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Título del Test:
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Fecha de Creación: 2022/05/30

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 16

Valoración:(2)
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En base al art 151.2 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, el Registro General permanecerá abierto al público: Todos los dias naturales. Todos los dias hábiles. Todos los dias incluidos los fines de semana. Los dias alternos.

En base al art 154 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, en el Registro de Salida se anotarán: a Los oficios y notificaciones, certificaciones, expedientes o resoluciones. b Los apuntes contables. c Las órdenes y comunicaciones. d Las respuestas a) y c) son correctas.

En base al art 156.2 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales y el art 68 de la Ley 39/2015 LPAC, si el documento presentado a Registro no reuniera los datos exigidos por la legislación reguladora del procedimiento administrativo común: Se concederá un plazo de tres días para su subsanación. Se invitará al interesado a que retire el documento. Se apercibirá al interesado. Se concederá un plazo de diez días para su subsanación.

En base al art 151.2 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, el Registro General de una Entidad debe abrirse: Todos los días. Solo los hábiles. Durante toda la jornada laboral. Durante esta jornada, permaneciendo el resto del tiempo un retén.

En base al art 152 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, los Libros del Registro General de un Ayuntamiento pueden salir de la Corporación: Cuando lo decrete el Alcalde y por resolución judicial. Con autorización del Secretario General. Para su custodia. En ningún caso.

En base al art 152 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, respecto de estos Libros se pueden expedir: Certificaciones. Notificaciones. Asientos. Oficios.

En base al art 205 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, las certificaciones de los asientos de los Libros del Registro General las autoríza: El Presidente. El Secretario. No son posibles. El Encargado del Registro.

En base al art 160 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, la clasificación y distribución de los documentos del Registro es competencia legal del/de los: Ordenanzas. Secretario General. Encargado del Registro. Presidente de la Corporación.

En base al art 160 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, los Registros Parciales en la Administración Local: Están prohibidos. Existen en las distintas Oficinas. Se centralizan por áreas. Se llevan por cada funcionario.

En base al art 153 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, el número de orden de un documento se refiere a/al: Su fecha de despacho. Orden para su tramitación cronológica. La entrada o salida del Registro. Día en que recae resolución.

En base al art 161 del Reglamento de Organiacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entgidades Locales, en las minutas que se devuelven a los Negociados se: Estampará el número de salida del documento a que se refieran. Señalará la fecha de recepción del documento por su destinatario. Certificará si se han producido reclamaciones o recursos. Determinarán las Tasas a abonar por el interesado.

En base al art 159 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, en la copia que conserva el particular de un documento ingresado en el Registro debe. Señalarse la fecha de entrada solo. Expresarse un extracto del documento. Fijarse el número de orden concedido al documento. Todas son correctas.

En base al art 156.2 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, si no se subsanan los defectos de la presentación de un documento en el plazo de diez días se: Declara la caducidad del expediente. Requiere de nuevo al particular. Archiva el documento. Declara el pase al archivo del documento.

En base al art 158 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, el cotejo de documentos corresponde legalmente al/a la: Encargado del Registro. Secretario General. Asesoría Jurídica. Presidencia de la Corporación.

En base al art 156.1 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, la inutilización de los reintegros se efectúa: Sellándolos con la fecha de entrada. En Tesorería. Destruyéndolos. Al resolver la solicitud.

En base al art 159.1 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Regimen Juridico de las Entidades Locales, la fijación de la hora de entrada de un documento en el Registro, en el recibo que se expida por este: No es necesaria. Es facultativa. Es obligatoria, si se pide. No tiene valor alguno.

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