RÉGIMEN ECONOMICO FINANCIERO UCM
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() RÉGIMEN ECONOMICO FINANCIERO UCM Descripción: AUX ADMINISTRATIVO UCM Fecha de Creación: 2018/09/19 Categoría: Otros Número Preguntas: 63
|




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
La administración económica y financiera de la Universidad Complutense se regirá, con carácter general, por lo previsto en . Ley Orgánica de Universidades (LOU) y por la legislación financiera y presupuestaria aplicable al sector privado. Ley Orgánica de Universidades (LOU) y por la legislación financiera y presupuestaria aplicable al sector público. Ley Preuspuestos generales, LOU y por la legislación financiera y presupuestaria aplicable al sector público. Ley Orgánica de Universidades (LOU) y por la legislación económica y presupuestaria aplicable al sector público. El desarrollo y ejecución del Presupuesto de la Universidad Complutense, así como el control de las inversiones, gastos e ingresos de aquella se realizarán de acuerdo con. las normas y procedimientos que establezca la UCM. las normas y procedimientos que establezca la Comunidad de Madrid. las normas y procedimientos que establezca el Estado. las normas y procedimientos que establezca el Gobierno. Otros principios orientadores de la gestión económica y financiera.—1. La Universidad Complutense desarrollará su gestión económica y financiera en un régimen de. descentralización de competencias, en los términos establecidos en los Estatutos y en este Reglamento, bajo los principios de contabilidad y caja únicas. desconcentración de competencias, en los términos establecidos en los Estatutos y en este Reglamento, bajo los principios de contabilidad y caja propias. desconcentración de competencias, en los términos establecidos en los Estatutos y en este Reglamento, bajo los principios de contabilidad única. desconcentración de competencias, en los términos establecidos en los Estatutos y en este Reglamento, bajo los principios de contabilidad y caja únicas. La gestión económica y financiera se llevará a cabo basándose en los principios de. racionalidad, transparencia, eficacia , con estricto respeto a la legalidad y dentro del marco de la planificación establecida en la Programación Plurianual, en su caso, y en el propio Presupuesto. racionalidad, transparencia, eficacia y eficiencia, con estricto respeto a la legalidad y dentro del marco de la planificación establecida en la Programación Plurianual, en su caso, y en el propio Presupuesto. racionalidad, transparencia, eficacia y eficiencia, con estricto respeto a la legalidad y dentro del marco de la planificación establecida en la Programación anual, en su caso, y en el propio Presupuesto. responsabilidad,transparencia, eficacia y eficiencia, con estricto respeto a la legalidad y dentro del marco de la planificación establecida en la Programación Plurianual, en su caso, y en el propio Presupuesto. La UCM está obligada a rendir cuentas de su actividad ante la. Cámara de Cuentas de Hacienda , sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas. Cámara de Cuentas del Estado, sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas. Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias de los Tribunales. Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias del Tribunal de Cuentas. El Presupuesto de la UCM constituye. la expresión numérica, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, puede esta reconocer, y de los derechos que prevé liquidar durante el ejercicio económico. la expresión sistemática de las obligaciones que, como máximo, puede esta reconocer, y de los derechos que prevé liquidar durante el ejercicio económico. la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, puede esta reconocer, y de los derechos que prevé liquidar durante el ejercicio económico. la expresión cifrada, conjunta y sistemática de los gastos que, como máximo, puede esta reconocer, y de los derechos que prevé liquidar durante el ejercicio económico. El Presupuesto de la UCM. será único y equilibrado, y comprenderá la totalidad de sus ingresos y gastos, así como un resumen de los presupuestos de los entes públicos vinculados y de los entes privados en los que la Universidad tenga participación mayoritaria. será público, único y equilibrado, y comprenderá la totalidad de sus ingresos y gastos, así como un resumen de los presupuestos de los entes públicos vinculados y de los entes privados en los que la Universidad tenga participación mayoritaria. será público, único y equilibrado, y comprenderá la totalidad de sus ingresos y gastos, así como un resumen de los presupuestos de los entes públicos vinculados y de los entes privados en los que la Universidad tenga participación minoritario. será público, único y equilibrado, y comprenderá sus ingresos y gastos, así como un resumen de los presupuestos de los entes públicos vinculados y de los entes privados en los que la Universidad tenga participación mayoritaria. Presupuesto de la Universidad contendrá: a)Los estados de gastos de la UCM, con la debida especificación de los créditos para dar cumplimiento a sus obligaciones de caráctereconómico. En todo caso, las aportaciones a la financiación de cualquier entidad o empresa en la que esté representada la Universidad deberán figurar nominativamente. b) Los estados de ingresos de la UCM, comprensivos de las estimaciones de los derechos económicos a reconocer y recaudar durante el ejercicio presupuestario. c) Los objetivos a alcanzar en el ejercicio por cada uno de los gestores responsables de los programas con los recursos que el respectivo Presupuesto les asigna. todas son verdaderas. temporal.