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Real Decreto Legislativo 5/2015 EBEP Titulo IV -Test I-

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Título del Test:
Real Decreto Legislativo 5/2015 EBEP Titulo IV -Test I-

Descripción:
Estatuto Básico del Empleado público Titulo IV Adquisición y pérdida -Test I-

Fecha de Creación: 2019/05/01

Categoría: Otros

Número Preguntas: 52

Valoración:(43)
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Revisar la pregunta donde dice: Será en todo caso causa de pérdida de la condición de funcionario de carrera... se da por correcta la renuncia a la condición de funcionario, pero también hay otra correcta, que es la sanción disciplinaria de separación del servicio que tuviere carácter firme. Gracias por el test, está muy bien.
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Estimada VeronicaLT: Ya esta corregido Gracias por tu colaboración, y recibe un cordial saludo
FIN DE LA LISTA
Temario:

El Título IV del Estatuto Básico del Empleado Público se denomina: Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Objeto y ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio.

Según el artículo 55.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de: Igualdad, objetividad y capacidad. Igualdad, supletoriedad y objetividad. Igualdad, aptitud y objetividad. Igualdad, mérito y capacidad.

Según el artículo 55.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Las Administraciones Públicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2 del presente Estatuto seleccionarán a su personal funcionario y laboral mediante procedimientos en los que se garanticen los principios constitucionales antes expresados, así como los establecidos a continuación: (Señala la respuesta incorrecta). Publicidad de las convocatorias. Transparencia. Parcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección. Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección.

Según el artículo 56.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos: (Señala la respuesta incorrecta). Tener la nacionalidad española. Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público. Poseer la titulación exigida. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

Según el artículo 57.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Los nacionales de los Estados miembros: De la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario. De Latinoamérica podrán acceder, como personal funcionario. De la Unión Europea y Latinoamérica podrán acceder, como personal funcionario. Que tengan acuerdos bilaterales con el Estado Español podrán acceder, como personal funcionario.

Podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos (señala la incorrecta): Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea. Cualquiera que sea su nacionalidad, los extranjeros con residencia legal en España. Cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea. Los descendientes del cónyuge de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

Podrá eximirse del requisito de la nacionalidad: En el caso de que se haya declarado el estado de alarma. Por ley de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas. Por razones presupuestarias. Por razones de urgencia mediante Decreto ley.

¿Podrá eximirse del requisito de la nacionalidad por razones de interés general para el acceso a la condición de personal funcionario?. a) Por ley de las Cortes Generales. b) Por ley de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas. c) En ningún caso. d) Las respuestas a y b son correctas.

Los requisitos y condiciones para el acceso al empleo público de funcionarios españoles de Organismos Internacionales los establecerán: Las Administraciones Públicas. El Gobierno del Estado. El Ministerio de Exteriores. El Organismo Internacional.

Según el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al: Cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad. Siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad. Nueve por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad. Once por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad.

La reserva del mínimo del cupo de plazas para ser cubiertas entre personas con discapacidad se realizará de manera que, al menos: En 1% de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad. El 2% de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad. El 3% de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad. El 4% de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad.

Según el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de: Imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Parcialidad y profesionalidad de sus miembros. Imparcialidad y aptitud de sus miembros. Imparcialidad y actitud de sus miembros.

Según el artículo 60.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual: Podrán formar parte de los órganos de selección siempre. Podrán formar parte de los órganos de selección en determinados casos. Podrán formar parte de los órganos de selección si así la Ley lo determina. No podrán formar parte de los órganos de selección.

Según el artículo 60.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Podrán formar parte de los órganos de selección: El personal de elección o de designación política. Los funcionarios interinos. El personal eventual. El personal laboral.

Según el artículo 60.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título: Honorífico. Colectivo. Individual. Individual y honorífico.

No es correcto respecto a los órganos de selección: Serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Se tenderá a la paridad entre mujer y hombre. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. La pertenencia a los órganos de selección podrá ostentarse en representación de otra persona.

Los órganos de selección: Podrán proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria. No podrán proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria. Podrán proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas, aunque no lo prevea la propia convocatoria. No podrán proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas, aunque así lo prevea la propia convocatoria.

Según el artículo 61.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Los procesos selectivos tendrán carácter: a) Cerrado. b) Abierto. c) Privado. d) Las respuestas a y c son correctas.

Según el artículo 61.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Las pruebas podrán consistir en la comprobación de los conocimientos y la capacidad analítica de los aspirantes, expresados de forma: Oral o telemática. Escrita o telemática. Escrita, telemática o gestual. Oral o escrita.

