Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional
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Título del Test:![]() Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional Descripción: Test Examen Promocion 2023 GN SEMAR Fecha de Creación: 2023/07/31 Categoría: Otros Número Preguntas: 57
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Los que realizan los integrantes de la Institución en forma individial o colectiva, en cumplimiento de órdenes recibidas o en el desempeño y atribuciones que les compete. Actos del servicio. Deberes. Ordenes. Es el acto de mando mediante el cual es conferido al Integrante de Carrera un grado superior inmediato en el orden jerárquico dentro de la escala que fija la Ley. Ascenso. Promoción. Examen de promoción. Funcionará como un organo permanente, colegiado integrado en la Guardia Nacional, auxiliar del Secretario en aspectos relacionados con la Institución; la cual estará compuesta por representantes de las secretarias de la Defensa Nacional, de Marina y de la Secretaría. Unidad de Asuntos Internos. Consejo de Carrera. Coordinación Operativa Interinstitucional. Jefatura General de Coordinación Policial. Organo Interno de Control. Tiene por objeto optimizar las funciones a cargo de las secretarías que la integran con las demás dependencias de la Administración Pública Federal y la Institución. La Guardia Nacional. La Coordinación Operativa Interinstitucional. Unidad de Asuntos Internos. La Jefatura General de Coordinación Policial. Este tipo de personal en la Institución, que no pertenezca a la Carrera de la Guardia Nacional, se considerarán trabajadores de confianza. Auxiliares. Confianza. Temporales. de la Permanente. Administrativos. Ese personal es aquel, que específicamente desempeña funciones de carácter policial. Administrativo. Confianza. Operativo. de armas. Ese personal, es aquel que desempeña actividades de apoyo a las funciones del personal operativo. Operativo. Administrativo. Auxiliares. Confianza. Es la autoridad que un Integrante de Carrera en servicio activo, ejerce sobre sus inferiores o iguales en jerarquía, cuando éstos se encuentren subordinados a él en razón de su grado jerárquico, de su cargo o de su comisión. Mando. Superioridad. Comandante. Es el conjunto de circunstancias o condiciones por las cuales, para cumplir con un deber legal y satisfacer el interés público, se justifica disponer en cualquier momento de recursos humanos, materiales y financieros con la finalidad de cumplir de manera oportuna, contundente, eficaz y eficiente los objetivos de la institución. Actos del servicio. Necesidades del servicio. Espiritu de cuerpo. Actuación pública. Serán ejercidos por el Comandante y los Coordinadores Territoriales, Estatales y de Unidad. Las Comandancias. Mandos operativos. Las Jefaturas. Mando operativos subordinados. Estos se considerarán Mandos Operativos Subordinados. Los titulares de las Coordinaciones de Unidad de nivel compañia, sección, pelotón y escuadra. Aquellos que tengan al cargo a subordinados en el ejercicio de sus funciones. Los superiores jerárquicos que tengan mandos operativos en las direrentes unidades nivel batallón. Lo ejerce quien cuenta con nombramiento para desempeñar el cargo o comisión. Titular. Interino. Suplente. Incidental. Es ejercido por quien es designado con ese carácter por la superioridad correspondiente en tanto se nombra al Titular. Interino. Suplente. Titular. Incidental. El que se ejerce por ausencia temporal del Titular o Interino, en caso de enfermedad, impedimento, licencias, vacaciones, comisiones fuera de su adscripción u otros motivos. Suplente. Interino. Incidental. Titular. El que se desempeña en casos imprevistos por ausencia momentánea del Titular o de quien ejerza el mando. Incidental. Titular. Interino. Suplente. Su titular será nombrado por el Presidente, contará con autonomía de gestión y tendrá atribuciones que determine el Reglamento. Unidad de Asuntos Internos. Órgano Interno de Control. Consejo de Comisarios. Jefatura General de Coordinación Policial. Es el órgano técnico operativo, colaborador inmediato del Comandante, a quien auxilia en la concepción, planeacion y conducción de las atribuciones policiales, para transformar sus desiciones en órdenes, e instrucciones y verificar su cumplimiento. Órgano Interno de Control. Jefatura General de Coordinación Policial. Comandancia. Unidad de Asuntos Internos. Contará con unidades de apoyo necesarias, incluidas una Ayudantía y un Enlace Jurídico, para el desarrollo de sus funciones, mismas que se organizarán y funcionarán de acuerdo con las disposiciones administrativas que emita el propio Comandante. Mando operativo. Secretario. El Comandante. El Titular de la Jefatura General de Coordinación Policial. se integra por personal de carrera policial,especialistas, ayudantía, analistas, auxiliares y cualquier otro que sea necesario para su correctofuncionamiento. La Jefatura General de Coordinación Policial. La Comandancia. La Coordinación Territorial. La Guardia Nacional. Auxiliar al Comandante en las funciones que éste le asigne, para organizar, equipar, educar, adiestrar, capacitar, administrar y desarrollar al personal de la Institución;. Atribuciones de la Coordinación de Administración y Finanzas. Atribuciones de la Jefatura General de Coordinación Policial. Atribuciones de la Coordinación Territorial. Tiene como atribución analizar, proponer e instrumentar los sistemas, políticas y procedimientos necesarios que