazo de 15 días naturales, se considerará favorable. Previo informe del titular del Centro, organismo o unidad de la que provenga el funcionario. Si fuera a recaer en un funcionario destinado a otro departamento, se requerirá informe favorable de este. De no emitirse en plazo de 15 días naturales, se considerará favorable. Previo informe del titular del Centro, organismo o unidad a que esté adscrito el puesto de trabajo a cubrir. Si fuera a recaer en un funcionario destinado a otro departamento, se requerirá informe favorable de este. De no emitirse en plazo de 15 días hábiles, se considerará favorable. Previo informe del titular del Centro, organismo o unidad de la que provenga el funcionario. Si fuera a recaer en un funcionario destinado a otro departamento, se requerirá informe favorable de este. De no emitirse en plazo de 10 días naturales, se considerará desfavorable.

Los nombramientos por Libre designación se efectuarán en el plazo máximo de: 3 días hábiles si no conllevan cambio de residencia o 1 mes sí lo hay, contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. 3 días hábiles si no conllevan cambio de residencia o 1 mes sí lo hay, contado desde el dia siguiente a la finalización del de presentación de solicitudes. 1 mes, contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Podrá prorrogarse hasta 1 mes más. 1 mes, contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Podrá prorrogarse hasta 10 días más por necesidades del servicio.

La toma de posesión en el nuevo destino por Libre designación será: 3 días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o 30 días hábiles si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo. 3 días desde la notificación del acuerdo, si implica cambio de residencia será de 8 días si es de carácter voluntario y de 30 días si es de carácter forzoso. 3 días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o 1 mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo. 10 días hábiles desde la notificación del nombramiento.

Los funcionarios nombrados para puestos de Libre Designación podrán ser cesados. Con carácter discrecional. Los funcionarios cesados serán adscritos provisionalmente a un puesto de trabajo correspondiente a su Cuerpo o Escala con el mismo grado personal, en el mismo municipio, en tanto no obtengan otro con carácter definitivo, con efectos del día siguiente al de la fecha del cese. Con carácter discrecional. Los funcionarios cesados serán adscritos provisionalmente a un puesto de trabajo correspondiente a su Cuerpo o Escala no inferior en más de 2 niveles al de su grado personal, en el mismo municipio, en tanto no obtengan otro con carácter definitivo, con efectos del día siguiente al de la fecha del cese. Con carácter discrecional. Los funcionarios cesados serán adscritos de forma definitiva a un puesto de trabajo correspondiente a su Cuerpo o Escala no inferior en más de 2 niveles al de su grado personal, en el mismo municipio, con efectos del día siguiente al de la fecha del cese. Todas son incorrectas.

Señale cuáles de las siguientes son otras formas de provisión de puestos de trabajo: Redistribución de efectivos, Reasignación de efectivos, Movilidad por cambio de adscripción de puestos de trabajo, Reingreso al servicio activo, Adscripción Provisional, Comisiones de Servicios, Misiones de Cooperación Internacional, Atribución temporal de Funciones, Movilidad por razones de salud o rehabilitación, Movilidad de la funcionario Víctima de violencia de género. Redistribución de efectivos, Reasignación de efectivos, Reingreso al servicio activo, Adscripción Provisional, Comisiones de Servicios, Misiones de Cooperación Internacional, Atribución temporal de Funciones, Movilidad por razones de salud o rehabilitación, Movilidad de la funcionario Víctima de violencia de género. Redistribución de efectivos, Reasignación de efectivos, Movilidad por cambio de adscripción de puestos de trabajo, Reingreso al servicio activo, Comisiones de Servicios, Misiones de Cooperación Internacional, Atribución temporal de Funciones, Movilidad por razones de salud o rehabilitación, Movilidad de la funcionario Víctima de violencia de género. Redistribución de efectivos, Reasignación de efectivos, Movilidad por cambio de adscripción de puestos de trabajo, Reingreso al servicio activo, Adscripción Provisional, Comisiones de Servicios, Permutas, Atribución temporal de Funciones, Movilidad por razones de salud o rehabilitación, Movilidad de la funcionario Víctima de violencia de género.

