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REBT ITC-BT-28 TEST 01

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Título del Test:
REBT ITC-BT-28 TEST 01

Descripción:
REBT ITC-BT-28 Locales pública concurrencia TEST 01

Fecha de Creación: 2020/04/13

Categoría: Otros

Número Preguntas: 75

Valoración:(49)
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Hola, en la pregunta 24,la respuesta correcta es la B
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Estimado Laretag He cambiado la pregunta, a la espera este correcto recibe un cordial saludo
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Temario:

Se consideran locales de pública concurrencia según el REBT: Las residencias de estudiantes. Los clubes sociales y deportivos. Los consultorios médicos. Todos los anteriores, si la ocupación prevista asciende a 50 personas.

Según el según el R.D. 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico de baja tensión ITC-BT-28 las bibliotecas se consideran locales de pública concurrencia…. En cualquier caso. Si la ocupación prevista es superior a 50 personas. Si la ocupación prevista es superior a 100 personas. Si la ocupación prevista es superior a 150 personas.

En el ámbito de aplicación del Real Decreto 842/2002 por el que se establece el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, se consideran locales de pública concurrencia: a) Un consultorio médico de 30 m2. b) Un ambulatorio rural. c) Una cafetería. d) La b) y la c).

A partir de qué ocupación se debe aplicar la instrucción de locales de pública concurrencia en el caso de hospitales, ambulatorios y sanatorios: Cualquiera que sea su ocupación. Si la ocupación prevista es de más de 50 personas. Si la ocupación prevista es de más de 100 personas. Si la ocupación prevista es de más de 300 personas.

Independientemente de los locales de pública concurrencia relacionados en la ITC-BT-28 pto. 1, también tendrá dicha consideración cualquier local que tenga una capacidad de ocupación superior a: 50 personas. 80 personas. 100 personas. 120 personas.

De acuerdo con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, Real Decreto 842/2002, señale la opción correcta en relación con el apartado 1 de la ITC-BT-28 “Instalaciones en locales de pública concurrencia”: La instrucción ITC-BT-28 es de aplicación a las bibliotecas cualquiera que sea su ocupación. La ocupación prevista de los locales se calculará como 1 persona por cada m2 de superficie útil, a excepción de pasillos, repartidores, vestíbulos y servicios. La instrucción ITC-BT-28 tiene por objeto garantizar la correcta instalación y funcionamiento de los servicios de seguridad, en especial aquellos dedicados a alumbrado que faciliten la evacuación segura de las personas o la iluminación de puntos vitales de los edificios. La instrucción ITC-BT-28 es de aplicación en locales de caracteristicas especiales de muy baja tensión.

La ITC-BT-28 "Instalaciones en locales de pública concurrencia" del Reglamento electrotécnico para baja tensión, se aplica a locales como: Bares, cualquiera que sea su ocupación. Centros de enseñanza, cualquiera que sea su ocupación. Consultorios médicos, cualquiera que sea su ocupación. Establecimientos comerciales, cualquiera que sea su ocupación.

En el ámbito de aplicación del Real Decreto 842/2002 por el que se establece el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, para la determinación de un local de pública concurrencia: Se debe calcular la ocupación prevista en todos los tipos de locales, siempre a razón de 1 persona por cada 0,8 metros cuadrados, descontando pasillo, repartidores y vestíbulos. Se debe calcular la ocupación prevista en determinados tipos de locales de reunión, trabajo y usos sanitarios, a razón de 1 persona por cada 0,8 metros cuadrados, descontando pasillo, repartidores y vestíbulos. Se debe calcular la ocupación prevista en todos los tipos de locales, siempre a razón de 1 persona por cada 0,8 metros cuadrados, sin descontar pasillos, repartidores y vestíbulos. Ninguna afirmación es cierta.

En instalaciones en locales de pública concurrencia, cuando la alimentación puede estar asegurada de forma continua dentro unas condiciones especificada, se llama: No automática. Automática sin corte. Automática con corte breve. Automática con corte muy breve.

La alimentación del alumbrado de emergencia se realizará de forma automática: Con corte de 0,15" de duración como máximo. Con corte de 15" de duración como máximo. Con corte de 0,5" de duración como máximo. Con corte de 5" de duración como máximo.

En los locales de pública concurrencia, si una alimentación automática para los servicios de seguridad está disponible en 0,5 segundos como máximo, la categoría de esta alimentación automática se denomina: Con corte muy breve. Con corte breve. Con corte mediano. Con corte largo.