—El ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural y a él se imputarán: a) Los derechos económicos liquidados durante el primer ejercicio, cualquiera que sea el período del que deriven. b) Las obligaciones económicas reconocidas hasta el fin del mes de diciembre, siempre que correspondan a adquisiciones, obras, servicios, prestaciones o, en general,gastos realizados dentro del ejercicio y con cargo a los respectivos créditos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68 del presente Reglamento. a y b son ciertas. ay b son falsas. El estado de gastos de la Universidad se estructurará de acuerdo a una clasificación. orgánica, por programas y unidades gestoras. orgánica, por programas y económica. orgánica, por gastos y económica. funcional, por programas y económica. Estructura del presupuesto: La clasificación orgánica agrupará . b) La clasificación por programas agrupará. c) La clasificación económica agrupará. Así mismo,al estado de gastos corrientes se acompañará . la relación de puestos de trabajo del personal de todas las categorías de la Universidad, especificando la totalidad de los costes, previamente autorizados por el Consejo de Gobierno. la relación de puestos de trabajo del personal de todas las categorías de la Universidad, especificando la totalidad de los costes, previamente autorizados por la Comunidad de Madrid. la relación de puestos de trabajo del personal de todas las categorías de la Universidad, especificando la totalidad de los costes, previamente autorizados por el Consejo Social. la relación de puestos de trabajo del personal , especificando la totalidad de los costes, previamente autorizados por la Comunidad de Madrid. En el estado de gastos se presentarán separadamente las operaciones corrientes, las de capital y las financieras. operaciones de capital. operaciones corrientes se diferenciarán. operaciones financieras. Los capítulos se desglosarán en artículos y estos, a su vez, en conceptos que podrán dividirse en subconceptos. verdadero. falso. Dentro del estado de gastos del Presupuesto de la Universidad, podrá dotarse un fondo especial destinado a atender las insuficiencias en las dotaciones de otros créditos, o para hacer frente a nuevas necesidades para las que no exista dotación, con. el límite del 12 por 100 del presupuesto para gastos no financieros. el límite del 2 por 100 del presupuesto para gastos no financieros. el límite del 8 por 100 del presupuesto para gastos no financieros. el límite del 5 por 100 del presupuesto para gastos no financieros. La clasificación económica del estado de ingresos presentará separadamente los corrientes, los de capital y las operaciones financieras. ingresos corrientes. ingresos de capital. operaciones financieras. El Presupuesto se elaborará de acuerdo con las líneas estratégicas y programáticas y con las directrices y procedimientos aprobados para su aplicación que establezca. el Consejo social. el Consejo de Gobierno. la CAM. el gerente. ........................, los Centros, los Departamentos, a través del Centro en que tengan su sede, y los demás Servicios de la UCM remitirán a la Gerencia de la Universidad su propuesta de ingresos y gastos, ajustada a las directrices que se hayan establecido. Antes del 30 de septiembre de cada curso. Antes del 31 de diciembre de cada año. Antes del 30 de septiembre de cada año. Antes del 30 de enero de cada año. Los Centros, los Departamentos, a través del Centro en que tengan su sede, y los demás Servicios de la UCM remitirán............ de la Universidad su propuesta de ingresos y gastos, ajustada a las directrices que se hayan establecido. a la Gerencia. al Consejo de Gobierno. al Consejo social. al Rector. Conforme a los criterios de elaboración establecidos en los Estatutos de la UCM,. el Rector elaborará el Anteproyecto del Presupuesto que será remitido al Consejo de Gobierno. el Gerente elaborará el Anteproyecto del Presupuesto que será remitido al Consejo de Gobierno. el Gerente elaborará el Anteproyecto del Presupuesto que será remitido al Consejo social. el Rector elaborará el Anteproyecto del Presupuesto que será remitido al Consejo social. Respecto al presupuesto: Corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejo social, la aprobación del Presupuesto de la Universidad. Corresponde al Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno, la aprobación del Presupuesto