Tema 6. El Poder Judicial
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Título del Test:![]() Tema 6. El Poder Judicial Descripción: Auxilio y tramitación procesal Fecha de Creación: 2025/02/02 Categoría: Oposiciones Número Preguntas: 364
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El Poder Judicial se organiza y ejerce sus funciones de acuerdo a los principios de. Unidad e independencia. Unidad y dependencia. Jerarquía e independencia. Jerarquía y dependencia. El gobierno del Poder Judicial corresponde al. Consejo General del Poder Judicial, que ejerece sus competencias en todo el territorio nacional, de acuerdo con la Constitución y lo previsto en la LOPJ. Gobierno, que ejerece sus competencias en todo el territorio nacional, de acuerdo con la Constitución y lo previsto en la LOPJ. Tribunal Supremo, que ejerece sus competencias en todo el territorio nacional, de acuerdo con la Constitución y lo previsto en la LOPJ. Tribunal Constitucional, que ejerece sus competencias en todo el territorio nacional, de acuerdo con la Constitución y lo previsto en la LOPJ. __ es la primera autoridad judicial de la nación y ostenta la representación del Poder Judicial y del órgano de gobierno del mismo. Su categoría y honores serán los correspondientes al titular de uno de los tres poderes del Estado. El Presidente del Tribunal Supremo. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial. a y b son correctas. El Presidente del Gobierno. La sala de Gobierno del Tribunal Supremo ejerce sus atribuciones. En dicho Tribunal. En dicho Tribunal y sobre los Juzgados Centrales de Instrucción. En el propio Tribunal con respecto a los juzgados y tribunales radicados en la respectiva Comunidad Autónoma. Con respecto a su propio ámbito orgánico. La sala de Gobierno de la Audiencia Nacional ejerce sus atribuciones. En dicho Tribunal. En dicho Tribunal y sobre los Juzgados Centrales de Instrucción. En el propio Tribunal con respecto a los juzgados y tribunales radicados en la respectiva Comunidad Autónoma. Con respecto a su propio ámbito orgánico. La sala de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia ejercen sus competencias. En dicho Tribunal. En dicho Tribunal y sobre los Juzgados Centrales de Instrucción. En el propio Tribunal con respecto a los juzgados y tribunales radicados en la respectiva Comunidad Autónoma. Con respecto a su propio ámbito orgánico. El resto de los órganos jurisdiccionales ejercen sus atribuciones gubernativas. En dicho Tribunal. En dicho Tribunal y sobre los Juzgados Centrales de Instrucción. En el propio Tribunal con respecto a los juzgados y tribunales radicados en la respectiva Comunidad Autónoma. Con respecto a su propio ámbito orgánico. El Consejo General del Poder Judicial tiene su sede en. La villa de Madrid. Madrid. La Comunidad Autónoma de Madrid. La provincia de Madrid. ¿Quién tiene esta competencia?: Proponer el nombramiento, en los términos previstos en la LOPJ, del Presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Proponer el nombramiento de Jueces, Magistrados y Magistrados del TS. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Proponer el nombramiento, en los términos previstos por la LOPJ, de dos Magistrados del TC. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Ser oído por el Gobierno antes del nombramiento del Fiscal General del Estado. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Interponer el conflicto de atribuciones entre órganos constitucionales del Estado, en los términos previstos en la LOTC. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Participar, en los términos previstos, en la selección de Jueces y Magistrados. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Resolver lo que proceda en materia de formación y perfeccionamiento, provisión de destinos, ascensos, situaciones administrativas y régimen disciplinario de Jueces y Magistrados. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Ejercer la alta inspección de Tribunales, así como la supervisión y coordinación de la actividad inspectora ordinaria de los Presidentes y Salas de Gobierno de los Tribunales. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Impartir instrucciones a los órganos de gobierno de Juzgados y Tribunales en materia de la competencia de éstos, así como resolver los recursos de alzada que se interpongan contra cualesquiera acuerdos de los mismos. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Cuidar de la publicación oficial de las sentencias y demás resoluciones que se determinen del TS y del resto de órganos judiciales. A tal efecto el CGPJ, previo informe de las Administraciones competentes, establecerá reglamentariamente el modo en que se realizará la recopilación de las sentencias, su tratamiento, difusión y certificación, para velar por su integridad, autenticidad y acceso, así como para asegurar el cumplimiento de la legislación en materia de protección de datos personales. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Regular la estructura y funcionamiento de la Escuela Judicial, así como nombrar a su Director y sus profesores. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Regular la estructura y funcionamiento del Centro de Documentación Judicial, así como nombrar a su Director y al resto de su personal. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Nombrar al Director del Gabinete Técnico del CGPJ. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Regular y convocar el concurso-oposición de ingreso en el Cuerpo de Letrados del CGPJ. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Ejercer la potestad reglamentaria, en el marco estricto de desarrollo de las pevisiones de la LOPJ. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Elaborar y ejecutar su propio presupuesto, en los términos previstos en la LOPJ. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Aprobar la relación de puestos de trabajo del personal funcionario a su servicio. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: En materia de protección de datos personales, ejercerá las funciones definidas en el art. 236 octies. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Recibir quejas de ciudadanos en materias relacionadas con la Administración de Justicia. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Elaborar y aprobar, conjuntamente con el Ministerio de Justicia y, en su caso, oídas las Comunidades Autónomas cuando afectare a materias de su competencia, los sistemas de racionalización, organización y mediación de trabajo que se estimen convenientes para determinar la carga de trabajo que pueda soportar un órgano jurisdiccional. La determinación de la carga de trabajo que cabe exigir, a efectos disciplinarios, al Juez o Magistrados corresponderá en exclusiva al CGPJ. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Proponer, previa justificación de la necesidad, las medidas de refuerzo que sean precisas en concretos órganos judiciales. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Emitir informe en los expedientes de responsabilidad patrimonial por anormal funcionamiento de la Administración de Justicia. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: La recopilación y actualización de los Principios de Ética Judicial y su divulgación, así como su promoción con otras entidades y organizaciones judiciales, nacionales o internacionales. El asesoramiento especializado a los Jueces y Magistrados en materia de conflictos de intereses, así como en las demás materias relacionadas con la integridad. El CGPJ se asegurará de que la Comisión de Ética Judicial, que a tal efecto se constituya, esté dotada de los recursos y medios adecuados para el cumplimiento de sus objetivos. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. Los proyectos de reglamento de desarrollo se someterán a informe de. a) Las asociaciones profesionales de Jueces y Magistrados. b) Las corporaciones profesionales o asociaciones de otra naturaleza que tengan reconocida legalmente representación de intereses a los que puedan afectar. a) y b) son correctas. a) y b) son incorrectas. En cuanto a los proyectos de reglamentos de desarrollo, se dará intervención a. a) La Administración del Estado, por medio del Ministerio de Justicia. b) Las Administraciones de las CCAA. a) y b) son correctas, siempre que una y otras tengan competencias relacionadas con el contenido del reglamento o sea necesario coordinar éstas con las del Consejo General. a) y b) son correctas en todo caso. En todo caso, en los proyectos de reglamentos de desarrollo se elaborará un. Informe previo de impacto de género. Informe previo de impacto económico. Informe previo de impacto legal. Informe previo de impacto judicial. __ será oído cuando le afecte la materia sobre la que verse el proyecto de reglamento de desarrollo y especialmente en los supuestos contemplados en las letras d) y f) a j) del apartado 1.16ª de este artículo. Ministerio Fiscal. Gobierno. Cortes Generales. Comunidades Autónomas afectadas. Cuando en el ejercicio de las atribuciones legalmente previstas en el art. 560 el CGPJ adopte medidas que comporten un incremento de gasto, será preciso informe favorable de. La Administración competente que deba soportar dicho gasto. El Tribunal de Cuentas. El Gobierno. El Ministerio de Economía y Hacienda. ¿En qué plazo emite el CGPJ el informe sobre los proyectos de ley y disposiciones generales a que se refiere el art. 561 LOPJ?. Plazo improrrogable de 30 días, aunque excepcionalmente el órgano remitente podrá conceder la prórroga del plazo atendiendo a las circunstancias del caso. La duración de la prórroga será de 15 días. Plazo improrrogable de 30 días, aunque excepcionalmente el órgano remitente podrá conceder la prórroga del plazo atendiendo a las circunstancias del caso. La duración de la prórroga será de 10 días. Plazo improrrogable de 15 días, aunque excepcionalmente el órgano remitente podrá conceder la prórroga del plazo atendiendo a las circunstancias del caso. La duración de la prórroga será de 15 días. Plazo improrrogable de 15 días, aunque excepcionalmente el órgano remitente podrá conceder la prórroga del plazo atendiendo a las circunstancias del caso. La duración de la prórroga será de 10 días. ¿En qué plazo emite el CGPJ el informe sobre los proyectos de ley y disposiciones generales a que se refiere el art. 561 LOPJ, si en la orden de remisión se hiciese constar la urgencia del informe?. Plazo improrrogable de 30 días, aunque excepcionalmente el órgano remitente podrá conceder la prórroga del plazo atendiendo a las circunstancias del caso. La duración de la prórroga será de 15 días. Plazo improrrogable de 30 días, aunque excepcionalmente el órgano remitente podrá conceder la prórroga del plazo atendiendo a las circunstancias del caso. La duración de la prórroga será de 10 días. Plazo improrrogable de 15 días, aunque excepcionalmente el órgano remitente podrá conceder la prórroga del plazo atendiendo a las circunstancias del caso. La duración de la prórroga será de 15 días. Plazo improrrogable de 15 días, aunque excepcionalmente el órgano remitente podrá conceder la prórroga del plazo atendiendo a las circunstancias del caso. La duración de la prórroga será de 10 días. ¿Qué ocurre cuando el CGPJ no emite el informe sobre anteproyectos de ley y disposiciones generales en el plazo establecido?. Se tiene por cumplido el trámite. El trámite comienza desde el principio. El trámite queda suspendido hasta que el CGPJ emita el informe. Se tiene por cumplido el trámite siempre que el CGPJ justifique el incumplimiento. Todas las actividades internacionales del CGPJ se llevarán a cabo en coordinación con __ y de acuerdo con las diretrices en materia de político exterior que, en el ejercicio de sus competencias, sean fijadas por éste, sin perjuicio de las competencias que en materia de cooperación jurisdiccional internacional ostenta el CGPJ de acuerdo con lo dispuesto en la LOPJ. El Ministerio de Asuntos Exteriores. El Gobierno. Embajadores. La representación permanente en el exterior. El CGPJ remitirá a las Cortes Generales __ una Memoria sobre el estado, funcionamiento y actividades de propio CGPJ. Anualmente. Semestralmente. Cada dos años. Cada dos años y medio. En la Memoria sobre el estado, funcionamiento y actividades del propio CGPJ y de los Juzgados y Tribunales no se incluirán. Actividad del Presidente y Vocales del Consejo en relación a sus funciones. Impacto de género en el ámbito judicial. Informe sobre el uso de las lenguas cooficiales en la Justicia y, en particular, por parte de los jueces y magistrados en ejercicio de sus funciones. Todas son correctas. Las Cortes Generales, de acuerdo con los Reglamentos de las Cámaras, podrán debatir el contenido de la Memoria y solicitar la comparecencia del __ a fin de responder las preguntas que se le formulen acerca de la referida Memoria. Presidente del TS y del GPJ. Presidente del TC. Presidente del Gobierno. Minsitro de Justicia. Para contribuir a un mejor conocimiento del estado de la Justicia, con datos actualizados, anualmente el Presidente, además de lo previsto en los apartados anteriores en relación a la memoria, comparecerá en __ para informar sobre los aspectos más relevantes del estado de la justicia en España, en el marco de sus competencias. Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados. Ministerio de Justicia. Comisión Permanente. Cortes Generales. Excepcionalmente, el Congreso podrá solicitar informe con comparecencia ante la Comisión de Justicia de un Vocal, por razón de las funciones que le han sido encomendadas, previa solicitud motivada, al menos, de. Dos Grupos parlamentarios, y que deberá ser autorizada por la Mesa del Congreso. Dos Grupos parlamentarios, y que deberá ser autorizada por la Mesa del Senado. Un Grupo parlamentario, y que deberá ser autorizada por la Mesa del Congreso. Tres Grupos parlamentarios, y que deberá ser autorizada por la Mesa del Congreso. Fuera de los supuestos previstos en el artículo anterior, sobre el Presidente del TS y los Vocales del CGPJ. No recaerá deber alguno de comparecer ante las Cámaras por razón de sus funciones. Recaerá el deber de comparecer ante las Cámaras por razón de sus funciones anualmente. No recaerá deber alguno de comparecer ante las Cámaras por razón de sus gastos. Recaerá el deber de comparecer ante las Cámaras por razón de sus gastos anualmente. ¿Quién elabora el presupuesto del CGPJ, en ejercicio de su autonomía como órgano constitucional?. CGPJ. Tribunal de Cuentas. Funcionario perteneciente al Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. Banco de España. ¿Quién se encarga del control interno del gasto del CGPJ?. CGPJ. Tribunal de Cuentas. Funcionario perteneciente al Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. Banco de España. ¿Quién se encarga del control exterior del gasto del CGPJ?. CGPJ. Tribunal de Cuentas. Funcionario perteneciente al Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. Banco de España. El CGPJ, máximo órgano de gobierno del Poder Judicial, en cuanto su presupuesto, está vinculado por. Principios de estabilidad y sostenbilidad presupuestaria. Principios de eficiencia y racionalidad. Principios de crecimiento y productividad. Principio de interdependencia global. El CGPJ estará integrado por. El Presidente del TS, que lo presidirá, y por veinte Vocales, de los cuales doce serán Jueces o Magistrados en servicio activo en la carrera judicial y ocho juristas de reconocida competencia. El Presidente del TS, que lo presidirá, y por diecinueve Vocales, de los cuales once serán Jueces o Magistrados en servicio activo en la carrera judicial y ocho juristas de reconocida competencia. El Presidente del TS, que lo presidirá, y por veinte Vocales, de los cuales ocho serán Jueces o Magistrados en servicio activo en la carrera judicial y doce juristas de reconocida competencia. El Presidente del TS y por veinte Vocales, de los cuales doce serán Jueces o Magistrados en servicio activo en la carrera judicial y ocho juristas de reconocida competencia, eligiendo entre ellos a su presidente. Las veinte personas Vocales del CGPJ serán designadas por __ del modo establecido en la Constitución y en la presente Ley Orgánica, atendiendo al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres. Las Cortes Generales. El Gobierno. El TC. El TS. ¿Por qué mayoría eligen las Cortes Generales a los Vocales del CGPJ?. 3/5. 2/3. Mayoría simple. Mayoría absoluta. ¿Cuántos Vocales del CGPJ eligen cada una de las Cámaras?. 10 Vocales, seis correspondientes al turno judicial y cuatro entre juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio. 10 Vocales, seis correspondientes al turno judicial y cuatro entre juristas de reconocida competencia con más de veinticinco años de ejercicio. 