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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: UNIFICADO DE DERECHO CIVIL OBLIGACIONES Y CONTRATOS

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Título del Test:
UNIFICADO DE DERECHO CIVIL OBLIGACIONES Y CONTRATOS

Descripción:
SEGUNDO BIMESTRE

Autor:
AVATAR
Fernando Sinchi
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Fecha de Creación: 25/07/2024

Categoría: Universidad

Número Preguntas: 113
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Temario:
1. Los bienes sujetos de ser dados en comodato son: Muebles Inmuebles y Muebles Inmuebles y muebles no consumibles.
2. El error de derecho Vicia el consentimiento No vicia el consentimiento Depende del criterio del juzgador.
3. El contrato de promesa de compraventa de inmueble es solemne porque debe realizarse: Por escrito Por escrito y por escritura pública Por escrito, por escritura pública e inscrita en el registro respectivo .
4. La cláusula penal es: De esencia De naturaleza Accidental.
5. NO es característica del contrato de arrendamiento: Bilateralidad Gratuidad Conmutatividad.
6. La donación: Solo puede ser pura Deberá sujetarse a condición Pueden ser puras o hechas bajo condición .
7. Se firma un contrato de compraventa de un carro. El vendedor es el albacea de la sucesión del dueño del carro. La venta no se realiza con el consentimiento de los herederos, pues el vendedor y el comprador pensaron que por el solo hecho de que el vendedor era albacea bastaba para que este pudiera vender los bienes del difunto. Ejemplo de: Error Fuerza Dolo.
8. Acerca de la cesión de derechos: Puede ser verbal o escrita Únicamente se pueden ceder créditos personales y derechos de herencia Puede ser a título de venta, permuta o a título gratuito .
9. Un contrato tipo doble o híbrido: Los que en que las respectivas prestaciones corresponden a dos tipos de negocios. Aquellos que están realizados en el mismo documento, al mismo tiempo, pero que tratan diversos objetos o relaciones jurídicas. Aquellas que contienen cláusulas no previstas en la ley; o, aquellas difícilmente equiparables a las establecidas en la norma, también llamadas anómalas. .
10. La prohibición de subarrendar un bien es un elemento: De esencia De naturaleza Accidental .
11. La compraventa es: Un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa; y al otra a pagarla en dinero. Un contrato en que las partes se obligan a intercambiar una cosa por otra. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de restituir otras tantas del mismo género y calidad.
12. Cuando una persona sin tener la calidad de comerciante, realiza un mutuo con otra persona comerciante (pero cuyo giro de negocio no es el préstamo de dinero), con el fin de realizar actos de comercio: Es mutuo civil, pues el beneficiario no es comerciante y el prestamista si bien es comerciante, su giro de negocios no es el préstamo de dinero Es mutuo mercantil pues quien realiza el mutuo es una persona comerciante Es mutuo mercantil porque a pesar de las características del prestamista como del beneficiario, éste último los destinara a fines mercantiles.
13. Los requisitos de validez de los contratos son: Capacidad, causa y objeto Voluntad, objeto lícito y causa lícita Capacidad, objeto lícito, causa lícita y solemnidades Voluntad, causa y objeto y solemnidades.
14. Es requisito del contrato de donación: Oneroso Accesorio Unilateral .
15. Cuando hablamos que el mandato se perfecciona por el consentimiento de mandante y mandatario, nos referimos a: Es generalmente consensual Es un contrato bilateral El mandatario obra por cuenta y riesgo del mandante.
16. Los elementos de los contratos: Esencia, Naturaleza y accidentales Voluntad, causa y objeto Voluntad, objeto lícito y causa lícita Capacidad, voluntad, objeto lícito, causa lícita y solemnidades.
17. Las obligaciones del arrendatario son: 1) pagar el precio, 2) usar la cosa arrendada, 3) Conservarla en buen estado, 4) avisar al arrendador cualquier afectación contra sus derechos, 5) Restituir la cosa al final del contrato. 1) Entregar al arrendatario la cosa arrendada. 2) a mantenerla en estado de servir. 3) A librar al arrendatario de toda perturbación para el goce de la cosa. Dar la cosa y sanearla de vicios ocultos o redhibitorios .
18. Cuando se da una Finca Ganadera por 100 mil dólares y por otro lado se da un vehículo por 40 mil dólares y el resto en efectivo, estamos frente a un contrato de: Permuta Compraventa Cesión de derechos Leasing mercantil.
