option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Reglamento General de Circulación 22

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Reglamento General de Circulación 22

Descripción:
Tema 31

Fecha de Creación: 2021/11/11

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 20

Valoración:(3)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación VISIBILIDAD EN EL VEHÍCULO. Artículo 19. Artículo 18. Artículo 20. Artículo 21.

La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad. diáfana. amplia. panorámica. correcta.

¿Se permite circular con láminas adhesivas o cortinillas?. en las ventanillas posteriores. cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores. ambas respuestas son correctas. ninguna de las respuestas es correcta.

No obstante, la utilización de láminas adhesivas en los vehículos se permitirá en las condiciones establecidas en. la reglamentación de los vehículos. el reglamento general de conductores. este reglamento (Reglamento General de Circulación). la legislación de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

La colocación de los distintivos previstos en la legislación de transportes o en otras disposiciones deberá realizarse de forma que no impidan. la correcta visión. la visibilidad diáfana. la amplia visión. la visibilidad nítida.

Queda prohibida, en todo caso, la colocación de vidrios tintados o coloreados. Falso. Verdadero.

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación MARCHA HACIA ATRÁS. SECCIÓN 3.ª. SECCIÓN 2.ª. SECCIÓN 1.ª. SECCIÓN 4.ª.

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación NORMAS GENERALES. (Marcha atrás). Artículo 80. Artículo 81. Artículo 82. Artículo 83.

Se prohíbe circular hacia atrás, salvo en los casos en que no sea posible. marchar hacia adelante. cambiar de dirección. sentido de marcha. todas las respuestas son correctas.

El recorrido hacia atrás, como maniobra complementaria de la parada, el estacionamiento o la incorporación a la circulación, no podrá. ser superior a 10 metros. invadir un cruce de vías. ambas respuestas son correctas. ninguna de las respuestas son correctas.

Se prohíbe la maniobra de marcha atrás en. autovías y autopistas. cualquier tipo de vía. autovías, autopistas y vías rápidas. cualquier tipo de vía fuera de poblado.

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación ARTÍCULO 80. NORMAS GENERALES (Marcha hacia atrás) Las infracciones a las normas de este precepto, cuando constituyan un supuesto de circulación en sentido contrario al estipulado, tendrá la consideración de. Muy Graves. Graves. Graves o Muy Graves. Leves.

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación EJECUCIÓN DE LA MANIOBRA. (Marcha hacia atrás). Artículo 81. Artículo 80. Artículo 82. Artículo 83.

Según el artículo 81 del Reglamento General de circulación: La maniobra de marcha hacia atrás deberá efectuarse. lentamente. lo más breve posíble. sin dilación alguna. con el recorrido mínimo indispensable. con toda rapidez.

El conductor de un vehículo que pretenda dar marcha hacia atrás deberá advertir su propósito en la forma prevista en el artículo. Respuesta correcta. No lo recuerdo.

(Marcha hacia atrás) Igualmente, deberá efectuar la maniobra con la máxima precaución y detendrá el vehículo ---------------- si oyera avisos indicadores o se apercibiera de la proximidad de otro vehículo o de una persona o animal, o tan pronto lo exija la seguridad, desistiendo de la maniobra si fuera preciso. con toda rapidez. lentamente. lo más breve posíble. sin dilación ninguna.

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación Trabajos eventuales. NORMAS DE CIRCULACIÓN Y SEÑALIZACIÓN. Artículo 71. Artículo 72. Artículo 73. Artículo 74.

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación Trabajos eventuales. NORMAS DE CIRCULACIÓN Y SEÑALIZACIÓN. Las normas de circulación serán las establecidas en el. anexo III de este reglamento. anexo II de este reglamento. anexo I de este reglamento. anexo IV de este reglamento.

Los vehículos especiales sólo pueden utilizar las vías objeto de la legislación de tráfico para. desplazarse. realizar las tareas para las que estén destinados en función de sus características técnicas. ambas respuestas son correctas. ninguna de las respuestas son correctas.

¿podrán circular los vehículos especiales transportando carga?. Si. Si, excepto excepciones. No. No, excepto excepciones.

Denunciar Test