La energía que no puede ser utilizada para los servicios de seguridad es: Baterías de condensadores. Baterías de acumuladores. Generadores independientes. Derivaciones separadas de la red de distribución, es decir, independientes de la alimentación normal.

En lo referente a instalaciones en locales de pública concurrencia/ la puesta en funcionamiento de las fuentes propias de energía se producirá cuando el valor de la tensión nominal descienda a un: 85 %. 70 %. 50 %. 90 %.

La puesta en funcionamiento de los grupos electrógenos de un centro hospitalario se realizará al producirse la falta de tensión en los circuitos alimentados por los diferentes suministros procedentes de la empresa o empresas distribuidoras de energía eléctrica, o cuando aquella tensión descienda por debajo…. de 180 V. de 130 V. del 60% de su valor nominal. del 70% de su valor nominal.

La puesta en funcionamiento de los grupos electrógenos de un centro hospitalario se realizará al producirse la falta de tensión en los circuitos alimentados por los diferentes suministros procedentes de la empresa o empresas distribuidoras de energía eléctrica, o cuando aquella tensión descienda por debajo de: Del 60 % de su valor nominal. Del 70 % de su valor nominal. Del 80 % de su valor nominal. De 180 V.

¿Un grupo electrógeno en un local de espectáculos de gran capacidad, puede considerarse como fuente propia de energía según el Reglamento de Baja Tensión?. No, porque un grupo electrógeno sólo puede suministrar el alumbrado de señalización por norma. Sí, siempre que tenga potencia para atender servicios urgentes e indispensables. No, porque cuando se necesita nunca funciona. No, porque no es obligatorio.

En el ámbito de aplicación del Real Decreto 842/2002 por el que se establece el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, y de acuerdo a la ITC-BT-28, el umbral de actuación de las fuentes propias de energía, vendrá determinado por: Cuando a frecuencia disminuya un 70% del valor nominal. Cuando la tensión disminuya un 80% del valor nominal. Cuando a frecuencia disminuya un 80% del valor nominal. Cuando la tensión disminuya un 70% del valor nominal.

La Instrucción Técnica 28 (ITC-BT-28), Instalaciones en locales de Pública Concurrencia, del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, indica que todos los lugares de pública concurrencia deberán disponer de alumbrado de emergencia. Además, deberán disponer de suministro de reserva: Hospitales, clínicas, sanatorios, ambulatorios y centros de salud Estacionamientos subterráneos para más de 100 vehículos, establecimientos comerciales o agrupaciones de éstos en centros comerciales de más de 2.000 m2 de superficie y estadios y pabellones deportivos entre otros. Hospitales, clínicas, sanatorios, ambulatorios y centros de salud Estacionamientos para más de 50 vehículos, establecimientos comerciales o agrupaciones de éstos en centros comerciales de más de 1.500 m2 de superficie y estadios y pabellones deportivos entre otros. Hospitales, clínicas, sanatorios, ambulatorios y centros de salud Estacionamientos para más de 50 vehículos, establecimientos comerciales o agrupaciones de éstos en centros comerciales de más de 2.000 m2 de superficie y estadios y pabellones deportivos entre otros. Hospitales, clínicas, sanatorios, ambulatorios y centros de salud Estacionamientos subterráneos para más de 120 vehículos, establecimientos comerciales o agrupaciones de éstos en centros comerciales de más de 1.500 m2 de superficie y estadios y pabellones deportivos entre otros.

Los locales de pública concurrencia deberán disponer de alumbrado de emergencia: Cuyo aforo sea mayor de 20 personas. Cuyo aforo sea mayor de 50 personas. Todos los locales. Cuyo aforo sea mayor de 100 personas.

Deberán disponer de suministro de socorro los locales de espectáculos y actividades recreativas, etc; cuya ocupación prevista sea: Cualquiera sea su capacidad. Más de 500 personas. Más de 800 personas. Más de 100 personas.

Deberán disponer de suministro de socorro los locales de reunión, trabajo y usos sanitarios con una ocupación prevista de más de: 50 personas. 250 personas. 100 personas. 300 personas.

Cuando un local pueda ser considerado de tal manera que pueda ser instalado tanto el suministro de socorro como el de reserva, se le instalará: El suministro de socorro. El suministro suplementario. El suministro de reserva. Los los tipos de suministro.