de la Universidad. Corresponde al Consejo Social, a propuesta del Gerente, la aprobación del Presupuesto de la Universidad. Corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta del Gerente, la aprobación del Presupuesto de la Universidad. Una vez aprobado el Presupuesto,. se publicará un resumen del estado de ingresos y gastos en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial de la Universidad Complutense de Madrid. se publicará un resumen del estado de ingresos y gastos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial de la Universidad Complutense de Madrid. se publicará un resumen del estado de ingresos y gastos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID, sin su publicación en el “Boletín Oficial de la Universidad Complutense de Madrid. se publicará un resumen del estado de ingresos y gastos en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO. Si el Presupuesto de la Universidad resultara aprobado antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el Presupuesto inicial del ejercicio anterior hasta la aprobación del nuevo. verdadero. falso. Nivel de vinculación de los créditos.—1. Los niveles de vinculación de los créditos, en lo que se refiere a las unidades orgánica y funcional, se establecen en la unidad gestora y en el programa, respectivamente. Los niveles de vinculación de los créditos, en lo que se refiere a las clasificaciones orgánica y funcional, se establecen en la unidad gestora y en el programa, respectivamente. Los niveles de vinculación de los créditos, en lo que se refiere a las clasificaciones orgánica y funcional, se establecen en la unidad gestora y en el programa, cada una. Los niveles de vinculación de los créditos, en lo que se refiere a las clasificaciones orgánica y funcional, se establecen en artículos y en el programa, respectivamente. En cuanto a la clasificación económica, los créditos autorizados en el Presupuesto tienen carácter vinculante a nivel. de subconcepto. de concepto. artículo. programa. En la clasificación económica, los créditos autorizados en el Presupuesto tienen carácter vinculante a nivel de concepto. No obstante, los créditos destinados a gastos de personal, a gastos corrientes en bienes y servicios y a inversiones reales. tendrán carácter vinculante a nivel de subconcepto. tendrán carácter vinculante a nivel de capítulo. tendrán carácter vinculante a nivel de progama. todas son falsas. En cuanto a la clasificación económica, los créditos autorizados en el Presupuesto tienen carácter vinculante a nivel de concepto. En todo caso, tendrán carácter vinculante, a nivel de subconcepto, los créditos siguientes: a) Los destinados a atenciones no protocolarias o representativas. b) Los destinados a amortización y pago de intereses de préstamos a largo plazo. c) Los declarados ampliables. d) Los que amparen gastos con financiación afectada, con excepción de los Títulos. e) Los destinados a deuda. f) Los que amparen gastos con financiación no afectada, con excepción de los Títulos. g) Los destinados a atenciones no protocolarias o representativas. No podrán adquirirse compromisos de gasto ni adquirirse obligaciones por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en el estado de gastos en el nivel de vinculación a que se refiere el artículo anterior,. siendo anulados de pleno derecho los actos administrativos y las disposiciones generales que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. siendo nulos de pleno derecho los actos administrativos y las disposiciones generales que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. siendo nulos los actos administrativos y las disposiciones generales que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. siendo nulos de pleno derecho los actos administrativos sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. El número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos . no será superior a cinco. no será superior a dos. no será superior a tres. no será superior a cuatro. El gasto total que se podrá imputar por el conjunto de expedientes de carácter plurianual a cada uno de los ejercicios posteriores no podrá exceder de la cantidad que resulte de aplicar, al crédito inicial a que corresponda la operación, los siguientes porcentajes: En el ejercicio inmediato siguiente, el 80 por 100; en el segundo ejercicio, el 60 por 100, y en cada uno de los ejercicios tercero y cuarto, el 50 por 100. En el ejercicio inmediato siguiente, el 70 por 100; en el segundo ejercicio, el 60 por 100, y en cada uno de los ejercicios tercero y cuarto, el 50 por 100. En el ejercicio inmediato siguiente, el 70 por 100; en el segundo ejercicio, el 60 por 100, y en cada uno de los ejercicios tercero y cuarto, el 40 por 100. En el ejercicio inmediato siguiente, el 80 por 100; en el segundo ejercicio, el 60 por 100, y en cada uno de los ejercicios tercero y cuarto, el 40 por 100. En casos especialmente justificados, .......... podrá acordar la modificación de los porcentajes anteriores, incrementar el número de