10 Vocales, cuatro correspondientes al turno judicial y seis entre juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio. 10 Vocales, cuatro correspondientes al turno judicial y seis entre juristas de reconocida competencia con más de veinticinco años de ejercicio. Antes de su elección como Vocal del CGPJ, los candidatos deberán comparecer ante __ a los efectos de que se evalúen los méritos que acrediten su reconocido prestigio y su idoneidad. La Comisión de nombramientos de la correspondiente Cámara. La Comisión de Calificación. El Ministerio de Justicia. El Consejo de Ministros. Podrán ser elegidos por el turno de juristas de reconocida competencia quienes. Tengan más de quince años de experiencia en cualquiera de las profesiones jurídicas y acrediten méritos destacados en su ejercicio. Sean miembros de la carrera judicial, salvo que se encuentren en situación administrativa distinta a la del servicio activo al menos durante cinco años anteriores a su elección. Hayan sido titulares de un Ministerio o de una Secretaría de Estado o de una Consejería de un Gobierno autonómico, o elegidos titulares de una Presidencia de Corporación Local. Hayan tenido la condición de diputado, senador o miembro del Parlamento Europeo o de una Asamblea legislativa de una Comunidad Autónoma. ¿Cuántos suplentes para el CGPJ designarán las Cortes?. Un suplente por cada uno de los vocales titulares. Tres suplentes para cada uno de los turnos. Dos suplentes para cada uno de los turnos. Tres suplente por cada uno de los vocales titulares. ¿Puede recaer la designación de Vocales del CGPJ en Vocales del Consejo saliente?. Sí, en todo caso. No, en ningún caso. Sí, pero sólo cuando no haya cumplido un mandato completo. Sí, pero sólo los Vocales del turno judicial. El cómputo de los plazos en los procedimientos de designación de Vocales del CGPJ y de elección del Presidente del TS y del CGPJ, así como del Vicepresidente del TS, se realizará. Por días hábiles cuando el plazo se señale por días, empezando a computarse desde el día siguiente. De fecha en fecha cuando se fije en meses o años. Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo se entenderá que el plazo expira el último del mes. Todas son correctas. El CGPJ se renovará. En su totalidad cada cinco años, contados desde la fecha de su constitución. En su totalidad cada dos años y medios, contados desde la fecha de su constitución. Por terceras partes cada cinco años, contados desde la fecha de su constitución. Por terceras partes cada tres años, contados desde la fecha de su constitución. A tal efecto, y a fin de que las Cámaras puedan dar comienzo al proceso de renovación del Consejo, __ el Presidente del TS y del CGPJ dispondrá la remisión a los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado de los datos del escalafón y del Registro de Asociaciones judiciales obrantes en dicha fecha en el Consejo y la apertura del plazo de presentación de candidaturas para la designación de los Vocales correspondientes al turno judicial. 4 meses antes de la expiración del mencionado plazo. 2 meses antes de la expiración del mencionado plazo. 3 meses antes de la expiración del mencionado plazo. 6 meses antes de la expiración del mencionado plazo. El Presidente del TS dará cuenta al __ de los referidos actos en la primera sesión ordinaria que se celebre tras su realización. Pleno del CGPJ. Ministerio de Justicia. Comisión Permanente. Cortes Generales. Los Vocales del CGPJ serán nombrados por __ mediante Real Decreto, tomarán posesión de su cargo prestando juramento o promesa ante el Rey y celebrarán a continuación su sesión constitutiva. El Rey. El Presidente del TS y del CGPJ. El Presidente del Gobierno. El Presidente del TC. ¿Cómo se nombra a los Vocales del CGPJ?. Real Decreto. Ley Orgánica. Ley Ordinaria. Real Decreto-Legislativo. La toma de posesión y la sesión constitutiva tendrán lugar dentro de los __ posteriores a la expiración del anterior Consejo, salvo en el supuesto previsto en el art. 570.2 de la LOPJ. 5 días. 10 días. 15 días. 30 días. ¿Qué ocurre si el día de la sesión constitutiva de nuevo CGPJ no hubiere alguna de las Cámaras procedido aún a la elección de los Vocales cuya designación le corresponda?. Se constituirá el CGPJ con los diez Vocales designados por la otra Cámara y con los Vocales del CGPJ saliente que hubieren sido designados en su momento por la Cámara que haya incumplido el plazo de designación, pudiendo desde entonces ejercer todas sus atribuciones. El Consejo saliente continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo, no pudiendo procederse, hasta entonces, a la elección del nuevo Presidente del CGPJ. Se constituirá el CGPJ con los Vocales del Consejo saliente y deberán elegir a un nuevo Presidente del CGPJ. Todas son incorrectas. ¿Qué ocurre si el día de la sesión constitutiva de nuevo CGPJ no hubiere ninguna de las Cámaras procedido aún a la elección de los Vocales cuya designación le corresponda?. Se constituirá el CGPJ con los diez Vocales designados por la otra Cámara y con los Vocales del CGPJ saliente que hubieren sido designados en su momento por la Cámara que haya incumplido el plazo de designación, pudiendo desde entonces ejercer todas sus atribuciones. El Consejo saliente continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo, no pudiendo procederse, hasta entonces, a la elección del nuevo Presidente del CGPJ. Se constituirá el CGPJ con los Vocales del Consejo saliente y deberán elegir a un nuevo Presidente del CGPJ. Todas son incorrectas. El nombramiento de Vocales con posterioridad a la expiración del plazo concedido legalmente para su designación. No supondrá, en ningún caso, la ampliación de la duración de su cargo más allá de los cinco años de mandato del CGPJ para el que hubieren sido designados. Amplía la duración de su cargo más allá de los cinco años de mandato. Permite prorrogar indefinidamente el mandato hasta un nuevo nombramiento. Extiende el mandato solo si lo autoriza el Pleno del CGPJ. ¿Qué procedimiento debe seguirse una vez que se designen los nuevos Vocales del Consejo General del Poder Judicial por la Cámara que incumplió el plazo de designación?. Los nuevos Vocales mantendrán los mismos cargos de los salientes sin necesidad de votación. Los nuevos Vocales serán asignados directamente por la Cámara que los designó. Los nuevos Vocales serán elegidos por el Pleno, respetando el turno de los Vocales salientes. Los Vocales salientes permanecerán en sus cargos hasta la próxima renovación completa del Consejo. ¿Qué efecto tiene la designación de nuevos Vocales cuando ya se ha constituido el nuevo Consejo General del Poder Judicial?. Obliga a revisar todos los acuerdos adoptados anteriormente. Permite revisar solo los acuerdos adoptados por mayoría simple. No justifica la revisión de los acuerdos adoptados hasta ese momento. Anula automáticamente los acuerdos adoptados por el Consejo anterior. ¿Qué actividad puede realizar el Consejo General del Poder Judicial cuando se encuentra en funciones por no haberse producido su renovación en el plazo legalmente previsto?. Aprobar leyes orgánicas relacionadas con el sistema judicial. Proponer el nombramiento de dos Magistrados del Tribunal Constitucional. Designar directamente al Fiscal General del Estado. Modificar el régimen disciplinario de Jueces y Magistrados de forma autónoma. ¿En qué materia ejerce el CGPJ la potestad reglamentaria cuando está en funciones?. Reformas del Código Penal. Organización interna del CGPJ. Publicidad de las actuaciones judiciales y régimen de guardias. Nombramiento de Ministros del Gobierno. ¿Cuál de las siguentes funciones puede desempeñar el CGPJ en funciones?. Nombrar directamente a los Presidentes de los TSJ. Elaborar y ejecutar su propio presupuesto. Aprobar reformas constitucionales en materia de justicia. Designar jueces. ¿Qué debe hacer el Consejo General del Poder Judicial en funciones respecto a la selección de Jueces y Magistrados?. Suspender todos los procesos de selección hasta su renovación. Participar en la selección en los términos legalmente previstos. Asignar directamente cargos sin procedimientos de selección. Designar jueces solo con la aprobación del Parlamento. ¿Qué función relacionada con la protección de datos puede desempeñar el Consejo General del Poder Judicial en funciones?. Establecer leyes de protección de datos de forma independiente. Controlar directamente la seguridad de los datos personales de los ciudadanos. Colaborar con la Autoridad de Control en materia de protección de datos en la Administración de Justicia. Eliminar datos sensibles de las bases de datos judiciales sin autorización. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la función del Consejo General del Poder Judicial en funciones?. Puede modificar libremente los Principios de Ética Judicial sin consultar a otras entidades. Puede recibir quejas de los ciudadanos en materias relacionadas con la Administración de Justicia. Tiene autoridad para sancionar directamente a los jueces sin necesidad de procedimiento previo. Está autorizado para aprobar leyes en materia judicial sin intervención del Parlamento. ¿Qué tipo de actuaciones puede realizar el Consejo General del Poder Judicial cuando se encuentra en funciones, además de las ya previstas legalmente?. Cualquier actuación que considere conveniente para la Administración de Justicia. Solo aquellas actuaciones que supongan una reforma estructural del sistema judicial. Actuaciones indispensables para garantizar el funcionamiento ordinario del órgano. Actuaciones relacionadas exclusivamente con la designación de nuevos Vocales. ¿Qué ocurre cuando se produce el cese anticipado de un Vocal del CGPJ?. El puesto queda vacante hasta la siguiente renovación general del Consejo. El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial informa a la Cámara competente para que proponga un nuevo Vocal. El propio Consejo General del Poder Judicial nombra directamente al nuevo Vocal. El Gobierno designa de forma automática al nuevo Vocal sin necesidad de trámite parlamentario. ¿Quién es el responsable de comunicar el cese anticipado de un Vocal del Consejo General del Poder Judicial a la Cámara competente?. Ministerio de Justicia. Presidente del Gobierno. Presidente del TS y del CGPJ. El propio vocal cesado. ¿A qué se debe proceder tras el cese anticipado de un Vocal del Consejo General del Poder Judicial?. A la anulación de todas las decisiones en las que haya participado el Vocal cesado. A la convocatoria de elecciones generales para renovar el Consejo. A la propuesta de nombramiento de un nuevo Vocal, conforme al artículo 567.4 de la Ley Orgánica. A la suspensión temporal de las funciones del Consejo hasta cubrir la vacante. ¿Cuál es el procedimiento legal tras el cese anticipado de un Vocal del Consejo General del Poder Judicial?. El cargo vacante es ocupado por el suplente del Vocal cesado sin necesidad de más trámites. Se celebra una sesión extraordinaria del Consejo para elegir internamente al nuevo Vocal. El Presidente del Tribunal Supremo informa a la Cámara competente, que debe proponer un nuevo Vocal. El Consejo General del Poder Judicial elige de forma directa al sustituto entre los jueces en activo. ¿Por cuánto tiempo ejercerá su cargo un nuevo Vocal del Consejo General del Poder Judicial que sustituya a otro cesado anticipadamente?. Por un nuevo mandato completo de cinco años. Hasta que se produzca una nueva vacante en el Consejo. Por el tiempo que reste hasta la finalización del mandato del CGPJ. Hasta que el Pleno del CGPJ decida cesarlo. ¿Por qué normativa se rige la designación de los Vocales del Consejo General del Poder Judicial correspondientes al turno judicial?. Por el Reglamento Interno del Consejo General del Poder Judicial. Por la Constitución Española. Por la LOPJ. Por acuerdos entre los diferentes grupos parlamentarios. ¿Quién puede presentar su candidatura para ser elegido Vocal del Consejo General del Poder Judicial por el turno judicial?. Cualquier ciudadano español mayor de edad. Solo los Magistrados con más de 10 años de experiencia. Cualquier Juez o Magistrado en servicio activo en la carrera judicial, salvo que se halle en una situación que lo impida según la Ley. Exclusivamente los Jueces del Tribunal Supremo. ¿Qué debe hacer un Juez o Magistrado que ocupe un cargo incompatible si desea presentar su candidatura para ser designado Vocal?. Renunciar inmediatamente al cargo incompatible antes de presentar su candidatura. Esperar a que finalice su mandato en el cargo incompatible para postularse. Comprometerse a formalizar su renuncia al cargo incompatible si resulta elegido. No podrá presentar su candidatura en ningún caso. ¿Qué situación impediría que un Juez o Magistrado en servicio activo presente su candidatura para ser elegido Vocal del Consejo General del Poder Judicial?. Estar en comisión de servicios en otra administración pública. Encontrarse en alguna de las situaciones que la Ley establece como incompatibles. Tener menos de cinco años de experiencia en la carrera judicial. Haber trabajado anteriormente en el ámbito privado. ¿Cuándo debe formalizar su renuncia un Juez o Magistrado que ocupa un cargo incompatible si resulta elegido Vocal del Consejo General del Poder Judicial?. Antes de presentar su candidatura. Inmediatamente después de presentar su candidatura. Solo si resulta elegido como Vocal. En el momento en que se publique la convocatoria de elecciones. ¿Qué opción tiene un Juez o Magistrado que desee presentar su candidatura para ser elegido Vocal del Consejo General del Poder Judicial?. Presentar su candidatura sin necesidad de ningún aval. Aportar el aval de veinticinco miembros de la carrera judicial en servicio activo o el aval de una Asociación judicial legalmente constituida. Elegir entre presentar su candidatura por su cuenta o en colaboración con un grupo de abogados. Conseguir el aval de al menos diez miembros del Consejo General del Poder Judicial. ¿Qué límite existe respecto al número de candidatos que puede avalar un Juez, Magistrado o Asociación judicial?. Cada uno puede avalar un máximo de cinco candidatos. Cada uno puede avalar hasta un máximo de doce candidatos. No hay límite en el número de candidatos que pueden ser avalados. Cada uno puede avalar hasta un máximo de veinticinco candidatos. ¿Qué debe hacer un Juez o Magistrado que desee presentar su candidatura si elige presentar un aval de una Asociación judicial?. El aval debe ser presentado por una Asociación judicial no registrada. El aval debe ser de una Asociación judicial legalmente constituida en el momento en que se decrete la apertura del plazo de presentación de candidaturas. El aval debe proceder de una Asociación judicial de su misma jurisdicción. El aval puede ser de una Asociación judicial, pero no es necesario que esté legalmente constituida. ¿Cuántos avales puede presentar cada Juez, Magistrado o Asociación judicial para respaldar a un candidato a Vocal del Consejo General del Poder Judicial?. Hasta cinco avales por candidato. Un número ilimitado de avales por candidato. Un máximo de doce avales por cada candidato. Diez avales por candidato, sin exceder un total de cien avales. ¿Cuál es el plazo para presentar las candidaturas para ser elegido Vocal del Consejo General del Poder Judicial?. El plazo es de un mes a partir del día siguiente a la fecha en que se realice la convocatoria electoral. El plazo es de un mes desde el día siguiente a la fecha en que el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial ordene la apertura del plazo de presentación. El plazo es de dos semanas a partir del inicio del proceso de designación. El plazo es indefinido y se establece por acuerdo entre los Vocales del Consejo. ¿Qué debe incluir el escrito que un Juez o Magistrado debe presentar para postularse como candidato para ser Vocal?. Solo su nombre completo y su número de identificación. Una carta de recomendación de su superior inmediato. Un escrito dirigido al Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, junto con una memoria justificativa de las líneas de actuación y los avales exigidos. Un resumen de su trayectoria profesional y su evaluación de los miembros actuales del Consejo. ¿Qué debe acompañar al escrito de candidatura que presenta un Juez o Magistrado para ser designado Vocal por el turno judicial?. Un informe del Ministerio de Justicia. Una propuesta de los compañeros del candidato. Veinticinco avales o el aval de una Asociación judicial legalmente constituida. Un informe detallado sobre el presupuesto del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta sobre el proceso de presentación de candidaturas para ser Vocal del Consejo General del Poder Judicial?. El plazo de presentación de candidaturas comienza inmediatamente después de la elección de los Vocales. Los candidatos deben enviar una memoria justificativa de las acciones que desean desarrollar en el Consejo. Los candidatos solo deben presentar su nombre y la firma de un compañero de la carrera judicial. El escrito de candidatura debe ser entregado directamente al Congreso de los Diputados. ¿Quién tiene la responsabilidad de resolver las cuestiones que surjan durante el proceso de presentación de candidaturas a Vocales del Consejo General del Poder Judicial por el turno judicial?. Presidente del TS. Cámara correspondiente. Junta Electoral. CGPJ. ¿Qué procedimiento debe seguir la Junta Electoral tras resolver las cuestiones planteadas en el proceso de presentación de candidaturas?. Suspender temporalmente el proceso de elección de Vocales. Proclamar las candidaturas que hayan sido aceptadas. Realizar una nueva convocatoria para presentar nuevas candidaturas. Enviar los resultados al Ministerio de Justicia para su revisión. ¿Quién preside la Junta Electoral en el proceso de presentación de candidaturas a Vocales del Consejo General del Poder Judicial?. Presidente del CGPJ. Presidente de Sala más antiguo del TS. Secretario de Gobierno del TS. Magistrado más moderno del TS. ¿Quiénes componen la Junta Electoral además del Presidente de Sala más antiguo del Tribunal Supremo?. El Secretario de Gobierno del Tribunal Supremo y dos Vocales del