¿Qué locales deberán disponer de suministro de socorro?. Centros de enseñanza. Teatros. Casinos. Viviendas unifamiliares.

¿Qué locales deberán disponer de suministro de reserva?. Clínicas. Casinos. Centros de enseñanza. Viviendas unifamiliares.

Indique en qué condiciones es necesario que un local de pública concurrencia disponga de un suministro eléctrico complementario: Siempre que su ocupación sea superior a 50 personas. Siempre que se trate de un local de uso sanitario, con independencia de su ocupación. Siempre que se trate de un local de reunión ó trabajo y su ocupación sea mayor de 300 personas. Siempre de que se trate de estacionamientos de más de 10 vehiculos.

Una actividad destinada a garaje-aparcamiento subterráneo, desde el punto de vista de su instalación eléctrica deberá, según el REBT disponer de: Suministro de emergencia a partir de 100 vehículos. Suministro de socorro a partir de 50 vehículos. Suministro de reserva a partir de 100 vehículos. Suministro de reserva a partir de 50 vehículos.

En el ámbito de aplicación del Real Decreto 842/2002 por el que se establece el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, y de acuerdo a la ITC-BT-28, deberán de disponer un suministro de socorro: Todos los locales de usos sanitarios con ocupación prevista de más de 1000 personas. Todos los locales de usos sanitarios independientemente de su ocupación. Todos los locales de usos sanitarios con ocupación prevista de más de 300 personas. Todos los locales de usos sanitarios con ocupación prevista de más de 50 personas.

El alumbrado de seguridad entrará en funcionamiento cuando el alumbrado general descienda con respecto a su valor nominal al: 70 %. 85 %. 75 %. 30 %.

La alimentación del alumbrado de emergencia será automático con corte: Muy breve. Breve. Mediano. Largo.

En los locales de pública concurrencia, la alimentación del alumbrado de emergencia será: Automática con corte muy breve. Automática con corte breve. Automática con corte mediano. Automática con corte largo.

En lo referente a instalaciones en locales de pública concurrencia las instalaciones de alumbrado de evacuación deberán poder funcionar al menos: 30 minutos con la iluminación prevista. 1 hora con la mitad de la iluminación prevista. 90 minutos con la iluminancia prevista. 1 hora con la iluminancia prevista.

En las instalaciones en locales de pública concurrencia, y con respecto al alumbrado de seguridad, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. El alumbrado de seguridad es la parte del alumbrado de emergencia que permite la continuidad de las actividades normales. El alumbrado de seguridad estará previsto para entrar en funcionamiento automáticamente cuando la tensión del alumbrado general baje a menos del 85% de su valor nominal. La instalación del alumbrado de seguridad será fija. La instalación de este alumbrado de seguridad no estará provista de fuentes propias de energía.

El alumbrado de seguridad entrará en funcionamiento automáticamente cuando: Se produce el fallo del alumbrado general o cuando la tensión de éste baje a menos del 70% de su valor nominal. Se produce el fallo del alumbrado general o cuando la tensión de éste baje a menos del 50% de su valor nominal. Se produce el fallo del alumbrado general o cuando la tensión de éste baje a menos del 90% de su valor nominal. Se produce el fallo del alumbrado general o cuando la tensión de éste baje a menos del 30% de su valor nominal.

En rutas de evacuación, el alumbrado de evacuación debe proporcionar, a nivel del suelo y en el eje de los pasos principales, una iluminancia horizontal mínima de... 1 lux. 5 lux. 50 lux. 100 lux.

En lo referente a instalaciones en locales de pública concurrencia, las instalaciones de alumbrado de evacuación deberán poder funcionar, al menos: 1 hora con la mitad de la iluminación prevista. 30 minutos con la iluminación prevista. 90 minutos con la iluminancia prevista. 1 horas con la iluminancia prevista.

En las instalaciones en locales de pública concurrencia, y con respecto al alumbrado de evacuación, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?: Deben proporcionar, a nivel del suelo y en el eje de los pasos principales, una iluminancia horizontal mínima de 0,5 lux en rutas de evacuación. La relación entre la iluminancia máxima y la mínima en el eje de los pasos principales será menor de 60. El alumbrado de evacuación deberá poder funcionar, como mínimo, durante 30 minutos, proporcionando la iluminancia prevista. En los cuadros de distribución del alumbrado, la iluminancia mínima será de 5 lux.