anualidades o autorizar la adquisición de compromisos de gastos que hayan de atenderse en ejercicios posteriores en el caso de que no exista crédito inicial. el consejo social. el consejo de Gobierno. el gerente. el rector. Con cargo a los créditos del estado de gastos de cada Presupuesto solo podrán contraerse, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de este Reglamento,. obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el propio ejercicio presupuestario y el siguiente. obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el propio ejercicio presupuestario. obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el ejercicio presupuestario único. obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen dos ejercicio presupuestario consecutivos. Los créditos para gastos que en el último día del ejercicio presupuestario no estén afectados al cumplimiento de obligaciones ya reconocidas quedarán anulados de pleno derecho, sin más excepciones que las establecidas en el artículo 74.1 del presente Reglamento. verdadero. falso. La cuantía y finalidad de los créditos contenidos en el Presupuesto de Gastos solo podrán ser modificadas durante el ejercicio, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido en los artículos siguientes, mediante: a) Transferencias. b) Generaciones. c) Ampliaciones. d) Créditos ordinarios y suplementos de crédito. e) Incorporaciones. a) Transferencias. b) Generaciones. c) Ampliaciones. d) Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. a) Transferencias. b) Generaciones. c) Ampliaciones. d) Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. e) Incorporaciones. a) Transferencias bancarias. b) Generaciones. c) Ampliaciones. d) Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. e) Incorporaciones. ................................ acordar las modificaciones presupuestarias no reservadas a ningún otro órgano universitario. Corresponde al Consejo de Gobierno de la Universidad. Corresponde al Consejo social de la Universidad. Corresponde al Rector de la Universidad. Corresponde al Gerente de la Universidad. Transferencias de crédito. son traspasos de dotaciones entre créditos. Pueden realizarse entre los diferentes créditos del Presupuesto, incluso con la creación de créditos nuevos. incrementan los créditos como consecuencia de la realización de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el Presupuesto inicial. Generación de crédito. son traspasos de dotaciones entre créditos. Pueden realizarse entre los diferentes créditos del Presupuesto, incluso con la creación de créditos nuevos. incrementan los créditos como consecuencia de la realización de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el Presupuesto inicial. ................. podrá acordar las transferencias de crédito entre capítulos de operaciones corrientes y entre capítulos de operaciones de capital. El Gerente. El Rector. El Consejo social. El consejo de Gobierno. Las transferencias de gastos corrientes a gastos de capital podrán ser acordadas por el. Consejo Social. Consejo de Gobierno. Rector. Gerente. Las transferencias de gastos de capital a cualquier otro capítulo podrán ser acordadas por el Consejo Social previa autorización de la Comunidad de Madrid. verdadero. falso. La generación solo podrá realizarse cuando se hayan efectuado los correspondientes ingresos que la justifiquen. No obstante, en el supuesto de la letra a) del apartado anterior, la generación podrá realizarse una vez efectuado el reconocimiento del derecho o cuando exista un compromiso firme de aportación, siempre que el ingreso se prevea realizar en el propio ejercicio. No obstante, en el supuesto de la letra b) del apartado anterior, la generación podrá realizarse una vez efectuado el reconocimiento del derecho o cuando exista un compromiso firme de aportación, siempre que el ingreso se prevea realizar en el propio ejercicio. No obstante, en el supuesto de la letra a) del apartado anterior, la generación no podrá realizarse una vez efectuado el reconocimiento del derecho o cuando exista un compromiso firme de aportación, siempre que el ingreso se prevea realizar en el propio ejercicio. No obstante, en el supuesto de la letra a) del apartado anterior, la generación podrá realizarse una vez efectuado el reconocimiento del derecho o cuando exista un compromiso firme de pago, siempre que el ingreso se prevea realizar en el propio ejercicio. Cuando los ingresos provengan de la venta de bienes o prestaciones de servicios, las generaciones se efectuarán. en aquellos créditos destinados a cubrir gastos de la misma naturaleza que los que se originaron por la adquisición o producción de los bienes enajenados o por la prestación del servicio. únicamente en aquellos créditos destinados a cubrir gastos de la misma naturaleza que los que se originaron por la adquisición o producción de los bienes enajenados o por la prestación del servicio. solamente en aquellos créditos destinados a cubrir gastos de la misma naturaleza que los que se originaron por la adquisición