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Tema 1 Escala Básica Policía Nacional

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Título del Test:
Tema 1 Escala Básica Policía Nacional

Descripción:
El Derecho

Fecha de Creación: 2018/07/23

Categoría: Otros

Número Preguntas: 33

Valoración:(26)
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Temario:

¿Cuáles son las fuentes que encierran en sí una norma?. Fuentes materiales. Fuentes directas. Fuentes formales.

Las Cortes Generales con poder legislativo es un tipo de fuente: Primaria. Secundaria. Subsidiaria.

La Costumbre es una clase de fuente: Directa Primaria. Directa Secundaria. Directa Subsidiaria.

Los Tratados Internacionales son una clase de fuente: Directa primaria. Indirecta. Indirecta subsidiaria.

Un reglamento de las Comisiones Delegadas del Gobierno es una clase de fuente: Directa primaria. Directa secundaria. Indirecta.

Una vez que unos padres realizan una adopción, ¿cuándo expira el plazo para atribuir al hijo la vecindad civil de cualquiera de ambos progenitores?. A los 3 meses. A los 6 meses. Al año.

¿Puede un hijo que cumpla 14 años emanciparse y poder optar por la vecindad civil?. Sí, hasta que transcurra 6 meses después de su emancipación. Sí, hasta que transcurra un año después de su emancipación. Sí, primero tiene que emanciparse y después optar a la vecindad civil.

Para adquirir la vecindad civil por motivos de residencia se tienen que cumplir los siguientes requisitos: Residir de forma continuada durante dos años, siempre que el interesado manifieste esa su voluntad o por residencia continuada de nueve años, sin declaración en contrario durante ese plazo. Ambas decalraciones se harán constar en el Registro Civil y no necesitan ser reiteradas. Residir de forma continuada durante dos años, siempre que el interesado manifieste esa su voluntad o por residencia continuada de diez años, sin declaración en contrario durante ese plazo. Ambas decalraciones se harán constar en el Registro Civil y necesitan ser reiteradas. Residir de forma continuada durante dos años, siempre que el interesado manifieste esa su voluntad o por residencia continuada de diez años, sin declaración en contrario durante ese plazo. Ambas decalraciones se harán constar en el Registro Civil y no necesitan ser reiteradas.

En caso de duda prevalecerá la vecindad civil que corresponda al: Lugar de residencia. Lugar de nacimiento. La última vecindad de cualquiera de sus progenitores o adoptantes.

El extranjero que adquiera la nacionalidad española deberá optar, al inscribir la adquisición de la nacionalidad, por cualquiera de las vecindades siguientes: La del lugar de residencia, la vecindad de sus progenitores o adoptantes o la del cónyuge. La del lugar de residencia, el lugar de nacimiento, la última vecindad de sus progenitores o adoptantes, o la del cónyuge. La del lugar de residencia, la vecindad de sus progenitores o adoptantes, la del cónyuge o la de su elección.

Una ciudadana extranjera casada desde hace 18 meses con funcionario diplomático español acreditado en el país de origen de ella, ¿puede solicitar la nacionalidad española?. No, debe residir de forma continuada en territorio español durante diez años. No, pues aunque esté casada con español, el lugar de residencia no es España. Si, al llevar más de un año casada, y a todos los efectos se considera residencia legal en España.

La filiación o el nacimiento en España, cuya determinación se produzca depués de los dieciocho años de edad: No son por sí solos causa de adquisición de la nacionalidad española. El interesado tiene derecho a optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a contar desde aquella determinación. No son por sí solos causa de adquisición de la nacionalidad española. El interesado tiene derecho a optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de un año a contar desde aquella determinación. Sí es causa de adquisición y automáticamente será ciudadano español de origen.

¿Puede un menor de edad optar a la vecindad civil?. Sí, si se ha emancipado y ha cumplido catorce años. No, salvo que se haya emancipado y haya cumplido los doce años. No, salvo que se haya emancipado y haya cumplido los trece años y sea asistido por su representante legal.

Si al nacer un hijo o ser adoptado, los padres tuvieren distinta vecindad civil ¿cuál es la vecindad civil que le corresponde al hijo?. La de aquél de los dos respecto del cual la filiación haya sido determinada antes. La última vecindad de cualquier de sus progenitores. La de aquél de los dos respecto del cual haya sido fijada por el lugar de residencia.

Al margen de otros requisitos formales que exige la ley, la emancipación por concesión de los que ejerzan la patria potestad, requiere: Que el menor tenga 16 años cumplidos y que la consienta. Que el menor tenga menos de 18 años cumplidos y que la consientan sus padres. Es independiente la edad del menor si se cumplen los trámites formales.