El alumbrado de evacuación de un local de pública concurrencia debe satisfacer las siguientes condiciones: El tiempo mínimo de funcionamiento será de 2 horas. Proporcionará un nivel de iluminación mínimo de 1 lux en el suelo, en el eje de los pasos principales. Proporcionará un nivel de iluminación mínimo de 15 lux en los puntos donde estén situados los cuadros de distribución del alumbrado. La relación entre la iluminancia máxima y la mínima en el eje de los pasos principales será menor de 20.

En el ámbito de aplicación del Real Decreto 842/2002 por el que se establece el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, y de acuerdo a la ITC-BT-028, el alumbrado de evacuación: Debe proporcionar en las rutas de evacuación una iluminancia mínima horizontal de 1 lux, y en los puntos que estén situados equipos de instalaciones contraincendios y cuadros de distribución de alumbrado, 5 lux. Debe proporcionar en las rutas de evacuación una iluminancia mínima horizontal de 5 lux, y en los puntos que estén situados equipos de instalaciones contraincendios y cuadros de distribución de alumbrado, 1 lux. Debe proporcionar en las rutas de evacuación una iluminancia mínima horizontal de 0,5 lux, y en los puntos que estén situados equipos de instalaciones contraincendios y cuadros de distribución de alumbrado, 5 lux. Debe proporcionar en las rutas de evacuación una iluminancia mínima horizontal de 0,5 lux, y en los puntos que estén situados equipos de instalaciones contraincendios y cuadros de distribución de alumbrado, 1 lux.

En el ámbito de aplicación del Real Decreto 842/2002 por el que se establece el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, y de acuerdo a la ITC-BT-28, el tiempo necesario de actuación del alumbrado de evacuación: Será como mínimo de 1 hora. Será como mínimo de 2 horas. Será como mínimo el necesario para garantizar la evacuación completa del recinto. Será como mínimo de 1/2 hora.

Según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (R.D. 842/2002) ITC-BT 28, enrelación con instalaciones de locales de pública concurrencia, el alumbrado de seguridad de una zona de alto riesgo debe: Proporcionar una iluminancia mínima 15 luxes o el 10% de la iluminancia normal tomando siempre el mayor de estos valores. La relación entre la iluminancia máxima y la mínima en todo el espacio considerado será menor de 40. Proporcionar una iluminancia horizontal mínima de 0,5 luxes desde el suelo hasta una altura de 1 metro. Proporcionar la iluminación prevista como mínimo durante 1 hora.

El alumbrado de las zonas de alto riesgo de los locales de pública concurrencia debe proporcionar una iluminancia mínima de: 25 lux o el 5% de la iluminancia normal, tomando siempre el mayor de los valores. 15 lux o el 10% de la iluminancia normal, tomando siempre el mayor de los valores. 10 lux o el 10% de la iluminancia normal, tomando siempre el menor de los valores. 10 lux o el 10% de la iluminancia normal, tomando siempre el mayor de los valores.

En lo referente a instalaciones en locales de pública concurrencia, el alumbrado de reemplazamiento: Permite la continuidad de las actividades normales. No es necesario cuando se dispone de alumbrado de seguridad. Cuando proporcione una iluminaneia menor al alumbrado normal, será sustituido por el alumbrado de seguridad. No permite la continuidad de las actividades normales.

En instalaciones en locales de pública concurrencia, será obligatorio disponer de alumbrado de reemplazamiento en: En todo cambio de dirección de la ruta de evacuación. En los aseos generales de planta en edificios de acceso público. En todos los recintos ocupados por más de 100 personas. Las salas de intervención, destinadas a tratamiento intensivo, paritorios, salas de urgencias.

Es obligatorio situar el alumbrado de seguridad en las siguientes zonas de los locales de pública concurrencia: En todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 50 personas. En todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 70 personas. En todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 200 personas. En todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 100 personas.

¿Cuál será la iluminancia mínima y el tiempo mínimo que debe cubrir un alumbrado de reemplazamiento en un centro de hospitalización y tratamiento intensivo?: 5 lux, 2 horas. 15 lux, 1 hora. 0,5 lux, 2 horas. 5 lux, 1 hora.

Un establecimiento sanitario deberá estar provisto de los siguientes alumbrados especiales: Alumbrado de emergencia y de señalización. Alumbrado de señalización y de reemplazamiento. Alumbrado de emergencia y de reemplazamiento. Alumbrado de emergencia, de señalización y de reemplazamiento.