Definición de "Redistribución de efectivos": Los funcionarios que ocupen con carácter definitivo puestos no singularizados podrán ser adscritos, por necesidades del servicio, a otros de la misma naturaleza, nivel de complemento de destino y complemento específico, siempre que para la provisión esté previsto el mismo procedimiento y sin que ellos suponga cambio de municipio. Los funcionarios cuyo puesto de trabajo sea objeto de supresión como consecuencia de un Plan de Empleo, podrán ser destinados a otro puesto de trabajo por este procedimiento. Las dos son correctas. Las dos son falsas.

¿Qué requisitos existen para que un funcionario pueda ocupar un puesto a través de la redistribución de efectivos?. Que existan necesidades del servicio. Que sean puestos de la misma naturaleza,. Que tengan el mismo nivel de complemento de destino y complemento específico, que para su provisión esté previsto el mismo procedimiento y sin que ello suponga cambio de residencia. Todas son correctas.

Los órganos competentes para la redistribución de efectivos son (señale la incorrecta): Los Subsecretarios en el ámbito de su departamento, así como en entre el Departamento y sus Organismos Autónomos y, en su caso, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la S.S. Los Presidentes o Directores de Organismos Autónomos y Entidades Gestoras y Servicios Comunes S.S respecto de los funcionarios destinados en ellos. Los Delegados de Gobierno y Gobernadores Civiles en el ámbito de sus competencias, cuando se produzcan entre servicios de distitnos Departamentos, previo informe favorable de estos. La Secretaría de Estado para la Administración Pública, previo informe de los Departamentos afectados, cuando la adscripción se efectúe en el ámbito de los servicios centrales de distintos Departamentos. Todas son correctas.

¿Cuándo se produce la "Reasignación de efectivos"?. Cuando un puesto de trabajo sea objeto de supresión como consecuencia de un Plan de Empleo. Por necesidades del servicio, a otros puestos de la misma naturaleza. Cuando se remueve a un funcionario de un concurso o Libre designación. Con el reingreso al servicio activo.

¿Cuáles de estas formas de provisión de puestos tienen carácter definitivo?. La reasignación de efectivos. La redistribución de efectivos. La reasignación y redistribución de efectivos. La comisión de servicios.

Fases 1ª de la Reasignación de efectivos: En el plazo máximo de 6 meses desde la supresión del puesto de trabajo, el Subsecretario del Departamento Ministerial donde estuviera destinado el funcionario podrá reasignarle un puesto de similares características, funciones y retribuciones. En el plazo máximo de 3 meses desde la supresión del puesto de trabajo, el Secretario de Estado de Función Pública podrá asignarle un puesto de similares características, funciones y retribuciones. En el plazo máximo de 3 meses desde la supresión del puesto de trabajo, el Subsecretario del Departamento Ministerial donde estuviera destinado el funcionario, podrá reasignarle un puesto de similares características, funciones y retribuciones. En el plazo máximo de 6 meses desde la supresión del puesto de trabajo, el Secretario de Estado de Función Pública podrá asignarle un puesto de similares características, funciones y retribuciones.

2ª Fase en la reasignación de efectivos: Si en el plazo señalado en la fase anterior el funcionario no hubiera obtenido puesto en el Ministerio donde estaba destinado,. Podrá ser reasignado por la Secretaría de Estado de Función Pública, en un plazo máximo de 3 meses, a un puesto en otro Departamento Ministerial en las mismas condiciones que en la 1ª fase. Podrá ser reasignado por el Subsecretario del Departamento Ministerial donde estuviera destinado el funcionario, en un plazo máximo de 6 meses, a un puesto en otro Departamento Ministerial en las mismas condiciones que en la 1ª fase. Podrá ser reasignado por la Secretaría de Estado de Función Pública, en un plazo máximo de 3 meses, a un puesto en el mismo Departamento Ministerial en las mismas condiciones que en la 1ª fase. Podrá ser reasignado por la Secretaría de Estado de Función Pública, en un plazo máximo de 6 meses, a un puesto en otro Departamento Ministerial en las mismas condiciones que en la 1ª fase. p.

