TEMA 19 - 8
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Título del Test:![]() TEMA 19 - 8 Descripción: ATT. CIUDADANIA 3 (EXAMEN) Fecha de Creación: 2024/01/12 Categoría: Otros Número Preguntas: 10
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Miguel es celador conductor asignado a la Unidad de Recepción del Centro de Salud donde acaba de obtener plaza en propiedad. Julia, usuaria de dicho centro, solicita información sobre si tiene el deber de mantener el debido respeto a las normas establecidas en el centro, así como al personal que presta sus servicios en el mismo. Miguel le informa: En la Carta de derechos y deberes se recoge como deber mantener el debido respeto a las normas establecidas en el centro, pero no dice nada de los profesionales. En la Carta de derechos y deberes se recoge como deber mantener el debido respeto a las normas establecidas en toda la Administración Pública de Andalucía. Mantener el debido respeto a las normas establecidas en el centro, así como al personal que presta sus servicios en el mismo es un deber recogido en la Carta de derechos y deberes. Mantener el debido respeto al personal que presta sus servicios en el centro es un deber que sólo se recoge en el Plan de Agresiones al personal del Servicio Andaluz de Salud. Julia es una usuaria del Servicio Andaluz de Salud que ha solicitado una segunda opinión médica y se desplaza al Centro de Salud para que le entreguen el informe de dicha opinión. Miguel, celador conductor del centro le responde: El informe tiene que recogerlo en el Hospital. El informe tiene que recogerlo en el Centro de Atención Primaria donde tramitó la solicitud. No se emite informe. Se genera automáticamente una cita con el especialista que le explicará el resultado de la segunda opinión médica. El informe se lo enviarán directamente a la persona solicitante, o a quien ésta haya autorizado para actuar en su nombre. La Junta de Andalucía ha regulado, en el ámbito de la salud y desde hace más de una década, una serie de derechos ciudadanos considerados de “segunda generación”, entre los que se encuentran todos los siguientes, EXCEPTO: Libre elección de médico y de hospital. Consentimiento informado para pruebas diagnósticas y tratamientos médicos. Declaración de voluntad vital anticipada. Segunda opinión médica. La Cartera de Servicios del SAS confiere unas prestaciones. Decreto 521/2019, de 23 de julio, por el que se regula la prestación de la asistencia dental a las personas de 6 a 15 años protegidas por el Sistema Sanitario Público de Andalucía. Decreto 521/2019, de 25 de julio, por el que se regula la prestación de la asistencia dental a las personas de 6 a 15 años protegidas por el Sistema Sanitario Público de Andalucía. Decreto 521/2019, de 30 de julio, por el que se regula la prestación de la asistencia dental a las personas de 6 a 15 años protegidas por el Sistema Sanitario Público de Andalucía. Decreto 521/2019, de 31 de julio, por el que se regula la prestación de la asistencia dental a las personas de 6 a 15 años protegidas por el Sistema Sanitario Público de Andalucía. La presencia en los centros de cartelería con la carta de Derechos y Deberes de los Usuarios del SSPA se debe a: Un compromiso social de la Organización Sanitaria. Un método homologado de identificación corporativa. A un mandato legal. Todas las respuestas anteriores son correctas. ¿Qué podemos afirmar sobre figura del representante en una Declaración de Voluntad Vital Anticipada?. Es indispensable para que se cumpla lo dispuesto por el paciente. Su criterio particular debe prevalecer para tomar una medida terapéutica novedosa. Las decisiones que tome prevalecerán sobre las opiniones de la familia. Debería ser una persona de su máxima confianza y que no sea familia. Respecto del ejercicio del derecho de la Voluntad Vital Anticipada, puede afirmarse que: El derecho a realizar una Declaración de Voluntad Vital Anticipada puede ejercerlo toda persona mayor de edad que esté capacitada para decidir con arreglo a sus convencimientos y preferencias. En todo caso las personas menores de edad y emancipados deben hacerlo acompañados por sus tutores. Para que el documento de Voluntad Anticipada tenga validez legal plena debe quedar inscrito en el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía. La inscripción debe hacerse personalmente o por representación en cualquiera de los puntos de registro habilitados que existen en todas las provincias de Andalucía. Una vez la voluntad anticipada queda registrada, los profesionales sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, pueden consultarla a través de varias vías. A los pacientes que tienen inscrita su Voluntad Vital Anticipada, les aparece un icono en este apartado en la historia de salud única digital. El Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía no está sincronizado con el Registro Nacional de Instrucciones Previas. En caso de hacer una solicitud de segunda opinión médica por persona distinta al paciente interesado, ¿cuál de las siguientes podría hacerlo?. Un familiar del paciente con un documento oficial que acredite su vinculación de parentesco. La pareja de hecho del paciente con documentación suficiente que acredite su vinculación como tal pareja de hecho. Una persona allegada del paciente con declaración jurada que acredite su vinculación como allegado y certificación médica que acredite la imposibilidad del paciente para formular por sí mismo la petición. En ninguno de estos casos es posible iniciar dicha tramitación. Señale la respuesta correcta según el Decreto 96/2004, de 9 de marzo, por el que se establece la garantía de plazo de respuesta en procesos asistenciales, primeras consultas de asistencia especializada y procedimientos diagnósticos en el Sistema Sanitario Público de Andalucía: El cómputo de los plazos se iniciará al día siguiente de la fecha de inscripción en AGD. El cómputo de los plazos se iniciará el mismo día de la fecha de presentación de la solicitud. El cómputo de los plazos se iniciará el mismo día de la inscripción en el Registro específico. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Señale la respuesta correcta según el Decreto 96/2004, de 9 de marzo, por el que se establece la garantía de plazo de respuesta en procesos asistenciales, primeras consultas de asistencia especializada y procedimientos diagnósticos en el Sistema Sanitario Público de Andalucía. ¿Cuándo quedará sin efecto la garantía de respuesta en plazo?. Cuando el paciente se demore voluntariamente. Cuando el paciente no haga acto de presencia. Cuando el paciente se negara. Cuando el paciente, por libre elección, elija un facultativo especialista o un centro asistencial para los que la demora existente impida garantizar un tiempo máximo de respuesta. |