RITE Parte 2 IT 4. Test 01
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Título del Test:![]() RITE Parte 2 IT 4. Test 01 Descripción: RITE P2 IT 4. INSPECCIÓN Test 01 Fecha de Creación: 2020/10/21 Categoría: Otros Número Preguntas: 34
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¿Qué instrucción técnica del RITE establece las exigencias técnicas y procedimientos a seguir en las inspecciones a efectuar en las instalaciones térmicas?. La IT 1. La IT 2. La IT 3. La IT 4. La IT.4 - Inspección -: Establece las exigencias técnicas y procedimientos a seguir en las inspecciones a efectuar en las instalaciones térmicas objeto del RITE. Contiene las exigencias que deben cumplir las instalaciones térmicas con el fin de asegurar que su funcionamiento, a lo largo de su vida útil, se realice con la máxima eficiencia energética. Tiene por objeto establecer el procedimiento a seguir para efectuar las pruebas de puesta en servicio de una instalación. Recoge los parámetros que definen el bienestar térmico, acústico e higiénico en las zonas ocupadas para el adecuado diseño de las instalaciones térmicas. En la IT.4, Inspecciones periódicas de eficiencia energética, ¿A partir de qué potencia será inspeccionado periódicamente un generador de calor?: 10 kW. 12 kW, excluyendo los sistemas destinados únicamente a la producción de agua caliente sanitaria de hasta 12 kW de potencia útil nominal. 20 kW, excluyendo los sistemas destinados únicamente a la producción de agua caliente sanitaria de hasta 20 kW de potencia útil nominal. 70 kW, excluyendo los sistemas destinados únicamente a la producción de agua caliente sanitaria de hasta 70 kW de potencia útil nominal. Según el RITE, estarán sometidos a inspecciones periódicas de eficiencia energética los sistemas de calefacción y ACS cuyo generador de calor posea una potencia útil nominal instalada: Igual o mayor que 15 kW. Mayor a 70kW. Igual o mayor que 70 kW. Igual o mayor que 25 kW. Según el RITE, Los generadores de calor. hasta 70kW no requieren inspección periódica. De potencia superior a 70kW con combustible gaseoso o renovable se inspeccionarán cada 5 años. De potencia superior a 70kW se inspeccionarán cada 2 años. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Cada cuanto tiempo se realizará la evaluación del dimensionado del generador de calor. Para potencia útil de 20kW hasta 70kW cada 5 años. Para potencia útil nominal superior a 70kW cada 2 años. No tendrá que repetirse a no ser que se haya realizado algún cambio en el sistema o demanda térmica del edificio. Ninguna de las anteriores. Según el RITE, IT 4., En la inspección de eficiencia energética de un generador. El rendimiento del generador de calor no será inferior en 2 unidades con respecto al determinado en la puesta en servicio. El rendimiento a potencia útil nominal tendrá un valor no inferior al 80 por ciento. El rendimiento del generador de calor no será inferior al determinado en Ia puesta en servicio. El rendimiento del generador de calor no será inferior en 5 unidades con respecto al determinado en la puesta en servicio. Según el RITE, IT 4., En la inspección de eficiencia energética de un generador. El rendimiento del generador de calor no será inferior en 2 unidades con respecto al determinado en la puesta en servicio. El rendimiento a potencia útil nominal tendrá un valor no inferior al 80 por ciento. El rendimiento del generador de calor no será inferior al determinado en la puesta en servicio. El rendimiento a potencia útil nominal tendrá un valor no inferior al 75 por ciento. Cada cuanto tiempo se realizará la evaluación del dimensionado del generador de calor. Para potencia útil de 20kW hasta 70kW cada 5 años. Para potencia útil nominal superior a 70kW cada año. No tendrá que repetirse a no ser que se haya realizado algún cambio en el sistema o demanda térmica del edificio. Ninguna de las anteriores. La inspección de los sistemas de calefacción y ACS. Comprenderá el análisis y evaluación de su rendimiento, inspección de las bombas de circulación, sistema de distribución, aislamiento, sistema de regulación y control, sistema de evacuación de gases, verificación del correcto funcionamiento del quemador, verificación de la aportación de ACS y calefacción en instalaciones con energías renovables y cogeneración, y para instalaciones de más de 70kW verificación. Para potencias demás de 20 kw hasta 70 kw será como mínimo cada 5 años, para combustibles gaseosos, renovables a otros. Cuando la instalación térmica de calor o frío tenga más de quince años de antigüedad, contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación, y la potencia térmica nominal instalada sea mayor que 70 kW. Todas las anteriores son correctas. Según la IT.4 - Inspección -, un sistema de aire acondicionado debe ser inspeccionado periódicamente ¿A partir de qué potencia útil nominal instalada de su generador de frío?. 5 kW. 70 kW. Siempre, con la periodicidad que establezca la Comunidad Autónoma, en función de su antigüedad y de que su potencia útil nominal sea mayor de 70 kW o menor o igual a 70 kW. 20 kW. Según la IT.4 - Inspección -, dentro de la inspección del sistema de calefacción y agua caliente sanitaria se analizará y evaluará el rendimiento y dimensionado del generador de calor en comparación con la demanda térmica a satisfacer por la instalación. En esos casos, en las inspecciones periódicas de la eficiencia energética el rendimiento a potencia útil nominal tendrá un valor no inferior al: 75 por ciento. 