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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Sucina 14º

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Título del Test:
Sucina 14º

Descripción:
Estidiar DO

Autor:
Santiago
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Fecha de Creación: 18/01/2025

Categoría: Fans

Número Preguntas: 13
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Temario:
Prejuicio es: Un juicio a priori o previo hacia una persona o un grupo, por lo general, desfavorable, que se emite sin fundamento, sin conocer a dicha persona o grupo Generalizaciones o imágenes mentales simplificadas que recaen sobre los miembros de un grupo, cuando se asume que todos los individuos que lo componen tienen las mismas características Trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc Ninguna definición se ajusta al concepto.
Estereotipo es: Un juicio a priori o previo hacia una persona o un grupo, por lo general, desfavorable, que se emite sin fundamento, sin conocer a dicha persona o grupo Generalizaciones o imágenes mentales simplificadas que recaen sobre los miembros de un grupo, cuando se asume que todos los individuos que lo componen tienen las mismas características Trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc Ninguna definición se ajusta al concepto.
Discriminación indirecta es: Cuando una persona es, ha sido o pudiera ser tratada de manera menos favorable que otra en situación análoga por alguno de los motivos protegidos Cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutra, ocasiona o puede ocasionar a una o varias personas una desventaja particular con respecto a otras por algún motivo de discriminación, a no ser que dicha disposición, criterio o práctica pueda justificarse objetivamente con una finalidad legítima Cuando se discrimina a una persona o grupo basándose en su relación o sus contactos con una o más personas sobre las que recae una discriminación por alguno de los motivos protegidos enumerados en la legislación vigente Cuando se basa en una apreciación equivocada de la persona discriminada por el hecho de asociarla a determinadas características.
Discriminación por asociación: Cuando una persona es, ha sido o pudiera ser tratada de manera menos favorable que otra en situación análoga por alguno de los motivos protegidos Cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutra, ocasiona o puede ocasionar a una o varias personas una desventaja particular con respecto a otras por algún motivo de discriminación, a no ser que dicha disposición, criterio o práctica pueda justificarse objetivamente con una finalidad legítima Cuando se discrimina a una persona o grupo basándose en su relación o sus contactos con una o más personas sobre las que recae una discriminación por alguno de los motivos protegidos enumerados en la legislación vigente Cuando se basa en una apreciación equivocada de la persona discriminada por el hecho de asociarla a determinadas características.
Xenofobia es: Es una ideología de superioridad Es un sentimiento de rechazo por considerar inferiores a otras personas Es el odio al extranjero, al diferente Es sinónimo de racismo.
Aporofobia: Se trata del desprecio a los pobres, la fobia, la aversión o el rechazo u odio al pobre, al sin techo, a las personas sin hogar Es, jurídicamente hablando, un delito de odio del art. 510.2 de C.P Solo se aplica a hombres, no a mujeres Todas son ciertas.
Un juicio a priori o previo hacia una persona, por lo general, desfavorable, que se emite sin fundamento y sin conocer a dicha persona, es un: Prejuicio Estereotipo Disfobia Ninguna definición se ajusta al concepto.
¿Qué entendemos cómo estereotipo? Esta palabra se utiliza para referirse a generalizaciones o imágenes mentales simplificadas que recaen sobre los miembros de un grupo, cuando se asume que todos los individuos que lo componen tienen las mismas características Un juicio a priori o previo hacia una persona, por lo general, desfavorable, que se emite sin fundamento y sin conocer a dicha persona Trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc Todas las respuestas son correctas.
Cuando se discrimina a una persona o grupo basándose en su relación o sus contactos con una o más personas sobre las que recae una discriminación por alguno de los motivos protegidos enumerados en la legislación vigente, estamos hablando de un tipo de discriminación. ¿Podría indicar de cuál se trata? Discriminación directa Discriminación por error Discriminación por asociación Acoso discriminatorio.
La circunstancia genérica agravante de motivos discriminatorios se recoge en el artículo del C.P: 22.2 22.4 22.6 171.2.
Discurso de odio punible se recoge en el artículo: 314 C.P 170.2 C. P 510 C.P 173.1 C. P.
El delito de odio del 510.2: El bien jurídico protegido es la dignidad Es un delito de riesgo abstracto Los sujetos pasivos son exclusivamente personas migrantes El delito de odio no viene recogido en el art. 510.2 C. P.
Si hablamos de los indicadores de odio, también denominados de “polarización radical”, se pueden agrupar en tres grandes grupos: La víctima, el autor y contexto Únicamente víctima y el autor Víctima, autor, colectivo, elementos diferenciadores Todas las respuestas anteriores son incorrectas.
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