¿En cuál de las siguientes zonas de los locales de pública concurrencia es obligatorio situar el alumbrado de seguridad?. En todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 50 personas. En los estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos. En las salas de intervención, las destinadas a tratamiento intensivo, las salas de curas, paritorios y urgencias. A una distancia inferior a 4 metros (medida horizontalmente) de cada equipo manual destinado a la prevención y extinción de incendios.

En instalaciones en locales de pública concurrencia, será obligatorio situar el alumbrado de seguridad en los recintos cuya ocupación sea mayor de: 100 personas. 50 personas. 20 vehículos. 2 vehículos.

Es obligatorio situar el alumbrado de seguridad en las siguientes zonas de los locales de pública concurrencia: En todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 50 personas. En todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 70 personas. En todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 200 personas. En todos los recintos cuya ocupación sea mayor de 100 personas.

En instalaciones en locales de pública concurrencia, será obligatorio disponer de alumbrado de reemplazamiento en: Los aseos generales en planta en edificios de acceso público. Todo cambio de dirección de la ruta de evacuación. Todos los recintos ocupados por más de 100 personas. Las salas de intervención, destinadas a tratamiento intensivo, paritorios, salas de urgencias.

En instalaciones en locales de pública concurrencia el alumbrado de reemplazamiento deberá proporcionar una iluminancia igual al normal durante al menos: 1 hora. 20 minutos. 90 minutos. 2 horas.

¿Cuál será la iluminancla mínima del alumbrado de emergencia situado junto a los cuadros de distribución de alumbrado?. 5 lx. 10 lx. 15 lx. 10 lx/m2.

Es obligatorio instalar alumbrado de evacuación: En las escaleras de evacuación de edificios de viviendas con más de 1 vivienda. En las escaleras de evacuación de edificios de viviendas con más de 1 planta. En edificios de viviendas con más de 5 viviendas. En edificios de viviendas con más de 10 viviendas.

Es obligatorio instalar alumbrado de seguridad: En todos los recintos de los locales de pública concurrencia. En los recintos de locales de pública concurrencia cuya ocupación supere las 100 personas. En toda intersección de pasillos en locales de pública concurrencia. En los recintos de locales de pública concurrencia cuya ocupación supere las 10 personas.

deberán instalarse alumbrado de emergencia: En los estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos. En los estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 4 vehículos. En los estacionamientos abiertos, con capacidad para más de 3 vehículos. En los estacionamientos abiertos, con capacidad para más de 2 vehículos.

En instalaciones en locales de pública concurrencia, será obligatorio situar el alumbrado de seguridad en los recintos cuya ocupación sea mayor de: 100 personas. 50 personas. 2 vehículos. 20 vehículos.

En un hospital, la sala de curas, cuya superficie es de 150 m2, tiene una iluminación de 1.500 lux con el alumbrado ordinario. ¿Qué se le exige al alumbrado de reemplazamiento?. Que proporcione, en caso de fallo, una iluminación de 1.500 lux durante 1 hora. Que proporcione, en caso de fallo, una iluminación de 1.500 lux durante 2 horas. Que proporcione, en caso de fallo, una iluminación de 5 lux durante 2 horas. Que proporcione, en caso de fallo, una iluminación de 500 lux durante 2 horas.

En las instalaciones en locales de pública concurrencia, en las zonas de hospitalización, la instalación de alumbrado de emergencia proporcionará una iluminancia: No inferior de 6 lux y durante 1 hora como mínimo. No inferior de 6 lux y durante 1,5 horas como mínimo. No inferior de 5 lux y durante 2 horas como mínimo. No inferior de 4 lux y durante 3 horas como mínimo.

¿Cuál será la iluminancia mínima y el tiempo mínimo que debe cubrir un alumbrado de reemplazamiento en un centro de hospitalización y tratamiento intensivo?: 5 lux, 2 horas. 15 lux, 1 hora. 0,5 lux, 2 horas. 5 lux, 1 hora.

El interruptor automático que protege a las líneas de los alumbrados de emergencia será de intensidad nominal: 16 A. 6 A. 10 A. 8 A.

En instalaciones en locales de pública concurrencia, ¿Cuantas líneas serán necesarias para alimentar 54 puntos de luz de emergencia, si están alimentadas por una fuente central?. Cuatro líneas. Tres líneas. Dos líneas. Cinco líneas.