permitan garantizar la seguridad, integridad, confidencialidad y disponibilidad de la información contenida en las bases de datos de la Institución. La Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones. La Dirección General de Inteligencia. La Dirección General de Investigación. Tiene como atribución participar en la investigación del delito, en la detención de personas y en el aseguramiento de bienes que las autoridades competentes consideren se encuentren relacionados con los hechos delictivos. La Unidad de Órganos Especializados por Competencia. La Guardia Nacional. La Dirección General de Inteligencia. La Dirección General de Investigación. Tiene como atribución diseñar, dirigir y operar los sistemas de recopilación, clasificación, registro y explotación de información policial, para integrar bancos de datos que sustenten el desarrollo de acciones contra la delincuencia;. La Dirección General de Investigación. La Dirección General de Inteligencia. La Unidad de Órganos Especializados por Competencia. Tiene como atribución combatir la producción, tenencia, tráfico y otros actos relacionados con estupefacientes y psicotrópicos, para la prevención de delitos contra la salud, así como los derivados de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, falsificación y alteración de moneda, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;. La Dirección General Antidrogas. Dirección General de Inteligencia. Dirección General de Seguridad en Carreteras e Instalaciones. TIene como atribución acordar con el Secretario el despacho de los asuntos relevantes de su competencia. La Unidad de Asuntos Internos. El Órgano Interno de Control. Comandante. Le corresponde organizar, coordinar y emplear los servicios técnicos que la integran, relacionados con necesidades de comunicaciones, información, salud, medios de transporte, control del armamento, alimentación, equipo y porte del personal, entre otros. A la Compañía de Servicios. La Jefatura de Coordinación Policial de Batallón. Al Comandante. Le corresponde organizar, coordinar y emplear los servicios especializados que la integran, en las áreas de análisis criminológico, investigación, plataformas de investigación criminal, seguridad de la información y análisis político, económico, social de la Coordinación de Unidad de Nivel Batallón. A la Compañía de Servicios Especializados. El Titular de la Jefatura de Coordinación Policial de Batallón. A la Compañía de Servicios. Estará a cargo de un titular, quien en ejercicio de sus facultades se auxiliará de los titulares de las áreas de responsabilidades, de quejas y auditoría, así como demás personal adscrito a dicha unidad administrativa, quienes dependerán jerárquica, funcional y presupuestalmente de la Secretaría de la Función Pública. El Órgano Interno de Control en la Institución. La Unidad de Asuntos Internos. La Comandancia de la Guardia Nacional. La Jefatura General de Coordinación Policial. Quienes estén realizando el curso básico de formación policial. Cadetes. Alumnos. Integrantes de Carrera. Cursantes. Los que estén realizando el curso de capacitación o profesionalización policial. Alumnos. Cadetes. Integrantes de Carrera. Cursantes. Es el proceso permanente y progresivo de formación que se integra por las etapas de formación inicial, actualización, promoción y especialización, para desarrollar al máximo las competencias, capacidades y habilidades de los integrantes. La profesionalización. Carrera de la Guardia Nacional. La edad máxima para la conclusión del servicio del Integrante de Carrera de Escala Básica, es la siguiente: 45. 50. 52. 55. La edad máxima para la conclusión del servicio del Integrante de Carrera de Comisario General, es la siguiente: 60. 68. 62. 65. Es el acto mediante el cual se otorga a los Integrantes de Carrera el grado inmediato superior al que ostenten, dentro del orden jerárquico previsto en la Ley. La promoción. Ascenso. Ceremonia de ascenso. Tiene por finalidad cubrir las vacantes que ocurran en la estructura orgánicade la Institución, con Integrantes de Carrera que sean aptos y preparados para el desempeño del grado inmediato superior y, asimismo, estimular a aquéllos que se encuentren comprendidos en los casos previstos en el artículo 104 del Reglamento. Ascenso. Promoción. Grados jerárquico. La promoción a los grados jerárquicos de los Comisarios, es facultad exclusiva del _________, quien la ejercerá con arreglo a las disposiciones del Reglamento. Secretario. Comandante de la Guardia Nacional. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Es el gafete o insignia que se otorga al integrante por acciones sobresalientes o de relevancia, no consideradas para el otorgamiento de condecoraciones. La mención honorífica. El distintivo. La citación. La Recompensa. Es la divisa o insignia con que la Institución reconoce al integrante que se destaque por actuación sobresaliente en el cumplimiento del servicio, disciplina o desempeño académico. La mención honorífica. El distintivo. La citación. La Recompensa. Consiste en el reconocimiento verbal y escrito al integrante, por haber realizado un hecho relevante, pero que no amerite o esté considerado para el otorgamiento de los estímulos de condecoración, mención honorífica y distinción. La mención honorífica. El distintivo. La citación. La Recompensa. Es un reconocimiento de carácter económico, que se otorga, conforme a las disposiciones aplicables, para alentar e incentivar la conducta de los integrantes a propuesta de