Durante las dos primeras fases la reasignación tendrá carácter: Obligatorio para puestos en la misma provincia y voluntario para puestos que radiquen en otra distinta. Voluntario, pudiendo declararse en expectativa de destino. Obligatorio para puestos en el mismo municipio y voluntario para puestos que radiquen en otro distinto. Voluntario, pudiendo declararse en excedencia forzosa.

Los funcionarios que tras las anteriores fases no hayan obtenido un puesto serán adscritos al Ministerio para las Administraciones Públicas en la situación de: a) Expectativa de destino. Podrán ser reasignados por la Secretaría de Estado de Función Pública a puestos de similares características a los que tenían, de otros Ministerios y sus Organismos adscritos. b) Expectativa de destino. Podrán ser reasignados por el Ministro de Hacienda y Función Pública a puestos de similares características a los que tenían, de otros Ministerios y sus Organismos adscritos. c) La reasignación conllevará reingreso al servicio activo. Tendrá carácter obligatorio cuando el puesto esté en la misma provincia y voluntario cuando sea en provincia distinta al puesto de origen. A y C son correctas.

La movilidad por cambio de adscripción de puestos de trabajo podrá llevarse a cabo en puestos: a) Singularizados. b) No singularizados. c) Si la adscripción supusiera cambio de municipio, solo podrá llevarse a cabo con la conformidad de los titulares de los puestos. Cuando la Adscripción suponga cambio de Departamento Ministerial, podrá llevarse a efecto por el Ministerio de Función Pública. B y C son correctas.

El reingreso al servicio activo de los funcionarios que no tengan reserva de puesto se efectuará mediante: Participación en concurso o Libre designación. Asimismo podrá efectuarse por adscripción provisional, condicionado a las necesiades del servicio. Participación en concurso. Asimismo podrá efectuarse por adscripción provisional, condicionado a las necesiades del servicio. Participación en concurso. Asimismo podrá efectuarse por Redistribución de efectivos, condicionado a las necesiades del servicio. Por Concurso. Asimismo podrá efectuarse por libre designación, condicionado a las necesiades del servicio.

Los puestos de trabajo podrán proveerse por medio de adscripción provisional en los siguientes supuestos: Remoción o cese de un puesto de trabajo obtenido por concurso o libre designación, Supresión del puesto de trabajo y Reingreso al servicio activo de los funcionarios sin reserva del puesto de trabajo. Redistribución de efectivos, Comisión de servicios, Reingreso al servicio activo tras una suspensión firme. Ambas son verdaderas. Ambas son falsas.

Sobre las comisiones de servicio (señale la falsa): Cuando un puesto quede vacante podrá ser cubierto, en caso de urgente e inaplazable necesidad en comisión de servicios de carácter voluntario. Podrán acordarse comisiones de servicio de carácter forzoso cuando, celebrado un concurso para la provisión de una vacante, esta se declare desierta y sea urgente su provisión. Se podrá destinar con caracter forzoso al funcionario que preste servicios en el mismo departamento, en el municipio más próximo o con mejores facilidades de desplazamiento y que tenga menores cargas familiares y, en igualdad de condiciones al de mayor antigüedad. Todas son correctas.