80 por ciento. 85 por ciento. 90 por ciento. Indicar el valor mínimo del Coeficiente de Eficiencia Frigorífica (EER) que deben de disponer los generadores en las inspecciones periódicas de eficiencia energética: 1. 2. 3. 4. ¿En las inspecciones periódicas de la eficiencia energética el Coeficiente de Eficiencia Frigorífica (EER) tendrá un valor?. Igual o inferior a 2. No superior a 2. No inferior a 2. Ninguna de las respuestas correcta. Según la IT.4 - Inspección -, dentro de la inspección de los sistemas de las instalaciones de aire acondicionado y ventilación se analizará y evaluará el rendimiento y dimensionado del generador de frío en comparación con la demanda de refrigeración a satisfacer por la instalación. En estos casos en las inspecciones periódicas de la eficiencia energética el coeficiente de la eficiencia frigorífica (EEF) tendrá un valor no inferior a: 1. 2. 3. 4. En las inspecciones periódicas de la eficiencia energética de los sistemas de aire acondicionado, el Coeficiente de Eficiencia Frigorífica tendrá un valor: 2 o más. No superior a dos. No es necesario medirlo. Según la maquina frigorífica. La inspección de un generador de frio. Comprenderá el análisis y evaluación de su rendimiento, inspección de las bombas de circulación, sistema de distribución, emisores, sistemas de regulación, ventiladores, sistemas de distribución de aire, verificación de la aportación de las energías renovables y cogeneración si existen, y para instalaciones de más de 70 kw verificación del programa de gestión energética. Se realizará periódicamente para generadores de frió de potencia térmica instantánea mayor que 10 kw. Potencias de más de 70 kw será como mínimo cada 4 años. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Según el RITE los generadores de frío. Serán inspeccionados periódicamente de acuerdo con el calendario que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma en función de su potencia térmica nominal. Serán inspeccionados periódicamente los generadores de potencia térmica instantánea mayor que 12kW, de acuerdo con el calendario que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Serán inspeccionados periódicamente los generadores de potencia térmica mayor a 70kW. Serán inspeccionados los generadores de potencia térmica mayor que 12kW. En la inspección de una instalación térmica de más 70 kW en frio se elabora un dictamen pare asesorar al titular de la instalación. Anualmente. No es necesario. Cuando la instalación tenga más de quince años de antigüedad. A partir del quinto año de antigüedad. La inspección completa de la instalación, comprenderá. Inspección de todo el sistema relacionado con la exigencia de gestión energética; inspección del registro oficial de las operaciones de mantenimiento y elaboración de un dictamen con el fin de asesorar al titular de la instalación. Inspección de todo el sistema relacionado con la exigencia de eficiencia energética; inspección del registro oficial de las operaciones de mantenimiento y elaboración de un dictamen con el fin de asesorar al titular de la instalación. Inspección del generador de calor o frío inspección del registro oficial de las operaciones de mantenimiento y elaboración de un dictamen con el fin de asesorar al titular de la instalación. Todas las respuestas anteriores son correctas. Nos corresponde realizar la inspección de eficiencia energética de la instalación térmica completa, a la que viene obligada por la IT 4.2.3 del Real Decreto 1027/2007, una vez que la instalación haya superado: Los cuatro años de antigüedad. Los diez años de antigüedad. Los quince años de antigüedad. Los veinte años de antigüedad. Los generadores de calor que posean una potencia térmica nominal instalada mayor que 70 kW, ¿La inspección de eficiencia energética serán realizadas?: Cada 2 años. Cada 3 años. Cada 4 años. Cada 5 años. ¿Cuándo debe realizarse la inspección completa de la instalación térmica?. A los 15 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación. A los 15 años contados a partir de la entrada en vigor del RITE 2007. A los 5 años contados a partir de la entrada en vigor del RITE 2007. A los 5 años contados a partir de la emisión del primer certificado de la instalación. Según la IT 4.3, la Inspección de la instalación térmica completa de una instalación de frio o calor Pn≥70kW: Se realizará a los 15 