19. NO son ejemplos de objeto ilícito: Cuando se contraviene al Derecho Público Ecuatoriano. Donaciones o contratos sobre sucesiones futuras Enajenación de cosas que se encuentran en el comercio.
20. Cuando se tiene un potencial litigio civil, el que será titular de la acción puede cederlo: Falso, falta de titularidad de la acción Verdadero, por cesión de derechos Verdadero, por compraventa .
21. La capacidad de las partes se refiere a: Que las personas que lo celebran tengan aptitud legal para obligarse. Cuando existe voluntad suficiente para dar nacimiento a un contrato, libre y soberana. Las prestaciones que hay en una obligación son conformes a la ley, la moral, las buenas costumbres y el orden público. El motivo que induce a la contratación, el cual debe estar en apego a la ley, las buenas costumbres, la moral y el orden público.
22. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de restituir otras tantas del mismo género y calidad: Comodato Mandato Mutuo .
23. Retroventa es Venta que una persona hace de una cosa a la persona que se la había vendido a ella anteriormente, con la cual recupera el precio pagado. Venta realizada anteriormente Ninguna de las anteriores.
24. Una donación sobre una sucesión futura no es válida por: Vicio de consentimiento Falta de causa lícita Falta de objeto lícito .
25. Un ejemplo de mutuo civil es el préstamo que realiza un banco a un no comerciante. Esta afirmación es: Verdadera pues al ser no comerciante no tiene fines comerciales No se sabe, pues independientemente de que el beneficiario no sea comerciante, puede éste usarlo para fines mercantiles. Dependerá el tipo de préstamo que se realice. Si es uno dirigido a microempresa, mediana empresa o gran empresa será mercantil. El préstamo de consumo por otro lado será civil Falsa, pues el banco es una institución mercantil cuyo giro de negocio habitual es el préstamo de dinero. .
26. Suponga que Juan ha muerto, y sus bienes aún no se han repartido entre sus hijos José y Carolina. José da sus derechos gratuitamente a Carolina. Estamos hablando de la cesión de: Crédito personal Derecho de herencia Derecho litigioso.
27. La formación de contrato equivale a: Serie de actos que preceden a la perfección de los contratos Propuesta para una transacción, que vincula a quien la emite como parte del consentimiento en los contratos consensuales. Es una declaración de voluntad emitida por el destinatario de la oferta y dirigida al oferente mediante la cual aquel comunica a al oferente su conformidad Son las consecuencia jurídicas que producen para las partes que consisten en crear, modificar, transferir o extinguir obligaciones .
28. Conmutatividad en las prestaciones Las prestaciones son de similar valor Las prestaciones gravan ambos patrimonios. No tienen solemnidades .
29. Los bienes sujetos de ser dados en comodato son: Muebles Inmuebles y Muebles Inmuebles y muebles no consumibles .
30. El contrato puede crear obligaciones a un tercero: Si así lo han estipulado las partes Nunca, pues es contrario a la ley Siempre que se cuente con el consentimiento de la tercera persona .
31. Permuta es: Un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa; y al otra a pagarla en dinero. Un contrato en que las partes se obligan a intercambiar una cosa por otra. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso.
32. Una compraventa que difiere el cumplimiento de las obligaciones contraídas: No es válida Es válida por la ejecución diferida Es válida por la ejecución instantánea.
33. El error obstáculo: Constituye propiamente un vicio del consentimiento y acarrearía las sanciones derivadas de su tratamiento Conlleva una desarmonía objetiva entre la declaración de la voluntad y la voluntad misma. Ninguna de las anteriores.
34. Suponga que en enero Pedro pide un crédito a María, el cual se pagará en un año. En agosto María vende el saldo de Crédito que aún no paga Pedro a Juan. Estamos hablando de la cesión de Crédito personal Derecho de herencia Derecho litigioso Ninguna de las anteriores.
35. Contrato preparatorio, cuyo objeto es la celebración a futuro de un contrato definitivo Negocio Atípico Donación Promesa.