¿Cuántas líneas serán necesarias para alimentar 7 puntos de luz de emergencia que están ubicados en una misma sala, si están alimentadas por una fuente central?. Una línea. Dos líneas. Tres líneas. Cuatro líneas.

¿Cuántas líneas serán necesarias para alimentar 15 puntos de luz de emergencia, si están alimentadas por una fuente central?. Una línea. Dos líneas. Tres líneas. Cuatro líneas.

Las canalizaciones que alimenten alumbrados de emergencia alimentados desde una fuente central: Se instalarán en tubos empotrados en las paredes. Se colocarán a 5 cm como mínimo de otras canalizaciones eléctricas, siempre que estén situados sobre las paredes o empotrados en ellas. Cuando se instalen en huecos de la construcción, irán separados 10 cm de otras canalizaciones eléctricas. Cuando se instalen en huecos de la construcción, irán separados 15 cm de otras canalizaciones eléctricas.

Las canalizaciones que alimentan alumbrados de emergencia alimentados desde una fuente central, estarán separadas de otras canalizaciones, al menos: 3 cm. 5 cm. 10 cm. No importa la distancia.

Se sabe que en un teatro el número máximo de puntos de alumbrado especial, alimentados por fuente central que pueden alimentar una misma linea es de 12. ¿Qué intensidad nominal máxima debe tener el interruptor automático correspondiente?. Según la intensidad admisible del conductor empleado. De 6 A. De 10 A. De 20 A.

En los locales de pública concurrencia, las líneas que alimentan directamente los circuitos individuales de los alumbrados de emergencia alimentados por fuente central estarán protegidas por interruptores automáticos con una intensidad nominal de: 6 A como máximo. 10 A como máximo. 16 A como máximo. 25 A como máximo.

El interruptor automático que protege las líneas que alimentan directamente los circuitos individuales de los alumbrados de emergencia alimentados por fuente central, será de una intensidad nominal: 16 A como máximo. 10 A como máximo. 6 A como máximo. 25 A como máximo.

En el Edificio de Consultas Externas del Hospital tenemos 60 puntos (luminarias) de emergencia alimentados por una fuente central. ¿Cuántas líneas serán necesarias para alimentar todas las luminarias de emergencia?. 2 líneas. 3 líneas. 4 líneas. 5 líneas.

En instalaciones en locales de pública concurrencia, cuando los receptores consuman más de: 25 A, se alimentarán directamente desde el cuadro generala desde los secundarios. 10 A, se alimentarán siempre desde el cuadro general de la instalación. 6 A, se alimentará desde el cuadro general de la instalación. 16 A, se alimentarán directamente desde el cuadro generala desde los secundarios.

El mínimo de líneas secundarias a instalar en un local donde se reúne público y donde el número de lámparas instaladas es de 60: No es recomendable instalar más de tres líneas. Instalaremos una sola línea. Instalaremos dos líneas, para que cada una alimente a 30 lámparas. Instalaremos tres líneas para que cada una alimente a 20 lámparas.

En las instalaciones en los locales de pública concurrencia, las canalizaciones estarán constituidas por conductores aislados: De tensión asignada inferior a 230/400 V. De tensión asignada no inferior a 450/750 V. De tensión asignada inferior a 450/750 V. De tensión asignada no inferior a 230/400 V.

En locales de espectáculos y actividades recreativas, se instalará alumbrado de balizamiento: Cada dos peldaños o en rampas con una inclinación superior al 8 % del local. Cada dos peldaños o en rampas con una inclinación superior al 20 % del local. En cada peldaño o en rampas con una inclinación superior al 8 % del local. Cada un peldaño o en rampas con una inclinación superior al 10 % del local.

En el alumbrado de balizamiento, el paso de alerta al de funcionamiento se producirá cuando la tensión descienda con respecto a su valor nominal: Por debajo del 70 %. Por debajo del 60 % de su valor nominal. Por debajo del 80 % de su valor nominal. Cuando se produzca una sobretensión.

En el alumbrado de balizamiento, el paso de alerta al de funcionamiento se producirá cuando la tensión descienda con respecto a su valor nominal: Por debajo del 70 %. Por debajo del 80 % de su valor nominal. Por debajo del 60 % de su valor nominal. Cuando se produzca una sobretensión.

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