Podrán formar parte de los órganos de selección: El personal de elección o de designación política. Los funcionarios interinos. El personal eventual. El personal laboral.

Según el artículo 61.5 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Para asegurar la objetividad y la racionalidad de los procesos selectivos, las pruebas podrán completarse: Todas las respuestas siguientes son correctas. Con la superación de cursos. Con la exposición curricular por los candidatos. Con pruebas psicotécnicas o con la realización de entrevistas.

Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de: Oposición y concurso. Concurso y libre designación. Oposición y concurso-oposición. Oposición, concurso y concurso-oposición.

Sólo en virtud de ley podrá aplicarse como sistema selectivo de los funcionarios de carrera , con carácter excepcional, el sistema de: Concurso. Oposición. Concurso-oposición. Libre designación.

Según el artículo 61.6 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Los sistemas selectivos de personal laboral fijo serán: Oposición. Concurso-oposición. Concurso de valoración de méritos. Todas las anteriores son correctas.

Los sistemas selectivos de personal laboral fijo serán los de: Oposición o concurso. Concurso o concurso-oposición. Oposición o concurso-oposición. Oposición, concurso o concurso-oposición.

Según el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Los órganos de selección: Podrán proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas. Nunca podrán proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas. No podrán proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria. Podran proponer el acceso a la condición de funcionario de un número inferior de aprobados al de plazas convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria.

Según el artículo 62.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento de los siguientes requisitos: (Señala la respuesta incorrecta). Acto de acatamiento y lealtad al Rey. Toma de posesión dentro del plazo que se establezca. Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario Oficial correspondiente. Superación del proceso selectivo.

No es correcto respecto a los sistemas selectivos: Los procesos selectivos tendrán carácter cerrado. Los procesos selectivos garantizarán la libre concurrencia. Los órganos de selección velarán por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos. Los procedimientos de selección cuidarán especialmente la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo convocado.

En los procedimientos selectivos las pruebas podrán consistir en: La comprobación de los conocimientos y la capacidad analítica de los aspirantes, expresados de forma oral o escrita. La realización de ejercicios que demuestren la posesión de habilidades y destrezas. La superación de pruebas físicas. Todas son correctas.

Los procesos selectivos que incluyan, además de las preceptivas pruebas de capacidad, la valoración de méritos de los aspirantes: Podrán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que determine por sí misma el resultado del proceso selectivo. Deberán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determine por sí misma el resultado del proceso selectivo. Sólo podrán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará, en ningún caso, por sí misma el resultado del proceso selectivo. Sólo podrán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que, excepcionalmente, determinará por sí misma el resultado del proceso selectivo.

La condición de funcionario de carrera se adquiere por el cumplimiento sucesivo de (señala la incorrecta): Superación del proceso selectivo. Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario Oficial correspondiente. Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico. Toma de posesión en el plazo de 10 días.

Según el artículo 63 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Son causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera: (Señala la respuesta incorrecta). La renuncia a la condición de funcionario. La pérdida de la nacionalidad. La sanción disciplinaria de separación del servicio por falta grave. La jubilación total del funcionario.

Son causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera (señala la incorrecta): La pérdida de la nacionalidad. La jubilación total del funcionario. La sanción disciplinaria de separación del servicio aunque no tuviere carácter firme. La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.

Será en todo caso causa de pérdida de la condición de funcionario de carrera: La renuncia a la condición de funcionario. La pérdida de la nacionalidad española aunque se adquiera la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea. La jubilación parcial del funcionario. La sanción disciplinaria de separación del servicio que no tuviere carácter firme.

Respecto a la renuncia a la condición de funcionario: La renuncia voluntaria a la condición de funcionario habrá de ser manifestada por escrito y será aceptada expresamente por la Administración en cualquier caso. No podrá ser aceptada la renuncia cuando el funcionario esté sujeto a expediente disciplinario o haya sido dictado en su contra auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito. La renuncia a la condición de funcionario inhabilita para ingresar de nuevo en la Administración Pública a través del procedimiento de selección establecido. Todas son correctas.

Según el artículo 64.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La renuncia voluntaria a la condición de funcionario habrá de ser manifestada: De forma oral y escrita. Por escrito. Por vía telemática. Por escrito y por vía telemática con la acreditación reglamentaria.

Según el artículo 64.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La renuncia a la condición de funcionario: No inhabilita para ingresar de nuevo en la Administración Pública a través del procedimiento de selección establecido. Inhabilita para ingresar de nuevo en la Administración Pública a través del procedimiento de selección establecido. No inhabilita para ingresar en la Administración Privada a través del procedimiento de selección establecido. Inhabilita para ingresar en la Administración Privada a través del procedimiento de selección establecido.