¿Cuándo caducan las concesiones por carta de naturaleza o por residencia?: A los ciento ochenta días siguientes a su notificación, si en este plazo no comparece el interesado ante funcionario competente para cumplir los requisitos establecidos en el artículo 23 del Código Civil. A los noventa días siguientes a su notificación, si en este plazo no comparece el interesado ante funcionario competente para cumplir los requisitos establecidos en el artículo 23 del Código Civil. A los treinta días siguientes a su notificación, si en este plazo no comparece el interesado ante funcionario competente para cumplir los requisitos establecidos en el artículo 23 del Código Civil.

Para los que hayan obtenido la condición de refugiado, pueden obtener la nacionalidad española por: Residir legalmente durante cinco años continuados e inmediatamente anterior a la petición. Residir legalmente durante tres años continuados e inmediatamente anterior a la petición. Residir legalmente durante seis años continuados e inmediatamente anterior a la petición.

En cuanto a la protección que el Código Civil ejerce sobre el nasciturus, podemos decir que: Equipara al concebido con el nacido a todos los efectos, pues se evita el desamparo. La protección se produce a partir del nacimiento, que es el momento en el que el sujeto tiene capacidad de obrar. Solo se equipara al concebido con el nacido cuando ello le sea favorable.

Aquellas normas en las que el supuesto de hecho o la consecuencia jurídica son flexibles: Normas elásticas. Normas comunes. Normas supletorias.

Fuerza obligatoria que el Estado, Comunidad Autónoma o Ente Local legítimamente garantiza para imponer, en defecto del cumplimiento voluntario, las sanciones previstas por la norma para el caso de incumplimiento. Imperatividad. Coercibilidad. Legitimidad.

Los reglamentos que se limitan a desarrollar los preceptos previamente sentados en una ley formal se denominan: Ejecutivos. Independientes. De necesidad.

Se puede contraer matrimonio: Desde los catorce años. Desde los dieciséis años. Desde los dieciocho años.

Se puede hacer testamento y testificar: A partir de los catorce años. A partir de los dieciséis años. A partir de los dieciocho años.

Pueden adquirir y poseer bienes de todas clases, así como contraer obligaciones y ejercitar acciones civiles o criminales, conforme a las leyes y reglas de su constitución: Las personas jurídicas. Las personas físicas. Las personas jurídicas y físicas.

Los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada: Se presumen nacidos en territorio español los menores de edad cuyo primer lugar conocido de estancia sea territorio español. Deberá residir legalmente en España durante diez años continuados para solicitar la nacionalidad. No podrán adquirir, en su caso, la nacionalidad española, sin previa habilitación concedida discrecionalmente por el Gobierno.

Los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla: Antes de 3 años desde la adquisición de la nacionalidad donde residen. No se pierde la nacionalidad. A los 3 años desde su mayoría de edad o emancipación.

El nacido en un barco de la armada española, de madre apátrida: Tiene la condición de español de origen. Podrá adquirir la nacionalidad española por residencia al año. Requerirá residencia de diez años para optar a la nacionalidad española.

Procede la declaración de fallecimiento de una persona física: Transcurridos cinco años desde las últimas noticias habidas del ausente. Cumplidos dos años, desde la expiración del año natural, de un riesgo inminente de muerte por causa de violencia contra la vida, en que una persona se hubiera encontrado sin haberse tenido con posterioridad noticias suyas. Cumplidos tres meses, contado de fecha a fecha, en caso de siniestro sin haberse tenido noticias suyas.

Si el adoptado es mayor de 18 años, podrá optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de: 1 año. 2 años. 6 meses.

La filiación o el nacimiento en España, cuya determinación se produzca después de los 18 años de edad, ¿son por sí solos causa de adquisición de la nacionalidad española?. No, el interesado tiene entonces derecho a optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de 2 años a contar desde aquella determinación. No, el interesado tiene entonces derecho a optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de 1 años a contar desde aquella determinación. Sí, el interesado recibe automáticamente la nacionalidad española de origen sin tener que solicitar la determinación.

Cuando se adquiere la nacionalidad española por carta de naturaleza: Es otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales. Es otorgada expresamente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales. Es otorgada expresamente mediante Orden Ministerial, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales.

El tiempo de duración de la residencia para obtener la nacionalidad española será, como regla general: De 10 años. De 5 años. De 8 años.

Pierden la nacionalidad española: En todo caso, los españoles emancipados que renuncien expresamente a ella, si tienen otra nacionalidad y residen habitualmente en el extranjero. Con la adquisición de la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. Cuando declaran su voluntad de conservarla ente el encargado del Registro Civil en el plazo de 3 años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación aunque las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo.

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