Consejo General del Poder Judicial. El Magistrado más antiguo y el más moderno del Tribunal Supremo. El Presidente del Tribunal Supremo y un Vocal del Consejo General del Poder Judicial. Tres Vocales del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cuál es el rol del Secretario de Gobierno del Tribunal Supremo en la Junta Electoral?. Ser el presidente de la Junta Electoral. Actuar como secretario, con voz pero sin voto. Tener voto en las decisiones de la Junta Electoral. Supervisar el proceso de votación de las candidaturas. ¿Cuándo se constituirá la Junta Electoral en el proceso de designación de candidatos a Vocales del Consejo General del Poder Judicial por el turno judicial?. Inmediatamente después de la apertura del plazo de presentación de candidaturas. Dentro de los tres días siguientes al inicio del procedimiento de designación de candidatos. Cuando se cierre el plazo de presentación de candidaturas. Después de la proclamación de las candidaturas. ¿Cuándo se disolverá la Junta Electoral después de constituirse?. Cuando se haya finalizado el proceso de votación de los candidatos. Después de que se haya resuelto la última impugnación de las candidaturas. Una vez concluido definitivamente el procedimiento de presentación de candidaturas, incluida la resolución de los recursos contencioso-administrativos si los hubiere. Cuando se haya realizado la proclamación oficial de los candidatos elegidos. ¿Cuántos días después del inicio del procedimiento de designación de candidatos a Vocales se debe constituir la Junta Electoral?. Dentro de los cinco días siguientes. Dentro de los tres días siguientes. Al día siguiente de iniciarse el procedimiento. Dentro de los siete días siguientes. ¿Qué sucede con la Junta Electoral una vez finalizado el procedimiento de presentación de candidaturas?. La Junta Electoral continúa con la supervisión del mandato de los Vocales electos. La Junta Electoral se disuelve. La Junta Electoral elige a los nuevos Vocales del Consejo General del Poder Judicial. La Junta Electoral se convierte en un órgano consultivo para los recursos presentados. ¿Quién convoca a la Junta Electoral cuando lo considera necesario?. Presidente del CGPJ. Presidente del TS. Presidente de la Junta Electoral. Secretario de Gobierno del TS. ¿Qué se requiere para que la reunión de la Junta Electoral pueda celebrarse?. La presencia de al menos un tercio de sus miembros. La asistencia de todos sus miembros o de sus sustitutos. La presencia de un delegado de la Cámara Competente. La firma de todos los candidatos. ¿Cuándo se considera necesaria la convocatoria de la Junta Electoral?. Siempre que se presenten recursos contenciosos. Cuando lo considere necesario el Presidente de la Junta Electoral. Cuando se aproxime la fecha de las elecciones a Vocales. Al final del proceso de presentación de candidaturas. ¿Qué sucederá si no se asiste a una reunión de la Junta Electoral?. La reunión se celebrará igualmente sin quorum. La reunión se cancelará y no se convocará de nuevo. La reunión no se celebrará si no están presentes todos los miembros o sus sustitutos. Los miembros ausentes perderán su derecho al voto. ¿Quién asume las funciones del Presidente de la Junta Electoral en caso de su ausencia?. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial. El Secretario del Tribunal Supremo. El siguiente Presidente de Sala del Tribunal Supremo en orden de antigüedad. El Magistrado más moderno del Tribunal Supremo. ¿Quién sustituye al Magistrado más antiguo o al más moderno en caso de ausencia?. El Magistrado más experimentado del Consejo General del Poder Judicial. El siguiente Magistrado más antiguo y moderno del Tribunal Supremo, respectivamente, según el escalafón. Los Vocales del Consejo General del Poder Judicial. El Secretario del Tribunal Supremo. ¿Quién sustituye al Secretario de la Junta Electoral en caso de ausencia?. El Presidente del Tribunal Supremo. El Secretario del Tribunal Supremo de mayor antigüedad. El Magistrado más moderno del Tribunal Supremo. Un Vocal del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cómo se toman los acuerdos en la Junta Electoral?. Por unanimidad de todos sus miembros. Por mayoría absoluta. Por mayoría simple. Por mayoría de los Vocales del Tribunal Supremo. ¿Cuándo debe la Junta Electoral publicar la lista de candidatos que reúnan los requisitos legalmente exigidos?. Dentro de los tres días siguientes a la finalización del plazo de presentación de candidaturas. Dentro de los dos días siguientes a la finalización del plazo de presentación de candidaturas. Al concluir la fase de revisión de las candidaturas. Dentro de los cinco días siguientes al cierre de presentación de candidaturas. ¿Dónde será expuesta públicamente la lista de candidatos que reúnan los requisitos legales?. En el sitio web oficial del Tribunal Supremo. En la intranet del Consejo General del Poder Judicial. En el Boletín Oficial del Estado. En la página oficial de las candidaturas judiciales. ¿Cuánto tiempo tienen los interesados para impugnar las candidaturas presentadas después de su publicación?. Dentro de los cinco días siguientes. Dentro de los tres días siguientes. Dentro de los diez días siguientes. Dentro de los siete días siguientes. ¿Cuánto tiempo tiene la Junta Electoral para resolver las impugnaciones una vez transcurrido el plazo de impugnación?. Dentro de los cinco días siguientes. Dentro de los tres días siguientes. Dentro de los siete días siguientes. Dentro de los diez días siguientes. ¿Qué ocurre después de que la Junta Electoral resuelva las impugnaciones?. Se reinicia el proceso de presentación de candidaturas. La Junta Electoral procederá a la publicación del acuerdo de proclamación de candidaturas. Los candidatos deben someterse a una nueva evaluación. Se realiza una segunda ronda de impugnaciones. ¿En qué plazo se puede interponer recurso contencioso-administrativo contra la proclamación definitiva de candidaturas?. Dentro de los tres días siguientes a la publicación del acuerdo. Dentro de los dos días siguientes a la publicación del acuerdo. Dentro de los cinco días siguientes a la publicación del acuerdo. Dentro de los siete días siguientes a la publicación del acuerdo. ¿Qué debe acompañar al recurso contencioso-administrativo en el acto de su interposición?. La firma de todos los candidatos. Las alegaciones que se estimen pertinentes y los elementos de prueba oportunos. Una copia de la proclamación definitiva de candidaturas. El aval de la Asociación judicial correspondiente. ¿Qué órgano será responsable del conocimiento del recurso contencioso-administrativo?. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo. La Sala de lo Constitucional del Tribunal Supremo. ¿En qué plazo debe resolver la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo el recurso contencioso-administrativo?. En el plazo de cinco días desde su interposición. En el plazo de tres días desde su interposición. En el plazo de siete días desde su interposición. En el plazo de diez días desde su interposición. ¿Qué debe hacer el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial una vez transcurridos los plazos señalados en el artículo anterior?. Enviar las candidaturas definitivamente admitidas a los Presidentes del Congreso y del Senado. Publicar las candidaturas definitivas en el Boletín Oficial del Estado. Notificar la proclamación definitiva de las candidaturas a los candidatos. Convocar una nueva elección para los Vocales del turno judicial. ¿Qué deben tener en cuenta las Cámaras al proceder a la designación de los Vocales del turno judicial?. El tiempo que los candidatos han ocupado el cargo de Vocal en el Consejo General del Poder Judicial. El número de Jueces y Magistrados no afiliados y de afiliados a cada una de las distintas Asociaciones judiciales en el momento de proceder a la renovación. La antigüedad en la carrera judicial de todos los Jueces y Magistrados del país. El nivel de formación y perfeccionamiento de los candidatos. ¿Cuántos Magistrados del Tribunal Supremo deben ser designados como Vocales del Consejo General del Poder Judicial según la proporción establecida?. Dos. Cuatro. Tres. Cinco. ¿Cuántos Jueces o Magistrados sin sujeción a antigüedad deben ser designados como Vocales del Consejo General del Poder Judicial según la proporción establecida?. Cinco. Seis. Cuatro. Ocho. ¿Qué sucede si no existen candidatos a Vocales dentro de alguna de las categorías mencionadas en la proporción?. La vacante se acumula a la categoría con menos candidatos. Se organiza una nueva elección para esa categoría. La vacante acrece el cupo de la siguiente categoría por el orden establecido. La vacante queda sin cubrir. ¿Qué tipo de dedicación tendrán los Vocales del Consejo General del Poder Judicial?. Dedicación parcial. Dedicación exclusiva. Dedicación opcional. Dedicación a tiempo completo, pero con libertad para realizar otras actividades. ¿Con qué tipo de actividad es incompatible el cargo de Vocal del Consejo General del Poder Judicial?. Con cualquier otra actividad privada no remunerada. Con cualquier otro puesto, profesión o actividad, públicos o privados, retribuidos o no, salvo la mera administración del patrimonio personal o familiar. Con actividades exclusivamente judiciales fuera del ámbito del Consejo. Con actividades académicas o de investigación. ¿Cuál es la situación administrativa de los Vocales que sean funcionarios públicos?. Excedencia voluntaria. Servicios especiales. Permiso por asuntos propios. Baja temporal. ¿Es compatible el cargo de Vocal con el desempeño simultáneo de otras responsabilidades gubernativas en el ámbito judicial?. Sí, siempre que no interfiera en las funciones del Consejo. No, en caso de concurrencia estas responsabilidades deben ser asumidas por quien deba sustituir al interesado. Sí, si las responsabilidades son en diferentes áreas judiciales. No, el cargo de Vocal es incompatible con cualquier tipo de actividad pública o privada. ¿Cuál es la obligación de los Vocales en cuanto a su asistencia a las sesiones del Pleno y de la Comisión de la que formen parte?. Asistir solo cuando lo consideren necesario. Asistir siempre, salvo causa justificada. Asistir solo si se trata de decisiones importantes. Asistir, pero pueden delegar en otros Vocales. ¿Qué deben hacer el Presidente, los Vocales y el Secretario General del Consejo General del Poder Judicial en relación con sus bienes y derechos?. Declarar sus bienes y derechos solo si tienen cargos en el gobierno. Hacer una declaración de bienes y derechos y someterse al control y gestión de activos financieros, según lo dispuesto en la Ley 3/2015, con las adaptaciones que correspondan al Consejo. Realizar una declaración solo si están involucrados en actividades económicas privadas. Hacer una declaración de sus bienes y derechos únicamente a su nombramiento. ¿A qué tipo de causas se sujetarán los Vocales del Consejo General del Poder Judicial en relación con su abstención o recusación?. A las causas de abstención y recusación legalmente establecidas para el personal del Consejo General del Poder Judicial. A las causas de abstención y recusación legalmente establecidas para las autoridades y personal al servicio de la Administración General del Estado. A las causas de abstención y recusación para los cargos judiciales únicamente. A las causas de abstención y recusación relacionadas con la imparcialidad judicial. ¿En qué situaciones deben los Vocales del Consejo General del Poder Judicial abstenerse de conocer un asunto?. En cualquier asunto relacionado con su carrera judicial. Cuando exista un interés directo o indirecto, o cuando su intervención pudiera afectar a la imparcialidad objetiva en su actuación como Vocal. Cuando el asunto se relacione con su afiliación a una Asociación judicial. Solo cuando exista un conflicto con otro Vocal. ¿Qué no podrán hacer los Vocales del Consejo General del Poder Judicial en relación con su condición de tales?. Utilizar su condición de Vocal para influir en decisiones judiciales. Invocar o hacer uso de su condición de Vocal en el ejercicio de su profesión. Actuar como asesores en procesos judiciales. Ejercer cargos judiciales fuera del Consejo General del Poder Judicial. ¿Qué se considerará un incumplimiento muy grave de los deberes inherentes al cargo de Vocal?. No asistir a las reuniones del Pleno. El uso de su condición de Vocal para fines ajenos al adecuado ejercicio de las atribuciones del Consejo General del Poder Judicial. La adopción de decisiones sin consultar a otros Vocales. La toma de decisiones que favorezcan a una Asociación judicial. ¿Qué podrá hacer el Pleno si un Vocal incurre en el incumplimiento muy grave de los deberes inherentes a su cargo?. Suspender temporalmente al Vocal. Destituir al Vocal infractor por mayoría de tres quintos. Reprender al Vocal sin consecuencias graves. Remover al Vocal tras una investigación interna. ¿Estarán los Vocales del Consejo General del Poder Judicial ligados por mandato imperativo?. Sí, deberán seguir las instrucciones dadas por el Gobierno. Sí, estarán obligados a cumplir el mandato de la mayoría política. No, los Vocales no estarán ligados por mandato imperativo. Sí, pero solo en cuestiones administrativas. ¿Cuáles son las razones por las que los Vocales del Consejo General del Poder Judicial cesarán en sus cargos?. Por el transcurso de los cinco años de mandato o por dimisión. Por el transcurso de los cinco años de mandato, renuncia aceptada, incapacidad, incompatibilidad o incumplimiento grave de los deberes del cargo. Por un acuerdo del Presidente del Tribunal Supremo. Únicamente por incompatibilidad o incapacidad. ¿Quién debe aceptar la renuncia de un Vocal para que este cese en su cargo?. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial. El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial. El Congreso de los Diputados. ¿Qué situaciones pueden llevar al cese de los Vocales de origen judicial?. No estar de acuerdo con la política del Consejo. Dejar de estar en servicio activo en la carrera judicial, salvo en ciertos casos establecidos por la ley. No asistir a más de tres sesiones del Pleno. Ser sancionados por falta administrativa. ¿Cuál es el órgano encargado de apreciar el incumplimiento grave de los deberes del cargo de un Vocal?. El Tribunal Supremo. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, mediante mayoría de tres quintos. El Congreso de los Diputados. ¿Cómo se exigirá la responsabilidad civil y penal de los miembros del Consejo General del Poder Judicial?. Por los trámites establecidos para los miembros del Consejo General del Poder Judicial. Por los trámites establecidos para los Magistrados del Tribunal Supremo. Por los trámites establecidos por el Gobierno. Por los procedimientos administrativos establecidos en la Ley Orgánica. ¿Qué restricción se aplica a los Vocales del Consejo General del Poder Judicial durante su mandato?. No podrán ser promovidos a cualquier cargo de la carrera judicial. No podrán ser promovidos a la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo o a Magistrado del Tribunal Constitucional, ni nombrados para cargos de la carrera judicial de libre designación o en cuya provisión se aprecien méritos. No podrán ser nombrados para cargos de la Administración pública. No podrán ser nombrados para cualquier cargo judicial fuera del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cómo se fijará la retribución de los miembros del Consejo General del Poder Judicial?. Se fijará por el Congreso de los Diputados según las necesidades del Consejo. Se fijará anualmente por el Presidente del Tribunal Supremo. Se fijará como única y exclusiva en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en atención a la importancia de su función. Se fijará por acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cuál es la función del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial según la ley?. Es la primera autoridad judicial de la Nación y representa al Poder Judicial y al órgano de gobierno del mismo. Representa al Congreso de los Diputados en asuntos judiciales. Es responsable de la administración de justicia en todo el país. Representa solo al Tribunal Supremo ante el Gobierno. ¿Qué requisitos se exigen para ser elegido Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial?. Ser abogado con al menos 20 años de experiencia. Ser miembro de la carrera judicial con la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo o un jurista de reconocida competencia con más de veinticinco años de antigüedad. Ser Juez de la Audiencia Nacional con más de 30 años de experiencia. Ser un abogado con al menos 15 años de antigüedad y tener una licenciatura en Derecho. ¿Quién preside la sesión constitutiva del Consejo General del Poder Judicial?. El Presidente del Tribunal Supremo. El Vocal de más edad. El Presidente del Gobierno. El Rey. ¿Cómo se elige al Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial?. Mediante votación popular. En una sesión a celebrar entre tres y siete días después de la presentación de candidaturas, por mayoría de tres quintos de los miembros del Pleno. Por designación directa del Presidente del Gobierno. Mediante acuerdo del Congreso de los Diputados. ¿Cómo es nombrado el Presidente del Tribunal Supremo?. Por el Congreso de los Diputados. Por el Rey, mediante Real Decreto refrendado por el Presidente del Gobierno. Por votación secreta entre los miembros del Tribunal Supremo. Por la Cámara de Comercio