36. Fuerza moral es: Como aquella que es capaz de infundir un temor serio en la víctima, que influye en su conducta derivando en que efectúe un acto o contrato que sin ello no lo haría. Aquella que anula completamente la voluntad de la persona, llegando al ejemplo extremo como aquel que indica que quien ejerce la fuerza toma la mano de la víctima y le obliga a firmar o a efectuar una declaración. Es la disconformidad entre el deseo interno de la persona y la expresión externa para celebrar un determinado acto jurídico y para que éste produzca los efectos jurídicos propios de él Una falsa representación mental o equivocado conocimiento de la realidad que vicia el proceso de formación del querer interno, y que opera como presupuesto para la realización del negocio: o no se hubiera querido contratar de haberse conocido exactamente la realidad, o se hubiera querido pero de otra manera.
37. Una obligación es consensual Cuando requiere el consentimiento de las partes Cuando solo requiere el consentimiento y no solemnidades Cuando el consentimiento deberá ser por escrito.
38. La obligación del vendedor de sanear la cosa es un elemento de: Esencia Naturaleza Accidental.
39. Dolo es: Una falsa representación mental o equivocado conocimiento de la realidad que vicia el proceso de formación del querer interno, y que opera como presupuesto para la realización del negocio: o no se hubiera querido contratar de haberse conocido exactamente la realidad, o se hubiera querido pero de otra manera Conjunto de apremios físicos o morales que se ejercen sobre la voluntad de una persona para que ésta dé su consentimiento a un determinado acto o contrato Es toda especie de maniobras reprobadas por la buena fe, que una persona emplea para hacer que otra incurra en un error que la determine a contratar Es la disconformidad entre el deseo interno de la persona y la expresión externa para celebrar un determinado acto jurídico y para que éste produzca los efectos jurídicos propios de él.
40. Que un contrato sea bilateral significa: Que intervienen dos personas Que ambas partes acepten los efectos del contrato Que genere prestaciones para ambas partes.
41. NO es modalidad del contrato de arrendamiento: De obra De departamentos De servicios .
42. Los elementos de naturaleza de los contratos son: Son aquellas cosas que convencionalmente se pueden prescindir, pero que se entienden pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial. Son “aquellas cosas sin las cuales, o no surte efecto alguno, o degenera en otro contrato diferente”. Son aquellos que se agregan por medio de cláusulas especiales. .
43. NO es obligación del arrendador: A entregar al arrendatario la cosa arrendada. A mantenerla en estado de servir para el fin a que ha sido arrendada A librar al arrendatario de todo goce de la cosa arrendada.
44. La cesión de derechos es: Un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa; y al otra a pagarla en dinero. Un contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto por otro Transmisión, gratuita u onerosa que hace una persona a favor de otra de un derecho mediante un título. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. .
45. El contrato se forma con: Formulación de la oferta Formulación de la demanda Aceptación de la oferta.
46. Al hablar de la consensualidad del contrato de compraventa nos referimos a: Tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes Genera desde que se perfecciona obligaciones recíprocas o correspondientes entre ambas partes contratantes la una hacia la otra; de similar peso o valor Se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio, sin ninguna formalidad en especial .
47. Un mutuo civil: Genera siempre interés No genera interés No genera interés salvo estipulación contraria de las partes.
48. Los negocios jurídicos típicos con prestaciones extrañas son: Los que en que las respectivas prestaciones corresponden a dos tipos de negocios. Aquellos que están realizados en el mismo documento, al mismo tiempo, pero que tratan diversos objetos o relaciones jurídicas. Aquellas que contienen cláusulas no previstas en la ley; o, aquellas difícilmente equiparables a las establecidas en la norma, también llamadas anómalas. Un contrato que une a dos o más, conectados de algún modo en su fin económico .
49. La orden del jefe de una empresa a un empleado para que le venda su casa a un precio ínfimo, con la amenaza de que le va a rebajar el sueldo es un ejemplo de: Dolo Fuerza Ninguno de los anteriores .
50. NO es característica del mandato: Es generalmente consensual Es siempre gratuito Es un contrato bilateral El mandatario obra por cuenta y riesgo del mandante .
51. Cuando decimos que el objeto debe ser determinado nos referimos a: Que exista al momento de la contratación, o que se espera que existan Que esté dentro del comercio y sea susceptible de dominio y posesión por parte de los individuos. La generalidad será que los bienes son comerciables, salvo los que la norma determine que no. El deudor sabe a qué está obligado y el acreedor sobre lo que puede reclamar. Aquel que no es contrario a la naturaleza y moralmente posible, no es prohibido por las leyes, costumbres o el orden público. .
52. Contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso Mutuo Mandato Comodato .
53. El subarriendo en el Ecuador Está prohibido por la ley Está prohibido como regla general, pero las partes pueden convenir en autorizarlo. Es una facultad que goza siempre el arrendatario. .
54. El error vicio: Constituye propiamente un vicio del consentimiento y acarrearía las sanciones derivadas de su tratamiento Conlleva una desarmonía objetiva entre la declaración de la voluntad y la voluntad misma. Ninguna de las anteriores.
55. El mandato es Es un contrato en que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de restituir otras tantas del mismo género y calidad.
56. Cuando decimos que el objeto debe ser real nos referimos a: Que exista al momento de la contratación, o que se espera que existan Que esté dentro del comercio y sea susceptible de dominio y posesión por parte de los individuos. La generalidad será que los bienes son comerciables, salvo los que la norma determine que no. Aquel que no es contrario a la naturaleza y moralmente posible, no es prohibido por las leyes, costumbres o el orden público. .
57. Venta de cosa ajena: No es válida a. Es válida perjudicando los derechos del dueño de la cosa Es válida sin perjuicio de los derechos del dueño de la cosa .
58. Al hablar de la onerosidad del contrato de compraventa nos referimos a: Tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes Genera desde que se perfecciona obligaciones recíprocas o correspondientes entre ambas partes contratantes la una hacia la otra; de similar peso o valor. Se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio, sin ninguna formalidad en especial .
59. En cuanto a métodos de interpretación de los contratos, en Ecuador se implementa: Método de interpretación objetiva Método de interpretación subjetiva Depende de la sana crítica del juez, el interpretará los contratos utilizando ya sea el método de interpretación objetiva o el método de interpretación subjetiva. .
60. En el comodato, los gastos ordinarios para la conservación de la cosa van por cuenta de: El comodante El comodatario El dueño.
61. El mutuo es Es un contrato en que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de restituir otras tantas del mismo género y calidad.
62. Hay oscuridad en el texto redactado en un contrato de compraventa de un inmueble. Para su interpretación se deberá a estar a: La intencionalidad de las partes A la literalidad del contrato Ambas.
63. Señale la respuesta verdadera sobre la oferta: Podrá ser irrevocable si el oferente ha renunciado a esta facultad Dura lo que el oferente ha establecido para que la contraparte la acepte Dura todo el tiempo que la buena fe o los usos impongan, en caso de que el oferente no se ha pronunciado Todas las opciones son correctas.
64. Al hablar que en la permuta cada uno de los contratantes grava en beneficio de la otra parte, nos referimos a la siguiente característica: Bilateral Oneroso Consensual .
65. La voluntad de las partes se refiere a: Cuando existe voluntad suficiente para dar nacimiento a un contrato, libre y soberana. Las prestaciones que hay en una obligación son conformes a la ley, la moral, las buenas costumbres y el orden público. El motivo que induce a la contratación, el cual debe estar en apego a la ley, las buenas costumbres, la moral y el orden público. .
66. La cesión de derechos: Traslada el derecho por sí misma. Es la entrega del título la que traslada el dominio. Ninguna de las anteriores .
67. El pago del canon, para el contrato de arrendamiento, es un elemento: De esencia De naturaleza Accidental.
68. Cuando hablamos que en el mandato se establece la remuneración como una obligación del mandante a falta de estipulación contraria, nos referimos a: Es generalmente consensual Es oneroso por naturaleza Es un contrato bilateral.
69. Fuerza física es: Como aquella que es capaz de infundir un temor serio en la víctima, que influye en su conducta derivando en que efectúe un acto o contrato que sin ello no lo haría. Aquella que anula completamente la voluntad de la persona, llegando al ejemplo extremo como aquel que indica que quien ejerce la fuerza toma la mano de la víctima y le obliga a firmar o a efectuar una declaración. Es la disconformidad entre el deseo interno de la persona y la expresión externa para celebrar un determinado acto jurídico y para que éste produzca los efectos jurídicos propios de él.
70. NO es requisito del contrato de donación: Gratuito Principal Bilateral.
71. Cuando el arrendatario de un inmueble a su vez lo arrienda a un tercero: Es legal No es legal Depende del arrendador original a convenido en autorizarlo.
72. El estipular en un contrato, a sabiendas, una lesión a un derecho de un tercero: Nulidad por causa ilícita Responsabilidad contractual Responsabilidad extracontractual.