o producción de los bienes enajenados o por la prestación del servicio. siempre en aquellos créditos destinados a cubrir gastos de la misma naturaleza que los que se originaron por la adquisición o producción de los bienes enajenados o por la prestación del servicio. elige la opción correcta. podrán generar crédito en el Presupuesto del ejercicio corriente los ingresos realizados en el último trimestre del ejercicio anterior. Con carácter excepcional, podrán generar crédito en el Presupuesto del ejercicio corriente los ingresos realizados en el último trimestre del ejercicio anterior. Con carácter excepcional, deberán generar crédito en el Presupuesto del ejercicio corriente los ingresos realizados en el último trimestre del ejercicio anterior. podrán generar crédito en el Presupuesto del ejercicio corriente los ingresos realizados en el último día del ejercicio anterior. Tendrán la consideración de créditos ampliables las siguientes partidas del estado de gastos: a) Títulos Propios, Cursos de Especialización o Formación Continua y asimilados. b) Proyectos de la UCM. c) Aquellas otras que se relacionen en el Presupuesto de la Universidad. a) Títulos Propios, Cursos de Especialización o Formación Continua y asimilados. b) Proyectos de investigación. c) Aquellas otras que, de modo taxativo, debidamente explicitadas, se relacionen en el Presupuesto de la Universidad. a) Títulos, Cursos de Especialización o Formación Continua y asimilados. b) Proyectos de investigación. c) Aquellas otras que, de modo taxativo, debidamente explicitadas, se relacionen en el Presupuesto de la Universidad. a) Títulos Propios, Cursos de Formación Continua y asimilados. b) Proyectos de investigación. c) Aquellas otras que, de modo taxativo, debidamente explicitadas, se relacionen en el Presupuesto de la Universidad. Cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto de la Universidad algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente, y no exista crédito adecuado o sea insuficiente y no ampliable el consignado y su dotación no resulte posible a través de las restantes figuras previstas en el artículo 69.1, deberá procederse a la tramitación de un . crédito ordinario o suplementario del inicialmente previsto. crédito extraordinario o suplementario del inicialmente previsto. crédito extraordinario o ampliación de crédito del inicialmente previsto. crédito ordinario o ampliación de crédito del inicialmente previsto. Cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto de la Universidad algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente, y no exista crédito adecuado o sea insuficiente y no ampliable el consignado y su dotación no resulte posible a través de las restantes figuras previstas en el artículo 69.1, deberá procederse a la tramitación de un crédito extraordinario o suplementario del inicialmente previsto. corresponde al Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno, la aprobación del correspondiente expediente de modificación, en el que se especificará el origen de los recursos que han de financiar el mayor gasto público. corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejo social, la aprobación del correspondiente expediente de modificación, en el que se especificará el origen de los recursos que han de financiar el mayor gasto público. corresponde al Consejo Social, a propuesta del Gerente, la aprobación del correspondiente expediente de modificación, en el que se especificará el origen de los recursos que han de financiar el mayor gasto público. corresponde al Consejo de Gobierno, la aprobación del correspondiente expediente de modificación, en el que se especificará el origen de los recursos que han de financiar el mayor gasto público. Los créditos extraordinarios para atender obligaciones del ejercicio corriente, así como los suplementos de crédito cuando se financien con baja en el fondo indicado en el artículo 58.4 de este Reglamento, serán autorizados . por el Gerente. por el Rector. por el Consejo social. por el Consejo de Gobierno. Podrán incorporarse créditos al Presupuesto de Gastos del ejercicio inmediato siguiente: a) Cuando así lo disponga un acuerdo del Consejo de Gobierno. b) Los procedentes de partidas de gasto con financiación afectada. c) Los procedentes de generaciones de crédito en los supuestos siguientes: — Aportaciones o compromisos firmes de aportación de cualesquiera personas naturales o jurídicas para financiar conjuntamente gastos que por su naturaleza estén comprendidos en los fines u objetivos asignados a los mismos. — Ingresos legalmente afectados a la realización de actuaciones determinadas. d) Los derivados de retenciones efectuadas para la financiación de créditos extraordinarios o suplementos de crédito, cuando haya sido anticipado su pago. e) Los que resulten de créditos extraordinarios y suplementos de crédito que hayan sido concedidos en el último mes del ejercicio presupuestario anterior. Incorporación de crédito. Estas incorporaciones se financiarán con cargo a la financiación