y el Senado. ¿Cómo toma posesión el Presidente del Tribunal Supremo de su cargo?. Ante el Congreso de los Diputados. Ante el Rey y el Pleno del Tribunal Supremo. Ante el Consejo General del Poder Judicial. Ante el Senado. ¿Cuál es la duración del mandato del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial?. Su mandato es de cinco años, independientemente del Consejo que lo haya elegido. Su mandato coincide con la duración del mandato del Consejo que lo haya elegido. Su mandato es de diez años, sin posibilidad de reelección. Su mandato depende de la renovación del Tribunal Supremo. ¿Puede el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial ser reelegido?. Sí, puede ser reelegido una vez para un nuevo mandato. No, no puede ser reelegido bajo ninguna circunstancia. Sí, puede ser reelegido tantas veces como el Consejo lo considere necesario. Solo puede ser reelegido una vez, pero por un mandato de diez años. ¿Por qué causas cesará el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial?. Por haber cumplido 70 años de edad. Por expiración de su mandato, renuncia, o decisión del Pleno por incapacidad o incumplimiento grave de deberes. Por decisión del Gobierno. Solo por expiración de su mandato. ¿Qué mayoría se requiere en el Pleno del Consejo General del Poder Judicial para destituir al Presidente por incapacidad o incumplimiento grave de deberes?. Mayoría absoluta. Mayoría de 3/5. Mayoría simple. Mayoría de 2/3. ¿Qué sucede en caso de renuncia o destitución del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial?. El cargo será asumido temporalmente por el Presidente del Senado. Se procederá a un nuevo nombramiento del Presidente por parte del Gobierno. Se procederá a un nuevo nombramiento de Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial. El cargo quedará vacante hasta la renovación del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cómo se elige al Vicepresidente del Tribunal Supremo?. El Vicepresidente es elegido por el Presidente del Tribunal Supremo sin necesidad de votación. El Vicepresidente es nombrado por el Gobierno tras una propuesta del Presidente del Tribunal Supremo. El Vicepresidente es elegido por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial por mayoría de tres quintos a propuesta del Presidente. El Vicepresidente es elegido por el Pleno del Tribunal Supremo. ¿Qué requisitos debe cumplir la persona propuesta para Vicepresidente del Tribunal Supremo?. Ser un jurista de reconocida competencia con más de 25 años de experiencia. Tener la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo, estar en servicio activo y cumplir los requisitos para ser Presidente de Sala. Ser elegido por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial con una mayoría absoluta. Tener menos de 60 años y ser miembro del Consejo General del Poder Judicial. ¿Qué sucede si no se alcanza la mayoría absoluta en la votación para elegir al Vicepresidente del Tribunal Supremo?. El Vicepresidente será elegido por el Presidente del Tribunal Supremo. El Presidente del Tribunal Supremo deberá realizar una nueva propuesta de Vicepresidente. El Vicepresidente será elegido por el Gobierno. La votación será anulada y se esperará hasta el siguiente Pleno. ¿Qué mayoría es necesaria para cesar al Vicepresidente del Tribunal Supremo?. Mayoría absoluta del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Mayoría de tres quintos del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Unanimidad de los miembros del Pleno. Mayoría del Pleno del Tribunal Supremo. ¿Qué función ejerce el Vicepresidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial en caso de cese anticipado del Presidente?. El Vicepresidente asumirá el cargo de Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial hasta que se nombre un nuevo Presidente. El Vicepresidente solo asumirá el cargo de Presidente del Consejo General del Poder Judicial, pero no del Tribunal Supremo. El Vicepresidente asume el cargo de Presidente solo del Tribunal Supremo, no del Consejo General del Poder Judicial. El Vicepresidente no ejerce ninguna función en caso de cese anticipado del Presidente. ¿Qué funciones puede ejercer el Vicepresidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial según la Ley?. El Vicepresidente solo debe asistir al Presidente en caso de enfermedad, ausencia o vacante. El Vicepresidente puede sustituir al Presidente en casos de vacante, ausencia o enfermedad, y puede ejercer la superior dirección del Gabinete Técnico por delegación. El Vicepresidente no puede asumir funciones delegadas del Presidente. El Vicepresidente solo sustituye al Presidente en su ausencia, pero no tiene otras funciones. ¿Cuál es la función del Vicepresidente del Tribunal Supremo en relación con la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo?. El Vicepresidente no tiene relación con la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo. El Vicepresidente será miembro nato de la Sala de Gobierno y podrá proponer decisiones para garantizar el correcto funcionamiento del Tribunal Supremo. El Vicepresidente únicamente tiene voz, pero no voto, en las decisiones de la Sala de Gobierno. El Vicepresidente solo velará por la ejecución de los acuerdos adoptados por el Presidente del Tribunal Supremo. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la situación administrativa y responsabilidad del Presidente y Vicepresidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial?. El Presidente y el Vicepresidente del Tribunal Supremo siempre estarán en servicio activo, sin importar su origen. El Presidente del Tribunal Supremo en servicios especiales y el Vicepresidente en servicio activo, con una duración de cinco años para el Vicepresidente, y ambos sujetos a responsabilidad civil y penal según los trámites para los Magistrados del Tribunal Supremo. El Presidente y el Vicepresidente del Tribunal Supremo no tienen responsabilidad civil ni penal. El Vicepresidente del Tribunal Supremo será designado para un mandato de diez años y estará en servicios especiales. ¿Quién designa al Director de Gabinete de la Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial?. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial. El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial. El Ministro de Justicia. El Congreso de los Diputados. ¿Qué requisitos deben cumplir las personas para desempeñar el cargo de Director de Gabinete de la Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial?. Ser nombrado por el Presidente del Tribunal Supremo. Tener al menos 10 años de experiencia en el ámbito judicial. Ser Magistrado del Tribunal Supremo o cumplir los requisitos para acceder a la categoría de Magistrado del Tribunal Supremo. Ser abogado con más de 25 años de ejercicio profesional. ¿Cuáles son las funciones principales del Director del Gabinete de la Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial?. Gestionar el presupuesto del Tribunal Supremo. Auxiliar al Presidente en sus funciones, ejercer tareas que le encomiende el Presidente y dirigir los Servicios de Secretaría de Presidencia. Coordinar las actividades del Pleno del Tribunal Supremo. Asesorar a los Vocales sobre asuntos judiciales y legales. ¿Qué consideración tendrá el Director del Gabinete de la Presidencia mientras desempeñe su cargo?. Tendrá la consideración de abogado del Tribunal Supremo. Tendrá la consideración de Magistrado del Tribunal Supremo, a efectos representativos. Tendrá la consideración de asesor del Presidente. No tendrá ninguna consideración representativa durante su cargo. ¿Quién determinará la estructura y el funcionamiento del Gabinete de la Presidencia del Consejo General del Poder Judicial?. El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial. El Ministro de Justicia. El Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial. La Junta Electoral del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al ejercicio de las atribuciones del Consejo General del Poder Judicial?. El Consejo General del Poder Judicial ejerce todas sus atribuciones exclusivamente a través de su Presidencia. Las atribuciones del Consejo General del Poder Judicial se ejercen únicamente en Pleno. El Consejo General del Poder Judicial ejerce sus atribuciones en Pleno o a través de las Comisiones previstas en la Ley Orgánica. Las atribuciones del Consejo General del Poder Judicial se delegan exclusivamente en el Vicepresidente del Consejo. ¿Cuáles de las siguientes Comisiones existen en el Consejo General del Poder Judicial según la Ley Orgánica?. Permanente, de Calificación, Disciplinaria, de Asuntos Económicos y de Igualdad. Permanente, de Recursos Humanos, de Asuntos Sociales, de Ética y de Protección Civil. De Control Interno, de Evaluación Judicial, de Asuntos Administrativos y de Igualdad de Oportunidades. De Supervisión Legislativa, de Economía Pública, de Transparencia y de Derechos Fundamentales. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a las funciones del Vicepresidente del Tribunal Supremo en el Consejo General del Poder Judicial?. El Vicepresidente del Tribunal Supremo puede ejercer cualquier función que le delegue la Presidencia del Consejo. El Vicepresidente del Tribunal Supremo no ejercerá en el Consejo General del Poder Judicial otras funciones que las previstas expresamente en la Ley. El Vicepresidente del Tribunal Supremo asume todas las funciones del Presidente del Consejo en caso de ausencia temporal. El Vicepresidente del Tribunal Supremo puede crear nuevas funciones dentro del Consejo General del Poder Judicial si lo considera necesario. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial?. La Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial son cargos distintos que se ejercen de forma independiente. La Presidencia del Consejo General del Poder Judicial solo puede ser desempeñada por un miembro electo del propio Consejo. La Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial es una función inherente al cargo de Presidente del Tribunal Supremo. El Presidente del Tribunal Supremo no tiene ninguna relación con el Consejo General del Poder Judicial. ¿Quién tiene esta competencia?: Ostentar la representación del Consejo General del Poder Judicial. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente, decidiendo los empates con voto de calidad. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Fijar el orden del día de las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Proponer al Pleno y a la Comisión Permanente las cuestiones que estime oportunas en materia de la competencia de éstos. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Proponer el nombramiento de ponencias para preparar la resolución o despacho de un asunto. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Autorizar con su firma los acuerdos del Pleno y de la Comisión Permanente. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Ejercer la superior dirección de las actividades de los órganos técnicos del Consejo General del Poder Judicial. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Nombrar y cesar al Director del Gabinete de la Presidencia y al Director de la Oficina de Comunicación, así como al personal eventual al servicio del Presidente. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Proponer al Pleno el nombramiento del Vicepresidente del Tribunal Supremo, del Secretario General y del Vicesecretario General, así como, en los dos últimos casos, acordar su cese. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Podrá encargar cometidos a vocales concretos o a grupos de trabajo siempre que este encargo no tenga carácter permanente ni indefinido. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al cese del Secretario General y del Vicesecretario General del Consejo General del Poder Judicial cuando este se encuentra en funciones?. La Presidencia puede acordar el cese del Secretario General y del Vicesecretario General en cualquier momento, incluso si el Consejo está en funciones. El cese del Secretario General y del Vicesecretario General solo puede ser acordado por el Pleno del Consejo, sin importar su situación. Cuando el Consejo General del Poder Judicial se encuentra en funciones, su Presidencia no podrá acordar el cese del Secretario General ni del Vicesecretario General. La Presidencia tiene la potestad exclusiva de cesar al Secretario General y al Vicesecretario General, sin limitaciones legales. ¿Cuál es el plazo máximo para que el Consejo General del Poder Judicial proponga el nombramiento de los dos Magistrados del Tribunal Constitucional que le corresponde designar?. Seis meses desde la finalización del mandato anterior. Tres meses desde el día siguiente al vencimiento del mandato anterior. Un mes desde la propuesta del Gobierno. No hay un plazo establecido legalmente. ¿Cuál de las siguientes funciones corresponde al Pleno del Consejo General del Poder Judicial?. La designación directa del Fiscal General del Estado. La propuesta de nombramiento del Presidente del Tribunal Supremo y la emisión del informe previo sobre el nombramiento del Fiscal General del Estado. La aprobación del Código Penal. La supervisión de la Policía Judicial. ¿A quién corresponde el nombramiento del Vicepresidente del Tribunal Supremo, del Secretario General y del Vicesecretario General del Consejo General del Poder Judicial?. Comisión Permanente. Ministro de Justicia. Pleno del CGPJ. Presidente del TS y del CGPJ. ¿Quién es competente para interponer un conflicto de atribuciones entre órganos constitucionales del Estado?. Presidente del Gobierno. Tribunal Constitucional. Pleno del CGPJ. Comisión Permanente. ¿Quién elige y nombra a los Vocales de las diferentes Comisiones del Consejo General del Poder Judicial?. Presidente del TS y del CGPJ. Ministro de Justicia. Pleno del CGPJ. Tribunal Supremo. ¿A quién corresponde el ejercicio de la potestad reglamentaria en el Consejo General del Poder Judicial?. Comisión Permanente. Pleno del CGPJ. Presidente del TS y del CGPJ. Fiscal General del Estado. ¿Quién aprueba el Presupuesto del Consejo General del Poder Judicial y recibe la rendición de cuentas de su ejecución?. Comisión de Asuntos Económicos. Ministro de Hacienda. Pleno del CGPJ. Comisión Permanente. ¿Quién aprueba la Memoria anual del Consejo General del Poder Judicial?. Presidente del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Pleno del CGPJ. Fiscalía General del Estado. ¿Quién resuelve los expedientes disciplinarios cuya propuesta de sanción consiste en la separación de la carrera judicial?. Comisión Disciplinaria. Comisión Permanente. Ministro de Justicia. Pleno del CGPJ. ¿Quién resuelve los recursos de alzada interpuestos contra los acuerdos sancionadores de la Comisión Disciplinaria y de la Comisión Permanente?. Presidente de TS y del CGPJ. Tribunal Supremo. Pleno del CGPJ. Ministerio de Justicia. ¿Quién aprueba los informes sobre los anteproyectos de ley o disposiciones generales que se sometan a su dictamen por el Gobierno, las Cámaras legislativas o las Comunidades Autónomas?. Comisión Permanente. Ministerio de Justicia. Pleno del CGPJ. Tribunal Constitucional. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la designación de Vocales por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial?. El Pleno puede designar un número ilimitado de Vocales por cada Comunidad Autónoma. El Pleno designará un máximo de dos Vocales por cada Comunidad Autónoma para servir de cauce de interlocución entre las instituciones y autoridades del territorio y el Consejo General del Poder Judicial. Los Vocales designados por el Pleno tienen competencias exclusivas sobre los Tribunales Superiores de Justicia de sus respectivas Comunidades Autónomas. La designación de Vocales para la interlocución territorial corresponde exclusivamente al Presidente del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la creación de nuevas Comisiones por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial?. El Pleno puede crear nuevas Comisiones sin necesidad de una mayoría específica. Las nuevas Comisiones creadas por el Pleno estarán formadas exclusivamente por Vocales del turno judicial. El Pleno podrá crear otras Comisiones, además de las enumeradas en el artículo 595.2, por una mayoría de tres quintos de los Vocales, y estarán formadas por cinco Vocales: tres del turno judicial y dos del turno de juristas de reconocida competencia. Solo el Presidente del Consejo General del Poder Judicial puede crear nuevas Comisiones sin la participación del Pleno. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la convocatoria de las sesiones ordinarias del Pleno del Consejo General del Poder Judicial?. El Pleno se reunirá en sesión ordinaria únicamente cuando lo soliciten al menos la mitad de los Vocales. El Pleno se reunirá en sesión ordinaria, a convocatoria del Presidente, una vez al mes. El Pleno debe reunirse en sesión ordinaria cada semana, sin necesidad de convocatoria formal. Las sesiones ordinarias del Pleno solo pueden ser convocadas por el Vicepresidente del Tribunal Supremo. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la celebración de sesiones extraordinarias del Pleno del Consejo General del Poder Judicial?. El Pleno solo podrá convocar sesiones extraordinarias si lo solicita la mitad más uno de los Vocales. Una sesión extraordinaria se celebrará si lo considera oportuno el Presidente o si lo solicitan cinco Vocales, para ejercer alguna de las competencias referidas en el artículo anterior. El Presidente del Consejo puede convocar sesiones extraordinarias sin necesidad de justificación alguna. El Pleno no podrá convocar sesiones extraordinarias si se encuentra en período vacacional. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la elección del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial en el Pleno?. La elección del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial puede llevarse a cabo sin necesidad de quórum mínimo. Para la válida constitución del Pleno en la sesión de elección del Presidente, se requiere la presencia de al menos doce de sus miembros. La elección del Presidente solo se podrá realizar si están presentes todos los Vocales del Pleno. La presencia mínima necesaria para la válida constitución del Pleno en esta sesión es de ocho Vocales. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la válida constitución del Pleno del Consejo General del Poder Judicial en casos distintos a la elección del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial?. Para la válida constitución del Pleno siempre es necesaria la presencia de todos los Vocales. En los demás casos, para la válida constitución del Pleno, se requiere la presencia de al menos diez Vocales y el Presidente. El Pleno puede constituirse con la presencia de cualquier número de Vocales, siempre que el Presidente esté presente. La válida constitución del Pleno solo es posible si se encuentran presentes al menos quince Vocales y el Presidente. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la elección de los Vocales de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial?. Los Vocales de la Comisión Permanente son designados por el Presidente del Tribunal Supremo. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los Vocales de la Comisión Permanente. Los Vocales de la Comisión Permanente son elegidos por las Comunidades Autónomas. La elección de los Vocales de la Comisión Permanente corresponde a la Comisión Disciplinaria. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la composición y renovación de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial?. La Comisión Permanente está compuesta únicamente por los Vocales designados por el turno judicial. La Comisión Permanente está formada por el Presidente del Tribunal Supremo y otros siete Vocales, de los cuales cuatro son del turno judicial y tres del turno de juristas de reconocida competencia. Los Vocales de la Comisión Permanente se designan para un mandato de cinco años sin posibilidad de renovación. Los Vocales de la Comisión Permanente son elegidos por el Pleno del Tribunal Constitucional. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la sustitución de los Vocales en la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial?. La sustitución de los Vocales en la Comisión Permanente no es posible bajo ninguna circunstancia. El Consejo General del Poder Judicial determinará en el Reglamento de Organización y Funcionamiento los casos y la forma en que se debe proceder a la sustitución de los Vocales titulares por otros, en caso de transitoria imposibilidad o ausencia justificada. Solo el Presidente del Tribunal Supremo puede decidir sobre la sustitución de los Vocales de la Comisión Permanente. Los Vocales de la Comisión Permanente deben ser sustituidos automáticamente si no asisten a tres sesiones consecutivas. ¿Quién tiene esta competencia?: Preparar las sesiones del Pleno de conformidad con el plan de trabajo y las directrices que este establezca. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Velar por la exacta ejecución de los acuerdos del Pleno del Consejo. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Decidir aquellos nombramientos de jueces y magistrados que, por tener carácter íntegramente reglado, no sean de la competencia del Pleno, acordar la jubilación forzosa por edad de los mismos y resolver sobre su situación administrativa. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Informar, en todo caso, sobre los nombramientos de jueces y magistrados de la competencia del Pleno, que deberá fundarse en criterios objetivos y suficientemente valorados y detallados, y tener en cuenta el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres. Para la adecuada formación de los criterios de calificación de los jueces y magistrados, la Comisión podrá recabar información de los distintos órganos del Poder Judicial. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Resolver sobre la concesión de licencias a los jueces y magistrados, en los casos previstos por la ley. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Preparar los informes sobre los anteproyectos de ley o disposiciones generales que se hayan de someter a la aprobación del Pleno. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Autorizar el escalafón de la Carrera Judicial. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Ejercer cuantas competencias le sean delegadas por el Pleno o le fueren atribuidas por la ley. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a los acuerdos de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial?. Los acuerdos de la Comisión Permanente no son recurribles bajo ninguna circunstancia. Los acuerdos de la Comisión Permanente son recurribles en alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Los acuerdos de la Comisión Permanente solo pueden ser recurridos ante el Tribunal Constitucional. Los acuerdos de la Comisión Permanente pueden ser modificados por el Presidente del Tribunal Supremo sin necesidad de recurrirlos. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la elección de los Vocales integrantes de la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial?. Los Vocales integrantes de la Comisión Disciplinaria son designados por el Tribunal Constitucional. El Pleno elegirá a los Vocales integrantes de la Comisión Disciplinaria, cuyo mandato será de cinco años, salvo las sustituciones que procedan. Los Vocales de la Comisión Disciplinaria son nombrados por el Presidente del Consejo General del Poder Judicial sin intervención del Pleno. El mandato de los Vocales de la Comisión Disciplinaria es indefinido. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la composición de la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial?. La Comisión Disciplinaria está compuesta por cuatro Vocales, todos del turno judicial. La Comisión Disciplinaria está formada por siete Vocales: cuatro del turno judicial y tres del turno de juristas de reconocida competencia. La Comisión Disciplinaria tiene un total de diez Vocales, todos del turno de juristas de reconocida competencia. La Comisión Disciplinaria está formada únicamente por Vocales del turno judicial, sin representación del turno de juristas de reconocida competencia. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al funcionamiento de la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial?. La Comisión Disciplinaria puede actuar sin la presencia de todos sus miembros. La Comisión Disciplinaria debe actuar con la asistencia de todos sus componentes y bajo la presidencia del Vocal de origen judicial con mayor categoría y antigüedad. La Comisión Disciplinaria no necesita la presencia de todos sus Vocales para tomar decisiones, solo la de los Vocales del turno de juristas de reconocida competencia. La Comisión Disciplinaria siempre se reúne bajo la presidencia del Vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la sustitución de los miembros de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial?. La Comisión Permanente puede sustituir a cualquiera de sus miembros por un Vocal de diferente procedencia. En caso de transitoria imposibilidad o ausencia justificada de alguno de sus componentes, la Comisión Permanente procederá a su sustitución por otro Vocal de idéntica procedencia. La sustitución de los miembros de la Comisión Permanente solo puede ser decidida por el Presidente del Tribunal Supremo. La Comisión Permanente no permite la sustitución de sus miembros bajo ninguna circunstancia. ¿Quién tiene esta competencia?: Resolver los expedientes disciplinarios incoados por infracciones graves y muy graves e imponer, en su caso, las sanciones que correspondan a Jueces y Magistrados, con la sola excepción de aquellos supuestos en que la sanción propuesta fuere de separación del servicio. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Conocer de los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones sancionadoras de los órganos de gobierno interno de los Tribunales. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a los acuerdos sancionadores de la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial?. Los acuerdos sancionadores de la Comisión Disciplinaria no pueden ser recurridos. Los acuerdos sancionadores de la Comisión Disciplinaria serán recurribles en alzada ante el Pleno en el plazo de un mes. Los acuerdos sancionadores de la Comisión Disciplinaria solo pueden ser recurridos ante el Tribunal Constitucional. Los acuerdos sancionadores de la Comisión Disciplinaria no tienen plazo de recurrir. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a las funciones del Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial?. El Promotor de la Acción Disciplinaria no tiene ninguna función en la instrucción de expedientes disciplinarios. La recepción de quejas sobre el funcionamiento de los órganos judiciales, la recepción de denuncias, la iniciación e instrucción de expedientes disciplinarios y la presentación de los cargos ante la Comisión Disciplinaria corresponden al Promotor de la Acción Disciplinaria. La función del Promotor de la Acción Disciplinaria se limita únicamente a la recepción de quejas sobre los órganos judiciales. El Promotor de la Acción Disciplinaria no puede presentar cargos ante la Comisión Disciplinaria. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al nombramiento del Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial?. El Promotor de la Acción Disciplinaria será nombrado por el Presidente del Tribunal Supremo. El Promotor de la Acción Disciplinaria será nombrado por el Pleno y su mandato coincidirá con el del Consejo que lo nombró. El Promotor de la Acción Disciplinaria es designado por la Comisión Permanente. El mandato del Promotor de la Acción Disciplinaria es independiente y no está vinculado al Consejo que lo nombró. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al proceso de provisión de la plaza vacante en el Consejo General del Poder Judicial?. En caso de vacante, el Consejo General del Poder Judicial puede nombrar al nuevo titular sin convocatoria previa. Vacante la plaza, el Consejo General del Poder Judicial hará una convocatoria para su provisión entre Magistrados del Tribunal Supremo y Magistrados con más de veinticinco años de antigüedad en la carrera judicial. Las plazas vacantes en el Consejo General del Poder Judicial solo pueden ser cubiertas por abogados de reconocido prestigio. El Consejo General del Poder Judicial no realiza convocatorias para la provisión de plazas vacantes, sino que las asigna directamente. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al proceso de elección en primera y segunda votación en el Consejo General del Poder Judicial?. En la primera votación, quien obtenga el mayor número de votos será elegido, sin necesidad de mayoría absoluta. En primera votación será elegido quien obtenga la mayoría absoluta; y, si nadie la obtuviere, se procederá a una segunda votación resultando elegido aquel que lograre mayor número de votos. En la segunda votación, el proceso de elección se repite sin importar el número de votos obtenidos. Si nadie obtiene mayoría absoluta en la primera votación, se considera que la elección ha fracasado y no se realiza una segunda votación. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al régimen de servicios del Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial?. El Promotor de la Acción Disciplinaria podrá seguir ejerciendo sus funciones judiciales mientras ocupa el cargo. El Promotor de la Acción Disciplinaria permanecerá en servicios especiales en la carrera judicial y ejercerá exclusivamente las funciones inherentes a su cargo. El Promotor de la Acción Disciplinaria debe abandonar su puesto en la carrera judicial para dedicarse a tareas administrativas. El Promotor de la Acción Disciplinaria puede desempeñar cualquier otra función judicial además de las propias de su cargo. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a las causas de cese del Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial?. El Promotor de la Acción Disciplinaria puede ser cesado sin necesidad de una causa específica. El Promotor de la Acción Disciplinaria podrá ser cesado por decisión del Presidente del Consejo General del Poder Judicial en cualquier momento. El Promotor de la Acción Disciplinaria sólo podrá ser cesado por incapacidad o incumplimiento grave de sus deberes, apreciados por el Pleno mediante mayoría absoluta. El Promotor de la Acción Disciplinaria puede ser cesado por el Tribunal Supremo si se considera necesario. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la sustitución del Promotor de la Acción Disciplinaria en caso de imposibilidad transitoria?. La Comisión Permanente puede nombrar a cualquier persona para sustituir al Promotor de la Acción Disciplinaria, sin necesidad de cumplir los requisitos exigidos. En caso de imposibilidad transitoria del Promotor de la Acción Disciplinaria, la Comisión Permanente procederá a su sustitución nombrando a un Magistrado que reúna los mismos requisitos exigidos al Promotor para su designación, solo por el tiempo que dure dicha imposibilidad. El Promotor de la Acción Disciplinaria no puede ser sustituido, aunque se encuentre en circunstancias excepcionales. La Comisión Permanente nombrará a un jurista de reconocido prestigio para sustituir al Promotor de la Acción Disciplinaria en caso de imposibilidad transitoria. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al estatus del Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial mientras desempeña su cargo?. El Promotor de la Acción Disciplinaria pierde su consideración de Magistrado del Tribunal Supremo al ser nombrado para el cargo. Mientras desempeñe el cargo, el Promotor de la Acción Disciplinaria tendrá la consideración honorífica de Magistrado del Tribunal Supremo. El Promotor de la Acción Disciplinaria debe renunciar a su título de Magistrado del Tribunal Supremo al asumir el cargo. El Promotor de la Acción Disciplinaria solo tendrá la consideración honorífica de Magistrado del Tribunal Supremo si ocupa el cargo durante más de dos años. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la asistencia del Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial?. El Promotor de la Acción Disciplinaria no necesita asistencia de Letrados durante el ejercicio de sus funciones. El Promotor de la Acción Disciplinaria estará asistido por el número de Letrados del Consejo General del Poder Judicial que establezca el Reglamento de Organización y Funcionamiento del mismo. El Promotor de la Acción Disciplinaria puede designar a sus propios Letrados para su asistencia sin ningún límite. El Promotor de la Acción Disciplinaria siempre será asistido por un solo Letrado del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a los Letrados del Consejo General del Poder Judicial bajo las órdenes del Promotor de la Acción Disciplinaria?. Los Letrados bajo las órdenes del Promotor de la Acción Disciplinaria podrán ejercer otras funciones además de las relacionadas con su cargo. Los Letrados del Consejo General del Poder Judicial bajo las órdenes del Promotor de la Acción Disciplinaria no podrán ejercer ninguna otra función y sólo estarán sometidos a la Secretaría General en cuestiones estrictamente atinentes a su relación de servicio. Los Letrados bajo las órdenes del Promotor de la Acción Disciplinaria pueden actuar con total autonomía, sin ninguna restricción en sus funciones. Los Letrados del Consejo General del Poder Judicial bajo las órdenes del Promotor de la Acción Disciplinaria podrán actuar bajo la supervisión del Presidente del Tribunal Supremo. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a las funciones del Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial?. El Promotor de la Acción Disciplinaria no puede delegar ninguna función de instrucción en los Letrados del Consejo General del Poder Judicial. El Promotor de la Acción Disciplinaria puede delegar de forma expresa y motivada la realización de determinados actos de instrucción en alguno de los Letrados del Consejo que le asisten y que pertenezcan a la carrera judicial. El Promotor de la Acción Disciplinaria debe delegar todas las funciones de instrucción en los Letrados del Consejo General del Poder Judicial. El Promotor de la Acción Disciplinaria puede delegar sus funciones en cualquier miembro del Consejo General del Poder Judicial, sin necesidad de justificación. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la colaboración de los Jueces y Magistrados con el Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial?. Los Jueces y Magistrados no están obligados a colaborar con el Promotor de la Acción Disciplinaria. El Promotor de la Acción Disciplinaria puede requerir la presencia del Juez o Magistrado expedientado sin necesidad de autorización del Presidente del Tribunal correspondiente. Los Jueces y Magistrados están obligados a colaborar con el Promotor de la Acción Disciplinaria, y el Promotor podrá requerir su presencia por conducto del Presidente del Tribunal correspondiente. El Promotor de la Acción Disciplinaria no puede requerir la presencia de los Jueces o Magistrados expedientados. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la decisión del Promotor de la Acción Disciplinaria de no iniciar un expediente disciplinario o de archivar uno ya iniciado?. La decisión del Promotor de la Acción Disciplinaria de no iniciar un expediente disciplinario o de archivar uno ya iniciado no puede ser impugnada por ninguna vía. Frente a la decisión del Promotor de la Acción Disciplinaria de no iniciar un expediente disciplinario o de archivar uno ya iniciado se podrá interponer recurso ante la Comisión Permanente. El Promotor de la Acción Disciplinaria no tiene la facultad de archivar un expediente disciplinario, por lo que no existe recurso ante ninguna instancia. Si el Promotor de la Acción Disciplinaria archiva un expediente, la única opción disponible es recurrir ante el Tribunal Supremo. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al procedimiento de recurso ante la Comisión Permanente en caso de que el Promotor de la Acción Disciplinaria decida no iniciar o archivar un expediente disciplinario?. Si la Comisión Permanente estimare el recurso, se archivará el expediente disciplinario sin necesidad de continuar con la investigación. Si la Comisión Permanente estimare el recurso, se iniciará o continuará el expediente disciplinario de que se trate. Si la Comisión Permanente estimare el recurso, el Promotor de la Acción Disciplinaria podrá decidir si reinicia el expediente disciplinario. La Comisión Permanente no tiene facultad para decidir sobre el inicio o continuación de un expediente disciplinario. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a las facultades de la Comisión Permanente sobre la iniciación o continuación de un expediente disciplinario?. La Comisión Permanente solo puede ordenar la iniciación o continuación de un expediente disciplinario si el Promotor de la Acción Disciplinaria lo solicita. La Comisión Permanente no tiene ninguna facultad para intervenir en el inicio o la continuación de un expediente disciplinario. La Comisión Permanente puede, de oficio, ordenar al Promotor de la Acción Disciplinaria la iniciación o continuación de un expediente disciplinario. La Comisión Permanente solo puede intervenir en la resolución final de los expedientes disciplinarios, no en su inicio o continuación. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la elección y designación en la Comisión de Asuntos Económicos del Consejo General del Poder Judicial?. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los Vocales integrantes de la Comisión de Asuntos Económicos, pero no designará a su Presidente. El Presidente de la Comisión de Asuntos Económicos será elegido por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, pero no se elegirá anualmente. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los Vocales integrantes de la Comisión de Asuntos Económicos y, de entre ellos, designará a su Presidente. Los Vocales de la Comisión de Asuntos Económicos serán designados de forma indefinida sin necesidad de elección anual por parte del Pleno. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la composición de la Comisión de Asuntos Económicos del Consejo General del Poder Judicial?. La Comisión de Asuntos Económicos estará integrada por cinco Vocales. La Comisión de Asuntos Económicos estará integrada por tres Vocales. La Comisión de Asuntos Económicos estará integrada por un solo Vocal. La Comisión de Asuntos Económicos estará integrada por siete Vocales. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al funcionamiento de la Comisión de Asuntos Económicos del Consejo General del Poder Judicial?. La Comisión de Asuntos Económicos puede actuar sin la presencia de todos sus componentes. La Comisión de Asuntos Económicos deberá actuar con la asistencia de todos sus componentes. La Comisión de Asuntos Económicos puede tomar decisiones con solo la mitad de sus Vocales presentes. La Comisión de Asuntos Económicos puede actuar con la presencia de solo dos de sus tres Vocales. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a las funciones de la Comisión de Asuntos Económicos del Consejo General del Poder Judicial?. La Comisión de Asuntos Económicos solo se encarga de la realización de estudios financieros relacionados con el Tribunal Supremo. La Comisión de Asuntos Económicos tiene como única función el control de la actividad financiera del Consejo General del Poder Judicial. La Comisión de Asuntos Económicos se encarga de realizar estudios y proyectos de carácter económico y financiero encomendados por el Pleno, así como el control de la actividad financiera y contable de la gerencia. La Comisión de Asuntos Económicos no tiene funciones relacionadas con el control financiero, solo se encarga de la aprobación del presupuesto. ¿Quién tiene esta competencia?: Realización de estudios y proyectos de carácter económico y financiero que le sean encomendados por el Pleno del Consejo. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Control de la actividad financiera y contable de la gerencia. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Aquellas otras que resulten necesarias para el correcto desempeño de las funciones del Consejo General del Poder Judicial en materia económica. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a las funciones de la Comisión Permanente y la Comisión de Asuntos Económicos del Consejo General del Poder Judicial?. La Comisión Permanente tiene la facultad de aprobar directamente el presupuesto anual del Consejo General del Poder Judicial, sin necesidad de intervención de la Comisión de Asuntos Económicos. La Comisión Permanente podrá delegar en la Comisión de Asuntos Económicos la elaboración del borrador del presupuesto anual, pero su aprobación final siempre corresponde a la Comisión Permanente antes de elevarlo al Pleno. La Comisión de Asuntos Económicos tiene la autoridad exclusiva para aprobar el presupuesto anual, sin la intervención de la Comisión Permanente. La Comisión Permanente no tiene ninguna función relacionada con la aprobación del presupuesto anual del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la elección de los miembros de la Comisión de Igualdad del Consejo General del Poder Judicial?. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los miembros de la Comisión de Igualdad, pero no tendrá en cuenta el principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente, de entre sus Vocales, y atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, a los miembros de la Comisión de Igualdad y designará a su Presidente. La Comisión de Igualdad será designada exclusivamente por el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, sin intervención del Pleno. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente a los miembros de la Comisión de Igualdad, pero no es necesario que haya presencia equilibrada de mujeres y hombres. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la composición de la Comisión de Igualdad del Consejo General del Poder Judicial?. La Comisión de Igualdad estará integrada por cinco Vocales. La Comisión de Igualdad estará integrada por tres Vocales. La Comisión de Igualdad estará integrada por siete Vocales. La Comisión de Igualdad estará integrada por un solo Vocal. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto al funcionamiento de la Comisión de Igualdad del Consejo General del Poder Judicial?. La Comisión de Igualdad puede actuar sin la presencia de todos sus componentes. La Comisión de Igualdad debe actuar con la asistencia de todos sus componentes, y en caso de ausencia o imposibilidad, se procederá a la sustitución por otro Vocal del Consejo, preferentemente del mismo sexo. En caso de ausencia de un miembro, la Comisión de Igualdad podrá seguir actuando con solo la mitad de sus Vocales presentes. La Comisión de Igualdad solo podrá actuar si todos sus miembros están presentes, sin posibilidad de sustitución. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a las funciones de la Comisión de Igualdad del Consejo General del Poder Judicial?. La Comisión de Igualdad se encargará exclusivamente de elaborar los informes sobre el impacto de género en los Reglamentos, pero no asesorará al Pleno sobre medidas de igualdad. La Comisión de Igualdad no tiene competencias relacionadas con el impacto de género en la carrera judicial. La Comisión de Igualdad asesorará al Pleno sobre las medidas necesarias para integrar el principio de igualdad entre mujeres y hombres y elaborará informes previos sobre el impacto de género en los Reglamentos, además de proponer medidas para mejorar la igualdad en la carrera judicial. La Comisión de Igualdad solo elaborará informes sobre las medidas adoptadas por el Pleno, pero no propondrá nuevas medidas de igualdad. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a las funciones de la Comisión de Igualdad del Consejo General del Poder Judicial en relación con la violencia doméstica y de género?. La Comisión de Igualdad no tiene competencias relacionadas con la violencia doméstica o de género. La Comisión de Igualdad solo asesorará sobre la respuesta judicial en materia de violencia doméstica y de género, pero no realizará un seguimiento. La Comisión de Igualdad se encargará del estudio y seguimiento de la respuesta judicial en materia de violencia doméstica y de género, utilizando el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género o cualquier otro instrumento disponible. La Comisión de Igualdad no podrá utilizar el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, ya que solo tiene competencias en la carrera judicial. ¿Quién tiene esta competencia?: Asesorar al Pleno sobre las medidas necesarias o convenientes para integrar activamente el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ejercicio de las atribuciones del Consejo General del Poder Judicial. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Elaborar los informes previos sobre impacto de género de los Reglamentos y proponer medidas para mejorar los parámetros de igualdad en la carrera judicial. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Quién tiene esta competencia?: Estudio y seguimiento de la respuesta judicial en materia de violencia doméstica y de género, sirviéndose para ello del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género o de cualquier otro instrumento que se pueda establecer a estos efectos. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a la elección de los miembros de la Comisión de Calificación del Consejo General del Poder Judicial?. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente, de entre sus Vocales, a los miembros de la Comisión de Calificación, pero no designará a su Presidente. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá anualmente, de entre sus Vocales, a los componentes de la Comisión de Calificación y designará a su Presidente entre ellos. La Comisión de Calificación será designada exclusivamente por el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, sin intervención del Pleno. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial elegirá a los miembros de la Comisión de Calificación, pero no será necesario designar a un Presidente. ¿Cuál es la composición de la Comisión de Calificación del Consejo General del Poder Judicial?. Estará integrada por siete Vocales, cinco del turno judicial y dos del turno de juristas. Estará formada por tres Vocales, todos del turno judicial. Estará integrada por cinco Vocales, tres del turno judicial y dos del turno de juristas. Estará compuesta por cuatro Vocales, dos del turno judicial y dos del turno de juristas. ¿Quién tiene esta competencia?: Informar, en todo caso, sobre los nombramientos de la competencia del Pleno, garantizando una valoración objetiva de los candidatos basada en su trayectoria profesional. Consejo General del Poder Judicial. Gabinete de la Presidencia del TS y del GPJ. Presidencia del TS y del CGPJ. Comisión Permanente. Comisión Disciplinaria. Comisión de Asuntos Económicos. Comisión de Igualdad. Comisión de Calificación. ¿Qué debe hacer la Comisión de Calificación para asegurar la adecuada formación de los criterios de calificación de los Jueces y Magistrados?. Recabar únicamente la información de los candidatos sin necesidad de informes de las Salas de Gobierno. Recabar la información precisa de los distintos órganos del Poder Judicial y obtener un informe anual de las Salas de Gobierno, que debe basarse en criterios objetivos y detallados. Sólo recabar la información de las Salas de Gobierno sin necesidad de consultar otros órganos del Poder Judicial. No es necesario recabar informes de las Salas de Gobierno ni de otros órganos, ya que los criterios son subjetivos. ¿Qué función tienen los órganos técnicos del Consejo General del Poder Judicial?. Actuar únicamente como asesores jurídicos para el Pleno y las Comisiones. Tratar y preparar los asuntos que deban conocer el Pleno y las Comisiones. Decidir sobre los nombramientos de los jueces y magistrados sin necesidad de la intervención del Pleno. Supervisar exclusivamente la administración de los Tribunales Superiores de Justicia. ¿Cuál es la función del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial en lo que no está previsto por la Ley Orgánica?. Establecer las sanciones para los miembros del Consejo General del Poder Judicial. Determinar el número de órganos técnicos, su estructura, funciones y la forma de nombramiento de sus integrantes. Regular las competencias de los Tribunales Superiores de Justicia. Definir el procedimiento para la elección del Presidente del Consejo General del Poder Judicial. ¿Dónde se determinará la composición y, en su caso, el número de integrantes de los distintos órganos técnicos del Consejo General del Poder Judicial?. En la Ley Orgánica del Poder Judicial. En el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial. En el Reglamento de Personal del Consejo General del Poder Judicial. En la Constitución Española. ¿Cuáles de los siguientes son órganos técnicos del Consejo General del Poder Judicial?. Solo la Secretaría General y el Servicio de Inspección. La Secretaría General, el Servicio de Inspección, el Gabinete Técnico, la Escuela Judicial, el Centro de Documentación Judicial y la Oficina de Comunicación. Solo el Gabinete Técnico y la Oficina de Comunicación. Ninguno de los mencionados. ¿A qué quedará adscrito el Interventor al servicio del Consejo General del Poder Judicial?. A la Comisión de Igualdad. A la Comisión Permanente. Al Pleno del Consejo General del Poder Judicial. A la Comisión de Asuntos Económicos. ¿Qué establece la normativa respecto a la creación de órganos técnicos en el Consejo General del Poder Judicial?. Se podrán crear órganos técnicos con funciones ajenas a las atribuciones del Consejo General del Poder Judicial. Sólo se podrán crear órganos técnicos con funciones directamente relacionadas con las atribuciones del Consejo General del Poder Judicial. Los órganos técnicos pueden tener funciones judiciales independientes. Los órganos técnicos pueden asumir funciones legislativas del Consejo General del Poder Judicial. ¿Quién puede ser nombrado Secretario General del Consejo General del Poder Judicial?. Cualquier persona con experiencia en gestión administrativa. Un Magistrado con al menos diez años de antigüedad en la carrera judicial. Un Magistrado con al menos quince años de antigüedad en la carrera judicial o un jurista de reconocida competencia con no menos de quince años de ejercicio de su profesión. Solo un jurista con formación en derecho constitucional. ¿Quién nombra y cese al Secretario General del Consejo General del Poder Judicial?. El Pleno, a propuesta del Presidente, y será cesado libremente por el Presidente. El Pleno, a propuesta de los Vocales, y será cesado por el Presidente. El Pleno, por mayoría absoluta, y será cesado por la Comisión Permanente. El Presidente, a propuesta de los Vocales, y será cesado por el Pleno. ¿A qué órgano técnico corresponde esta competencia?: La dirección y coordinación de todos los órganos técnicos y del personal al servicio del Consejo General del Poder Judicial, salvo en relación con el Gabinete de la Presidencia. Secretaría General. Servicio de Inspección. Gabinete Técnico. Escuela Judicial. ¿A qué órgano técnico corresponde esta competencia?: Velar por la correcta preparación, ejecución y liquidación del presupuesto, dando cuenta de todo ello al Presidente y al Pleno para su aprobación por éste último. Secretaría General. Servicio de Inspección. Gabinete Técnico. Escuela Judicial. ¿A qué órgano técnico corresponde esta competencia?: La gestión, tramitación y documentación de los actos del Consejo General del Poder Judicial. Secretaría General. Servicio de Inspección. Gabinete Técnico. Escuela Judicial. ¿A qué órgano técnico corresponde esta competencia?: Las demás funciones que le atribuya el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial. Secretaría General. Servicio de Inspección. Gabinete Técnico. Escuela Judicial. ¿Con qué derechos asistirá el Secretario General a las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente?. Con voz y voto. Con voz, pero sin voto. Sin voz ni voto. Con voto, pero sin voz. ¿Quién auxiliará y, en su caso, sustituirá al Secretario General del Consejo General del Poder Judicial?. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial. El Vicesecretario General. El Secretario General Adjunto. ¿Quién nombra al Vicesecretario General del Consejo General del Poder Judicial y cuáles son los requisitos para su nombramiento?. El Pleno, a propuesta del Presidente, entre miembros del Cuerpo de Letrados con un mínimo de tres años de servicio efectivo. El Pleno, a propuesta del Presidente, entre miembros del Cuerpo de Letrados con al menos cinco años de servicio efectivo en el Consejo, y puede ser cesado libremente por el Presidente. El Presidente, a propuesta del Pleno, entre abogados externos con más de cinco años de experiencia. El Pleno, a propuesta de los Vocales, sin requisitos específicos de antigüedad. ¿Qué estructura existirá en la Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial?. Un Servicio Central con la Gerencia y los departamentos que presten servicios exclusivamente al Pleno. Un Servicio Central que integrará la Gerencia y los departamentos que presten servicios comunes a los órganos del Consejo. Un Servicio Central que solo incluirá la Gerencia. Un Servicio Central exclusivamente dedicado a la gestión económica del Consejo. ¿A qué órgano técnico corresponde esta competencia?: Llevar a cabo, bajo la dependencia de la Comisión Permanente, las funciones de comprobación y control del funcionamiento de los servicios de la Administración de Justicia a las que se refiere el apartado 1.8ª del artículo 560, de la presente Ley Orgánica, mediante la realización de las actuaciones y visitas que sean acordadas por el Consejo, todo ello sin perjuicio de la competencia de los órganos de gobierno de los Tribunales y en coordinación con éstos. Secretaría General. Servicio de Inspección. Gabinete Técnico. Escuela Judicial. ¿Quién se encargará de la inspección del Tribunal Supremo?. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial. El Presidente del Tribunal Supremo, o en su caso, por el Vicepresidente si es delegado. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial. El Secretario General del Consejo General del Poder Judicial. ¿Quién se encarga de nombrar y separar al Jefe del Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial, y qué consideración tiene mientras permanezca en el cargo?. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, y durante el cargo tendrá la consideración de Magistrado de Sala del Tribunal Supremo. El Presidente del Tribunal Supremo, y durante el cargo será considerado Juez del Tribunal Supremo. El Promotor de la Acción Disciplinaria, y durante el cargo será considerado abogado de reconocido prestigio. El Secretario General, y durante el cargo tendrá la consideración de Vocal del Consejo General del Poder Judicial. ¿Quién determinará el número de Magistrados y Letrados de la Administración de Justicia que integrarán el Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial?. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial. El Presidente del Tribunal Supremo. El Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial. La Comisión de Asuntos Económicos del Consejo General del Poder Judicial. ¿Qué situación tendrán los Magistrados o Letrados de la Administración de Justicia que presten sus servicios en el Servicio de Inspección?. Quedarán en situación de excedencia. Estarán en situación de servicios especiales. Estarán en situación de comisión de servicios. Permanecerán en su puesto original sin cambio de situación. ¿A qué órgano técnico corresponde esta competencia?: Asesoramiento y asistencia técnico-jurídica a los órganos del Consejo General del Poder Judicial, así como del desarrollo de la actividad administrativa necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Secretaría General. Servicio de Inspección. Gabinete Técnico. Escuela Judicial. ¿Quiénes integrarán el Gabinete Técnico del Consejo General del Poder Judicial?. Un Director de Gabinete y los Letrados que determine el Pleno del Consejo General del Poder Judicial. Un Director de Gabinete, los Letrados que determine el Reglamento de Organización y Funcionamiento, y el personal necesario para el correcto desarrollo de sus funciones. Un Director de Gabinete y los Letrados del Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial. Solo un Director de Gabinete, sin personal adicional. ¿Qué requisito se debe cumplir para ser nombrado Director del Gabinete Técnico del Consejo General del Poder Judicial?. Tener al menos diez años de experiencia en el ámbito judicial. Acreditar el desempeño efectivo de una profesión jurídica durante al menos quince años. Ser miembro del Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial. Haber sido nombrado por el Presidente del Tribunal Supremo. ¿A qué órgano técnico corresponde esta competencia?: Desarrollar y ejecutar las competencias en materia de selección y formación de los Jueces y Magistrados, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley Orgánica y en el Reglamento de la Escuela Judicial. Secretaría General. Servicio de Inspección. Gabinete Técnico. Escuela Judicial. ¿Quién será nombrado Director de la Escuela Judicial del Consejo General del Poder Judicial?. Un Magistrado con al menos diez años de antigüedad en la carrera judicial. Un Magistrado con al menos quince años de antigüedad en la carrera judicial. Un jurista de reconocida competencia con experiencia en formación judicial. Un Letrado con al menos quince años de antigüedad en el Consejo General del Poder Judicial. ¿Quién se encarga de seleccionar a los profesores de la Escuela Judicial?. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial. La Comisión Permanente mediante concurso de méritos. El Director de la Escuela Judicial, sin concurso de méritos. El Presidente del Tribunal Supremo, por designación directa. ¿Cuál es el período máximo de nombramiento de los profesores de la Escuela Judicial?. Se nombrarán por un período inicial de un año, renovable indefinidamente. Se nombrarán por un período inicial de dos años, renovable anualmente, sin que puedan superar los cinco años en total. Se nombrarán por un período inicial de dos años, renovable anualmente, sin que puedan superar los diez años en total. Se nombrarán por un período de diez años, sin posibilidad de renovación. ¿Cuál será la situación de los profesores de la Escuela Judicial durante su nombramiento?. Permanecerán en su puesto original sin cambios. Quedarán en situación de servicios especiales en la carrera judicial o en el cuerpo de funcionarios de procedencia. Serán suspendidos de sus funciones anteriores durante el nombramiento. Podrán seguir desempeñando su trabajo habitual sin restricciones. ¿Qué modalidad de contratación podrán tener algunos de los profesores de la Escuela Judicial?. Contrato indefinido. Contrato a tiempo parcial. Contrato laboral de duración determinada. Contrato temporal sin posibilidad de renovación. ¿Cómo se garantiza el ingreso en el Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial?. A través de un proceso de selección por invitación. Mediante un proceso selectivo basado en los principios de mérito y capacidad. Mediante el nombramiento directo por parte del Pleno. Por designación del Presidente del Tribunal Supremo. ¿Qué deben hacer los componentes de los órganos del Consejo General del Poder Judicial respecto a las deliberaciones de estos órganos?. Publicarlas en actas para transparencia. Guardar secreto sobre las deliberaciones. Compartirlas con otros órganos judiciales. Hacerlas públicas una vez concluidas. ¿Cómo se adoptan los acuerdos en los órganos colegiados del Consejo General del Poder Judicial?. Por mayoría simple. Por mayoría absoluta de los miembros presentes, salvo en algunos nombramientos específicos, que requieren mayoría de tres quintos. Por unanimidad de los miembros presentes. Por mayoría de tres quintos de los miembros presentes en todos los casos. ¿Cómo se adopta la mayoría para nombrar a los Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Supremo, Presidente de la Audiencia Nacional, y otros cargos judiciales importantes?. Por mayoría simple. Por mayoría absoluta de los miembros presentes. Por mayoría de tres quintos de los miembros presentes. Por unanimidad de los miembros presentes. ¿Qué se requiere en caso de empate durante la adopción de acuerdos en los órganos del Consejo General del Poder Judicial?. El acuerdo será anulado. El presidente tiene voto de calidad. Se votará nuevamente. El acuerdo se someterá a un referéndum. ¿Qué tipo de decisiones del Consejo General del Poder Judicial requieren una mayoría de tres quintos de los miembros presentes?. Todas las decisiones relacionadas con la administración interna. Nombramientos de Presidentes de Tribunales y Magistrados del Tribunal Supremo. Decisiones sobre el presupuesto del Consejo. Decisiones sobre sanciones disciplinarias. ¿Cómo se garantiza la confidencialidad de las deliberaciones de los órganos del Consejo General del Poder Judicial?. Los miembros deben firmar un acuerdo de confidencialidad. Los acuerdos deben ser publicados en un boletín oficial. Las deliberaciones son reservadas y sus miembros deben guardar secreto. Solo los Presidentes pueden acceder a las deliberaciones. ¿Qué tipo de voto tiene el presidente en caso de empate en los órganos colegiados del Consejo General del Poder Judicial?. El presidente vota en contra. El presidente tiene voto de calidad. El presidente no puede votar. El presidente vota dos veces. ¿Qué obligación tienen los Vocales en relación con las decisiones del Pleno y las Comisiones del Consejo General del Poder Judicial?. Están obligados a asistir, participar y emitir voto válido sobre todas las cuestiones a decidir. Pueden abstenerse de participar en cualquier tema. Sólo están obligados a votar en las decisiones de carácter económico. No tienen la obligación de asistir, solo de votar. ¿Cuándo podrán los Vocales abstenerse de votar en el Pleno o en las Comisiones?. En todos los casos que lo deseen. Solo cuando concurra causa legal para ello. Siempre que no estén de acuerdo con la mayoría. Cuando el tema no les interese. ¿En qué casos pueden los Vocales emitir voto en blanco?. En todas las decisiones del Pleno o de las Comisiones. En los casos en que la naturaleza del acuerdo lo permita. Siempre que no estén de acuerdo con la mayoría. En ninguna circunstancia. ¿Pueden los Vocales emitir voto en blanco en materia disciplinaria o en decisiones sobre recursos?. Sí, siempre que lo deseen. No, no pueden emitir voto en blanco en esos casos. Solo si se trata de una votación no vinculante. Solo en caso de empate. ¿Qué sucede si un Vocal no cumple con su deber de asistir, participar y emitir voto válido sobre las decisiones?. No tiene consecuencias legales. Puede ser sancionado por el Pleno. Se considerará que renuncia a su cargo. El acuerdo será inválido. ¿Cómo se realizará la votación en el Pleno y las Comisiones del Consejo General del Poder Judicial?. De manera secreta. De manera nominal. De manera anónima. Solo por consenso. ¿Cuál es el carácter de la votación en el Consejo General del Poder Judicial?. Tiene carácter secreto, sin revelar los votos. Tiene carácter abierto, con los resultados siendo públicos. No tiene carácter secreto, los votos se registran y se recogen en el acta. Es confidencial y solo se divulga si lo autoriza el Pleno. ¿Qué derecho tienen los Vocales en relación con las actas de las votaciones?. Tienen derecho a conocer las actas. No tienen derecho a ver las actas, solo el presidente. Solo los Vocales de turno judicial pueden conocer las actas. El acceso a las actas está restringido a los miembros de la Comisión Permanente. ¿Qué podrán hacer los Vocales para el adecuado ejercicio de sus atribuciones?. Solicitar a la Comisión Permanente la entrega de documentación sobre actividades específicas del Consejo. Modificar la extensión de la documentación que debe entregarse. Exigir la entrega de toda la documentación del Consejo sin límites. Decidir sobre el contenido de las actividades del Consejo. ¿Qué forma adoptarán los acuerdos del Consejo General del Poder Judicial sobre el nombramiento de Presidentes y Magistrados?. Adoptarán la forma de Ley Orgánica, firmada por el Presidente del Gobierno. Adoptarán la forma de Real Decreto, firmado por el Rey y refrendado por el Ministro de Justicia. Adoptarán la forma de Decreto-Ley, firmado por el Ministro de Justicia. Adoptarán la forma de Real Decreto, firmado por el Ministro de Justicia y refrendado por el Rey. ¿Cómo se efectuarán los nombramientos de Jueces?. Mediante Real Decreto aprobado por el Rey. Mediante Orden del CGPJ. Mediante Decreto-Ley refrendado por el Ministro de Justicia. Mediante acuerdo del Gobierno aprobado por el Parlamento. ¿Dónde se publicarán todos los nombramientos de Jueces?. En el Diario Oficial de la Unión Europea. En el Boletín Oficial del Estado. En la página web del Consejo General del Poder Judicial. En el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma. ¿Dónde se publicarán los Reglamentos aprobados por el Consejo General del Poder Judicial según el enunciado?. En el Diario Oficial de la Unión Europea. En el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma. En el Boletín Oficial del Estado. En la página web del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cómo se comunicarán los restantes acuerdos distintos a los Reglamentos del CGPJ y el nombramiento de Jueces?. Serán enviados únicamente a los miembros del Consejo General del Poder Judicial. Serán comunicados a las personas y órganos que deban cumplirlos o conocerlos. Serán publicados en el Boletín Oficial del Estado. Serán presentados en una reunión pública del Consejo General del Poder Judicial. ¿Cómo serán los acuerdos del Consejo General del Poder Judicial según el enunciado?. Serán ejecutivos solo después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Serán ejecutivos inmediatamente, salvo que se impugnen conforme al régimen previsto en la Ley Orgánica. No serán ejecutivos hasta que se aprueben por el Ministro de Justicia. Serán ejecutivos solo si se aprueban por el Rey. ¿En qué circunstancias podrá la autoridad competente suspender la ejecución de los acuerdos del Consejo General del Poder Judicial según el enunciado?. Solo si lo solicita el Consejo General del Poder Judicial. Cuando la ejecución pueda causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o cuando la ley lo establezca. Si la ejecución afecta a la seguridad pública. Solo si la ley lo establece, sin que sea necesario que haya perjuicios. ¿Quién será responsable de la ejecución de los actos del Consejo General del Poder Judicial según el enunciado?. El Ministro de Justicia, con la colaboración de los tribunales. Los órganos técnicos a su servicio, con la colaboración de la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, si es necesario. El Rey, con la asistencia de los órganos del Consejo. La Administración del Estado exclusivamente, sin necesidad de colaboración de las Comunidades Autónomas. ¿Dónde podrán impugnarse los actos de trámite que determinen la imposibilidad de continuar un procedimiento o produzcan indefensión?. Ante el Tribunal Supremo. Ante la Comisión Permanente en alzada. Ante el Ministro de Justicia. Ante el Consejo General del Poder Judicial, en primera instancia. ¿Dónde se recurrirán los acuerdos del Pleno y de la Comisión Permanente?. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Ante el Tribunal Constitucional. Ante el Tribunal Superior de Justicia. Ante la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial. ¿Quién tendrá la legitimación para impugnar los acuerdos de la Comisión Disciplinaria?. El Ministro de Justicia. El Juez o Magistrado expedientado. El Consejo General del Poder Judicial. Cualquier persona afectada por el acuerdo. ¿Quién más estará legitimado para impugnar los acuerdos de la Comisión Disciplinaria?. Ministro de Justicia. CGPJ. Ministerio Fiscal. Cualquier miembro del Poder Judicial. ¿A quién corresponde el ejercicio de la potestad jurisdiccional según el enunciado?. Al Gobierno y a los Tribunales Internacionales. A los jueces, juezas y tribunales determinados en las leyes y tratados internacionales. Al Ministro de Justicia y a los tribunales inferiores. A los jueces, juezas y la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial. ¿Qué funciones podrán ejercer los jueces, las juezas y los tribunales además de las señaladas en el apartado 2.1 LOPJ?. Solo las funciones que les sean asignadas por el Ministro de Justicia. Cualquier función que no esté relacionada con la potestad jurisdiccional. Las demás funciones que expresamente les sean atribuidas por ley en garantía de cualquier derecho. Funciones administrativas relacionadas con la gestión de los tribunales. ¿Cómo se ejerce la jurisdicción?. La jurisdicción es exclusiva de los tribunales internacionales. La jurisdicción se ejerce solo por el Tribunal Supremo. La jurisdicción es única y se ejerce por los jueces, juezas y tribunales previstos en esta ley orgánica, sin perjuicio de las potestades reconocidas a otros órganos por la Constitución. La jurisdicción se ejerce solo por los jueces y juezas de cada comunidad autónoma. ¿En qué se basa la organización y funcionamiento de los órganos de la jurisdicción militar?. En el principio de independencia judicial. En el principio de unidad jurisdiccional. En el principio de separación de poderes. En el principio de justicia administrativa. ¿A qué se extiende la jurisdicción?. Solo a las personas españolas. A todas las personas, a todas las materias y a todo el territorio español, de acuerdo con la Constitución y las leyes. Solo a los ciudadanos de la Unión Europea y a las materias civiles. Solo al territorio de la comunidad autónoma correspondiente. ¿Cómo aplicarán los Jueces y Tribunales el Derecho de la Unión Europea?. Según la interpretación que hagan las autoridades nacionales competentes. De conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Según lo establecido por el Gobierno de España. Solo en los casos que impliquen a ciudadanos de la Unión Europea. ¿Cómo decidirán los Tribunales plantear una cuestión prejudicial europea?. Lo harán sin necesidad de audiencia de las partes y de acuerdo con las leyes nacionales. Lo harán mediante auto, previa audiencia de las partes y de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Lo harán solo cuando lo considere necesario el Ministerio de Justicia. Lo harán sin la necesidad de justificar su decisión ante las partes. ¿Cómo deben los Jueces y Tribunales interpretar y aplicar las leyes y los reglamentos según el enunciado?. Según las resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo. Según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación del Tribunal Constitucional en todo tipo de procesos. De acuerdo con las directrices del Ministerio de Justicia. Según las decisiones de los tribunales internacionales. ¿Qué debe hacer un órgano judicial si considera que una norma con rango de ley, aplicable al caso, pueda ser contraria a la Constitución?. Debe remitir el caso al Tribunal Supremo para que decida. Debe plantear la cuestión ante el Tribunal Constitucional, conforme a lo que establece su Ley Orgánica. Debe decidir el caso sin consultar al Tribunal Constitucional. Debe modificar la norma en cuestión antes de emitir una sentencia. ¿Cuándo procederá el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad?. Cuando el órgano judicial decida que la norma no es aplicable al caso. Cuando por vía interpretativa no sea posible la acomodación de la norma al ordenamiento constitucional. Cuando el Tribunal Constitucional lo ordene expresamente. Cuando el Ministerio de Justicia considere que una norma es inconstitucional. ¿Qué será suficiente para fundamentar un recurso de casación?. La interpretación errónea de la ley aplicable. La infracción de un precepto constitucional. La contradicción entre las sentencias de diferentes tribunales. La existencia de errores procesales durante el juicio. ¿Cuándo se podrá interponer recurso de revisión ante el Tribunal Supremo?. Cuando el Tribunal Supremo considere que una sentencia ha sido dictada en error material. Cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya declarado que la resolución ha violado derechos del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, y la violación persista. Cuando la resolución judicial haya sido dictada sin tener en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Cuando la parte afectada considere que la sentencia no es favorable. ¿Qué deberán hacer los Jueces y Tribunales si los reglamentos o cualquier otra disposición son contrarios a la Constitución, a la ley o al principio de jerarquía normativa?. Aplicarlos igualmente, si son aprobados por el Gobierno. Aplicarlos solo si son ratificados por el Tribunal Supremo. No aplicarlos. Aplicarlos parcialmente, conforme a la interpretación que hagan de la ley. ¿Cómo vinculan los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo Segundo del Título I de la Constitución a los Jueces y Tribunales?. Solo vinculan a los tribunales superiores. Vinculan, en su integridad, a todos los Jueces y Tribunales y están garantizados bajo la tutela efectiva de los mismos. Solo vinculan a los tribunales encargados de los derechos fundamentales. Vinculan solo a los jueces encargados de los asuntos civiles. ¿Cómo deben reconocer los Jueces y Tribunales los derechos enunciados en el artículo 53.2 de la Constitución?. Según la interpretación de las leyes nacionales, sin importar el contenido constitucional. De conformidad con su contenido constitucionalmente declarado, sin que las resoluciones judiciales puedan restringir, menoscabar o inaplicar dicho contenido. Según el principio de legalidad y las resoluciones judiciales anteriores. Solo cuando no entren en conflicto con otros derechos fundamentales. ¿Qué deberán proteger los jueces y las juezas?. Solo los derechos e intereses legítimos de las personas físicas. Los derechos e intereses legítimos, tanto individuales como colectivos, sin que pueda producirse indefensión. Solo los derechos e intereses legítimos que estén directamente relacionados con el caso. Solo los derechos e intereses legítimos que sean reconocidos por el Ministerio de Justicia. ¿Qué controlan los Tribunales?. Solo la legalidad de la actuación administrativa. La potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa, así como el sometimiento de ésta a los fines que la justifican. Únicamente la legalidad de los actos del Gobierno. Solo el cumplimiento de la Constitución en la actuación administrativa. ¿En qué casos ejercerán su jurisdicción los jueces, juezas y tribunales?. En cualquier caso que consideren pertinente, según su criterio. Exclusivamente en aquellos casos en que les venga atribuida por esta u otra ley. Solo en los casos que sean solicitados por el Ministerio de Justicia. Solo en los casos de mayor importancia y relevancia pública. ¿Qué corresponde a la Jurisdicción Militar en el orden civil?. Conocer de todas las materias relacionadas con el derecho penal militar. Conocer de las juicios de testamentaría y de abintestato de los miembros de las Fuerzas Armadas que fallezcan en situación de conflicto armado, limitándose a la asistencia imprescindible para disponer el sepelio y asegurar los bienes. Conocer de las materias relacionadas con los contratos civiles de los militares. Conocer de los delitos cometidos en tiempos de paz por los miembros de las Fuerzas Armadas. ¿A qué orden jurisdiccional corresponde esta competencia?: Conocer, además de las materias que les son propias, de todas aquellas que no estén atribuidas a otro orden jurisdiccional. Orden civil. Orden militar. Orden penal. Orden social. Orden contencioso-administrativo. ¿A qué orden jurisdiccional corresponde esta competencia?: Prevención de los juicios de testamentaría y de abintestato de los miembros de las Fuerzas Armadas que, en situación de conflicto armado, fallecieren en campaña o navegación, limitándose a la práctica de la asistencia imprescindible para disponer el sepelio del difunto y la formación del inventario y aseguramiento provisorio de sus bienes, dando siempre cuenta a la Autoridad judicial civil competente. Orden civil. Orden militar. Orden penal. Orden social. Orden contencioso-administrativo. ¿A qué orden jurisdiccional corresponde esta competencia?: Conocimiento de las causas y juicios criminales, con excepción de los que correspondan a la jurisdicción militar. Orden civil. Orden militar. Orden penal. Orden social. Orden contencioso-administrativo. ¿A qué orden jurisdiccional corresponde esta competencia?: Conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con la actuación de las Administraciones públicas sujeta al derecho administrativo, con las disposiciones generales de rango inferior a la ley y con los reales decretos legislativos en los términos previstos en el artículo 82.6 de la Constitución, de conformidad con lo que establezca la Ley de esa jurisdicción. Orden civil. Orden militar. Orden penal. Orden social. Orden contencioso-administrativo. ¿A qué orden jurisdiccional corresponde esta competencia?: Conocerán de los recursos contra la inactividad de la Administración y contra sus actuaciones materiales que constituyan vía de hecho. Orden civil. Orden militar. Orden penal. Orden social. Orden contencioso-administrativo. ¿A qué orden jurisdiccional corresponde esta competencia?: Conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con la responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas y del personal a su servicio, cualquiera que sea la naturaleza de la actividad o el tipo de relación de que se derive. Orden civil. Orden militar. Orden penal. Orden social. Orden contencioso-administrativo. ¿A qué orden jurisdiccional corresponde esta competencia?: Conocerán de las reclamaciones de responsabilidad cuando el interesado accione directamente contra la aseguradora de la Administración, junto a la Administración respectiva. Orden civil. Orden militar. Orden penal. Orden social. Orden contencioso-administrativo. ¿A qué orden jurisdiccional corresponde esta competencia?: Conocerán de las reclamaciones de responsabilidad si las demandas de responsabilidad patrimonial se dirigen, además, contra las personas o entidades públicas o privadas indirectamente responsables de aquéllas. Orden civil. Orden militar. Orden penal. Orden social. Orden contencioso-administrativo. ¿A qué orden jurisdiccional corresponde esta competencia?: Conocer de las pretensiones que se promuevan dentro de la rama social del derecho, tanto en conflictos individuales como colectivos, así como las reclamaciones en materia de Seguridad Social o contra el Estado cuando le atribuya responsabilidad la legislación laboral. Orden civil. Orden militar. Orden penal. Orden social. Orden contencioso-administrativo. ¿Qué harán los órganos judiciales si aprecian la falta de jurisdicción?. Continuarán con el procedimiento sin tomar más decisiones. Apreciarán de oficio la falta de jurisdicción, resolverán sobre ella con audiencia de las partes y del Ministerio Fiscal, y emitirán una resolución fundada indicando el orden jurisdiccional competente. Derivarán el caso al Tribunal Constitucional para su resolución. Remitirán el caso al Tribunal Supremo para decidir sobre la jurisdicción. ¿Qué podrán conocer los órganos de cada orden jurisdiccional?. Podrán conocer de cualquier asunto, sin limitaciones, para garantizar la justicia. Podrán conocer de asuntos que no le estén atribuidos privativamente, pero solo a los efectos prejudiciales. Podrán conocer de asuntos que no estén relacionados con el derecho penal. Podrán conocer de asuntos que no les estén atribuidos, solo si hay consenso entre las partes. ¿Qué determinará la existencia de una cuestión prejudicial penal?. La continuación del procedimiento sin necesidad de esperar una resolución. La suspensión del procedimiento hasta que la cuestión prejudicial penal sea resuelta por los órganos penales competentes, salvo las excepciones que la ley establezca. La remisión del caso al Tribunal Supremo para su resolución. La resolución del procedimiento sin tener en cuenta la cuestión prejudicial. ¿Qué se respetará en todo tipo de procedimiento?. Solo los derechos procesales de las partes implicadas. Las reglas de la buena fe, y no surtirán efecto las pruebas obtenidas violando los derechos o libertades fundamentales. Solo las pruebas obtenidas por procedimientos legales reconocidos por el tribunal. La buena fe de las partes implicadas, pero no se considera la validez de las pruebas obtenidas. ¿Qué deberán hacer los jueces, juezas y tribunales si se formulan peticiones, incidentes o excepciones con manifiesto abuso de derecho o fraude de ley o procesal?. Aceptarlas, pero con algunas condiciones. Rechazarlas fundadamente. Aceptarlas, pero tras una revisión más profunda del caso. Remitirlas al Tribunal Constitucional para su evaluación. ¿Qué deberán hacer los jueces, juezas y tribunales según el principio de tutela efectiva consagrado en el artículo 24 de la Constitución?. Desestimar las pretensiones por motivos formales sin necesidad de justificación. Resolver siempre sobre las pretensiones formuladas y solo desestimarlas por motivos formales si el defecto es insubsanable o no se subsana según el procedimiento legal. Desestimar las pretensiones si consideran que no tienen fundamento, sin importar los motivos formales. Resolver únicamente las pretensiones relacionadas con los derechos fundamentales. ¿Cómo serán nombrados los jueces?. Serán nombrados por el Ministerio de Justicia mediante Real Decreto. Serán nombrados, mediante Orden, por el Consejo General del Poder Judicial. Serán nombrados por el Tribunal Supremo después de una evaluación. Serán nombrados por el Gobierno mediante decreto ley. ¿Cómo serán nombrados los Magistrados y los Presidentes?. Serán nombrados por el Ministerio de Justicia mediante Orden. Serán nombrados por Real Decreto, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. Serán nombrados por el Tribunal Supremo mediante resolución. Serán nombrados por el Gobierno sin necesidad de propuesta. ¿Quién refrendará el nombramiento de los Magistrados y Presidentes?. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial. El Ministro de Justicia, quien refrendará el nombramiento. El Tribunal Supremo. El Gobierno, a través del Presidente. El Presidente y los Magistrados del Tribunal Supremo, el Presidente de la Audiencia Nacional y los de los Tribunales Superiores de Justicia tienen el tratamiento de. Excelencia. Señoría Ilustrísima. Señoría. Los Presidentes de las Audiencias Provinciales y demás Magistrados ienen el tratamiento de. Excelencia. Señoría Ilustrísima. Señoría. Los Jueces tienen el tratamiento de. Excelencia. Señoría Ilustrísima. Señoría. ¿Qué tratamiento podrán recibir los Jueces y Magistrados en los actos de oficio?. Un tratamiento superior al que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial si tienen otros títulos. Solo el tratamiento que corresponda a su empleo efectivo en la Carrera Judicial, aunque tengan mayor rango en otra carrera o por otros títulos. El tratamiento de excelencia en todos los actos de oficio, independientemente de su empleo efectivo. Un tratamiento superior al que corresponda a su empleo efectivo, solo si lo requieren las circunstancias. ¿Qué establece la LOPJ sobre la independencia de los Jueces y Magistrados en el ejercicio de la potestad jurisdiccional?. Son independientes solo respecto a los órganos judiciales. Son independientes respecto a todos los órganos judiciales y de gobierno del Poder Judicial. Son independientes solo cuando actúan como presidentes de tribunales. Son independientes solo respecto al Ministerio de Justicia. ¿En qué casos podrán los Jueces y Tribunales corregir la aplicación o interpretación del ordenamiento jurídico hecha por sus inferiores en el orden jerárquico judicial?. Solo cuando consideren que el fallo es injusto. Cuando administren justicia en virtud de los recursos que las leyes establezcan. Siempre que se trate de un asunto de gran relevancia. Cuando lo solicite el Ministerio de Justicia. ¿Qué no podrán dictar los Jueces, Tribunales, órganos de gobierno de los mismos o el Consejo General del Poder Judicial?. Instrucciones sobre la administración de los tribunales. Instrucciones sobre la aplicación o interpretación del ordenamiento jurídico en el ejercicio de su función jurisdiccional. Directrices sobre la selección de casos que deben resolverse. Recomendaciones sobre la mejora de la eficiencia judicial. ¿Qué deben hacer todos según el enunciado en relación con los Jueces y Magistrados?. Solo respetar sus decisiones cuando estén de acuerdo con ellas. Todos están obligados a respetar la independencia de los Jueces y Magistrados. Ayudar a los Jueces y Magistrados en la toma de decisiones. Consultar con los Jueces y Magistrados antes de emitir cualquier resolución. ¿Qué deben hacer los Jueces y Magistrados si se consideran inquietados o perturbados en su independencia?. Ignorar la situación y continuar con su labor. Ponerlo en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial, dar cuenta de los hechos al Juez o Tribunal competente, y practicar las diligencias estrictamente indispensables para asegurar la acción de la justicia. Informar solo al Ministerio de Justicia y suspender el procedimiento. Solicitar ayuda al Tribunal Supremo para resolver la situación. ¿Qué hará el Ministerio Fiscal en defensa de la independencia judicial?. Actuará solo cuando lo soliciten los Jueces y Magistrados. Promoverá las acciones pertinentes por sí mismo o a petición de los Jueces y Magistrados para defender la independencia judicial. Actuará exclusivamente en los casos que involucren a tribunales superiores. Solo intervendrá cuando haya un recurso de casación. ¿En qué circunstancias pueden ser separados, suspendidos, trasladados o jubilados los Jueces y Magistrados?. Pueden ser separados por cualquier motivo relacionado con la eficiencia del tribunal. Solo podrán ser separados, suspendidos, trasladados o jubilados por alguna de las causas y con las garantías previstas en la ley. Pueden ser separados si cometen un error en su resolución judicial. Pueden ser suspendidos por motivos administrativos sin necesidad de justificación legal. ¿Cómo responderán los Jueces y Magistrados?. Solo responderán penalmente en caso de error judicial. Responderán penal y civilmente según lo determinado por las leyes, y disciplinariamente conforme a lo establecido en esta Ley. Solo responderán civilmente por sus actos administrativos. No responderán penalmente, solo disciplinariamente. ¿Qué se prohíbe en la Administración de Justicia?. La creación de tribunales especiales para casos complejos. La existencia de tribunales de honor en la Administración de Justicia. La intervención de los tribunales en los procedimientos administrativos. La aplicación de sanciones disciplinarias por los tribunales. |