años del primer certificado de la instalación. Se realizará a los 4 años de la puesta en servicio. Con la periodicidad establecida en el programa de mantenimiento preventivo. Ninguna de las respuestas correctas. El RITE en su Instrucción técnica IT4., en relación con la periodicidad de las inspecciones; Los generadores de frío de potencia térmica útil nominal mayor a 70 kW, ¿Deben ser inspeccionados?. periódicamente, de acuerdo con lo que establece la Instrucción del órgano competente. periódicamente, de acuerdo con lo que establece el órgano competente de la Comunidad Autónoma. La inspección de eficiencia energética periódicamente cada 4 años y la inspección de la instalación térmica completa cada 15 años. Ninguna de las respuestas correctas. El RITE en su Instrucción Técnica IT4., en realización con las inspecciones periódicas; La primera inspección de la instalación térmica de calor o frío completa se realizará cuando hayan pasado desde la fecha de emisión del primer certificado de la instalación: 10 años. 5 años. 5, 4 y 2 años dependiendo del combustible utilizado. 15 años. El RITE en su Instrucción Técnica IT4., en relación con la periodicidad de las inspecciones de eficiencia energética y para los generadores de calor, ¿Cada cuantos años se inspeccionarán los de potencia térmica nominal de 500 kW?. 15 años. 14 años. 12 años. 10 años. De acuerdo a la IT.4 - Inspección -, ¿Cuándo se realizará la inspección de la instalación térmica completa?. Cuando tenga más de 10 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea mayor que 20 kW. Cuando tenga más de 10 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea mayor que 70 kW. Cuando tenga más de 15 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea mayor que 12 kW. Cuando tenga más de 15 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea mayor que 70 kW. En la IT.4., Inspecciones periódicas de eficiencia energética, ¿Cuándo se realizará la inspección de la instalación térmica completa?: Cuando tenga más de 15 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea igual o mayor que 20 kW en calor o 12 kW en frío. Cuando tenga más de 10 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea mayor que 12 kW en calor o 20 kW en frío. Cuando tenga más de 15 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea mayor que 12 kW en calor o 20 kW en frío. Cuando tenga más de 15 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea mayor que 70 kW. ¿Cuando se realizara la inspección completa de la instalación térmica completa?. A los quince años de antigüedad contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación. A los quince años de antigüedad contados a partir de la fecha de la puesta en marcha. Periódicamente cuando la potencia térmica nominal instalada sea mayor que 12 kw en calor o 20 kw en frió. A los diez años de antigüedad contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación. La inspección completa de la instalación comprenderá: Inspección de todo el sistema relacionado con la exigencia de gestión energética, inspección del registro oficial de las operaciones de mantenimiento y elaboración de un dictamen con el fin de asesorar al titular de la instalación. Inspección de todo el sistema relacionado con la exigencia de eficiencia energética, inspección del registro oficial de las operaciones de mantenimiento y elaboración de un dictamen con el fin de asesorar al titular de la instalación. Inspección del generador de calor o frio, inspección del registro oficial de las operaciones de mantenimiento y elaboración de un dictamen con el fin de asesorar al titular de la instalación. Todas las respuestas anteriores son correctas. En la IT.4., Inspecciones periódicas de eficiencia energética, ¿Cuándo se realizará la inspección de la instalación térmica completa?. Cuando tenga más de 15 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea igual o mayor que 50 kw. Cuando tenga más de 10 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea mayor que mayor que 70 kw. Cuando tenga más de 15 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea mayor que 12 kw en calor o 10 kw en frió. Cuando tenga más de 15 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación y la potencia térmica nominal instalada sea mayor que 70 kw. La primera inspección de la instalación térmica de calor o frio complete se realizará cuando hayan pasado desde fecha de emisión del primer certificado de la instalación: 10 años. 5 años. 4 y 2 años dependiendo del combustible utilizado. 15 años. ¿Cuándo debe realizarse la inspección completa de la instalación térmica?. A los 15 años contados a partir de la fecha de emisión del primer certificado de la instalación. A los 15 años contados a partir de la entrada en vigor del RITE 2007. A los 5 años contados a partir de la entrada en vigor del RITE 2007. A los 5 años contados a partir de la emisión del primer certificado de la instalación. |