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Tema 6. La norma y el ordenamiento jurídico.

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Título del Test:
Tema 6. La norma y el ordenamiento jurídico.

Descripción:
Nociones Jurídicas Básicas. Acceso Uned.

Fecha de Creación: 2023/03/10

Categoría: Otros

Número Preguntas: 31

Valoración:(1)
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La cúspide jerárquica del ordenamiento jurídico corresponde a: los principios y valores constitucionales. la Constitución. las sentencias del Tribunal Constitucional.

En una norma jurídica, el acto, conducta o hecho descrito de forma abstracta se denomina: supuesto de derecho. supuesto de hecho. consecuencia jurídica.

La posición iusnaturalista considera que las normas jurídicas son: mandatos provenientes del poder político y dirigidos a los ciudadanos. juicios hipotéticos dirigido a orientar la conducta judicial. mandatos de la autoridad que representan contenidos mínimos de justicia.

En función del interés que protegen, hay normas: de derecho público y de derecho privado. nacionales e internacionales. estatales, autonómicas y locales.

La coherencia de ordenamiento jurídico supone: ausencia de lagunas. no existen contradicciones entre sus normas. integridad normativa.

Laguna del derecho es: la ausencia de regulación para un supuesto determinado. la existencia de dos normas de igual rango que se contradicen entre sí. ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Los reglamentos son: una potestad normativa propia del Gobierno. una potestad delegada del Gobierno. un instrumento excepcional, que debe convalidar posteriormente el Parlamento.

Una antinomia es: un conflicto entre normas. una carencia de regulación normativa. un conflicto entre interpretaciones de normas.

La estructura lógica de las normas se compone de: supuesto jurídico y consecuencia social. supuesto de hecho y consecuencia jurídica. hecho social y sanción.

La idea de que el ordenamiento jurídico debe ser entendido como un todo unitario regido por un principio jerárquico de debe a: Justiniano. Kelsen. Kant.

La unidad del ordenamiento jurídico se ejemplifica mediante la figura de: la escalera jerárquica. la pirámide normativa. la esfera integral del derecho.

En la resolución de antinomias, el criterio de especialidad prevalece sobre: el jerárquico. el jerárquico y el cronológico. el cronológico.

El instrumento de la potestad normativa propia del gobierno es: la ley. los decretos-leyes. los reglamentos.

Los caracteres de las normas jurídicas son: generalidad, particularidad y abstracción. generalidad, abstracción y vinculatoriedad. alteridad, vinculatoriedad, generalidad y abstracción.

Según la posición imperativista, el contenido esencial de las normas jurídicas son: las normas secundarias. las normas accesorias. los mandatos.

El criterio que de forma general debe primar para la resolución de las antinomias es el criterio: cronológico. jerárquico. de especialidad.

Según el interés que protejan, las normas se distinguen en: vinculadas y no vinculantes. de derecho público y privado. imperativas y permisivas.

Según el Código Civil, los jueces y tribunales: tienen el deber inexcusable de resolver en todos los asuntos que conozcan. pueden abstenerse por falta de normativa. pueden remitir el asunto sin resolver a instancias superiores.

La forma normativa de los reglamentos son: los reales-decretos. los decretos-leyes. la legislación delegada.

Las relaciones de derecho privado se establecen entre: particulares y el Estado. particulares. particulares o entre estos y el Estado cuando actúa como particular.

Qué caracteres definen las normas jurídicas: alteridad. alteridad y vinculatoriedad. alteridad, vinculatoriedad, generalidad y abstracción.

Según la "posición imperativista" el contenido esencial de las normas jurídicas, su núcleo irreductible son: los mandatos (u órdenes). las recomendaciones. las prohibiciones.

En la Constitución Española de 1978 los poderes estatales se estructuran en: legislativo y ejecutivo. ejecutivo y judicial. legislativo, ejecutivo y judicial.

Los criterios para resolver las antinomias del ordenamiento jurídico son: cronológico y jerárquico. cronológico, jerárquico y de especialidad. interpretativo, jerárquico y constitucional.

La estructura de la norma jurídica consta de dos elementos: supuesto de hecho y condición. supuesto de hecho y consecuencia jurídica. condición y consecuencia jurídica.

En la resolución de antinomias, debe primar el criterio: jerárquico. cronológico. de especialidad.

Cuando existen lagunas en el ordenamiento jurídico, el procedimiento que se sigue para completarlo se llama: concreción. excepción. integración.

El método de autointegración se sirve de: la analogía. la creación judicial del derecho. la interpretación restrictiva.

Es competente para dictar decretos-leyes: la mayoría parlamentaria. el jefe del Estado. el gobierno.

La posición imperativista considera que el contenido esencial de las norma jurídicas son: la jurisprudencia y los principios generales del derecho. los colegios de abogados y la costumbre. los mandatos emanados del poder soberano y dirigidos a los ciudadanos.

Se entiende por laguna del derecho: la omisión intencionada de una norma especial reguladora de un caso. la imposibilidad para un órgano judicial de resolver un supuesto. la carencia de regulación para supuestos de la vida social.

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