Plazos de la Comisión de Servicios: Tendrán una duración máxima de 1 año, prorrogable por otro. Si la comisión no implica cambio de residencia del funcionario, el cese y la toma de posesión deberán producirse en 3 días desde la notificación del acuerdo, si implica cambio de residencia, el plazo será de 8 días en las comisiones de carácter voluntario y 30 en las de carácter forzoso. Tendrán una duración máxima de 2 años. Si la comisión no implica cambio de residencia del funcionario, el cese y la toma de posesión deberán producirse en 3 días desde la notificación del acuerdo, si implica cambio de residencia, el plazo será de 8 días en las comisiones de carácter voluntario y 30 en las de carácter forzoso. Tendrán una duración máxima de 1 año, no prorrogable. Si la comisión no implica cambio de residencia del funcionario, el cese y la toma de posesión deberán producirse en 3 días desde la notificación del acuerdo, si implica cambio de residencia será de 1 mes. Tendrán una duración máxima de 1 año, prorrogable por otro. Si la comisión no implica cambio de residencia del funcionario, el cese y la toma de posesión deberán producirse en 3 días desde la notificación del acuerdo, si implica cambio de residencia será de 1 mes.

Las misiones de cooperación internacional: Podrán acordarse por el Secretario de Estado de Función Pública y no podrán durar menos de 6 meses. Podrá acordarse por el Subsecretario del Departamento Ministerial y salvo casos excepcionales no será superior a 6 meses. Podrá acordarse por el Subsecretario del Departamento Ministerial y como mínimo durará 6 meses. Podrán acordarse por el Secretario de Estado de Función Pública y no podrán durar más de 1 año.

Sobre la atribución temporal de funciones: En casos excepcionales, los Subsecretarios de los Departamentos Ministeriales podrán atribuir a los funcionarios el desempeño temporal en comisión de servicios de funciones especiales que no estén asignadas específicamente a los puestos incluidos en las RPT. O para la realización de tareas que, por causa de su mayor volumen temporal u otras razones coyunturales, no puedan ser atendidas por los funcionarios que desempeñen con carácter permanente los puestos de trabajo que tengan asignadas estas tareas. Percibirán las retribuciones correspondientes a su puesto de trabajo, sin perjuicio de las indemnizaciones por razón del servicio a que tengan derecho, en su caso. Todas son correctas.

En la movilidad por razones de salud o rehabilitación y Movilidad de la funcionario víctima de violencia de género (señale la incorrecta). La adscripción tendrá carácter definitivo cuando el funcionario/a ocupara con tal carácter su puesto de origen y, en este supuesto, deberá permanecer un mínimo de 2 años en el nuevo puesto. El cese en el puesto de origen y la toma de posesión en el nuevo puesto deberán producirse en el plazo de 3 días hábiles si no implica cambio de residencia, o de 1 mes sin comporta cambio de residencia. Los traslados a víctimas de violencia de género, cuando impliquen cambio de residencia, tendrán la consideración de voluntarios. Todas son correctas.

Podrán autorizarse excepcionalmente permutas de destinos entre funcionarios en activo, si se cumplen las siguientes circunstancias, señale la incorrecta: Que los puestos sean de igual naturaleza e idéntica forma de provisión. Que los permutantes cuentes con un número de años que no difiera entre sí en más de 10. Que se emita informe previo de los jefes de los solicitantes o de los Subsecretarios respectivos. Todas son correctas.

¿Hay alguna afirmación incorrecta sobre las permutas?. En el plazo de 10 años desde la concesión de una permuta, no podrá autorizarse otra a cualquiera de los interesados. No podrá autorizarse entre funcionarios cuando a alguno de ellos le falten menos de 5 años para cumplir la edad de jubilación forzosa. Serán anuladas las permutas si en los 2 años siguientes a la fecha en la que tengan lugar se produce la jubilación voluntaria de alguno de los permutantes. Es comptencia del subsecretario si se produce dentro del mismo deparamento ministerial y del Vicepresidente de la Comisión superior de personal, cuando sea en diferentes.

Señale la correcta. a) Somos unas pringadas. b) Somos unas Señoras administrativas. c) Que lo vamos a petar!!!!!. B y C son correctas.

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