Es correcto respecto a la renuncia de la condición de funcionario: Habrá de ser manifestada por escrito o verbalmente a su superior. Podrá ser aceptada cuando el funcionario esté sujeto a expediente disciplinario. No podrá ser aceptada cuando haya sido dictado en contra del funcionario auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito. Inhabilita para ingresar de nuevo en la Administración Pública a través del procedimiento de selección establecido.

La pérdida de la nacionalidad española o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea o la de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, que haya sido tenida en cuenta para el nombramiento, determinará la pérdida de la condición de funcionario: En cualquier caso. Salvo que simultáneamente se adquiera la nacionalidad de alguno de dichos Estados. Si no se adquiere la nacionalidad de alguno de dichos Estados en el plazo de 1 año. Ninguna es correcta.

Produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere: La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga. La pena principal o accesoria de inhabilitación especial cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga. La pena principal o accesoria de inhabilitación particular cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga. Ninguna es correcta.

La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta: Aunque no haya adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere. Cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto de aquellos empleos o cargos especificados en la sentencia. Cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere. Aunque no haya adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto de aquellos empleos o cargos especificados en la sentencia.

La jubilación de los funcionarios podrá ser: Voluntaria, a solicitud del funcionario. Forzosa, al cumplir la edad legalmente establecida. por la declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo o escala, o por el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta o, incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de las funciones de su cuerpo o escala. Todas son correctas.

Según el artículo 67.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La jubilación podrá ser: Voluntaria, a solicitud del funcionario. Forzosa, al no cumplir la edad legalmente establecida. La jubilación forzosa se declarará de oficio al cumplir el funcionario los sesenta y siete años de edad. Todas las anteriores son correctas.

La jubilación forzosa se declarará de oficio al cumplir el funcionario: 60 años. 65 años. 67 años. 70 años.

En los términos de las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto, se podrá solicitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo como máximo hasta que se cumpla: 70 años. 72 años. 73 años. 75 años.

La jubilación de los funcionarios podrá ser: Por la declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo o escala. Por el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta. Por el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente total. Todas las respuestas anteriores son correctas.

La jubilación de los funcionarios podrá ser por el reconocimiento de una pensión de: Incapacidad permanente absoluta en relación con el ejercicio de las funciones de su cuerpo o escala. Gran invalidez en relación con el ejercicio de las funciones de su cuerpo o escala. Incapacidad permanente absoluta o, incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de las funciones de su cuerpo o escala. Incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de las funciones de su cuerpo o escala.

Con independencia de la edad legal de jubilación forzosa establecida en el artículo 67.3, la edad de la jubilación forzosa del personal funcionario incluido en el Régimen General de la Seguridad Social será, en todo caso, la que prevean las normas reguladoras de dicho régimen para el acceso a la pensión de jubilación : En su modalidad contributiva con coeficiente reductor por razón de la edad. En su modalidad no contributiva sin coeficiente reductor por razón de la edad. En su modalidad contributiva sin coeficiente reductor por razón de la edad. En su modalidad no contributiva con coeficiente reductor por razón de la edad.

Según el artículo 68.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. El interesado, una vez desaparecida la causa objetiva que motivó la extinción de la relación de servicios, ¿podrá solicitar la rehabilitación de su condición de funcionario?. a) Nunca. b) Como consecuencia de pérdida de la nacionalidad. c) Como consecuencia de jubilación por incapacidad permanente para el servicio. d) Las respuestas b y c son correctas.

El interesado, una vez desaparecida la causa objetiva que la motivó, podrá solicitar la rehabilitación de su condición de funcionario, que le será concedida en caso de extinción de la relación de servicios como consecuencia de: a) Pérdida de la nacionalidad. b) Jubilación por incapacidad permanente. c) Sanción disciplinaria de separación del servicio. d) a y b son correctas.

Los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas podrán conceder, con carácter excepcional, la rehabilitación, a petición del interesado, de quien hubiera perdido la condición de funcionario por: Renuncia del propio funcionario. Sanción disciplinaria de separación del servicio. Haber sido condenado a la pena principal o accesoria de inhabilitación. Pérdida de la nacionalidad.

Los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas podrán conceder, con carácter excepcional, la rehabilitación, a petición del interesado, de quien hubiera perdido la condición de funcionario por haber sido condenado a la pena principal o accesoria de inhabilitación. Si transcurrido el plazo para dictar la resolución, no se hubiera producido de forma expresa, se entenderá: Estimada la solicitud. Desestimada la solicitud. Caducada la solicitud. Ninguna es correcta.

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