su superior jerárquico y estará sujeta a la suficiencia presupuestaria. La mención honorífica. El distintivo. Estimulo económico. La Recompensa. Es el proceso de verificación periódica de la prestación del servicio de los integrantes, que permite medir el apego de los mismos a los principios constitucionales, a la disciplina, así como su contribución a los objetivos institucionales, a fin de identificar áreas de oportunidad y diseñar e implementar estrategias de desarrollo policial. Evaluación periodica. Evaluacion del desempeño. Proceso de evaluación de carrera. Es el conjunto de conocimientos, ideas, opiniones, principios y valores que orientan la función policial y la perfeccionan, por lo que se reflejará en todos los actos de servicio que realizan los integrantes, garantizando con ello el derecho humano a la seguridad pública y la conformación del espíritu de cuerpo. La Doctrina Policial de la Institución. Servicio a la sociedad. Responsabilidad de servicio. Es la terminación de su nombramiento o la cesación de sus efectos legales de conformidad con lo establecido en la Ley. La baja de los Integrantes. La conclusión de los Integrantes. La remoción del servicio. Constituye un trámite de naturaleza administrativa, sin que sea necesaria manifestación alguna o pronunciamiento del Consejo de Carrera, para que surta sus efectos plenos, dada la naturaleza de los documentos que lo generan. La baja. La remoción. La suspensión. Deberá solicitarse por escrito del integrante, anexando las constancias médicas que acrediten el padecimiento y la necesidad de que se separe temporalmente de sus actividades. Licencia ilimitada. Licencia ordinaria. Licencia extraordinaria. Licencia limitada. Como integrante en funciones también se considera al que se encuentre: ______________ en espera de órdenes para que se le asigne función, cargo o comisión. A disposición. Disponible. En situación especial. Como integrante en funciones también se considera al que se encuentre: ______________ que presta servicios de la Institución en el extranjero o se encuentre realizando estudios en instituciones nacionales o extranjeras. A disposición. Disponible. En situación especial. Consiste en el confinamiento en espacios especiales y tendrá una duración máxima de treinta y seis horas. En el caso de los Comisarios, será de hasta veinticuatro horas. El arresto. La amonestación. El correctivo disciplinario. La restricción. Este tendrá una duración máxima de quince días. El arresto. La amonestación. El correctivo disciplinario. La restricción. Es el acto por el cual se advierte al Integrante de Carrera sobre la acción u omisión indebida que cometió en el desempeño de sus funciones. Mediante ella se informa al Integrante de Carrera las consecuencias de su infracción y se le exhorta a que enmiende su conducta para no incurrir en una nueva infracción, apercibido de que, en caso contrario, se hará acreedor a una sanción mayor. La aplicación de esta sanción se hará en público o en privado. El arresto. La amonestación. El correctivo disciplinario. La restricción. Se hará frente a Integrantes de Carrera de la unidad a la que se encuentre adscrito el infractor, quienes deberán ostentar el mismo o mayor grado, cargo o comisión que el sancionado. Nunca se amonestará a un infractor en presencia de subordinados en categoría jerárquica, cargo o comisión. La amonestación pública. La amonestación privada. Es la terminación de la relación administrativa entre la Institución y el infractor, sin responsabilidad para aquélla, por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones o incumplimiento de sus deberes, de conformidad con las disposiciones relativas al régimen disciplinario. Remoción. Baja. Conclusión. Deberán integrarse con personal de la Institución, con experiencia profesional en la conservación de la disciplina, fundada en los principios de obediencia, justicia, ética y un alto sentido del honor. La integración y los cambios del personal de este, deberán comunicarse a los Integrantes de Carrera. Consejos de Carrera. Consejos de Disciplina. Órgano interno de control. Unidad de Asuntos Internos. Conocer, resolver y sancionar las faltas en contra de la disciplina de la Institución, en que incurran los Integrantes de Carrera de la escala jerárquica de Comisarios en cualquier situación en que se encuentren, los Inspectores con mando operativo y los miembros del Consejo de Honor Superior;. Consejo de Comisarios. Atribuciones de Comandante. Será el medio de impugnación que los Integrantes de Carrera podrán interponer para combatir una resolución emitida por un Consejo de Disciplina. El recurso de inconformidad. El recurso de queja. El plazo para interponer el recurso de inconformidad será de _______________ contados a partir del día siguiente de la notificación de la resolución que se impugna. Transcurrido este plazo sin que se haya interpuesto inconformidad alguna, el Consejo de Disciplina que dictó la resolución, emitirá un acuerdo en el que se haga constar que ha fenecido el término para inconformarse, mismo que se le comunicará al Compareciente. quince días naturales. un mes. quince días habiles. Se entiende la actuación de agentes policiales, que ocultando su verdadera identidad, tengan como fin infiltrarse en el medio criminógeno para recopilar, analizar y aplicar la información obtenida para la prevención y, en su caso, bajo la conducción y mando del Ministerio Público, para el combate al delito. Operación incubierta. Usuarios simulados. |