73. Un contrato donde una parte se obliga a dar una cosa a cambio de dinero es: Compraventa Permuta Comodato .
74. La ley privada: Obligan a las partes del contrato Obligan a todos Obligan a todas las personas mencionadas en el contrato Obligan a las partes y al tercero al que favorecen.
75. El objeto lícito se refiere a: Cuando existe voluntad suficiente para dar nacimiento a un contrato, libre y soberana. Las prestaciones que hay en una obligación son conformes a la ley, la moral, las buenas costumbres y el orden público. El motivo que induce a la contratación, el cual debe estar en apego a la ley, las buenas costumbres, la moral y el orden público. .
76. El comodato se perfecciona con: El acuerdo de las partes La firma del contrato La tradición de la cosa.
77. Un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa; y al otra a pagarla en dinero: Compraventa Permuta Cesión de Derechos.
78. El comodato es: Es un contrato en que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de restituir otras tantas del mismo género y calidad. Un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa y la otra a pagar por este goce un precio determinado. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. .
79. El contrato Mediante este acto se realiza la tradición del dominio Es sinónimo de convención, y la convención traslada el dominio. Por sí mismo no es un acto enajenatorio.
80. Es característica del comodato: Unilateral Oneroso Conmutativo Solemne .
81. Contrato por el cual una parte transfiere a otra la propiedad de cierta cantidad de cosas que se aprecian al peso, al número o a la medida, con la obligación de restituir al cabo de cierto tiempo la misma cantidad de cosas de la misma especie y calidad. Mutuo Donación Comodato.
82. Los elementos de esencia de los contratos son: Son aquellas cosas que convencionalmente se pueden prescindir, pero que se entienden pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial. Son “aquellas cosas sin las cuales, o no surte efecto alguno, o degenera en otro contrato diferente”. Son aquellos que se agregan por medio de cláusulas especiales. .
83. Contrato en el cual por un acto entre vivos se transfiere gratuitamente a otra persona la propiedad de un bien Mutuo Donación Promesa.
84. Contrato en que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera Arrendamiento Mandato Comodato .
85. El contrato de compraventa de un vehículo Enajena el bien Crea la obligación de transferir el dominio Es ley para las partes por cuanto mediante este acto se realiza la tradición del dominio Es sinónimo de convención, y la convención traslada el dominio.
86. Un contrato de venta con un ascensor, en el que en el mismo acto se realiza la contratación de su mantenimiento es: Un contrato de compraventa Un contrato de prestación de servicios Un negocio atípico.
87. No cabe la cesión de derechos sobre: Derechos personalísimos Derechos de herencia Derechos litigiosos .
88. Fuerza es: Es la disconformidad entre el deseo interno de la persona y la expresión externa para celebrar un determinado acto jurídico y para que éste produzca los efectos jurídicos propios de él Una falsa representación mental o equivocado conocimiento de la realidad que vicia el proceso de formación del querer interno, y que opera como presupuesto para la realización del negocio: o no se hubiera querido contratar de haberse conocido exactamente la realidad, o se hubiera querido pero de otra manera Conjunto de apremios físicos o morales que se ejercen sobre la voluntad de una persona para que ésta dé su consentimiento a un determinado acto o contrato Es toda especie de maniobras reprobadas por la buena fe, que una persona emplea para hacer que otra incurra en un error que la determine a contratar .
89. El plazo en un contrato de arrendamiento: Esencia Naturaleza Accidental.
90. El mutuo civil: Es generalmente oneroso Los intereses son habituales Fondos no tienen fin mercantil Todos los anteriores .
91. Es requisito del contrato de promesa: Consensual Accesorio Solemne.
92. Cuando decimos que el objeto debe ser comerciable nos referimos a: Que exista al momento de la contratación, o que se espera que existan Que esté dentro del comercio y sea susceptible de dominio y posesión por parte de los individuos. La generalidad será que los bienes son comerciables, salvo los que la norma determine que no. Aquel que no es contrario a la naturaleza y moralmente posible, no es prohibido por las leyes, costumbres o el orden público. .
93. El consentimiento es: Es la conformidad entre el deseo interno de la persona y la expresión externa para celebrar un determinado acto jurídico y para que éste produzca los efectos jurídicos propios de él Las prestaciones que hay en una obligación son conformes a la ley, la moral, las buenas costumbres y el orden público. El motivo que induce a la contratación, el cual debe estar en apego a la ley, las buenas costumbres, la moral y el orden público.