afectada, en su caso, y con cargo a remanente de tesorería, las restantes. Estas incorporaciones se financiarán con cargo a la financiación no afectada, en su caso, y con cargo a remanente de tesorería, las restantes. Estas incorporaciones se financiarán con cargo a la financiación afectada, en su caso, y con cargo a tesorería, las restantes. Estas incorporaciones se financiarán con cargo a la financiación del presupuesto, en su caso, y con cargo a remanente de tesorería, las restantes. Incorporación de crédito: El plazo máximo para la tramitación de este tipo de expedientes será el 20 de enero, salvo que las Normas de Ejecución del Presupuesto de cada año dispongan otra fecha. El plazo máximo para la tramitación de este tipo de expedientes será el 20 de febrero, salvo que las Normas de Ejecución del Presupuesto de cada año dispongan otra fecha. El plazo máximo para la tramitación de este tipo de expedientes será el 20 de diciembre, salvo que las Normas de Ejecución del Presupuesto de cada año dispongan otra fecha. El plazo máximo para la tramitación de este tipo de expedientes será el 20 de septiembre, salvo que las Normas de Ejecución del Presupuesto de cada año dispongan otra fecha. Constituye el patrimonio de la UCM el conjunto. de sus bienes y derechos , cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual le hayan sido atribuidos. de sus bienes muebles, derechos y obligaciones, cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual le hayan sido atribuidos. de sus bienes, derechos y obligaciones, cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual le hayan sido comprados. de sus bienes, derechos y obligaciones, cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual le hayan sido atribuidos. Tienen carácter demanial, . siendo de titularidad de la UCM, todos aquellos bienes o derechos que estén afectos al cumplimiento de los fines de la Universidad o que el Estado o la Comunidad de Madrid destinen a dichos fines, mientras permanezcan en esta situación, excluidos los integrantes del Patrimonio Histórico Español. los bienes o derechos de la UCM en los que no concurra la circunstancia de afectación señalada en el apartado anterior. Tienen carácter patrimonial. siendo de titularidad de la UCM, todos aquellos bienes o derechos que estén afectos al cumplimiento de los fines de la Universidad o que el Estado o la Comunidad de Madrid destinen a dichos fines, mientras permanezcan en esta situación, excluidos los integrantes del Patrimonio Histórico Español. los bienes o derechos de la UCM en los que no concurra la circunstancia de afectación señalada en el apartado anterior. Tendrán la consideración de bienes integrantes del patrimonio documental y bibliográfico de la UCM cuantos bienes de esta naturaleza, reunidos en archivos y bibliotecas, de acuerdo con sus respectivos reglamentos, se encuentren afectos a la misma para el cumplimiento de sus fines, sin perjuicio de la aplicación de lo establecido en la legislación sobre patrimonio histórico. verdadero. falso. Los bienes demanciales, principios. Inalienabilidad, inembargabilidad e imprescriptibilidad. Dedicación al uso común frente a su uso privativo. a y b son ciertas. Bienes patrimoniales, principios: a) Publicidad, transparencia, concurrencia y objetividad en la adquisición, explotación y enajenación de estos bienes. b) Identificación y control a través de inventarios o registros adecuados. a y b son verdaderos. A quién corresponde representar a la UCM en todos los actos de adquisición, enajenación, gravamen o defensa de su patrimonio, las funciones previstas en el presente título, así como todas aquellas que en materia patrimonial no vengan expresamente atribuidas a otros órganos de la Universidad. al rector. al gerente. Corresponde a la gerencia de la UCM: a) La gestión, conservación y administración ordinaria del patrimonio. b) Proponer al órgano competente, según los Estatutos, la adopción de los acuerdos que considere pertinentes para la mejor administración del patrimonio. c) Dar por la protección y defensa de los bienes de la Universidad. a y b son verdaderas. Elaborar y mantener actualizado el inventario de los bienes y derechos que integran el patrimonio de la UCM, así como la custodia de documentos y títulos jurídicos relativos a los mismos. a gerencia. al rector. La expedición de cuantos documentos y certificaciones le sean requeridos sobre las materias de su competencia. gerencia. secretaria general. Autorizar la afectación o desafectación de bienes demaniales, así como la mutación del uso de los mismos. gerencia. rector. consejo de gobierno. Aceptar donaciones, herencias y legados. consejo de gobierno. rector. consejo social. Corresponde al Consejo Social aprobar los actos de disposición acordados por la UCM respecto de sus bienes inmuebles y de los muebles, que sean calificados por él de extraordinario valor, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en la legislación sobre patrimonio histórico. falso, le corresponde al consejo de gobierno. verdadero. |