94. Al hablar que en la permuta debe existir una equivalencia entre las prestaciones, nos referimos a la siguiente característica: Conmutativa Oneroso Consensual.
95. El mandato gratuito es: Unilateral, pues solo una parte tendrá obligaciones Bilateral, pues el mandante deberá pagar al mandatario Bilateral, pues el mandante deberá proveer lo necesario al mandatario .
96. Que la obligación sea onerosa: Es cuando grava a las partes en favor de la otra. Es cuando no grava a las partes en favor de la otra Cuando genera costos para su perfeccionamiento .
97. El artículo 1576 del Código Civil señala: “Conocida claramente la intención de los contratantes, debe estarse a ella más que a lo literal de las palabras”, esto se refiere al: Método de interpretación subjetiva Método de interpretación objetiva Método de interpretación legal Método de interpretación mixto .
98. Al hablar de la bilateralidad y conmutatividad de la compraventa nos referimos a: Tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes Genera desde que se perfecciona obligaciones recíprocas o correspondientes entre ambas partes contratantes la una hacia la otra; de similar peso o valor. Se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio, sin ninguna formalidad en especial El nacimiento de obligaciones futuras para ambas partes: las de entrega de la cosa y del pago del precio. .
99. Los elementos accidentales de los contratos son: Son aquellas cosas que convencionalmente se pueden prescindir, pero que se entienden pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial. Son “aquellas cosas sin las cuales, o no surte efecto alguno, o degenera en otro contrato diferente”. Son aquellos que se agregan por medio de cláusulas especiales. .
100. En la compraventa, el vendedor está obligado a: Entregar la cosa y sanear la evicción y los vicios ocultos o redhibitorios. Entregar la cosa Pagar la cosa .
101. Un contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto por otro Arrendamiento Permuta Cesión de Derechos.
102. El contrato de promesa es: Un contrato preparatorio, cuyo objeto es la celebración a futuro de un contrato definitivo Es un contrato en que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de restituir otras tantas del mismo género y calidad.
103. El pago en dinero en el contrato de compraventa es un elemento: De esencia De Vainalla Delfin Quishpe El huevo .
104. Cuando decimos que el objeto debe ser posible nos referimos a: Que exista al momento de la contratación, o que se espera que existan Que esté dentro del comercio y sea susceptible de dominio y posesión por parte de los individuos. La generalidad será que los bienes son comerciables, salvo los que la norma determine que no. El deudor sabe a qué está obligado y el acreedor sobre lo que puede reclamar. Aquel que no es contrario a la naturaleza y moralmente posible, no es prohibido por las leyes, costumbres o el orden público.
105. Los contratos conexos en su finalidad económica son: Un contrato que une a dos o más, conectados de algún modo en su fin económico Los que en que las respectivas prestaciones corresponden a dos tipos de negocios. Aquellos que están realizados en el mismo documento, al mismo tiempo, pero que tratan diversos objetos o relaciones jurídicas. .
106. Al hablar de que el contrato de compraventa es obligacional, nos referimos a: Significa que las obligaciones tanto del vendedor como del comprador, se las cumplen el mismo momento de celebrado el contrato; o este está sujeto a una condición o plazo. Se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio, sin ninguna formalidad en especial El nacimiento de obligaciones futuras para ambas partes: las de entrega de la cosa y del pago del precio.
107. La ruptura de los tratos preliminares, por regla general, implican: Ninguna responsabilidad Responsabilidad contractual Responsabilidad extracontractual Responsabilidad legal .
108. La transferencia , gratuita u onerosa, de un derecho mediante un título: Arrendamiento Mandato Cesión de Derechos.
109. NO es requisito del contrato de promesa: Bilateral Principal Consensual .
110. No es requisito de la cesión de derechos Escrita Elevada a escritura pública Notificada al deudor .
111. La obligación de subsanar la cosa, en el contrato de compraventa, es un elemento: De esencia De naturaleza Accidental.
112. Cuando se da una cosa por 100 mil dólares y por otro lado se da un vehículo por 60 mil dólares y el resto en efectivo, estamos frente a un contrato de: Permuta Compraventa Cesión de derechos .
113. Donación es: Es un contrato en el cual por un acto entre vivos se transfiere gratuitamente a otra persona la propiedad de un bien Es un contrato en que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, con cargo de restituir la misma especie después de terminado el uso. Un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles, con cargo de restituir otras tantas del mismo género y calidad.
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